Orden nº0017, de fecha 8 de enero de 2026, relativa a renovación de la composición de la Comisión de Acción Social de la Ciudad Autónoma de Melilla.
El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 08/01/2026, registrada al número 2026000017, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Renovación de la composición de la Comisión de Acción Social de la Ciudad Autónoma de Melilla.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 del Plan de Acción Social de los Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla, aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 2 de agosto de 2010 (BOME núm. 4740, de 20 de agosto de 2010), y
Visto que la composición actual de la Comisión de Acción Social ha quedado obsoleta como consecuencia de los cambios producidos en la estructura organizativa y en la representación sindical,
Considerando la necesidad de garantizar el adecuado funcionamiento de dicho órgano colegiado, así como la correcta representación de la Administración y de las organizaciones sindicales
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 213/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Primero.- Renovar la composición de la Comisión de Acción Social de la Ciudad Autónoma de Melilla, que quedará integrada por los siguientes miembros:
Presidencia:
Vocales en representación de la Dirección General de Función Pública:
Vocales en representación de las Organizaciones Sindicales (personal laboral):
Vocales en representación de las Organizaciones Sindicales (personal funcionario):
Segundo.- Los miembros de la Comisión de Acción Social serán designados atendiendo a criterios de disponibilidad del personal en cada momento, con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento, la continuidad de los trabajos y la eficiencia en el desempeño de las funciones atribuidas a dicho órgano colegiado.
Tercero.- La presente Resolución dejará sin efecto cualquier composición anterior de la Comisión de Acción Social.
Cuarto.- Publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME) para general conocimiento y efectos.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 9 de enero de 2026,
El Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler