ARTÍCULO Nº 14 (CVE: BOME-AX-2020-14) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 11 - viernes, 3 de abril de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO


Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 3 de abril de 2020, relativo a aprobación del plan estratégico general de subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2020 - 2022.

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El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día 3 de abril de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

PUNTO SÉPTIMO.- APROBACIÓN PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2020-2022.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar propuesta de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio, que literalmente dice:

 

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2020-2022

 

Extinto el Plan Estratégico General de Subvenciones de la Ciudad publicado el 25 de octubre de 2017  (BOME extraordinario nº18) , cuya vigencia se extendía durante los años 2017 a 2019, se informó a las Direcciones Generales de todas las Consejerías y sus organismos o entidades dependientes de la necesidad y obligatoriedad de la elaboración de un nuevo Plan General con carácter previo al establecimiento de subvenciones (Disposición Adicional Primera Reglamento General de Subvenciones de la CAM BOME 4224 de 9 de septiembre de 2005), que concrete los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria (Art. 8.1 LGS 38/2003).

 

Con carácter básico según la Disposición Final primera de la LGS 38/2003 y configurado como un instrumento de planificación de las políticas públicas que  tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública (Art. 10.1 del RD 887/2006), cada Consejería y sus organismos adscritos aportaron su propio plan de actuación o estratégico que abarca las subvenciones tanto de sus órganos como de sus organismos y demás entes públicos a él vinculados para su posterior remisión al Consejo de Gobierno, órgano competente para su aprobación (Art. 16.1.27 del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM, BOME Ext. n.º 2 de 30 de enero de 2017).

 

Si bien, la Disposición Adicional Primera del Reglamento General de Subvenciones de la CAM prevé la posibilidad de que sea cada Consejería y demás órganos o entidades dependientes de la Ciudad la que elabore su propio Plan, esta Consejería ha optado en un esfuerzo aunador por la elaboración de un único documento o plan de ámbito general que permita una mayor coordinación y eficacia de las distintas actuaciones en materia subvencional o de actividad de fomento en la Ciudad de Melilla, opción reflejada en el Anteproyecto de Reglamento General de Subvenciones de la CAM.

 

Por su parte y con vigencia por un período de tres años 2020-2022, el presente plan abarca el establecimiento de todas las subvenciones de previsible ejecución para el ejercicio presupuestario 2020 en la Ciudad de Melilla con consignación adecuada y suficiente que habrán de ajustarse al presente plan, salvo supuestos plurianuales cuyas previsiones estarán condicionadas a la aprobación del correspondiente presupuesto.

 

Relacionadas todas las áreas o Consejerías con sus organismos adscritos y las líneas subvencionales con su correspondiente importe y partida presupuestaria en el Anexo, las subvenciones del presente Plan tienen por objeto la promoción y el fomento de aquellas actividades que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la Ciudad.

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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.4 y 6.2 de la Ley 19/2013 de 9 de noviembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Plan Estratégico 2020-2022 será objeto de publicación, entrando en vigor al día siguiente, en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME), además de en sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla para su plena validez.

 

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

 

La aprobación y posterior publicación del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2020-2022, cuyo texto íntegro se adjunta.

 

Nombre Anexo

CSV (link al documento)

Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad

Autónoma de Melilla para el periodo 2020-2022

13067432755106236175

 

Melilla 3 de abril de 2020,

El Secretario Accidental del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany

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PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE

MELILLA PARA EL PERIDO 2020-2022

 

PREÁMBULO

 

El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter básico, por lo que todos los Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones.

 

La disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que los Planes y programas relativos a políticas públicas que estén previstas en Normas legales o reglamentarias tendrán la consideración de Planes estratégicos de Subvenciones y recogerán el contenido previsto en el art. 8.1 de la ley 38/2003.

 

Con esta medida, penetran en el área de la actividad administrativa de fomento las técnicas de planificación estratégica propias del sector privado y que han ido incorporándose progresivamente como herramientas de programación y gestión en las dos últimas décadas en el sector público español. Con ello se pretende dar respuesta a las exigencias constitucionales de una gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos, coherente, por lo tanto, con el resto de herramientas de programación y planificación presupuestaria o sectorial que se puedan aprobar. Así, de acuerdo con el artículo 103 de la Constitución, “la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la ley y al Derecho”, principios ligados a los expresados en el artículo 31.2 de la propia norma constitucional, en relación con el gasto público, al que se le exige realizar “una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía”. 

 

La Ley General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la trasparencia que, junto con la variedad de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.

 

En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar las Distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.

 

Para mejorar la eficacia, se prevé en la legislación que se proceda a elaborar un Plan estratégico de Subvenciones, de carácter anual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.

 

Recogiendo este imperativo legal, se elabora este documento único que  permite establecer la correlación entre los objetivos misionales de la organización en su conjunto, las prioridades políticas determinadas a través de los objetivos generales a conseguir y las actuaciones concretas a desarrollar ordenadas según la estructura funcional de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

De acuerdo con el artículo 11.4 del Reglamento de la LGS, los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.

 

Con fecha 25 de octubre de 2017, se publica en el  BOMe extraordinario núm. 18, Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el periodo 2017- 2019.

 

Con fecha 19 de diciembre de 2019, se adopta Acuerdo por parte del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe Extraordinario núm. 43, de 19/12/2019) de atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, estableciendo la estructura orgánica que se emplea en el presente plan.

 

Finalizada, pues, la vigencia del anterior, se requiere la aprobación de un nuevo Plan Estratégico para los años 2020- 2022, con vocación de plurianual y con las revisiones que, en su caso, sean necesario realizar anualmente.

 

Por ello, el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla,  de acuerdo con la opción primera que recoge la Disposición Adicional Primera del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe nº 4224, de 09/09/2005) aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2020-2022, cuyo articulado figura a continuación.

 

ARTÍCULO 1.

El establecimiento de subvenciones por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de sus entes dependientes,  durante el período 2020- 2022, se ajustará a los objetivos estratégicos generales previstos en el presente Plan, sin perjuicio de las concretas acciones que se contemplan para el año 2020.

 

Cuando se tramite una subvención no comprendida en el plan estratégico inicial, se deberá incluir en el expediente una memoria en la que se detallen la relación de los objetivos de la subvención con la planificación estratégica y los posibles 
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efectos en ésta, así como las causas que han impedido su inclusión en aquél. Dicha memoria se integrará en el Plan Estratégico ya aprobado debiendo aprobarse y publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad

 

ARTÍCULO 2.

El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos de la Ciudad de cada año y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión.

 

ARTÍCULO 3.

El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.

 

ARTÍCULO 4.

La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.

 

No obstante su carácter programático, carente de rango normativo, o si como resultado de los informes de seguimiento y los informes emitidos por la Intervención General o entes gestores, existieran líneas de subvenciones que no alcanzaren el nivel de consecución de objetivos deseado, o el que resultare adecuado al nivel de recursos invertidos, podrán ser modificadas, sustituidas por otras más eficaces y eficientes o, en su caso, eliminadas.

 

ARTÍCULO 5.

Son principios generales de este Plan los siguientes: 

 

-       Publicidad y libre concurrencia mediante convocatoria previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa que, de conformidad con lo establecido en la norma aplicable, deberá contar con la debida consignación presupuestaria previa.

-       Concesión conforme a criterios objetivos previamente establecidos en la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por los potenciales beneficiarios.

-       Eficacia en el cumplimiento de los objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.

-       Control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a los principios de igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas.

 

Y de forma específica, verificar de forma constante la pertinencia del Plan Estratégico. A saber:

 

·          Justificación del Plan en términos sociales

·          Necesidades de la ciudadanía a las que atiende

·          Capacidad financiera

·          Explicación de la competencia municipal en la materia 

·          Estudio de la no aplicación de este línea subvencional

 

ARTÍCULO 6.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005), el órgano que tiene atribuida la función de desarrollo del mismo y, por tanto, la ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, será el Consejo de Gobierno.

 

Por tanto:

 

              Los programas de subvenciones quedarán condicionadas a la existencia de dotación presupuestaria adecuada y suficiente

              Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones o concesiones directas (Convenios), deberá efectuarse la aprobación del gasto en términos previstos en las normas presupuestarias de la Ciudad Autónoma de Melilla

              Y finalmente, y de forma previa al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas o bases reguladoras de la concesión.

 

El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos: a) Las subvenciones que se concedan de forma directa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la LGS. b) Las subvenciones que, de manera motivada, se determinen por 
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parte del titular de la Consejería en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública.

 

CAPÍTULO 2. CONTENIDO DEL PLAN

 

ARTÍCULO 7.

De acuerdo con lo previsto en el art. 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión de las subvenciones y ayudas previstas en este Plan para el ejercicio 2020 contiene, para cada caso, la siguiente información:

 

a)            Objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan y que han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios. 

b)            Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. Para cada línea de subvención deberán explicitarse los siguientes aspectos:

 

1.º Áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas.

2.º Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación.

3.º Plazo necesario para su consecución.

4.º Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación, 

5.º Plan de acción, 

 

c)            Régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan. 

 

ARTÍCULO 8.

Este Plan, además del presente articulado, se organiza agrupando los planes individuales de subvenciones aportados por parte de cada Consejería, con contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD 887/2006 RLGS, siguiendo la estructura orgánica de la CAM, es decir:  

 

1.     CONSEJERIA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y  MENOR

2.     CONSEJERIA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO

3.     CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

4.     CONSEJERIA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES, incluyendo:

 

·          Proyecto Melilla SA (Sociedad Pública Instrumental)

·          Patronato de Turismo (Organismo Autónomo)

 

5.     CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE

6.     CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD

7.     CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD

 

Al final del Plan se enumera como Anexo un listado de subvenciones por órgano gestor, incluyendo el desglose de las partidas, aplicaciones presupuestarias, importes estimados y procedimiento de concesión.

 

ARTÍCULO 9.

Cada uno de los Anexos ordena las subvenciones previstas presupuestariamente bajo los siguientes criterios:

 

-       Ente concedente La Consejería correspondiente como gestor de la subvención

-       Objeto. Bajo este criterio se especifica la finalidad para la que se destina la subvención, la cual será posteriormente objeto de evaluación. 

-       Modalidad de gestión. Criterio que distingue la previsión en cuanto al procedimiento a aplicar para su concesión, de conformidad con los principios generales y requisitos establecidos a tal fin del Capítulo Cuarto y Quinto del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (concurrencia competitiva, subvención directa, convenio de colaboración)

-       Importe. Referido a la consignación prevista para cada subvención.

 

CAPÍTULO 3.- BENEFICIARIOS Y MATERIAS DE

LAS SUBVENCIONES

 

ARTÍCULO 10.

La Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos dependientes concederán subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.

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CAPÍTULO 4.- EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LOS PROGRAMAS

SUBVENCIONADOS. ANÁLISIS DE RESULTADOS

 

ARTÍCULO 11.

Para un mejor análisis de la eficacia de cada subvención, las Dirección Generales de cada una de estas áreas  solicitarán de los beneficiarios informe motivado sobre el número de acciones desarrolladas, número de ciudadanos a los que alcanza la subvención y justificación de los objetivos alcanzados.

 

ARTÍCULO 12.

En concreto se deberá detallar para la evaluación lo siguiente:

 

-       Objeto

-       Entidad beneficiaria y, en su caso, colaboradora - Importe subvencionado 

-       Acciones concretas desarrolladas en el importe de la subvención

-       Número de ciudadanos a los que ha alcanzado la acción subvencionada

-       Valoración de la Entidad concedente en cuanto a adecuación a los objetivos perseguidos al tiempo de su otorgamiento y la procedencia del mantenimiento o supresión del programa del que trae causa.013

 

CAPÍTULO 5: CONTROL FINANCIERO DE LOS PROGRAMAS

SUBVENCIONADOS

 

ARTÍCULO 13.

El control financiero de los programas subvencionados está encomendado a la Intervención General Municipal, que al respecto analizará las fechas reales de pago de los importes subvencionados con relación a las fechas previstas en cada expediente, así como los medios de pago utilizados y la correcta justificación de los extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención de la subvención.

 

La Intervención General podrá elaborar los modelos de justificación de subvenciones que faciliten la fiscalización de las mismas.

 

CAPÍTULO 6: PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN

ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES

 

ARTÍCULO 14.

Tanto las modificaciones puntuales como anuales a las que sea necesario someter el presente plan se tramitarán por la Consejería correspondiente a la que afecte dicha modificación, elevando propuesta al Consejo de Gobierno, para su aprobación en virtud del Art. 16.1.27 del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM (BOME Ext. n.º 2 de 30 de enero de 2017).

 

DISPOSICIÓN TRANSITORIA 1ª

Toda subvención que no esté reflejada en el presente plan con el contenido mínimo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, requerirá, para su tramitación, la previa actualización del plan incluyendo dicha información, siguiendo el procedimiento del artículo 14 del presente plan.

 

Debido a la actual crisis provocada por el virus COVID-19 algunas áreas de la Ciudad especialmente afectadas no han podido remitir en tiempo y forma el contenido mínimo contemplado en citado artículo 12 del Real Decreto 887/2006 de todas sus subvenciones. Las subvenciones afectadas por este motivo se encuentran sombreadas en el Anexo final del presente plan, y serán objeto de posterior actualización, siguiendo el procedimiento del artículo 14 del presente plan.

 

Aportados los planes individuales por cada Consejería que integran el Plan General, con contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD 887/2006 RLGS, se relacionan los que siguen:

 

1.- CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y MENOR

 

A. ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª:

 

Objetivo estratégico: Facilitar medios a las entidades representativas de las distintas religiones y culturas presentes en la Ciudad para su funcionamiento interno, realización de actividades y/o mantenimientos de instalaciones, fomentando las actuaciones relativas a la diversidad cultural de la población de la Ciudad de Melilla

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·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor. Dirección General de Atención y Participación Ciudadana

·          CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa. 

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades representativas de las distintas religiones y culturas presentes en la Ciudad: Comunidad Israelita, Comunidad Hindú, Asociaciones islámicas, etc…

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades representativas de las distintas religiones y culturas presentes de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades, fortaleciendo y estimulando los valores de la pluriculturalidad de la población melillense. 

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual. 

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 

 

o      Comunidad Israelita: 120.000 Euros.

o      Comunidad Hindú: 20.000,00 Euros

o      Comisión Islámica de Melilla: 180.000,00  Euros 

o      Asociación Amas de Casa: 12.000,00 Euros •

 

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

 

a.     Comunidad Israelita (01 92406 48902)

b.     Comunidad Hindú (01 92407 48900)

c.      Comisión Islámica de Melilla (01 92400 48900)

d.     Asociación Amas de Casa (01 23200 48900)        

 

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé para las actividades concretas subvencionadas. 

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

 

a.             Concesión de subvenciones directas nominativa a cada una de las entidades representativas de las distintas religiones y culturas, por los importes reseñados. 

b.             Fechas de concesión previstas: Desde Enero a Diciembre. 

c.             Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos. 

d.             Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración. 

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2ª

 

Objetivo estratégico: Contribuir a la integración de los inmigrantes, facilitándoles el acceso las nuevas tecnologías, formarles en el manejo de internet, facilitarles la búsqueda de empleo on-line, y el contacto con instituciones y familiares y amigos, a través del programa denominado Ciberespacio

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor. Dirección General de Atención y Participación Ciudadana

·          CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa. 

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Cáritas Interparroquial para atención de Inmigrantes.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Una mayor integración de las personas  inmigrantes en Melilla 

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual. 

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3ª

 

Objetivo estratégico: Atender peticiones de ayuda susceptibles de subvención mediante concesión directa por la concurrencia de circunstancias excepcionales de impiden o dificultan la convocatoria pública o bien mediante su inclusión nominalmente en los presupuestos anuales que correspondan de esta Ciudad Autónoma de Melilla.

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor.

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·          CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa 

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas o entidades que desarrollen actividades de interés general, concernientes al ámbito de actuación de la Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer e incentivar actividades de interés general en el ámbito de la Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor. 

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias. 

·          COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 25.000,00€. 

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 01 92401 48900 

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No constan. 

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.        Convocatoria pública anual de subvenciones mediante adjudicación directa.

b.        Fechas de concesión previstas: Desde Enero a Diciembre. 

c.         Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración. 

 

·          Seguimiento y evaluación: 

 

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización. 

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... 

 

 

B. JUVENTUD Y MAYOR

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª

 

Objetivo estratégico: Facilitar medios a las Asociaciones Vecinales de Melilla, legalmente establecidas,  con el fin de posibilitar su funcionamiento interno,  realización de actividades y/o mantenimientos de instalaciones, fomentando las actuaciones relativas a la diversidad cultural de la población de la Ciudad de Melilla y el desarrollo de las actividades que le son propias como Asociación de Vecinos y que complementan la actividad de la Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor.

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos, Juventud, Participación

·          Ciudadana, Familia y Menor. Viceconsejería del Mayor

·          CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa. 

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de Vecinos de Melilla debidamente inscritas en el Registro de éstas existente en la Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor y que estén legalmente constituidas como Asociación de Vecinos.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las Asociaciones Vecinales, legalmente establecidas, como entidades de participación ciudadana que son, de los medios mínimos que garanticen el desarrollo de las actividades que le son propias y que complementan a las de la Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende el fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 285.000,00€

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 01 92403 48900

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Eventualmente es posible que las Asociaciones de Vecinos perciban subvenciones de la CAM orientadas a su participación en celebraciones y eventos culturales. Dichas subvenciones no deben coincidir en aquellas actividades y contenido de la subvención que otorga esta Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

 

a.     Convocatoria pública anual de subvenciones mediante concurrencia competitiva.

b.     Fechas de concesión previstas: Desde Enero a Diciembre. 

c.      Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración. 

 

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·          Seguimiento y evaluación: 

 

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización. 

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2ª

 

Objetivo estratégico: Facilitar medios a las Asociaciones de personas Mayores de Melilla, así como a aquellas entidades tales como clubes cuyos miembros pertenecen a este colectivo ciudadano, para posibilitar su funcionamiento interno y el desarrollo de las actividades que le son propias que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor.

 

·              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor. Viceconsejería del Mayor

·              CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa. 

·              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones/Entidades de personas Mayores, o que trabajen con este colectivo,  existentes en la Ciudad de Melilla, legalmente inscritas.

·              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las Asociaciones/Entidades de personas mayores o que trabajen con mayores, legalmente establecidas,  de los medios mínimos que garanticen el desarrollo delas actividades que le son propias y que complementan a las de la Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor. Viceconsejería del Mayor.

·              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende el fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas

·              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 285.000,00 €

·              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 01 92403 48900

·              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta

·              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

 

a.     Convocatoria pública anual de subvenciones mediante concurrencia competitiva.

b.     Fechas de concesión previstas: Desde Enero a Diciembre. 

c.      Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración. 

 

·          Seguimiento y evaluación: 

 

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización. 

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. 

-       Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3ª

 

Objetivo estratégico: Atender peticiones de ayuda, en el área de Juventud, susceptibles de subvención mediante concesión directa por la concurrencia de circunstancias excepcionales de impiden o dificultan la convocatoria pública o bien mediante su inclusión nominalmente en los presupuestos anuales que correspondan de esta Ciudad Autónoma de Melilla.

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor. Dirección General de Juventud y Mayor

·          CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas o entidades que desarrollen actividades de interés general en el área de Juventud, concernientes al ámbito de actuación de la Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor 

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer e incentivar actividades de interés general en el ámbito de la Juventud

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·          COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 38.000,00€.

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 01 33440 48900

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·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No constan.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.     Convocatoria pública anual de subvenciones mediante adjudicación directa.

b.     Fechas de concesión previstas: Desde Enero a Diciembre. 

c.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración. 

 

              Seguimiento y evaluación: 

 

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización. 

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. 

-       Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... 

 

C. MENOR Y FAMILIA

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª

 

Objetivo estratégico: Ofrecer atención individualizada a menores en situación de riesgo y/o desamparo que permitan la progresiva normalización y reinserción de las menores con problemas sociofamiliares.

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos, Juventud, Participación

·          Ciudadana, Familia y Menor. Viceconsejería del Menor

·          CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa. 

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Se adjunta en documento anexo

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos. Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma temporalizada e individualizada. La intervención especializada y profesionalizada se desarrollará en régimen abierto, con posibilidad de realizar actividades en el exterior del Centro de Acogida, en cuyo caso se procurará la utilización de recursos normalizados, de cara a la inserción sociolaboral de las adolescentes.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende el fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas 

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: Se adjunta en documento anexo

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Se adjunta en documento anexo

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta   

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2ª

 

Objetivo estratégico: Ofrecer a los menores a través de la línea telefónica de ayuda a la infancia,  ayuda psicológica, informar sobre recursos sociales, resolver dudas de carácter jurídico, derivar a los recursos  más adecuados y realizar intervenciones en aquellos casos que lo requieran.

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos, Juventud, Participación

·          Ciudadana, Familia y Menor. Viceconsejería del Menor •

·          CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa. 

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Se adjunta en documento anexo 

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Atención especializada de las llamadas telefónicas recibidas en la línea de ayudad a la infancia que procedan de la Ciudad Autónoma de Melilla. Coordinación con organismos, entidades o agentes sociales que trabajen en el ámbito de la infancia y la adolescencia dentro del ámbito territorial de la Ciudad. Seguimiento de los casos detectados y derivados a la Dirección General del Menor y la Familia. Elaboración de un informe anual sobre la situación de la Infancia y Adolescencia en la Ciudad Autónoma de Melilla, de acuerdo con la información recogida como consecuencia de la prestación del servicio. 

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende el fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas 

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: Se adjunta en documento anexo 

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Se adjunta en documento anexo 

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta

 

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LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3ª

 

Objetivo estratégico: Ejecutar medidas alternativas al internamiento de menores en régimen abierto a través de un Centro de Día.

 

·          Área de competencia: Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana,

·          Familia y Menor. Viceconsejería del Menor

·          Centro gestor: Negociado de Gestión Administrativa. 

·          Sector al que se dirige la ayuda: Se adjunta en documento anexo

·          Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Detectar menores y adolescentes con problemática de marginación. Potenciar cambios de actitud, hábitos y valores básicos que rigen la vida y la convivencia humana y obrar de acuerdo con ellos. Facilitar a los menores y adolescentes habilidades y recursos. Ser responsables de sus acciones. Elegir y autodirigirse inteligentemente. Cooperar eficazmente con los demás en las diversas actividades. Tener iniciativas propias para la acción. Aprender críticamente con la capacidad de evaluar las aportaciones de los demás.

 

Fomentar la participación en su contexto social. Facilitar recursos y alternativas de ocio y tiempo libre. Ejecución de  las medidas judiciales acordadas con menores y adolescentes de asistencia a un recurso válido a aplicar en los programas de libertad vigilada y tareas socioeducativas.

 

·          Plazo necesario para su consecución: Se pretende el fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas 

·          Costes previsibles, ejercicio 2020: Se adjunta en documento anexo 

·          Aplicación Presupuestaria: Se adjunta en documento anexo

·          Aportación de otros entes: No consta

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4ª

 

Objetivo estratégico: Desarrollar actuaciones de integración de menores acogidos o en situación de riesgo  de exclusión social para contribuir a mejorar su integración social y a mejorar su adaptación al entorno educativo.

 

·          Área de competencia: Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana,

·          Familia y Menor. Viceconsejería del Menor

·          Centro gestor: Negociado de Gestión Administrativa. 

·          Sector al que se dirige la ayuda: Se adjunta en documento anexo

·          Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Cubrir las necesidades básicas de alimentación, higiene y atención sanitaria de los menores que formen parte de las actividades. Potenciar las relaciones interpersonales. Ofrecer espacios de ocio y diversión a los menores. Enseñar a los menores los diferentes tipos de ocio que existen en la ciudad. Fomentar la participación de los menores en las actividades que se realizan. Potenciar la autoestima, aptitudes y valores del menor como persona

·          Plazo necesario para su consecución: Se pretende el fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas

·          Costes previsibles, ejercicio 2020: Se adjunta en documento anexo

·          Aplicación Presupuestaria: Se adjunta en documento anexo

·          Aportación de otros entes: No consta

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5ª

 

Objetivo estratégico: Desarrollar actuaciones de  investigación, intervención e integración de menores acogidos o en situación de riesgo  de exclusión social para contribuir a mejorar su integración social y a mejorar su adaptación al entorno educativo.

 

·          Área de competencia: Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor. Viceconsejería del Menor

·          Centro gestor: Negociado de Gestión Administrativa. 

·          Sector al que se dirige la ayuda: Centros que trabajen en el ámbito del menor y la familia

·          Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Potenciar las relaciones interpersonales. Ofrecer espacios de ocio y diversión a los menores. Enseñar a los menores los diferentes tipos de ocio que existen en la ciudad. Fomentar la participación de los menores en las actividades que se realizan. Potenciar la autoestima, aptitudes y valores del menor como persona

·          Plazo necesario para su consecución: Se pretende el fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas

·          Costes previsibles, ejercicio 2020: Se adjunta en documento anexo

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·          Aplicación Presupuestaria: Se adjunta en documento anexo

·          Aportación de otros entes: No consta

 

2.- CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO.

 

A. EMPLEO Y COMERCIO

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

 

1)            Desarrollo económico y social.  

2)            Desarrollar planes o programas para la formación, la inserción laboral o el fomento del empleo estable y de calidad. Colaboración con la Administración del Estado en las políticas activas de empleo.

3)            Fomento de la atención e integración socio-laboral de colectivos en riesgo de exclusión (jóvenes, discapacitados, entre otros).  Mejorar la empleabilidad de  colectivos especialmente afectados por el desempleo. Fomento del empleo y mejorar la cualificación de los demandantes de empleo.

4)            Colaborar con la Administración del Estado,  otras Administraciones y entes con finalidad de interés público en las actuaciones de políticas activas de empleo y formación, y fomento del desarrollo económico y social.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª

 

Objetivo estratégico: Fomento de la atención e integración socio-laboral de colectivos en riesgo de exclusión.

 

·          OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Elaboración de planes integrales. Desarrollo de planes o programas para la inserción laboral o el fomento del empleo estable y de calidad, que combinen diversas actuaciones de diferente naturaleza como: información, orientación y asesoramiento; formación; práctica laboral, autoempleo, estudios, investigación de la evolución del empleo y del funcionamiento del mercado de trabajo, acciones experimentales o innovadoras orientadas al fomento del empleo o de la formación, acciones de difusión sobre el mercado de trabajo, y cualesquiera otras acciones similares a las anteriores orientadas al fomento del empleo y de la formación, con preferencia de aquellas acciones integrales dirigidas a discapacitados.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.

Dirección General de Empleo y Comercio.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Empleo y Comercio.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:  Son destinatarios preferentes, y en el orden de prelación que se señala, los siguientes: 

 

a)            Personas con discapacidad, de forma prioritaria.

b)            Los jóvenes desempleados menores de 30 años.

c)            Mujeres con problemas de integración laboral, con preferencia a las víctimas de la violencia de género.

d)            Personas desempleadas en riesgo de exclusión social.

e)            Parados mayores de 45 años.

f)             Titulados universitarios medios o superiores que buscan su primer empleo.

 

- Podrán ser entidades beneficiarias aquellas Instituciones o Asociaciones de todo tipo que sean sin ánimo de lucro, siempre que acrediten experiencia en la realización de acciones que vayan dirigidas a la inserción laboral de personas desempleadas por cuenta ajena o propia.

 

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER. Mejorar la empleabilidad de  colectivos especialmente afectados por el desempleo, con preferencia a los discapacitados y jóvenes. El objetivo último es lograr una auténtica integración de los colectivos en riesgo, a través del empleo y la formación, elaborando itinerarios especializados de inserción.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION. Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020.  200.000 euros. 

·          APLICACIÓN  PRESUPUESTARIA. Subvención en materia de empleo y formación. 03/24102/48000

·          APORTACION DE OTROS ENTES. No se prevé. 

·          PLAN DE ACCION.  Se prevén los siguientes

 

a. - Convocatoria anual de subvenciones para la realización de proyectos de interés general en materia de empleo. Plurianual. Posibilidad de varias convocatorias al año, y limitación por colectivos u objeto.

b.-  Fechas de concesión: Previsión: último trimestre del año.

c.- Mecanismo  de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraord. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

 

 

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·          SEGUIMIENTO Y EVALUACION.

 

-       Seguimiento: Presentación de memoria anual de finalización del proyecto aprobado.

-       Evaluación: Elaboración por la entidad gestora de un Informe o  Memoria final de las actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, colectivos atendidos, identificación de las personas atendidas, observaciones, entre otros  datos de interés.

 

Con carácter general, al objeto de que se permita conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los objetivos, se tendrán en cuenta los siguientes indicadores cuantificables:

 

-       Número de asociaciones y/o entidades participantes.

-       .Número de beneficiarios finales atendidos, desagregado por sexo, formación, edad, discapacidad, en su caso.

-       .Grado de cumplimiento económico.

-       .Número de inserciones laborales. Desagregado por tipología contractual.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2ª

 

Objetivo estratégico: Colaborar con la Administración General del Estado y otras Instituciones Públicas  en la ejecución de Planes de Empleo. 

 

·       AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.

·       CENTRO GESTOR: Dirección General de Empleo y Comercio.

·       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Desempleados, dentro de alguno de los colectivos con dificultades de inserción laboral, para la realización de obras y servicios de interés general y social. 

·       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER. La colaboración entre la Administración del Estado y la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante la puesta en común de medios personales y materiales para la correcta ejecución de los proyectos ya contemplados en el marco de los Planes de Empleo gestionados por la Administración del Estado. 

 

A estos efectos, la Ciudad Autónoma de Melilla se comprometería a aportar los medios económicos para ayudar al desarrollo de los programas objeto de colaboración, tales como la indumentaria, herramienta de trabajo u otros de análoga naturaleza, como: herramientas, transportes de útiles de limpieza y jardinería; así como, contenedores, material didáctico, gastos generales de mantenimiento y funcionamiento para la ejecución de los distintos planes, arrendamiento de vehículos para transporte de personal como de material, arrendamiento de bienes y servicios informáticos o similares; siempre teniendo en cuenta que no podrán adquirirse con la aportación de este convenio otros bienes de carácter inventariable. 

 

Con estos proyectos se pretende la realización de obras o servicios de interés general o social, dando una oportunidad de ingreso en el mercado laboral a los trabajadores desempleados, con especial dificultad de inserción en el mismo, sin perder así el contacto con el mercado laboral, y favoreciendo la prestación de servicios sociales y medioambientales que redunden en beneficio de la sociedad.

 

·       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION. Anual o el que se determine,  vinculado a la duración de los convenios interadministrativos.

·       COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020. 100.000 euros. 

·       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. 02/24102/42000.

·       APORTACION DE OTROS ENTES.  Administración del Estado. •

·       PLAN DE ACCION.  Se prevén los siguientes:

 

a.-Fechas: A lo largo del ejercicio según convocatoria estatal de Planes de Empleo y del ámbito temporal de aplicación del convenio de colaboración interadministrativo.

b.- Mecanismos de actuación: Convenio de Colaboración entre la AGE y la Ciudad. 

c.- Marco normativo: “Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Ciudad de Melilla por el que se desarrolla el acuerdo para la participación en funciones y servicios correspondientes a las políticas activas de empleo “(BOE núm. 248 de 14 de octubre de 2008).  La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración Local, en su Disposición Adicional Cuarta.

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.

 

-       Seguimiento: Presentación de memoria de la actuación y justificantes de éstos. Posible constitución de una Comisión de Seguimiento del Convenio.

BOME-PX-2020-74 Descargar página

-       Evaluación: Elaboración por la entidad gestora de un Informe o  Memoria final de las actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, colectivos atendidos, identificación de las personas atendidas, observaciones, entre otros  datos de interés.

 

B. IMPORTACIÓN Y GRAVÁMENES COMPLEMENTARIOS

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

 

Actuaciones tendentes al desarrollo un Convenio de Colaboración con el Colegio de Agentes y  comisionistas de Aduanas de Melilla para la Agilizar el tráfico de mercancías, tramitación más racional en la presentación de documentación y cobro del Impuesto sobre la Producción e Importación (IPSI).

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª

 

Objetivo estratégico: Agilizar el tráfico de mercancías, tramitación más racional en la presentación de documentación y cobro del Impuesto sobre la Producción e Importación (IPSI).

 

·          OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Desarrollo un Convenio de Colaboración con el Colegio de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Melilla.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio. Dirección General de Importación y Gravámenes Complementarios.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de importación y Gravámenes Complementarios.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Agentes y Comisionistas de Aduanas de Melilla. - .

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER. Agilizar el tráfico de mercancías y lograr una tramitación más racional en la presentación de documentación y cobro del Impuesto sobre la Producción e Importación (IPSI).

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION. Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020.  525.000 euros. 

·          APLICACIÓN  PRESUPUESTARIA. 02/93200/48900

·          APORTACION DE OTROS ENTES. No se prevé. 

 

3.- CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

 

A. PRESIDENCIA Y UNIVERSIDADES

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

 

1.             Facilitar medios a las entidades representativas para el mantenimiento y promoción de actividades de las Casas de Melilla pertenecientes a la Federación Nacional De Casas de Melilla.

2.             Facilitar y mejorar la enseñanza de los melillenses, mejorando la oferta universitaria, así como el fomento de la actividad universitaria.

3.             Favorecer la especialización de los alumnos universitarios mediante la implantación de Masters Universitarios y seminarios de especialización.

4.             Facilitar el acceso de los inmigrantes a las tecnologías informáticas propiciando su integración.

5.             Potenciar y favorecer actuaciones, programas y proyectos dirigidos a la cooperación para el desarrollo.

6.             Apoyo a proyectos e iniciativas dentro del ámbito formativo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª:

 

Objetivo estratégico: Facilitar medios a las entidades representativas de las distintas religiones y culturas presentes en la Ciudad para su funcionamiento interno, realización de actividades y/o mantenimientos de instalaciones, fomentando las actuaciones relativas a la diversidad cultural de la población de la Ciudad de Melilla.

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia y Administración Pública

·          CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de Vecinos y las Asociaciones de Mayores de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020:

BOME-PX-2020-75 Descargar página

       Subvención Casas De Melilla: 150.000,00Euros.

       Federación Nacional Casas de Melilla: 8.000 Euros.

 

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

       Subvención Casas De Melilla (03 92408 48900)

       Federación Nacional Casas de Melilla (03 92408 48901)

 

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé  para las actividades concretas subvencionadas.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.     Concesión de subvenciones directas nominativa a cada una de las entidades representativas, por los importes reseñados.

b.     Fechas de concesión previstas: Desde enero a junio.

c.      Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

d.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.

 

·       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

 

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones  llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2ª:

 

Objetivo estratégico: Facilitar y mejorar la enseñanza de los melillenses, así como el fomento de la actividad universitaria.

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia y Administración Pública.

·          Dirección General de Presidencia y Universidades

·          CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada. La Ciudad sufragará los gastos de personal docente acordados con la Universidad de Granada que se ocasionen por la implantación de las nuevas Titulaciones y Master universitarios universitarias. Asimismo, se fomentará el desarrollo de actividades en el Campus de la Universidad de Granada en Melilla, así como su difusión fuera de la Ciudad.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer el acceso a la enseñanza universitaria y su especialización mediante la implantación de Titulaciones Universitarias y Master universitario.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo establecido es de cinco años (para la ampliación de la oferta universitaria), que podrá ampliarse previo acuerdo expreso entre la CAM y la UGR. En el caso del fomento de las actividades universitarias de las tres facultades del campus de Melilla se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

 

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020:

 

·          Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la Educación: 15.000,00 Euros

·          Convenio UGR- Grado en Enfermería: 950.243,68 Euros.

·          Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias ACT Física: 1.191.872,77.Euros

·          Convenio UGR- ADE+Derecho: 983.921,77 Euros

·          Convenio UGR- Grado Fisioterapia: 605.710,53 Euros

·          Convenio UGR- Máster Abogacía: 15.148,00 Euros.

·          Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria: 90.000,00 Euros

·          Convenio UGR- Seminario Prof. “José Sainz Cantero”: 10.000,00 Euros

·          Convenio UGR- Máster Gestión y Tecnologías de procesos de negocios: 17.600,00 Euros

·          Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH: 15.000,00 Euros

·          Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela: 10.000,00 Euros

 

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

·          Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la Educación (03 32412 42300)

·          Convenio UGR- Grado en Enfermería (03 32402 42300)

·          Convenio UGR-  Grado Ed.  Primaria y Ciencias Actv. Física: (03 32403 42300)

·          Convenio UGR- ADE+Derecho (03 32404 42300)

·          Convenio UGR- Grado Fisioterapia (03 33405 42300)

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·          Convenio UGR- Máster Abogacía (03 32406 42300)

·          Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria (03 32407 42300)

·          Convenio  UGR-  Seminario   Prof.   “José Sainz Cantero (03 32408 42300)

·          Convenio UGR- Máster Gestión y Tec. de procesos de negocios (03 32409 42300)

·          Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH (03 32410 42300)

·          Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela (03 32411 42300)

 

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

o    Concesión de subvenciones directas nominativas a la Universidad de Granada para el desarrollo de cada una de las Titulaciones, Seminarios y Masters Universitarios por los importes reseñados.

o    Fechas de concesión previstas: Desde Enero a Junio. o Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

o    Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

 

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones  llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3ª:

 

Objetivo estratégico: Contribuir a fomentar una cultura de la solidaridad en nuestra ciudad, mediante la cooperación y la educación para el desarrollo.

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia y Administración Pública.

·          Dirección General de Presidencia y Universidades

·          CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa.

·          Sector al que se dirige la ayuda: Voluntarios de la Asociación y todos aquellos que estén interesados

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Llevar a cabo programas y acciones de cooperación al desarrollo y solidaridad que conlleven una implicación efectiva de personas, colectivos y entidades de la ciudad. Acompañar procesos de desarrollo humano. Contribuir a la generación de procesos de desarrollo en las áreas geográficas establecidas por la Ciudad Autónoma. Salvar vidas, aliviar el sufrimiento y mantener la dignidad humana durante y después de las crisis provocadas por el hombre o por desastres naturales, así como prevenir y reforzar la capacidad de respuesta para cuando sobrevengan tales situaciones

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 

 

A.            Ayuda Cooperación al Desarrollo: 25.000 Euros.

B.            Subvención Nominativa ONG Asociación Intervención  Ayuda y Emergencia: 10.000 Euros

 

·       Aplicación presupuestaria:

a.             Ayuda Cooperación al Desarrollo (03 92500 48900)

b.             Subvención Nominativa ONG Asociación Intervención Ayuda y Emergencia (03 92501 48900)

 

              Aportación de otros entes: No se prevé para las  actividades concretas subvencionadas.

              Plan de acción: Se prevén los siguientes:

a.             Concesión de subvención directa nominativa a ONG Asociación Intervención Ayuda y Emergencia.

b.             Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

c.             Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

d.            Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

 

              Seguimiento y evaluación:

 

-       -Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones  llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

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-       -Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4ª:

 

Objetivo estratégico: Ayudar a la Entidad,  como Centro Cultural, Deportivo y Social  que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia y Administración Pública.

·          Dirección General de Presidencia y Universidades

·          CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa.

·          Sector al que se dirige la ayuda: Centro Cultural, Deportivo y Social 

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 

o Subvención Centro de Hijos de Melilla…….15.000 Euros 

·          Aplicación presupuestaria: 03/92402/48900

·          Aportación de otros entes: No se prevé para las  actividades concretas subvencionadas.

·          Plan de acción: Se prevén los siguientes:

 

a.     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

b.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización del correspondiente Convenio.

 

·          Seguimiento y evaluación:

 

-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones  llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5ª:

 

Objetivo estratégico: Colaborar con la Universidad de Granada en las obras de construcción del Pabellón Polideportivo Campus de Melilla, obra necesaria para los estudiantes de la Ciudad de Melilla que acceden a estudios Universitarios a través de la UGR (Universidad de Granada)

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia y Administración Pública.

·          Dirección General de Presidencia y Universidades

·          CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa.

·          Sector al que se dirige la ayuda: Universidad de granada 

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: colaboración e impulso del Pabellón Polideportivo en la UGR

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·           COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 

o Convenio UGR Obra Pabellón Polideportivo Campus Melilla…400.000 €

·          Aplicación presupuestaria: 03/32400/72300 • Plan de acción: Se prevén los siguientes:

 

a.     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

b.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización del correspondiente Convenio.

 

·          Seguimiento y evaluación:

 

-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones  llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-Evaluación: Grado de cumplimiento de la obra. Plazo de tramitación y pago.

 

 

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B. FUNCIÓN PÚBLICA 

 

OBJETIVO ESTRATÉGICO

 

Se trata de ofrecer a la ciudadanía unos servicios públicos de calidad, en constante consolidación, progresión y modernización en el entorno de la Unión Europea.

 

OBSERVACIÓN: Los vigentes VIII del Acuerdo Marco (B0ME ext. Núm. 19, de 29 de diciembre de 2009) y IX Convenio Colectivo de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME ext. núm. 6, de 22 de abril de 2010 y modif. BOME núm. 4.983, de 18 de diciembre de 2013) actualmente prorrogados,  regulan en su Capítulo IV la materia de formación para el personal de la Ciudad Autónoma de Melilla contemplan en su artículo 8 la figura de la Comisión Paritaria de Formación. 

 

La Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla es un órgano de composición paritaria, integrada por la administración de la Ciudad Autónoma y por las organizaciones sindicales con representación en la Ciudad, a la que le corresponde conforme a lo establecido en el Reglamento de la Comisión de Formación, aprobado el 7 de julio de 2002 (BOME núm. 3894, de 12 de julio de 2002), entre otras actuaciones, la aprobación de los planes de Formación, proponer las acciones formativas dentro de su ámbito, objetivos del Plan, realizar su seguimiento, decidir sobre la aplicación de los fondos propios destinadas a estas actuaciones y control de los recursos.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª

 

Objetivo estratégico. Formación a Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla. 

 

·          OBJETIVO ESPECÍFICO. Realización de diferentes acciones formativas dirigidas a Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          ÁREA DE COMPETENCIA. Consejería de Presidencia y Administración Pública (Dirección General de Función Pública).

·          CENTRO GESTOR. Dirección General de Función Pública.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA. Serán beneficiarios de estas ayudas las entidades sindicales con representación local en la Ciudad Autónoma de Melilla (UGT, USTM, CC.OO. y CSI-F).

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER. Gestión de las acciones formativas que se desarrollen durante el ejercicio 2020 correspondientes al Plan de Formación con Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de Melilla y cuya finalidad es la formación de los Empleados Públicos de la misma.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. La ejecución de la actividad que fundamente la subvención deberá efectuarse y abonarse en todo caso antes del 31 de diciembre de 2020.

·          COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020: 87.541,02 €, distribuido de conformidad con la representación sindical con la siguiente concreción:

 

-       UGT................ 35.433,27 €

-       USTM ............ 22.927,41 €

-       CCOO ............ 14.590,17 €

-       CSI-F ............. 14.590,17 €

 

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla con partida nominativa de cada entidad sindical con representación local: **

·          PLAN DE ACCIÓN. Se prevén los siguientes:

 

a.- Concesión anual mediante partida nominativa a cada una de las entidades sindicales con representación local en la Ciudad Autónoma de Melilla.

b.- Subvención concedida por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionada por la Dirección General de Administraciones Públicas.

c.- Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones. Reglamento por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224 de 9 de septiembre de 2005).

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.

 

-       Seguimiento: Informes y justificaciones aportadas por el beneficiario, así como cuantas comprobaciones considere oportuno la Dirección General de Función Pública.

-       Evaluación: Memoria de actuación por cada acción formativa. Entre los criterios objetivos a evaluar se tendrá en cuenta:

 

o             Los alumnos que se matriculen y los que finalicen las acciones formativas.

o             Costes económicos desglosados en gastos directos e indirectos.

 

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C. SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

 

1)            Fomentar acciones que resultan de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

2)            Favorecer el acceso a la enseñanza universitaria mediante ayudas para matrículas.

3)            Favorecer a las familias con recursos más limitados mediante ayudas a material escolar, libros y transporte escolar para estudiantes de ESO.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª

 

Objetivo estratégico: Facilitar el acceso de los melillenses a estudios universitarios, estableciendo ayudas para matrículas universitarias. Facilitar medios a los universitarios melillenses para colaborar en los costes de los estudios universitarios a través de la financiación de la correspondiente matrícula. 

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA. Consejería de Presidencia y Administración Pública.

·          Dirección General de la Sociedad de la Información.

·          CENTRO GESTOR. Dirección General de la Sociedad de la Información.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA. Alumnos melillenses que cursen sus estudios universitarios o de acceso a la Universidad para mayores de 25 y 45 años.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER. Favorecer el acceso a la enseñanza universitaria mediante ayudas para matriculas.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: Becas Universitarias/Ayudas al Estudio: 500.000,00 Euros.

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Becas Universitarias/Ayudas al Estudio (03 32000 47000)

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES. No consta. Si bien se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·          Plan de acción. Se prevén los siguientes:

 

a.     Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia.

b.     Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico

c.     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

d.    Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Las Bases de la subvención será el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y la correspondiente Convocatoria anual.

 

              Seguimiento y evaluación:

 

-       Número de solicitudes presentadas

-       Número de beneficiarios finales

-       Plazo y tramitación del pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2ª

 

Objetivo estratégico: Subvenciones de ayudas al estudio alumnado de educación secundaria. Facilitar medios a las familias melillenses con hijos/as a cargo que cursan estudios en algún Instituto de Educación Secundaria de Melilla para colaborar con ellas en la financiación de los libros, material escolar y transporte que requieren los estudios de sus hijos e hijas. 

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia y Administración Pública.

·          Dirección General de la Sociedad de la Información.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de la Información.

·          Sector al que se dirige la ayuda: Alumnado de Educación Secundaria de la totalidad de Institutos de Educación Secundaria de Melilla, así como consecuentemente las familias melillenses con hijos e hijas que cursan dichos estudios.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a los alumnos de educación secundaria, ESO, y consecuentemente a las familias con hijos e hijas que cursan dichos estudios de una ayuda económica para libros y transporte escolar que garantice la asistencia regular en situación óptima de todo su alumnado.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020.  Ayudas al Estudio de Secundaria: 1.000.000,00 Euros.

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·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Ayudas al Estudio de Secundaria (03 32401 47000)

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta. Si bien se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·          PLAN DE ACCIÓN. Se prevén los siguientes:

 

a.     Subvención a cada alumno beneficiario de una ayuda para la adquisición de libros de texto y transportes escolar.

b.     Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico

c.      Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

d.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Las Bases de la subvención será el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y la correspondiente Convocatoria anual.

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.

 

-       Número de solicitudes presentadas

-       Número de beneficiarios finales

-       Plazo y tramitación del pago.

 

4.- CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES

 

A. SERVICIOS SOCIALES 

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

 

1)            Garantizar los recursos económicos mínimos. Garantizar el acceso a todos los recursos sociales. Mejorar las condiciones de vida de la población en riesgo de exclusión.

 

La intervención correspondiente a este objetivo general reside principalmente en el área de Servicios Sociales. Esta se encuentra orientada a optimizar el Sistema público de Servicios Sociales manteniendo y mejorando su equipamiento e infraestructuras y reforzando sus servicios y prestaciones, creando una red integral de recursos capaz de hacer frente a las nuevas necesidades emergentes, y las diferentes situaciones de exclusión social en la ciudad.

 

Medidas prioritarias:

 

1.1.- Optimizar la gestión de la red de Servicios Sociales

1.2.- Garantizar unos recursos económicos mínimos mediante medidas asistenciales que reduzcan el riesgo de pobreza y de exclusión social en hogares y personas

1.3.- Optimización de la gestión de las prestaciones y mejora de los protocolos de actuación

1.4.- Mejorar el acceso a la salud de la población en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, así como de los demás colectivos vulnerables 1.5.- Rehabilitación y mejora de los espacios urbanos de los barrios y zonas con especiales necesidades de transformación social

1.6.- Trasladar a los organismos a los organismos competentes los casos prioritarios para facilitar  viviendas a la población en riesgo de exclusión o perteneciente a colectivos vulnerables

1.7.- Mejorar la calidad de vida de la tercera edad y otros colectivos vulnerables mediante la mejora de las condiciones de la acogida residencial y programas complementarias a ésta

1.8.- Fomentar la resiliencia de las personas pobres y las que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y reducir su exposición y vulnerabilidad a los fenómenos extremos relacionados con el clima y otras perturbaciones y desastres económicos, sociales y ambientales.

 

2)            Fomentar y favorecer el acceso al empleo de las personas en situación o en riesgo de exclusión social, la inserción laboral de las personas desempleadas con mayores dificultades de acceso al mercado laboral y favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres

 

Con este objetivo se pretende mejorar la situación económica de las familias y facilitar el acceso al trabajo de las personas en situación de riesgo y exclusión social, con medidas de discriminación positiva, orientación laboral y formación ocupacional.

 

Pero además será imprescindible favorecer la generación de actividad empresarial, y el apoyo al empleo por cuenta propia. 

 

Medidas prioritarias:

 

2.1.- Mejorar la formación para facilitar el acceso al mercado de trabajo y a la actividad empresarial de la población en riesgo de exclusión social y de los colectivos vulnerables

2.2.- Mejorar la cualificación profesional de la población activa y adecuarlas al tejido productivo melillense

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2.3.- Ampliar y diversificar los canales de información dirigida a los potenciales demandantes de los programas de empleo formación

 

3)            Alcanzar una educación con equidad. Erradicar el analfabetismo y el absentismo escolar, favoreciendo la escolarización y la integración escolar.

Aunque la educación no es una competencia directa de la Ciudad Autónoma de Melilla, resulta necesario actuar sobre el problema del fracaso escolar y el abandono educativo temprano de forma concertada con el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, para reducir las elevadas tasas presentes en la ciudad. 

 

Los niveles educativos de una población poseen una relación causal directa con los niveles de ocupación laboral que presenta esa sociedad. A mayores niveles educativos mayores posibilidades de alcanzar un empleo, de que este sea más estable y de que exista la posibilidad de una movilidad social y física de los trabajadores. 

 

En relación con esto último, también resulta necesario elevar el nivel educativo de la población adulta, combatiendo el analfabetismo y fomentando el aprendizaje constante a lo largo de la vida. 

 

Medidas prioritarias: 

 

3.1.- Prevenir y actuar contra el abandono educativo temprano y el fracaso escolar 

3.2.- Elevar el nivel formativo de la población adulta y el desarrollo del aprendizaje a lo largo de la vida

3.3.- Promover la dotación de nuevas infraestructuras y equipamientos socioeducativos

 

4)            Apoyar la integración social de los inmigrantes.

Los problemas de desarraigo, las prácticas discriminatorias, la exclusión del mercado de trabajo o las barreras culturales y lingüísticas, son factores de vulnerabilidad social frecuentes en este colectivo. Además una parte de los inmigrantes que acude a Melilla se encuentra en situación de irregularidad, lo que en muchas ocasiones incide negativamente en su inclusión social y en su integración. El rápido, reciente y elevado crecimiento de la población inmigrante en la ciudad de Melilla hace necesario la implementación de actuaciones y medidas que sirvan para prevenir un aumento de la población en exclusión social.

 

Medidas prioritarias:

 

4.1.- Promover los elementos socializadores que faciliten la integración social de los inmigrantes

4.2.- Realizar actuaciones de prevención y atención a los inmigrantes en situación de necesidad

4.3.- Apoyo a mujeres en situación de especial vulnerabilidad como consecuencia de su situación socio familiar o su estado físico/psíquico 

 

5)            Garantizar la atención a las personas en situación de dependencia. Desarrollar una atención preferente e integral a colectivos desfavorecidos y/o en situación de mayor riesgo.

 

La atención a las personas en situación de dependencia constituye uno de los ejes de los planes nacionales de inclusión social. Los colectivos especialmente vulnerables como los discapacitados y los ancianos se encuentran más expuestos que el resto de la población a deslizarse hacia la exclusión social. Además de estos colectivos, según el estudio de pobreza en Melilla de 2009 existe otro que ha registrado en los últimos años una mayor presencia entre la población en riesgo de exclusión, el de las mujeres solas con hijos a cargo, de tal modo que podemos afirmar que existe una feminización de la pobreza.

 

Medidas prioritarias:

 

5.1.- Favorecer el acceso de los discapacitados a la formación y el empleo, facilitando su desarrollo social en el espacio público

5.2.- Garantizar la asistencia integral a las personas mayores y a aquellas que se encuentran en situación de dependencia, procurándoles un desarrollo normal en su entorno.

5.3.- Proporcionar atención integral a las personas drogodependientes promoviendo su inserción social y laboral

5.4.- Favorecer la atención residencial a aquellas personas en situación de dependencias y o trastorno mental, demencia, alzheimer etc...

5.5.- Garantizar una asistencia integral de los menores que se encuentren en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla

5.6.- Favorecer la integración social y laboral de las personas con discapacidad física o psíquica. 

 

6)            Apoyo y Fomento del Tercer Sector

El objetivo general es apoyar iniciativas, actuaciones y programas que complementen o suplan a intervención dos servicios sociales municipales dentro de su marco de competencias al que vayan dirigidos a la comunidad en general o en concreto a los sectores de población y a los colectivos más desfavorecidos que tengan como finalidad apoyar a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, que su objetivo de intervención se centre en los siguientes sectores de población:

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-       Personas con discapacidad

-       Inmigrantes.

-       Personas mayores.

-       Otros colectivos con especiales problemáticas sociales.

-       Personas en riesgo de Exclusión Social 

 

Medidas prioritarias: 

 

6.1- Promover, dirigir  conceder directamente subvenciones  de programa de cooperación y o desarrollo. Que pretenden conseguir objetivos relacionados con:

 

-       Satisfacción das necesidades básicas da población (alimentación, vivienda, educación, servicios sociales) así como a implantación de pequeñas infraestructuras (luz, transporte, agua.).

-       Impulsión y ejecución de acciones de desarrollo sostenible.

-       Desarrollo de acciones de ayuda humanitaria e de emergencia.

-       Ejecución de acciones de sensibilización, información, y  educación para el desarrollo

 

6.2.- Promover proyectos, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social, destinados a programas destinados a incrementar la empleabilidad y la social de personas vulnerables

 

a.             Programas de desarrollo de itinerarios integrados de inserción sociolaboral individualizados.

b.             Programas destinados a incrementar la inserción social y laboral de colectivos desfavorecidos, potenciando su capacitación para la participación social y el empleo y mejorando su calidad de vida.

 

6.3. Desarrollar, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social, programas específicos para la formación y el empleo de las personas gitanas en riesgo de exclusión y, en especial, para las mujeres gitanas y los jóvenes. 6.4. Poner en marcha programas de inserción sociolaboral dirigidos a personas reclusas en tercer grado de tratamiento y en libertad condicional, que contemplen tanto itinerarios personalizados de inserción como acciones destinadas a la orientación laboral, contando para ello con el apoyo del Tercer Sector de Acción Social.

6.5.  Cooperar con el Tercer Sector de Acción Social para implementar y diseñar programas formativos que estén destinados mayoritariamente a mujeres, personas jóvenes, mayores de 45 años, con baja cualificación o con discapacidad, al objeto de formar profesionales y ofrecer nuevas oportunidades de empleo.

 

7)            Apoyo y Fomento del Voluntariado 

El Objetivo General de este Área es incrementar la formación de las personas que trabajan con el voluntariado y del propio voluntariado, aumentar la participación ciudadana en el voluntariado e impulsar la modernización, la transparencia y la sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas. 

 

Medidas prioritarias:

 

7.1.- Promoción: Promover la participación ciudadana en el voluntariado, incrementando el número de personas voluntarias así como su compromiso estable en el tiempo. 

7.2.- Formación: Prestar apoyo técnico y económico a las iniciativas de formación que se adopten desde y para el Tercer Sector, a las personas voluntarias que en él colaboran y al resto de agentes que tiene relación o trabaja con el voluntariado. 

7.3.- Gestión: Apoyar la modernización del Tercer Sector de Acción Social, impulsar la transparencia y la sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas y contribuir a la dotación de medios para el desempeño de sus funciones. 

 

8)            Promoción de la igualdad y no Discriminación

El Objetivo General de este Área es promover la igualdad en todos los ámbitos de la vida en materia de género, discapacidad, diversidad sexual o dirigida a colectivo en riesgo de exclusión en Melilla. 

 

Medidas prioritarias 

 

8.1.- Contribuir a la igualdad de género, a través de actividades que fomenten la formación y capacitación de las mujeres en acceso al empleo, su participación y empoderamiento, así como la corresponsabilidad y la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de mujeres y hombres, favoreciendo políticas de igualdad de género y no discriminación. 

8.2.- Favorecer el cuidado y autonomía personal de personas adultas con discapacidad, haciendo especial hincapié en las necesidades de las mujeres con discapacidad y promover actividades para facilitar el cuidado y la atención a las personas que acompañan cotidianamente a personas con discapacidad. 

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8.3.- Proveer de atención psicosocial y jurídica al colectivo LGTBI y sensibilizar y concienciar en torno a los derechos de las personas LGTBI fomentando actitudes de respeto hacia este colectivo. 

 

9)            El Objetivo General de este Área es promover incrementar la inclusión de personas con discapacidad y facilitar la participación de estas personas en todos los ámbitos de la sociedad.

 

Medidas prioritarias

 

9.1.-  Promoción de la accesibilidad del colectivo de personas con discapacidad a los actos culturales, deportivos, asistenciales 

9.2.-Facilitar el acceso a los servicios especializados para atender y procurar la recuperación y/o los servicios de ocio y tiempo libre.

9.3.- Promocionar programas que presten la atención al colectivo de personas con discapacidad.  

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

 

-              Seguimiento: Presentación de memoria de la actuación y justificantes de éstos.

-              No se establecen otros criterios evaluativos dada su escasa cuantía.

 

El resto de información sobre las subvenciones de esta área se desglosa en el Anexo.

 

B. ECONOMÍA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

 

1)            Desarrollo económico y social.

2)            Desarrollar planes o programas para la inserción laboral, apoyar la iniciativa empresarial, la competitividad y la innovación así como  a los emprendedores,  e incentivar la creación de empleo estable y de calidad.

 

Los objetivos estratégicos que definen las líneas de subvención son los siguientes:

 

1)            Fomento del empleo y mejorar la cualificación de los demandantes de empleo. Incentivar la formación continua de desempleados, trabajadores y empresarios, mejorando la empleabilidad de los jóvenes y mayor adecuación a los puestos que se demandan.

2)            Apoyar la iniciativa empresarial y a los emprendedores. Mejorar la empleabilidad de los jóvenes y apoyo al emprendimiento. Fomento de la cultura emprendedora.

3)            Fomento de la atención e integración socio-laboral de colectivos en riesgo de exclusión (jóvenes, discapacitados, entre otros).  Mejorar la empleabilidad de  colectivos especialmente afectados por el desempleo.

4)            Colaborar con la Administración del Estado,  otras Administraciones y entes con finalidad de interés público en las actuaciones de políticas activas de empleo y formación, y fomento del desarrollo económico y social.

5)            Promover la modernización de las pequeñas y medianas empresas, el fomento del asociacionismo comercial, el impulso de la innovación, la promoción de la competitividad y el emprendimiento y la mejora de la cualificación profesional. Desarrollar Planes de Fomento del comercio o desarrollo de la economía local, de forma integral o por sectores.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª

 

Objetivo estratégico: Modernización del sector artesano con una mejora de su posición competitiva, incidiendo en aspectos tales como la gestión, la rentabilidad, la calidad de los productos artesanos, el aprendizaje de oficios, el desarrollo de nuevas actividades  artesanales y muy especialmente la conservación y el fomento  de la Artesanía Tradicional y Popular (  Reglamento sobre la Regulación de la Actividad Artesana en la Ciudad Autónoma de Melilla, publicado en el BOME núm. 3996, de 4 de julio de 2003)

 

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía y Políticas Sociales.

·          CENTRO GESTOR: Programa de Agentes de Empleo y  Desarrollo Local.

Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:  Estas ayudas van dirigidas a los artesanos individuales y empresas artesanas, que debidamente inscritas en el Registro General de Artesanos de la Ciudad  Autónoma de Melilla, desarrollan actividades artesanales que constituyen una manifestación de la cultura popular.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El fomento de la creación de nuevas actividades artesanales. El establecimiento de ayudas a la modernización y a la promoción y de empresas o talleres artesanos y para la comercialización de productos artesanales mejorando sus condiciones de rentabilidad, gestión y competitividad en el mercado, velando al mismo tiempo por la calidad de su producción. La creación de ayudas a  proyectos de interés general de fomento de la Artesanía incluyendo subvenciones para  la realización de cursos de formación.  Ayudas para un cambio de ubicación del centro de trabajo al Centro Modernista o Melilla la Vieja. 

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Convocatoria anual de ayudas mediante pública concurrencia

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·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 16.000, 00 euros. 

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 03/33000/48000

·          APORTACION DE OTROS ENTES: No se prevé.

·          PLAN DE ACCION:  Se prevén los siguientes:

 

a.- Convocatoria anual de subvenciones para la realización de proyectos de interés general en materia promoción de la artesanía.

b.- Fechas de concesión: Convocatoria a mitad de ejercicio. Previsión concesión: último trimestre del año.

c.- Mecanismo  de aplicación: Bases Reguladoras, Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, Reglamento Regulador de la actividad Artesana en la CAM (BOME núm. 3996, de 4 de julio de 2003)  y convocatoria.

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

 

-       Seguimiento: Presentación de memoria de la actuación y justificantes de estos.

-       Elaboración por la entidad gestora de un Informe o  Memoria final de las actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, identificación de beneficiarios, observaciones, entre otros  datos de interés. Comparativo con los datos económicos de ejercicios anteriores. 

 

Criterios objetivos a evaluar:

 

o    Número de solicitudes  o Coste económico

o    Datos sobre constitución o modernización de empresas artesanas

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2ª

 

Objetivo estratégico: Colaborar con la Universidad de Granada en Melilla en el desarrollo de actuaciones tales como la Olimpiada de Economía, promoción del emprendimiento entre los jóvenes, concurso emprendedores y cultura empresarial. Incide en los objetivos estratégicos de promoción turística.

 

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía y Políticas Sociales.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada. Facultad de Ciencias Sociales, Campus de Melilla.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Fomento del Turismo así como incentivar y estimular el estudio de la economía y de la empresa en los jóvenes; divulgar los estudios de la economía; premiar el esfuerzo y la excelencia académica.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Anual.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020:   No determinado. Inferior a 15.000 euros todas las actuaciones. 

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 05/43100/22706. 05/ 43100/ 48000

·          APORTACION DE OTROS ENTES: Colaboración con la UGR.

·          PLAN DE ACCION:  Se prevén los siguientes:

 

a.- Concesión de una subvención directa a la Universidad de Granada, en el marco de un Convenio de Colaboración interadministrativo o colaboración mutua. Ejecución conjunta de actuaciones de interés.

b.- Fechas de concesión: anual.

c.- Mecanismos de actuación: Convenio de Colaboración entre la UGR y la Ciudad. Concesión directa de subvención. Ejecución de actuaciones de interés para ambas Administraciones.

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

 

-       Seguimiento: Presentación de memoria de la actuación y justificantes de éstos.

-       No se establecen otros criterios evaluativos dada su escasa cuantía.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3ª

 

Objetivo estratégico: Promover la modernización de las pequeñas y medianas empresas, el fomento del asociacionismo comercial, el impulso de la innovación, la promoción de la competitividad y el emprendimiento y la mejora de la cualificación profesional. Desarrollar Planes de Fomento del comercio o desarrollo de la economía local, de forma integral o por sectores.

 

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía y Políticas Sociales.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Economía, Competitividad e

·          Innovación. Programa de Agentes de Empleo y  Desarrollo Local. 

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·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estas ayudas van destinadas a entidades o asociaciones de comerciantes, instituciones públicas o privadas de fomento de la economía y del comercio interior, y, en general, a  aquellas entidades y asociaciones sin ánimo de lucro entre cuyos fines estén el asociacionismo comercial, la promoción y el fomento de la economía local y del comercio.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La innovación tecnológica del pequeño comercio, elaboración de planes de diagnóstico y acciones formativas; ayudas para la incorporación de soluciones tecnológicas; diseño de plataformas de simplificación de trámites que ordene y facilite a los comerciantes cualquier trámite con las administraciones; mejora de la competitividad y el emprendimiento, atención a aquellas medidas propuestas en relación al régimen de horarios comerciales y otras medidas de ordenación comercial;  impulso del turismo como elemento dinamizador económico, inclusión de ayudas dirigidas a la búsqueda de nichos de mercado y subsectores que favorezcan el emprendimiento. Otras medidas pretenden la consolidación del asociacionismo, el impulso de la iniciativa empresarial o la promoción de los productos locales de Melilla. 

 

Tendrán especial atención las acciones de promoción y dinamización dirigidas al fomento del Centro Histórico de Melilla, “Melilla La Vieja”, el barrio del Real , el paseo marítimo, entre otras zonas de especial interés comercial;  y a la promoción y modernización de los mercados municipales como formas tradicionales de negocio que mantienen la vida y la actividad en las calles.

 

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Convocatoria anual de ayudas mediante pública concurrencia.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 100.000 euros. Variable en función de la dotación presupuestaria anual.

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 05/43100/48000 y 02/43100/22602

·          APORTACION DE OTROS ENTES: No se prevé.

·          PLAN DE ACCION:  Se prevén los siguientes:

 

a.- Convocatoria anual de subvenciones para la realización de proyectos de interés general en materia promoción de la economía local.

b.- Fechas de concesión: Convocatoria periódica. Previsión concesión:

último trimestre del año.

c.- Mecanismo  de aplicación: Bases Reguladoras (que se elaborará este año 2020), y preceptiva convocatoria.

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

 

-       Seguimiento: Presentación de memoria de la actuación y justificantes de éstos.

-       Elaboración por las entidades beneficiarias de un Informe o  Memoria final de las actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, actividades realizadas, resultados obtenidos,  identificación de beneficiarios, observaciones, entre otros  datos de interés. Comparativo con los datos económicos de ejercicios anteriores, si los hubiera. 

 

Criterios objetivos a evaluar:

 

o    Impacto de las medidas. 

o    o Análisis de datos del programa ejecutado.

o    Coste económico

 

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4ª

 

Objetivo estratégico:    Fomento del transporte entre Melilla y Península. Ayudas a colectivos especiales. Fomento y promoción del Turismo. 

 

·          OBJETIVO ESPECÍFICO. Pretende este régimen de ayudas subvencionar los títulos de pasaje marítimo y aéreo emitidos a favor de todos aquellos ciudadanos melillenses con especiales dificultades (colectivos especiales). Como medida de  “Fomento del Turismo de Melilla “se señala como objetivo el impulso al sector turístico, con ayudas a familiares de residentes, incorporando a los nacidos en Melilla pero no residentes y a los no residentes, en las condiciones específicas que se señalen en la norma reguladora.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía y Políticas Sociales.

·          CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este Decreto los ciudadanos españoles y de los demás Estados miembros de la Unión Europea, residentes en cualquier caso en Melilla al menos durante dos años ininterrumpidos,  que utilicen el transporte por mar  en sus trayectos directos, ya sean de ida o ida y vuelta entre Melilla y el territorio nacional ( Málaga, Motril y Almería) siempre que pertenezcan a cualquiera de los colectivos preferentes o especiales que se determinen reglamentariamente y en las condiciones que aquí se señalen.

BOME-PX-2020-86 Descargar página

Como medida de fomento del Turismo en la ciudad, asimismo podrán ser beneficiarios de estas ayudas los familiares de residentes  y nacidos en Melilla no residentes, en las condiciones que reglamentariamente se determinen y los ciudadanos españoles y de los demás Estados miembros de la Unión Europea, no residentes en Melilla,  que utilicen el transporte por mar y aire en sus trayectos de ida y vuelta con Melilla, en las condiciones que reglamentariamente se determinen. 

 

·          MOTIVACIÓN: Estas subvenciones se concederán de forma directa al ciudadano, conforme a los artículos 22.2 c) y 28 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, fundamentando su concesión directa a los beneficiarios por razones de carácter  social , en atención a su situación económica adversa y su condición especial de necesidad, motivada por el elevado desempleo en nuestra Ciudad y su consecuente disminución de ingresos, mayores y jóvenes, entre otros colectivos especiales determinados reglamentariamente y en atención asimismo a su condición de residentes en Melilla, motivada por la utilización del transporte por mar en sus trayectos directos, ya sean de ida o ida y vuelta, entre Melilla y el territorio nacional y la necesidad de desplazarse fuera de nuestra ciudad, ayudando a soportar el coste del mismo.

 

También se conceden directamente a los ciudadanos no residentes como medida de fomento del sector turístico de la Ciudad, coadyuvando a disminuir los elevados precios de los desplazamientos de peninsulares a nuestra ciudad, todo ello en cumplimiento de la competencia de la Ciudad en  materia de “ fomento del turismo “, art. 21.1.16ª  y 21.2 ambos de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo de Estatuto de Autonomía de Melilla, así como el Real Decreto 1385/1997 de 29 de agosto  y Real Decreto 337/1996  de traspaso de competencias.

 

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El melillense debe ver realizado de forma efectiva su derecho de libertad deambulatoria, sin que las circunstancias económicas puedan suponer un obstáculo insalvable. Fomentar la economía local a través de la promoción turística.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Anual

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 765.000 euros

·          APLICACIÓN  PRESUPUESTARIA: 03/43209/48900 • APORTACION DE OTROS ENTES: No se prevé. 

·          PLAN DE ACCION:  Se prevén los siguientes:

 

a.- Subvención directa a ciudadanos que se encuentren en situación de necesidad, o que puedan pertenecer a colectivos especiales, o socialmente vulnerables, según determine la norma Reguladora. Extensión a otros colectivos como fomento del turismo, según señale la norma de aplicación.

b.- Duración: Según determine el Decreto de aplicación, la dotación presupuestaria y los Convenios de Colaboración.

C.-Mecanismo regulador: Decreto núm. 94 de 5 de marzo de 2019 “Regulador de la Concesión Directa de Ayudas a colectivos especiales para el Transporte por mar y aire” (BOME núm. 5632 de 8 de marzo de 2019), prorrogado año 2020 (BOME núm. 5722 de 17/01/2020. Convenios reguladores con las entidades colaboradoras (compañías navieras y aéreas).

Ley General de Subvenciones.

Durante el año 2020 se pretende modificar el citado Decreto Regulador.

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACION. Elaboración por el Patronato de Turismo de una Memoria final y análisis de los siguientes indicadores: 

 

-       Número de solicitudes presentadas.

-       Beneficiarios finales atendidos y comparativos con regímenes anteriores.

-       Grado de cumplimiento económico

 

C. PROYECTO MELILLA

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

 

1)            Fomento del empleo/autoempleo.

2)            Promoción del espíritu empresarial, en particular facilitando el aprovechamiento de nuevas ideas e impulsando la ampliación de las mismas, especialmente a Microempresas, y la implantación de sistemas de calidad, impulsando la Marca “Melilla Calidad” en las Pyme, así como facilitar su acceso a la financiación.

3)            Adecuación, mejora, ampliación y/o modernización de locales comerciales y de servicios en Melilla.

4)            Promoción del espíritu empresarial, en particular facilitando el aprovechamiento de nuevas ideas e impulsando la creación de nuevas empresas y ampliación de las mismas, así como facilitar su acceso a la financiación.

5)            Fomentar un conjunto de medidas destinadas a la creación de nuevas empresas y a la ampliación y/o diversificación de las empresas ya existentes, siempre que generen autoempleo y/o empleo, siempre que dicha empresa opere en la Ciudad Autónoma de Melilla, se incluirá la subvención de una serie de medidas como puede ser el alquiler, contratación, inversión, etc.

6)            Aumento de la cualificación profesional  y mejora competitiva en el sector hostelero y turístico de la CAM

BOME-PX-2020-87 Descargar página

7)            Formación de las personas desempleadas, mejorando su empleabilidad a través de la obtención de Certificados de Profesionalidad, prácticas en empresas  u otra formación demandada por el mercado de trabajo.

8)            Formación de las personas desempleadas, mejorando su empleabilidad a través de la formación especializada en construcción, demandada por el mercado de trabajo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª

 

A) Ayudas al Fomento del Empleo/Autoempleo en Melilla 

 

Objetivo estratégico: Fomento del empleo/autoempleo.

 

 • OBJETIVOS ESPECÍFICOS. 

 

-       Incentivar la generación de empleo a través de las pequeñas y medianas empresas, 

-       Promoción del autoempleo.

-       Conversión de contratos en indefinidos

 

·          AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación)  y  Proyecto Melilla, S.A.U.

·          CENTRO GESTOR. Proyecto Melilla, S.A.U. - Departamento de Ayudas. 

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA. Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que operen efectiva y materialmente en la Ciudad Autónoma de Melilla y que, se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o bien efectúen contratos laborales en las diferentes modalidades en cualquiera de los sectores de la ciudad, pudiendo primar alguno de estos sectores

 

-       Empresas que supongan la implementación de nuevas tecnologías en Melilla.

-       Turismo.

-       Industria.

-       Nuevos Yacimientos de Empleo determinados según  los estudios en vigor realizados por la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER. Contratación en distintas modalidades, así como el autoempleo en empresas melillenses.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual

·          COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020.  – Según lo determinado en el Programa Operativo FSE para Melilla 2014-2020, o en los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U. 

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto Melilla, S.A.U. y  las partidas habilitadas para el Programa Operativo 2014-2020 

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES. Puede estar cofinanciado por el FSE 

·          PLAN DE ACCIÓN. Se prevé los siguientes:

 

a.- Convocatoria anual  de subvenciones.

b.- Forma de concesión: concurrencia competitiva.

c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento  por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U.  

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante Comisión de evaluación prevista en Bases y convocatoria, y seguimiento mediante visitas y comprobación de bienes y empleo, por los técnicos de Proyecto Melilla, S.A.U.

 

-       Seguimiento: Informes del Servicio del Control del Departamento de Ayudas de PROMESA.

-       Evaluación: Elaboración por PROMESA de una memoria final de la gestión realizada, donde se establecerá: o Número de empresas subvencionadas, o Subvención concedida, o Número de empleo generado.

 

B) Ayudas a la contratación en planes de inserción laboral de desempleados en Melilla.

 

Objetivo estratégico. Fomento del empleo. 

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• OBJETIVOS ESPECÍFICOS. 

 

-       Fomentar la empleabilidad de desempleados en empresas con personalidad jurídica, persona física que actúe como empresario, Fundaciones de la ley 50/2002, de 26 de diciembre, Federaciones Deportivas, Colegios profesionales, Asociaciones y Organizaciones representativas de sectores económicos y sociales, y Asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro relacionadas y dedicadas a la atención a personas con discapacidad y/o a la atención de personas víctimas de violencia de género, tal y como se determine en convocatoria.

-       Promover la inserción laboral, en especial, a jóvenes y mayores de 50 años.

 

·         AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación)  y  Proyecto Melilla, S.A.U.

·         CENTRO GESTOR. Proyecto Melilla, S.A.U. - Departamento de Ayudas. 

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA. Empresas con personalidad jurídica, persona física que actúe como empresario, Fundaciones de la ley 50/2002, de 26 de diciembre, Federaciones Deportivas, Colegios profesionales, Asociaciones y Organizaciones representativas de sectores económicos y sociales, y Asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro relacionadas y dedicadas a la atención a personas con discapacidad y/o a la atención de personas víctimas de violencia de género.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER. Contratación en distintas modalidades, fomentando el empleo y su inserción en el tejido productivo melillense.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual

·         COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020.  Según lo determinado en el Presupuesto General Consolidado de la Ciudad Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades Mercantiles para el año 2020, en concreto por los Presupuestos generales de la Sociedad para la Promoción Económica de Melilla, Proyecto Melilla, S.A.U.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto Melilla, S.A.U.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES. Podría ser cofinanciado por el FSE 

·         PLAN DE ACCIÓN. Se prevé los siguientes:

 

a.- Convocatoria anual  de subvenciones.

b.- Forma de concesión: concurrencia competitiva.

c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento  por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U. 

 

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante Comisión de evaluación prevista en Bases y convocatoria, y seguimiento mediante comprobación del mantenimiento del empleo, por los técnicos de Proyecto Melilla, S.A.U.

 

-       Seguimiento: Informes del Servicio del Control del Departamento de Ayudas de PROMESA.

-       Evaluación: Elaboración por PROMESA de una memoria final de la gestión realizada, donde se establecerá:

 

o Número de empresas/entidades subvencionadas,

o Subvención concedida

o Número de empleo generado.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2ª

 

A) Ayudas financieras a la inversión 

 

Objetivo estratégico. Promoción del espíritu empresarial, en particular facilitando el aprovechamiento de nuevas ideas e impulsando la ampliación de las mismas, especialmente a Microempresas, y la implantación de sistemas de calidad, impulsando la Marca “Melilla Calidad” en las Pyme, así como facilitar su acceso a la financiación.

 

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS. 

 

-       Fomento de la innovación,

-       Fomento de la modernización y diversificación empresarial.

-       Fomento a la inversión para conseguir diferentes sistemas de calidad.

 

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, especialmente a Pyme y

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·         Microempresas, sin importar la forma jurídica que adopte, incluidos los trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión en la ciudad autónoma de Melilla. Gozarán de mayor prioridad las inversiones que se realicen en actividades  que puedan suponer una diversificación del aparato productivo local: industria, turismo, investigación, servicios que impliquen alta tecnología o innovación o aquellos derivados de las ventajas económicas y fiscales de Melilla.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER. La ampliación, modernización y/o diversificación de  empresas ubicadas en la Ciudad Autónoma de Melilla, así como aquellas que pretendan implantar sistemas de calidad, haciendo especialmente hincapié en las Microempresas.

·         AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación)  y  Proyecto Melilla, S.A.U.

·         CENTRO GESTOR. Proyecto Melilla, S.A.U. - Departamento de Ayudas. 

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual 

·         COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020. Según lo determinado en el Programa Operativo FEDER para Melilla 2014-2020, o en los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U. 

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto Melilla, S.A.U., las partidas habilitadas para el Programa Operativo 2014-2020. 

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: puede ser cofinanciado por el FEDER.

·         PLAN DE ACCIÓN. Se prevé los siguientes:

 

a.- Convocatoria anual  de subvenciones. 

b.- Forma de concesión: concurrencia competitiva. 

c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento  por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U.  

 

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. Evaluación mediante Comisión de evaluación prevista en Bases y convocatoria, y seguimiento mediante visitas y comprobación de bienes y empleo, por los técnicos de Proyecto Melilla, S.A.U.

 

-       Seguimiento: Informes del Servicio del Control del Departamento de Ayudas de PROMESA.

-       Evaluación: Elaboración por PROMESA de una memoria final de la gestión realizada, donde se establecerá: o Número de empresas subvencionadas o Subvención concedida o Número de empleo generado.

 

B) Adecuación, mejora, ampliación y/ o modernización de locales comerciales y de servicios en Melilla

 

Objetivo estratégico: Adecuación, mejora, ampliación y/o modernización de locales comerciales y de servicios en Melilla.

 

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: 

 

-       Fomento de la innovación 

-       Modernización empresarial.

 

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA.  Empresas, sin importar la forma jurídica que adopte, incluidos los trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión en la ciudad autónoma de Melilla. 

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER. Facilitar, mediante subvenciones financieras, la creación, ampliación y/o modernización de las PYME ubicadas en la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía y Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación)  y  Proyecto Melilla, S.A.U.

·         CENTRO GESTOR: Proyecto Melilla, S.A.U. Departamento de Ayudas. 

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual.

·         COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020 – Según lo determinado en el Presupuesto General Consolidado de la Ciudad Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades Mercantiles para el año 2020, en concreto por los Presupuestos generales de la Sociedad para la Promoción Económica de Melilla, Proyecto Melilla, S.A.U.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto Melilla, S.A.U.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: puede estar cofinanciado por el FEDER 

·         PLAN DE ACCIÓN: se prevé los siguientes:

 

a.- Convocatoria anual  de subvenciones.

b.- Forma de concesión: concurrencia competitiva 

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c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento  por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U.  

 

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante Comisión de evaluación prevista en Bases y convocatoria, y seguimiento mediante visitas y comprobación de bienes y empleo  por los técnicos de Proyecto Melilla, S.A.U.

 

-       Seguimiento:  Informes del Servicio de Control del Departamento de Ayudas de PROMESA 

-       Evaluación: Elaboración por PROMESA de una memoria final de la gestión realizada, donde se establecerá:

o    Número de empresas subvencionadas o Subvención concedida  o Inversión subvencionable 

o    Número de empleo generado/mantenido, caso de que se requiriese.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4ª

 

A) Ayudas a la inversión con creación de empleo en las Pyme

 

Objetivo estratégico: Promoción del espíritu empresarial, en particular facilitando el aprovechamiento de nuevas ideas e impulsando la creación de nuevas empresas y ampliación de las mismas, así como facilitar su acceso a la financiación.

 

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

 

-       Creación de nuevas empresas en nuevos nichos de mercado –

-       Fomento de la innovación y la modernización empresarial.

 

·         AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación)  y  Proyecto Melilla, S.A.U.

·         CENTRO GESTOR: Proyecto Melilla, S.A.U. - Departamento de Ayudas. 

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: exclusivamente a PYMEs, sin importar la forma jurídica que adopte, incluido los trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión en la CAM.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER: Generación de empleo estable a través de la creación o ampliación de empresas. (Creación y ampliación del tejido empresarial y fomento de la contratación).

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:  Anual  

·         COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2017 - Según lo determinado en el Programa Operativo FEDER para Melilla 2014-2020, o en los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U. 

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto Melilla, S.A.U., las partidas habilitadas para el Programa Operativo 2014-2020. 

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: cofinanciado en un 80% por el FEDER 

·         PLAN DE ACCIÓN: se prevén los siguientes:

 

a.- Convocatoria anual de subvenciones.

b.- Forma de concesión: concurrencia competitiva a final de cada semestre

c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U. (BOME Nº 4399 de 15 de mayo de 2007)

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante Comisión de evaluación prevista en Bases y convocatoria, y seguimiento mediante visitas y comprobación de bienes y empleo, por los técnicos de Proyecto Melilla, S.A.U.

 

-       Seguimiento: Informes del Servicio del Control del Departamento de Ayudas de PROMESA.

-       Evaluación: Elaboración por PROMESA de una memoria final de la gestión realizada, donde se establecerá: o Número de empresas subvencionadas, o -Subvención concedida, o -Inversión subvencionable, o -Número de empleo generado.

 

B) Ayudas financieras a la creación, ampliación y diversificación de pyme.

 

Objetivo estratégico: Fomentar un conjunto de medidas destinadas a la creación de nuevas empresas y a la ampliación y/o diversificación de las empresas ya existentes, siempre que generen autoempleo y/o empleo, siempre que dicha empresa opere en la Ciudad Autónoma de Melilla, se incluirá la subvención de una serie de medidas como puede ser el alquiler, contratación, inversión, etc.

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·          OBJETIVOS ESPECÍFICOS: 

 

-       Creación de nuevas empresas  

-       Fomento de la ampliación y diversificación empresarial.

 

·          AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación)  y  Proyecto Melilla, S.A.U.

·          CENTRO GESTOR: Proyecto Melilla, S.A.U. Departamento de Ayudas.  

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: exclusivamente a PYMEs, sin importar  la forma jurídica que adopte, incluido los trabajadores autónomos, que pretendan  realizar proyectos de inversión en la CAM. 

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER: Generación de empleo estable a través de la creación o la ampliación y/o diversificación de empresas, fomentando el empleo y el autoempleo. 

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual 

·          COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020 – Según lo determinado en el Presupuesto General Consolidado de la Ciudad Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades Mercantiles para el año 2020, en concreto por los Presupuestos generales de la Sociedad para la Promoción Económica de Melilla, Proyecto Melilla, S.A.U. 

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto Melilla, S.A.U. 

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: podría ser cofinanciado por el FEDER  

·          PLAN DE ACCIÓN: se prevén los siguientes:

 

a.-  Convocatoria anual  de subvenciones.

b.-  Forma de concesión: concurrencia competitiva a final de cada semestre 

c.-  Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento  por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U.  (BOME Nº 4399 de 15 de mayo de 2007, o el que en caso lo sustituya)

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante Comisión de evaluación prevista en Bases y convocatoria, y seguimiento mediante visitas y comprobación de bienes y empleo, por los técnicos de Proyecto Melilla, S.A.U.

 

-       Seguimiento:  Informes del Servicio del Control del Departamento de Ayudas de PROMESA 

-       Evaluación: Elaboración por PROMESA de una memoria final de la gestión realizada, donde se establecerá: o Número de empresas subvencionadas, o Subvención concedida, o Inversión subvencionable, o Número de empleo generado.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5ª

ESCUELA DE HOSTELERIA Y TURISMO DE LA CAM

 

Objetivo estratégico. Aumento de la cualificación profesional  y mejora competitiva en el sector hostelero y turístico de la CAM.

 

·          OBJETIVOS ESPECÍFICOS. 

 

-       Formación especializada para desempleados en el sector de Hostelería. 

-       Fomento Prácticas en empresas y en restaurante

-       Mejora de la empleabilidad del alumnado

 

·          AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación)  y  Proyecto Melilla, S.A.U.

·          CENTRO GESTOR. Proyecto Melilla, S.A.U. - Departamento de Formación. 

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual 

·          COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020. – 410.000,00 euros 

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Serán beneficiarios de estas ayudas las entidades e instituciones especializadas en el ámbito  de la formación y la hostelería  con capacidad para realizar las acciones comprendidas en el objetivo de estas ayudas 

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER. Mejora de la competitividad de las empresas y mejora de la empleabilidad de los desempleados del sector de la Hostelería

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto Melilla, S.A.U, y Programa Operativo FSE 2014-2020. 

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: puede ser cofinanciado con fondos europeos.

·          PLAN DE ACCIÓN. Se prevé los siguientes:

 

a.- Convocatoria anual  de subvenciones.

b.- Forma de concesión: concurrencia competitiva.

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c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento  por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U. 

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6ª

ITINERARIOS DE FORMACIÓN-EMPLEO EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

 

Objetivo estratégico. Formación de las personas desempleadas, mejorando su empleabilidad a través de la obtención de Certificados de Profesionalidad, prácticas en empresas  u otra formación demandada por el mercado de trabajo.

 

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

 

-       Realización de cursos de preparación para la obtención de un Certificado de Profesionalidad.

-       Realización de Cursos de preparación para la obtención de un Título o carnet profesional. 

-       Realización de Cursos homologados por una Entidad de reconocido prestigio, siempre que dispongan de un periodo de prácticas profesionales no laborales en empresas.  

-       Realización de Cursos de formación en oficios de difícil ejecución en la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

              AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación)  y  Proyecto Melilla, S.A.U.

              CENTRO GESTOR. Proyecto Melilla, S.A.U. - Departamento de Formación 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual 

              COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020. – 1.000.000,00 € 

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Serán beneficiarios de estas ayudas las entidades e instituciones especializadas en el ámbito de la formación con capacidad para realizar las acciones comprendidas en el objetivo de estas ayudas

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER. Aumento de la cualificación de los desempleados de la Ciudad Autónoma de Melilla, como paso previo para mejorar su empleabilidad, dotándoles de experiencia pre-laboral o laboral en algunos casos. 

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto de Proyecto Melilla, S.A.U. y Programa Operativo del FSE 2014-20. 

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: puede ser cofinanciado con otros Fondos Europeos. 

              PLAN DE ACCIÓN. Se prevé los siguientes:

 

-       Convocatoria anual  de subvenciones.

-       Forma de concesión: concurrencia competitiva.

-       Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento  por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 7ª

ESCUELA DE CONSTRUCCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

 

Objetivo estratégico. Formación de las personas desempleadas, mejorando su empleabilidad a través de la formación especializada en construcción, demandada por el mercado de trabajo.

 

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

 

-       Realización de cursos de preparación para la obtención de un Certificado de Profesionalidad en construcción. 

-       Realización de Cursos de preparación para la obtención de un Título o carnet profesional de la construcción. 

-       Realización de Cursos de formación en oficios de difícil ejecución en la Ciudad Autónoma de Melilla, relacionados con la construcción.

 

              AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación)  y  Proyecto Melilla, S.A.U.

              CENTRO GESTOR. Proyecto Melilla, S.A.U. - Departamento de Formación

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual 

              COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020. – 100.000,00 € 

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Serán beneficiarios de estas ayudas las entidades e instituciones especializadas en el ámbito  de la formación en construcción con capacidad para realizar las acciones comprendidas en el objetivo de estas ayudas.

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              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER. Aumento de la cualificación de los desempleados de la Ciudad Autónoma de Melilla, como paso previo para mejorar su empleabilidad, dotándoles de experiencia pre-laboral o laboral en algunos casos. 

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto de Proyecto Melilla, S.A.U. y Programa Operativo del FSE 2014-20. Posibilidad de aportación fondos propios. 

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: puede ser cofinanciado con otros Fondos Europeos. 

              PLAN DE ACCIÓN. Se prevé los siguientes:

 

a.- Convocatoria anual  de subvenciones.

b.- Forma de concesión: concurrencia competitiva.

c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento  por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U.

 

D. PATRONATO DE TURISMO

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS:

 

1º.-  Apoyo al desarrollo de la iniciativa privada turística. Actividades de promoción turística.

2º.- Fomento de la interculturalidad como elemento diferenciador en la oferta turística.

3º.-  Conservación, restauración y mantenimiento del Patrimonio Cultural. Conservación, restauración, mantenimiento y exposición pública del Patrimonio, actividades e instalaciones de interés turístico.

 

LÍNEA DE SUBVENCION 1ª

 

Objetivo estratégico. Producto turístico. Apoyo y desarrollo iniciativa privada turística. Actividades de promoción turística. Impulsar la oferta turística mediante la creación y mantenimiento de paquetes turísticos vacacionales 

 

·          AREA DE COMPETENCIA: Patronato de Turismo

·          CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Agencias de viajes 

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Se pretende incrementar la oferta turística en agencias de viajes presenciales y on-line  con el fin de crear y aumentar el flujo de visitantes mediante la creación de paquetes turísticos a Melilla, para acercar al ciudadano los recursos turísticos de la ciudad.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Convocatoria anual 

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: POR DETERMINAR

·          PARTIDA  PRESUPUESTARIA: APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 43200/48900-SUBVENCIONES DE TURISMO.

·          APORTACION DE OTROS ENTES: No se prevé.

·          PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: CONCURRENCIA COMPETITIVA

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

 

-       Seguimiento: Justificación. 

-       El Centro Gestor en la Memoria final y con carácter general, al objeto de que se permita conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los objetivos, para la valoración de la  subvención, tendrá en cuenta los siguientes indicadores: 

 

o    Grado de cumplimiento económico

o    Impactos publicitarios conseguidos

o    Beneficiarios y usuarios finales, entre otros. 

 

LÍNEA DE SUBVENCION 2ª

 

Objetivo estratégico. Diversificación y nuevos productos. Fomento interculturalidad

 

·          AREA DE COMPETENCIA: Patronato de Turismo

·          CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Templos religiosos adscritos a la Ruta de los Templos

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Cooperación con el mantenimiento de la Ruta de los Templos como producto turístico 

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Convocatoria anual 

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: POR DETERMINAR

·          PARTIDA  PRESUPUESTARIA: APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 43200/48900-SUBVENCIONES DE TURISMO.

·          APORTACION DE OTROS ENTES: No se prevé.

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·          PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: CONCURRENCIA COMPETITIVA

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

 

-       Seguimiento: Justificación. 

-       El Centro Gestor en la Memoria final y con carácter general, al objeto de que se permita conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los objetivos, para la valoración de la  subvención, tendrá en cuenta los siguientes indicadores:  o Grado de cumplimiento económico o Impactos publicitarios conseguidos o Beneficiarios y usuarios finales, entre otros. 

 

LÍNEA DE SUBVENCION 3ª

 

Objetivo estratégico. Recuperación patrimonio histórico. Turismo cultural. Conservación, restauración, mantenimiento y exposición pública del patrimonio, actividades e instalaciones de interés turístico

 

·          AREA DE COMPETENCIA: Patronato de Turismo

·          CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones culturales y religiosas

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Cooperación en el mantenimiento, conservación y restauración de elementos patrimoniales de interés turístico  

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Convocatoria anual 

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: POR DETERMINAR

·          PARTIDA  PRESUPUESTARIA: APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 43200/48900-SUBVENCIONES DE TURISMO.

·          APORTACION DE OTROS ENTES: No se prevé.

·          PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: CONCURRENCIA COMPETITIVA • SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

 

-       Seguimiento: Justificación. 

-       El Centro Gestor en la Memoria final y con carácter general, al objeto de que se permita conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los objetivos, para la valoración de la  subvención, tendrá en cuenta los siguientes indicadores: 

 

o    Grado de cumplimiento económico

o    Impactos publicitarios conseguidos

o    Beneficiarios y usuarios finales, entre otros. 

 

5.- CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE

 

A. VIVIENDA Y URBANISMO

A.1 SUBVENCIONES GENÉRICAS 

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

 

1)             La Dirección General de Vivienda y Urbanismo gestiona dos líneas de subvenciones: las relacionadas con la rehabilitación de edificios y viviendas y las dirigidas a subvencionar el alquiler privado de viviendas.

 

Los objetivos de las relacionadas con la rehabilitación de edificios y viviendas se dirigen a incentivar la inversión privada en este sector, lo que contribuye, además, al mantenimiento de un sector laboral con gran consumo en mano de obra, representado por pequeñas empresas de implantación local.

 

Las subvenciones a la rehabilitación de edificios se concentrarán, especialmente, en actuaciones que contribuyan a la reducción del consumo de energía, a la accesibilidad y a la consolidación estructural del importante patrimonio inmobiliario de la Ciudad, manteniendo también una imagen urbana de ornato.

 

Estas subvenciones son complementarias a las previstas en los planes cuatrienales de vivienda del Estado, buscándose, de esta forma, ser más eficaz en la incentivación de la rehabilitación.

 

2) La segunda línea de subvenciones están dirigidas a facilitar el acceso a la vivienda, en régimen de alquiler, a sectores de la población con escaso poder económico. Esta línea se centrará en los sectores más vulnerables de la sociedad, especialmente en aquéllos en riesgo de exclusión social: mujeres víctimas de violencia de género, familias monoparentales, familias numerosas, desempleados, etc.

 

También se continuará con un plan específico de ayuda al alquiler para jóvenes, ya que la Administración es consciente de las dificultades que puede suponer la emancipación de este sector de la Sociedad.

 

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LÍNEA DE SUBVENCION 1ª

 

Objetivo Estratégico: Subvención a la Rehabilitación de Edificios y Viviendas.

Objetivo Específico: Otorgar subvenciones para actuaciones en materia de rehabilitación de edificios y viviendas, amparadas en los planes estatales cuatrienales de vivienda (actualmente RD. 106/2018, de 9 de marzo, que aprueba el Plan 2018/2021) y en la Ordenanza de Actuaciones Protegibles en materia de vivienda (BOME de 4/02/2003). Las subvenciones se diseñarán de tal forma que se dé mayor valor a las que conlleven además una fuerte inversión del sector privado. Se concentrarán en actuaciones en materia de accesibilidad, eficiencia energética y protección del patrimonio histórico-artístico modernista y racionalista.

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Dirección General de la Vivienda y Urbanismo de la Consejería de Infraestructura, Urbanismo y Deporte.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE: La subvención se dirige fundamentalmente a los propietarios y edificios de uso residencial, y a aquellos otros de interés históricoartístico.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Además de la conservación del patrimonio inmobiliario, se pretende incentivar la inversión privada y adaptar los edificios a las vigentes normas del Código Técnico de la Edificación, especialmente en materia de accesibilidad.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Es un programa de carácter permanente, ya que se basa en una normativa de carácter general, con dotación presupuestaria anual.

·          COSTES PREVISIBLES PARA SU REALIZACIÓN:

 

Presupuesto 2020: 1.000.000,00 € (06/15011/78000)

Presupuesto 2021: 1.000.000,00 €

Presupuesto 2022: 1.000.000,00 €

 

·          FUENTES DE FINANCIACIÓN: Del Ministerio de Fomento, de la Ciudad Autónoma y de los propios beneficiarios.

·          PLAN DE ACCIÓN: Las ayudas están reguladas tanto por normativa general de carácter estatal como local, asimismo, se publican anualmente convocatorias para su concesión mediante concurrencia competitiva. Las bases reguladoras están representadas por las normativas de carácter estatal y local. Su concesión se efectúa, en algunas actuaciones, por orden de entrada, y en otras mediante el procedimiento de concurrencia competitiva. En casos específicos contemplados en la propia Ordenanza de Actuaciones Protegibles, la subvención puede instrumentarse a través de un Convenio. Asimismo, se podrán abrir convocatorias extraordinarias, con las Bases correspondientes, para el otorgamiento de subvenciones que se dirijan a actuaciones concretas en función del interés social, artístico, etc.

·          RÉGIMEN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN CONTINUA: Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios, el número de viviendas beneficiadas, la inversión privada generada por la subvención y el número de trabajadores que han intervenido en la rehabilitación, entre otros datos. La justificación se efectuará mediante la presentación de las facturas correspondientes.

 

A través del control de precios de las actuaciones (comparándolos con los costes medios en Melilla), se controlan los efectos inflacionistas que podría tener esta actuación.

 

LÍNEA DE SUBVENCION 2ª

 

Objetivo Estratégico: Subvención al Alquiler de Viviendas Privadas.

Objetivo Específico: Otorgar subvenciones para el pago del alquiler de viviendas privadas a sectores de la población con bajos recursos económicos, en aplicación de los planes estatales cuatrienales de vivienda (actualmente RD. 106/2018, de 9 de marzo, que aprueba el Plan 2018/2021) y en las Convocatorias anuales que se efectúen. Las subvenciones se diseñarán de tal forma que se dé mayor valor a los sectores en riesgo de exclusión social, como mujeres víctimas de violencia de género, discapacitados, familias monoparentales, familias numerosas, etc.

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Dirección General de la Vivienda y Urbanismo de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE: La subvención se dirige fundamentalmente a un sector de la población con ingresos inferiores a 1.200,00 €uros, concentrándose en sectores con ingresos menores a 700,00 €, que acrediten determinadas circunstancias socio-económicas que les hagan dificultoso satisfacer el alquiler de la vivienda que constituye el domicilio habitual y permanente de la Unidad Familiar.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la población en riesgo de exclusión social.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Es un programa de carácter anual, que se mantendrá hasta que se disponga de un parque público de Viviendas de Protección Oficial que permita el realojo de estos beneficiarios.

·          COSTES PREVISIBLES PARA SU REALIZACIÓN:

 

Presupuesto 2020: 1.000.000,00 € (06/23101/48900)

Presupuesto 2021: 1.000.000,00 €

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Presupuesto 2022: 1.000.000,00 €

 

·          FUENTES DE FINANCIACIÓN: De la Ciudad Autónoma y de los propios beneficiarios.

·          PLAN DE ACCIÓN: Las ayudas están reguladas tanto por normativa general de carácter estatal como local. Su concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatorias anuales y la publicación de las pertinentes Bases Reguladoras. Su concesión se efectúa por puntuación, otorgándose prioridad a los sectores de la población más vulnerables.

·          RÉGIMEN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN CONTINUA: Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios. La justificación se efectuará mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes. Se analizarán los datos de la actuación como el alquiler medio, la subvención media, la media de ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse antes de la finalización de cada ejercicio presupuestario.

 

LÍNEA DE SUBVENCION 3ª

 

Objetivo Estratégico: Subvención al Alquiler de Viviendas Privadas para Jóvenes

Objetivo Específico: Otorgar subvenciones para el pago del alquiler de viviendas privadas a este sector específico de la población, jóvenes hasta 35 años, con el fin de facilitar la emancipación de esta población en sus primeros pasos hacia la independencia paterna.

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Dirección General de la Vivienda y Urbanismo de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE: La subvención se dirige fundamentalmente a un sector de la población con ingresos inferiores a 3,5 veces el IPREM (2.193,21 € mensuales como máximo), que acrediten determinadas circunstancias socioeconómicas que les hagan dificultoso satisfacer el alquiler de la vivienda que constituye el domicilio habitual y permanente de la Unidad Familiar.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la población que tienen dificultades para formar una Unidad Familiar Independiente, en los primeros pasos de la emancipación.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Es un programa de carácter anual, que se mantendrá hasta que se disponga de un parque público de Viviendas de Protección Oficial que permita el realojo de estos beneficiarios.

·          COSTES PREVISIBLES PARA SU REALIZACIÓN:

 

Presupuesto 2020: 370.000,00 € (06/15200/48900)

Presupuesto 2021: 350.000,00 €

Presupuesto 2022: 350.000,00 €

 

·          FUENTES DE FINANCIACIÓN: De la Ciudad Autónoma y de los propios beneficiarios.

·          PLAN DE ACCIÓN: Las ayudas están reguladas tanto por normativa autonómica. Su concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatorias anuales y la publicación de las pertinentes Bases Reguladoras. Su concesión se efectúa por puntuación, otorgándose prioridad a los jóvenes más vulnerables.

·          RÉGIMEN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN CONTINUA: Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios. La justificación se efectuará mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes. Se analizarán los datos de la actuación como el alquiler medio, la subvención media, la media de ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse antes de la finalización de cada ejercicio presupuestario.

 

LÍNEA DE SUBVENCION 4ª

 

Objetivo Estratégico: Subvenciones para el pago de Viviendas Públicas

Objetivo Específico: Otorgar subvenciones para el pago del alquiler y de las cuotas de amortización de los préstamos hipotecarios de las viviendas de protección oficial de promoción pública gestionadas por EMVISMESA a los usuarios de estas viviendas con bajos recursos económicos, en aplicación de la Ordenanza de Bonificaciones y de precios de Venta y Renta de las Viviendas Públicas (BOME de 28/05/2002).

 

Las subvenciones se diseñarán de tal forma que se tenga en cuenta la renta de la unidad familiar usuaria de la vivienda, en relación con sus ingresos económicos y los miembros de la misma.

 

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Las Subvenciones se conceden y gestionan por EMVISMESA, siendo aprobadas mensualmente mediante Orden del Consejero de Infraestructura, Urbanismo y Deporte, previa propuesta de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE: La subvención se dirige a los arrendatarios y propietarios de viviendas de protección oficial de promoción pública, siempre y cuando se trate de una promoción acogida a la Ordenanza por la que se regulan estas subvenciones. Dentro de los usuarios, se otorga la subvención, mediante descuento en los correspondientes 
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·          recibos, a las unidades familiares con menores ingresos, siempre por debajo de 2,2 veces los Ingresos Familiares Ponderados.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el pago de la vivienda habitual a unidades familiares con bajos recursos económicos.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Es un programa de carácter anual, que se mantendrá hasta que se extinga el régimen de protección de cada una de las viviendas. La concesión es por un plazo de 12 meses, comenzando en el momento en que entre en vigor el contrato de alquiler o el préstamo con garantía hipotecaria.

·          COSTES PREVISIBLES PARA SU REALIZACIÓN:

 

Presupuesto 2020: 950.000,00 €

Presupuesto 2021: 950.000,00 €

Presupuesto 2022: 950.000,00 €

 

·          FUENTES DE FINANCIACIÓN: De los fondos de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Melilla, S.A.

·          PLAN DE ACCIÓN: Las ayudas están reguladas por normativa local. Su concesión se efectúa en aplicación de la Ordenanza correspondiente, concediéndose a todas los interesados que cumplan los requisitos.

·          RÉGIMEN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN CONTINUA: Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes que resulten beneficiarios. La justificación se efectuará mediante el pago de los recibos de alquiler o hipotecarios de las correspondientes viviendas.

 

A.2 SUBVENCIONES ESPECÍFICAS

 

 En el ejercicio presupuestario del año 2020, por esta Dirección General se van a gestionar determinadas subvenciones de concesión directa incluidas en los presupuestos generales de la Ciudad.

 

De conformidad con lo dispuesto por el apartado 2 del artículo 12 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en los supuestos de subvenciones concedidas de forma directa (art. 22.2 LGS) o en supuestos de subvenciones determinadas por el titular del Departamento ministerial (Consejero de Infraestructura, Urbanismo y Deporte), en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública, el Plan estratégico se podrá reducir a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación.

 

A.2.1.  Subvención por daños causados por el terremoto de 25/01/2016.

En esta línea de subvenciones, dirigidas a reparar los daños causados por el terremoto de 25/01/2016 en Melilla, en viviendas y edificios, se ha incluido en los presupuestos de la Ciudad para 2020, la partida 06/15222/78000, por importe de 25.000,00

€ (Fondos Propios).

 

·          Memoria explicativa de los objetivos: Con esta subvención se pretende reparar los daños en edificios y viviendas ocasionados por el terremoto sufrido por Melilla el 25/01/2016. Su aplicación se efectuará mediante lo dispuesto en el Real Decreto 190/2016, y en la Convocatoria efectuada por la CAM en 2016. Actualmente  sólo resta por aplicar alguna subvención que está en fase de Recurso, habiéndose cumplimentado prácticamente todos los expedientes.

·          Costes de realización: El coste previsible, a aplicar durante la  anualidad 2020, es el indicado, no siendo previsible su prórroga al año 2021.

·          Fuentes de financiación: Lo que resta se financia con presupuestos propios de la CAM.

 

A.2.2. Subvención para la Rehabilitación de Edificios

 En esta línea de subvenciones, dirigidas al ornato de la fachada y a actuaciones singulares en materia de accesibilidad de determinados edificios de la Ciudad de Melilla, se ha incluido en los presupuestos de la Ciudad para 2020, la siguiente actuación:

 

a) Subvención Instalación de Ascensores Islas Chafarinas. Se ha incluido en los presupuestos de 2020, la segunda fase de esta actuación, que incluye la instalación de dos ascensores en los portales que restan por instalar (en la primera fase se han instalado dos ascensores). 

 

·          Memoria explicativa de los objetivos: Con esta subvención nominativa se pretende mejorar la accesibilidad de este grupo de Viviendas de Protección Oficial de Promoción Pública construida en los años 1993/1995, y que están ocupadas, en su mayoría, por personas mayores de 65 años, con dificultades de movilidad.  Entre las dos fases se beneficiarán de la actuación 40 viviendas.

·          Costes de realización: 250.000,00 €.

·          Fuentes de financiación: Exclusivamente de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

A.2.3. Subvención para elaborar un proyecto de instalación de ascensores en Grupo de VPO “Peñón de Vélez”

·          Memoria explicativa de los objetivos: La finalidad de esta Subvención es la de colaborar en los costes de redacción de un proyecto técnico para la instalación de ascensores en el Grupo de 45 Viviendas de protección Oficial de Promoción Pública “Peñón de Vélez”.

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Este grupo de viviendas de promoción pública se construyó por el Ministerio de Fomento en los años 90, constando de tres plantas sin ascensor, por lo que actualmente no reúne los requisitos de accesibilidad que exige la normativa vigente.

 

·          Una vez redactado el proyecto se podrá conocer el coste de la actuación, y evaluar la posible ayuda que pueda otorgar la CAM para su instalación.

·          Costes de realización: 75.000,00 €.

·          Fuentes de financiación: De la Ciudad Autónoma.

 

A.2.4. Subvención a la Rehabilitación de Edificios de uso público.

 

·          Memoria explicativa de los objetivos: La finalidad de esta Subvención es la colaborar en la rehabilitación de edificios privados de uso público, es decir, de aquellos edificios o locales que están siendo utilizados por Entidades sin ánimo de lucro, y que tienen un uso público.

·          Costes de realización: 150.000,00 €.

·          Fuentes de financiación: De la Ciudad Autónoma.

 

A.2.5. Subvención a la Rehabilitación de la Iglesia Castrense.

 

·          Memoria explicativa de los objetivos: La finalidad de esta subvención es completar las obras de rehabilitación de este edificio religioso incluido en la zona BIC de Melilla, en la que se acometerán obras de rehabilitación en general y de actualización de instalaciones a la nueva normativa del Código Técnico.

·          Coste de la rehabilitación: 30.000,00 €

·          Fuentes de financiación: de la Ciudad Autónoma.

 

B. DEPORTES

 

Objetivo genérico: Promocionar y fomentar la práctica de la actividad físico-deportiva en sus diferentes ámbitos: competitivo,  deporte para todos y deporte base. Impulsar diferentes convenios de colaboración y programas que redunden en un incremento de la práctica físico-deportiva.

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

 

1)            Proporcionar los medios y recursos necesarios a las diferentes entidades deportivas para que puedan fomentar la modalidad correspondiente en óptimas condiciones.

2)            Incrementar la oferta deportiva de la ciudad impulsando programas que satisfagan las necesidades deportivas, de los distintos grupos potenciales que integran el colectivo de consumidores de la misma.

3)            Facilitar el acceso a la actividad física y deportiva en todos sus ámbitos y abarcando todos los grupos poblacionales.

 

LÍNEA DE SUBVENCION 1ª

 

Objetivo estratégico: Convocatoria de subvenciones  a entidades deportivas en régimen de concurrencia competitiva.

 

              OBJETIVO ESPECÍFICO: proporcionar a las distintas entidades deportivas los recursos necesarios para promocionar la actividad deportiva, tanto competitiva como no competitiva, apoyar a los clubes y federaciones deportivas de la ciudad y fomentar la celebración de eventos deportivos, todo ello como cauce y vehículo para el aumento de la actividad físico-deportiva en Melilla y la consecuente mejora de la calidad de vida de los melillenses.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. Dirección General de Deportes. 

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Deportes.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Clubes y Federaciones Deportivas inscritas en el registro de entidades deportivas de la Ciudad Autónoma de Melilla (salvo en la convocatoria de actividades saludables no competitivas, en la que para ser beneficiario no es necesario estar inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Melilla).

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: 

 

1.- Convocatoria de Federaciones Deportivas: sufragar parte de los gastos ocasionados por las federaciones con motivo de la promoción de su modalidad deportiva, abarcando la administración y gestión de la entidad, la organización del campeonato autonómico de Melilla correspondiente y el desarrollo de aquellos programas que componen su ámbito competencial y que son básicos para el correcto fomento de su actividad deportiva, como son los programas de tecnificación, promoción y formación. 

2.- Convocatoria Actividades Físicas Saludables No Competitivas: proporcionar a las entidades promotoras la promoción y realización de actividades físico-deportivas ajenas al ámbito competitivo y cuyos destinatarios sean colectivos de diversa índole.

3.- Convocatoria de Clubes Deportivos: proporcionar los recursos necesarios a los clubes para su participación en las competiciones autonómicas de dicha modalidad deportiva, así como para su adecuada gestión y administración.

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4.- Convocatoria para la Organización de Eventos Deportivos: promover la organización y celebración en la ciudad de eventos deportivos de diversa índole.

5.- Convocatoria de ayudas a entidades deportivas implantadas en Melilla para la asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la ciudad de Melilla: apoyar la participación en competiciones deportivas de carácter oficial (campeonatos de España), llevadas a cabo fuera de la ciudad de Melilla, a los deportistas, equipos y clubes.

 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: con carácter permanente durante el trienio que abarca los años.

              COSTE PREVISIBLE POR EJERCICIO (sin que ello cree derecho u obligación alguna por parte de esta Consejería, y únicamente a efectos programáticos):

 

a.             Convocatoria Federaciones Deportivas   (800.000 €)

b.             Convocatoria Actividades Físicas Saludables No Competitivas (150.000 €)

c.             Convocatoria Clubes Deportivos (300.000 €)

d.            Convocatoria Eventos Deportivos (250.000 €)

e.             Convocatoria ayudas a Entidades Deportivas para asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la ciudad: (450.000 €)

 

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Todas las convocatorias con cargo a la Partida Presupuestaria 06  34100  48900 “Subvenciones al Deporte”.

             APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé.

              PLAN DE ACCIÓN: 

 

a)            Mecanismo de actuación: convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, una vez aprobadas definitivamente las Bases Reguladoras de cada una de las convocatorias

 

1º.- Orden del Consejero aprobando la convocatoria.

2ª.- Publicación de la convocatoria.

3ª.- Solicitudes.

4º.- Instrucción del procedimiento (propuesta de resolución provisional, alegaciones, propuesta definitiva, etc.).

5ª.- Orden de concesión del Consejero.

6º.- Publicación de la orden de concesión.

 

b)            Fecha estimada de tramitación: Primer semestre de cada ejercicio.

c)            Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones / Reglamento de la Ley General de Subvenciones / Reglamento General de Subvenciones de la C.A.M / Bases Reguladoras de cada convocatoria

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: A la finalización del ejercicio, los beneficiarios deberán presentar una memoria descriptiva de la actividad realizada objeto de la subvención, así como una memoria económica-justificativa conforme a los criterios de las bases y de conformidad con la Intervención de la ciudad.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2ª

 

Objetivo estratégico: Convenios de colaboración con equipos.

 

              Objetivo específico: desarrollo de la actividad deportiva de un equipo de categoría nacional fomentando la concienciación de la importancia de realización de actividades deportivas así como el desarrollo de deporte-espectáculo para la sociedad melillense, ofreciendo ocio deportivo de forma periódica para los melillenses durante la temporada deportiva.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. Dirección General de DE DEPORTES.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de DE DEPORTES.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades Deportivas que compiten en Categoría Nacional. 

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: apoyar a los equipos de la ciudad que compiten en categoría nacional como forma de concienciar a los melillenses en la importancia de realizar actividades deportivas y promocionar el deporte ofreciendo alternativas de ocio espectáculo a los ciudadanos. Convenios Ejercicio 2020: 

 

1.             Club Melilla Baloncesto 

2.             Unión Deportiva Melilla

3.             C.D. Enrique Soler

4.             C.D. La Salle

5.             Club Voleybol Melilla

6.             C.D. Virgen de La Victoria

7.             Melilla Club Deportivo

8.             Club Deportivo Rusadir , 1ª División  juvenil de Fútbol 11

9.             Club Sporting Constitución

10.           Torreblanca Club de Fútbol

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11.           Peña Barcelonista , División Honor juvenil F. S

12.           Peña Real Madrid, División Honor juvenil F.S

13.           Peña Barcelonista, División Honor juvenil Fútbol 11

14.           Melistar 

15.           Club Voleybol Melilla Femenino

 

•              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: con carácter permanente durante el trienio que abarca los años 2020,2021 y 2022, si bien la composición de los clubes que militen en categoría nacional puede variar de un ejercicio a otro.

•              COSTE PREVISIBLE POR EJERCICIO (sin que ello cree derecho u obligación alguna por parte de esta Consejería, y únicamente a efectos programáticos):

 

1.             Club Melilla Baloncesto -1.000.000,00€

2.             Unión Deportiva Melilla-1.090.000,00€

3.             C.D. Enrique Soler-148.000,00€

4.             C.D. La Salle-50.000,00€

5.             Club Voleybol Melilla-390.000,00€

6.             C.D. Virgen de La Victoria-240.000,00€

7.             Melilla Club Deportivo-145.000,00€

8.             Club Deportivo Rusadir , 1ª División  juvenil de Fútbol 11-50.000,00€

9.             Club Sporting Constitución-60.000,00€

10.           Torreblanca Club de Fútbol-120.000,00€

11.           Peña Barcelonista , División Honor juvenil F. S-50.000,00€

12.           Peña Real Madrid, División Honor juvenil F.S-50.000,00€

13.           Peña Barcelonista, División Honor juvenil Fútbol 11-70.000,00€

14.           Melistar --60.000,00€

15.           Club Voleybol Melilla Femenino-50.000,00€

 

•              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:

 

1.             Club Melilla Baloncesto --06 34102 48902

2.             Unión Deportiva Melilla--06 34101 48902

3.             C.D. Enrique Soler--06 3410448902

4.             C.D. La Salle--0634112 48902

5.             Club Voleybol Melilla--06 34107-48902

6.             C.D. Virgen de La Victoria--06 34143-48902

7.             Melilla Club Deportivo--06 3415048902

8.             Club Deportivo Rusadir , 1ª División  juvenil de Fútbol 11--063410548902

9.             Club Sporting Constitución--063413448902

10.           Torreblanca Club de Fútbol--063413248902

11.           Peña Barcelonista , División Honor juvenil F. S--063411048902

12.           Peña Real Madrid, División Honor juvenil F.S--0634144418902

13.           Peña Barcelonista, División Honor juvenil Fútbol 11--063415148902

14.           Melistar --063414748902

15.           Club Voleybol Melilla Femenino--063415248902

 

•              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé.

•              PLAN DE ACCIÓN:  

 

a.-  Mecanismo de actuación.- inclusión de la subvención directa en las bases del presupuesto.

 

1º.- Acuerdo del Consejo de Gobierno aprobando el gasto (dicha aprobación se realiza en el ejercicio económico anterior).

2º.- Orden de incoación.

3º.- Solicitudes de conformidad con el artículo 12.1 del RGSCAM.

4º.- Fiscalización previa de Intervención al Convenio.

5º.- Aprobación por parte del Consejo de Gobierno.

6º.- Firma del convenio.

7º.- Publicación del convenio en el BOME.

 

b.- Fecha aproximada de concesión: 2º Trimestre de cada ejercicio. 

c.-  Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones / Reglamento de la Ley General de Subvenciones / Reglamento General de Subvenciones de la C.A.M. / Convenio

 

• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades 
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realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del cumplimiento del coste de las actividades realizadas, que se realizarán siguiendo las directrices de la Intervención de la C.A.M., sin perjuicio de la posibilidad de exigir la Ciudad Autónoma la documentación que estime oportuna para la fiscalización de la justificación de la subvención concedida.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3ª

 

Objetivo estratégico: facilitar a entidades y deportistas melillenses, cuya gestión y práctica deportiva por su singularidad no es objeto de concurrencia competitiva, la posibilidad de promocionar y desarrollar diversas modalidades deportivas y hábitos de práctica, ampliando de esta forma el espectro de actividades físico-deportivas que se pueden desarrollar en la ciudad y haciendo posible el acceso a la práctica deportiva del mayor porcentaje posible de la población en óptimas condiciones.

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. Dirección General de  Deportes. 

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Deportes.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades diversas.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: 

 

a.             Convenio de colaboración con el Real Club Marítimo de Melilla para el fomento de los deportes náuticos de la ciudad: promoción y desarrollo de los deportes náuticos en la Ciudad de Melilla durante el trienio 2020-2022.

b.             Convenio de colaboración con José Luis Pérez García para el desarrollo de la escuela de vela de crucero a través de la embarcación Melilla Deporte: promoción de la vela de crucero y la preparación y formación de jóvenes deportistas melillenses en la mencionada especialidad durante el trienio 2020-2022.

c.             Convenio de colaboración con Aspanies: impulsar, facilitar y promocionar la actividad deportiva como medio de inclusión social, buscando la mejora física y emocional de personas con discapacidad intelectual.

d.            Convenio de colaboración Carrera Africana: convenio de colaboración para la organización y el desarrollo de la prueba deportiva denominada "Africana", la cual se ha convertido en el mayor evento deportivo de la ciudad, contando con más de 3.000 participantes, y a la que asisten más de 1.000 deportistas de fuera de nuestra ciudad.

e.             Convenio de Colaboración con el Club Natación Melilla: convenio de colaboración para el apoyo de los deportistas melillenses de elite en el triatlón melillense, con proyección a nivel nacional e internacional. 

f.              Convenio de Colaboración con  la Escudería Delfi Sport y el Club Moto Rally Competición Melilla: convenio de colaboración para el apoyo a las escuderías melillenses en la prueba internacional Dakar. 

g.            Convenio la Salle Instalaciones: Convenio de Colaboración para  el uso de la piscina del Colegio de la Salle El Carmen, para todos los ciudadanos melillenses. 

h.            Convenio Club Social Kick Boxing Melilla: Convenio de  colaboración en aras a la  inserción de los jóvenes en riesgo de exclusión social en un proyecto deportivo. 

 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: con carácter permanente durante el trienio que abarca los años 2020, 2021 y 2022, si bien las entidades que conforman esta línea de subvención, pueden variar de un ejercicio a otro.

              COSTE PREVISIBLE POR EJERCICIO (sin que ello cree derecho u obligación alguna por parte de esta Consejería, y únicamente a efectos programáticos):

 

1.             Convenio con el Real Club Marítimo de Melilla para la promoción de los deportes náuticos (30.000 €). 

2.             Convenio de colaboración con José Luis Pérez García (30.000 €).

3.             Convenio Aspanies (30.000 €).

4.             Convenio Carrera Africana (60.000 €).

5.             Convenio de Colaboración con el Club Natación Melilla: 14.000,00€

6.             Convenio de Colaboración con  la Escudería Delfi Sport :30.000,00€

7.             Club Moto Rally Competición Melilla: 20.000,00€

8.             Convenio la Salle Instalaciones: 85.000,00€

9.             Convenio Club Social Kick Boxing Melilla: 16.000,00€

 

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 

 

1.             Convenio con el Real Club Marítimo de Melilla.-  06  34135  48902

2.             Convenio de colaboración con José Luis Pérez García.- 06  34137  48902

3.             Convenio Aspanies.- 06  34141  48902

4.             Convenio Carrera Africana.- 06  34100  48902

5.             Convenio de Colaboración con el Club Natación Melilla: 063413448902

6.             Convenio de Colaboración con  la Escudería Delfi Sport :063415348902

7.             Club Moto Rally Competición Melilla: 063415448902

8.             Convenio la Salle Instalaciones: 063411448902

9.             Convenio Club Social Kick Boxing Melilla: 063413048902

 

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé.

              PLAN DE ACCIÓN: 

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a.- Mecanismo de actuación.- inclusión de la subvención directa en las bases del presupuesto.

 

1º.- Acuerdo del Consejo de Gobierno aprobando el gasto (dicha aprobación se realiza en el ejercicio económico anterior).

2º.- Orden de incoación.

3º.- Solicitudes de conformidad con el artículo 12.1 del RGSCAM.

4º.- Fiscalización previa de Intervención al Convenio.

5º.- Aprobación por parte del Consejo de Gobierno.

6º.- Firma del convenio.

7º.- Publicación del convenio en el BOME.

 

b.- Fecha aproximada de concesión: 2º Trimestre de cada ejercicio.

c.- Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones / Reglamento de la Ley General de Subvenciones / Reglamento General de Subvenciones de la C.A.M. / Convenio

 

• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del cumplimiento del coste de las actividades realizadas, que se realizarán siguiendo las directrices de la Intervención de la C.A.M., sin perjuicio de la posibilidad de exigir la Ciudad Autónoma la documentación que estime oportuna para la fiscalización de la justificación de la subvención concedida.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4ª

 

Objetivo estratégico: Becas deportivas

 

              OBJETIVO ESPECÍFICO: potenciar la práctica deportiva, colaborando con aquellos deportistas con proyección a través de las becas, incidiendo en la importancia de la formación académica, en el desarrollo integral de la persona y en alcanzar y mantenerse en la alta competición a través de las estas becas.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. Dirección General de Deportes. 

              CENTRO GESTOR: Dirección General de DEPORTES.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: deportistas destacados en las diferentes modalidades deportivas.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: 

 

a.             Proporcionar una mayor apoyo a la tecnificación de deportistas de la ciudad de melilla que habiendo acreditado una calidad inicial y una especial dedicación a la actividad deportiva, auguren una proyección inmediata o futura para el deporte de alta competición. 

b.             Promocionar el deporte entre los jóvenes melillenses que tienen aptitudes para la práctica de alguna modalidad deportiva, habiendo destacado en el logro de resultados.

c.             Poner en valor y reconocer los méritos deportivos de los deportistas melillenses que han acreditado importantes resultados a nivel nacional y/o internacional.

 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: con carácter permanente durante el trienio que abarca los años 2020,2021 y 2022.

              COSTE PREVISIBLE POR EJERCICIO (sin que ello cree derecho u obligación alguna por parte de esta Consejería, y únicamente a efectos programáticos): o Becas deportivas.- (100.000 €)

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Becas Deportivas.- 14 34100 48900 “Subvenciones al Deporte”.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé.

              PLAN DE ACCIÓN: Becas Deportivas: llevar a cabo la convocatoria de becas de diverso importe, tratando de alcanzar al mayor número posible de beneficiarios, siempre y cuando acumulen los méritos deportivos necesarios. 

 

a.             Mecanismo de actuación tras la aprobación definitiva de las Bases Reguladoras: convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva.-

 

1º.- Orden del Consejero aprobando la convocatoria.

2ª.- Publicación de la convocatoria.

3ª.- Solicitudes.

4º.- Instrucción del procedimiento (propuesta de resolución provisional, alegaciones, propuesta definitiva, etc.)

5ª.- Orden de concesión del Consejero.

6º.- Publicación de la orden de concesión.

 

b.             Fecha estimada de concesión: a lo largo del ejercicio.

c.             Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones / Reglamento de la Ley General de Subvenciones / Reglamento General de Subvenciones de la C.A.M. / Bases Reguladoras

 

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              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Becas Deportivas: ingreso del importe de la beca a los beneficiarios mediante transferencia bancaria. Posteriormente deberán entregar el anexo en el que se declara haber invertido la totalidad del importe de la subvención en el objeto para la que la misma fue concedida.

 

6.- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD

 

A. SERVICIOS URBANOS

 

Objetivos Estratégico: Atención de los servicios funerarios de acuerdo con los distintos ritos correspondientes a los grupos religiosos que coexisten en la Ciudad.

 

• OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

 

 1º.-  Ejercicio de las competencias a las que este municipio se encuentra obligado por el art. 25.2 k de la Ley 7/85, Reguladora de Las Bases de Régimen Local, así como es prestar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal respecto a Cementerios y actividades funerarias.

2º.- Apoyar a las entidades representativas en la Ciudad de las distintas religiones, cuyos ritos funerarios y mantenimiento de cementerios no estén gestionados directamente por la Ciudad Autónoma de Melilla a través de esta Consejería de Medio Ambiente, bien directamente, bien mediante una relación contractual externa en los aspectos que no contravengan las costumbres o ritos funerarios, como ocurre actualmente con la comunidad cristiana o con la comunidad islámica, quedando fuera de estos servicios municipales los correspondientes a ritos funerarios y mantenimientos de los cementerios de la comunidad hebrea.

 

 El descenso en la población de esta comunidad, que representa actualmente no más del 2% del censo de la Ciudad, los escasos enterramientos que se producen al año, la existencia de cementerios hebreos que hay que mantener y cuya historia se sitúa en tiempos pretéritos en los que la representación de la comunidad hebrea era sensiblemente mayor, y el alto interés de la comunidad en gestionar estos servicios funerarios y de cementerios con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios.

 

LINEA DE SUBVENCIÓN 1ª

 

Objetivo estratégico. Gestión de los enterramientos y de los cementerios hebreos. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.

 

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Participación de la comunidad hebrea en la gestión y mantenimiento de los cementerios de dicha comunidad y en la observancia de los ritos funerarios propios.

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de  Medio Ambiente y Sostenibilidad (Dirección General de Servicios Urbanos).

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: A la comunidad hebrea como representante religioso de las personas cuyos restos se le encomiendan para su mantenimiento en los recintos de cementerios hebreos de la Ciudad.

              OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE PRENTENDE OBTENER: Participación de la comunidad hebrea en la gestión de los cementerios que prestan servicio a su colectivo, limitando su coste en comparación con el importe que supondría la gestión directa de los mismos por la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo tiempo que estos servicios funerarios y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la observancia de costumbres y ritos propios de la misma.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual. Con una dotación de 60.000,00 Euros en los Presupuestos del 2020.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2017. 60.000,00 Euros

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida presupuestaria 2020  07/16400/48900 – Subvención Cementerio Comunidad  Israelita.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

              PLAN DE ACCIÓN: se prevé los siguientes:

 

a.             Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.             Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita

c.             Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.  

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Israelita. Subvención Prepagable.

 

-       Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos.

-       Evaluación: No se precisará memoria final.

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ANEXO  OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

 

Atención de los servicios funerarios de acuerdo con los distintos ritos correspondientes a los grupos religiosos que coexisten en la Ciudad.

 

• OBJETIVOS ESPECÍFICOS: 

 

 1º.- Ejercicio de las competencias a las que este municipio se encuentra obligado por el art. 25.2 k de la Ley 7/85, Reguladora de Las Bases de Régimen Local, así como es prestar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal respecto a Cementerios y actividades funerarias.

2º.- Apoyar a las entidades representativas en la Ciudad de las distintas religiones, en las actividades relacionadas con los ritos funerarios y el resto de actividades relacionadas con los enterramientos que  no estén gestionados directamente por la Ciudad Autónoma de Melilla , así como complementar los servicios de la CAM en los momentos de saturación de sus servicios.

 

 El incremento  en la población de la comunidad islámica, que representa actualmente  más del 50% del censo de la Ciudad, el crecimiento exponencial de  enterramientos que se producen al año, la costumbre de enterrar a los fallecidos en tierra, la existencia de un único  cementerios musulmán, con los equipamientos propios ( mezquita, comedor, oficinas, etc) que hay que mantener y  el alto interés de la comunidad musulmana representada por la Comisión Islámica de Melilla con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios.

 

LINEA DE SUBVENCIÓN 1

 

Objetivo estratégico. Gestión de los ritos y  actividades relacionadas con los enterramientos  en el Cementerio Musulmán de Melilla.

 

•              OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Participación de la comunidad islámica en la gestión y mantenimiento del cementerio de dicha comunidad y en la observancia de los ritos funerarios propios.

•              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de  Medio Ambiente y Sostenibilidad (Dirección General de Servicios Urbanos).

•              CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.

•              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: A la Comisión Islámica de Melilla como  representante religioso de las personas cuyos restos se le encomiendan para su mantenimiento en el recinto de cementerio musulmán de la Ciudad.

•              OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE PRENTENDE OBTENER: Participación de la comunidad musulmana en la gestión del cementerio  que presta servicio a su colectivo, acomodando su coste al uso cada vez mayor de dicha instalación, garantizando al mismo tiempo que estos servicios funerarios y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la observancia de costumbres y ritos propios de la misma.

•              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual. Solo cuando tenga previsión presupuestaria expresa. Con una dotación de 80.000,00 Euros en los Presupuestos del 2020.

•              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2020. 80.000,00 Euros

•              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida presupuestaria 2020  07/16401/48900 – Subvención Cementerio Comunidad Islámica.

•              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

•              PLAN DE ACCIÓN: se prevé los siguientes:

 

a.             Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.             Forma de concesión: Convenio con la Comisión islámica de Melilla

c.             Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios  acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla 

 

•              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comisión Islámica de Melilla. Subvención Prepagable.

 

-       Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos.

-       Evaluación: No se precisará memoria final.

  

B. INFRAESTRUCTURAS Y RECURSOS HÍDRICOS

 

Objetivos estratégicos: Ayudar a garantizar el suministro de agua adecuado en términos de caudal y presión a todas las zonas de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

•              OBJETIVOS ESPECÍFICO: El Objeto del presente convenio es ayudar a los usuarios de agua de consumo humano, con problemas de suministro de abastecimiento de agua por falta de presión en la red general de la CAM, a disponer de 
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pequeños depósitos particulares y/o grupos de presión individuales de baja potencia que les ayuden a garantizar tanto presión como suministro ante eventuales problemas del sistema de abastecimiento.

 

Esto ocurre principalmente en viviendas unifamiliares de las zonas altas de la ciudad, donde la red general de abastecimiento no dispone de presión directa adecuada para los usos habituales de este recurso y se requieren sistemas particulares adicionales de elevación y almacenamiento, dándose además el agravante de que las mencionadas zonas son también las más desfavorecidas en términos de nivel de renta entre sus habitantes.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª

 

Objetivo estratégico. Ayudar a garantizar el suministro de agua adecuado en caudal y presión a todas las zonas de la Ciudad Autónoma de Melilla, en especial las zonas altas y más desfavorecidas, que sufren problemas habituales de falta de presión y requieren sistemas de elevación y almacenamiento adicionales.

 

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Facilitar  a los usuarios de baja renta y escaso poder adquisitivo que viven en las zonas altas y más desfavorecidas de la CAM, la adquisición de pequeños depósitos particulares de agua potable y/o grupos de presión individuales de baja potencia. 

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad (Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos).

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Usuarios de agua de consumo humano.

              OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE PRENTENDE OBTENER: Mejora cuantitativa y cualitativa del suministro de agua potable, tanto en garantía de suministro como en presión, a fin de mitigar el problema actual de la Ciudad Autónoma de Melilla, que en las zonas más altas de la misma no permite el suministro directo de la red a una presión adecuada y requiere de sistemas particulares adicionales de elevación y almacenamiento.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual, con una dotación de 30.000,00 € en los presupuestos del año 2020.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2020.  30.000,00 Euros

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida presupuestaria 2020 07 16100 48900 Subvención Adquisición Depósitos de Agua.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén. Se financiará sólo con fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

 

a.             Subvención mediante concurrencia competitiva de los beneficiarios.

b.             Forma de concesión: Convocatoria de libre concurrencia.

c.             Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras aprobadas por Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.  

 

·                     SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Recursos Hídricos.

 

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

- Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2ª

 

Objetivo ESTRATÉGICO. Convenio Específico de colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el Instituto Geológico y Minero de España para la investigación de aguas subterráneas como apoyo a la gestión hidrológica de la Ciudad Autónoma de Melilla en el período 2020-2024.

 

• OBJETIVOS ESPECÍFICO: El Objeto del presente convenio es regular las condiciones de colaboración y cooperación en las que se desarrollarán las actividades entre la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el IGME. 

 

Esta colaboración se plasmará en la realización de proyectos y estudios científicos técnicos relacionados con el medio ambiente, los recursos hídricos, cartografía temática y otros proyectos relacionados con las Ciencias de la Tierra, así como actividades que lleven a cabo ambos organismos.

 

El presente Convenio tiene por objeto llevar a cabo la investigación de diferentes acuíferos como apoyo al abastecimiento urbano y a la sostenibilidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período 2020-2024, así como precisar las condiciones bajo las cuales deberá regirse la realización de las diferentes actividades recogidas en el listado siguiente:

 

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1.- Informes complementarios con la toma de muestras de calidad en los diferentes acuíferos para evaluar procedencia de las aguas.

2.- Informes complementarios sobre el reconocimiento de sondeos previos y de sondeos de investigación con equipo de testificación geofísica. 

3.- Informes complementarios sobre la determinación de la existencia o no de la cuña de intrusión marina en diferentes acuíferos. 

4.- Informes complementarios sobre la evaluación actualizada de la recarga en cada uno de los acuíferos (volcánico, carbonatado y aluvial). 

5.- Informes complementarios en relación al estudio de la posibilidad de realizar operaciones de recarga artificial de acuíferos.

6.- Propuesta de optimización de las instalaciones eléctricas, asociadas al bombeo de las aguas subterráneas. Adaptación del bombeo a las curvas característica y mejora del rendimiento.

7.- Informe con análisis hidrogeológico de las posibilidades de captación de aguas subterráneas para abastecimiento de la desaladora.

8.- Informes complementarios del seguimiento de sondeos de investigación para control de evolución de niveles. 

9.- Informes complementarios al Plan de Uso sostenible de las masas de agua subterránea (bombeo por sectores con tendencia a la recuperación del estado cuantitativo y cualitativo de las masas de agua. 

10.- Propuesta de una batería estratégica de apoyo al abastecimiento urbano desde el acuífero calizo de Melilla y seguimiento. 

11.- Plan de explotación mediante sondeos del borde costero como apoyo a la desaladora y el aprovechamiento del agua continental salobre en las masas del acuífero calizo y volcánico. 

12.- Elaboración de un modelo matemático de flujo en los acuíferos de Melilla.

13.- Estudio del sellado de sondeos preexistentes para evitar mezclas de agua de mala calidad.

14.- Campaña de sondeos de investigación en el Parque Hernández y en el trazado a la plaza de España. (5 sondeos).

15.- Controles de la evolución de la intrusión marina y de las explotaciones.

16.- Mejora del conocimiento del modelo 3D provisional realizado con los nuevos datos geofísicos y de sondeos.

17.- Mejora del conocimiento del aluvial con sondeos en el primitivo desvío del cauce hacia la Plaza de España.

18.- Campaña complementaria de prospección geofísica en el aluvial.

19.- Reconocimiento mediante sondeos de los sectores donde emplazar las pantallas del aluvial así como del área cementada bajo el puente del Escaño. (14 sondeos).

20.- Perímetros de protección de la calidad de los abastecimientos urbanos (tránsito de mercancías peligrosas, ubicación de instalaciones potencialmente contaminantes y otros).

 

-       Regular las condiciones de colaboración y cooperación en las que se desarrollarán las actividades entre la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el IGME.

-       Investigación de diferentes acuíferos como apoyo al abastecimiento urbano y a la sostenibilidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período 2020-2024.

 

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad (Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos).

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Usuarios de agua de consumo humano.

              OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE PRENTENDE OBTENER: Mejora cuantitativa y cualitativa de las masas de agua subterránea gestionadas por la Ciudad Autónoma de Melilla, que suponen, en la actualidad, casi 1/3 de la demanda total de agua de consumo humano de la población.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El presente Convenio se extenderá por 4 AÑOS, pudiendo ser prorrogado por un máximo de otros cuatro años, conforme al art. 49 de  la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2020.  47.250,00 Euros

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida presupuestaria 2020 07 17100 47000 Convenio Instituto Geológico y Minero de España., con la siguiente previsión de anualidades:

 

1. 2020 por importe de 47.250,00 €.

2. 2021 por importe de 42.695,00 €.

3. 2022 por importe de 56.500,00 €.

4. 2023 por importe de 30.000,00 €.

5. 2024 por importe de 12.500,00 €.

 

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: El Instituto Geológico y Minero de España asumirá con cargo al Capítulo 1 (aplicación presupuestaria 27.204.467F.1XX.XX) de su presupuesto la  cantidad de 188.945,00 €, repartidos en las siguientes anualidades:

 

1. 2020 por importe de 47.250,00 €.

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2. 2021 por importe de 42.695,00 €.

3. 2022 por importe de 56.500,00 €.

4. 2023 por importe de 30.000,00 €.

5. 2024 por importe de 12.500,00 €.

 

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

 

-       -Subvención directa.

-       -Forma de concesión: Convenio con el Instituto Geológico y Minero de España.

-       -Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.  

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Para el seguimiento y control del Convenio, se crea una Comisión  de Seguimiento, de composición mixta y paritaria, formada por dos  representantes designados por la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos representantes designados por el IGME.

 

Asimismo, podrán designarse suplentes de los miembros de la Comisión y a sus reuniones podrán asistir los técnicos que se juzgue conveniente por las partes, según los temas a tratar. 

 

La Comisión de Seguimiento tendrá las funciones siguientes:

 

a.             Aprobar y evaluar el Programa de Actuaciones del Convenio, proponiendo, cuando sea necesario, las variaciones que se consideren oportunas.

b.             Realizar informes y propuestas sobre la ejecución de los trabajos

c.             Resolver  cualquier cuestión que se plantee en la interpretación y ejecución del Convenio.

d.            Redactar y proponer a las partes las adendas correspondientes a los distintos aspectos del desarrollo de las actuaciones previstas que impliquen incremento del gasto inicialmente aprobado.

e.             Cualesquiera otras cuestiones que las partes consideren adecuadas.

 

Para efectuar un correcto seguimiento y la evaluación adecuada de las actividades que se hagan como consecuencia de este Convenio, se podrá elaborar, previo acuerdo de las partes, un Informe de progreso anual y un Informe de resultados al final del convenio.

 

Los acuerdos de la Comisión de seguimiento se regirán por lo dispuesto en la Ley 30/92 para los Órganos Colegiados. La Comisión se considerará válidamente constituida si están presentes al menos tres miembros vocales o suplentes de los cuatro integrantes de la misma. Las decisiones de la Comisión de seguimiento se tomarán por unanimidad.

 

C. SOSTENIBILIDAD

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª

 

Objetivo Estratégico: Fomento sostenible de un trasporte de personas que disminuya la contaminación acústica, lumínica y atmosférica, en un nuevo marco de movilidad sostenible.

 

Dentro de las prestaciones básicas a desarrollar por las Administraciones Públicas en el ámbito del trasporte, la movilidad y la protección contra la contaminación en zonas urbanas, es competencia de las Corporaciones Locales, y por tanto de la Ciudad Autónoma de Melilla en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de su Estatuto de Autonomía, en relación con los  apartados  2 k y 2 g) del artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,  “en particular la protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas” y la “movilidad”. 

 

1º. Lucha contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica.

2º. Medidas que favorezcan la consecución del Plan de Movilidad Urbana Sostenible.

 

Ayuda a la adquisición de bicicletas y vehículos eléctricos para el desplazamiento urbano de personas. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.

 

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Ayuda a la adquisición de bicicletas, bicicletas eléctricas, monitorización eléctrica de bicicletas, motocicletas eléctricas y vehículos eléctricos, que impulse la sustitución de vehículos contaminantes por otros con menor impacto medio ambiental , que por un lado reduzcan la contaminación y por otro implique un cambio en el modelo de movilidad urbana, buscando la sostenibilidad ambiental.

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad 

             CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Ciudadanos mayores de edad que realizan desplazamientos urbanos y que por tanto son sujetos principales del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS).

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              OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE PRENTENDE OBTENER: Participación de las personas que realizan desplazamientos urbanos mediante vehículos, en la utilización de vehículos menos contaminantes que los que utilizan motores de combustión para su impulso. Conjugando así la búsqueda de una menor contaminación urbana derivada del tráfico vehicular, con unos flujos adecuados en el modelo de movilidad existente.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Sin Periodicidad. Solo cuando tenga previsión presupuestaria expresa. Con una dotación de 140.000,00 Euros en los Presupuestos del 2020.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2020. 140.000,00 Euros

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida presupuestaria 2018 07/17900/48900 – Subvención PMUS Bicicletas.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

              PLAN DE ACCIÓN: se prevé los siguientes:

 

a.             Subvención mediante concurrencia competitiva de los beneficiarios.

b.             Forma de concesión: Convocatoria con libre concurrencia.

c.             Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras aprobadas por Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla y Orden de Convocatoria.  

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido de las Bases de Reguladores y de la Orden de Convocatoria, a través de la Oficina de Movilidad.

 

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.

-Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2ª

 

Objetivo estratégico. Subvención para la renovación de la flota de taxis de Melilla. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.

 

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS. El objeto de este programa es colaborar con los gastos ocasionados con motivo de la adquisición por parte de los titulares de las licencias de autotaxis en la ciudad de Melilla de los vehículos más antiguos de esta flota, sustituyéndolos por vehículos más nuevos, menos contaminantes y más accesibles, que incluya así mismo compromiso de sustitución del vehículo subvencionado antes de los 15 años de uso del mismo, con el fin de fomentar un trasporte sostenible, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases.

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad

             CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Se considera actividad subvencionable, a los efectos del presente programa, la adquisición de vehículos autotaxis por titulares de la licencia correspondiente en la Ciudad Autónoma de Melilla.

              OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE PRENTENDE OBTENER: La necesidad de que el parque de vehículos de la ciudad sea menos contaminante, y dentro de este los que corresponden al servicio público de autotaxis, tiene una relación directa con la sostenibilidad del Medio Ambiente, por ello desde la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente se estima la conveniencia de facilitar el acceso de los mismos a la adquisición de vehículos no contaminantes, con la intención de mejorar la calidad de vida de los propios melillenses.

 

Siguiendo con la misma línea de actuación, la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería competente en materia de Movilidad y Medio Ambiente, con el fin de lograr una mayor accesibilidad de los ciudadanos melillenses a un trasporte no contaminante, pone en marcha el presente Programa de ayudas, que trata de sustituir los vehículos auto taxi actuales por otros nuevos, menos contaminantes y más accesibles.

 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Sin Periodicidad. Solo cuando tenga previsión presupuestaria expresa. Con una dotación de 40.000,00 Euros en los Presupuestos del 2020.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2020.  40.000,00 Euros

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida presupuestaria  2019 07 44111 47900 “Subvención Taxi”.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

              PLAN DE ACCIÓN: se prevé los siguientes:

 

a.- Subvención mediante concurrencia competitiva de los beneficiarios.

b.- Forma de concesión: Convocatoria con libre concurrencia.

C.-Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras aprobadas por Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla y Orden de Convocatoria.  

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido de las Bases de Reguladoras y de la Orden de Convocatoria, a través de la Oficina de Movilidad.

 

-              Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad

-              Evaluación: No se precisará memoria final.

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LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3ª

 

Objetivo estratégico. Subvención a Cooperativa Ómnibus Automóviles de Melilla (COA, Transporte colectivo urbano), destinada a sufragar gastos de explotación del ejercicio 2020. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.

 

• OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Se trata de una subvención nominativa incluida en los Presupuestos Generales de la CAM para 2020, cuya partida presupuestaria con denominación “SUBVENCION COA” tiene un saldo de 380.000,00 Euros. Subvención destinada a sufragar gastos de explotación del presente ejercicio 2020 que no estén cubiertos por los ingresos ordinarios y con subvenciones de otros entes, o a sufragar el déficit en el servicio que arrastra la beneficiaria desde 2007.

Consta Informe de la  Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad  que pone de manifiesto que la COA sigue prestando actualmente el servicio de trasporte colectivo urbano.

 

Asimismo por sentencia 182/2017 del Juzgado Contencioso Administrativo nº1 de Melilla se reconoce la vinculación de dicha empresa al servicio así como determina la obligación de sufragar por la CAM el déficit de explotación obtenido por la COA en la prestación del servicio de transporte colectivo urbano de viajeros.

 

La Secretaria Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad con fecha 6 de octubre de 2017 emite informe en el que hace constar que la Ciudad Autónoma de Melilla ejerce competencias sobre su territorio en materia de

“transporte público de viajeros” (art. 25.2 letra g) 

 

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería Medio Ambiente y Sostenibilidad

             CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Transporte colectivo urbano

Cooperativa Ómnibus de Automóviles de Melilla (COA)

              OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE PRENTENDE OBTENER: el servicio público de transporte es un servicio esencial, social y estratégico que se presta a la ciudadanía, siendo obligación para las instituciones de la Ciudad Autónoma ejercer sus potestades con los siguientes objetivos básicos entre otros: la mejora de las condiciones de vida, el fomento de la calidad de vida mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente, el desarrollo de los equipamientos sociales y la realización de un eficaz sistema de comunicaciones que potencie los intercambios humanos, culturales y económicos.

 

Que el transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales en la política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar niveles de comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los ciudadanos.

 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Sin Periodicidad. Solo cuando tenga previsión presupuestaria expresa. Esta subvención se concederá de forma directa, ya que así estaba prevista nominativamente en los Presupuestos Generales de la CAM por el importe que figure en el saldo de la partida presupuestaria 07 44110 47900“SUBVENCION COA” y que la Ley General de Subvenciones, en su artículo 22, apartado 2, letra, a dispone que podrán concederse de forma directa, sin necesidad de convocatoria pública “las previstas nominativamente en los Presupuestos Generales (...) de las entidades locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones”.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2020.  380.000,00 Euros

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida presupuestaria 07 44110 47900 “Subvención COA”, del Presupuesto de la Consejería Medio Ambiente y Sostenibilidad según retención de crédito expedida por la Intervención General para tal fin.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

              PLAN DE ACCIÓN: se prevé los siguientes:

 

a.             Plazos y modalidad de pago: Un solo pago de 380.000,00 €.

b.             Compatibilidad: La subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o Ente Público, siempre que no rebase el costo de la actividad subvencionada (prestación del servicio)

c.             Plazo y forma de justificación: La rendición de cuenta justificativa se hará de acuerdo con lo establecido en el art. 30.2 de la Ley General de Subvenciones. Su presentación se realizará como máximo, en el plazo de tres (3) meses, una vez finalizado el presente ejercicio presupuestario 2020.

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.

-       Evaluación: No se precisará memoria final.

 

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LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4ª

 

Objetivos estratégicos: 

A.- La realización de estudios y planes para la valoración y seguimiento del estado de conservación medioambiental de los espacios naturales y especies de flora y fauna con estatus de protección oficial, en el litoral y zonas ZEC del territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

 1º.-  La CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la presencia en su territorio de dos zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimo-terrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del Rio Nano; está obligada al seguimiento y conservación de dichas zonas, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias sub-áridas. No obstante, la  Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para acometer los estudios mencionados, de ahí la necesidad de contar con la colaboración y apoyo de expertos universitarios en esta  materia específica.

2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de su comunidad vecinal en materia de Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) y está interesada en el estudio de las especies más reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral melillense, requiriendo para ello de la colaboración de instituciones universitarias ampliamente acreditadas en ese campo.

 

B.- Gestión de los hábitats y especies protegidas. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.

 

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS. La Universidad de Granada, apoyada en múltiples estudios previos, dispondrá de un estudio completo con inventarios, censos, densidades y planos bionómicos de las especies más reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats mencionados que, desde el ámbito académico, podrá ser utilizado tanto para su difusión, investigación o base científica para la elaboración de distintos Planes de Conservación, como para su utilización didáctica-formativa y de divulgación medioambiental.

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

              CENTRO GESTOR:  Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Al colectivo universitario investigador.

              OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE PRENTENDE OBTENER: Participación de la Universidad de Granada en la gestión de las especies y hábitats protegidos, limitando su coste en comparación con el importe que supondría la gestión directa de los mismos por la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo tiempo que estos estudios se realizan por personal investigador con amplia experiencia.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Cuatro (4) años. Con una dotación inicial de 40.000,00 €  en los Presupuestos del 2020.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2020. 40.000,00 €

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida presupuestaria  07 1720 42390.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

              PLAN DE ACCIÓN: se prevé los siguientes:

 

a.             Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.             Forma de concesión: Convenio con la UGR.

c.             Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.  

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los informes ambientales  y planes de gestión realizados en cada ejercicio.

 

-       Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad

-       Evaluación: Se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 

 

Objetivo Estratégico:  

 

A.- Fomento del estudio de la Avifauna de la Ciudad Autónoma de Melilla para la implementación de medidas que fomenten la conservación de la biodiversidad local.

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1. - La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad y la Ley 33/2015 de 21 de septiembre que la modifica, cuyo objetivo es garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitat naturales y de la fauna y flora silvestres, establece la obligación de realizar, en virtud de su artículo 17, una evaluación del estado de conservación de las especies y los tipos de hábitat de interés comunitario. Al mismo tiempo, la Directiva Aves (2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) obliga a todos los Estados a tomar todas las medidas necesarias para mantener o adaptar las poblaciones de todas las especies de aves al nivel que corresponda, en particular, a las exigencias ecológicas científicas y culturales, habida cuenta de las exigencias económicas y recreativas. La Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad pretende conocer el estado de la avifauna de la Ciudad mediante la puesta en marcha del Estudio de Aves Invernantes en la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que además sirva de base científica para de la confección del futuro Atlas de la Avifauna de la Ciudad. Actualmente la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural no cuenta con los medios técnicos ni humanos para acometer el desarrollo de un proyecto que implica contar con un equipo multidisciplinar, y con experiencia en este tipo de trabajos.

2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de su sociedad en materia de Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019).

 

B.- Conocer de manera pormenorizada la distribución espacial de las aves que nidifican en la Ciudad Autónoma de Melilla. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.

 

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: 

 

1.             Conocer y estudiar las especies de avifauna en nuestra Ciudad en todas las fases fenológicas (nidificación, invernada y/o paso migrador), y contribuir con el reporte de estos datos al enriquecimiento del citado Atlas Nacional.

2.             Informar a las autoridades ambientales nacionales y comunitarias sobre las cifras poblacionales, el rango y, especialmente, las tendencias de estas variables, tanto a corto como a largo plazo. Conocer su preferencia de hábitat (índice de selección y densidad por ambiente) en la Ciudad Autónoma de Melilla. 

3.             Realización de un diagnóstico que permita identificar de forma explícita nuevos objetivos de conservación sobre hábitats y especies, asegurando la coherencia con otros instrumentos de planificación sectorial (Planes de Gestión de Arbolado Urbano, Red Natura 2000…).

 

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

             CENTRO GESTOR:  Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades Conservacionistas con experiencia en este tipo de estudios.

              OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE PRENTENDE OBTENER: La participación de Entidades Conservacionistas de reconocido prestigio, con acreditada solvencia técnica en la confección de Atlas de Avifauna.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN  TRES (3) años. Con una dotación inicial de 10.000 € en los Presupuestos de 2020.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2020. 10.000,00 €.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida presupuestaria 07 17201 48900.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

              PLAN DE ACCIÓN: se prevé los siguientes:

 

a.             Subvención mediante concurrencia competitiva de los beneficiarios.

b.             Forma de concesión: Convocatoria con libre concurrencia.

c.             Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras aprobadas por Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla y Orden de Convocatoria.  

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural, dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad, de la justificación del importe otorgado con los justificantes.

 

-              Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.

-              Evaluación: Se precisará memoria final.

 

7. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD

 

A. CULTURA Y FESTEJOS

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

 

1)            Fomento de la Cultura en cualquiera de sus manifestaciones y promoción del patrimonio cultural inmaterial.

2)            Fomento de las actividades que conlleven y fomenten el conocimiento de las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación más profunda de todas ellas.

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LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1.ª

 

Objetivo Estratégico: Facilitar medios para el desarrollo de sus actividades y estructura interna a las organizaciones cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como impartir conferencias, charlas o cursos sobre cualquier aspecto relacionado con la cultura, o bien facilitar los medios a entidades que tengan entre sus fines el fomento, la conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico y etnológico para la realización de actividades que le son propias, en aplicación de lo establecido en el artículo 21.1.14 y 15 de la Ley Orgánica 2/95, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla.

 

Se pretende que tenga especial incidencia la promoción del patrimonio cultural inmaterial, concebido como el conjunto de “usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos, reconocen como parte integrante de su patrimonio cultural”, así como en la promoción de las denominadas industrias culturales, entendidas como aquel sector de la economía que se desarrolla entorno a bienes culturales y servicios culturales, tales como el arte, el entretenimiento, el diseño, la arquitectura, la publicidad, la gastronomía y el turismo.

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e

Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades con el objetivo de:

 

1.             Fomentar la música, la promoción de la creatividad y difusión de la misma, así como la ayuda a sociedades de conciertos, asociaciones musicales, entidades musicológicas, orquestas y conjuntos instrumentales, corales y coreográficos, y la organización y promoción de manifestaciones musicales, entidades musicológicas, orquestas y conservación del folklore.

2.             Fomentar el teatro y la promoción de compañías y grupos teatrales, así como el desarrollo y la promoción de toda clase de actividades teatrales, festivales, certámenes, teatro infantil, juvenil y vocacional y el apoyo de manifestaciones cinematográficas en general.

3.             Promocionar la cinematografía (Semana del Cine, etc.) y fomentar toda clase de actividades relacionadas con la creatividad artística en este campo de la cultura, la ayuda a cineclubes y a entidades culturales cinematográficas en general.

4.             Promocionar actividades divulgativas sobre nuestra historia, costumbres, tradiciones (cursos de verano, jornadas literarias, de historia, etc.).

5.             Fomentar la creación literaria, la promoción del libro y de las ediciones sonoras y audiovisuales, la promoción de los hábitos de lectura, muy en particular en los sectores infantil y juvenil, el apoyo al autor y a su obra, la difusión cultural a través de los libros, de las manifestaciones literarias y la creación y sostenimiento de fonotecas y videotecas.

 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

              ACCIONES PREVISTAS PARA LOS EJERCICIOS 2020, 2021 Y 2022. Se prevén las siguientes:

 

a.- Convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a asociaciones de índole cultural domiciliadas en Melilla para la realización de actividades culturales y festivas, con cargo a la partida 14/33401/48900, subvenciones a entidades culturales. Importe total de 75.000,00 €.

 

-       Fechas de concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

-       Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla. Bases de la convocatoria de ayudas y publicación. Instrucción del procedimiento. Concesión a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

 

b.- Concesión de una subvención directa a cada una de las siguientes asociaciones, a través del convenio de colaboración que se cita, con cargo a la partida 14/33400/48900 (convenios entidades culturales):

 

1.             Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación de Banda de Música, Orquesta Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla”, para el fomento de la música como actividad cultural, mediante la promoción de determinadas acciones formativas: 330.000,00 €.

2.             Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Agrupación de Cofradías de Semana Santa de Melilla, para la realización de diversas actividades relacionadas con la Semana Santa: 63.000,00 €.

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3.             Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada para el Aula Permanente de Formación Abierta: 21.500,00 €.

4.             Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Sociedad Cultural Amigos de la Música de Melilla, para la celebración de determinados conciertos: 22.000,00 €.

5.             Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Real y Franciscana Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria, para llevar todas las actuaciones encaminadas a la conservación de la Imagen de Virgen de la Victoria y su entorno y la exhibición de la Imagen en procesión durante las fiestas patronales de Melilla: 6.500,00 €.

6.             Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y Asociación Nana, para el desarrollo del proyecto Nana: 70.000,00 €.

7.             Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación de Estudios Melillenses, para la reforma y reestructuración de las dependencias de la misma y el fomento de exposiciones y visitas guiadas: 15.000,00 €.

8.             Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Oxígeno Laboratorio Cultural, para el desarrollo del proyecto Kahina: 40.000,00 €.

9.             Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Jóvenes Artistas Melillenses “El Invernadero”, mediante la promoción de determinadas acciones formativas: 75.000,00 €.

 

c.- Fechas de concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

d.- Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

e.- Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, formalización de los correspondientes Convenios de colaboración.

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: Presentación de la memoria anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos y traslado a la intervención general para su fiscalización.

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc.

Plazo de tramitación y pago.

 

B. RELACIONES INTERCULTURALES

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

 

1)            Incentivar la investigación sobre los fenómenos multiculturales y sobre los peligros que pudieran acechar a la convivencia basada en el respeto a la diversidad y el pluralismo cultural.  

2)            Promover acciones, experiencias y proyectos que favorezcan el diálogo intercultural.

3)            Impulso de actividades que conlleven y fomenten el conocimiento y la participación, por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación más profunda entre todas ellas.

4)            Salvaguardar el Patrimonio Cultural Inmaterial de Melilla.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1.ª

 

Objetivo estratégico. Impulso de actividades que conlleven y fomenten el conocimiento y la participación, por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación más profunda entre todas ellas.  

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Relaciones Interculturales.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

 

-       Posibilitar y fomentar, en la medida de lo posible, la participación de la ciudadanía melillense mediante las actividades llevadas a cabo por asociaciones sin ánimo de lucro relacionadas con la multiculturalidad melillense.

-       Promover, desde una perspectiva intercultural, el conocimiento de las distintas culturas que conviven en la ciudad.

-       Llevar a cabo acciones dirigidas al desarrollo y promoción de la cultura en todas sus manifestaciones, así como el establecimiento de mecanismos y estrategias que contribuyan eficazmente a la preservación y desarrollo del acervo cultural de las comunidades que integran la población melillense, como patrimonio común.

 

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              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende en principio que su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año se evaluarán los resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de introducir mejoras o subsanar las deficiencias detectadas.

              COSTES PREVISIBLES PARA LOS EJERCICIOS 2020-2022:

 

a.             Convenio Asociación Socio Cultural “Mem Guimel”: 16.000,00 €.

b.             Convenio con la Asociación Socio Cultural “Rusadir XXI”: 5.000,00 €.

c.             Convenio con el Centro Educativo “La Salle-El Carmen”: 15.000,00 €.

 

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén las siguientes acciones para los ejercicios 20202022:

 

a.             Subvención Nominativa a la Asociación Socio Cultural “Mem Guimel” mediante la firma de un Convenio de Colaboración para el desarrollo de actividades culturales, de investigación y conservación del patrimonio y difusión de la cultura Judía-Sefardí, encaminadas a mejorar el conocimiento de la cultura judía en un aspecto general y la cultura Judía-Sefardí melillense, con cargo a la partida 33403/48903 (Convenio Mem Guimel) con un presupuesto de 16.000,00 €.

b.             Subvención Nominativa a la Asociación Socio Cultural “Rusadir XXI” mediante la firma de un Convenio de Colaboración para el inicio de su proyecto cultural de formación gastronómica con el propósito de iniciar un proceso de salvaguarda de las expresiones gastronómicas amaziges, con el fin primordial de que las comunidades y colectivos melillenses reconozcan estas expresiones como propias, con cargo a la partida 33403/48907 (Convenio Rusadir XXI) con un presupuesto de 5.000,00 €.

c.             Subvención Nominativa al Centro Educativo “La Salle-El Carmen” mediante un Convenio de Colaboración para mejorar la disponibilidad de las actividades que se van a desarrollar por parte del IC en el ámbito de la escuela flamenco, seminario permanente de tamazight, etc…, con cargo a la partida 33403/48905 (Convenio La Salle) con un presupuesto de 15.000,00 €.

 

-       Fechas de concesión: Se pretende en principio que su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año se evaluarán los resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de introducir mejoras o subsanar las deficiencias detectadas.

-       Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

-       Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.

 

• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: 

 

1.     Presentación de la Memoria anual de actuaciones llevadas a efecto 

2.     Seguimiento y justificantes de gastos. 

3.     Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

 

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2.ª:

 

Objetivo estratégico: Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de Melilla (PCI).

 

              Área de competencia: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

              Centro Gestor: Dirección General de Cultura y Festejos.

              Sector al que se dirige la ayuda:

 

              Organizaciones cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio cultural de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones y entidades que tengan entre sus fines el fomento, la conservación o enriquecimiento de nuestra Diversidad y Pluralismo Cultural, Religioso y Etnográfico.

              Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

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•              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:  Establecer cauces adecuados de transmisión de dicho patrimonio para darlo a conocer y explicar sus contribuciones al acervo cultural melillense con el fin de que permanezca entre las nuevas generaciones, concibiéndolo como un elemento de enriquecimiento.

•              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende en principio que su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año se evaluarán los resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de introducir mejoras o subsanar las deficiencias detectadas. 

•              COSTES PREVISIBLES PARA LOS EJERCICIOS 2020-2022: Convenio Asociación “Escuela Flamenco de Melilla”: 60.000,00 €. • APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé.

•              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén las siguientes acciones para los ejercicios 20202022:

 

-       Subvención Nominativa a la Asociación “Escuela Flamenco Ciudad de Melilla” mediante la firma de un Convenio de Colaboración para el funcionamiento y mantenimiento de la Escuela de Flamenco, con cargo a la partida 33403/48900 (Asociación Escuela Flamenco) con un presupuesto de 60.000,00 €.

-       Fechas de concesión: Se pretende en principio que su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año se evaluarán los resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de introducir mejoras o subsanar las deficiencias detectadas.

-       Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

-       Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.

 

•              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

 

-       -Seguimiento: Presentación de la Memoria anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-       -Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

C. EDUCACIÓN E IGUALDAD

 

OBJETIVO. El presente Plan Estratégico de Subvenciones pretende favorecer la participación de entidades y organizaciones, especialmente entidades y colectivos de ciudadanos ( Asociaciones relacionadas con la educación, Asociaciones que trabajan en materia de Igualdad,  Centros escolares, etc.) en el ámbito de gestión de la Ciudad Autónoma de Melilla, a través del fortalecimiento de los medios propios de las mismas, así como del fomento de actividades organizadas por esas asociaciones y entes en el ámbito de su actividad que suplen o complementan la actuación de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en las diversas áreas que resultan ser de su competencia.

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

 

1.- Facilitar medios a las entidades y organizaciones arriba referidas para su funcionamiento interno.

2.- Facilitar la actividad de dichas entidades y organizaciones de tal forma que coadyuven y complementen la actividad propia de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en las áreas competenciales de su Dirección General de Educación e Igualdad.

3.- Fomentar acciones que resultan de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1.ª

“COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA,  ESPECIAL Y

EDUCACIÓN DE ADULTOS PÚBLICOS  DE MELILLA”

 

Objetivo Estratégico: Facilitar medios a las Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria, Especial y Educación de Adultos de Melilla tanto públicos como concertados, para posibilitar su mantenimiento y conservación y con ello su funcionamiento y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias. Dándose así cumplimiento a lo preceptuado por Disposición Adicional Decimoquinta, apartado segundo, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo de Educación. 

 

•              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

•              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. 

•              sector al que se dirige la ayuda: Centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Primaria, Especial y Educación de Adultos de Melilla

•              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios a las Centros Públicos y Concertados de Educación Infantil, Primaria, Especial y Educación de Adultos de Melilla, para posibilitar su mantenimiento y conservación y con ello su funcionamiento y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias

•              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las 
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entidades subvencionadas y a la obligación legal que recae sobre esta administración ( Disposición Adicional 15 Ley Orgánica 2/2006).

              COSTES PREVISTOS POR EJERCICIO: 340.462,55 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 

 

14/32301/4700,       14/32301/78000,     14/32302/4700,        14/32302/4700,

14/32303/4700, 14/32303/4700, 14/32304/4700, 14/32305/4700, 14/32305/4700,

14/32306/4700, 14/32307/4700, 14/32308/4700, 14/32309/4700, 14/32310/4700,

14/32311/4700, 14/32312/4700,     14/32313/4700, 14/32314/4700,

14/32315/4700,14/32316/4700,      14/32317/4700,     14/32318/4700,

14/32305/4700 ,    14/32331/4700

 

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Educación y Formación Profesional.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a)            Concesión de una subvención directa nominativa a cada Centro escolar público y concertado de educación infantil, primaria, especial y educación de adultos  por importe variable en atención a número de líneas de alumnado.

b)            Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

c)            Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención  directa en los presupuestos de esta Administración.

 

Seguimiento y evaluación: Se prevén los siguientes:

 

-       Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas. El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2.ª

“COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA

CONCERTADOS PARA OBRAS Y EQUIPAMIENTOS”

 

Objetivo Estratégico: Facilitar medios a las Centros Concertados de Educación Infantil y  Primaria de Melilla, para posibilitar su equipamiento y obras necesarias y con ello su funcionamiento y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias. Todo ello en atención a que el Ministerio de Educación y Formación Profesional no dota a esos centros de equipamiento ni efectúa obras en los mismos. 

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. 

              Sector al que se dirige la ayuda: Centros Concertados de Educación Infantil y Primaria  de Melilla

              Objetivos Y Efectos Que Se Pretenden Obtener: Facilitar a las Centros Concertados de Educación Infantil y  Primaria de Melilla, la dotación de equipamiento y realización de obras necesarias y con ello su funcionamiento y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 180.000,00 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 

 

-       14/32302/78000 –

-       14/32301/78000  -

-       14/32303/78000.  

 

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a)            Concesión de una subvención directa nominativa a cada Centro escolar concertado de educación infantil y primaria   por importe variable en atención a número de líneas de alumnado.

b)            Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

c)            Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención  directa en los presupuestos de esta Administración.

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

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-       Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas. El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3.ª

“ESCUELA DE BACHILLERATO ARTÍSTICO  MIGUEL MARMOLEJO”

 

Objetivo Estratégico: Facilitar medios a la entidad Escuela de Bachillerato Artística público de nuestra ciudad, para posibilitar el desarrollo de las actividades docentes que  son propias de una Escuela de Bachillerato Artístico. 

                 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro docente de Melilla,

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios  que requiere el funcionamiento de una Escuela de Bachiller Artístico.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de la entidad subvencionada.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 30.000 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/32318/47000 SUBVENCIÓN DIRECTA GASTOS FUNCIONAMIENTO ESCUELA ARTE MIGUEL MARMOLEJO 

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Educación y Formación Profesional.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a)            Concesión de subvención directa a Escuela de Bachiller Artístico Miguel Marmolejo.

b)            Fechas de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio. 

c)            Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención nominativa directa en los presupuestos de esta Administración.

 

              Seguimiento y evaluación: 

 

-       Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas. El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4.ª:

“ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO”

 

Objetivo estratégico: Facilitar medios a las Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo de Melilla para posibilitar su funcionamiento interno y el desarrollo de las actividades educativas que le son propias que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su programa de Escuelas Infantiles de primer ciclo educativo al proporcionales dichas Escuelas a esta Consejería plazas concertadas a incluir en su convocatoria pública anual.

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad. 

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad 

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo educativo de Melilla debidamente reconocidas por el Ministerio de Educación  y Formación Profesional.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayudar a las referidas Escuelas Infantiles, como entidades que desempeñan una loable labor educativa y conciliadora de la vida laboral y familiar, al sostenimiento de las actividades que le son propias y que complementan a las de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, facilitando a ésta un considerable número de plazas concertadas para su inclusión en la convocatoria pública de plazas en Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 650.000 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/32101/47002 CONCIERTOS DIRECTOS PLAZAS ESCUELAS INFANTILES.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.             Subvención a cada Escuela de Educación Infantil reconocida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante procedimiento de concurrencia competitiva.

b.             Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

c.             Mecanismo de aplicación: Convenio de colaboración o resolución con determinaciones de subvención.

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              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: Presentación de memoria anual de actuaciones y gastos con la pertinente documentación justificativa.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de la memorias presentadas. El centro Gestor elaborará en cada anualidad, en relación con el año precedente, un informe sobre  las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5.ª

“CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN

INFANTIL DE PRIMER GRADO “JOSEFA CALLES””

 

Objetivo Estratégico: Facilitar medios a la institución sin ánimo de lucro Centro Asistencial de Melilla, para posibilitar el funcionamiento y  desarrollo de las actividades docentes que  son propias de una Escuela de Educación Infantil de primer grado, la denominada “Josefa Calles”. 

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. 

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Asistencial de Melilla,

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios  necesarios para el funcionamiento de una Escuela de Educación Infantil de primer grado.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 1.081.504,00 euros.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/32101/48900 CENTRO ASISTENCIAL ESCUELA INFANTIL       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.             Concesión de subvención directa al  Centro Asistencial  para  gestión de la Escuela de Educación Infantil “Josefa Calles”.

b.             Fechas de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.

c.             Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención  directa en los presupuestos de esta Administración.

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas. El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6.ª:

“RELIGIOSAS DE MARIA INMACULADA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER GRADO”

 

Objetivo Estratégico: Facilitar medios a la institución sin ánimo de lucro Religiosas de María Inmaculada de Melilla, para posibilitar el desarrollo de las actividades docentes que  son propias de una Escuela de Educación Infantil de primer grado. 

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. 

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asistencial y educativo de Melilla, Escuela de Educación Infantil.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios  que implican el funcionamiento de una Escuela de Educación Infantil de primer grado.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de la entidad subvencionada, mediante la inclusión en los presupuestos de una subvención directa nominativa.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 60.000 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/32101/48902 SUBVENCIÓN RELIGIOSAS MARIA INMACULADA 

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.             Concesión de subvención directa a Religiosas María Inmaculada  para  gestión de la Escuela de Educación Infantil.

b.             Fechas de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.

c.             Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención  directa en los presupuestos de esta Administración.

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

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-       Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas. El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 7.ª

“SUBVENCIONES DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA”

 

Objetivo Estratégico: Facilitar medios a las familias melillenses con hijos/as a cargo que cursan estudios en algún Colegio de Educación Infantil y Primaria de Melilla para colaborar con ellas en la financiación de los libros y el material didáctico escolar complementario que requieren los estudios de sus hijos e hijas .

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad. 

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Colegios de Educación Infantil y Primaria que participan en los Programas de Reposición de Libros de texto y de Puesta a Disposición de Material escolar complementario, así como consecuentemente las familias melillenses con hijos e hijas que cursan estudios en dichos colegios.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a los Colegios de educación Infantil y Primaria y consecuentemente a las familias con hijos e hijas que cursan estudios en los mismos, de los libros y material escolar  mínimo que garantice la asistencia regular en situación óptima de todo su alumnado.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 800.000 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/32101/47000 PROGRAMA REPOSICIÓN DE LIBROS.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.             Subvención a cada Colegio de Educación Infantil y Primaria que acuerde su participación en el Programa de Reposición de Libros respecto de los libros y Programa de puesta a disposición de  material escolar que se precisen para el curso académico de que se trate.

b.             Fechas de Concesión: Con anterioridad a la inicio del correspondiente curso escolar.

c.             Mecanismo de aplicación: Bases del Programa, estudio de necesidades de cada centro escolar, resolución.

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-       Evaluación: Estudio evaluativo y cuantitativo de las necesidades satisfechas. El centro Gestor elaborará cada anualidad informe sobre los resultados y el impacto de subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 8.ª

“SUBVENCIONES VIAJES DE ESTUDIOS Y ANALOGOS”

 

Objetivo Estratégico: Facilitar medios a los Colegios de Educación Infantil y Primaria, a Institutos de Educación Secundaria y Bachillerato y a otras entidades educativas que llevan a cabo actividades extraescolares consistentes en viajes de estudios y/o lúdico-culturales para posibilitar que los escolares melillenses efectúen viajes colectivos fuera de nuestra ciudad teniendo en consideración la dificultades existentes por el enclave geográfico de la misma. Actividades estas subvencionadas que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes en su área de Educación.

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad. 

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. 

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estudiantes de Melilla a través de los respectivos  Colegios, Institutos y otras Entidades.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Posibilitar a los estudiantes melillenses la realización de viajes de estudios, etc... que faciliten su educación y formación al margen del esparcimiento lúdico que conlleve. Ello teniendo en consideración el enclave geográfico de nuestra ciudad.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 80.000 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/32000/48000 SUBVENCIONES VIAJES DE ESTUDIOS Y ANALOGOS.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

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a.             Convocatoria pública anual de subvenciones mediante concurrencia competitiva.

b.             Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

c.             Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras, Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y convocatoria pública.

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: Control de gastos previo presupuesto del coste y con la pertinente documentación justificativa.

-       Evaluación: Estudio de las necesidades satisfechas. El centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 9.ª

“SUBVENCIÓN CARITAS Interparroquial COLONIAS URBANAS”

 

Objetivo Estratégico: Facilitar medios a la institución sin ánimo de lucro Cáritas Interparroquial de nuestra ciudad, para posibilitar el desarrollo de las actividades asistenciales de vacaciones estivales destinadas a escolares pertenecientes a familias desfavorecidas socialmente. 

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. 

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Escolares sin medios pertenecientes a familias socialmente desfavorecidas de Melilla,

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios  que implican el desarrollo de un programa de verano para escolares pertenecientes a familias desfavorecidas.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de la actuación subvencionada.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 60.000 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/32000/48901 SUBVENCIÓN CARITAS Interparroquial COLONIAS URBANAS 

             APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a)            Concesión de subvención directa a la entidad Cáritas Interparroquial.

b)            Fechas de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.

c)            Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención nominativa directa en los presupuestos de esta Administración.

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas. El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 10.ª

“ASOCIACIONES QUE TRABAJA CON ALUMNADO DE EDUCACIÓN INCLUSIVA”

 

Objetivo Estratégico: Facilitar medios a las asociaciones y entidades que trabajan en beneficio de alumnado con características especiales, autismo y otros,  y con ello facilitar su   funcionamiento y el desarrollo de las actividades terapéuticas que lleven a cabo. (Asociación Teama y Asociación Autismo Melilla)

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. 

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones que trabajan con alumnado de educación inclusiva. Autismo y otros.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar a las entidades que trabajan en beneficio de alumnado con necesidades especiales, la dotación para su funcionamiento y el desarrollo de las actividades terapéuticas que le son propias.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 45.000,00 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/23123/48900 y 14/23300/48902.  

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

BOME-PX-2020-121 Descargar página

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.             Concesión de una subvención directa nominativa a cada Asociación   por importe variable en atención a número de alumnado atendido y actividades.

b.             Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

c.             Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención  directa en los presupuestos de esta Administración.

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas. El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 11.ª

“SUBVENCIONES PARA ACOGIDA/TUTELA DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO”

 

Objetivo Estratégico: Facilitar medios a las Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo la gestión de viviendas de acogida o tutela de mujeres víctimas de violencia de género para posibilitar el  funcionamiento de dichos pisos de acogida o tutela y el desarrollo de las actividades sociales de acogimiento  que le son propias que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su programa de atención de mujeres víctimas de maltrato del área de Igualdad.

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. 

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo la gestión de viviendas de acogida o tutela de mujeres víctimas de violencia de género.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades gestoras de pisos de acogida y tutela de mujeres maltratadas en Melilla de recursos mínimos que garanticen la correcta asistencia de acogida y tutela a las mujeres víctima de violencia de género y a sus hijos e hijas de ella dependientes.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO 2020: 260.000,00 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 

 

-       14/23102/47000 SUBVENCION CRUZ ROJA GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 

-       14/23103/47000 SUBVENCION FEDERACIÓN NACIONAL MUJERES EN IGUALDAD.

 

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Igualdad.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.     Subvención Directa nominativa a cada entidad que gestiona un centro de acogida/tutela de mujeres víctimas (Comité de Cruz Roja de Melilla

b.     (120.000,00 €) y Confederación Nacional de Mujeres en Igualdad (140.000€).

c.      Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

d.     Mecanismo de aplicación: Convenios de colaboración o resolución con determinaciones de concesión, según proceda.

 

              Seguimiento y evaluación: 

 

-       Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas. El centro Gestor elaborará informe sobre las líneas de subvención gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 12.ª

“SUBVENCIONES PARA ATENCIÓN A VICTIMAS DE AGRESIONES SEXUALES”

 

Objetivo Estratégico: Facilitar medios a las Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo la gestión de atender a  mujeres víctimas de agresiones sexuales para posibilitar el  funcionamiento de dichos servicios y el desarrollo de las actividades sociales que le son propias que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su programa de atención de mujeres víctimas.

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

BOME-PX-2020-122 Descargar página

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. 

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo servicios de atención a mujeres víctimas de agresiones sexuales y sus familiares.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades gestoras de servicios de atención a mujeres víctimas de agresiones sexuales en Melilla de recursos mínimos que garanticen la correcta asistencia a las  víctimas y a sus familias.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO 2020: 200.000,00 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/23101/48902 SUBVENCION CRUZ ROJA PACTO ESTDO VIOLENCIA DE GÉNERO.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Igualdad.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.             Subvención Directa nominativa a cada entidad que presta servicio de atención a víctimas de agresiones sexuales (Comité de Cruz Roja de Melilla (200.000,00 €).

b.             Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

c.             Mecanismo de aplicación: Convenios de colaboración o resolución con determinaciones de la concesión.

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas. El centro Gestor elaborará informe sobre las líneas de subvención gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 13.ª

“SUBVENCIONES ACTIVIDADES FORMATIVAS PARA MUJERES CON NECESIDADES”

 

Objetivo Estratégico: Facilitar medios a las Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo actividades formativas y educativas a mujeres que resultan tener necesidades de índole social  para posibilitar su formación y consiguiente empleabilidad. Actividades estas subvencionadas que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su área de Igualdad.

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. 

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo labores de atención social a mujeres con necesidades.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades subvencionadas de los recursos mínimos que se requieren para la realización de programas educativos/formativos y asistenciales que tienen como destinatarias beneficiarias a mujeres con necesidades de integración social facilitando su formación y consecuentemente su empleabilidad.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 65.000 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 

 

-       14/23101/48900 SUBVENCIONES AREA DE LA MUJER, 

-       14/32000/48900 SUBVENCIONES ENTIDADES ENSEÑANZA  

-       14/33416/48900 PROYECTO MODA ETICA MUJERES VICTIMAS VIOLENCIA DE GÉNERO.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Igualdad.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.             Subvención directa a cada entidad que realiza la actividad descrita anteriormente.

b.             Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia.

c.             Mecanismo de aplicación: Subvención directa a cada entidad por cuantía precisa para la realización de la actividad formativa con posible inclusión de subvención nominativa en los presupuestos de esta Administración.

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación justificativa.

BOME-PX-2020-123 Descargar página

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas. El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados y el impacto de las líneas de subvención gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 14.ª

“SUBVENCIONES ACTIVIDADES CULTURALES PARA MUJERES”

 

Objetivo Estratégico: Promover aquellas actividades culturales que vienen a dignificar el papel de la mujer en la sociedad  resaltando su valía. Actividades estas subvencionadas que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su área de Igualdad.

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. 

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas particulares que llevan a cabo labores artísticas culturales.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Premiar a personas particulares que participen en los oportunos certámenes convocados por la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, y que con sus trabajos dignifican el papel de la mujer en la sociedad.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas premiadas.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 23.000 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/23101/48900  SUBVENCIONES AREA DE LA MUJER.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.             Premios y accésit a participantes en “Premio Internacional de Relato Corto Encarna León” (8.000 €), en Concurso de Arte “Melilla es Mujer” (5.000€), en certamen mujer periodístico “Carmen Goes” (5.000 €) y Premio certamen igualdad “Clara Campo Amor” (5.000 €).

b.             Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia con motivo de conmemoración del Día Internacional de la Mujer y del Día Mundial contra la violencia de género.

c.             Mecanismo de aplicación: Premios otorgados según fallo de jurados constituidos al efecto tras la oportuna convocatoria de concurrencia competitiva.

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

 

-       Seguimiento: Control de gastos con la pertinente acta del fallo del jurado justificativa.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas. El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de las líneas de subvención gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 15.ª

“PROGRAMA DE VIAJES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE PARA MUJERES CON HIJO A CARGO FAMILIAS MONOPARENTALES”

 

Objetivo Estratégico: Favorecer la integración y calidad de vida de las mujeres que se encuentran en situación de precariedad económica y social.

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Residentes en la Ciudad de Melilla mujeres de colectivos sociales desfavorecidos con hijos a cargo que constituyen familias monoparentales.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Proporcionar al colectivo beneficiario la posibilidad de participar en actividades que les permitan el desarrollo de sus habilidades sociales y, por consiguiente, aumentar su autoestima. 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 30.000 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/23101/22699 AREA DE LA MUJER

             APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.             Convocatoria para la selección mediante concurrencia competitiva de los beneficiarios

b.             Fechas de Concesión: Primer semestre del año.

 

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

BOME-PX-2020-124 Descargar página

-       Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la actividad.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas. La empresa adjudicataria del programa vacacional realizará un estudio evaluativo del evento, emitiendo informe de incidencias ocurridas durante el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 16.ª

ASOCIACIONES DE PERSONAS LESBIANAS, GAYS, TRANSEXUALES Y BISEXUALES

 

Objetivo estratégico: Facilitar medios a las asociaciones y entidades de personas lesbianas, gays, transexuales y bisexuales,  y con ello facilitar su   funcionamiento y el desarrollo de las actividades que lleven a cabo como la conmemoración del Día del Orgullo. (Asociación Amlega Melilla)

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad. 

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de personas lesbianas, gays, transexuales y bisexuales.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar a las asociaciones de personas lesbianas, gays, transexuales y bisexuales la dotación para su funcionamiento y el desarrollo de las actividades que le son propias como la conmemoración del Día del Orgullo. 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y  a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 12.000 €.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/92409/48902

             APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No constan.

             PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

1.             Concesión de una subvención directa nominativa a  Asociación Amlega Melilla  por importe variable en atención a número de asociados y actividades.

2.             Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

3.             Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención  directa en los presupuestos de esta Administración.

 

              Seguimiento y evaluación: 

 

-       Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 17.ª

ATENCIÓN A PETICIONES SUSCEPTIBLES DE SUBVENCIÓN DIRECTA

 

Objetivo estratégico: Atender peticiones de ayuda susceptibles de subvención mediante concesión directa por la concurrencia de circunstancias excepcionales de impiden o dificultan la convocatoria pública o bien mediante su inclusión nominalmente en los presupuestos anuales que correspondan  de esta Ciudad Autónoma de Melilla.

 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad. 

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas o entidades que desarrollen actividades de interés general concernientes al ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad. Áreas competenciales de la Dirección General de Educación e Igualdad.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer e incentivar actividades de interés general. 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

              COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:  50.000 € o superior.

              APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 

 

-       14/32000/48900 SUBVENCIONES ENTIDADES ENSEÑANZAS

-       14/23101/48900 SUBVENCIONES AREA DE LA MUJER o  la que corresponda nominativamente.

 

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No constan.

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a.             Concesión directa

b.             Fechas de Concesión: No determinada

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              Seguimiento y evaluación: 

 

-       Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la actividad.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas.

 

ANEXO

 

(*) Las subvenciones sombreadas en gris no han sido desarrolladas por las Consejerías competentes en sus respectivos planes individuales con el contenido mínimo contemplado en citado artículo 12 del Real Decreto 887/2006. Dichas subvenciones requerirán, para su tramitación, la previa actualización del plan incluyendo dicha información, siguiendo el procedimiento del artículo 14 del presente plan.

 

Con respecto al órgano gestor y la organización competencial, el desglose de las partidas y aplicaciones presupuestarias del vigente presupuesto del año 2020, es el siguiente:

 

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