ARTÍCULO Nº 4
(CVE: BOME-AX-2018-4)
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BOME EXTRA Nº 4 - viernes, 9 de febrero de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - Dirección General de Función Pública
La Excma. Asamblea de la Ciudad de Melilla, en sesión extraordinaria celebrada el día 9 de octubre de 2017, en su punto cuarto, aprobó, previo dictamen favorable de la Comisión Permanente de Bienestar Social celebrada el día 2 de octubre, la propuesta de la Consejería de Bienestar Social de aprobación inicial del PROYECTO DE REGLAMENTO REGULADOR DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS Y SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN DE NECESIDADES SOCIALES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

INFORME MEDICO PARA ACCESO AL SERVICIO DE
TELEASISTENCIA
Informe
emitido por el Dr. D.
_____________________________________________________________________________________
Colegiado
número______________________Centro de Salud. __________________ Especialidad:
____________________________
Nombre del
paciente: _________________________________________________________DNI/ NIE
__________________________
DIAGNÓSTICO DE PATOLOGIAS/ AFECCIONES (MARQUE CON UN
“x” LA ENFERMEDAD QUE PADECE EL PACIENTE)
a) PULMONAR
Bronquitis
crónica ____ Asma Enfisema
____Bronquiectasia ____Oxigenoterapia ____ Tuberculosis____
b) OSTEOARTICULAR Y TEJIDO
CONJUNTIVO
Osteoporosis ____Artrosis ____Espondilosis y
trastornos afines ____Artritis reumatoide ____Fractura de fémur ____Fractura de
cadera ____
c) PSIQUIÁTRICO / ESTADO DE ÁNIMO
Depresión ____Esquizofrenia ____Psicosis
maniaco-depresiva ____Trastornos neuróticos____
d) CIRCULACIÓN
Insuficiencia cardiaca ____ Cardiopatía isquémica
____ Alteraciones del ritmo cardíaco ____Hipertensión arterial ____
Multiinfarto cerebral ____ ACV ____ TIA ____
Arteriopatías periféricas ____
Trastornos venosos periféricos ____ Marcapasos ____ Toma anticoagulantes
Indicar cual: ________________
e) NEUROLÓGICO
Enfermedad de Alzheimer ____ Otras demencias ____
Esclerosis múltiple ____Enfermedad de Parkinson ____
f) OTROS
Diabetes ____ Insulinodependiente ____ Hepatitis
vírica____ Hipertiroidismo ____ Hipotiroidismo
____ Dislipemia ____ Anemia
____Insuficiencia renal crónica ____ Hiperplasia de próstata ____ Hernia de
hiato ____ Úlcera gástrica ____ Cataratas ____ Glaucoma ____ Enolismo crónico
____ Infección por VIH ____ Alimentación parenteral ____Padece enfermedad
infecto-contagiosa. Indicar: ______________________________
g) OTROS. INDICAR: PROBLEMAS DE
SALUD
Caídas frecuentes ____ Perdida de peso superior al
10% en 6 meses ____ Obesidad ____ Disnea en reposo ____ Vértigo ____ Agitación
psicomotora ____ Alteración del ritmo de sueño ____ Incontinencia Sonda ____
Dolor agudo ____ Dolor osteoarticular
crónico ____ Déficit visual ____ Déficit
auditivo. ____ Especificar: Ligero ____ Serio ____ Grave Profundo Total ____
h) OTRAS ENFERMEDADES U OBSERVACIONES:
ALERGIAS.
ESPECIFICAR:___________________________________
Fecha y Firma del Facultativo
* ADJUNTAR HOJA DE MEDICACIÓN ACTIVA EN SU CASO
ANEXO V. REGLAMENTO REGULADOR DE LA
CONCESIÓN Y USO DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
INTRODUCCIÓN
El artículo 49 de la Constitución
Española reconoce a las personas con discapacidad física o psíquica o
sensoriales para su completa realización personal y su total integración social
la asistencia y tutela necesaria.

para
su efectiva realización en su ámbito de competencias correspondientes, la
Administración Central, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales
etc.
Participando
esta Ciudad Autónoma de Melilla de la naturaleza jurídica de Comunidad Autónoma
y de Corporación Local y al amparo de lo dispuesto en la Recomendación del
Consejo de 4 de junio de 1998, sobre creación de una tarjeta de estacionamiento
para personas con discapacidad 98/376/CE, nada impide proceder a la
reglamentación del acceso y uso de la Tarjeta de Estacionamiento para persona
con Discapacidad.
Para
ello, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 17.3 del Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Melilla que atribuye al
Consejo de Gobierno la competencia para desarrollar las normas que ésta hubiera
dictado sobre la organización y el funcionamiento de los servicios
administrativos de la ciudad y el art. 11.6 y 18.3 del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, el Consejo de
Gobierno, ha tenido a bien aprobar el presente DECRETO:
REGULADOR DE LA
CONCESIÓN Y USO DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Titulo
I. Generalidades
Artículo
1.Objeto
El presente
Reglamento tiene por objetivo regular las condiciones de acceso, uso y
utilización de la Tarjeta de Estacionamiento para persona con Discapacidad.
Artículo
2. Finalidad
La finalidad que se persigue mediante la concesión de
la Tarjeta
de Estacionamiento para persona con Discapacidad, es conseguir la integración y
participación de las personas con discapacidad en la vida cotidiana, a través
de la eliminación de obstáculos que, como la natural dificultad en la búsqueda
del estacionamiento, impide este acceso a las actividades de ciudad.
Titulo
II.De la Concesión de la Tarjeta
de Estacionamiento
Artículo 3. Solicitud
1. Podrán
solicitar la Tarjeta de Estacionamiento aquellas personas, residentes en Melilla,
que posean un porcentaje de minusvalía igual o superior al 33% previa
valoración del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, u organismo
competente de la Seguridad Social.
2. El expediente se iniciará a
instancia del interesado, previa presentación de instancia en al Ventanilla
única de la Ciudad Autónoma y deberá contener la siguiente documentación:
-
Fotocopia compulsada del DNI o Tarjeta de
Residencial en vigor.
-
Certificado de Residencia.
-
Certificado de la Seguridad Social o IMSERSO de ser
persona con discapacidad en el que se recoja el porcentaje de minusvalía que
padece el usuario.
-
Fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identificación
de propiedad del vehículo
-
Fotocopia compulsada del permiso de circulación del
vehículo
-
Estar al corriente del pago del Impuesto Tracción
Mecánica (ITM)
-
2 Fotografía de tamaño carnet (reciente)..
-
Fotocopia compulsada del carnet de conducir en
vigor.
3. El expediente constituido al
efecto deberá resolverse mediante Orden del Consejero de Bienestar Social y en
el plazo de tres meses a contar desde la fecha de entrada de la solicitud.
Artículo
4. Expedición de la Tarjeta de Estacionamiento.
De conformidad con lo establecido en la Recomendación
del Consejo de 4 de junio de 1998, sobre creación de una Tarjeta de
Estacionamiento para Personas con Discapacidad 98/276/CE, esta deberá respetar
el siguiente modelo:
a.- Las dimensiones totales de la Tarjeta de
Estacionamiento para personas con discapacidad serán las siguientes:
- Longitud
106 mm.
- Anchura 148
mm
b.- El color de la Tarjeta de
Estacionamiento será azul claro, con excepción del símbolo blanco que
representa, sobre fondo azul oscuro, una silla de ruedas.

c.- La Tarjeta de Estacionamiento
para personas con discapacidad estará plastificada, con excepción del espacio
previsto para la firma del titular en la mitad izquierda del reverso.
d.- La Tarjeta de
Estacionamiento tendrá un anverso y un
reverso, cada uno de ellos dividido verticalmente en dos mitades:
En la mitad izquierda del anverso
figurarán:
-
El símbolo de la silla de ruedas en blanco sobre
fondo azul oscuro.
-
La fecha de caducidad de la Tarjeta de
Estacionamiento.
-
El número de serie de la Tarjeta de Estacionamiento.
-
El nombre y sello de la Consejería de Consejería de
Bienestar Social de la Ciudad Autónoma de Melilla
En la
mitad derecha del anverso figurarán:
-
La inscripción de TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE
PERSONAS CON DISCAPACIDAD, en letras en negro mayúscula. A continuación,
suficientemente separada y en letras mayúsculas o minúsculas, la inscripción
“Tarjeta de Estacionamiento”, en las distintas lenguas de la Unión Europea.
-
La inscripción “Modelo de las Comunidades Europeas”
-
De fondo, el indicativo del Estado español dentro
del símbolo de la Unión Europea, el círculo de las 12 estrellas.
En la mitad izquierda del reverso
figurarán:
-
Los apellidos del titular.
-
El nombre del titular.
-
La firma del titular u otra marca autorizada.
-
La fotografía tamaño carnet del titular.
En la mitad derecha del reverso
figurarán:
a.- La indicación “Esta Tarjeta
autoriza a su titular a buscar uso de las facilidades de estacionamiento
vigentes en el Estado miembro en que se encuentre.
b.- La indicación “cuando se utilice
esta tarjeta, deberá colocarse en la parte delantera del vehículo de forma que
el anverso de la Tarjeta será claramente visible para su control.
Las inscripciones serán redactadas
en castellano, con excepción de la mitad derecha del anverso.
Artículo
5. Uso de la Tarjeta
1. La Tarjeta de
Estacionamiento para Personas con discapacidad deberá ser utilizada
exclusivamente por el titular de la misma y en las condiciones que se recogen a
continuación.
2. La Tarjeta de
Estacionamiento habilita a quien la posee a estacionar en los lugares que esta
Ciudad Autónoma tiene reservado para ello y estacionar su vehículo por el
tiempo imprescindible en las vías públicas, siempre que ello no entorpezca la
libre circulación de vehículos y peatones.
3. El titular de la misma deberá colocarla en sitio
visible cuando estaciones su vehículo en los lugares referidos en el anterior
apartado.
4. La Ciudad Autónoma de Melilla procurará favorecer la
habilitación de plazas de estacionamiento
para personas con discapacidad sobre todo en aquellos lugares cercanos a
servicios o instalaciones públicas, con la intención de favorecer el acceso de
este colectivo a la vida ciudadana.
5. El uso indebido de la Tarjeta por persona distinta
de su titular podrá ser motivo de apertura de expediente sancionador que
conlleve la retirada de la acreditación, en el expediente iniciado al efecto
deberá inexcusablemente de ser oído el titular de la Tarjeta de Estacionamiento.
6. Las Tarjetas de Estacionamiento de otra Comunidad
Autónoma, Corporación Local, del resto de España o de la Unión Europea, que se
expidan al amparo de la Recomendación del Consejo de 4 junio de 1998, sobre
creación de una tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad,
981376/CE, tendrán idénticos efectos que las expedidas por la Ciudad Autónoma
de Melilla.
Artículo 6. Registro
1.En la Consejería de Bienestar Social existirá un
Registro donde conste los titulares de las Tarjetas de Estacionamiento, así
como el vehículo al que esté asignada,
2. La adquisición de un vehículo distinto al que dio
origen a la concesión de la Tarjeta, implica la obligación del usuario de dar
conocimiento del hecho al órgano que expidió la misma.
Disposición Adicional

Aquellos expedientes resueltos con anterioridad a la
fecha de entrada en vigor del presente Decreto, y que dieron lugar a la
concesión de la Tarjeta de Estacionamiento no homologadas, deberán ser
expedidas con arreglo al nuevo formato, al objeto de homogeneizar las mismas y
adaptarlas a la Recomendación del Consejo de 4
de junio de 1998 981376/CE.
Disposición Final.
El presente Decreto entrará en vigor al día
siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Melilla.

MODELO
DE TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
ANVERSO

REVERSO

ANEXO VI.
AUTORIZACIÓN PARA LA CESIN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Por medio de la presente y de conformidad con lo establecido en el art. 11
de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos con
Carácter Personal, el/los abajo firmante/s autoriza/n a la Ciudad
Autónoma de Melilla, a través de la Consejería de Bienestar Social, en relación
a la solicitud de prestaciones presentada y/o expedientes de intervención
social, a recabar de las administraciones y organismos oficiales que a
continuación se relacionan los siguientes accesos a documentos y
certificaciones:
- Agencia Estatal de la Administración Tributaria, (AEAT): copia integra de
la última declaración del I.R.P.F. y Documento de imputación datos fiscales
(imputación de rentas)
-
Seguridad Social (Vida Laboral y Certificados
de Pensiones)
-
Gerencia Territorial del Catastro en Melilla:
acceso al Catastro
-
Servicio de Recaudación de la Ciudad Autónoma
de Melilla: datos tributarios locales.
-
Dirección General de Administraciones
Públicas: Padrón Municipal de Habitantes
-
Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE):
información de prestaciones y situación como demandante de empleo
-
Dirección Territorial de IMSERSO: Certificados
de discapacidad, pensiones, prestaciones y Servicios de Dependencia.
La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos del
reconocimiento, seguimiento y control de la solicitud de prestaciones y en
aplicación de lo dispuesto 95.1. k) de la Ley 58/2003, General Tributaria y en
la Cláusula 3.ª del Convenio de 5 de diciembre de 2001, suscrito entre la
Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Ciudad Autónoma de
Melilla, que permiten, previa autorización del interesado, la cesión de los
datos tributarios que precisen las AAPP para el desarrollo de sus funciones y
demás normativa de aplicación.
DATOS DEL SOLICITANTE |
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APELLIDOS
Y NOMBRE |
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DOMICILIO |
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NIF |
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TELÉFONO |
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FIRMA |
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MIEMBRO UNIDAD
CONVIVENCIA: 1 |
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APELLIDOS
Y NOMBRE |
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DOMICILIO |
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NIF |
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TELÉFONO |
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FIRMA |
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MIEMBRO UNIDAD
CONVIVENCIA: 2 |
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APELLIDOS
Y NOMBRE |
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DOMICILIO |
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NIF |
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TELÉFONO |
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FIRMA |
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MIEMBRO UNIDAD
CONVIVENCIA: 3 |
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APELLIDOS
Y NOMBRE |
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DOMICILIO |
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NIF |
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TELÉFONO |
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FIRMA |
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MIEMBRO UNIDAD
CONVIVENCIA: 4 |
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APELLIDOS
Y NOMBRE |
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DOMICILIO |
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NIF |
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TELÉFONO |
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FIRMA |
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MIEMBRO UNIDAD
CONVIVENCIA: 5 |
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APELLIDOS
Y NOMBRE |
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DOMICILIO |
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NIF |
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TELÉFONO |
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FIRMA |
|
PROTECCIÓN DE DATOS: Los datos identificativos
recogidos en esta instancia serán incorporados y tratados en el fichero “Sistema
de Información al Usuario de Servicios Sociales (SIUSS)” cuya finalidad es
servir de soporte para recabar los datos básicos de los/as usuarios/as de
Servicios Sociales, el tratamiento y explotación de la información obtenida permitiendo analizar la demanda para
evaluar y planificar. Lo datos podrán ser cedidos de conformidad con lo
previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal. El órgano responsable del fichero es
la Consejería de Bienestar Social, sita en la Calle Carlos Ramírez de
Arellano, 10 CP 52004, Melilla, ante la que la persona interesada podrá ejercer
los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, conforme a lo
dispuesto en el artículo 5 de la referida Ley Orgánica.
En Melilla a ____ de
___________________ de 2______.-
Melilla 1 de febrero
de 2018,
El presidente,
Juan José Imbroda
Ortiz