ARTÍCULO Nº 72 (CVE: BOME-AX-2019-72) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 17 - miércoles, 12 de junio de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - Dirección General de Función Pública
Resolución nº 2017 de fecha 6 de junio de 2019, relativa a las bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de agente de empleo y desarrollo local, personal laboral, por el procedimiento de concurso-oposición libre.
De conformidad con el Acuerdo del Consejo de
Gobierno de esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de fecha 24 de mayo de
2019, por el que se aprueban, las bases para la provisión definitiva de plazas
vacantes en la plantilla e incluidas en la Oferta de Empleo Público para 2017 y
2018, Personal Laboral, y en base a lo previsto en el artículo 5 del Real
Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y
los programas mínimos a los que deberá ajustarse el procedimiento de selección
de los funcionarios de la Administración Local, y en uso de las competencias
que me confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas, y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica
2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla, De acuerdo
con lo anterior, y visto el expediente 18016/2019, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Convocar el
proceso de selección de las plazas que más abajo se relacionan, de conformidad
con las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE
AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL, PERSONAL LABORAL, POR EL PROCEDIMIENTO DE
CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE.
Es objeto de la
presente convocatoria, la provisión mediante el procedimiento de
concurso-oposición libre de una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local,
encuadrada en el Grupo A Subgrupo A2, como Personal Laboral, Complemento de
Destino y demás emolumentos legales que correspondan con arreglo a la
legislación vigente.
La presente provisión
corresponde a plazas que se encuentran vacantes en la Plantilla y previstas en
las Ofertas de Empleo Público para 2017 y 2018 (BOME núm. 5464 de 28/07/17 y
BOME núm. 5580 de 07/09/18, respectivamente, así como en virtud del Acuerdo
Nacional Administración-Sindicatos para la mejora del Empleo Público de fechas
29/03/17 y 06/02/18).
De igual modo, la
creación de plazas para la reducción de empleo temporal correspondientes a los
años 2017 y 2018 deviene del Acuerdo alcanzado en Madrid el 29/03/17 entre el
Ministerio de Hacienda y Función Pública y las Organizaciones Sindicales de
CCOO, UGT y CSIF, así como el Acuerdo firmado entre las partes mencionadas el
día 09/03/18, continuación del anterior.
La plaza objeto de
esta convocatoria está identificada con el código L1130001 .
1.- REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LOS ASPIRANTES
Además de los
requisitos exigidos en las normas generales de aplicación (BOME núm. 5594 de
26/10/18), serán los siguientes:
a)
Estar en posesión del Título de Grado, Licenciado o Diplomado en
Ciencias Empresariales, Dirección y Administración de Empresas, Gestión y
Administración Pública, Finanzas y Contabilidad, Relaciones Laborales y
Recursos Humanos, Derecho o equivalente (o estar en condiciones de obtenerlo
antes de que finalice el plazo de presentación de instancias).
La
equivalencia se acreditará, en su caso, con la certificación expedida por el
organismo competente en la materia o con la disposición en la que se establece
la misma y, en su caso, el BOE en que se publica.
A las
instancias deberán añadirse necesariamente debidamente autentificado, copia de
la titulación exigida.
b)
Derechos de examen: 13 € (B.O.ME. extraordinario nº 21 de 30-12-09).
Los desempleados y
miembros de familias numerosas estarán exentos de abonar los derechos de
examen. Esta circunstancia se acreditará mediante certificación emitida por el
Servicio Público de Empleo Estatal para el caso de los desempleados y copia
compulsada del Título de Familia Numerosa para el caso de familia numerosa.
2.- SISTEMA SELECTIVO
La selección de los
aspirantes se realizará a través del sistema de ConcursoOposición, constando
las pruebas selectivas de Dos Fases:
a)
Fase
de Oposición:
La fase de oposición, de carácter eliminatorio, consistirá en un único
ejercicio de carácter teórico-práctico a elegir entre 3 ejercicios propuestos
por el Tribunal, y determinados por el mismo inmediatamente antes del inicio de
la celebración del ejercicio, sobre las materias que componen el Anexo I de
esta convocatoria, siendo que el contenido guardará relación con los
procedimientos, tareas y funciones habituales de la plaza objeto de esta
convocatoria.
La duración
del ejercicio ostentará un límite máximo de tres horas.
La valoración máxima
de esta fase será de 60 puntos.
b)
Fase
de Concurso:
La fase de concurso, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta
para superar la prueba de la fase de oposición.
En dicha fase se
valorarán los méritos alegados que sean justificados documentalmente y
debidamente compulsados por los aspirantes en el momento de presentar la
solicitud, con arreglo al baremo establecido en el punto 3.1 de las presentes
bases específicas.
La valoración máxima
de esta fase será de 40 puntos.
3.- PROCESO DE
SELECCIÓN
3.1.-
CALIFICACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO
3.1.1.- Normas
Generales.
Los aspirantes
alegarán los méritos a que se refiere el apartado 3.1.2 en la instancia de la
solicitud para tomar parte del proceso selectivo convocado, aportando para ello
original o copia de los documentos debidamente compulsados y acreditativos de
los méritos alegados.
Los méritos
relativos a la experiencia profesional en la Administración Pública deberán
alegarse con indicación de los períodos de tiempo de prestación de servicios.
Este extremo será comprobado por las unidades de personal competentes.
La experiencia
profesional se acreditará, para el caso de trabajo desarrollado en la Ciudad
Autónoma de Melilla, mediante Certificación expedida por la Secretaría Técnica
de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas y para el caso
de trabajo desarrollado en otra Administración Pública, mediante Certificación
del órgano competente en materia de personal de dicha Administración.
La fecha
límite para la alegación de méritos así como de presentación de documentos
relativos a los mismos, será la de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
La
calificación de la fase de concurso se hará pública con respecto a aquellos
aspirantes que hayan aprobado el ejercicio de la fase de oposición. Los
aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para presentar
alegaciones, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
calificación de la fase de concurso.
3.1.2.- Valoración
de méritos.
La valoración
de los méritos se realizará de la siguiente manera:
•
Experiencia profesional (máximo 35 puntos):
a)
Los servicios prestados en la Ciudad Autónoma de Melilla, en la plaza
objeto de esta convocatoria a razón de 0,45 puntos por mes completo de
servicio.
b)
Los servicios prestados en la Ciudad Autónoma de Melilla en la misma
categoría profesional que la plaza objeto de esta convocatoria a razón de 0,22
puntos por mes completo de servicio.
c)
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas en la misma
categoría profesional que la plaza objeto de esta convocatoria a razón de 0,1
puntos por mes completo de servicio.
A tales
efectos, no se tendrán en cuenta las fracciones inferiores al mes del total de
la experiencia.
En cualquier
caso, la experiencia profesional se acreditará mediante certificación expedida
por la Secretaría Técnica de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas o por el órgano
competente de la Administración respectiva.
La valoración
de los servicios prestados a que se refiere el apartado a) únicamente se
realizará si el aspirante hubiera tenido la condición de empleado público de la
Ciudad Autónoma de Melilla en la categoría objeto de la convocatoria, con
anterioridad al 31 de diciembre de 2014 y la continuara poseyendo
ininterrumpidamente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
•
Formación (máximo 5 puntos):
Por cursos de
formación continua realizados en la Administración Pública o centros
acreditados, 0,02 puntos por hora.
En ningún caso
la puntuación en esta fase podrá exceder de 40 puntos.
3.2.-
CALIFICACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN
EJERCICIO
ÚNICO: Este
ejercicio tendrá carácter eliminatorio y se valorará de 0 a 60 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
El número de
puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal será de 0 a 60
puntos. La puntuación de cada aspirante será le media aritmética de las
calificaciones de todos los miembros del Tribunal asistentes a la sesión,
excepto cuando haya 16,50 puntos de diferencia o más entre las calificaciones
otorgadas por los miembros, en cuyo caso serán eliminadas la mayor y menor.
Dichas calificaciones se efectuarán con tres decimales.
En ningún caso
la puntuación por esta fase podrá exceder de 60 puntos.
3.3.-
CALIFICACIÓN FINAL DEL PROCESO SELECTIVO
La calificación final
se obtendrá del resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en las diferentes
fases del procedimiento de selección, sin que la calificación total pueda
superar los 100 puntos.
En caso de
empate, el orden se establecerá atendiendo a la siguiente relación:
•
Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
•
Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
Si persistiese
en empate lo resolverá el Tribunal, si fuere necesario, mediante la realización
de un nuevo ejercicio teórico-práctico a los aspirantes empatados, que se
valorará de forma análoga a la establecida en la fase de oposición,
determinándose la selección por la mayor puntuación obtenida. Si aun así
persistiera el empate, se realizarán tantos ejercicios como sean necesarios
hasta dirimirlo.
El Tribunal no
podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número
superior al de vacantes convocadas, siendo nulas de pleno derecho aquellas
propuestas de aprobados que contravengan este límite.
El Tribunal,
una vez realizada la valoración de los ejercicios, el propondrá a aquellos aspirantes
en el mismo número que plazas convocadas considerándose como “aptos” y al resto
de aspirantes como “no aptos”.
ANEXO
I
PROGRAMA
PARTE GENERAL:
TEMA 1.- La Constitución Española:
Principios Generales y Derechos fundamentales.
TEMA 2.- El Ordenamiento Jurídico.
Principio de Jerarquía y Competencia. La Constitución. La Ley: concepto y
clases. Los Tratados Internacionales.
TEMA 3.- La Corona: Atribuciones Constitucionales.
TEMA 4.- Las Cortes Generales:
Congreso de los Diputados y Senado. Composición y funciones.
TEMA 5.- Administración Pública.
Principios Constitucionales de la Administración Pública Española. El
Sometimiento de la Administración a la Ley.
TEMA 6.- La personalidad jurídica de
la Administración. Clases de personas jurídicas públicas.
TEMA 7.- El Texto Refundido del
Estatuto Básico del Empleado Público, RD 5/2015, de 30 de octubre: Objeto y
ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones Públicas.
TEMA 8.- El administrado. Concepto y Clases. La
Capacidad del Administrado y sus Causas Modificativas. Situación Jurídica del
Administrado: Derechos Subjetivos e Intereses Legítimos.
TEMA 9.- El Estatuto de Autonomía de
la Ciudad Autónoma de Melilla. Organización Institucional: Asamblea, Presidente
y Consejo de Gobierno.
TEMA 10.- Competencias de la Ciudad
Autónoma de Melilla. Régimen Jurídico, Económico y Financiero de la Ciudad de
Melilla. La Reforma del Estatuto.
TEMA 11.- La organización
administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla. Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.
TEMA 12.- Ley Orgánica 3/2007, para
la igualdad efectiva de mujeres y hombres: El principio de igualdad y la tutela
contra la discriminación.
PARTE ESPECÍFICA:
Tema 1. LA
CARACTERIZACIÓN CONSTITUCIONAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL DERECHO
ADMINISTRATIVO. El enfoque multidisciplinar de la Administración Pública. La
consideración constitucional de la Administración Pública. La influencia del
Derecho Europeo en la concepción de la Administración Pública y del Derecho
Administrativo. El concepto de Administración Pública y de Derecho
Administrativo.
Tema 2. EL REGLAMENTO
Y OTRAS FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO. El ordenamiento jurídico-administrativo:
concepto y especialidades. Las técnicas de articulación del ordenamiento
jurídico. La potestad reglamentaria y su control jurisdiccional. El reglamento.
Tema 3. EL CIUDADANO
Y SU CONSIDERACIÓN EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO.
Teoría general
sobre el administrado y el ciudadano. Relaciones generales y relaciones especiales
de sujeción. Las situaciones jurídicas subjetivas de los ciudadanos. La
condición de interesado. El estatuto del ciudadano.
Tema 4. EL ACTO
ADMINISTRATIVO I. Concepto, elementos y clases de actos administrativos.
Tema 5. EL ACTO
ADMINISTRATIVO II. El silencio administrativo. La eficacia del acto. La ejecución forzosa.
La invalidez del acto administrativo.
Tema 6. EL
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. El procedimiento administrativo como garantía de
los ciudadanos: Concepto, regulación, sujetos y estructura. El procedimiento
administrativo electrónico y la Administración electrónica.
Tema 7. Las fases del procedimiento
administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización.
Tema 8. LA REVISIÓN DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA I. La revisión de la actividad
administrativa. Los recursos administrativos. Procedimientos sustitutivos de
los recursos administrativos.
Tema 9. LA REVISIÓN
DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA II. Revisión y revocación de los actos administrativos.
Arbitraje y medios alternativos de resolución de conflictos. Revisión de los
actos en vía administrativa en la Ciudad Autónoma de Melilla.
Tema 10. JURISDICCIÓN
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Las partes y el recurso. El
proceso contencioso administrativo. Los procesos especiales. Las medidas
cautelares: recursos y ejecución de la sentencia.
Tema 11. LA
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Concepto y
antecedentes. El régimen de la responsabilidad patrimonial de la Administración
derivado del funcionamiento de los servicios públicos. El procedimiento
administrativo de reclamación de responsabilidad patrimonial y el Orden
Jurisdiccional competente.
Tema 12. LA POTESTAD
SANCIONADORA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS I. Concepto y antecedentes.
Principios que informan el ejercicio de la potestad sancionadora. Medidas
sancionadoras. Medidas accesorias. El procedimiento sancionador.
Tema 13. LA POTESTAD SANCIONADORA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS II. Extinción de las infracciones
y sanciones. Ejecutividad de las sanciones e impugnación jurisdiccional.
Regulación de la potestad sancionadora en el Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad.
Tema 14. CONTRATOS
DEL SECTOR PÚBLICO. Formativa Y principios jurídicos. Objetivos y finalidades del TRLCSP:
ámbito objetivo de aplicación. Sujetos o partes de la relación contractual.
Clases de contratos del sector público y régimen jurídico. Garantías o fianzas
exigibles. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público.
Expediente contractual: actos preparatorios.
Tema 15. LOS RECURSOS
HUMANOS: EL EMPLEO PÚBLICO. Clases de personal al servicio de las Administraciones públicas.
Estructura y organización del empleo público.
Acceso y
pérdida de la relación de servicio. Derechos y deberes de los empleados
públicos. Régimen disciplinario e incompatibilidades.
Tema 16. ACTIVIDAD
SUBVENCIONAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Concepto y ámbito de
aplicación. Tipos de subvenciones. Procedimiento de concesión y gestión de la
subvención. Procedimiento de reintegro. Control financiero.
Tema 17. Reglamento de subvenciones
de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Tema 18 . EL CONTRATO DE TRABAJO. Definición y tipos. Salario.
Tema 19 . El contrato de trabajo.
Modificación, suspensión, extinción de la relación de trabajo. El despido.
Tema 20 . Plan de Empresa I: Resumen
Ejecutivo. Promotores del proyecto. Descripción del producto y del servicio.
Plan de producción o prestación de servicios. Plan de producción o prestación
de servicios.
Tema 21 . Plan de Empresa II:
Análisis del mercado. Plan de marketing.
Tema 22 . Plan de Empresa III: Plan
de organización y recursos humanos. Plan económico- financiero.
Tema 23. Formas jurídicas para la
creación de empresas.
Tema 24 . Trámites administrativos necesarios para la
puesta en marcha de una empresa.
Tema 25 . Ventajas fiscales para
empresas en la ciudad de Melilla.
Tema 26 . Programa de Escuelas Taller
y Talleres de Empleo. Normativa estatal reguladora: Orden del Ministerio de
Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de noviembre de 2001, por la que se regulan el
programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios y las Unidades de Promoción y
Desarrollo . Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de
noviembre de 2001, por la que se desarrolla el Real Decreto 282/1999, de 22 de
febrero, por el que se establece el Programa de Talleres de Empleo.
Tema 27 . Los Planes de Empleo:
Orden de 26 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases para la
concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de
colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores
desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y
social.
Tema 28 . Programas de financiación,
ayudas y subvenciones a empresarios y emprendedores en la Ciudad Autónoma de
Melilla. Especial análisis de las ayudas otorgadas por la Ciudad Autónoma de
Melilla a través de la Consejería de Economía y gestionadas por la sociedad
instrumental Proyecto Melilla SA.
Tema 29 . Prestaciones y subvenciones del Servicio Público
de Empleo Estatal para la promoción del empleo autónomo. Requisitos y
procedimiento
Tema 30. Puntos de Atención al
Emprendedor (PAE). Convenio entre la Administración General del Estado a través
del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Agencia de Empleo y
Desarrollo Local. Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas,
Ciudad Autónoma de Melilla, para el establecimiento de puntos de atención al
emprendedor (PAE) integrados en la red CIRCE.
Tema 31. Subvenciones para la
realización de estudios de mercado y campañas de promoción de empleo local.
Normativa reguladora y procedimiento de concesión.
Tema 32. Subvenciones para la
contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local. Normativa reguladora y
procedimiento de concesión.
Tema 33. Proyectos y empresas calificados como I + E.
Definición. Requisitos, procedimiento para la calificación y registro.
Tema 34. El Desarrollo Local:
Concepto. Modelos. Ámbitos. Historia del desarrollo local. Organizar el territorio.
Tema 35. Concepto y funciones de los
Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
Tema 36 . Plan de Desarrollo Local.
Definición. Fases: Recogida de información, planificación, elaboración de
estrategias y ejecución.
Tema 37. Desarrollo Local y Empleo:
Nuevos Yacimientos de Empleo.
Tema 38. Sobre
la nueva economía. Los empleos de futuro.
Tema 39 . Desarrollo
local y perspectiva de género. El nuevo papel de las ciudades. La dimensión
internacional del desarrollo local.
Tema 40. Comunidad Local,
Patrimonio, Ocio y Desarrollo Sostenible. El Turismo como sector de futuro.
Tema 41. Trabajo en red. Trabajo en
equipo. El liderazgo.
Tema 42. La Movilización social. La
Agencia de Desarrollo Local. La participación. Estrategias de intervención participativa.
Técnicas.
Tema 43. La comunicación. Tipos.
Las habilidades sociales: la asertividad.
Tema 44. La Agencia de Empleo y
Desarrollo Local de la Ciudad Autónoma de Melilla. Evolución histórica.
Tema 45. Carta de Servicios y
Sistema de Gestión de Calidad de la Agencia de Desarrollo Local.
Tema 46. La Actividad Artesana en la
Ciudad Autónoma de Melilla. Normativa reguladora. El Consejo Municipal de la
Artesanía.
Tema 47. Registro General de la
Artesanía Tradicional y Popular de la Ciudad Autónoma de Melilla. Normativa
reguladora y procedimiento de inscripción.
Tema 48. Ayudas para la realización
de proyectos en materia de fomento de la actividad artesana en la Ciudad
Autónoma de Melilla. Objeto. Beneficiarios. Requisitos. Acciones
subvencionables. Procedimiento.
En lo no
previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las “Bases
Generales de aplicación a los procedimientos de selección de funcionarios de
carrera y personal laboral fijo de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicadas
en el B.O.ME. nº 5.000, de 15 de Febrero de 2013 y “Manual de Instrucciones de
funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Melilla”, publicado en el B.O.ME. nº 5018, de 19 de abril de
2013.
Publíquense
las mismas en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, Boletín
Oficial del Estado y Tablón de Edictos de la Ciudad, quedando convocado el
proceso de selección para la provisión de las citadas plazas.
Las presentes
bases y los actos que de ella deriven por parte del órgano calificador, podrán
ser recurridos en la forma y plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de
Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
Melilla 6 de junio de 2019,
La Viceconsejera de
Administraciones Públicas,
María Ángeles Gras Baeza