Orden nº 0396, de fecha 26 de enero de 2026, relativa a convocatoria de expresiones de interés para el Programa FEDER Melilla 2021-2027 en el Objetivo Político OP4. “Una Europa más social e integradora”; Prioridad de Inversión 4.A. “Transformación social”; Objetivo Específico OE 4.6. “Refuerzo del papel de la cultura y el turismo sostenible en el desarrollo económico, la inclusión social y la innovación social”; Medida 4.6.1. “Protección del Patrimonio Cultural”.
El titular de la Consejería, mediante Orden/Resolución de 26/01/2026, registrada al número 2026000396, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
La Convocatoria de Expresiones de Interés (EdI) constituye el inicio del procedimiento de evaluación, selección y aprobación de operaciones establecido en la Descripción de Funciones y Procedimientos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, como una de las metodologías de selección de operaciones la "selección de operaciones a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios”.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 3056/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS PARA EL PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027 en el Objetivo Político OP4. “Una Europa más social e integradora”; Prioridad de Inversión 4.A. “Transformación social”; Objetivo Específico OE 4.6. “Refuerzo del papel de la cultura y el turismo sostenible en el desarrollo económico, la inclusión social y la innovación social”; Medida 4.6.1. “Protección del Patrimonio Cultural”.
INTRODUCCIÓN
La Convocatoria de Expresiones de Interés (EdI) constituye el inicio del procedimiento de evaluación, selección y aprobación de operaciones establecido en la Descripción de Funciones y Procedimientos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, como una de las metodologías de selección de operaciones la "selección de operaciones a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios”.
La Decisión de Ejecución C (2022) 8900 de la Comisión, aprobó el Programa FEDER de Melilla para el período 2021-2027, en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento para la Ciudad de Melilla en España. Este Programa fue posteriormente aprobado por la Asamblea de la Ciudad de Melilla en fecha 06/02/2023.
Así mismo, el Comité de Seguimiento del Programa FEDER Melilla ha aprobado, con fecha 16/10/2025, el procedimiento escrito instrumentado por la Autoridad de Gestión del Programa para la aprobación de las siguientes propuestas elevadas por el Organismo Intermedio:
Estas modificaciones citadas del Programa no han implicado cambios en la Prioridad de Inversión 4.A. “Transformación social”; Objetivo Específico OE 4.6. “Refuerzo del papel de la cultura y el turismo sostenible en el desarrollo económico, la inclusión social y la innovación social”.
El Programa FEDER de Melilla 2021-2027, establece, en cuanto a la selección y justificación de objetivos específicos y, concretamente, en lo referente al OE 4.6, lo siguiente:
“Melilla cuenta con un riquísimo patrimonio cultural, caracterizado por la existencia de los restos, en un relativo buen estado de conservación, de una de las ciudades mejor fortificadas del Mediterráneo, al que se une una impresionante riqueza edificatoria derivada de la proliferación de numerosos edificios modernistas de principios del siglo XX. susceptible de aprovechamiento económico y, por tanto, de oportunidades de desarrollo para la ciudad. En este sentido, existe una oportunidad para desarrollar un sector turístico de carácter sostenible que, respetando el patrimonio cultural y natural existente, promueva el crecimiento económico.
Se pretende fomentar los usos propios de la función y actividad cultural y el turismo sostenible, utilizando de forma integrada, inclusiva y coherente con sus valores culturales los bienes patrimoniales más significativos de Melilla, apoyando el desarrollo sostenible, la integración con el medio natural, la participación inclusiva de los ciudadanos y la fijación de población en los territorios. La digitalización del patrimonio cultural será determinada con participación de los sectores cultural y turístico de la ciudad a través de las canales existentes y considerará como objetivos los establecidos en la recomendación relativa a un espacio común europeo de datos sobre el patrimonio cultural”.
Así mismo, en cuanto al contenido del OE 4.6, el Programa FEDER establece que:
“Los tipos de acciones que se ejecutarán consisten en:
En desarrollo del Plan Estratégico se está elaborando un plan de marketing turístico para favorecer el crecimiento del sector, ofreciendo una oferta viable y sostenible en el mercado turístico, que requiere de instrumentos de comunicación entre los cuales destaca la digitalización del patrimonio histórico, artístico y monumental para su difusión entre el público-objetivo seleccionado. Prestará especial atención a facilitar la inclusión de las personas más vulnerables, buscando un acceso lo más amplio posible a la cultura y al patrimonio cultural. Las medidas respetarán los principios horizontales relacionados en el art. 9 del Reglamento 2021/1060.
Las actuaciones se complementarán con otras emprendidas en el Programa FSE+ Melilla 20212027, como los centros de oficios “Escuela de Construcción” y “Escuela de Hostelería”, mediante las que se formarán a trabajadores especializados, posibilitando actuaciones de “reskilling” y “upskilling”.
En el desarrollo de las acciones se seguirán los principios de calidad europea para las intervenciones financiadas por la UE que puedan tener un impacto en el patrimonio cultural, siguiendo los principios de la Nueva Bauhaus Europea.
Tendrá prioridad al apoyo a los sitios culturales que tengan o vayan a desarrollar planes de financiación complementaria, incluidos fondos privados, para aumentar la dependencia de fuentes de ingresos propios y garantizar la sostenibilidad financiera de dichos sitios. A su vez, los CSO contendrán la prioridad a favor de proyectos que contengan planes para mejorar la sostenibilidad financiera.
Los proyectos apoyados:
En cuanto al procedimiento interno para la aprobación y selección de operaciones en el marco del Programa, se precisa, conforme lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, una solicitud de financiación presentada al Organismo Intermedio por parte del beneficiario de cada operación, y teniendo en cuenta que, salvo en los regímenes de ayuda y en las operaciones que vienen expresamente recogidas en el Programa, la selección de operaciones se realizará a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios. Si bien dada la entidad del PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, la práctica totalidad de las operaciones ya están seleccionadas en el mismo, siendo las convocatorias de expresiones de interés, las que operarán respecto a las no previstas y que tengan esa consideración en los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones del Programa.
Se efectúa esta convocatoria para que los beneficiarios potenciales, que llevarán a cabo las diversas actuaciones (en el ejercicio de las competencias que tienen específicamente atribuidas), susceptibles de ser cofinanciadas por el FEDER, y que serán los responsables de presentar las expresiones de interés, mediante la correspondiente “Solicitud de financiación”, junto la documentación que se referirá, a fin de que propongan y expresen sus intereses en la ejecución de operaciones incluidas en el Objetivo Específico y Prioridad que se describen a continuación, parte del Programa Operativo FEDER MELILLA 2021-2027, bajo los principios generales de transparencia, concurrencia y no discriminación.
En definitiva, esta metodología de selección se aplica en el caso de actuaciones a desarrollar por los órganos gestores del Programa FEDER MELILLA 2021-2027 en el ejercicio de sus competencias, que tienen específicamente atribuidas, y que cuentan con financiación afectada FEDER en su presupuesto para llevar a cabo operaciones elegibles que se ajusten en el Programa Operativo FEDER MELILLA 2021-2027, al documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO), alineados con el Plan Estratégico, a la normativa comunitaria, estatal y a la desarrollada por la C.A de Melilla en su ámbito de aplicación.
En cuanto al órgano resolutorio, con fecha 16/12/2024 la Autoridad de Gestión del Programa (Subdirección General del FEDER del Ministerio de Hacienda) suscribió el Acuerdo de Atribución de Funciones a la Ciudad Autónoma de Melilla en el marco del Programa FEDER Melilla 2021-2027. La Ciudad Autónoma de Melilla adquirió la condición de Organismo Intermedio del Programa referido, al aceptar tal Acuerdo y sus obligaciones implícitas, con fecha 17/12/2024. Posteriormente, con fecha 23/12/2024, la Autoridad de Gestión aprobó el documento de Descripción de Funciones y Procedimientos de la CAM, el cual ha sido actualizado y aprobado con fecha 17/12/2025, posibilitando que la Ciudad Autónoma, como Organismo Intermedio del Programa, pueda seleccionar y aprobar operaciones de acuerdo con los mismos.
Así mismo, el Organismo Intermedio aprobó, basado en esta Descripción citada, el Manual de Procedimientos de Gestión y Control del Programa (BOME extra. nº 14 de 26/02/2025), que ha sido actualizado recientemente mediante un nuevo Manual que sustituye al citado (BOME nº 6340 de 30/12/2025).
Por lo tanto, como se ha indicado, esta convocatoria constituye el acto de inicio del procedimiento de selección de operaciones de la Prioridad y Objetivo Específico citado, y está dirigida a las Direcciones Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla, en función de su ámbito material de competencias, en su doble condición de órganos gestores y beneficiarios del PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027 en los supuestos previstos para su selección mediante la Convocatoria de expresiones de interés.
La Dirección General de Planificación Estratégica y Programación, como unidad coordinadora de las funciones que corresponden al Organismo Intermedio Ciudad Autónoma de Melilla en el Programa FEDER MELILLA 2021-2027, coordinará el procedimiento de la selección de las operaciones, que se realizará mediante resolución del Consejero de Hacienda a propuesta del Comité Técnico designado al efecto, a partir de las expresiones de interés remitidas por los departamentos referidos interesados, dejando constancia documental de todas las recibidas; y se comunicarán las decisiones adoptadas sobre la aceptación o rechazo de las solicitudes mediante la emisión del correspondiente informe de valoración.
CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS
1. ÓRGANO CONVOCANTE:
ORGANISMO INTERMEDIO DEL PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, Consejería de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Melilla, Dirección General de Planificación Estratégica y Programación, que ha obtenido esta condición con fecha 17/12/2024, una vez aceptado el acuerdo de Atribución de Funciones aprobado por la Autoridad de Gestión del Programa.
2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
La presente convocatoria tiene por objeto abrir para el período 2021-2027, el procedimiento para recibir las propuestas de operaciones, para su selección y cofinanciación por el FEDER en el marco del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, para el Objetivo Político, Prioridad de Inversión, Objetivo Específico y Medida descritos a continuación:
Para la aprobación de las operaciones, se deberán aplicar los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones aprobados por el Comité de Seguimiento del Programa referido, con fecha 16/10/2025, publicado en el mismo apartado de la web de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Los Criterios de Selección aplicables son los siguientes:
a) Tipos de acciones incluidas en el programa:
Los tipos de acciones que se ejecutarán consisten en:
b) Presupuesto de la Convocatoria:
En términos de Coste elegible, la Medida 4.6.1 del Objetivo Específico 4.6 asciende a 1.600.000 €, que implica una ayuda FEDER de 1.360.001 €.
c) Presupuesto anualizado y ámbito de intervención:
Anexo II.
d) Beneficiarios y procedimiento de selección
| Tipos de acción | Beneficiarios | Procedimiento de selección de operaciones |
| Valorización de recursos monumentales y culturales de interés turístico: rehabilitación, mejora y puesta en valor de elementos del patrimonio históricoartístico de Melilla | Administración Pública | Convocatoria de expresiones de interés. |
e) Criterios de Elegibilidad (Requisitos básicos) de aplicación a una o varias tipologías de acción provenientes del Acuerdo de Asociación y el Programa
Las inversiones en infraestructuras y servicios en los ámbitos cultural y turismo sostenible serán formuladas y seleccionadas en respuesta a las necesidades y desafíos territoriales, teniendo en cuenta la disponibilidad de infraestructuras y servicios y prestando especial atención a abordar la segregación educativa y espacial. Asimismo, deberán ser coherentes con las condiciones favorables correspondientes, conforme al artículo 73 (2) del RDC, y, en su caso, con las estrategias sectoriales pertinentes de los programas.
En el apoyo a sitios culturales se dará prioridad a aquellos que tengan o vayan a tener planes de financiación complementarios para garantizar la sostenibilidad financiera de dichos sitios.
En lo que se refiere a la financiación de proyectos culturales, se financiarán prioritariamente aquellos que dan acceso a la ciudadanía a la actividad cultural de manera sostenible, promueven la estabilidad laboral de los profesionales de la cultura, y fortalecen la economía local.
Se financiará la organización de eventos únicamente si esos eventos tienen un potencial de atracción de turismo de una manera sostenible, son iniciativa de las autoridades públicas y forman parte de una estrategia turística.
Complementariedad con otros fondos/instrumentos de financiación de la UE. Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.
f) Condicionantes medioambientales
Las tipologías de actuación recogidas en este objetivo específico por su naturaleza no producen impacto en el medio ambiente, por lo que no se incluye ninguna condición de elegibilidad ni criterio de priorización en la DAE.
Los tipos de acciones que engloba este objetivo por su naturaleza producen un impacto nulo o insignificante en el medio ambiente, por lo que se considera cumplido el principio del DNSH sin precisar justificación adicional. Se trata de tipos de acción con una evaluación simplificada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significante” (DNSH) del Programa FEDER de Melilla 2021-2027” (ver anexo I de este documento).
Concretamente, deberá justificarse el cumplimiento de los siguientes aspectos:
| Objetivo DNSH afectado | 1. Economía circular – Residuos de construcción y demolición | ||
| Texto del condicionante | En lo relativo a la gestión de residuos de construcción y demolición (RCD), se aplicarán las disposiciones establecidas en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, sobre producción y gestión de RCD. La aplicación del Real Decreto 105/2008 contribuirá a la consecución del objetivo europeo marcado por la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, de lograr que al menos el 70% en peso de los RCD generados en el país (excluyendo los residuos 17 05 04), se preparen para la reutilización, el reciclaje y la revalorización de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales.
Para el resto de las tipologías de residuos será de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados, en especial a lo concerniente a los residuos peligrosos. |
||
| Documento/s que justifica/n el cumplimiento | Título del documento | Responsable de su elaboración o de aportar el documento | Fase en la que se elabora |
| Estudio de gestión de residuos | Autor del proyecto. | Previo al comienzo de ejecución en la fase de proyecto. | |
| Objetivo DNSH afectado | 2. Prevención y control de la contaminación – medidas para reducir ruido, polvo y emisiones. | ||
| Texto del condicionante | Se incluirá como requisito de implementación de estas actuaciones la necesidad de adoptar medidas para reducir el ruido, el polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra, ejecutándose todas las actuaciones de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de contaminación de suelos y agua. | ||
| Documento/s que justifica/n el cumplimiento | Título del documento | Responsable de su elaboración o de aportar el documento | Fase en la que se elabora |
| Certificado del Director de la Obra. | Director de la Obra. | Fase de ejecución del proyecto. | |
| Licencia ambiental/informe favorable del órgano ambiental (o documento equivalente) Siempre que este documento incluya una evaluación que permita justificar el principio DNSH | Órgano Ambiental | Previo al comienzo de la ejecución. | |
| Objetivo DNSH afectado | 3. Prevención y control de la contaminación – sustancias tóxicas. | ||
| Texto del condicionante | Los componentes y materiales de construcción utilizados en el desarrollo de las actuaciones previstas no contendrán amianto ni sustancias tóxicas identificadas a partir de la lista de sustancias sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2006. | ||
| Documento/s que justifica/n el cumplimiento | Título del documento | Responsable de su elaboración o de aportar el documento | Fase en la que se elabora |
| Pliegos de prescripciones Técnicas | Director de Obra | Previo a la aprobación o autorización del proyecto. | |
| Certificado del Director de Obra | Director de Obra | Previo a la ejecución de la obra o cuando sea posible. | |
| Las fichas de producto de los materiales utilizados pueden ser una fuente de información relevante para justificar el cumplimiento de este condicionante DNSH | El Director de Obra será responsable de la justificación de este condicionante utilizando la información de las fichas elaboradas por el fabricante del producto | Previo a la ejecución de la obra. | |
• Protección frente al cambio climático
En el caso de las tipologías de acción de inversión en infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC que recoge que para las inversiones en las infraestructuras cuya vía útil sea como mínimo de cinco años deberá garantizarse la protección frente al cambio climático de las mismas.
g) Criterios de priorización aplicables a las distintas tipologías de acción
Para la priorización de las operaciones se utilizarán los criterios definidos para cada tipo de acción. El peso específico de dichos criterios, para la evaluación de las propuestas, será fijado en su caso en los correspondientes procesos de selección. Asimismo, se podrá establecer sub-criterios en caso de considerarse necesario.
En el caso de procedimientos no competitivos, por tratarse de convocatorias abiertas, los criterios de priorización se emplearán como requisitos previos para valorar la idoneidad de las solicitudes presentadas.
Se recoge una definición para orientar en el significado del criterio.
| Tipo acción:
Valorización de recursos monumentales y culturales de interés turístico: rehabilitación, mejora y puesta en valor de elementos del patrimonio histórico-artístico de Melilla |
|
| Criterios de Priorización:
1. Existencia de un plan de financiación del recurso monumental. 2. Impacto en el desarrollo del sector turístico. 3. Impacto en la inclusión e innovación social. 4. Eficiencia en la rehabilitación del patrimonio. |
Definición
1. Plan de financiación complementaria para aumentar la dependencia de fuentes de ingresos propios y garantizar la sostenibilidad financiera del recurso monumental (20%). 2. Análisis de la demanda y evaluación de las necesidades (50%). 3. Análisis del impacto social (10%). 4. Análisis de eficiencia (20%). |
h) Modelo de ficha a presentar: Anexo 3.
3. CONCEPTO DE OPERACIÓN:
El art. 2º, puntos 4) y 5) del Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, definen como:
a) Operación: un proyecto, contrato, acción o grupo de proyectos seleccionados en el marco de los programas de que se trate.
b) Operación de Importancia Estratégica: una operación que aporta una contribución significativa a la hora de conseguir los objetivos de un programa y que está sujeta a medidas de seguimiento y comunicación particulares.
4. OPCIONES DE COSTES SIMPLIFICADOS:
El art. 53.2 del Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, establece:
Cuando el coste total de una operación no sea superior a los 200.000 €, la contribución proporcionada al beneficiario por el FEDER, adoptará la modalidad de costes unitarios, sumas a tanto alzado o tipos fijos, salvo en el caso de las operaciones en que la ayuda constituya una ayuda estatal.
En este sentido, en el caso de que la operación sea inferior a 200.000 €, la solicitud deberá incluir obligatoriamente la opción de costes simplificados propuesta por el Organismo Gestor.
5. BENEFICIARIOS POTENCIALES:
Departamentos de la Ciudad Autónoma de Melilla que ostenten la doble condición de Organismos Gestores y a su vez, beneficiarios del Programa FEDER MELILLA 2021-2027 del ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla, con competencia material en el ámbito al que está referida la convocatoria que cuentan con financiación afectada FEDER en su presupuesto.
6. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS EXPRESIONES DE INTERÉS:
La presente convocatoria tiene por objeto abrir, para la acción prevista en el Objetivo Específico citado del Programa FEDER Melilla 2021-2027, el procedimiento para remitir propuestas de operaciones para su selección y financiación en el marco del Programa FEDER MELILLA 2021-2027.
Por tanto, una vez firmada la Convocatoria por el Consejero de Hacienda, se publicará en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME), y se anunciará en el apartado correspondiente a Fondos Europeos, dentro de la Consejería de Hacienda, de la web institucional de la C. A. de Melilla:
La forma de presentación, dado que los potenciales beneficiarios forman parte del organigrama de la Ciudad Autónoma de Melilla, y permitiendo este medio la constancia del remitente, contenido y fecha del envío, se acuerda por agilidad, permitir el medio de comunicación a través del gestor de expediente electrónico.
7. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
La solicitud de financiación que se entenderá además como solicitud de selección, deberá ir acompañada de la descripción de la/s operación/es propuesta/s con la información indicada a continuación. Esta deberá ser suficientemente descriptiva de la/s operación/es y de los proyectos que la/s integran y firmada por el Director General del área solicitante.
Asimismo, el solicitante podrá presentar toda aquella documentación o información adicional que considere de interés para la adecuada valoración de la solicitud. En caso de que la información remitida sea insuficiente para la adecuada valoración de la elegibilidad de la operación, podrá requerirse información o documentación adicional.
La solicitud remitida deberá contener:
8. PLAZO DE RESOLUCIÓN: Un mes natural, contado a partir del día siguiente a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.
9. RESOLUCIÓN:
1. Se acordará mediante Resolución del Consejero del área de Hacienda, a propuesta del Comité Técnico designado al efecto, que tendrá la siguiente composición:
a. El Cronista Oficial de la Ciudad de Melilla.
b. La Decana del Colegio de Arquitectos de Melilla o Arquitecto que la represente.
c. La Directora General de Activación Económica y Turismo.
d. El Director General de Planificación Estratégica y Programación.
2. Si durante la ejecución de las operaciones seleccionadas, existiesen cambios en las condiciones de la ayuda por las que ha sido aprobada (Cronología de ejecución, contribución a los indicadores del Programa, etc.), el organismo beneficiario deberá solicitar antes la modificación de tales condiciones, las cuales que se aprobarían, en su caso, mediante resolución específica del Consejero, con la consecuente entrega de una adenda al DECA inicial.
3. Se realizará una nueva convocatoria de expresiones de interés para esta Medida en los siguientes casos:
a. Cuando las operaciones aprobadas no hayan agotado el importe, en términos de gasto elegible, del Objetivo específico.
b. En caso de renuncia a la ejecución por causas justificadas por parte del Organismo Beneficiario.
10.FORMALIZACIÓN DE LA SELECCIÓN: Una vez resuelta la convocatoria, y aprobada y publicada en el BOME, se expedirá por parte del Organismo Intermedio el/los correspondientes DECAs de condiciones de la Ayuda a la/s operación/es aprobada/s.
Anexos:Modelo de ficha a presentar.
I. Presupuestos anualizados y ámbitos de intervención.
II. Indicadores de realización y resultado.
III. Indicadores de realización y resultados.
IV. Evaluación ambiental.
V. Declaración responsable del cumplimiento del Climate proofing (protección frente al cambio climático.
ANEXO I. MODELO DE FICHA A PRESENTAR
SOLICITUD DE COFINANCIACIÓN A TRAVÉS DE CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS. PROGRAMA MELILLA FEDER 2021-2027.
Una vez abierto el plazo de presentación de solicitudes mediante el envío del formulario habilitado al efecto, bien a través de la plataforma MyTao o bien a través de correo electrónico, para la convocatoria de expresiones de interés, dirigida a la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos y entes públicos para recibir ayuda en el marco del Programa Melilla FEDER 2021-2027, que fue adoptado por Decisión de Ejecución de la Comisión Europea con fecha 29 de noviembre de 2022, con código CCI 2021ES16RFPR017.
De conformidad con lo anterior, D./Dña.
en calidad de
presenta la siguiente operación para su cofinanciación por el FEDER en el marco del Programa Melilla FEDER 2021-2027.
1. OPERACIÓN
Título de la actuación
Código operación (nº expediente)
Encaje en actuación (AST- )/subactuación
2. ORGANISMO GESTOR
Consejería
Dirección General
Servicio/Unidad
Persona de contacto
Teléfono de contacto
e-mail de contacto
3. RESUMEN DE LA OPERACIÓN
Explicar brevemente en qué consiste la operación.
4. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA OPERACIÓN
Añadir una descripción adicional más detallada que permita conocer a fondo lo que se va a realizar en la operación y su encaje dentro del espíritu del FEDER.
5. ENCUADRE NORMATIVO DE LA OPERACION
| Señalar el método de gestión, normativa y soporte jurídico de los convenios, contratos, encargos ...que sustentan la operación. En el caso de que la operación propuesta esté sujeta a contratación pública, adjuntar un breve resumen sobre los procedimientos de licitación y contratación o adjudicación de obras, suministros o servicios. |
6. PLAN FINANCIERO DE LA OPERACIÓN
PRESUPUESTO DE LICITACIÓN / IMPORTE DE ADJUDICACIÓN (IPSI INCLUIDO):
Si se conoce el Importe de Adjudicación (Impuestos incluidos), las anualidades irán referidas al mismo. En caso contrario, al Presupuesto de Licitación (Impuestos incluidos).
(Cuadro 1)
| LOTE // CONTRATO | TOTAL PRESUPUESTO LICITACIÓN | TOTAL IMPORTE ADJUDICACIÓN | ANUALIDAD 2023 | ANUALIDAD 2024 | ANUALIDAD 2025 | ANUALIDAD 2026 | ANUALIDAD 2027 | ANUALIDAD 2028 | ANUALIDAD 2029 |
PREVISIÓN DE COSTE TOTAL SUBVENCIONABLE DE LA OPERACIÓN Y PREVISIÓN DE SU EJECUCIÓN POR ANUALIDADES:
Para la estimación de los costes subvencionables y su ejecución, deberá tenerse en cuenta el artículo 64 del Reglamento UE 2021/1060 Costes NO subvencionables, así como la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027 (BOE, 30 de diciembre de 2023).
(Cuadro 2)
| TOTAL COSTE SUBVENCIONABLE | COSTE SUB.2023 | COSTE SUB. 2024 | COSTE SUB. 2025 | COSTE SUB. 2026 | COSTE SUB. 2027 | COSTE SUB. 2028 | COSTE SUB. 2029 |
PEP Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DE ESTA OPERACIÓN
| Código P.Gasto y descripción |
| Partida presupuestaria |
7. ÁMBITOS DE INTERVENCIÓN DE LA OPERACIÓN
Se señalará a qué Campo/s de Intervención se asocia la operación y su importe. Los Campos de Intervención están determinados en el Programa Melilla FEDER 2021-2027 y se detallan al final del presente formulario.
(Cuadro 3)
| CÓDIGO | DESCRIPCIÓN CAMPO DE INTERVENCIÓN | IMPORTE DE LA AYUDA MÁXIMO 70% DEL COSTE SUBVENCIONABLE (CUADRO 2) |
La cofinanciación europea, a través del FEDER (dentro del Programa Melilla FEDER 2021-2027) alcanzará una tasa máxima de retorno del 95% del gasto subvencionable declarado por el que se solicite el pago de la correspondiente ayuda.
8. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OPERACIÓN
| Plazo de ejecución |
| Fecha de inicio |
| Fecha fin prevista |
9. COSTES SIMPLIFICADOS: Solo es de aplicación a operaciones cuyo coste total sea inferior a 200.000 euros.
Aplicación de costes simplificados acorde a lo establecido en el artículo 53 del Reglamento UE 2021/1060:
SÍ □
NO□
En caso afirmativo, señalar la modalidad que se empleará.
10. INDICADORES DE REALIZACIÓN Y DE RESULTADO DE LA OPERACIÓN
Se adjuntará la ficha metodológica que detalle el cálculo utilizado para la determinación de los valores previstos. Asimismo, puede usarse el apartado 14 Observaciones para incluir las especificaciones requeridas.
Se incluyen al final del presente formulario los indicadores de realización y de resultado previstos en el Programa Melilla FEDER 2021-2027.
| IDENTIFICADOR INDICADOR REALIZACIÓN | DENOMINACIÓN INDICADOR | UNIDAD MEDIDA | VALOR A 2029 |
| IDENTIFICADOR INDICADOR RESULTADO | DENOMINACIÓN INDICADOR | UNIDAD MEDIDA | VALOR A 2029 |
11. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD
INDICAR ENLACE DE LA PÁGINA WEB (SI EXISTE) DEL ORGANISMO GESTOR EN LA QUE SE REALIZA LA DIFUSIÓN DE LA OPERACIÓN.
12. MEDIDAS DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD DE LA OPERACIÓN ADOPTADAS Y/O PREVISTAS
Marcar las que se hayan realizado o se prevean realizar.
□ Actividades y actos públicos: actos informativos, actos de presentación de la operación…
□ Difusión en medios de comunicación: notas de prensa, noticias en prensa, banners, cuñas en radio, spots en televisión, anuncios en el BOPA…
□ Publicaciones: folletos informativos, revistas, videos, cd, dvd…
□ Información a través de cualquier tipo de cartelera: carteles, placas, expositores, stands, pósteres, valla…
□ Instrucciones hacia los participantes del Programa Operativo: guías, indicaciones…
13. DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS Y/O CONCEDIDAS
| ¿Ha solicitado alguna ayuda para esta operación? | SÍ □ | NO □ |
¿Le ha sido concedida alguna ayuda para esta operación? En caso afirmativo, indique el órgano concedente y el importe de la ayuda recibida:
14.OBSERVACIONES
Incluir aquí, si es el caso, relación de la documentación complementaria que acompaña a la solicitud, además de cualquier otra cuestión que se considere relevante, EN ESPECIAL, LA METODOLOGÍA EMPLEADA EN LA OBTENCIÓN DE LOS INDICADORES DEL APARTADO 10.
|
|
|||
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL POTENCIAL BENEFICIARIO
Como potencial beneficiario del Programa Melilla FEDER 2021-2027 DECLARA que:
1. Debe cumplir con los requisitos de difusión y publicidad establecidos en materia de visibilidad, transparencia y comunicación establecidas en el Capítulo III del Título IV del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados y las establecidas en el Anexo IX del citado Reglamento (en adelante, Reglamento (UE) 2021/1060).
2. La aceptación de la ayuda implica el consentimiento de su inclusión en una lista pública de operaciones, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento (UE) 2021/1060.
3. En los casos pertinentes, se asegurará de que las partes que intervienen en ellas han sido informadas de dicha financiación del FEDER.
4. La operación debe cumplir con la normativa nacional y comunitaria aplicable especialmente con las normas nacionales de subvencionabilidad y, en su caso, la Ley 38/2003 General de Subvenciones y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014, así como sus modificaciones y cualquier otra normativa aplicable.
5. Debe mantener un sistema de contabilidad separado para todas las transacciones relacionadas con las operaciones objeto de cofinanciación o, al menos, cuenta con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones, debiendo distinguir las partidas presupuestarias de la contabilidad nacional y comunitaria.
6. Se responsabiliza en todo momento de que no existe doble financiación de la operación.
7. Se dispone de la capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente y adecuada para cumplir las condiciones relativas a la ayuda del FEDER.
8. Debe conservar los documentos originales o copias debidamente compulsadas o bien en soportes de datos comúnmente aceptados, en especial versiones electrónicas de documentos originales o documentos existentes únicamente en versión electrónica justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 82 del Reglamento (UE) 1060/2021 y deberá estar a disposición de las autoridades competentes cuando éstas así lo soliciten.
9. La aceptación de la ayuda implica la obligación de aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión, cumplir la normativa en materia de contratación pública, evitar doble financiación, falsificación de documentos, etc... así como proporcionar información para la detección de mala praxis (incluye la contratación amañada, las licitaciones colusorias, el conflicto de intereses, la manipulación de ofertas y el fraccionamiento del gasto).
10. La obligación de informar sobre el logro de los indicadores de realización y resultado que se pongan de manifiesto en el Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA) a la hora de ejecutar la operación, al mismo tiempo que justifica gastos para ser declarados en solicitudes de reembolso.
11. En relación a la operación, que:
12. La operación para la que se solicita cofinanciación cumple con los principios horizontales recogidos en el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento y del Consejo, de 24 de junio de 2021 (RDC) y en particular, con el principio de evitar cualquier discriminación por razón de discapacidad y promoviendo la igualdad y la integración de la perspectiva de género, al objeto de velar por la igualdad, la inclusión y la no discriminación (art.22 apartado 3, letra d) inciso iv) del RDC)
Y para finalizar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Reglamento (UE) 2021/1060, SOLICITA la selección para su financiación de la citada operación cuya información se detalla en la ficha de solicitud.
FECHA Y FIRMA
ANEXO II. PRESUPUESTOS ANUALIZADOS Y ÁMBITO DE INTERVENCIÓN
Presupuestos
OE 46-Cultura y Turismo
| Proyectos | Identificación | Ámbito de intervención | 2026 | 2027 | Coste | |
| Protecc. Patrimonio Cultural | 4.6.1. | 166 (0;0) | 800.000 | 800.000 | 1.600.000 | |
Nota: La tasa de financiación del FEDER para este OE y PI es del 85%.
ANEXO III. INDICADORES DE REALIZACIÓN Y RESULTADO
PRIORIDAD DE INVERSIÓN 4A. TRANFORMACIÓN SOCIAL
OBJETIVO ESPECÍFICO 4.6. EL REFUERZO DEL PAPEL DE LA CULTURA Y EL TURISMO EN EL DESARROLLO ECONÓMICO, LA INCLUSIÓN SOCIAL Y LA INNOVACIÓN SOCIAL
Indicadores de realización
RCO30. Número de infraestructuras culturales y turísticas apoyadas
Unidad de medida: Sitios culturales y turísticos
Actuaciones vinculadas: No existen.
| TIPO DE ACTUACIÓN | ÁMBITO DE INTERVENCIÓN | AYUDA FEDER | COSTE TOTAL |
| Proyecto para el ciclo integral del agua | 166 | 1.360.001€ | 1.600.000€ |
Estimación de los hitos y metas:
Base para la estimación de los hitos y metas
Uso de datos históricos y/o experiencias similares, en las actuaciones de protección del patrimonio cultural, que se llevan desarrollando desde 1990
Metodología de estimación
Planificación para la digitalización del patrimonio.
Uso de coste estimado en función de datos históricos para las actuaciones de protección, 3 actuaciones a un coste medio de 533.000 €.
Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas
No se esperan.
Valores base, hitos y metas
| VALORES BASE, HITOS Y METAS | ||
| Valor BASE | Valor HITO (2024) | Valor META (2029) |
| 0 | 1 | 3 |
Indicadores de resultado
RCR77. Visitantes de instalaciones culturales y turísticas apoyadas
Unidad de medida: Visitantes/año
Actuaciones vinculadas: Se pretende aumentar el número de visitantes que anualmente acuden a las instalaciones culturales y turísticas puestas en funcionamiento por la ciudad.
| TIPO DE ACTUACIÓN | ÁMBITO DE INTERVENCIÓN | AYUDA FEDER | COSTE TOTAL |
| Actuaciones de protección del patrimonio cultural | 166 | 1.360.001€ | 1.600.000€ |
Estimación de los hitos y metas:
Base para la estimación de los hitos y metas
El uso de datos históricos y/o similares sobre el número de turistas que acceden a los servicios culturales y turísticos y de los sitios culturales y turísticos que previsiblemente van a ser beneficiarios de las del apoyo. Estos datos, datos normalmente están recogidos en el sistema de información del organismo gestor: Fundación Melilla Monumental y Patronato de Turismo de Melilla, a las que tiene acceso el órgano gestor responsable del indicador.
Metodología de estimación
A partir de los registros de usuarios, se ha obtenido el número medio (por lo general diarios) de usuarios en los establecimientos culturales y turísticos apoyados (ya sea construidos o mejorados).
Paso 2: se ha obtenido la meta aplicando al número de usuarios medios al día por los días en los que el establecimiento está operativo (abierto al público):
Meta 2029: número de usuarios medios diarios en los establecimientos culturales y turísticos objeto del apoyo x número de días que está operativo el establecimiento en cuestión.
Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas
Factores externos como crisis económica o la persistencia del cierre fronterizo, que generen un movimiento turístico inferior al esperado.
Valores base, hitos y metas
| VALORES BASE, HITOS Y METAS | ||
| Valor BASE | Valor HITO (2024) | Valor META (2029) |
| 85.556 | -- | 107.156 |
ANEXO IV. EVALUACIÓN AMBIENTAL.
Cumplimiento de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre (documentación medioambiental).
Por favor, responda a las siguientes preguntas:
1ª.- ¿Es la operación un “proyecto” o incluye alguna actuación que responda a la definición de “proyecto” del artículo 5.3b de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental?
| SI | NO |
Dos posibles respuestas:
2ª.- ¿Está el proyecto en alguno de los supuestos de evaluación de impacto ambiental (EIA) contemplados por el artículo 7 de la Ley 21/2013, contemplando en su caso las posibles excepciones del artículo 8?
| SI | NO |
| ORDINARIO | FECHA PUBLICACION DIA | ||||
| SIMPLIFICADO | FECHA PUBLICACION IIA |
Dos posibles respuestas:
3ª.- Aunque la operación no requiera EIA, adjuntar:
Asimismo, es necesario aportar, en su caso, la DIA o IIA correspondiente. En aquellos casos en los que no aplique la tramitación de Evaluación Ambiental, se justificará documentalmente la exención y el cumplimiento de la normativa de aplicación.
El responsable del Organismo Beneficiario
DECLARACIÓN RESPONSABLE I. VERIFICACIÓN DE IMPOSIBILIDAD DE AFECCIÓN APRECIABLE DE PROYECTOS.
Nombre:
Cargo:
En relación con el proyecto denominado:
Promovido por:
Autorizado por (órgano sustantivo):
A desarrollar en el término municipal de Melilla:
A cofinanciar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
Hago constar que este órgano sustantivo ha verificado que no resulta previsible que el mencionado proyecto pueda causar algún efecto negativo apreciable sobre algún espacio de la Red Natura 20001, por el siguiente motivo2:
El Declarante: (Cargo y nombre).
Protección para las Aves.
DECLARACIÓN RESPONSABLE II. DEL GESTOR DE ESPACIO RED NATURA 2000 SOBRE PROYECTOS DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON LA GESTIÓN DEL ESPACIO O NECESARIOS PARA DICHA GESTIÓN
Nombre:
Cargo:
Del organismo gestor Red Natura 2000: En relación con el proyecto denominado: Promovido por:
A desarrollar en el término municipal de Melilla:
A cofinanciar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Informa que dicho proyecto se describe en la documentación aportada por el promotor, y consiste en las siguientes actuaciones: Dicho proyecto puede afectar de forma apreciable al/los espacio/s Red Natura 20005:
No obstante, a los fines de la excepción contemplada en el artículo 46.4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y de acuerdo con la siguiente motivación:
Se declara que todas las actuaciones contempladas en dicho proyecto presentan relación directa con la gestión del/los mencionado/s espacio/s, o son necesarias para la misma.
El Declarante: (Cargo y nombre).
ANEXO V. DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE CLIMATE PROOFING (PROTECCIÓN FRENTE AL CAMBIO CLIMÁTICO)
NOMBRE:
Cargo:
En relación con el proyecto denominado:
A cofinanciar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
EXPONE
Que ha presentado su solicitud a la convocatoria de expresiones de interés dirigidas a l……………………………………………………………………………………………. en el marco del Programa FEDER Melilla 2021-2027, y ha resultado beneficiario de una ayuda para la ejecución de la operación denominada ……………………………… ………………………………………. y al objeto de asegurar que dicha operación cumple con las medidas de Climate Proofing (protección frente al cambio climático).
DECLARA
Que se compromete a presentar durante la ejecución de la operación para la que se ha solicitado financiación las medidas de protección frente al cambio climático, y su cumplimiento, de acuerdo con la nota metodológica de “principios para la protección frente al cambio climático de los proyectos de infraestructura en España para el período 2021-2027”, emitida por Jaspers para la Dirección General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda (https://acortar.link/o6EEtG), que se incluye en el expediente.
Fecha: Firmado:
Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto. No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 27 de enero de 2026,
El Secretario Técnico de Hacienda,
Sergio Conesa Mínguez