ARTÍCULO Nº 907
(CVE: BOME-A-2025-907)
DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6308 - martes, 9 de septiembre de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 4048, de fecha 3 de septiembre de 2025, relativa a constitución de la Comisión de Baremación para la valoración de la Bolsa de Trabajo en la categoría de Maestro de Educación Primaria y Maestro de Inglés.

La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 03/09/2025, registrada al número 2025004048, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en las “Bases de la convocatoria para la constitución de Bolsas de Trabajo para contrataciones temporales y nombramiento de funcionarios interinos de la Ciudad Autónoma de Melilla” (artículo 4), en la categoría de Maestro de Educación Primaria y Maestro de Inglés, publicadas en el BOME nº 6280 de 23 de mayo de 2025.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 20058/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Que la Comisión de Baremación para la valoración de los méritos de los aspirantes a la mencionada Bolsa de Trabajo estará formado por las siguientes personas:
COMISIÓN TITULAR
PRESIDENTE
David Azancot Chocrón
VOCALES
Neus Olcina Vilaplana
Cristóbal Chica Cuín
Miguel Ángel Guillén Moreno
Beatriz Porcel Pérez
Ariadna Gil Martínez
Blanca Saavedra Rosa
SECRETARIO
Álvaro López de Echazarreta y Alonso
COMISIÓN SUPLENTE
PRESIDENTE
Carmen Mª Parra del Pino
VOCALES
Samia Aouraghe Chamlali
Verónica Solís Gil
Manuel Martínez Ladaga
María de los Ángeles Moreno Núñez
Silvia Marín Marmolejo
Malik Abdelkader Mohamed
SECRETARIO
Juan León Jaén
Publíquese esta Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad y Tablón de Anuncios, advirtiendo a los aspirantes que podrán recusar a los componentes de las comisiones por causa legal y procedentes prevista en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma

de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su publicación.
Melilla, a 4 de septiembre de 2025,
El Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler