ARTÍCULO Nº 14 (CVE: BOME-AX-2020-14) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 11 - viernes, 3 de abril de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 3 de abril de 2020, relativo a aprobación del plan estratégico general de subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2020 - 2022.
El Consejo de
Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día 3 de abril de 2020,
adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO
SÉPTIMO.- APROBACIÓN PLAN
ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO
2020-2022.- El Consejo de Gobierno
acuerda aprobar propuesta de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio, que
literalmente dice:
“
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CAM
PARA EL PERIODO 2020-2022
Extinto el
Plan Estratégico General de Subvenciones de la Ciudad publicado el 25 de
octubre de 2017 (BOME extraordinario nº18) , cuya vigencia se
extendía durante los años 2017 a 2019, se informó a las Direcciones Generales
de todas las Consejerías y sus organismos o entidades dependientes de la
necesidad y obligatoriedad de la elaboración de un nuevo Plan General con
carácter previo al establecimiento de subvenciones (Disposición Adicional Primera Reglamento General de Subvenciones de la
CAM BOME 4224 de 9 de septiembre de 2005), que concrete los objetivos y efectos que se pretenden
con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes
previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al
cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria (Art. 8.1 LGS 38/2003).
Con carácter
básico según la Disposición Final primera de la LGS 38/2003 y configurado como
un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad
de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública (Art.
10.1 del RD 887/2006), cada Consejería y sus organismos adscritos aportaron su
propio plan de actuación o estratégico que abarca las subvenciones tanto de sus
órganos como de sus organismos y demás entes públicos a él vinculados para su
posterior remisión al Consejo de Gobierno, órgano competente para su aprobación
(Art. 16.1.27 del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM, BOME Ext.
n.º 2 de 30 de enero de 2017).
Si bien, la Disposición Adicional Primera del Reglamento
General de Subvenciones de la CAM prevé la posibilidad de que sea cada Consejería y
demás órganos o entidades dependientes de la Ciudad la que elabore su propio
Plan, esta Consejería ha optado en un esfuerzo aunador por la elaboración de un
único documento o plan de ámbito general que permita una mayor coordinación y
eficacia de las distintas actuaciones en materia subvencional o de actividad de
fomento en la Ciudad de Melilla, opción reflejada en el Anteproyecto de
Reglamento General de Subvenciones de la CAM.
Por su parte
y con vigencia por un período de tres años 2020-2022, el presente plan abarca
el establecimiento de todas las subvenciones de previsible ejecución para el
ejercicio presupuestario 2020 en la Ciudad de Melilla con consignación adecuada
y suficiente que habrán de ajustarse al presente plan, salvo supuestos
plurianuales cuyas previsiones estarán condicionadas a la aprobación del
correspondiente presupuesto.
Relacionadas
todas las áreas o Consejerías con sus organismos adscritos y las líneas subvencionales
con su correspondiente importe y partida presupuestaria en el Anexo, las
subvenciones del presente Plan tienen por objeto la promoción y el fomento de
aquellas actividades que contribuyan a satisfacer las necesidades y
aspiraciones de la Ciudad.
De
conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.4 y 6.2 de la Ley 19/2013 de 9
de noviembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno, el Plan Estratégico 2020-2022 será objeto de publicación, entrando en
vigor al día siguiente, en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME), además de en
sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla para su plena validez.
Por todo lo
anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en
proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.
La aprobación
y posterior publicación del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2020-2022, cuyo texto íntegro se
adjunta.
Nombre Anexo |
CSV (link al documento) |
Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2020-2022 |
Melilla 3
de abril de 2020,
El Secretario
Accidental del Consejo de Gobierno,
Antonio
Jesús García Alemany
PLAN
ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA
PARA EL PERIDO 2020-2022
PREÁMBULO
El artículo
8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter básico, por lo que
todos los Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su
correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones.
La
disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
establece que los Planes y programas relativos a políticas públicas que estén
previstas en Normas legales o reglamentarias tendrán la consideración de Planes
estratégicos de Subvenciones y recogerán el contenido previsto en el art. 8.1
de la ley 38/2003.
Con esta
medida, penetran en el área de la actividad administrativa de fomento las
técnicas de planificación estratégica propias del sector privado y que han ido
incorporándose progresivamente como herramientas de programación y gestión en
las dos últimas décadas en el sector público español. Con ello se pretende dar
respuesta a las exigencias constitucionales de una gestión eficiente y eficaz
de los recursos públicos, coherente, por lo tanto, con el resto de herramientas
de programación y planificación presupuestaria o sectorial que se puedan aprobar.
Así, de acuerdo con el artículo 103 de la Constitución, “la Administración
Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con
los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y
coordinación con sometimiento pleno a la ley y al Derecho”, principios ligados
a los expresados en el artículo 31.2 de la propia norma constitucional, en
relación con el gasto público, al que se le exige realizar “una asignación
equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a
los criterios de eficiencia y economía”.
La Ley
General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y
racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es
el de la trasparencia que, junto con la variedad de instrumentos que se
articulan en la ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles
de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
En este
sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar
las Distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de
facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas
Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.
Para
mejorar la eficacia, se prevé en la legislación que se proceda a elaborar un
Plan estratégico de Subvenciones, de carácter anual y con carácter previo al
nacimiento de las subvenciones.
Recogiendo
este imperativo legal, se elabora este documento único que permite establecer la correlación entre los
objetivos misionales de la organización en su conjunto, las prioridades
políticas determinadas a través de los objetivos generales a conseguir y las
actuaciones concretas a desarrollar ordenadas según la estructura funcional de
la Ciudad Autónoma de Melilla.
De acuerdo
con el artículo 11.4 del Reglamento de la LGS, los planes estratégicos
contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por
la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan
estratégico de duración diferente.
Con fecha
25 de octubre de 2017, se publica en el
BOMe extraordinario núm. 18, Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que
se aprueba el Plan estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla, para el periodo 2017- 2019.
Con fecha
19 de diciembre de 2019, se adopta Acuerdo por parte del Consejo de Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe Extraordinario núm. 43, de 19/12/2019) de
atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla,
estableciendo la estructura orgánica que se emplea en el presente plan.
Finalizada,
pues, la vigencia del anterior, se requiere la aprobación de un nuevo Plan
Estratégico para los años 2020- 2022, con vocación de plurianual y con las
revisiones que, en su caso, sean necesario realizar anualmente.
Por ello,
el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla,
de acuerdo con la opción primera que recoge la Disposición Adicional
Primera del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOMe nº 4224, de 09/09/2005) aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2020-2022, cuyo articulado figura a
continuación.
ARTÍCULO 1.
El
establecimiento de subvenciones por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, así
como de sus entes dependientes, durante
el período 2020- 2022, se ajustará a los objetivos estratégicos generales
previstos en el presente Plan, sin perjuicio de las concretas acciones que se
contemplan para el año 2020.
efectos en
ésta, así como las causas que han impedido su inclusión en aquél. Dicha memoria
se integrará en el Plan Estratégico ya aprobado debiendo aprobarse y publicarse
en el Boletín Oficial de la Ciudad
ARTÍCULO 2.
El
establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este plan requerirá
la inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos de la
Ciudad de cada año y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión.
ARTÍCULO 3.
El
establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos
de estabilidad presupuestaria, por lo que consignaciones presupuestarias que se
aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento
a dichos objetivos.
ARTÍCULO 4.
La
aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de
derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir
indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la
práctica en sus propios términos.
No obstante
su carácter programático, carente de rango normativo, o si como resultado de
los informes de seguimiento y los informes emitidos por la Intervención General
o entes gestores, existieran líneas de subvenciones que no alcanzaren el nivel
de consecución de objetivos deseado, o el que resultare adecuado al nivel de
recursos invertidos, podrán ser modificadas, sustituidas por otras más eficaces
y eficientes o, en su caso, eliminadas.
ARTÍCULO 5.
Son
principios generales de este Plan los siguientes:
-
Publicidad
y libre concurrencia mediante convocatoria previa en la que se
garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en
la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión
directa que, de conformidad con lo establecido en la norma aplicable, deberá
contar con la debida consignación presupuestaria previa.
-
Concesión conforme a criterios objetivos previamente establecidos en la convocatoria a
fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por los potenciales
beneficiarios.
-
Eficacia en el
cumplimiento de los objetivos marcados y eficiencia
en la asignación de recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y
cualitativamente.
-
Control y análisis
de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a los principios de
igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas.
Y de forma
específica, verificar de forma constante la pertinencia del Plan Estratégico. A saber:
·
Justificación del Plan en términos sociales
·
Necesidades de la ciudadanía a las que atiende
·
Capacidad financiera
·
Explicación de la competencia municipal en la
materia
·
Estudio de la no aplicación de este línea
subvencional
ARTÍCULO 6.
De acuerdo
con lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento General de Subvenciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005), el órgano que tiene
atribuida la función de desarrollo del mismo y, por tanto, la ejecución del
Plan Estratégico de Subvenciones, será el Consejo de Gobierno.
Por tanto:
–
Los programas de subvenciones quedarán
condicionadas a la existencia de dotación presupuestaria adecuada y suficiente
–
Con carácter previo al otorgamiento de las
subvenciones o concesiones directas (Convenios), deberá efectuarse la
aprobación del gasto en términos previstos en las normas presupuestarias de la
Ciudad Autónoma de Melilla
–
Y finalmente, y de forma previa al otorgamiento de
las subvenciones, deberán aprobarse las normas o bases reguladoras de la
concesión.
parte del
titular de la Consejería en atención a su escasa relevancia económica o social
como instrumento de intervención pública.
CAPÍTULO 2.
CONTENIDO DEL PLAN
ARTÍCULO 7.
De acuerdo
con lo previsto en el art. 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, la concesión de las subvenciones y ayudas previstas en este Plan
para el ejercicio 2020 contiene, para cada caso, la siguiente información:
a) Objetivos estratégicos, que
describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional
durante el periodo de vigencia del plan y que han de estar vinculados con los
objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios.
b) Líneas de subvención en las que se
concreta el plan de actuación. Para cada línea de subvención deberán explicitarse
los siguientes aspectos:
1.º Áreas de competencia afectadas
y sectores hacia los que se dirigen las ayudas.
2.º Objetivos y efectos que se
pretenden con su aplicación.
3.º Plazo necesario para su
consecución.
4.º Costes previsibles para su
realización y fuentes de financiación,
5.º Plan de acción,
c) Régimen de seguimiento y evaluación
continua aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se
establezcan.
ARTÍCULO 8.
Este Plan,
además del presente articulado, se organiza agrupando los planes individuales
de subvenciones aportados por parte de cada Consejería, con contenidos comunes
y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD 887/2006 RLGS,
siguiendo la estructura orgánica de la CAM, es decir:
1. CONSEJERIA DE
DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y MENOR
2. CONSEJERIA
DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO
3. CONSEJERIA
DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
4. CONSEJERIA
DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES, incluyendo:
·
Proyecto Melilla SA (Sociedad Pública Instrumental)
·
Patronato de Turismo (Organismo Autónomo)
5. CONSEJERIA
DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
6. CONSEJERIA
DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD
7. CONSEJERIA
DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Al final
del Plan se enumera como Anexo un listado de subvenciones por órgano gestor,
incluyendo el desglose de las partidas, aplicaciones presupuestarias, importes
estimados y procedimiento de concesión.
ARTÍCULO 9.
Cada uno de
los Anexos ordena las subvenciones previstas presupuestariamente bajo los
siguientes criterios:
-
Ente
concedente La Consejería correspondiente como gestor de la subvención
-
Objeto. Bajo este
criterio se especifica la finalidad para la que se destina la subvención, la
cual será posteriormente objeto de evaluación.
-
Modalidad
de gestión. Criterio que distingue la previsión en cuanto al procedimiento a
aplicar para su concesión, de conformidad con los principios generales y
requisitos establecidos a tal fin del Capítulo Cuarto y Quinto del Reglamento
General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (concurrencia
competitiva, subvención directa, convenio de colaboración)
-
Importe. Referido a la consignación prevista para
cada subvención.
CAPÍTULO
3.- BENEFICIARIOS Y MATERIAS DE
LAS
SUBVENCIONES
ARTÍCULO 10.
La Ciudad
Autónoma de Melilla y sus organismos dependientes concederán subvenciones a
favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de fomentar la
realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover
la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
CAPÍTULO
4.- EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LOS PROGRAMAS
SUBVENCIONADOS.
ANÁLISIS DE RESULTADOS
ARTÍCULO 11.
Para un
mejor análisis de la eficacia de cada subvención, las Dirección Generales de
cada una de estas áreas solicitarán de
los beneficiarios informe motivado sobre el número de acciones desarrolladas,
número de ciudadanos a los que alcanza la subvención y justificación de los
objetivos alcanzados.
ARTÍCULO 12.
En concreto
se deberá detallar para la evaluación lo siguiente:
-
Objeto
-
Entidad beneficiaria y, en su caso, colaboradora -
Importe subvencionado
-
Acciones concretas desarrolladas en el importe de
la subvención
-
Número de ciudadanos a los que ha alcanzado la
acción subvencionada
-
Valoración de la Entidad concedente en cuanto a
adecuación a los objetivos perseguidos al tiempo de su otorgamiento y la
procedencia del mantenimiento o supresión del programa del que trae causa.013
CAPÍTULO 5:
CONTROL FINANCIERO DE LOS PROGRAMAS
SUBVENCIONADOS
ARTÍCULO 13.
El control
financiero de los programas subvencionados está encomendado a la Intervención
General Municipal, que al respecto analizará las fechas reales de pago de los
importes subvencionados con relación a las fechas previstas en cada expediente,
así como los medios de pago utilizados y la correcta justificación de los
extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención de la subvención.
La
Intervención General podrá elaborar los modelos de justificación de
subvenciones que faciliten la fiscalización de las mismas.
CAPÍTULO 6:
PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN
ESTRATÉGICO
DE SUBVENCIONES
ARTÍCULO 14.
Tanto las
modificaciones puntuales como anuales a las que sea necesario someter el
presente plan se tramitarán por la Consejería correspondiente a la que afecte
dicha modificación, elevando propuesta al Consejo de Gobierno, para su
aprobación en virtud del Art. 16.1.27 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la CAM (BOME Ext. n.º 2 de 30 de enero de 2017).
DISPOSICIÓN TRANSITORIA 1ª
Toda
subvención que no esté reflejada en el presente plan con el contenido mínimo
establecido en el artículo 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, requerirá, para su tramitación, la previa actualización del plan
incluyendo dicha información, siguiendo el procedimiento del artículo 14 del
presente plan.
Debido a la
actual crisis provocada por el virus COVID-19 algunas áreas de la Ciudad especialmente
afectadas no han podido remitir en tiempo y forma el contenido mínimo
contemplado en citado artículo 12 del Real Decreto 887/2006 de todas sus
subvenciones. Las subvenciones afectadas por este motivo se encuentran
sombreadas en el Anexo final del presente plan, y serán objeto de posterior
actualización, siguiendo el procedimiento del artículo 14 del presente plan.
Aportados
los planes individuales por cada Consejería que integran el Plan General, con
contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD
887/2006 RLGS, se relacionan los que siguen:
1.-
CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y MENOR
A. ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1ª:
Objetivo
estratégico: Facilitar medios a las entidades representativas de las distintas
religiones y culturas presentes en la Ciudad para su funcionamiento interno,
realización de actividades y/o mantenimientos de instalaciones, fomentando las
actuaciones relativas a la diversidad cultural de la población de la Ciudad de
Melilla
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor. Dirección General de
Atención y Participación Ciudadana
·
CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades
representativas de las distintas religiones y culturas presentes en la Ciudad:
Comunidad Israelita, Comunidad Hindú, Asociaciones islámicas, etc…
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar
a las entidades representativas de las distintas religiones y culturas
presentes de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades, fortaleciendo y estimulando los valores de la pluriculturalidad de
la población melillense.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020:
o Comunidad
Israelita: 120.000 Euros.
o Comunidad
Hindú: 20.000,00 Euros
o Comisión
Islámica de Melilla: 180.000,00 Euros
o Asociación
Amas de Casa: 12.000,00 Euros •
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
a. Comunidad
Israelita (01 92406 48902)
b. Comunidad
Hindú (01 92407 48900)
c. Comisión
Islámica de Melilla (01 92400 48900)
d. Asociación
Amas de Casa (01 23200 48900)
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé para las
actividades concretas subvencionadas.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Concesión de subvenciones directas nominativa a
cada una de las entidades representativas de las distintas religiones y
culturas, por los importes reseñados.
b.
Fechas de concesión previstas: Desde Enero a
Diciembre.
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención
directa nominativa en los presupuestos.
d.
Mecanismo de aplicación: Ley General de
Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de
los correspondientes Convenios de Colaboración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo.
Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades,
etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2ª
Objetivo
estratégico: Contribuir a la integración de los inmigrantes, facilitándoles el
acceso las nuevas tecnologías, formarles en el manejo de internet, facilitarles
la búsqueda de empleo on-line, y el contacto con instituciones y familiares y
amigos, a través del programa denominado Ciberespacio
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor. Dirección General de
Atención y Participación Ciudadana
·
CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión
Administrativa.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Cáritas
Interparroquial para atención de Inmigrantes.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Una
mayor integración de las personas
inmigrantes en Melilla
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 3ª
Objetivo
estratégico: Atender peticiones de ayuda susceptibles de subvención mediante
concesión directa por la concurrencia de circunstancias excepcionales de
impiden o dificultan la convocatoria pública o bien mediante su inclusión
nominalmente en los presupuestos anuales que correspondan de esta Ciudad
Autónoma de Melilla.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor.
·
CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas o
entidades que desarrollen actividades de interés general, concernientes al
ámbito de actuación de la Consejería de Distritos, Juventud, Participación
Ciudadana, Familia y Menor.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Favorecer e incentivar actividades de interés general en el ámbito de la
Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y
Menor.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la
temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la
existencia de las personas beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 25.000,00€.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 01 92401 48900 •
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No constan. •
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Convocatoria pública anual de subvenciones mediante
adjudicación directa.
b.
Fechas de concesión previstas: Desde Enero a
Diciembre.
c.
Mecanismo de aplicación: Ley General de
Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de
los correspondientes Convenios de Colaboración.
·
Seguimiento y evaluación:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo.
Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades,
etc...
B. JUVENTUD Y MAYOR
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1ª
Objetivo
estratégico: Facilitar medios a las Asociaciones Vecinales de Melilla,
legalmente establecidas, con el fin de
posibilitar su funcionamiento interno,
realización de actividades y/o mantenimientos de instalaciones,
fomentando las actuaciones relativas a la diversidad cultural de la población
de la Ciudad de Melilla y el desarrollo de las actividades que le son propias
como Asociación de Vecinos y que complementan la actividad de la Consejería de
Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos,
Juventud, Participación
·
Ciudadana, Familia y Menor. Viceconsejería del
Mayor
·
CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión
Administrativa.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de
Vecinos de Melilla debidamente inscritas en el Registro de éstas existente en
la Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor
y que estén legalmente constituidas como Asociación de Vecinos.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar
a las Asociaciones Vecinales, legalmente establecidas, como entidades de
participación ciudadana que son, de los medios mínimos que garanticen el desarrollo
de las actividades que le son propias y que complementan a las de la Consejería
de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende el
fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades
subvencionadas
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 285.000,00€
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 01 92403 48900
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Eventualmente es posible
que las Asociaciones de Vecinos perciban subvenciones de la CAM orientadas a su
participación en celebraciones y eventos culturales. Dichas subvenciones no
deben coincidir en aquellas actividades y contenido de la subvención que otorga
esta Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y
Menor.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a. Convocatoria
pública anual de subvenciones mediante concurrencia competitiva.
b. Fechas de
concesión previstas: Desde Enero a Diciembre.
c. Mecanismo
de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones
de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.
·
Seguimiento y evaluación:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo.
Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades,
etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2ª
Objetivo
estratégico: Facilitar medios a las Asociaciones de personas Mayores de
Melilla, así como a aquellas entidades tales como clubes cuyos miembros pertenecen
a este colectivo ciudadano, para posibilitar su funcionamiento interno y el
desarrollo de las actividades que le son propias que coadyuvan y complementan
la actividad de la Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana,
Familia y Menor.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor. Viceconsejería del Mayor
·
CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión
Administrativa.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Asociaciones/Entidades de personas Mayores, o que trabajen con este
colectivo, existentes en la Ciudad de
Melilla, legalmente inscritas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar
a las Asociaciones/Entidades de personas mayores o que trabajen con mayores,
legalmente establecidas, de los medios
mínimos que garanticen el desarrollo delas actividades que le son propias y que
complementan a las de la Consejería de Distritos, Juventud, Participación
Ciudadana, Familia y Menor. Viceconsejería del Mayor.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende el
fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades
subvencionadas
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 285.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 01 92403 48900
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a. Convocatoria
pública anual de subvenciones mediante concurrencia competitiva.
b. Fechas de
concesión previstas: Desde Enero a Diciembre.
c. Mecanismo
de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones
de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de
Colaboración.
·
Seguimiento y evaluación:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a
cabo.
-
Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes
en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 3ª
Objetivo
estratégico: Atender peticiones de ayuda, en el área de Juventud, susceptibles
de subvención mediante concesión directa por la concurrencia de circunstancias
excepcionales de impiden o dificultan la convocatoria pública o bien mediante
su inclusión nominalmente en los presupuestos anuales que correspondan de esta
Ciudad Autónoma de Melilla.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor. Dirección General de
Juventud y Mayor
·
CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas o
entidades que desarrollen actividades de interés general en el área de
Juventud, concernientes al ámbito de actuación de la Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Favorecer e incentivar actividades de interés general en el ámbito de la
Juventud
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la
temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la
existencia de las personas beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 38.000,00€.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 01 33440 48900
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No constan.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a. Convocatoria
pública anual de subvenciones mediante adjudicación directa.
b. Fechas de
concesión previstas: Desde Enero a Diciembre.
c. Mecanismo
de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones
de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de
Colaboración.
• Seguimiento y evaluación:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a
cabo.
-
Grado de cumplimiento de objetivos, Número de
participantes en las actividades, etc...
C. MENOR Y FAMILIA
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1ª
Objetivo
estratégico: Ofrecer atención individualizada a menores en situación de riesgo
y/o desamparo que permitan la progresiva normalización y reinserción de las
menores con problemas sociofamiliares.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos, Juventud,
Participación
·
Ciudadana, Familia y Menor. Viceconsejería del
Menor
·
CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión
Administrativa.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Se adjunta en
documento anexo
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos. Realizar la
oportuna valoración y propuesta de intervención de forma temporalizada e
individualizada. La intervención especializada y profesionalizada se
desarrollará en régimen abierto, con posibilidad de realizar actividades en el
exterior del Centro de Acogida, en cuyo caso se procurará la utilización de
recursos normalizados, de cara a la inserción sociolaboral de las adolescentes.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende el
fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades
subvencionadas
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: Se adjunta en
documento anexo
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Se adjunta en documento
anexo
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2ª
Objetivo
estratégico: Ofrecer a los menores a través de la línea telefónica de ayuda a
la infancia, ayuda psicológica, informar
sobre recursos sociales, resolver dudas de carácter jurídico, derivar a los
recursos más adecuados y realizar
intervenciones en aquellos casos que lo requieran.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Distritos,
Juventud, Participación
·
Ciudadana, Familia y Menor. Viceconsejería del
Menor •
·
CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión
Administrativa.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Se adjunta en
documento anexo
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Atención especializada de las llamadas telefónicas recibidas en la línea de
ayudad a la infancia que procedan de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Coordinación con organismos, entidades o agentes sociales que trabajen en el
ámbito de la infancia y la adolescencia dentro del ámbito territorial de la
Ciudad. Seguimiento de los casos detectados y derivados a la Dirección General
del Menor y la Familia. Elaboración de un informe anual sobre la situación de
la Infancia y Adolescencia en la Ciudad Autónoma de Melilla, de acuerdo con la
información recogida como consecuencia de la prestación del servicio.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende el
fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades
subvencionadas
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: Se adjunta en
documento anexo
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Se adjunta en documento
anexo •
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 3ª
Objetivo
estratégico: Ejecutar medidas alternativas al internamiento de menores en
régimen abierto a través de un Centro de Día.
·
Área de competencia: Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana,
·
Familia y Menor. Viceconsejería del Menor
·
Centro gestor: Negociado de Gestión
Administrativa.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Se adjunta en
documento anexo
·
Objetivos y efectos que se pretenden obtener:
Detectar menores y adolescentes con problemática de marginación. Potenciar
cambios de actitud, hábitos y valores básicos que rigen la vida y la
convivencia humana y obrar de acuerdo con ellos. Facilitar a los menores y
adolescentes habilidades y recursos. Ser responsables de sus acciones. Elegir y
autodirigirse inteligentemente. Cooperar eficazmente con los demás en las
diversas actividades. Tener iniciativas propias para la acción. Aprender
críticamente con la capacidad de evaluar las aportaciones de los demás.
Fomentar la participación en su contexto social. Facilitar recursos y
alternativas de ocio y tiempo libre. Ejecución de las medidas judiciales acordadas con menores
y adolescentes de asistencia a un recurso válido a aplicar en los programas de
libertad vigilada y tareas socioeducativas.
·
Plazo necesario para su consecución: Se pretende el
fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades
subvencionadas
·
Costes previsibles, ejercicio 2020: Se adjunta en
documento anexo
·
Aplicación Presupuestaria: Se adjunta en documento
anexo
·
Aportación de otros entes: No consta
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 4ª
Objetivo estratégico:
Desarrollar actuaciones de integración de menores acogidos o en situación de
riesgo de exclusión social para
contribuir a mejorar su integración social y a mejorar su adaptación al entorno
educativo.
·
Área de competencia: Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana,
·
Familia y Menor. Viceconsejería del Menor
·
Centro gestor: Negociado de Gestión
Administrativa.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Se adjunta en
documento anexo
·
Objetivos y efectos que se pretenden obtener:
Cubrir las necesidades básicas de alimentación, higiene y atención sanitaria de
los menores que formen parte de las actividades. Potenciar las relaciones
interpersonales. Ofrecer espacios de ocio y diversión a los menores. Enseñar a
los menores los diferentes tipos de ocio que existen en la ciudad. Fomentar la
participación de los menores en las actividades que se realizan. Potenciar la
autoestima, aptitudes y valores del menor como persona
·
Plazo necesario para su consecución: Se pretende el
fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades
subvencionadas
·
Costes previsibles, ejercicio 2020: Se adjunta en
documento anexo
·
Aplicación Presupuestaria: Se adjunta en documento
anexo
·
Aportación de otros entes: No consta
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 5ª
Objetivo
estratégico: Desarrollar actuaciones de
investigación, intervención e integración de menores acogidos o en situación
de riesgo de exclusión social para
contribuir a mejorar su integración social y a mejorar su adaptación al entorno
educativo.
·
Área de competencia: Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor. Viceconsejería del Menor
·
Centro gestor: Negociado de Gestión
Administrativa.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Centros que
trabajen en el ámbito del menor y la familia
·
Objetivos y efectos que se pretenden obtener:
Potenciar las relaciones interpersonales. Ofrecer espacios de ocio y diversión
a los menores. Enseñar a los menores los diferentes tipos de ocio que existen
en la ciudad. Fomentar la participación de los menores en las actividades que
se realizan. Potenciar la autoestima, aptitudes y valores del menor como persona
·
Plazo necesario para su consecución: Se pretende el
fomento de su funcionamiento y mantenimiento con carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades
subvencionadas
·
Costes previsibles, ejercicio 2020: Se adjunta en
documento anexo
·
Aplicación Presupuestaria: Se adjunta en documento
anexo
·
Aportación de otros entes: No consta
2.- CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO.
A. EMPLEO Y COMERCIO
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS
1) Desarrollo económico y social.
2) Desarrollar planes o programas para
la formación, la inserción laboral o el fomento del empleo estable y de calidad.
Colaboración con la Administración del Estado en las políticas activas de
empleo.
3) Fomento de la atención e integración
socio-laboral de colectivos en riesgo de exclusión (jóvenes, discapacitados,
entre otros). Mejorar la empleabilidad
de colectivos especialmente afectados
por el desempleo. Fomento del empleo y mejorar la cualificación de los
demandantes de empleo.
4) Colaborar con la Administración del
Estado, otras Administraciones y entes
con finalidad de interés público en las actuaciones de políticas activas de
empleo y formación, y fomento del desarrollo económico y social.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1ª
Objetivo
estratégico: Fomento de la atención e integración socio-laboral de colectivos
en riesgo de exclusión.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Elaboración de planes
integrales. Desarrollo de planes o programas para la inserción laboral o el
fomento del empleo estable y de calidad, que combinen diversas actuaciones de
diferente naturaleza como: información, orientación y asesoramiento; formación;
práctica laboral, autoempleo, estudios, investigación de la evolución del empleo
y del funcionamiento del mercado de trabajo, acciones experimentales o
innovadoras orientadas al fomento del empleo o de la formación, acciones de
difusión sobre el mercado de trabajo, y cualesquiera otras acciones similares a
las anteriores orientadas al fomento del empleo y de la formación, con
preferencia de aquellas acciones integrales dirigidas a discapacitados.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo
y Comercio.
Dirección General de Empleo y Comercio.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Empleo y
Comercio.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Son destinatarios preferentes, y en el orden
de prelación que se señala, los siguientes:
a) Personas
con discapacidad, de forma prioritaria.
b) Los
jóvenes desempleados menores de 30 años.
c) Mujeres
con problemas de integración laboral, con preferencia a las víctimas de la
violencia de género.
d) Personas
desempleadas en riesgo de exclusión social.
e) Parados
mayores de 45 años.
f) Titulados
universitarios medios o superiores que buscan su primer empleo.
- Podrán ser entidades
beneficiarias aquellas Instituciones o Asociaciones de todo tipo que sean sin
ánimo de lucro, siempre que acrediten experiencia en la realización de acciones
que vayan dirigidas a la inserción laboral de personas desempleadas por cuenta
ajena o propia.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER.
Mejorar la empleabilidad de colectivos
especialmente afectados por el desempleo, con preferencia a los discapacitados
y jóvenes. El objetivo último es lograr una auténtica integración de los
colectivos en riesgo, a través del empleo y la formación, elaborando
itinerarios especializados de inserción.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION. Se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020. 200.000 euros.
·
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA. Subvención en materia de empleo y formación.
03/24102/48000
·
APORTACION DE OTROS ENTES. No se prevé.
·
PLAN DE ACCION.
Se prevén los siguientes
a. - Convocatoria anual de
subvenciones para la realización de proyectos de interés general en materia de
empleo. Plurianual. Posibilidad de varias convocatorias al año, y limitación
por colectivos u objeto.
b.- Fechas de concesión: Previsión: último
trimestre del año.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm.
26 extraord. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de
la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACION.
-
Seguimiento: Presentación de memoria anual de
finalización del proyecto aprobado.
-
Evaluación: Elaboración por la entidad gestora de
un Informe o Memoria final de las actividades
o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada
de la ejecución del programa o proyecto, colectivos atendidos, identificación de
las personas atendidas, observaciones, entre otros datos de interés.
Con
carácter general, al objeto de que se permita conocer el estado de la situación
y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los objetivos, se tendrán en
cuenta los siguientes indicadores cuantificables:
-
Número de asociaciones y/o entidades participantes.
-
.Número de beneficiarios finales atendidos,
desagregado por sexo, formación, edad, discapacidad, en su caso.
-
.Grado de cumplimiento económico.
-
.Número de inserciones laborales. Desagregado por
tipología contractual.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2ª
Objetivo
estratégico: Colaborar con la Administración General del Estado y otras
Instituciones Públicas en la ejecución
de Planes de Empleo.
· AREA DE
COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
· CENTRO
GESTOR: Dirección General de Empleo y Comercio.
· SECTOR AL
QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Desempleados, dentro de alguno de los colectivos con
dificultades de inserción laboral, para la realización de obras y servicios de
interés general y social.
· OBJETIVOS Y
EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER. La colaboración entre la Administración del
Estado y la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante la puesta en común de medios
personales y materiales para la correcta ejecución de los proyectos ya
contemplados en el marco de los Planes de Empleo gestionados por la
Administración del Estado.
A estos
efectos, la Ciudad Autónoma de Melilla se comprometería a aportar los medios
económicos para ayudar al desarrollo de los programas objeto de colaboración,
tales como la indumentaria, herramienta de trabajo u otros de análoga
naturaleza, como: herramientas, transportes de útiles de limpieza y jardinería;
así como, contenedores, material didáctico, gastos generales de mantenimiento y
funcionamiento para la ejecución de los distintos planes, arrendamiento de
vehículos para transporte de personal como de material, arrendamiento de bienes
y servicios informáticos o similares; siempre teniendo en cuenta que no podrán
adquirirse con la aportación de este convenio otros bienes de carácter
inventariable.
Con estos proyectos se pretende la
realización de obras o servicios de interés general o social, dando una
oportunidad de ingreso en el mercado laboral a los trabajadores desempleados,
con especial dificultad de inserción en el mismo, sin perder así el contacto
con el mercado laboral, y favoreciendo la prestación de servicios sociales y
medioambientales que redunden en beneficio de la sociedad.
· PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCION. Anual o el que se determine, vinculado a la duración de los convenios
interadministrativos.
· COSTES
PREVISIBLES, EJERCICIO 2020. 100.000 euros.
· APLICACIÓN PRESUPUESTARIA.
02/24102/42000.
· APORTACION
DE OTROS ENTES. Administración del
Estado. •
· PLAN DE
ACCION. Se prevén los siguientes:
a.-Fechas: A lo largo del
ejercicio según convocatoria estatal de Planes de Empleo y del ámbito temporal
de aplicación del convenio de colaboración interadministrativo.
b.- Mecanismos de actuación:
Convenio de Colaboración entre la AGE y la Ciudad.
c.- Marco normativo: “Convenio de
Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Ciudad de
Melilla por el que se desarrolla el acuerdo para la participación en funciones
y servicios correspondientes a las políticas activas de empleo “(BOE núm. 248
de 14 de octubre de 2008). La Ley
27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la
administración Local, en su Disposición Adicional Cuarta.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.
-
Seguimiento: Presentación de memoria de la
actuación y justificantes de éstos. Posible constitución de una Comisión de
Seguimiento del Convenio.
-
Evaluación: Elaboración por la entidad gestora de
un Informe o Memoria final de las
actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una
descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, colectivos
atendidos, identificación de las personas atendidas, observaciones, entre
otros datos de interés.
B. IMPORTACIÓN Y GRAVÁMENES COMPLEMENTARIOS
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS
Actuaciones
tendentes al desarrollo un Convenio de Colaboración con el Colegio de Agentes
y comisionistas de Aduanas de Melilla
para la Agilizar el tráfico de mercancías, tramitación más racional en la
presentación de documentación y cobro del Impuesto sobre la Producción e Importación
(IPSI).
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1ª
Objetivo
estratégico: Agilizar el tráfico de mercancías, tramitación más racional en la
presentación de documentación y cobro del Impuesto sobre la Producción e
Importación (IPSI).
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Desarrollo un Convenio de
Colaboración con el Colegio de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo
y Comercio. Dirección General de Importación y Gravámenes Complementarios.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de importación y Gravámenes
Complementarios.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Agentes y Comisionistas
de Aduanas de Melilla. - .
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER.
Agilizar el tráfico de mercancías y lograr una tramitación más racional en la
presentación de documentación y cobro del Impuesto sobre la Producción e
Importación (IPSI).
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION. Se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020. 525.000 euros.
·
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA. 02/93200/48900
·
APORTACION DE OTROS ENTES. No se prevé.
3.- CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
A. PRESIDENCIA Y UNIVERSIDADES
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS
1. Facilitar medios a las entidades
representativas para el mantenimiento y promoción de actividades de las Casas
de Melilla pertenecientes a la Federación Nacional De Casas de Melilla.
2. Facilitar y mejorar la enseñanza de
los melillenses, mejorando la oferta universitaria, así como el fomento de la
actividad universitaria.
3. Favorecer la especialización de los
alumnos universitarios mediante la implantación de Masters Universitarios y
seminarios de especialización.
4. Facilitar el acceso de los
inmigrantes a las tecnologías informáticas propiciando su integración.
5. Potenciar y favorecer actuaciones,
programas y proyectos dirigidos a la cooperación para el desarrollo.
6. Apoyo a proyectos e iniciativas
dentro del ámbito formativo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1ª:
Objetivo
estratégico: Facilitar medios a las entidades representativas de las distintas
religiones y culturas presentes en la Ciudad para su funcionamiento interno,
realización de actividades y/o mantenimientos de instalaciones, fomentando las
actuaciones relativas a la diversidad cultural de la población de la Ciudad de
Melilla.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia y
Administración Pública
·
CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de
Vecinos y las Asociaciones de Mayores de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020:
▪ Subvención
Casas De Melilla: 150.000,00Euros.
▪ Federación
Nacional Casas de Melilla: 8.000 Euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
▪ Subvención
Casas De Melilla (03 92408 48900)
▪ Federación
Nacional Casas de Melilla (03 92408 48901)
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé para las actividades concretas
subvencionadas.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a. Concesión
de subvenciones directas nominativa a cada una de las entidades
representativas, por los importes reseñados.
b. Fechas de
concesión previstas: Desde enero a junio.
c. Mecanismos
de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.
d. Mecanismo
de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones
de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.
· SEGUIMIENTO
Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y
justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo.
Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades,
etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2ª:
Objetivo
estratégico: Facilitar y mejorar la enseñanza de los melillenses, así como el
fomento de la actividad universitaria.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia y
Administración Pública.
·
Dirección General de Presidencia y Universidades
·
CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de
Granada. La Ciudad sufragará los gastos de personal docente acordados con la
Universidad de Granada que se ocasionen por la implantación de las nuevas
Titulaciones y Master universitarios universitarias. Asimismo, se fomentará el
desarrollo de actividades en el Campus de la Universidad de Granada en Melilla,
así como su difusión fuera de la Ciudad.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Favorecer el acceso a la enseñanza universitaria y su especialización mediante
la implantación de Titulaciones Universitarias y Master universitario.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo
establecido es de cinco años (para la ampliación de la oferta universitaria),
que podrá ampliarse previo acuerdo expreso entre la CAM y la UGR. En el caso
del fomento de las actividades universitarias de las tres facultades del campus
de Melilla se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020:
·
Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la
Educación: 15.000,00 Euros
·
Convenio UGR- Grado en Enfermería: 950.243,68
Euros.
·
Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias ACT Física:
1.191.872,77.Euros
·
Convenio UGR- ADE+Derecho: 983.921,77 Euros
·
Convenio UGR- Grado Fisioterapia: 605.710,53 Euros
·
Convenio UGR- Máster Abogacía: 15.148,00 Euros.
·
Convenio UGR- Fomento de la Actividad
Universitaria: 90.000,00 Euros
·
Convenio UGR- Seminario Prof. “José Sainz Cantero”:
10.000,00 Euros
·
Convenio UGR- Máster Gestión y Tecnologías de
procesos de negocios: 17.600,00 Euros
·
Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y
RRHH: 15.000,00 Euros
·
Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de
Vela: 10.000,00 Euros
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la
Educación (03 32412 42300)
·
Convenio UGR- Grado en Enfermería (03 32402 42300)
·
Convenio UGR-
Grado Ed. Primaria y Ciencias
Actv. Física: (03 32403 42300)
·
Convenio UGR- ADE+Derecho (03 32404 42300)
·
Convenio UGR- Grado Fisioterapia (03 33405 42300)
·
Convenio UGR- Máster Abogacía (03 32406 42300)
·
Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria
(03 32407 42300)
·
Convenio
UGR- Seminario Prof.
“José Sainz Cantero (03 32408 42300)
·
Convenio UGR- Máster Gestión y Tec. de procesos de
negocios (03 32409 42300)
·
Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y
RRHH (03 32410 42300)
·
Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de
Vela (03 32411 42300)
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé para las actividades
concretas subvencionadas.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
Concesión de subvenciones directas nominativas a la
Universidad de Granada para el desarrollo de cada una de las Titulaciones,
Seminarios y Masters Universitarios por los importes reseñados.
o
Fechas de concesión previstas: Desde Enero a Junio.
o Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los
presupuestos.
o
Mecanismo de aplicación: Ley General de
Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de
los correspondientes Convenios de Colaboración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y
justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo.
Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades,
etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3ª:
Objetivo estratégico:
Contribuir a fomentar una cultura de la solidaridad en nuestra ciudad, mediante
la cooperación y la educación para el desarrollo.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia y
Administración Pública.
·
Dirección General de Presidencia y Universidades
·
CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Voluntarios de la
Asociación y todos aquellos que estén interesados
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Llevar a cabo programas y acciones de cooperación al desarrollo y solidaridad
que conlleven una implicación efectiva de personas, colectivos y entidades de
la ciudad. Acompañar procesos de desarrollo humano. Contribuir a la generación
de procesos de desarrollo en las áreas geográficas establecidas por la Ciudad
Autónoma. Salvar vidas, aliviar el sufrimiento y mantener la dignidad humana
durante y después de las crisis provocadas por el hombre o por desastres
naturales, así como prevenir y reforzar la capacidad de respuesta para cuando
sobrevengan tales situaciones
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020:
A. Ayuda
Cooperación al Desarrollo: 25.000 Euros.
B. Subvención
Nominativa ONG Asociación Intervención
Ayuda y Emergencia: 10.000 Euros
· Aplicación
presupuestaria:
a. Ayuda
Cooperación al Desarrollo (03 92500 48900)
b. Subvención
Nominativa ONG Asociación Intervención Ayuda y Emergencia (03 92501 48900)
• Aportación de otros entes: No se prevé
para las actividades concretas subvencionadas.
• Plan de acción: Se prevén los
siguientes:
a. Concesión
de subvención directa nominativa a ONG Asociación Intervención Ayuda y
Emergencia.
b. Fechas
de concesión previstas: Durante todo el año.
c. Mecanismos
de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos
Generales de la CAM.
d. Mecanismo
de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones
de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración
• Seguimiento y evaluación:
-
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y
justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
-
-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo.
Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades,
etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 4ª:
Objetivo
estratégico: Ayudar a la Entidad, como
Centro Cultural, Deportivo y Social que
es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas y Sociales en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia y
Administración Pública.
·
Dirección General de Presidencia y Universidades
·
CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Centro Cultural,
Deportivo y Social
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020:
o
Subvención Centro de Hijos de Melilla…….15.000 Euros
·
Aplicación presupuestaria: 03/92402/48900
·
Aportación de otros entes: No se prevé para las actividades concretas subvencionadas.
·
Plan de acción: Se prevén los siguientes:
a. Mecanismos
de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.
b. Mecanismo
de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones
de la CAM. Formalización del correspondiente Convenio.
·
Seguimiento y evaluación:
-Seguimiento: Presentación de la
Memoria de anual de actuaciones llevadas
a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
-Evaluación: Número de actividades
llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en
las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 5ª:
Objetivo
estratégico: Colaborar con la Universidad de Granada en las obras de construcción
del Pabellón Polideportivo Campus de Melilla, obra necesaria para los
estudiantes de la Ciudad de Melilla que acceden a estudios Universitarios a
través de la UGR (Universidad de Granada)
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia y
Administración Pública.
·
Dirección General de Presidencia y Universidades
·
CENTRO GESTOR: Negociado de Gestión Administrativa.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Universidad de
granada
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
colaboración e impulso del Pabellón Polideportivo en la UGR
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
·
COSTES
PREVISIBLES, EJERCICIO 2020:
o Convenio
UGR Obra Pabellón Polideportivo Campus Melilla…400.000 €
·
Aplicación presupuestaria: 03/32400/72300 • Plan de
acción: Se prevén los siguientes:
a. Mecanismos
de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.
b. Mecanismo
de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones
de la CAM. Formalización del correspondiente Convenio.
·
Seguimiento y evaluación:
-Seguimiento: Presentación de la
Memoria de anual de actuaciones llevadas
a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
-Evaluación: Grado de cumplimiento
de la obra. Plazo de tramitación y pago.
B. FUNCIÓN PÚBLICA
OBJETIVO
ESTRATÉGICO
Se trata de
ofrecer a la ciudadanía unos servicios públicos de calidad, en constante
consolidación, progresión y modernización en el entorno de la Unión Europea.
OBSERVACIÓN:
Los vigentes VIII del Acuerdo Marco (B0ME ext. Núm. 19, de 29 de diciembre de
2009) y IX Convenio Colectivo de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME ext. núm.
6, de 22 de abril de 2010 y modif. BOME núm. 4.983, de 18 de diciembre de 2013)
actualmente prorrogados, regulan en su
Capítulo IV la materia de formación para el personal de la Ciudad Autónoma de
Melilla contemplan en su artículo 8 la figura de la Comisión Paritaria de
Formación.
La Comisión
Paritaria de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla es un órgano de
composición paritaria, integrada por la administración de la Ciudad Autónoma y
por las organizaciones sindicales con representación en la Ciudad, a la que le
corresponde conforme a lo establecido en el Reglamento de la Comisión de
Formación, aprobado el 7 de julio de 2002 (BOME núm. 3894, de 12 de julio de
2002), entre otras actuaciones, la aprobación de los planes de Formación,
proponer las acciones formativas dentro de su ámbito, objetivos del Plan,
realizar su seguimiento, decidir sobre la aplicación de los fondos propios
destinadas a estas actuaciones y control de los recursos.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1ª
Objetivo
estratégico. Formación a Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
OBJETIVO ESPECÍFICO. Realización de diferentes
acciones formativas dirigidas a Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
·
ÁREA DE COMPETENCIA. Consejería de Presidencia y
Administración Pública (Dirección General de Función Pública).
·
CENTRO GESTOR. Dirección General de Función
Pública.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA. Serán
beneficiarios de estas ayudas las entidades sindicales con representación local
en la Ciudad Autónoma de Melilla (UGT, USTM, CC.OO. y CSI-F).
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER.
Gestión de las acciones formativas que se desarrollen durante el ejercicio 2020
correspondientes al Plan de Formación con Fondos Propios de la Ciudad Autónoma
de Melilla y cuya finalidad es la formación de los Empleados Públicos de la
misma.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. La ejecución
de la actividad que fundamente la subvención deberá efectuarse y abonarse en
todo caso antes del 31 de diciembre de 2020.
·
COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020:
87.541,02 €, distribuido de conformidad con la representación sindical con la
siguiente concreción:
-
UGT................ 35.433,27 €
-
USTM ............ 22.927,41 €
-
CCOO ............ 14.590,17 €
-
CSI-F ............. 14.590,17 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto de la Ciudad
Autónoma de Melilla con partida nominativa de cada entidad sindical con
representación local: **
·
PLAN DE ACCIÓN. Se prevén los siguientes:
a.-
Concesión anual mediante partida nominativa a cada una de las entidades
sindicales con representación local en la Ciudad Autónoma de Melilla.
b.-
Subvención concedida por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionada por la
Dirección General de Administraciones Públicas.
c.- Mecanismo
de aplicación: Ley General de Subvenciones. Reglamento por el que se regula el
régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME nº 4224 de 9 de septiembre de 2005).
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.
-
Seguimiento: Informes y justificaciones aportadas
por el beneficiario, así como cuantas comprobaciones considere oportuno la
Dirección General de Función Pública.
-
Evaluación: Memoria de actuación por cada acción
formativa. Entre los criterios objetivos a evaluar se tendrá en cuenta:
o Los alumnos que se matriculen y los
que finalicen las acciones formativas.
o Costes económicos desglosados en
gastos directos e indirectos.
C. SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS
1) Fomentar acciones que resultan de
utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
2) Favorecer el acceso a la enseñanza
universitaria mediante ayudas para matrículas.
3) Favorecer a las familias con
recursos más limitados mediante ayudas a material escolar, libros y transporte
escolar para estudiantes de ESO.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1ª
Objetivo
estratégico: Facilitar el acceso de los melillenses a estudios universitarios,
estableciendo ayudas para matrículas universitarias. Facilitar medios a los
universitarios melillenses para colaborar en los costes de los estudios
universitarios a través de la financiación de la correspondiente
matrícula.
·
ÁREA DE COMPETENCIA. Consejería de Presidencia y
Administración Pública.
·
Dirección General de la Sociedad de la Información.
·
CENTRO GESTOR. Dirección General de la Sociedad de
la Información.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA. Alumnos
melillenses que cursen sus estudios universitarios o de acceso a la Universidad
para mayores de 25 y 45 años.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER. Favorecer
el acceso a la enseñanza universitaria mediante ayudas para matriculas.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la
temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la
existencia de las personas beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: Becas
Universitarias/Ayudas al Estudio: 500.000,00 Euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Becas
Universitarias/Ayudas al Estudio (03 32000 47000)
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES. No consta. Si bien se
debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras entidades
públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los gastos
totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas subvencionadas.
·
Plan de acción. Se prevén los siguientes:
a. Concesión
de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia.
b. Fechas
de concesión previstas: Durante cada curso académico
c. Mecanismos
de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos
Generales de la CAM.
d. Mecanismo
de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones
de la CAM. Las Bases de la subvención será el Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y la correspondiente Convocatoria
anual.
• Seguimiento y evaluación:
-
Número de solicitudes presentadas
-
Número de beneficiarios finales
-
Plazo y tramitación del pago.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2ª
Objetivo
estratégico: Subvenciones de ayudas al estudio alumnado de educación
secundaria. Facilitar medios a las familias melillenses con hijos/as a cargo
que cursan estudios en algún Instituto de Educación Secundaria de Melilla para
colaborar con ellas en la financiación de los libros, material escolar y transporte
que requieren los estudios de sus hijos e hijas.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia y Administración
Pública.
·
Dirección General de la Sociedad de la Información.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de
la Información.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Alumnado de
Educación Secundaria de la totalidad de Institutos de Educación Secundaria de
Melilla, así como consecuentemente las familias melillenses con hijos e hijas que
cursan dichos estudios.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar
a los alumnos de educación secundaria, ESO, y consecuentemente a las familias
con hijos e hijas que cursan dichos estudios de una ayuda económica para libros
y transporte escolar que garantice la asistencia regular en situación óptima de
todo su alumnado.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la
temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la
existencia de las personas beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020. Ayudas al Estudio de Secundaria: 1.000.000,00
Euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Ayudas al Estudio de
Secundaria (03 32401 47000)
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta. Si bien se
debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras entidades
públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los gastos
totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas subvencionadas.
·
PLAN DE ACCIÓN. Se prevén los siguientes:
a. Subvención
a cada alumno beneficiario de una ayuda para la adquisición de libros de texto
y transportes escolar.
b. Fechas de
concesión previstas: Durante cada curso académico
c. Mecanismos de
actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos
Generales de la CAM.
d. Mecanismo
de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones
de la CAM. Las Bases de la subvención será el Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y la correspondiente Convocatoria
anual.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.
-
Número de solicitudes presentadas
-
Número de beneficiarios finales
-
Plazo y tramitación del pago.
4.- CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS
SOCIALES
A. SERVICIOS SOCIALES
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS
1) Garantizar los recursos económicos
mínimos. Garantizar el acceso a todos los recursos sociales. Mejorar las
condiciones de vida de la población en riesgo de exclusión.
La intervención
correspondiente a este objetivo general reside principalmente en el área de Servicios
Sociales. Esta se encuentra orientada a optimizar el Sistema público de
Servicios Sociales manteniendo y mejorando su equipamiento e infraestructuras y
reforzando sus servicios y prestaciones, creando una red integral de recursos
capaz de hacer frente a las nuevas necesidades emergentes, y las diferentes
situaciones de exclusión social en la ciudad.
Medidas
prioritarias:
1.1.- Optimizar la gestión de la
red de Servicios Sociales
1.2.- Garantizar unos recursos
económicos mínimos mediante medidas asistenciales que reduzcan el riesgo de
pobreza y de exclusión social en hogares y personas
1.3.- Optimización de la gestión
de las prestaciones y mejora de los protocolos de actuación
1.4.- Mejorar el acceso a la salud
de la población en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, así
como de los demás colectivos vulnerables 1.5.- Rehabilitación y mejora de los
espacios urbanos de los barrios y zonas con especiales necesidades de
transformación social
1.6.- Trasladar a los organismos a
los organismos competentes los casos prioritarios para facilitar viviendas a la población en riesgo de
exclusión o perteneciente a colectivos vulnerables
1.7.- Mejorar la calidad de vida
de la tercera edad y otros colectivos vulnerables mediante la mejora de las
condiciones de la acogida residencial y programas complementarias a ésta
1.8.- Fomentar la resiliencia de
las personas pobres y las que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y
reducir su exposición y vulnerabilidad a los fenómenos extremos relacionados
con el clima y otras perturbaciones y desastres económicos, sociales y
ambientales.
2) Fomentar y favorecer el acceso al
empleo de las personas en situación o en riesgo de exclusión social, la
inserción laboral de las personas desempleadas con mayores dificultades de
acceso al mercado laboral y favorecer la igualdad de oportunidades entre
hombres y mujeres
Con este
objetivo se pretende mejorar la situación económica de las familias y facilitar
el acceso al trabajo de las personas en situación de riesgo y exclusión social,
con medidas de discriminación positiva, orientación laboral y formación
ocupacional.
Pero además
será imprescindible favorecer la generación de actividad empresarial, y el
apoyo al empleo por cuenta propia.
Medidas prioritarias:
2.1.- Mejorar la formación para
facilitar el acceso al mercado de trabajo y a la actividad empresarial de la
población en riesgo de exclusión social y de los colectivos vulnerables
2.2.- Mejorar la cualificación
profesional de la población activa y adecuarlas al tejido productivo melillense
2.3.- Ampliar y diversificar los
canales de información dirigida a los potenciales demandantes de los programas
de empleo formación
3) Alcanzar una educación con equidad.
Erradicar el analfabetismo y el absentismo escolar, favoreciendo la
escolarización y la integración escolar.
Aunque la
educación no es una competencia directa de la Ciudad Autónoma de Melilla,
resulta necesario actuar sobre el problema del fracaso escolar y el abandono
educativo temprano de forma concertada con el Ministerio de Educación, Cultura
y Deportes, para reducir las elevadas tasas presentes en la ciudad.
Los niveles
educativos de una población poseen una relación causal directa con los niveles
de ocupación laboral que presenta esa sociedad. A mayores niveles educativos
mayores posibilidades de alcanzar un empleo, de que este sea más estable y de
que exista la posibilidad de una movilidad social y física de los trabajadores.
En relación
con esto último, también resulta necesario elevar el nivel educativo de la
población adulta, combatiendo el analfabetismo y fomentando el aprendizaje
constante a lo largo de la vida.
Medidas
prioritarias:
3.1.- Prevenir y actuar contra el
abandono educativo temprano y el fracaso escolar
3.2.- Elevar el nivel formativo de
la población adulta y el desarrollo del aprendizaje a lo largo de la vida
3.3.- Promover la dotación de
nuevas infraestructuras y equipamientos socioeducativos
4) Apoyar la integración social de los
inmigrantes.
Los
problemas de desarraigo, las prácticas discriminatorias, la exclusión del
mercado de trabajo o las barreras culturales y lingüísticas, son factores de
vulnerabilidad social frecuentes en este colectivo. Además una parte de los
inmigrantes que acude a Melilla se encuentra en situación de irregularidad, lo
que en muchas ocasiones incide negativamente en su inclusión social y en su
integración. El rápido, reciente y elevado crecimiento de la población inmigrante
en la ciudad de Melilla hace necesario la implementación de actuaciones y
medidas que sirvan para prevenir un aumento de la población en exclusión
social.
Medidas
prioritarias:
4.1.- Promover los elementos
socializadores que faciliten la integración social de los inmigrantes
4.2.- Realizar actuaciones de
prevención y atención a los inmigrantes en situación de necesidad
4.3.- Apoyo a mujeres en situación
de especial vulnerabilidad como consecuencia de su situación socio familiar o
su estado físico/psíquico
5) Garantizar la atención a las personas
en situación de dependencia. Desarrollar una atención preferente e integral a
colectivos desfavorecidos y/o en situación de mayor riesgo.
La atención
a las personas en situación de dependencia constituye uno de los ejes de los
planes nacionales de inclusión social. Los colectivos especialmente vulnerables
como los discapacitados y los ancianos se encuentran más expuestos que el resto
de la población a deslizarse hacia la exclusión social. Además de estos
colectivos, según el estudio de pobreza en Melilla de 2009 existe otro que ha
registrado en los últimos años una mayor presencia entre la población en riesgo
de exclusión, el de las mujeres solas con hijos a cargo, de tal modo que podemos
afirmar que existe una feminización de la pobreza.
Medidas
prioritarias:
5.1.- Favorecer el acceso de los
discapacitados a la formación y el empleo, facilitando su desarrollo social en
el espacio público
5.2.- Garantizar la asistencia
integral a las personas mayores y a aquellas que se encuentran en situación de
dependencia, procurándoles un desarrollo normal en su entorno.
5.3.- Proporcionar atención
integral a las personas drogodependientes promoviendo su inserción social y
laboral
5.4.- Favorecer la atención
residencial a aquellas personas en situación de dependencias y o trastorno
mental, demencia, alzheimer etc...
5.5.- Garantizar una asistencia
integral de los menores que se encuentren en situación de exclusión social o en
riesgo de padecerla
5.6.- Favorecer la integración
social y laboral de las personas con discapacidad física o psíquica.
6) Apoyo y Fomento del Tercer Sector
El objetivo
general es apoyar iniciativas, actuaciones y programas que complementen o
suplan a intervención dos servicios sociales municipales dentro de su marco de
competencias al que vayan dirigidos a la comunidad en general o en concreto a
los sectores de población y a los colectivos más desfavorecidos que tengan como
finalidad apoyar a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, que su objetivo
de intervención se centre en los siguientes sectores de población:
-
Personas con discapacidad
-
Inmigrantes.
-
Personas mayores.
-
Otros colectivos con especiales problemáticas
sociales.
-
Personas en riesgo de Exclusión Social
Medidas
prioritarias:
6.1- Promover, dirigir conceder directamente subvenciones de programa de cooperación y o desarrollo.
Que pretenden conseguir objetivos relacionados con:
-
Satisfacción das necesidades básicas da población
(alimentación, vivienda, educación, servicios sociales) así como a implantación
de pequeñas infraestructuras (luz, transporte, agua.).
-
Impulsión y ejecución de acciones de desarrollo
sostenible.
-
Desarrollo de acciones de ayuda humanitaria e de
emergencia.
-
Ejecución de acciones de sensibilización,
información, y educación para el desarrollo
6.2.- Promover proyectos, en
colaboración con el Tercer Sector de Acción Social, destinados a programas
destinados a incrementar la empleabilidad y la social de personas vulnerables
a. Programas
de desarrollo de itinerarios integrados de inserción sociolaboral
individualizados.
b. Programas
destinados a incrementar la inserción social y laboral de colectivos
desfavorecidos, potenciando su capacitación para la participación social y el
empleo y mejorando su calidad de vida.
6.3. Desarrollar, en colaboración
con el Tercer Sector de Acción Social, programas específicos para la formación
y el empleo de las personas gitanas en riesgo de exclusión y, en especial, para
las mujeres gitanas y los jóvenes. 6.4. Poner en marcha programas de inserción
sociolaboral dirigidos a personas reclusas en tercer grado de tratamiento y en
libertad condicional, que contemplen tanto itinerarios personalizados de
inserción como acciones destinadas a la orientación laboral, contando para ello
con el apoyo del Tercer Sector de Acción Social.
6.5. Cooperar con el Tercer Sector de Acción
Social para implementar y diseñar programas formativos que estén destinados
mayoritariamente a mujeres, personas jóvenes, mayores de 45 años, con baja
cualificación o con discapacidad, al objeto de formar profesionales y ofrecer
nuevas oportunidades de empleo.
7) Apoyo y Fomento del
Voluntariado
El Objetivo
General de este Área es incrementar la formación de las personas que trabajan
con el voluntariado y del propio voluntariado, aumentar la participación
ciudadana en el voluntariado e impulsar la modernización, la transparencia y la
sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas.
Medidas
prioritarias:
7.1.- Promoción: Promover la
participación ciudadana en el voluntariado, incrementando el número de personas
voluntarias así como su compromiso estable en el tiempo.
7.2.- Formación: Prestar apoyo
técnico y económico a las iniciativas de formación que se adopten desde y para
el Tercer Sector, a las personas voluntarias que en él colaboran y al resto de
agentes que tiene relación o trabaja con el voluntariado.
7.3.- Gestión: Apoyar la
modernización del Tercer Sector de Acción Social, impulsar la transparencia y la
sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas y contribuir a la dotación de
medios para el desempeño de sus funciones.
8) Promoción de la igualdad y no
Discriminación
El Objetivo
General de este Área es promover la igualdad en todos los ámbitos de la vida en
materia de género, discapacidad, diversidad sexual o dirigida a colectivo en
riesgo de exclusión en Melilla.
Medidas
prioritarias
8.1.- Contribuir a la igualdad de
género, a través de actividades que fomenten la formación y capacitación de las
mujeres en acceso al empleo, su participación y empoderamiento, así como la
corresponsabilidad y la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de
mujeres y hombres, favoreciendo políticas de igualdad de género y no
discriminación.
8.2.- Favorecer el cuidado y
autonomía personal de personas adultas con discapacidad, haciendo especial
hincapié en las necesidades de las mujeres con discapacidad y promover
actividades para facilitar el cuidado y la atención a las personas que
acompañan cotidianamente a personas con discapacidad.
8.3.- Proveer de atención
psicosocial y jurídica al colectivo LGTBI y sensibilizar y concienciar en torno
a los derechos de las personas LGTBI fomentando actitudes de respeto hacia este
colectivo.
9) El Objetivo General de este Área es
promover incrementar la inclusión de personas con discapacidad y facilitar la
participación de estas personas en todos los ámbitos de la sociedad.
Medidas prioritarias
9.1.- Promoción de la accesibilidad del colectivo
de personas con discapacidad a los actos culturales, deportivos,
asistenciales
9.2.-Facilitar el acceso a los
servicios especializados para atender y procurar la recuperación y/o los
servicios de ocio y tiempo libre.
9.3.- Promocionar programas que
presten la atención al colectivo de personas con discapacidad.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
- Seguimiento: Presentación de
memoria de la actuación y justificantes de éstos.
- No se establecen otros criterios
evaluativos dada su escasa cuantía.
El resto de
información sobre las subvenciones de esta área se desglosa en el Anexo.
B. ECONOMÍA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS
1) Desarrollo económico y social.
2) Desarrollar planes o programas para
la inserción laboral, apoyar la iniciativa empresarial, la competitividad y la
innovación así como a los
emprendedores, e incentivar la creación
de empleo estable y de calidad.
Los
objetivos estratégicos que definen las líneas de subvención son los siguientes:
1) Fomento del empleo y mejorar la
cualificación de los demandantes de empleo. Incentivar la formación continua de
desempleados, trabajadores y empresarios, mejorando la empleabilidad de los
jóvenes y mayor adecuación a los puestos que se demandan.
2) Apoyar la iniciativa empresarial y a
los emprendedores. Mejorar la empleabilidad de los jóvenes y apoyo al emprendimiento.
Fomento de la cultura emprendedora.
3) Fomento de la atención e integración
socio-laboral de colectivos en riesgo de exclusión (jóvenes, discapacitados,
entre otros). Mejorar la empleabilidad
de colectivos especialmente afectados
por el desempleo.
4) Colaborar con la Administración del
Estado, otras Administraciones y entes
con finalidad de interés público en las actuaciones de políticas activas de
empleo y formación, y fomento del desarrollo económico y social.
5) Promover la modernización de las
pequeñas y medianas empresas, el fomento del asociacionismo comercial, el
impulso de la innovación, la promoción de la competitividad y el emprendimiento
y la mejora de la cualificación profesional. Desarrollar Planes de Fomento del
comercio o desarrollo de la economía local, de forma integral o por sectores.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1ª
Objetivo
estratégico: Modernización del sector artesano con una mejora de su posición
competitiva, incidiendo en aspectos tales como la gestión, la rentabilidad, la
calidad de los productos artesanos, el aprendizaje de oficios, el desarrollo de
nuevas actividades artesanales y muy
especialmente la conservación y el fomento
de la Artesanía Tradicional y Popular (
Reglamento sobre la Regulación de la Actividad Artesana en la Ciudad
Autónoma de Melilla, publicado en el BOME núm. 3996, de 4 de julio de 2003)
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía y
Políticas Sociales.
·
CENTRO GESTOR: Programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
Dirección
General de Economía, Competitividad e Innovación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estas ayudas van dirigidas a los artesanos
individuales y empresas artesanas, que debidamente inscritas en el Registro
General de Artesanos de la Ciudad
Autónoma de Melilla, desarrollan actividades artesanales que constituyen
una manifestación de la cultura popular.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El
fomento de la creación de nuevas actividades artesanales. El establecimiento de
ayudas a la modernización y a la promoción y de empresas o talleres artesanos y
para la comercialización de productos artesanales mejorando sus condiciones de
rentabilidad, gestión y competitividad en el mercado, velando al mismo tiempo
por la calidad de su producción. La creación de ayudas a proyectos de interés general de fomento de la
Artesanía incluyendo subvenciones para
la realización de cursos de formación.
Ayudas para un cambio de ubicación del centro de trabajo al Centro
Modernista o Melilla la Vieja.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Convocatoria
anual de ayudas mediante pública concurrencia
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 16.000, 00
euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 03/33000/48000
·
APORTACION DE OTROS ENTES: No se prevé.
·
PLAN DE ACCION:
Se prevén los siguientes:
a.- Convocatoria anual de
subvenciones para la realización de proyectos de interés general en materia
promoción de la artesanía.
b.- Fechas de concesión:
Convocatoria a mitad de ejercicio. Previsión concesión: último trimestre del
año.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras, Reglamento
General de Subvenciones de la Ciudad, Reglamento Regulador de la actividad
Artesana en la CAM (BOME núm. 3996, de 4 de julio de 2003) y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de memoria de la actuación
y justificantes de estos.
-
Elaboración por la entidad gestora de un Informe
o Memoria final de las actividades o
proyectos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de
la ejecución del programa o proyecto, identificación de beneficiarios,
observaciones, entre otros datos de
interés. Comparativo con los datos económicos de ejercicios anteriores.
Criterios objetivos a evaluar:
o
Número de solicitudes o Coste económico
o
Datos sobre constitución o modernización de
empresas artesanas
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2ª
Objetivo
estratégico: Colaborar con la Universidad de Granada en Melilla en el
desarrollo de actuaciones tales como la Olimpiada de Economía, promoción del
emprendimiento entre los jóvenes, concurso emprendedores y cultura empresarial.
Incide en los objetivos estratégicos de promoción turística.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía y
Políticas Sociales.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Economía,
Competitividad e Innovación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de
Granada. Facultad de Ciencias Sociales, Campus de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Fomento del Turismo así como incentivar y estimular el estudio de la economía y
de la empresa en los jóvenes; divulgar los estudios de la economía; premiar el
esfuerzo y la excelencia académica.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Anual.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: No determinado. Inferior a 15.000 euros
todas las actuaciones.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 05/43100/22706. 05/
43100/ 48000
·
APORTACION DE OTROS ENTES: Colaboración con la UGR.
·
PLAN DE ACCION:
Se prevén los siguientes:
a.-
Concesión de una subvención directa a la Universidad de Granada, en el marco de
un Convenio de Colaboración interadministrativo o colaboración mutua. Ejecución
conjunta de actuaciones de interés.
b.- Fechas
de concesión: anual.
c.-
Mecanismos de actuación: Convenio de Colaboración entre la UGR y la Ciudad.
Concesión directa de subvención. Ejecución de actuaciones de interés para ambas
Administraciones.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de memoria de la
actuación y justificantes de éstos.
-
No se establecen otros criterios evaluativos dada
su escasa cuantía.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 3ª
Objetivo
estratégico: Promover la modernización de las pequeñas y medianas empresas, el
fomento del asociacionismo comercial, el impulso de la innovación, la promoción
de la competitividad y el emprendimiento y la mejora de la cualificación
profesional. Desarrollar Planes de Fomento del comercio o desarrollo de la
economía local, de forma integral o por sectores.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía y
Políticas Sociales.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Economía,
Competitividad e
·
Innovación. Programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estas ayudas van
destinadas a entidades o asociaciones de comerciantes, instituciones públicas o
privadas de fomento de la economía y del comercio interior, y, en general,
a aquellas entidades y asociaciones sin
ánimo de lucro entre cuyos fines estén el asociacionismo comercial, la
promoción y el fomento de la economía local y del comercio.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La
innovación tecnológica del pequeño comercio, elaboración de planes de
diagnóstico y acciones formativas; ayudas para la incorporación de soluciones
tecnológicas; diseño de plataformas de simplificación de trámites que ordene y
facilite a los comerciantes cualquier trámite con las administraciones; mejora
de la competitividad y el emprendimiento, atención a aquellas medidas
propuestas en relación al régimen de horarios comerciales y otras medidas de
ordenación comercial; impulso del
turismo como elemento dinamizador económico, inclusión de ayudas dirigidas a la
búsqueda de nichos de mercado y subsectores que favorezcan el emprendimiento.
Otras medidas pretenden la consolidación del asociacionismo, el impulso de la
iniciativa empresarial o la promoción de los productos locales de Melilla.
Tendrán especial atención las acciones
de promoción y dinamización dirigidas al fomento del Centro Histórico de
Melilla, “Melilla La Vieja”, el barrio del Real , el paseo marítimo, entre
otras zonas de especial interés comercial;
y a la promoción y modernización de los mercados municipales como formas
tradicionales de negocio que mantienen la vida y la actividad en las calles.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Convocatoria
anual de ayudas mediante pública concurrencia.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 100.000 euros.
Variable en función de la dotación presupuestaria anual.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 05/43100/48000 y
02/43100/22602
·
APORTACION DE OTROS ENTES: No se prevé.
·
PLAN DE ACCION:
Se prevén los siguientes:
a.- Convocatoria anual de
subvenciones para la realización de proyectos de interés general en materia
promoción de la economía local.
b.- Fechas de concesión:
Convocatoria periódica. Previsión concesión:
último trimestre del año.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (que se
elaborará este año 2020), y preceptiva convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de memoria de la
actuación y justificantes de éstos.
-
Elaboración por las entidades beneficiarias de un
Informe o Memoria final de las
actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una
descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, actividades
realizadas, resultados obtenidos,
identificación de beneficiarios, observaciones, entre otros datos de interés. Comparativo con los datos
económicos de ejercicios anteriores, si los hubiera.
Criterios
objetivos a evaluar:
o
Impacto de las medidas.
o
o Análisis de datos del programa ejecutado.
o
Coste económico
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 4ª
Objetivo
estratégico: Fomento del transporte
entre Melilla y Península. Ayudas a colectivos especiales. Fomento y promoción
del Turismo.
·
OBJETIVO ESPECÍFICO. Pretende este régimen de
ayudas subvencionar los títulos de pasaje marítimo y aéreo emitidos a favor de
todos aquellos ciudadanos melillenses con especiales dificultades (colectivos
especiales). Como medida de “Fomento del
Turismo de Melilla “se señala como objetivo el impulso al sector turístico, con
ayudas a familiares de residentes, incorporando a los nacidos en Melilla pero
no residentes y a los no residentes, en las condiciones específicas que se
señalen en la norma reguladora.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía y
Políticas Sociales.
·
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA. Podrán ser
beneficiarios de las subvenciones previstas en este Decreto los ciudadanos
españoles y de los demás Estados miembros de la Unión Europea, residentes en
cualquier caso en Melilla al menos durante dos años ininterrumpidos, que utilicen el transporte por mar en sus trayectos directos, ya sean de ida o
ida y vuelta entre Melilla y el territorio nacional ( Málaga, Motril y Almería)
siempre que pertenezcan a cualquiera de los colectivos preferentes o especiales
que se determinen reglamentariamente y en las condiciones que aquí se señalen.
Como medida de fomento del Turismo
en la ciudad, asimismo podrán ser beneficiarios de estas ayudas los familiares
de residentes y nacidos en Melilla no
residentes, en las condiciones que reglamentariamente se determinen y los
ciudadanos españoles y de los demás Estados miembros de la Unión Europea, no
residentes en Melilla, que utilicen el
transporte por mar y aire en sus trayectos de ida y vuelta con Melilla, en las
condiciones que reglamentariamente se determinen.
·
MOTIVACIÓN: Estas subvenciones se concederán de
forma directa al ciudadano, conforme a los artículos 22.2 c) y 28 de la Ley
38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, fundamentando su concesión
directa a los beneficiarios por razones de carácter social , en atención a su situación económica
adversa y su condición especial de necesidad, motivada por el elevado desempleo
en nuestra Ciudad y su consecuente disminución de ingresos, mayores y jóvenes,
entre otros colectivos especiales determinados reglamentariamente y en atención
asimismo a su condición de residentes en Melilla, motivada por la utilización
del transporte por mar en sus trayectos directos, ya sean de ida o ida y
vuelta, entre Melilla y el territorio nacional y la necesidad de desplazarse
fuera de nuestra ciudad, ayudando a soportar el coste del mismo.
También se conceden directamente a
los ciudadanos no residentes como medida de fomento del sector turístico de la
Ciudad, coadyuvando a disminuir los elevados precios de los desplazamientos de
peninsulares a nuestra ciudad, todo ello en cumplimiento de la competencia de
la Ciudad en materia de “ fomento del
turismo “, art. 21.1.16ª y 21.2 ambos de
la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo de Estatuto de Autonomía de Melilla, así
como el Real Decreto 1385/1997 de 29 de agosto
y Real Decreto 337/1996 de
traspaso de competencias.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El
melillense debe ver realizado de forma efectiva su derecho de libertad
deambulatoria, sin que las circunstancias económicas puedan suponer un
obstáculo insalvable. Fomentar la economía local a través de la promoción
turística.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Anual
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: 765.000 euros
·
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: 03/43209/48900 • APORTACION DE OTROS ENTES: No se
prevé.
·
PLAN DE ACCION:
Se prevén los siguientes:
a.- Subvención directa a
ciudadanos que se encuentren en situación de necesidad, o que puedan pertenecer
a colectivos especiales, o socialmente vulnerables, según determine la norma
Reguladora. Extensión a otros colectivos como fomento del turismo, según señale
la norma de aplicación.
b.- Duración: Según determine el
Decreto de aplicación, la dotación presupuestaria y los Convenios de Colaboración.
C.-Mecanismo regulador: Decreto
núm. 94 de 5 de marzo de 2019 “Regulador de la Concesión Directa de Ayudas a
colectivos especiales para el Transporte por mar y aire” (BOME núm. 5632 de 8
de marzo de 2019), prorrogado año 2020 (BOME núm. 5722 de 17/01/2020. Convenios
reguladores con las entidades colaboradoras (compañías navieras y aéreas).
Ley General de Subvenciones.
Durante el año 2020 se pretende modificar el citado Decreto Regulador.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACION. Elaboración por el
Patronato de Turismo de una Memoria final y análisis de los siguientes
indicadores:
-
Número de solicitudes presentadas.
-
Beneficiarios finales atendidos y comparativos con
regímenes anteriores.
-
Grado de cumplimiento económico
C. PROYECTO MELILLA
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS
1) Fomento del empleo/autoempleo.
2) Promoción del espíritu empresarial,
en particular facilitando el aprovechamiento de nuevas ideas e impulsando la
ampliación de las mismas, especialmente a Microempresas, y la implantación de
sistemas de calidad, impulsando la Marca “Melilla Calidad” en las Pyme, así
como facilitar su acceso a la financiación.
3) Adecuación, mejora, ampliación y/o
modernización de locales comerciales y de servicios en Melilla.
4) Promoción del espíritu empresarial,
en particular facilitando el aprovechamiento de nuevas ideas e impulsando la
creación de nuevas empresas y ampliación de las mismas, así como facilitar su
acceso a la financiación.
5) Fomentar un conjunto de medidas
destinadas a la creación de nuevas empresas y a la ampliación y/o
diversificación de las empresas ya existentes, siempre que generen autoempleo
y/o empleo, siempre que dicha empresa opere en la Ciudad Autónoma de Melilla,
se incluirá la subvención de una serie de medidas como puede ser el alquiler,
contratación, inversión, etc.
6) Aumento de la cualificación profesional y mejora competitiva en el sector hostelero y
turístico de la CAM
7) Formación de las personas
desempleadas, mejorando su empleabilidad a través de la obtención de Certificados
de Profesionalidad, prácticas en empresas
u otra formación demandada por el mercado de trabajo.
8) Formación de las personas desempleadas,
mejorando su empleabilidad a través de la formación especializada en
construcción, demandada por el mercado de trabajo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1ª
A) Ayudas al Fomento del Empleo/Autoempleo en
Melilla
Objetivo
estratégico: Fomento del empleo/autoempleo.
• OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
-
Incentivar la generación de empleo a través de las
pequeñas y medianas empresas,
-
Promoción del autoempleo.
-
Conversión de contratos en indefinidos
·
AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y
Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e
Innovación) y Proyecto Melilla, S.A.U.
·
CENTRO GESTOR. Proyecto Melilla, S.A.U. -
Departamento de Ayudas.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA. Empresas,
cualquiera que sea su forma jurídica, que operen efectiva y materialmente en la
Ciudad Autónoma de Melilla y que, se den de alta en el Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos, o bien efectúen contratos laborales en las diferentes
modalidades en cualquiera de los sectores de la ciudad, pudiendo primar alguno
de estos sectores
-
Empresas que supongan la implementación de nuevas
tecnologías en Melilla.
-
Turismo.
-
Industria.
-
Nuevos Yacimientos de Empleo determinados
según los estudios en vigor realizados
por la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER.
Contratación en distintas modalidades, así como el autoempleo en empresas
melillenses.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual
·
COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020. – Según lo determinado en el Programa
Operativo FSE para Melilla 2014-2020, o en los Presupuestos de Proyecto
Melilla, S.A.U.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto
Melilla, S.A.U. y las partidas
habilitadas para el Programa Operativo 2014-2020
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES. Puede estar cofinanciado
por el FSE
·
PLAN DE ACCIÓN. Se prevé los siguientes:
a.- Convocatoria anual de subvenciones.
b.- Forma de concesión:
concurrencia competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases
reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por
la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental
Proyecto Melilla, S.A.U.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante
Comisión de evaluación prevista en Bases y convocatoria, y seguimiento mediante
visitas y comprobación de bienes y empleo, por los técnicos de Proyecto Melilla,
S.A.U.
-
Seguimiento: Informes del Servicio del Control del
Departamento de Ayudas de PROMESA.
-
Evaluación: Elaboración por PROMESA de una memoria
final de la gestión realizada, donde se establecerá: o Número de empresas
subvencionadas, o Subvención concedida, o Número de empleo generado.
B) Ayudas a la contratación en planes de
inserción laboral de desempleados en Melilla.
Objetivo
estratégico. Fomento del empleo.
• OBJETIVOS
ESPECÍFICOS.
-
Fomentar la empleabilidad de desempleados en
empresas con personalidad jurídica, persona física que actúe como empresario,
Fundaciones de la ley 50/2002, de 26 de diciembre, Federaciones Deportivas,
Colegios profesionales, Asociaciones y Organizaciones representativas de
sectores económicos y sociales, y Asociaciones y organizaciones sin ánimo de
lucro relacionadas y dedicadas a la atención a personas con discapacidad y/o a
la atención de personas víctimas de violencia de género, tal y como se
determine en convocatoria.
-
Promover la inserción laboral, en especial, a
jóvenes y mayores de 50 años.
·
AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y
Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e
Innovación) y Proyecto Melilla, S.A.U.
·
CENTRO GESTOR. Proyecto Melilla, S.A.U. - Departamento
de Ayudas.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA. Empresas con
personalidad jurídica, persona física que actúe como empresario, Fundaciones de
la ley 50/2002, de 26 de diciembre, Federaciones Deportivas, Colegios
profesionales, Asociaciones y Organizaciones representativas de sectores
económicos y sociales, y Asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro relacionadas
y dedicadas a la atención a personas con discapacidad y/o a la atención de
personas víctimas de violencia de género.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER.
Contratación en distintas modalidades, fomentando el empleo y su inserción en
el tejido productivo melillense.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual
·
COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020. Según lo determinado en el Presupuesto
General Consolidado de la Ciudad Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos
y sus Sociedades Mercantiles para el año 2020, en concreto por los Presupuestos
generales de la Sociedad para la Promoción Económica de Melilla, Proyecto
Melilla, S.A.U.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto
Melilla, S.A.U.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES. Podría ser cofinanciado
por el FSE
·
PLAN DE ACCIÓN. Se prevé los siguientes:
a.- Convocatoria anual de subvenciones.
b.- Forma de concesión: concurrencia
competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases
reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por
la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental
Proyecto Melilla, S.A.U.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante
Comisión de evaluación prevista en Bases y convocatoria, y seguimiento mediante
comprobación del mantenimiento del empleo, por los técnicos de Proyecto
Melilla, S.A.U.
-
Seguimiento: Informes del Servicio del Control del
Departamento de Ayudas de PROMESA.
-
Evaluación: Elaboración por PROMESA de una memoria
final de la gestión realizada, donde se establecerá:
o Número de empresas/entidades
subvencionadas,
o Subvención concedida
o Número de empleo generado.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2ª
A) Ayudas financieras a la inversión
Objetivo
estratégico. Promoción del espíritu empresarial, en particular facilitando el
aprovechamiento de nuevas ideas e impulsando la ampliación de las mismas,
especialmente a Microempresas, y la implantación de sistemas de calidad,
impulsando la Marca “Melilla Calidad” en las Pyme, así como facilitar su acceso
a la financiación.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
-
Fomento de la innovación,
-
Fomento de la modernización y diversificación
empresarial.
-
Fomento a la inversión para conseguir diferentes
sistemas de calidad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas,
especialmente a Pyme y
·
Microempresas, sin importar la forma jurídica que
adopte, incluidos los trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos
de inversión en la ciudad autónoma de Melilla. Gozarán de mayor prioridad las
inversiones que se realicen en actividades
que puedan suponer una diversificación del aparato productivo local:
industria, turismo, investigación, servicios que impliquen alta tecnología o
innovación o aquellos derivados de las ventajas económicas y fiscales de
Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER. La
ampliación, modernización y/o diversificación de empresas ubicadas en la Ciudad Autónoma de
Melilla, así como aquellas que pretendan implantar sistemas de calidad,
haciendo especialmente hincapié en las Microempresas.
·
AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y
Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e
Innovación) y Proyecto Melilla, S.A.U.
·
CENTRO GESTOR. Proyecto Melilla, S.A.U. -
Departamento de Ayudas.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual
·
COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020. Según lo
determinado en el Programa Operativo FEDER para Melilla 2014-2020, o en los
Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto Melilla,
S.A.U., las partidas habilitadas para el Programa Operativo 2014-2020.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: puede ser cofinanciado
por el FEDER.
·
PLAN DE ACCIÓN. Se prevé los siguientes:
a.- Convocatoria anual de subvenciones.
b.- Forma de concesión:
concurrencia competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases
reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por
la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental
Proyecto Melilla, S.A.U.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. Evaluación mediante
Comisión de evaluación prevista en Bases y convocatoria, y seguimiento mediante
visitas y comprobación de bienes y empleo, por los técnicos de Proyecto
Melilla, S.A.U.
-
Seguimiento: Informes del Servicio del Control del
Departamento de Ayudas de PROMESA.
-
Evaluación: Elaboración por PROMESA de una memoria
final de la gestión realizada, donde se establecerá: o Número de empresas
subvencionadas o Subvención concedida o Número de empleo generado.
B) Adecuación, mejora, ampliación y/ o
modernización de locales comerciales y de servicios en Melilla
Objetivo
estratégico: Adecuación, mejora, ampliación y/o modernización de locales
comerciales y de servicios en Melilla.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
-
Fomento de la innovación
-
Modernización empresarial.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA. Empresas, sin importar la forma jurídica que
adopte, incluidos los trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos
de inversión en la ciudad autónoma de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER.
Facilitar, mediante subvenciones financieras, la creación, ampliación y/o
modernización de las PYME ubicadas en la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía y
Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e
Innovación) y Proyecto Melilla, S.A.U.
·
CENTRO GESTOR: Proyecto Melilla, S.A.U.
Departamento de Ayudas.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual.
·
COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020 – Según
lo determinado en el Presupuesto General Consolidado de la Ciudad Autónoma de
Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades Mercantiles para el año
2020, en concreto por los Presupuestos generales de la Sociedad para la
Promoción Económica de Melilla, Proyecto Melilla, S.A.U.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto
Melilla, S.A.U.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: puede estar cofinanciado
por el FEDER
·
PLAN DE ACCIÓN: se prevé los siguientes:
a.- Convocatoria anual de subvenciones.
b.- Forma de concesión:
concurrencia competitiva
c.- Mecanismo de aplicación: Bases
reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por
la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental
Proyecto Melilla, S.A.U.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante
Comisión de evaluación prevista en Bases y convocatoria, y seguimiento mediante
visitas y comprobación de bienes y empleo
por los técnicos de Proyecto Melilla, S.A.U.
-
Seguimiento:
Informes del Servicio de Control del Departamento de Ayudas de PROMESA
-
Evaluación: Elaboración por PROMESA de una memoria
final de la gestión realizada, donde se establecerá:
o
Número de empresas subvencionadas o Subvención
concedida o Inversión
subvencionable
o
Número de empleo generado/mantenido, caso de que se
requiriese.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 4ª
A) Ayudas a la inversión con creación de
empleo en las Pyme
Objetivo
estratégico: Promoción del espíritu empresarial, en particular facilitando el
aprovechamiento de nuevas ideas e impulsando la creación de nuevas empresas y
ampliación de las mismas, así como facilitar su acceso a la financiación.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
-
Creación de nuevas empresas en nuevos nichos de
mercado –
-
Fomento de la innovación y la modernización
empresarial.
·
AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y
Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e
Innovación) y Proyecto Melilla, S.A.U.
·
CENTRO GESTOR: Proyecto Melilla, S.A.U. -
Departamento de Ayudas.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: exclusivamente a
PYMEs, sin importar la forma jurídica que adopte, incluido los trabajadores
autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión en la CAM.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER: Generación
de empleo estable a través de la creación o ampliación de empresas. (Creación y
ampliación del tejido empresarial y fomento de la contratación).
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual
·
COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2017 - Según
lo determinado en el Programa Operativo FEDER para Melilla 2014-2020, o en los
Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto
Melilla, S.A.U., las partidas habilitadas para el Programa Operativo
2014-2020.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: cofinanciado en un 80%
por el FEDER
·
PLAN DE ACCIÓN: se prevén los siguientes:
a.- Convocatoria anual de
subvenciones.
b.- Forma de concesión:
concurrencia competitiva a final de cada semestre
c.- Mecanismo de aplicación: Bases
reguladoras y Convocatoria. Reglamento por el que se regula el régimen general
de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por
su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U. (BOME Nº 4399 de 15 de mayo
de 2007)
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante
Comisión de evaluación prevista en Bases y convocatoria, y seguimiento mediante
visitas y comprobación de bienes y empleo, por los técnicos de Proyecto
Melilla, S.A.U.
-
Seguimiento: Informes del Servicio del Control del
Departamento de Ayudas de PROMESA.
-
Evaluación: Elaboración por PROMESA de una memoria
final de la gestión realizada, donde se establecerá: o Número de empresas
subvencionadas, o -Subvención concedida, o -Inversión subvencionable, o -Número
de empleo generado.
B) Ayudas financieras a la creación,
ampliación y diversificación de pyme.
Objetivo
estratégico: Fomentar un conjunto de medidas destinadas a la creación de nuevas
empresas y a la ampliación y/o diversificación de las empresas ya existentes,
siempre que generen autoempleo y/o empleo, siempre que dicha empresa opere en
la Ciudad Autónoma de Melilla, se incluirá la subvención de una serie de
medidas como puede ser el alquiler, contratación, inversión, etc.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
-
Creación de nuevas empresas
-
Fomento de la ampliación y diversificación
empresarial.
·
AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y
Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación) y
Proyecto Melilla, S.A.U.
·
CENTRO GESTOR: Proyecto Melilla, S.A.U.
Departamento de Ayudas.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: exclusivamente a
PYMEs, sin importar la forma jurídica
que adopte, incluido los trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión en la
CAM.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER:
Generación de empleo estable a través de la creación o la ampliación y/o
diversificación de empresas, fomentando el empleo y el autoempleo.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual
·
COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020 – Según
lo determinado en el Presupuesto General Consolidado de la Ciudad Autónoma de
Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades Mercantiles para el año
2020, en concreto por los Presupuestos generales de la Sociedad para la
Promoción Económica de Melilla, Proyecto Melilla, S.A.U.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto
Melilla, S.A.U.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: podría ser cofinanciado
por el FEDER
·
PLAN DE ACCIÓN: se prevén los siguientes:
a.- Convocatoria anual de subvenciones.
b.- Forma de concesión: concurrencia competitiva
a final de cada semestre
c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y
Convocatoria. Reglamento por el que se
regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de
Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla,
S.A.U. (BOME Nº 4399 de 15 de mayo de
2007, o el que en caso lo sustituya)
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante
Comisión de evaluación prevista en Bases y convocatoria, y seguimiento mediante
visitas y comprobación de bienes y empleo, por los técnicos de Proyecto
Melilla, S.A.U.
-
Seguimiento:
Informes del Servicio del Control del Departamento de Ayudas de
PROMESA
-
Evaluación: Elaboración por PROMESA de una memoria
final de la gestión realizada, donde se establecerá: o Número de empresas
subvencionadas, o Subvención concedida, o Inversión subvencionable, o Número de
empleo generado.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 5ª
ESCUELA DE
HOSTELERIA Y TURISMO DE LA CAM
Objetivo
estratégico. Aumento de la cualificación profesional y mejora competitiva en el sector hostelero y
turístico de la CAM.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
-
Formación especializada para desempleados en el
sector de Hostelería.
-
Fomento Prácticas en empresas y en restaurante
-
Mejora de la empleabilidad del alumnado
·
AREA DE COMPETENCIA. Consejería de Economía y
Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e
Innovación) y Proyecto Melilla, S.A.U.
·
CENTRO GESTOR. Proyecto Melilla, S.A.U. -
Departamento de Formación.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN. Anual
·
COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO 2020. –
410.000,00 euros
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Serán beneficiarios
de estas ayudas las entidades e instituciones especializadas en el ámbito de la formación y la hostelería con capacidad para realizar las acciones
comprendidas en el objetivo de estas ayudas
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER. Mejora
de la competitividad de las empresas y mejora de la empleabilidad de los
desempleados del sector de la Hostelería
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Presupuesto Proyecto
Melilla, S.A.U, y Programa Operativo FSE 2014-2020.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: puede ser cofinanciado
con fondos europeos.
·
PLAN DE ACCIÓN. Se prevé los siguientes:
a.- Convocatoria anual de subvenciones.
b.- Forma de concesión:
concurrencia competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases
reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por
la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental
Proyecto Melilla, S.A.U.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 6ª
ITINERARIOS
DE FORMACIÓN-EMPLEO EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
Objetivo
estratégico. Formación de las personas desempleadas, mejorando su empleabilidad
a través de la obtención de Certificados de Profesionalidad, prácticas en
empresas u otra formación demandada por
el mercado de trabajo.
• OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
-
Realización de cursos de preparación para la
obtención de un Certificado de Profesionalidad.
-
Realización de Cursos de preparación para la
obtención de un Título o carnet profesional.
-
Realización de Cursos homologados por una Entidad
de reconocido prestigio, siempre que dispongan de un periodo de prácticas
profesionales no laborales en empresas.
-
Realización de Cursos de formación en oficios de
difícil ejecución en la Ciudad Autónoma de Melilla.
• AREA DE COMPETENCIA. Consejería de
Economía y Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e
Innovación) y Proyecto Melilla, S.A.U.
• CENTRO GESTOR. Proyecto Melilla,
S.A.U. - Departamento de Formación
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN. Anual
• COSTES PREVISIBLES PARA EL
EJERCICIO 2020. – 1.000.000,00 €
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Serán beneficiarios de estas ayudas las entidades e instituciones
especializadas en el ámbito de la formación con capacidad para realizar las
acciones comprendidas en el objetivo de estas ayudas
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDE OBTENER. Aumento de la cualificación de los desempleados de la Ciudad
Autónoma de Melilla, como paso previo para mejorar su empleabilidad, dotándoles
de experiencia pre-laboral o laboral en algunos casos.
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA.
Presupuesto de Proyecto Melilla, S.A.U. y Programa Operativo del FSE
2014-20.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: puede
ser cofinanciado con otros Fondos Europeos.
• PLAN DE ACCIÓN. Se prevé los
siguientes:
-
Convocatoria anual de subvenciones.
-
Forma de concesión: concurrencia competitiva.
-
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria.
Reglamento por el que se regula el
régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y
gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 7ª
ESCUELA DE
CONSTRUCCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
Objetivo
estratégico. Formación de las personas desempleadas, mejorando su empleabilidad
a través de la formación especializada en construcción, demandada por el
mercado de trabajo.
• OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
-
Realización de cursos de preparación para la
obtención de un Certificado de Profesionalidad en construcción.
-
Realización de Cursos de preparación para la obtención
de un Título o carnet profesional de la construcción.
-
Realización de Cursos de formación en oficios de
difícil ejecución en la Ciudad Autónoma de Melilla, relacionados con la
construcción.
• AREA DE COMPETENCIA. Consejería de
Economía y Políticas Sociales (Dirección General de Economía, Competitividad e
Innovación) y Proyecto Melilla, S.A.U.
• CENTRO GESTOR. Proyecto Melilla,
S.A.U. - Departamento de Formación
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN. Anual
• COSTES PREVISIBLES PARA EL EJERCICIO
2020. – 100.000,00 €
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Serán beneficiarios de estas ayudas las entidades e instituciones
especializadas en el ámbito de la
formación en construcción con capacidad para realizar las acciones comprendidas
en el objetivo de estas ayudas.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDE OBTENER. Aumento de la cualificación de los desempleados de la Ciudad
Autónoma de Melilla, como paso previo para mejorar su empleabilidad, dotándoles
de experiencia pre-laboral o laboral en algunos casos.
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA.
Presupuesto de Proyecto Melilla, S.A.U. y Programa Operativo del FSE 2014-20.
Posibilidad de aportación fondos propios.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: puede
ser cofinanciado con otros Fondos Europeos.
• PLAN DE ACCIÓN. Se prevé los
siguientes:
a.- Convocatoria anual de subvenciones.
b.- Forma de concesión:
concurrencia competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases
reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por
la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental
Proyecto Melilla, S.A.U.
D. PATRONATO DE TURISMO
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
1º.- Apoyo al desarrollo de la iniciativa privada
turística. Actividades de promoción turística.
2º.-
Fomento de la interculturalidad como elemento diferenciador en la oferta
turística.
3º.- Conservación, restauración y mantenimiento
del Patrimonio Cultural. Conservación, restauración, mantenimiento y exposición
pública del Patrimonio, actividades e instalaciones de interés turístico.
LÍNEA DE
SUBVENCION 1ª
Objetivo
estratégico. Producto turístico. Apoyo y desarrollo iniciativa privada
turística. Actividades de promoción turística. Impulsar la oferta turística
mediante la creación y mantenimiento de paquetes turísticos vacacionales
·
AREA DE COMPETENCIA: Patronato de Turismo
·
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Agencias de
viajes
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Se
pretende incrementar la oferta turística en agencias de viajes presenciales y
on-line con el fin de crear y aumentar
el flujo de visitantes mediante la creación de paquetes turísticos a Melilla,
para acercar al ciudadano los recursos turísticos de la ciudad.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Convocatoria
anual
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: POR DETERMINAR
·
PARTIDA
PRESUPUESTARIA: APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 43200/48900-SUBVENCIONES DE
TURISMO.
·
APORTACION DE OTROS ENTES: No se prevé.
·
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: CONCURRENCIA
COMPETITIVA
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Justificación.
-
El Centro Gestor en la Memoria final y con carácter
general, al objeto de que se permita conocer el estado de la situación y los
progresos conseguidos en el cumplimiento de los objetivos, para la valoración
de la subvención, tendrá en cuenta los
siguientes indicadores:
o
Grado de cumplimiento económico
o
Impactos publicitarios conseguidos
o
Beneficiarios y usuarios finales, entre otros.
LÍNEA DE
SUBVENCION 2ª
Objetivo
estratégico. Diversificación y nuevos productos. Fomento interculturalidad
·
AREA DE COMPETENCIA: Patronato de Turismo
·
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Templos
religiosos adscritos a la Ruta de los Templos
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Cooperación con el mantenimiento de la Ruta de los Templos como producto
turístico
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Convocatoria
anual
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: POR DETERMINAR
·
PARTIDA
PRESUPUESTARIA: APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 43200/48900-SUBVENCIONES DE
TURISMO.
·
APORTACION DE OTROS ENTES: No se prevé.
·
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: CONCURRENCIA
COMPETITIVA
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Justificación.
-
El Centro Gestor en la Memoria final y con carácter
general, al objeto de que se permita conocer el estado de la situación y los
progresos conseguidos en el cumplimiento de los objetivos, para la valoración
de la subvención, tendrá en cuenta los
siguientes indicadores: o Grado de
cumplimiento económico o Impactos publicitarios conseguidos o Beneficiarios y
usuarios finales, entre otros.
LÍNEA DE
SUBVENCION 3ª
Objetivo
estratégico. Recuperación patrimonio histórico. Turismo cultural. Conservación,
restauración, mantenimiento y exposición pública del patrimonio, actividades e
instalaciones de interés turístico
·
AREA DE COMPETENCIA: Patronato de Turismo
·
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones
culturales y religiosas
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Cooperación en el mantenimiento, conservación y restauración de elementos
patrimoniales de interés turístico
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION: Convocatoria
anual
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2020: POR DETERMINAR
·
PARTIDA
PRESUPUESTARIA: APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 43200/48900-SUBVENCIONES DE
TURISMO.
·
APORTACION DE OTROS ENTES: No se prevé.
·
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: CONCURRENCIA
COMPETITIVA • SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Justificación.
-
El Centro Gestor en la Memoria final y con carácter
general, al objeto de que se permita conocer el estado de la situación y los
progresos conseguidos en el cumplimiento de los objetivos, para la valoración
de la subvención, tendrá en cuenta los
siguientes indicadores:
o
Grado de cumplimiento económico
o
Impactos publicitarios conseguidos
o
Beneficiarios y usuarios finales, entre otros.
5.-
CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
A. VIVIENDA Y URBANISMO
A.1 SUBVENCIONES GENÉRICAS
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS
1) La Dirección General de Vivienda y
Urbanismo gestiona dos líneas de subvenciones: las relacionadas con la
rehabilitación de edificios y viviendas y las dirigidas a subvencionar el alquiler
privado de viviendas.
Los
objetivos de las relacionadas con la rehabilitación de edificios y viviendas se
dirigen a incentivar la inversión privada en este sector, lo que contribuye,
además, al mantenimiento de un sector laboral con gran consumo en mano de obra,
representado por pequeñas empresas de implantación local.
Las
subvenciones a la rehabilitación de edificios se concentrarán, especialmente,
en actuaciones que contribuyan a la reducción del consumo de energía, a la
accesibilidad y a la consolidación estructural del importante patrimonio
inmobiliario de la Ciudad, manteniendo también una imagen urbana de ornato.
Estas
subvenciones son complementarias a las previstas en los planes cuatrienales de
vivienda del Estado, buscándose, de esta forma, ser más eficaz en la
incentivación de la rehabilitación.
2) La
segunda línea de subvenciones están dirigidas a facilitar el acceso a la
vivienda, en régimen de alquiler, a sectores de la población con escaso poder
económico. Esta línea se centrará en los sectores más vulnerables de la
sociedad, especialmente en aquéllos en riesgo de exclusión social: mujeres
víctimas de violencia de género, familias monoparentales, familias numerosas,
desempleados, etc.
También se
continuará con un plan específico de ayuda al alquiler para jóvenes, ya que la
Administración es consciente de las dificultades que puede suponer la
emancipación de este sector de la Sociedad.
LÍNEA DE
SUBVENCION 1ª
Objetivo
Estratégico: Subvención a la Rehabilitación de Edificios y Viviendas.
Objetivo
Específico: Otorgar subvenciones para actuaciones en materia de rehabilitación
de edificios y viviendas, amparadas en los planes estatales cuatrienales de
vivienda (actualmente RD. 106/2018, de 9 de marzo, que aprueba el Plan 2018/2021)
y en la Ordenanza de Actuaciones Protegibles en materia de vivienda (BOME de 4/02/2003).
Las subvenciones se diseñarán de tal forma que se dé mayor valor a las que
conlleven además una fuerte inversión del sector privado. Se concentrarán en
actuaciones en materia de accesibilidad, eficiencia energética y protección del
patrimonio histórico-artístico modernista y racionalista.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Dirección General de la
Vivienda y Urbanismo de la Consejería de Infraestructura, Urbanismo y Deporte.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE: La subvención se dirige
fundamentalmente a los propietarios y edificios de uso residencial, y a
aquellos otros de interés históricoartístico.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Además de la conservación del patrimonio inmobiliario, se pretende incentivar
la inversión privada y adaptar los edificios a las vigentes normas del Código
Técnico de la Edificación, especialmente en materia de accesibilidad.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Es un programa
de carácter permanente, ya que se basa en una normativa de carácter general,
con dotación presupuestaria anual.
·
COSTES PREVISIBLES PARA SU REALIZACIÓN:
Presupuesto
2020: 1.000.000,00 € (06/15011/78000)
Presupuesto
2021: 1.000.000,00 €
Presupuesto
2022: 1.000.000,00 €
·
FUENTES DE FINANCIACIÓN: Del Ministerio de Fomento,
de la Ciudad Autónoma y de los propios beneficiarios.
·
PLAN DE ACCIÓN: Las ayudas están reguladas tanto
por normativa general de carácter estatal como local, asimismo, se publican
anualmente convocatorias para su concesión mediante concurrencia competitiva.
Las bases reguladoras están representadas por las normativas de carácter estatal
y local. Su concesión se efectúa, en algunas actuaciones, por orden de entrada,
y en otras mediante el procedimiento de concurrencia competitiva. En casos
específicos contemplados en la propia Ordenanza de Actuaciones Protegibles, la
subvención puede instrumentarse a través de un Convenio. Asimismo, se podrán
abrir convocatorias extraordinarias, con las Bases correspondientes, para el
otorgamiento de subvenciones que se dirijan a actuaciones concretas en función
del interés social, artístico, etc.
·
RÉGIMEN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN CONTINUA: Se
evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número
de solicitantes en relación a los beneficiarios, el número de viviendas
beneficiadas, la inversión privada generada por la subvención y el número de
trabajadores que han intervenido en la rehabilitación, entre otros datos. La
justificación se efectuará mediante la presentación de las facturas
correspondientes.
A través
del control de precios de las actuaciones (comparándolos con los costes medios
en Melilla), se controlan los efectos inflacionistas que podría tener esta
actuación.
LÍNEA DE
SUBVENCION 2ª
Objetivo
Estratégico: Subvención al Alquiler de Viviendas Privadas.
Objetivo
Específico: Otorgar subvenciones para el pago del alquiler de viviendas
privadas a sectores de la población con bajos recursos económicos, en
aplicación de los planes estatales cuatrienales de vivienda (actualmente RD.
106/2018, de 9 de marzo, que aprueba el Plan 2018/2021) y en las Convocatorias
anuales que se efectúen. Las subvenciones se diseñarán de tal forma que se dé
mayor valor a los sectores en riesgo de exclusión social, como mujeres víctimas
de violencia de género, discapacitados, familias monoparentales, familias
numerosas, etc.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Dirección General de la
Vivienda y Urbanismo de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE: La subvención se dirige
fundamentalmente a un sector de la población con ingresos inferiores a 1.200,00
€uros, concentrándose en sectores con ingresos menores a 700,00 €, que
acrediten determinadas circunstancias socio-económicas que les hagan
dificultoso satisfacer el alquiler de la vivienda que constituye el domicilio
habitual y permanente de la Unidad Familiar.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Facilitar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la
población en riesgo de exclusión social.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Es un programa
de carácter anual, que se mantendrá hasta que se disponga de un parque público
de Viviendas de Protección Oficial que permita el realojo de estos beneficiarios.
·
COSTES PREVISIBLES PARA SU REALIZACIÓN:
Presupuesto
2020: 1.000.000,00 € (06/23101/48900)
Presupuesto
2021: 1.000.000,00 €
Presupuesto
2022: 1.000.000,00 €
·
FUENTES DE FINANCIACIÓN: De la Ciudad Autónoma y de
los propios beneficiarios.
·
PLAN DE ACCIÓN: Las ayudas están reguladas tanto
por normativa general de carácter estatal como local. Su concesión se efectúa
en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatorias anuales y la
publicación de las pertinentes Bases Reguladoras. Su concesión se efectúa por
puntuación, otorgándose prioridad a los sectores de la población más
vulnerables.
·
RÉGIMEN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN CONTINUA: Se
evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número
de solicitantes en relación a los beneficiarios. La justificación se efectuará
mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes. Se
analizarán los datos de la actuación como el alquiler medio, la subvención
media, la media de ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse
antes de la finalización de cada ejercicio presupuestario.
LÍNEA DE
SUBVENCION 3ª
Objetivo
Estratégico: Subvención al Alquiler de Viviendas Privadas para Jóvenes
Objetivo
Específico: Otorgar subvenciones para el pago del alquiler de viviendas
privadas a este sector específico de la población, jóvenes hasta 35 años, con
el fin de facilitar la emancipación de esta población en sus primeros pasos
hacia la independencia paterna.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Dirección General de la
Vivienda y Urbanismo de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE: La subvención se dirige
fundamentalmente a un sector de la población con ingresos inferiores a 3,5
veces el IPREM (2.193,21 € mensuales como máximo), que acrediten determinadas
circunstancias socioeconómicas que les hagan dificultoso satisfacer el alquiler
de la vivienda que constituye el domicilio habitual y permanente de la Unidad
Familiar.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Facilitar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la
población que tienen dificultades para formar una Unidad Familiar
Independiente, en los primeros pasos de la emancipación.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Es un programa
de carácter anual, que se mantendrá hasta que se disponga de un parque público
de Viviendas de Protección Oficial que permita el realojo de estos
beneficiarios.
·
COSTES PREVISIBLES PARA SU REALIZACIÓN:
Presupuesto
2020: 370.000,00 € (06/15200/48900)
Presupuesto
2021: 350.000,00 €
Presupuesto
2022: 350.000,00 €
·
FUENTES DE FINANCIACIÓN: De la Ciudad Autónoma y de
los propios beneficiarios.
·
PLAN DE ACCIÓN: Las ayudas están reguladas tanto
por normativa autonómica. Su concesión se efectúa en régimen de concurrencia
competitiva mediante convocatorias anuales y la publicación de las pertinentes
Bases Reguladoras. Su concesión se efectúa por puntuación, otorgándose
prioridad a los jóvenes más vulnerables.
·
RÉGIMEN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN CONTINUA: Se
evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número
de solicitantes en relación a los beneficiarios. La justificación se efectuará
mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes. Se
analizarán los datos de la actuación como el alquiler medio, la subvención
media, la media de ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse antes
de la finalización de cada ejercicio presupuestario.
LÍNEA DE
SUBVENCION 4ª
Objetivo
Estratégico: Subvenciones para el pago de Viviendas Públicas
Objetivo
Específico: Otorgar subvenciones para el pago del alquiler y de las cuotas de
amortización de los préstamos hipotecarios de las viviendas de protección
oficial de promoción pública gestionadas por EMVISMESA a los usuarios de estas
viviendas con bajos recursos económicos, en aplicación de la Ordenanza de
Bonificaciones y de precios de Venta y Renta de las Viviendas Públicas (BOME de
28/05/2002).
Las
subvenciones se diseñarán de tal forma que se tenga en cuenta la renta de la
unidad familiar usuaria de la vivienda, en relación con sus ingresos económicos
y los miembros de la misma.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Las Subvenciones se conceden y
gestionan por EMVISMESA, siendo aprobadas mensualmente mediante Orden del
Consejero de Infraestructura, Urbanismo y Deporte, previa propuesta de la
Dirección General de Vivienda y Urbanismo.
·
recibos, a las unidades familiares con menores
ingresos, siempre por debajo de 2,2 veces los Ingresos Familiares Ponderados.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar
el pago de la vivienda habitual a unidades familiares con bajos recursos
económicos.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Es un programa
de carácter anual, que se mantendrá hasta que se extinga el régimen de
protección de cada una de las viviendas. La concesión es por un plazo de 12
meses, comenzando en el momento en que entre en vigor el contrato de alquiler o
el préstamo con garantía hipotecaria.
·
COSTES PREVISIBLES PARA SU REALIZACIÓN:
Presupuesto
2020: 950.000,00 €
Presupuesto
2021: 950.000,00 €
Presupuesto
2022: 950.000,00 €
·
FUENTES DE FINANCIACIÓN: De los fondos de la
Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Melilla, S.A.
·
PLAN DE ACCIÓN: Las ayudas están reguladas por
normativa local. Su concesión se efectúa en aplicación de la Ordenanza
correspondiente, concediéndose a todas los interesados que cumplan los
requisitos.
·
RÉGIMEN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN CONTINUA: Se
evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número
de solicitantes que resulten beneficiarios. La justificación se efectuará
mediante el pago de los recibos de alquiler o hipotecarios de las
correspondientes viviendas.
A.2 SUBVENCIONES ESPECÍFICAS
En el ejercicio presupuestario del año 2020,
por esta Dirección General se van a gestionar determinadas subvenciones de
concesión directa incluidas en los presupuestos generales de la Ciudad.
De
conformidad con lo dispuesto por el apartado 2 del artículo 12 del Reglamento
de la Ley General de Subvenciones, en los supuestos de subvenciones concedidas
de forma directa (art. 22.2 LGS) o en supuestos de subvenciones determinadas
por el titular del Departamento ministerial (Consejero de Infraestructura,
Urbanismo y Deporte), en atención a su escasa relevancia económica o social
como instrumento de intervención pública, el Plan estratégico se podrá reducir
a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de
realización y sus fuentes de financiación.
A.2.1.
Subvención por daños causados por el terremoto de 25/01/2016.
En esta
línea de subvenciones, dirigidas a reparar los daños causados por el terremoto
de 25/01/2016 en Melilla, en viviendas y edificios, se ha incluido en los
presupuestos de la Ciudad para 2020, la partida 06/15222/78000, por importe de
25.000,00
€ (Fondos
Propios).
·
Memoria explicativa de los objetivos: Con esta
subvención se pretende reparar los daños en edificios y viviendas ocasionados
por el terremoto sufrido por Melilla el 25/01/2016. Su aplicación se efectuará
mediante lo dispuesto en el Real Decreto 190/2016, y en la Convocatoria
efectuada por la CAM en 2016. Actualmente
sólo resta por aplicar alguna subvención que está en fase de Recurso,
habiéndose cumplimentado prácticamente todos los expedientes.
·
Costes de realización: El coste previsible, a
aplicar durante la anualidad 2020, es el
indicado, no siendo previsible su prórroga al año 2021.
·
Fuentes de financiación: Lo que resta se financia
con presupuestos propios de la CAM.
A.2.2. Subvención para la Rehabilitación de Edificios
En esta línea de subvenciones, dirigidas al
ornato de la fachada y a actuaciones singulares en materia de accesibilidad de
determinados edificios de la Ciudad de Melilla, se ha incluido en los
presupuestos de la Ciudad para 2020, la siguiente actuación:
a) Subvención
Instalación de Ascensores Islas Chafarinas. Se ha incluido en los presupuestos
de 2020, la segunda fase de esta actuación, que incluye la instalación de dos
ascensores en los portales que restan por instalar (en la primera fase se han
instalado dos ascensores).
·
Memoria explicativa de los objetivos: Con esta
subvención nominativa se pretende mejorar la accesibilidad de este grupo de
Viviendas de Protección Oficial de Promoción Pública construida en los años
1993/1995, y que están ocupadas, en su mayoría, por personas mayores de 65
años, con dificultades de movilidad.
Entre las dos fases se beneficiarán de la actuación 40 viviendas.
·
Costes de realización: 250.000,00 €.
·
Fuentes de financiación: Exclusivamente de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
A.2.3. Subvención para elaborar un proyecto de
instalación de ascensores en Grupo de VPO “Peñón de Vélez”
·
Memoria explicativa de los objetivos: La finalidad
de esta Subvención es la de colaborar en los costes de redacción de un proyecto
técnico para la instalación de ascensores en el Grupo de 45 Viviendas de
protección Oficial de Promoción Pública “Peñón de Vélez”.
Este grupo de viviendas de promoción pública se construyó por el
Ministerio de Fomento en los años 90, constando de tres plantas sin ascensor,
por lo que actualmente no reúne los requisitos de accesibilidad que exige la
normativa vigente.
·
Una vez redactado el proyecto se podrá conocer el
coste de la actuación, y evaluar la posible ayuda que pueda otorgar la CAM para
su instalación.
·
Costes de realización: 75.000,00 €.
·
Fuentes de financiación: De la Ciudad Autónoma.
A.2.4. Subvención a la Rehabilitación de Edificios
de uso público.
·
Memoria explicativa de los objetivos: La finalidad
de esta Subvención es la colaborar en la rehabilitación de edificios privados
de uso público, es decir, de aquellos edificios o locales que están siendo
utilizados por Entidades sin ánimo de lucro, y que tienen un uso público.
·
Costes de realización: 150.000,00 €.
·
Fuentes de financiación: De la Ciudad Autónoma.
A.2.5. Subvención a la Rehabilitación de la
Iglesia Castrense.
·
Memoria explicativa de los objetivos: La finalidad
de esta subvención es completar las obras de rehabilitación de este edificio
religioso incluido en la zona BIC de Melilla, en la que se acometerán obras de
rehabilitación en general y de actualización de instalaciones a la nueva
normativa del Código Técnico.
·
Coste de la rehabilitación: 30.000,00 €
·
Fuentes de financiación: de la Ciudad Autónoma.
B. DEPORTES
Objetivo
genérico: Promocionar y fomentar la práctica de la actividad físico-deportiva
en sus diferentes ámbitos: competitivo,
deporte para todos y deporte base. Impulsar diferentes convenios de colaboración
y programas que redunden en un incremento de la práctica físico-deportiva.
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS
1) Proporcionar los medios y recursos
necesarios a las diferentes entidades deportivas para que puedan fomentar la
modalidad correspondiente en óptimas condiciones.
2) Incrementar la oferta deportiva de
la ciudad impulsando programas que satisfagan las necesidades deportivas, de
los distintos grupos potenciales que integran el colectivo de consumidores de
la misma.
3) Facilitar el acceso a la actividad
física y deportiva en todos sus ámbitos y abarcando todos los grupos
poblacionales.
LÍNEA DE
SUBVENCION 1ª
Objetivo
estratégico: Convocatoria de subvenciones
a entidades deportivas en régimen de concurrencia competitiva.
• OBJETIVO ESPECÍFICO: proporcionar
a las distintas entidades deportivas los recursos necesarios para promocionar
la actividad deportiva, tanto competitiva como no competitiva, apoyar a los
clubes y federaciones deportivas de la ciudad y fomentar la celebración de
eventos deportivos, todo ello como cauce y vehículo para el aumento de la
actividad físico-deportiva en Melilla y la consecuente mejora de la calidad de
vida de los melillenses.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. Dirección General de Deportes.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Deportes.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Clubes y Federaciones Deportivas inscritas en el registro de entidades
deportivas de la Ciudad Autónoma de Melilla (salvo en la convocatoria de actividades
saludables no competitivas, en la que para ser beneficiario no es necesario
estar inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Melilla).
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER:
1.-
Convocatoria de Federaciones Deportivas: sufragar parte de los gastos
ocasionados por las federaciones con motivo de la promoción de su modalidad
deportiva, abarcando la administración y gestión de la entidad, la organización
del campeonato autonómico de Melilla correspondiente y el desarrollo de aquellos
programas que componen su ámbito competencial y que son básicos para el
correcto fomento de su actividad deportiva, como son los programas de
tecnificación, promoción y formación.
2.-
Convocatoria Actividades Físicas Saludables No Competitivas: proporcionar a las
entidades promotoras la promoción y realización de actividades
físico-deportivas ajenas al ámbito competitivo y cuyos destinatarios sean
colectivos de diversa índole.
3.-
Convocatoria de Clubes Deportivos: proporcionar los recursos necesarios a los
clubes para su participación en las competiciones autonómicas de dicha
modalidad deportiva, así como para su adecuada gestión y administración.
4.-
Convocatoria para la Organización de Eventos Deportivos: promover la organización
y celebración en la ciudad de eventos deportivos de diversa índole.
5.-
Convocatoria de ayudas a entidades deportivas implantadas en Melilla para la
asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la ciudad de
Melilla: apoyar la participación en competiciones deportivas de carácter
oficial (campeonatos de España), llevadas a cabo fuera de la ciudad de Melilla,
a los deportistas, equipos y clubes.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: con carácter permanente durante el trienio que abarca los años.
• COSTE PREVISIBLE POR EJERCICIO
(sin que ello cree derecho u obligación alguna por parte de esta Consejería, y
únicamente a efectos programáticos):
a. Convocatoria
Federaciones Deportivas (800.000 €)
b. Convocatoria
Actividades Físicas Saludables No Competitivas (150.000 €)
c. Convocatoria
Clubes Deportivos (300.000 €)
d. Convocatoria
Eventos Deportivos (250.000 €)
e. Convocatoria
ayudas a Entidades Deportivas para asistencia a competiciones deportivas
desarrolladas fuera de la ciudad: (450.000 €)
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Todas
las convocatorias con cargo a la Partida Presupuestaria 06 34100
48900 “Subvenciones al Deporte”.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevé.
• PLAN DE ACCIÓN:
a) Mecanismo
de actuación: convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, una
vez aprobadas definitivamente las Bases Reguladoras de cada una de las
convocatorias
1º.- Orden del Consejero aprobando
la convocatoria.
2ª.- Publicación de la
convocatoria.
3ª.- Solicitudes.
4º.- Instrucción del procedimiento
(propuesta de resolución provisional, alegaciones, propuesta definitiva, etc.).
5ª.- Orden de concesión del
Consejero.
6º.- Publicación de la orden de
concesión.
b) Fecha
estimada de tramitación: Primer semestre de cada ejercicio.
c) Mecanismo
de aplicación: Ley General de Subvenciones / Reglamento de la Ley General de
Subvenciones / Reglamento General de Subvenciones de la C.A.M / Bases Reguladoras
de cada convocatoria
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: A la
finalización del ejercicio, los beneficiarios deberán presentar una memoria
descriptiva de la actividad realizada objeto de la subvención, así como una
memoria económica-justificativa conforme a los criterios de las bases y de
conformidad con la Intervención de la ciudad.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2ª
Objetivo
estratégico: Convenios de colaboración con equipos.
• Objetivo específico: desarrollo de
la actividad deportiva de un equipo de categoría nacional fomentando la concienciación
de la importancia de realización de actividades deportivas así como el
desarrollo de deporte-espectáculo para la sociedad melillense, ofreciendo ocio
deportivo de forma periódica para los melillenses durante la temporada
deportiva.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. Dirección General de DE DEPORTES.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de DE DEPORTES.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Entidades Deportivas que compiten en Categoría Nacional.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: apoyar a los equipos de la ciudad que compiten en categoría
nacional como forma de concienciar a los melillenses en la importancia de
realizar actividades deportivas y promocionar el deporte ofreciendo
alternativas de ocio espectáculo a los ciudadanos. Convenios Ejercicio
2020:
1. Club
Melilla Baloncesto
2. Unión
Deportiva Melilla
3. C.D.
Enrique Soler
4. C.D.
La Salle
5. Club
Voleybol Melilla
6. C.D.
Virgen de La Victoria
7. Melilla
Club Deportivo
8. Club
Deportivo Rusadir , 1ª División juvenil
de Fútbol 11
9. Club
Sporting Constitución
10. Torreblanca Club de Fútbol
11. Peña Barcelonista , División Honor juvenil F. S
12. Peña Real Madrid, División Honor juvenil F.S
13. Peña Barcelonista, División Honor juvenil Fútbol 11
14. Melistar
15. Club Voleybol Melilla Femenino
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: con carácter permanente durante el trienio que abarca los años
2020,2021 y 2022, si bien la composición de los clubes que militen en categoría
nacional puede variar de un ejercicio a otro.
• COSTE PREVISIBLE POR EJERCICIO
(sin que ello cree derecho u obligación alguna por parte de esta Consejería, y
únicamente a efectos programáticos):
1. Club
Melilla Baloncesto -1.000.000,00€
2. Unión
Deportiva Melilla-1.090.000,00€
3. C.D.
Enrique Soler-148.000,00€
4. C.D.
La Salle-50.000,00€
5. Club
Voleybol Melilla-390.000,00€
6. C.D.
Virgen de La Victoria-240.000,00€
7. Melilla
Club Deportivo-145.000,00€
8. Club
Deportivo Rusadir , 1ª División juvenil
de Fútbol 11-50.000,00€
9. Club
Sporting Constitución-60.000,00€
10. Torreblanca Club de Fútbol-120.000,00€
11. Peña Barcelonista , División Honor juvenil F. S-50.000,00€
12. Peña Real Madrid, División Honor juvenil F.S-50.000,00€
13. Peña Barcelonista, División Honor juvenil Fútbol
11-70.000,00€
14. Melistar --60.000,00€
15. Club Voleybol Melilla Femenino-50.000,00€
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
1. Club
Melilla Baloncesto --06 34102 48902
2. Unión
Deportiva Melilla--06 34101 48902
3. C.D.
Enrique Soler--06 3410448902
4. C.D.
La Salle--0634112 48902
5. Club
Voleybol Melilla--06 34107-48902
6. C.D.
Virgen de La Victoria--06 34143-48902
7. Melilla
Club Deportivo--06 3415048902
8. Club
Deportivo Rusadir , 1ª División juvenil
de Fútbol 11--063410548902
9. Club
Sporting Constitución--063413448902
10. Torreblanca Club de Fútbol--063413248902
11. Peña Barcelonista , División Honor juvenil F.
S--063411048902
12. Peña Real Madrid, División Honor juvenil
F.S--0634144418902
13. Peña Barcelonista, División Honor juvenil Fútbol
11--063415148902
14. Melistar --063414748902
15. Club Voleybol Melilla Femenino--063415248902
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevé.
• PLAN DE ACCIÓN:
a.- Mecanismo de actuación.- inclusión de la
subvención directa en las bases del presupuesto.
1º.- Acuerdo del Consejo de
Gobierno aprobando el gasto (dicha aprobación se realiza en el ejercicio
económico anterior).
2º.- Orden de incoación.
3º.- Solicitudes de conformidad
con el artículo 12.1 del RGSCAM.
4º.- Fiscalización previa de
Intervención al Convenio.
5º.- Aprobación por parte del
Consejo de Gobierno.
6º.- Firma del convenio.
7º.- Publicación del convenio en
el BOME.
b.- Fecha
aproximada de concesión: 2º Trimestre de cada ejercicio.
c.- Mecanismo de aplicación: Ley General de
Subvenciones / Reglamento de la Ley General de Subvenciones / Reglamento
General de Subvenciones de la C.A.M. / Convenio
realizadas
y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria
económica justificativa del cumplimiento del coste de las actividades
realizadas, que se realizarán siguiendo las directrices de la Intervención de
la C.A.M., sin perjuicio de la posibilidad de exigir la Ciudad Autónoma la
documentación que estime oportuna para la fiscalización de la justificación de
la subvención concedida.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 3ª
Objetivo
estratégico: facilitar a entidades y deportistas melillenses, cuya gestión y
práctica deportiva por su singularidad no es objeto de concurrencia
competitiva, la posibilidad de promocionar y desarrollar diversas modalidades
deportivas y hábitos de práctica, ampliando de esta forma el espectro de
actividades físico-deportivas que se pueden desarrollar en la ciudad y haciendo
posible el acceso a la práctica deportiva del mayor porcentaje posible de la
población en óptimas condiciones.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. Dirección General de Deportes.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Deportes.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Entidades diversas.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER:
a. Convenio
de colaboración con el Real Club Marítimo de Melilla para el fomento de los
deportes náuticos de la ciudad: promoción y desarrollo de los deportes náuticos
en la Ciudad de Melilla durante el trienio 2020-2022.
b. Convenio
de colaboración con José Luis Pérez García para el desarrollo de la escuela de
vela de crucero a través de la embarcación Melilla Deporte: promoción de la vela
de crucero y la preparación y formación de jóvenes deportistas melillenses en
la mencionada especialidad durante el trienio 2020-2022.
c. Convenio
de colaboración con Aspanies: impulsar, facilitar y promocionar la actividad
deportiva como medio de inclusión social, buscando la mejora física y emocional
de personas con discapacidad intelectual.
d. Convenio
de colaboración Carrera Africana: convenio de colaboración para la organización
y el desarrollo de la prueba deportiva denominada "Africana", la cual
se ha convertido en el mayor evento deportivo de la ciudad, contando con más de
3.000 participantes, y a la que asisten más de 1.000 deportistas de fuera de
nuestra ciudad.
e. Convenio
de Colaboración con el Club Natación Melilla: convenio de colaboración para el
apoyo de los deportistas melillenses de elite en el triatlón melillense, con
proyección a nivel nacional e internacional.
f. Convenio
de Colaboración con la Escudería Delfi
Sport y el Club Moto Rally Competición Melilla: convenio de colaboración para
el apoyo a las escuderías melillenses en la prueba internacional Dakar.
g. Convenio
la Salle Instalaciones: Convenio de Colaboración para el uso de la piscina del Colegio de la Salle
El Carmen, para todos los ciudadanos melillenses.
h. Convenio
Club Social Kick Boxing Melilla: Convenio de
colaboración en aras a la
inserción de los jóvenes en riesgo de exclusión social en un proyecto
deportivo.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: con carácter permanente durante el trienio que abarca los años
2020, 2021 y 2022, si bien las entidades que conforman esta línea de
subvención, pueden variar de un ejercicio a otro.
• COSTE PREVISIBLE POR EJERCICIO
(sin que ello cree derecho u obligación alguna por parte de esta Consejería, y
únicamente a efectos programáticos):
1. Convenio
con el Real Club Marítimo de Melilla para la promoción de los deportes náuticos
(30.000 €).
2. Convenio
de colaboración con José Luis Pérez García (30.000 €).
3. Convenio
Aspanies (30.000 €).
4. Convenio
Carrera Africana (60.000 €).
5. Convenio
de Colaboración con el Club Natación Melilla: 14.000,00€
6. Convenio
de Colaboración con la Escudería Delfi
Sport :30.000,00€
7. Club Moto Rally Competición
Melilla: 20.000,00€
8. Convenio
la Salle Instalaciones: 85.000,00€
9. Convenio
Club Social Kick Boxing Melilla: 16.000,00€
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
1. Convenio
con el Real Club Marítimo de Melilla.-
06 34135 48902
2. Convenio
de colaboración con José Luis Pérez García.- 06
34137 48902
3. Convenio
Aspanies.- 06 34141 48902
4. Convenio
Carrera Africana.- 06 34100 48902
5. Convenio
de Colaboración con el Club Natación Melilla: 063413448902
6. Convenio
de Colaboración con la Escudería Delfi
Sport :063415348902
7. Club Moto Rally Competición Melilla:
063415448902
8. Convenio
la Salle Instalaciones: 063411448902
9. Convenio
Club Social Kick Boxing Melilla: 063413048902
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevé.
• PLAN DE ACCIÓN:
a.-
Mecanismo de actuación.- inclusión de la subvención directa en las bases del
presupuesto.
1º.- Acuerdo del Consejo de
Gobierno aprobando el gasto (dicha aprobación se realiza en el ejercicio
económico anterior).
2º.- Orden de incoación.
3º.- Solicitudes de conformidad
con el artículo 12.1 del RGSCAM.
4º.- Fiscalización previa de
Intervención al Convenio.
5º.- Aprobación por parte del
Consejo de Gobierno.
6º.- Firma del convenio.
7º.- Publicación del convenio en
el BOME.
b.- Fecha
aproximada de concesión: 2º Trimestre de cada ejercicio.
c.-
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones / Reglamento de la Ley
General de Subvenciones / Reglamento General de Subvenciones de la C.A.M. /
Convenio
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una memoria de
actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades
realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una
memoria económica justificativa del cumplimiento del coste de las actividades
realizadas, que se realizarán siguiendo las directrices de la Intervención de
la C.A.M., sin perjuicio de la posibilidad de exigir la Ciudad Autónoma la
documentación que estime oportuna para la fiscalización de la justificación de
la subvención concedida.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 4ª
Objetivo
estratégico: Becas deportivas
• OBJETIVO ESPECÍFICO: potenciar la
práctica deportiva, colaborando con aquellos deportistas con proyección a
través de las becas, incidiendo en la importancia de la formación académica, en
el desarrollo integral de la persona y en alcanzar y mantenerse en la alta
competición a través de las estas becas.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. Dirección General de Deportes.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de DEPORTES.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
deportistas destacados en las diferentes modalidades deportivas.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER:
a. Proporcionar
una mayor apoyo a la tecnificación de deportistas de la ciudad de melilla que
habiendo acreditado una calidad inicial y una especial dedicación a la actividad
deportiva, auguren una proyección inmediata o futura para el deporte de alta
competición.
b. Promocionar
el deporte entre los jóvenes melillenses que tienen aptitudes para la práctica
de alguna modalidad deportiva, habiendo destacado en el logro de resultados.
c. Poner
en valor y reconocer los méritos deportivos de los deportistas melillenses que
han acreditado importantes resultados a nivel nacional y/o internacional.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: con carácter permanente durante el trienio que abarca los años
2020,2021 y 2022.
• COSTE PREVISIBLE POR EJERCICIO
(sin que ello cree derecho u obligación alguna por parte de esta Consejería, y
únicamente a efectos programáticos): o Becas deportivas.- (100.000 €)
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Becas Deportivas.-
14 34100 48900 “Subvenciones al Deporte”.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevé.
• PLAN DE ACCIÓN: Becas Deportivas:
llevar a cabo la convocatoria de becas de diverso importe, tratando de alcanzar
al mayor número posible de beneficiarios, siempre y cuando acumulen los méritos
deportivos necesarios.
a. Mecanismo de actuación tras la
aprobación definitiva de las Bases Reguladoras: convocatoria pública en régimen
de concurrencia competitiva.-
1º.- Orden del Consejero aprobando
la convocatoria.
2ª.- Publicación de la
convocatoria.
3ª.- Solicitudes.
4º.- Instrucción del procedimiento
(propuesta de resolución provisional, alegaciones, propuesta definitiva, etc.)
5ª.- Orden de concesión del
Consejero.
6º.- Publicación de la orden de
concesión.
b. Fecha estimada de concesión: a lo
largo del ejercicio.
c. Mecanismo de aplicación: Ley
General de Subvenciones / Reglamento de la Ley General de Subvenciones /
Reglamento General de Subvenciones de la C.A.M. / Bases Reguladoras
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Becas
Deportivas: ingreso del importe de la beca a los beneficiarios mediante
transferencia bancaria. Posteriormente deberán entregar el anexo en el que se
declara haber invertido la totalidad del importe de la subvención en el objeto
para la que la misma fue concedida.
6.-
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD
A. SERVICIOS URBANOS
Objetivos
Estratégico: Atención de los servicios funerarios de acuerdo con los distintos
ritos correspondientes a los grupos religiosos que coexisten en la Ciudad.
• OBJETIVOS
ESPECÍFICOS:
1º.-
Ejercicio de las competencias a las que este municipio se encuentra
obligado por el art. 25.2 k de la Ley 7/85, Reguladora de Las Bases de Régimen
Local, así como es prestar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal respecto a Cementerios y
actividades funerarias.
2º.- Apoyar
a las entidades representativas en la Ciudad de las distintas religiones, cuyos
ritos funerarios y mantenimiento de cementerios no estén gestionados
directamente por la Ciudad Autónoma de Melilla a través de esta Consejería de
Medio Ambiente, bien directamente, bien mediante una relación contractual externa
en los aspectos que no contravengan las costumbres o ritos funerarios, como
ocurre actualmente con la comunidad cristiana o con la comunidad islámica,
quedando fuera de estos servicios municipales los correspondientes a ritos funerarios
y mantenimientos de los cementerios de la comunidad hebrea.
El descenso en la población de esta comunidad,
que representa actualmente no más del 2% del censo de la Ciudad, los escasos
enterramientos que se producen al año, la existencia de cementerios hebreos que
hay que mantener y cuya historia se sitúa en tiempos pretéritos en los que la
representación de la comunidad hebrea era sensiblemente mayor, y el alto
interés de la comunidad en gestionar estos servicios funerarios y de
cementerios con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la observancia
estricta de los ritos y costumbres funerarios.
LINEA DE
SUBVENCIÓN 1ª
Objetivo
estratégico. Gestión de los enterramientos y de los cementerios hebreos.
Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.
• OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
Participación de la comunidad hebrea en la gestión y mantenimiento de los
cementerios de dicha comunidad y en la observancia de los ritos funerarios
propios.
• AREA DE COMPETENCIA: Consejería
de Medio Ambiente y Sostenibilidad
(Dirección General de Servicios Urbanos).
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Servicios Urbanos.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
A la comunidad hebrea como representante religioso de las personas cuyos restos
se le encomiendan para su mantenimiento en los recintos de cementerios hebreos
de la Ciudad.
• OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE
PRENTENDE OBTENER: Participación de la comunidad hebrea en la gestión de los
cementerios que prestan servicio a su colectivo, limitando su coste en
comparación con el importe que supondría la gestión directa de los mismos por
la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo tiempo que estos servicios funerarios
y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la
observancia de costumbres y ritos propios de la misma.
• PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN.
Anual. Con una dotación de 60.000,00 Euros en los Presupuestos del 2020.
• COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2017.
60.000,00 Euros
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida
presupuestaria 2020 07/16400/48900 –
Subvención Cementerio Comunidad
Israelita.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
• PLAN DE ACCIÓN: se prevé los
siguientes:
a. Subvención
directa con la vigencia del convenio.
b. Forma
de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
c. Mecanismo
de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el
Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección
General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los
justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por
la Comunidad Israelita. Subvención Prepagable.
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección
General de Servicios Urbanos.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
ANEXO OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
Atención de
los servicios funerarios de acuerdo con los distintos ritos correspondientes a
los grupos religiosos que coexisten en la Ciudad.
• OBJETIVOS
ESPECÍFICOS:
1º.- Ejercicio de las competencias a las que
este municipio se encuentra obligado por el art. 25.2 k de la Ley 7/85,
Reguladora de Las Bases de Régimen Local, así como es prestar servicios
públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la
comunidad vecinal respecto a Cementerios y actividades funerarias.
2º.- Apoyar
a las entidades representativas en la Ciudad de las distintas religiones, en
las actividades relacionadas con los ritos funerarios y el resto de actividades
relacionadas con los enterramientos que
no estén gestionados directamente por la Ciudad Autónoma de Melilla ,
así como complementar los servicios de la CAM en los momentos de saturación de
sus servicios.
El incremento
en la población de la comunidad islámica, que representa
actualmente más del 50% del censo de la
Ciudad, el crecimiento exponencial de
enterramientos que se producen al año, la costumbre de enterrar a los
fallecidos en tierra, la existencia de un único
cementerios musulmán, con los equipamientos propios ( mezquita, comedor,
oficinas, etc) que hay que mantener y el
alto interés de la comunidad musulmana representada por la Comisión Islámica de
Melilla con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la observancia
estricta de los ritos y costumbres funerarios.
LINEA DE
SUBVENCIÓN 1
Objetivo
estratégico. Gestión de los ritos y
actividades relacionadas con los enterramientos en el Cementerio Musulmán de Melilla.
• OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
Participación de la comunidad islámica en la gestión y mantenimiento del
cementerio de dicha comunidad y en la observancia de los ritos funerarios
propios.
• AREA DE COMPETENCIA: Consejería
de Medio Ambiente y Sostenibilidad
(Dirección General de Servicios Urbanos).
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Servicios Urbanos.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
A la Comisión Islámica de Melilla como
representante religioso de las personas cuyos restos se le encomiendan
para su mantenimiento en el recinto de cementerio musulmán de la Ciudad.
• OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE
PRENTENDE OBTENER: Participación de la comunidad musulmana en la gestión del
cementerio que presta servicio a su
colectivo, acomodando su coste al uso cada vez mayor de dicha instalación,
garantizando al mismo tiempo que estos servicios funerarios y de mantenimiento
se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la observancia de
costumbres y ritos propios de la misma.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN. Anual. Solo cuando tenga previsión presupuestaria expresa. Con una
dotación de 80.000,00 Euros en los Presupuestos del 2020.
• COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2020.
80.000,00 Euros
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida
presupuestaria 2020 07/16401/48900 –
Subvención Cementerio Comunidad Islámica.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
• PLAN DE ACCIÓN: se prevé los
siguientes:
a. Subvención
directa con la vigencia del convenio.
b. Forma
de concesión: Convenio con la Comisión islámica de Melilla
c. Mecanismo
de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Melilla
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección
General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los
justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por
la Comisión Islámica de Melilla. Subvención Prepagable.
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección
General de Servicios Urbanos.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
B. INFRAESTRUCTURAS Y RECURSOS HÍDRICOS
Objetivos
estratégicos: Ayudar a garantizar el suministro de agua adecuado en términos de
caudal y presión a todas las zonas de la Ciudad Autónoma de Melilla.
pequeños
depósitos particulares y/o grupos de presión individuales de baja potencia que
les ayuden a garantizar tanto presión como suministro ante eventuales problemas
del sistema de abastecimiento.
Esto ocurre
principalmente en viviendas unifamiliares de las zonas altas de la ciudad,
donde la red general de abastecimiento no dispone de presión directa adecuada
para los usos habituales de este recurso y se requieren sistemas particulares
adicionales de elevación y almacenamiento, dándose además el agravante de que
las mencionadas zonas son también las más desfavorecidas en términos de nivel
de renta entre sus habitantes.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1ª
Objetivo
estratégico. Ayudar a garantizar el suministro de agua adecuado en caudal y
presión a todas las zonas de la Ciudad Autónoma de Melilla, en especial las
zonas altas y más desfavorecidas, que sufren problemas habituales de falta de
presión y requieren sistemas de elevación y almacenamiento adicionales.
• OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
Facilitar a los usuarios de baja renta y
escaso poder adquisitivo que viven en las zonas altas y más desfavorecidas de
la CAM, la adquisición de pequeños depósitos particulares de agua potable y/o
grupos de presión individuales de baja potencia.
• AREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Medio Ambiente y Sostenibilidad (Dirección General de Infraestructuras y
Recursos Hídricos).
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Usuarios de agua de consumo humano.
• OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE
PRENTENDE OBTENER: Mejora cuantitativa y cualitativa del suministro de agua
potable, tanto en garantía de suministro como en presión, a fin de mitigar el
problema actual de la Ciudad Autónoma de Melilla, que en las zonas más altas de
la misma no permite el suministro directo de la red a una presión adecuada y
requiere de sistemas particulares adicionales de elevación y almacenamiento.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Anual, con una dotación de 30.000,00 € en los presupuestos del año
2020.
• COSTES PREVISIBLES EJERCICIO
2020. 30.000,00 Euros
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida
presupuestaria 2020 07 16100 48900 Subvención Adquisición Depósitos de Agua.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevén. Se financiará sólo con fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los
siguientes:
a. Subvención
mediante concurrencia competitiva de los beneficiarios.
b. Forma
de concesión: Convocatoria de libre concurrencia.
c. Mecanismo
de aplicación: Bases reguladoras aprobadas por Consejo de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante
comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Infraestructuras
y Recursos Hídricos de la justificación del importe otorgado con los
justificantes de gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de
la Orden de Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Recursos Hídricos.
-Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
- Evaluación: No se precisará
memoria final.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2ª
Objetivo
ESTRATÉGICO. Convenio Específico de colaboración entre la Consejería de Medio
Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el Instituto
Geológico y Minero de España para la investigación de aguas subterráneas como
apoyo a la gestión hidrológica de la Ciudad Autónoma de Melilla en el período
2020-2024.
• OBJETIVOS
ESPECÍFICO: El Objeto del presente convenio es regular las condiciones de
colaboración y cooperación en las que se desarrollarán las actividades entre la
Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla
y el IGME.
Esta
colaboración se plasmará en la realización de proyectos y estudios científicos
técnicos relacionados con el medio ambiente, los recursos hídricos, cartografía
temática y otros proyectos relacionados con las Ciencias de la Tierra, así como
actividades que lleven a cabo ambos organismos.
El presente
Convenio tiene por objeto llevar a cabo la investigación de diferentes
acuíferos como apoyo al abastecimiento urbano y a la sostenibilidad ambiental
de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período 2020-2024, así como precisar
las condiciones bajo las cuales deberá regirse la realización de las diferentes
actividades recogidas en el listado siguiente:
1.- Informes complementarios con
la toma de muestras de calidad en los diferentes acuíferos para evaluar
procedencia de las aguas.
2.- Informes complementarios sobre
el reconocimiento de sondeos previos y de sondeos de investigación con equipo
de testificación geofísica.
3.- Informes complementarios sobre
la determinación de la existencia o no de la cuña de intrusión marina en
diferentes acuíferos.
4.- Informes complementarios sobre
la evaluación actualizada de la recarga en cada uno de los acuíferos
(volcánico, carbonatado y aluvial).
5.- Informes complementarios en
relación al estudio de la posibilidad de realizar operaciones de recarga artificial
de acuíferos.
6.- Propuesta de optimización de
las instalaciones eléctricas, asociadas al bombeo de las aguas subterráneas.
Adaptación del bombeo a las curvas característica y mejora del rendimiento.
7.- Informe con análisis
hidrogeológico de las posibilidades de captación de aguas subterráneas para
abastecimiento de la desaladora.
8.- Informes complementarios del
seguimiento de sondeos de investigación para control de evolución de
niveles.
9.- Informes complementarios al
Plan de Uso sostenible de las masas de agua subterránea (bombeo por sectores
con tendencia a la recuperación del estado cuantitativo y cualitativo de las
masas de agua.
10.- Propuesta de una batería
estratégica de apoyo al abastecimiento urbano desde el acuífero calizo de Melilla
y seguimiento.
11.- Plan de explotación mediante
sondeos del borde costero como apoyo a la desaladora y el aprovechamiento del
agua continental salobre en las masas del acuífero calizo y volcánico.
12.- Elaboración de un modelo
matemático de flujo en los acuíferos de Melilla.
13.- Estudio del sellado de
sondeos preexistentes para evitar mezclas de agua de mala calidad.
14.- Campaña de sondeos de
investigación en el Parque Hernández y en el trazado a la plaza de España. (5
sondeos).
15.- Controles de la evolución de
la intrusión marina y de las explotaciones.
16.- Mejora del conocimiento del
modelo 3D provisional realizado con los nuevos datos geofísicos y de sondeos.
17.- Mejora del conocimiento del
aluvial con sondeos en el primitivo desvío del cauce hacia la Plaza de España.
18.- Campaña complementaria de
prospección geofísica en el aluvial.
19.- Reconocimiento mediante
sondeos de los sectores donde emplazar las pantallas del aluvial así como del
área cementada bajo el puente del Escaño. (14 sondeos).
20.- Perímetros de protección de
la calidad de los abastecimientos urbanos (tránsito de mercancías peligrosas,
ubicación de instalaciones potencialmente contaminantes y otros).
-
Regular las condiciones de colaboración y
cooperación en las que se desarrollarán las actividades entre la Consejería de
Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el IGME.
-
Investigación de diferentes acuíferos como apoyo al
abastecimiento urbano y a la sostenibilidad ambiental de la Ciudad Autónoma de
Melilla para el período 2020-2024.
• AREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Medio Ambiente y Sostenibilidad (Dirección General de Infraestructuras y
Recursos Hídricos).
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Usuarios de agua de consumo humano.
• OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE
PRENTENDE OBTENER: Mejora cuantitativa y cualitativa de las masas de agua
subterránea gestionadas por la Ciudad Autónoma de Melilla, que suponen, en la
actualidad, casi 1/3 de la demanda total de agua de consumo humano de la
población.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: El presente Convenio se extenderá por 4 AÑOS, pudiendo ser
prorrogado por un máximo de otros cuatro años, conforme al art. 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
• COSTES PREVISIBLES EJERCICIO
2020. 47.250,00 Euros
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida
presupuestaria 2020 07 17100 47000 Convenio Instituto Geológico y Minero de
España., con la siguiente previsión de anualidades:
1. 2020 por importe de 47.250,00
€.
2. 2021 por importe de 42.695,00
€.
3. 2022 por importe de 56.500,00
€.
4. 2023 por importe de 30.000,00
€.
5. 2024 por importe de 12.500,00
€.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: El
Instituto Geológico y Minero de España asumirá con cargo al Capítulo 1
(aplicación presupuestaria 27.204.467F.1XX.XX) de su presupuesto la cantidad de 188.945,00 €, repartidos en las
siguientes anualidades:
1. 2020 por importe de 47.250,00
€.
2. 2021 por importe de 42.695,00
€.
3. 2022 por importe de 56.500,00
€.
4. 2023 por importe de 30.000,00
€.
5. 2024 por importe de 12.500,00
€.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los
siguientes:
-
-Subvención directa.
-
-Forma de concesión: Convenio con el Instituto
Geológico y Minero de España.
-
-Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras
contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Para el
seguimiento y control del Convenio, se crea una Comisión de Seguimiento, de composición mixta y
paritaria, formada por dos
representantes designados por la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad
de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos representantes designados por el IGME.
Asimismo,
podrán designarse suplentes de los miembros de la Comisión y a sus reuniones
podrán asistir los técnicos que se juzgue conveniente por las partes, según los
temas a tratar.
La Comisión
de Seguimiento tendrá las funciones siguientes:
a. Aprobar
y evaluar el Programa de Actuaciones del Convenio, proponiendo, cuando sea
necesario, las variaciones que se consideren oportunas.
b. Realizar
informes y propuestas sobre la ejecución de los trabajos
c. Resolver cualquier cuestión que se plantee en la
interpretación y ejecución del Convenio.
d. Redactar
y proponer a las partes las adendas correspondientes a los distintos aspectos
del desarrollo de las actuaciones previstas que impliquen incremento del gasto
inicialmente aprobado.
e. Cualesquiera
otras cuestiones que las partes consideren adecuadas.
Para
efectuar un correcto seguimiento y la evaluación adecuada de las actividades
que se hagan como consecuencia de este Convenio, se podrá elaborar, previo
acuerdo de las partes, un Informe de progreso anual y un Informe de resultados
al final del convenio.
Los
acuerdos de la Comisión de seguimiento se regirán por lo dispuesto en la Ley
30/92 para los Órganos Colegiados. La Comisión se considerará válidamente
constituida si están presentes al menos tres miembros vocales o suplentes de
los cuatro integrantes de la misma. Las decisiones de la Comisión de
seguimiento se tomarán por unanimidad.
C. SOSTENIBILIDAD
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1ª
Objetivo
Estratégico: Fomento sostenible de un trasporte de personas que disminuya la contaminación
acústica, lumínica y atmosférica, en un nuevo marco de movilidad sostenible.
Dentro de
las prestaciones básicas a desarrollar por las Administraciones Públicas en el
ámbito del trasporte, la movilidad y la protección contra la contaminación en
zonas urbanas, es competencia de las Corporaciones Locales, y por tanto de la
Ciudad Autónoma de Melilla en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de su
Estatuto de Autonomía, en relación con los
apartados 2 k y 2 g) del artículo
25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, “en particular la protección
contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas”
y la “movilidad”.
1º. Lucha contra la contaminación
acústica, lumínica y atmosférica.
2º. Medidas que favorezcan la
consecución del Plan de Movilidad Urbana Sostenible.
Ayuda a la
adquisición de bicicletas y vehículos eléctricos para el desplazamiento urbano
de personas. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.
• OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Ayuda a la
adquisición de bicicletas, bicicletas eléctricas, monitorización eléctrica de
bicicletas, motocicletas eléctricas y vehículos eléctricos, que impulse la
sustitución de vehículos contaminantes por otros con menor impacto medio
ambiental , que por un lado reduzcan la contaminación y por otro implique un
cambio en el modelo de movilidad urbana, buscando la sostenibilidad ambiental.
• AREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Medio Ambiente y Sostenibilidad
• CENTRO GESTOR: Dirección General de
Sostenibilidad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Ciudadanos mayores de edad que realizan desplazamientos urbanos y que por tanto
son sujetos principales del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS).
• OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE
PRENTENDE OBTENER: Participación de las personas que realizan desplazamientos
urbanos mediante vehículos, en la utilización de vehículos menos contaminantes
que los que utilizan motores de combustión para su impulso. Conjugando así la
búsqueda de una menor contaminación urbana derivada del tráfico vehicular, con
unos flujos adecuados en el modelo de movilidad existente.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN. Sin Periodicidad. Solo cuando tenga previsión presupuestaria
expresa. Con una dotación de 140.000,00 Euros en los Presupuestos del 2020.
• COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2020.
140.000,00 Euros
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida
presupuestaria 2018 07/17900/48900 – Subvención PMUS Bicicletas.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
• PLAN DE ACCIÓN: se prevé los
siguientes:
a. Subvención
mediante concurrencia competitiva de los beneficiarios.
b. Forma
de concesión: Convocatoria con libre concurrencia.
c. Mecanismo
de aplicación: Bases reguladoras aprobadas por Consejo de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Melilla y Orden de Convocatoria.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección
General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes
de gastos previstos en el contenido de las Bases de Reguladores y de la Orden
de Convocatoria, a través de la Oficina de Movilidad.
-Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
-Evaluación: No se precisará
memoria final.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2ª
Objetivo
estratégico. Subvención para la renovación de la flota de taxis de Melilla.
Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.
• OBJETIVOS ESPECÍFICOS. El objeto
de este programa es colaborar con los gastos ocasionados con motivo de la
adquisición por parte de los titulares de las licencias de autotaxis en la
ciudad de Melilla de los vehículos más antiguos de esta flota, sustituyéndolos
por vehículos más nuevos, menos contaminantes y más accesibles, que incluya así
mismo compromiso de sustitución del vehículo subvencionado antes de los 15 años
de uso del mismo, con el fin de fomentar un trasporte sostenible, siempre que
cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases.
• AREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Medio Ambiente y Sostenibilidad
• CENTRO GESTOR: Dirección General de
Sostenibilidad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Se considera actividad subvencionable, a los efectos del presente programa, la
adquisición de vehículos autotaxis por titulares de la licencia correspondiente
en la Ciudad Autónoma de Melilla.
• OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE
PRENTENDE OBTENER: La necesidad de que el parque de vehículos de la ciudad sea
menos contaminante, y dentro de este los que corresponden al servicio público
de autotaxis, tiene una relación directa con la sostenibilidad del Medio
Ambiente, por ello desde la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente se
estima la conveniencia de facilitar el acceso de los mismos a la adquisición de
vehículos no contaminantes, con la intención de mejorar la calidad de vida de
los propios melillenses.
Siguiendo
con la misma línea de actuación, la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la
Consejería competente en materia de Movilidad y Medio Ambiente, con el fin de
lograr una mayor accesibilidad de los ciudadanos melillenses a un trasporte no contaminante,
pone en marcha el presente Programa de ayudas, que trata de sustituir los
vehículos auto taxi actuales por otros nuevos, menos contaminantes y más
accesibles.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN. Sin Periodicidad. Solo cuando tenga previsión presupuestaria
expresa. Con una dotación de 40.000,00 Euros en los Presupuestos del 2020.
• COSTES PREVISIBLES EJERCICIO
2020. 40.000,00 Euros
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida
presupuestaria 2019 07 44111 47900 “Subvención
Taxi”.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
• PLAN DE ACCIÓN: se prevé los
siguientes:
a.- Subvención mediante
concurrencia competitiva de los beneficiarios.
b.- Forma de concesión:
Convocatoria con libre concurrencia.
C.-Mecanismo de aplicación: Bases
reguladoras aprobadas por Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla
y Orden de Convocatoria.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación
mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de
Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes
de gastos previstos en el contenido de las Bases de Reguladoras y de la Orden
de Convocatoria, a través de la Oficina de Movilidad.
- Seguimiento:
Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad
- Evaluación:
No se precisará memoria final.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 3ª
Objetivo
estratégico. Subvención a Cooperativa Ómnibus Automóviles de Melilla (COA,
Transporte colectivo urbano), destinada a sufragar gastos de explotación del
ejercicio 2020. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.
• OBJETIVOS
ESPECÍFICOS. Se trata de una subvención nominativa incluida en los Presupuestos
Generales de la CAM para 2020, cuya partida presupuestaria con denominación
“SUBVENCION COA” tiene un saldo de 380.000,00 Euros. Subvención destinada a
sufragar gastos de explotación del presente ejercicio 2020 que no estén
cubiertos por los ingresos ordinarios y con subvenciones de otros entes, o a
sufragar el déficit en el servicio que arrastra la beneficiaria desde 2007.
Consta
Informe de la Consejería de Medio
Ambiente y Sostenibilidad que pone de
manifiesto que la COA sigue prestando actualmente el servicio de trasporte
colectivo urbano.
Asimismo
por sentencia 182/2017 del Juzgado Contencioso Administrativo nº1 de Melilla se
reconoce la vinculación de dicha empresa al servicio así como determina la
obligación de sufragar por la CAM el déficit de explotación obtenido por la COA
en la prestación del servicio de transporte colectivo urbano de viajeros.
La
Secretaria Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad con
fecha 6 de octubre de 2017 emite informe en el que hace constar que la Ciudad Autónoma
de Melilla ejerce competencias sobre su territorio en materia de
“transporte
público de viajeros” (art. 25.2 letra g)
• AREA DE COMPETENCIA: Consejería
Medio Ambiente y Sostenibilidad
• CENTRO GESTOR: Dirección General de
Sostenibilidad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Transporte colectivo urbano
Cooperativa
Ómnibus de Automóviles de Melilla (COA)
• OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE
PRENTENDE OBTENER: el servicio público de transporte es un servicio esencial,
social y estratégico que se presta a la ciudadanía, siendo obligación para las
instituciones de la Ciudad Autónoma ejercer sus potestades con los siguientes
objetivos básicos entre otros: la mejora de las condiciones de vida, el fomento
de la calidad de vida mediante la protección de la naturaleza y del medio
ambiente, el desarrollo de los equipamientos sociales y la realización de un
eficaz sistema de comunicaciones que potencie los intercambios humanos,
culturales y económicos.
Que el
transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales en la
política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar niveles de
comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los ciudadanos.
• PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN.
Sin Periodicidad. Solo cuando tenga previsión presupuestaria expresa. Esta
subvención se concederá de forma directa, ya que así estaba prevista
nominativamente en los Presupuestos Generales de la CAM por el importe que
figure en el saldo de la partida presupuestaria 07 44110 47900“SUBVENCION COA”
y que la Ley General de Subvenciones, en su artículo 22, apartado 2, letra, a
dispone que podrán concederse de forma directa, sin necesidad de convocatoria
pública “las previstas nominativamente en los Presupuestos Generales (...) de
las entidades locales, en los términos recogidos en los convenios y en la
normativa reguladora de estas subvenciones”.
• COSTES PREVISIBLES EJERCICIO
2020. 380.000,00 Euros
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida
presupuestaria 07 44110 47900 “Subvención COA”, del Presupuesto de la
Consejería Medio Ambiente y Sostenibilidad según retención de crédito expedida
por la Intervención General para tal fin.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
• PLAN DE ACCIÓN: se prevé los
siguientes:
a. Plazos
y modalidad de pago: Un solo pago de 380.000,00 €.
b. Compatibilidad:
La subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o
Ente Público, siempre que no rebase el costo de la actividad subvencionada
(prestación del servicio)
c. Plazo
y forma de justificación: La rendición de cuenta justificativa se hará de
acuerdo con lo establecido en el art. 30.2 de la Ley General de Subvenciones.
Su presentación se realizará como máximo, en el plazo de tres (3) meses, una
vez finalizado el presente ejercicio presupuestario 2020.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección
General de Sostenibilidad.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 4ª
Objetivos
estratégicos:
A.- La
realización de estudios y planes para la valoración y seguimiento del estado de
conservación medioambiental de los espacios naturales y especies de flora y
fauna con estatus de protección oficial, en el litoral y zonas ZEC del
territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.
1º.- La
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la presencia en su territorio de dos zonas
de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la
marítimo-terrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del
Rio Nano; está obligada al seguimiento y conservación de dichas zonas, tanto de
los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies
presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE),
habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas
dentro del contexto general de España, por la situación geográfica
norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias
sub-áridas. No obstante, la Consejería
de Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para
acometer los estudios mencionados, de ahí la necesidad de contar con la
colaboración y apoyo de expertos universitarios en esta materia específica.
2º.- Que la
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de
sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos
servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de
su comunidad vecinal en materia de Protección del Medio Natural, a través de la
Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el
Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la
modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías
de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) y está
interesada en el estudio de las especies más reseñables así como de los estados
de conservación y calidad de los hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral
melillense, requiriendo para ello de la colaboración de instituciones
universitarias ampliamente acreditadas en ese campo.
B.- Gestión
de los hábitats y especies protegidas. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y
2.
• OBJETIVOS ESPECÍFICOS. La
Universidad de Granada, apoyada en múltiples estudios previos, dispondrá de un
estudio completo con inventarios, censos, densidades y planos bionómicos de las
especies más reseñables así como de los estados de conservación y calidad de
los hábitats mencionados que, desde el ámbito académico, podrá ser utilizado
tanto para su difusión, investigación o base científica para la elaboración de
distintos Planes de Conservación, como para su utilización didáctica-formativa
y de divulgación medioambiental.
• AREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Medio Ambiente y Sostenibilidad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Al colectivo universitario investigador.
• OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE
PRENTENDE OBTENER: Participación de la Universidad de Granada en la gestión de
las especies y hábitats protegidos, limitando su coste en comparación con el
importe que supondría la gestión directa de los mismos por la Ciudad Autónoma,
garantizando al mismo tiempo que estos estudios se realizan por personal
investigador con amplia experiencia.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN. Cuatro (4) años. Con una dotación inicial de 40.000,00 € en los Presupuestos del 2020.
• COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2020.
40.000,00 €
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida
presupuestaria 07 1720 42390.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
• PLAN DE ACCIÓN: se prevé los
siguientes:
a. Subvención
directa con la vigencia del convenio.
b. Forma
de concesión: Convenio con la UGR.
c. Mecanismo
de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el
Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio
Natural dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación
del importe otorgado con los informes ambientales y planes de gestión realizados en cada
ejercicio.
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección
General de Sostenibilidad
-
Evaluación: Se precisará memoria final.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 5ª
Objetivo
Estratégico:
A.- Fomento
del estudio de la Avifauna de la Ciudad Autónoma de Melilla para la
implementación de medidas que fomenten la conservación de la biodiversidad
local.
1. - La Ley
42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad y la Ley 33/2015
de 21 de septiembre que la modifica, cuyo objetivo es garantizar la
biodiversidad mediante la conservación de los hábitat naturales y de la fauna y
flora silvestres, establece la obligación de realizar, en virtud de su artículo
17, una evaluación del estado de conservación de las especies y los tipos de
hábitat de interés comunitario. Al mismo tiempo, la Directiva Aves (2009/147/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo) obliga a todos los Estados a tomar todas
las medidas necesarias para mantener o adaptar las poblaciones de todas las
especies de aves al nivel que corresponda, en particular, a las exigencias
ecológicas científicas y culturales, habida cuenta de las exigencias económicas
y recreativas. La Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad pretende
conocer el estado de la avifauna de la Ciudad mediante la puesta en marcha del
Estudio de Aves Invernantes en la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que además sirva
de base científica para de la confección del futuro Atlas de la Avifauna de la
Ciudad. Actualmente la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural no cuenta
con los medios técnicos ni humanos para acometer el desarrollo de un proyecto
que implica contar con un equipo multidisciplinar, y con experiencia en este
tipo de trabajos.
2º.- Que la
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de
sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos
servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de
su sociedad en materia de Protección del Medio Natural, a través de la
Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el
Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la
modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías
de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019).
B.- Conocer
de manera pormenorizada la distribución espacial de las aves que nidifican en
la Ciudad Autónoma de Melilla. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.
• OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
1. Conocer y estudiar las especies de
avifauna en nuestra Ciudad en todas las fases fenológicas (nidificación,
invernada y/o paso migrador), y contribuir con el reporte de estos datos al
enriquecimiento del citado Atlas Nacional.
2. Informar a las autoridades
ambientales nacionales y comunitarias sobre las cifras poblacionales, el rango
y, especialmente, las tendencias de estas variables, tanto a corto como a largo
plazo. Conocer su preferencia de hábitat (índice de selección y densidad por
ambiente) en la Ciudad Autónoma de Melilla.
3. Realización de un diagnóstico que
permita identificar de forma explícita nuevos objetivos de conservación sobre
hábitats y especies, asegurando la coherencia con otros instrumentos de
planificación sectorial (Planes de Gestión de Arbolado Urbano, Red Natura
2000…).
• AREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Medio Ambiente y Sostenibilidad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Entidades Conservacionistas con experiencia en este tipo de estudios.
• OBJETIVO Y EFECTOS QUE SE
PRENTENDE OBTENER: La participación de Entidades Conservacionistas de reconocido
prestigio, con acreditada solvencia técnica en la confección de Atlas de
Avifauna.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN TRES (3) años. Con una
dotación inicial de 10.000 € en los Presupuestos de 2020.
• COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2020.
10.000,00 €.
• APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. Partida
presupuestaria 07 17201 48900.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevén. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
• PLAN DE ACCIÓN: se prevé los
siguientes:
a. Subvención
mediante concurrencia competitiva de los beneficiarios.
b. Forma
de concesión: Convocatoria con libre concurrencia.
c. Mecanismo
de aplicación: Bases reguladoras aprobadas por Consejo de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Melilla y Orden de Convocatoria.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio
Natural, dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad, de la justificación
del importe otorgado con los justificantes.
- Seguimiento:
Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
- Evaluación:
Se precisará memoria final.
7.
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
A. CULTURA Y FESTEJOS
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
1) Fomento de la Cultura en cualquiera
de sus manifestaciones y promoción del patrimonio cultural inmaterial.
2) Fomento de las actividades que
conlleven y fomenten el conocimiento de las culturas de cada comunidad, a modo
de interrelación más profunda de todas ellas.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1.ª
Objetivo
Estratégico: Facilitar medios para el desarrollo de sus actividades y
estructura interna a las organizaciones cuyo objeto social sea el fomento de la
cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades
relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura,
escultura, fotografía, etc., así como impartir conferencias, charlas o cursos
sobre cualquier aspecto relacionado con la cultura, o bien facilitar los medios
a entidades que tengan entre sus fines el fomento, la conservación o
enriquecimiento del patrimonio histórico, artístico, monumental,
arquitectónico, arqueológico, paleontológico y etnológico para la realización de
actividades que le son propias, en aplicación de lo establecido en el artículo
21.1.14 y 15 de la Ley Orgánica 2/95, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto
de Autonomía de Melilla.
Se pretende
que tenga especial incidencia la promoción del patrimonio cultural inmaterial,
concebido como el conjunto de “usos, representaciones, expresiones,
conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y en algunos casos los
individuos, reconocen como parte integrante de su patrimonio cultural”, así
como en la promoción de las denominadas industrias culturales, entendidas como
aquel sector de la economía que se desarrolla entorno a bienes culturales y
servicios culturales, tales como el arte, el entretenimiento, el diseño, la
arquitectura, la publicidad, la gastronomía y el turismo.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Cultura y Festejos.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus
manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música,
teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su
funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades con el objetivo de:
1. Fomentar
la música, la promoción de la creatividad y difusión de la misma, así como la
ayuda a sociedades de conciertos, asociaciones musicales, entidades
musicológicas, orquestas y conjuntos instrumentales, corales y coreográficos, y
la organización y promoción de manifestaciones musicales, entidades
musicológicas, orquestas y conservación del folklore.
2. Fomentar
el teatro y la promoción de compañías y grupos teatrales, así como el
desarrollo y la promoción de toda clase de actividades teatrales, festivales,
certámenes, teatro infantil, juvenil y vocacional y el apoyo de manifestaciones
cinematográficas en general.
3. Promocionar
la cinematografía (Semana del Cine, etc.) y fomentar toda clase de actividades
relacionadas con la creatividad artística en este campo de la cultura, la ayuda
a cineclubes y a entidades culturales cinematográficas en general.
4. Promocionar
actividades divulgativas sobre nuestra historia, costumbres, tradiciones
(cursos de verano, jornadas literarias, de historia, etc.).
5. Fomentar
la creación literaria, la promoción del libro y de las ediciones sonoras y
audiovisuales, la promoción de los hábitos de lectura, muy en particular en los
sectores infantil y juvenil, el apoyo al autor y a su obra, la difusión
cultural a través de los libros, de las manifestaciones literarias y la
creación y sostenimiento de fonotecas y videotecas.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevé para las actividades concretas subvencionadas.
• ACCIONES PREVISTAS PARA LOS
EJERCICIOS 2020, 2021 Y 2022. Se prevén las siguientes:
a.- Convocatoria
pública, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a asociaciones
de índole cultural domiciliadas en Melilla para la realización de actividades
culturales y festivas, con cargo a la partida 14/33401/48900, subvenciones a
entidades culturales. Importe total de 75.000,00 €.
-
Fechas de concesión: Primer semestre de cada
ejercicio.
-
Mecanismo de aplicación: Ley General de
Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla. Bases de la convocatoria de ayudas y publicación. Instrucción del
procedimiento. Concesión a los solicitantes que cumplan los requisitos
establecidos en las bases de la convocatoria.
b.-
Concesión de una subvención directa a cada una de las siguientes asociaciones,
a través del convenio de colaboración que se cita, con cargo a la partida
14/33400/48900 (convenios entidades culturales):
1. Convenio
de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación de Banda de
Música, Orquesta Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla”, para el fomento de la
música como actividad cultural, mediante la promoción de determinadas acciones
formativas: 330.000,00 €.
2. Convenio
de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Agrupación de
Cofradías de Semana Santa de Melilla, para la realización de diversas
actividades relacionadas con la Semana Santa: 63.000,00 €.
3. Convenio
de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada
para el Aula Permanente de Formación Abierta: 21.500,00 €.
4. Convenio
de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Sociedad Cultural
Amigos de la Música de Melilla, para la celebración de determinados conciertos:
22.000,00 €.
5. Convenio
de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Real y Franciscana
Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria, para llevar todas las
actuaciones encaminadas a la conservación de la Imagen de Virgen de la Victoria
y su entorno y la exhibición de la Imagen en procesión durante las fiestas
patronales de Melilla: 6.500,00 €.
6. Convenio
de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y Asociación Nana, para el
desarrollo del proyecto Nana: 70.000,00 €.
7. Convenio
de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación de Estudios
Melillenses, para la reforma y reestructuración de las dependencias de la misma
y el fomento de exposiciones y visitas guiadas: 15.000,00 €.
8. Convenio
de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Oxígeno
Laboratorio Cultural, para el desarrollo del proyecto Kahina: 40.000,00 €.
9. Convenio
de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Jóvenes
Artistas Melillenses “El Invernadero”, mediante la promoción de determinadas
acciones formativas: 75.000,00 €.
c.- Fechas
de concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
d.-
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.
e.-
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, formalización de los correspondientes
Convenios de colaboración.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de la memoria anual de
actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos y traslado a la
intervención general para su fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo,
grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades,
etc.
Plazo de tramitación y pago.
B. RELACIONES INTERCULTURALES
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS
1) Incentivar la investigación sobre
los fenómenos multiculturales y sobre los peligros que pudieran acechar a la
convivencia basada en el respeto a la diversidad y el pluralismo cultural.
2) Promover acciones, experiencias y
proyectos que favorezcan el diálogo intercultural.
3) Impulso de actividades que conlleven
y fomenten el conocimiento y la participación, por todos los melillenses, de
las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación más profunda entre
todas ellas.
4) Salvaguardar el Patrimonio Cultural
Inmaterial de Melilla.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1.ª
Objetivo
estratégico. Impulso de actividades que conlleven y fomenten el conocimiento y
la participación, por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad,
a modo de interrelación más profunda entre todas ellas.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Relaciones Interculturales.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social
sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas
Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus
manifestaciones.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER:
-
Posibilitar y fomentar, en la medida de lo posible,
la participación de la ciudadanía melillense mediante las actividades llevadas
a cabo por asociaciones sin ánimo de lucro relacionadas con la
multiculturalidad melillense.
-
Promover, desde una perspectiva intercultural, el
conocimiento de las distintas culturas que conviven en la ciudad.
-
Llevar a cabo acciones dirigidas al desarrollo y
promoción de la cultura en todas sus manifestaciones, así como el
establecimiento de mecanismos y estrategias que contribuyan eficazmente a la
preservación y desarrollo del acervo cultural de las comunidades que integran
la población melillense, como patrimonio común.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende en principio que su mantenimiento sea de carácter
anual. Al final de cada año se evaluarán los resultados de cada una de estas
líneas de actuación con el fin de introducir mejoras o subsanar las
deficiencias detectadas.
• COSTES PREVISIBLES PARA LOS
EJERCICIOS 2020-2022:
a. Convenio
Asociación Socio Cultural “Mem Guimel”: 16.000,00 €.
b. Convenio
con la Asociación Socio Cultural “Rusadir XXI”: 5.000,00 €.
c. Convenio
con el Centro Educativo “La Salle-El Carmen”: 15.000,00 €.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se
prevé.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén las
siguientes acciones para los ejercicios 20202022:
a. Subvención
Nominativa a la Asociación Socio Cultural “Mem Guimel” mediante la firma de un
Convenio de Colaboración para el desarrollo de actividades culturales, de
investigación y conservación del patrimonio y difusión de la cultura
Judía-Sefardí, encaminadas a mejorar el conocimiento de la cultura judía en un
aspecto general y la cultura Judía-Sefardí melillense, con cargo a la partida
33403/48903 (Convenio Mem Guimel) con un presupuesto de 16.000,00 €.
b. Subvención
Nominativa a la Asociación Socio Cultural “Rusadir XXI” mediante la firma de un
Convenio de Colaboración para el inicio de su proyecto cultural de formación
gastronómica con el propósito de iniciar un proceso de salvaguarda de las
expresiones gastronómicas amaziges, con el fin primordial de que las
comunidades y colectivos melillenses reconozcan estas expresiones como propias,
con cargo a la partida 33403/48907 (Convenio Rusadir XXI) con un presupuesto de
5.000,00 €.
c. Subvención
Nominativa al Centro Educativo “La Salle-El Carmen” mediante un Convenio de
Colaboración para mejorar la disponibilidad de las actividades que se van a
desarrollar por parte del IC en el ámbito de la escuela flamenco, seminario
permanente de tamazight, etc…, con cargo a la partida 33403/48905 (Convenio La
Salle) con un presupuesto de 15.000,00 €.
-
Fechas de concesión: Se pretende en principio que
su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año se evaluarán los
resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de introducir
mejoras o subsanar las deficiencias detectadas.
-
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención
directa nominativa en los presupuestos.
-
Mecanismo de aplicación: Ley General de
Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de
los correspondientes Convenios de Colaboración.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento:
1. Presentación
de la Memoria anual de actuaciones llevadas a efecto
2. Seguimiento
y justificantes de gastos.
3. Traslado
a la Intervención General para su fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo.
Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades,
etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2.ª:
Objetivo
estratégico: Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de Melilla (PCI).
• Área de competencia: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• Centro Gestor: Dirección General
de Cultura y Festejos.
• Sector al que se dirige la ayuda:
–
Organizaciones cuyo objeto social sea el fomento o
la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que
integran el patrimonio cultural de la Ciudad en cualquiera de sus
manifestaciones y entidades que tengan entre sus fines el fomento, la
conservación o enriquecimiento de nuestra Diversidad y Pluralismo Cultural,
Religioso y Etnográfico.
–
Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Establecer cauces
adecuados de transmisión de dicho patrimonio para darlo a conocer y explicar
sus contribuciones al acervo cultural melillense con el fin de que permanezca
entre las nuevas generaciones, concibiéndolo como un elemento de
enriquecimiento.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende en principio que su mantenimiento sea de carácter
anual. Al final de cada año se evaluarán los resultados de cada una de estas
líneas de actuación con el fin de introducir mejoras o subsanar las
deficiencias detectadas.
• COSTES PREVISIBLES PARA LOS
EJERCICIOS 2020-2022: Convenio Asociación “Escuela Flamenco de Melilla”:
60.000,00 €. • APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén las
siguientes acciones para los ejercicios 20202022:
-
Subvención Nominativa a la Asociación “Escuela
Flamenco Ciudad de Melilla” mediante la firma de un Convenio de Colaboración
para el funcionamiento y mantenimiento de la Escuela de Flamenco, con cargo a
la partida 33403/48900 (Asociación Escuela Flamenco) con un presupuesto de
60.000,00 €.
-
Fechas de concesión: Se pretende en principio que
su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año se evaluarán los
resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de introducir
mejoras o subsanar las deficiencias detectadas.
-
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención
directa nominativa en los presupuestos.
-
Mecanismo de aplicación: Ley General de
Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los
correspondientes Convenios de Colaboración.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
-Seguimiento: Presentación de la Memoria anual de
actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-
-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo.
Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades,
etc... Plazo de tramitación y pago.
C. EDUCACIÓN E IGUALDAD
OBJETIVO.
El presente Plan Estratégico de Subvenciones pretende favorecer la participación
de entidades y organizaciones, especialmente entidades y colectivos de
ciudadanos ( Asociaciones relacionadas con la educación, Asociaciones que
trabajan en materia de Igualdad, Centros
escolares, etc.) en el ámbito de gestión de la Ciudad Autónoma de Melilla, a
través del fortalecimiento de los medios propios de las mismas, así como del
fomento de actividades organizadas por esas asociaciones y entes en el ámbito
de su actividad que suplen o complementan la actuación de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en las diversas áreas que resultan ser
de su competencia.
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS
1.-
Facilitar medios a las entidades y organizaciones arriba referidas para su
funcionamiento interno.
2.-
Facilitar la actividad de dichas entidades y organizaciones de tal forma que
coadyuven y complementen la actividad propia de la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad en las áreas competenciales de su Dirección
General de Educación e Igualdad.
3.-
Fomentar acciones que resultan de utilidad pública o interés social o de
promoción de una finalidad pública.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1.ª
“COLEGIOS
DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA,
ESPECIAL Y
EDUCACIÓN
DE ADULTOS PÚBLICOS DE MELILLA”
Objetivo
Estratégico: Facilitar medios a las Centros Públicos de Educación Infantil,
Primaria, Especial y Educación de Adultos de Melilla tanto públicos como
concertados, para posibilitar su mantenimiento y conservación y con ello su
funcionamiento y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias.
Dándose así cumplimiento a lo preceptuado por Disposición Adicional
Decimoquinta, apartado segundo, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo de
Educación.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• sector al que se dirige la ayuda:
Centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Primaria,
Especial y Educación de Adultos de Melilla
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios a las Centros Públicos y Concertados de
Educación Infantil, Primaria, Especial y Educación de Adultos de Melilla, para
posibilitar su mantenimiento y conservación y con ello su funcionamiento y el
desarrollo de las actividades docentes que le son propias
entidades
subvencionadas y a la obligación legal que recae sobre esta administración (
Disposición Adicional 15 Ley Orgánica 2/2006).
• COSTES PREVISTOS POR EJERCICIO:
340.462,55 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
14/32301/4700,
14/32301/78000, 14/32302/4700, 14/32302/4700,
14/32303/4700,
14/32303/4700, 14/32304/4700, 14/32305/4700, 14/32305/4700,
14/32306/4700,
14/32307/4700, 14/32308/4700, 14/32309/4700, 14/32310/4700,
14/32311/4700,
14/32312/4700, 14/32313/4700,
14/32314/4700,
14/32315/4700,14/32316/4700, 14/32317/4700, 14/32318/4700,
14/32305/4700
, 14/32331/4700
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio
de Educación y Formación Profesional.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a) Concesión
de una subvención directa nominativa a cada Centro escolar público y concertado
de educación infantil, primaria, especial y educación de adultos por importe variable en atención a número de
líneas de alumnado.
b) Fechas
de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
c) Mecanismos
de actuación: Inclusión de la subvención
directa en los presupuestos de esta Administración.
Seguimiento
y evaluación: Se prevén los siguientes:
-
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con
la pertinente documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las
justificaciones presentadas. El centro
Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2.ª
“COLEGIOS
DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
CONCERTADOS
PARA OBRAS Y EQUIPAMIENTOS”
Objetivo
Estratégico: Facilitar medios a las Centros Concertados de Educación Infantil
y Primaria de Melilla, para posibilitar
su equipamiento y obras necesarias y con ello su funcionamiento y el desarrollo
de las actividades docentes que le son propias. Todo ello en atención a que el
Ministerio de Educación y Formación Profesional no dota a esos centros de
equipamiento ni efectúa obras en los mismos.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• Sector al que se dirige la ayuda:
Centros Concertados de Educación Infantil y Primaria de Melilla
• Objetivos Y Efectos Que Se
Pretenden Obtener: Facilitar a las Centros Concertados de Educación Infantil
y Primaria de Melilla, la dotación de
equipamiento y realización de obras necesarias y con ello su funcionamiento y
el desarrollo de las actividades docentes que le son propias.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades
subvencionadas.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
180.000,00 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
-
14/32302/78000 –
-
14/32301/78000
-
-
14/32303/78000.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No
consta.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a) Concesión
de una subvención directa nominativa a cada Centro escolar concertado de
educación infantil y primaria por
importe variable en atención a número de líneas de alumnado.
b) Fechas
de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
c) Mecanismos
de actuación: Inclusión de la subvención
directa en los presupuestos de esta Administración.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con
la pertinente documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las
justificaciones presentadas. El centro
Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 3.ª
“ESCUELA DE
BACHILLERATO ARTÍSTICO MIGUEL MARMOLEJO”
Objetivo
Estratégico: Facilitar medios a la entidad Escuela de Bachillerato Artística
público de nuestra ciudad, para posibilitar el desarrollo de las actividades
docentes que son propias de una Escuela
de Bachillerato Artístico.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Centro docente de Melilla,
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios que requiere
el funcionamiento de una Escuela de Bachiller Artístico.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración, a la permanencia de la existencia de la entidad subvencionada.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
30.000 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
14/32318/47000 SUBVENCIÓN DIRECTA GASTOS FUNCIONAMIENTO ESCUELA ARTE MIGUEL
MARMOLEJO
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio
de Educación y Formación Profesional.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a) Concesión
de subvención directa a Escuela de Bachiller Artístico Miguel Marmolejo.
b) Fechas
de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.
c) Mecanismos
de actuación: Inclusión de la subvención nominativa directa en los presupuestos
de esta Administración.
• Seguimiento y evaluación:
-
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con
la pertinente documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las
justificaciones presentadas. El centro
Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones gestionadas por
el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 4.ª:
“ESCUELAS
DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO”
Objetivo
estratégico: Facilitar medios a las Escuelas de Educación Infantil de primer
ciclo de Melilla para posibilitar su funcionamiento interno y el desarrollo de
las actividades educativas que le son propias que coadyuvan y complementan la
actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su
programa de Escuelas Infantiles de primer ciclo educativo al proporcionales
dichas Escuelas a esta Consejería plazas concertadas a incluir en su
convocatoria pública anual.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo educativo de Melilla debidamente
reconocidas por el Ministerio de Educación
y Formación Profesional.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Ayudar a las referidas Escuelas Infantiles, como entidades
que desempeñan una loable labor educativa y conciliadora de la vida laboral y
familiar, al sostenimiento de las actividades que le son propias y que
complementan a las de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
facilitando a ésta un considerable número de plazas concertadas para su
inclusión en la convocatoria pública de plazas en Escuelas de Educación
Infantil de primer ciclo.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades
subvencionadas.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
650.000 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
14/32101/47002 CONCIERTOS DIRECTOS PLAZAS ESCUELAS INFANTILES.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No
consta.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a. Subvención
a cada Escuela de Educación Infantil reconocida por el Ministerio de Educación
y Formación Profesional mediante procedimiento de concurrencia competitiva.
b. Fechas
de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
c. Mecanismo
de aplicación: Convenio de colaboración o resolución con determinaciones de
subvención.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de memoria anual de
actuaciones y gastos con la pertinente documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de la memorias
presentadas. El centro Gestor elaborará en cada anualidad, en relación con el
año precedente, un informe sobre las
subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 5.ª
“CENTRO
ASISTENCIAL DE MELILLA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN
INFANTIL DE
PRIMER GRADO “JOSEFA CALLES””
Objetivo
Estratégico: Facilitar medios a la institución sin ánimo de lucro Centro
Asistencial de Melilla, para posibilitar el funcionamiento y desarrollo de las actividades docentes
que son propias de una Escuela de
Educación Infantil de primer grado, la denominada “Josefa Calles”.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Centro Asistencial de Melilla,
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios
necesarios para el funcionamiento de una Escuela de Educación Infantil
de primer grado.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades
subvencionadas.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
1.081.504,00 euros.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/32101/48900
CENTRO ASISTENCIAL ESCUELA INFANTIL • APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a. Concesión
de subvención directa al Centro
Asistencial para gestión de la Escuela de Educación Infantil
“Josefa Calles”.
b. Fechas
de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.
c. Mecanismos
de actuación: Inclusión de la subvención
directa en los presupuestos de esta Administración.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con
la pertinente documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones
presentadas. El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de
subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 6.ª:
“RELIGIOSAS
DE MARIA INMACULADA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER GRADO”
Objetivo
Estratégico: Facilitar medios a la institución sin ánimo de lucro Religiosas de
María Inmaculada de Melilla, para posibilitar el desarrollo de las actividades
docentes que son propias de una Escuela
de Educación Infantil de primer grado.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Asistencial y educativo de Melilla, Escuela de Educación Infantil.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios que
implican el funcionamiento de una Escuela de Educación Infantil de primer
grado.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración, a la permanencia de la existencia de la entidad subvencionada,
mediante la inclusión en los presupuestos de una subvención directa nominativa.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
60.000 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
14/32101/48902 SUBVENCIÓN RELIGIOSAS MARIA INMACULADA
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No
consta.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a. Concesión
de subvención directa a Religiosas María Inmaculada para
gestión de la Escuela de Educación Infantil.
b. Fechas
de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.
c. Mecanismos
de actuación: Inclusión de la subvención
directa en los presupuestos de esta Administración.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con
la pertinente documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las
justificaciones presentadas. El centro
Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones gestionadas por
el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 7.ª
“SUBVENCIONES
DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA”
Objetivo
Estratégico: Facilitar medios a las familias melillenses con hijos/as a cargo
que cursan estudios en algún Colegio de Educación Infantil y Primaria de
Melilla para colaborar con ellas en la financiación de los libros y el material
didáctico escolar complementario que requieren los estudios de sus hijos e
hijas .
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Colegios de Educación Infantil y Primaria que participan en los Programas de
Reposición de Libros de texto y de Puesta a Disposición de Material escolar
complementario, así como consecuentemente las familias melillenses con hijos e
hijas que cursan estudios en dichos colegios.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Dotar a los Colegios de educación Infantil y Primaria y
consecuentemente a las familias con hijos e hijas que cursan estudios en los
mismos, de los libros y material escolar
mínimo que garantice la asistencia regular en situación óptima de todo
su alumnado.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las personas
beneficiarias.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
800.000 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
14/32101/47000 PROGRAMA REPOSICIÓN DE LIBROS.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No
consta.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a. Subvención
a cada Colegio de Educación Infantil y Primaria que acuerde su participación en
el Programa de Reposición de Libros respecto de los libros y Programa de puesta
a disposición de material escolar que se
precisen para el curso académico de que se trate.
b. Fechas
de Concesión: Con anterioridad a la inicio del correspondiente curso escolar.
c. Mecanismo
de aplicación: Bases del Programa, estudio de necesidades de cada centro
escolar, resolución.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Control de gastos con la pertinente
documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo y cuantitativo de
las necesidades satisfechas. El centro Gestor elaborará cada anualidad informe
sobre los resultados y el impacto de subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 8.ª
“SUBVENCIONES
VIAJES DE ESTUDIOS Y ANALOGOS”
Objetivo
Estratégico: Facilitar medios a los Colegios de Educación Infantil y Primaria,
a Institutos de Educación Secundaria y Bachillerato y a otras entidades educativas
que llevan a cabo actividades extraescolares consistentes en viajes de estudios
y/o lúdico-culturales para posibilitar que los escolares melillenses efectúen
viajes colectivos fuera de nuestra ciudad teniendo en consideración la
dificultades existentes por el enclave geográfico de la misma. Actividades
estas subvencionadas que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería
de Educación, Juventud y Deportes en su área de Educación.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Estudiantes de Melilla a través de los respectivos Colegios, Institutos y otras Entidades.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Posibilitar a los estudiantes melillenses la realización de
viajes de estudios, etc... que faciliten su educación y formación al margen del
esparcimiento lúdico que conlleve. Ello teniendo en consideración el enclave
geográfico de nuestra ciudad.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las personas
beneficiarias.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
80.000 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
14/32000/48000 SUBVENCIONES VIAJES DE ESTUDIOS Y ANALOGOS.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No
consta.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a. Convocatoria
pública anual de subvenciones mediante concurrencia competitiva.
b. Fechas
de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
c. Mecanismo
de aplicación: Bases reguladoras, Reglamento General de Subvenciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla y convocatoria pública.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Control de gastos previo presupuesto
del coste y con la pertinente documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio de las necesidades satisfechas.
El centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las subvenciones
gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 9.ª
“SUBVENCIÓN
CARITAS Interparroquial COLONIAS URBANAS”
Objetivo
Estratégico: Facilitar medios a la institución sin ánimo de lucro Cáritas
Interparroquial de nuestra ciudad, para posibilitar el desarrollo de las
actividades asistenciales de vacaciones estivales destinadas a escolares
pertenecientes a familias desfavorecidas socialmente.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Escolares sin medios pertenecientes a familias socialmente desfavorecidas de
Melilla,
OBJETIVOS Y
EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios que implican el desarrollo de un programa de
verano para escolares pertenecientes a familias desfavorecidas.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración,
a la permanencia de la existencia de la actuación subvencionada.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
60.000 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14/32000/48901
SUBVENCIÓN CARITAS Interparroquial COLONIAS URBANAS
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No
consta.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a) Concesión
de subvención directa a la entidad Cáritas Interparroquial.
b) Fechas
de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.
c) Mecanismos
de actuación: Inclusión de la subvención nominativa directa en los presupuestos
de esta Administración.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con
la pertinente documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las
justificaciones presentadas. El centro
Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones gestionadas por
el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 10.ª
“ASOCIACIONES
QUE TRABAJA CON ALUMNADO DE EDUCACIÓN INCLUSIVA”
Objetivo
Estratégico: Facilitar medios a las asociaciones y entidades que trabajan en
beneficio de alumnado con características especiales, autismo y otros, y con ello facilitar su funcionamiento y el desarrollo de las
actividades terapéuticas que lleven a cabo. (Asociación Teama y Asociación
Autismo Melilla)
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Asociaciones que trabajan con alumnado de educación inclusiva. Autismo y otros.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Facilitar a las entidades que trabajan en beneficio de
alumnado con necesidades especiales, la dotación para su funcionamiento y el
desarrollo de las actividades terapéuticas que le son propias.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades
subvencionadas.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
45.000,00 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
14/23123/48900 y 14/23300/48902.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No
consta.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a. Concesión
de una subvención directa nominativa a cada Asociación por importe variable en atención a número de
alumnado atendido y actividades.
b. Fechas
de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
c. Mecanismos
de actuación: Inclusión de la subvención
directa en los presupuestos de esta Administración.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con
la pertinente documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las
justificaciones presentadas. El centro
Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 11.ª
“SUBVENCIONES
PARA ACOGIDA/TUTELA DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO”
Objetivo
Estratégico: Facilitar medios a las Asociaciones y Entidades de Melilla que
llevan a cabo la gestión de viviendas de acogida o tutela de mujeres víctimas
de violencia de género para posibilitar el
funcionamiento de dichos pisos de acogida o tutela y el desarrollo de
las actividades sociales de acogimiento que
le son propias que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su programa de atención de mujeres
víctimas de maltrato del área de Igualdad.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
SECTOR AL
QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo
la gestión de viviendas de acogida o tutela de mujeres víctimas de violencia de
género.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades gestoras de pisos de acogida y tutela
de mujeres maltratadas en Melilla de recursos mínimos que garanticen la
correcta asistencia de acogida y tutela a las mujeres víctima de violencia de
género y a sus hijos e hijas de ella dependientes.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las personas
beneficiarias.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO 2020:
260.000,00 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
-
14/23102/47000 SUBVENCION CRUZ ROJA GASTOS DE
FUNCIONAMIENTO
-
14/23103/47000 SUBVENCION FEDERACIÓN NACIONAL
MUJERES EN IGUALDAD.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES:
Ministerio de Igualdad.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a. Subvención
Directa nominativa a cada entidad que gestiona un centro de acogida/tutela de
mujeres víctimas (Comité de Cruz Roja de Melilla
b. (120.000,00
€) y Confederación Nacional de Mujeres en Igualdad (140.000€).
c. Fechas de
Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
d. Mecanismo
de aplicación: Convenios de colaboración o resolución con determinaciones de
concesión, según proceda.
• Seguimiento y evaluación:
-
Seguimiento: Control de gastos con la pertinente
documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades
satisfechas. El centro Gestor elaborará informe sobre las líneas de subvención
gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 12.ª
“SUBVENCIONES
PARA ATENCIÓN A VICTIMAS DE AGRESIONES SEXUALES”
Objetivo
Estratégico: Facilitar medios a las Asociaciones y Entidades de Melilla que
llevan a cabo la gestión de atender a
mujeres víctimas de agresiones sexuales para posibilitar el funcionamiento de dichos servicios y el desarrollo
de las actividades sociales que le son propias que coadyuvan y complementan la
actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su
programa de atención de mujeres víctimas.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo servicios de atención a
mujeres víctimas de agresiones sexuales y sus familiares.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades gestoras de servicios de atención a
mujeres víctimas de agresiones sexuales en Melilla de recursos mínimos que
garanticen la correcta asistencia a las
víctimas y a sus familias.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración
y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO
2020: 200.000,00 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
14/23101/48902 SUBVENCION CRUZ ROJA PACTO ESTDO VIOLENCIA DE GÉNERO.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES:
Ministerio de Igualdad.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a. Subvención
Directa nominativa a cada entidad que presta servicio de atención a víctimas de
agresiones sexuales (Comité de Cruz Roja de Melilla (200.000,00 €).
b. Fechas
de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
c. Mecanismo
de aplicación: Convenios de colaboración o resolución con determinaciones de la
concesión.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Control de gastos con la pertinente
documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades
satisfechas. El centro Gestor elaborará informe sobre las líneas de subvención
gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 13.ª
“SUBVENCIONES
ACTIVIDADES FORMATIVAS PARA MUJERES CON NECESIDADES”
Objetivo
Estratégico: Facilitar medios a las Asociaciones y Entidades de Melilla que
llevan a cabo actividades formativas y educativas a mujeres que resultan tener
necesidades de índole social para
posibilitar su formación y consiguiente empleabilidad. Actividades estas
subvencionadas que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su área de Igualdad.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones
y Entidades de Melilla que llevan a cabo labores de atención social a mujeres
con necesidades.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades subvencionadas de los recursos mínimos
que se requieren para la realización de programas educativos/formativos y
asistenciales que tienen como destinatarias beneficiarias a mujeres con
necesidades de integración social facilitando su formación y consecuentemente
su empleabilidad.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las personas
beneficiarias.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
65.000 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
-
14/23101/48900 SUBVENCIONES AREA DE LA MUJER,
-
14/32000/48900 SUBVENCIONES ENTIDADES
ENSEÑANZA
-
14/33416/48900 PROYECTO MODA ETICA MUJERES VICTIMAS
VIOLENCIA DE GÉNERO.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES:
Ministerio de Igualdad.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a. Subvención
directa a cada entidad que realiza la actividad descrita anteriormente.
b. Fechas
de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia.
c. Mecanismo
de aplicación: Subvención directa a cada entidad por cuantía precisa para la
realización de la actividad formativa con posible inclusión de subvención
nominativa en los presupuestos de esta Administración.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Control de gastos con la pertinente
documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades
satisfechas. El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados y el
impacto de las líneas de subvención gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 14.ª
“SUBVENCIONES
ACTIVIDADES CULTURALES PARA MUJERES”
Objetivo
Estratégico: Promover aquellas actividades culturales que vienen a dignificar
el papel de la mujer en la sociedad
resaltando su valía. Actividades estas subvencionadas que coadyuvan y
complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad en su área de Igualdad.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Personas particulares que llevan a cabo labores artísticas culturales.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Premiar a personas particulares que participen en los oportunos
certámenes convocados por la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
y que con sus trabajos dignifican el papel de la mujer en la sociedad.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la
permanencia de la existencia de las personas premiadas.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
23.000 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
14/23101/48900 SUBVENCIONES AREA DE LA
MUJER.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No
consta.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a. Premios
y accésit a participantes en “Premio Internacional de Relato Corto Encarna
León” (8.000 €), en Concurso de Arte “Melilla es Mujer” (5.000€), en certamen
mujer periodístico “Carmen Goes” (5.000 €) y Premio certamen igualdad “Clara
Campo Amor” (5.000 €).
b. Fechas
de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia con motivo de
conmemoración del Día Internacional de la Mujer y del Día Mundial contra la
violencia de género.
c. Mecanismo
de aplicación: Premios otorgados según fallo de jurados constituidos al efecto
tras la oportuna convocatoria de concurrencia competitiva.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Control de gastos con la pertinente
acta del fallo del jurado justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades
satisfechas. El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de las
líneas de subvención gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 15.ª
“PROGRAMA
DE VIAJES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE PARA MUJERES CON HIJO A CARGO FAMILIAS
MONOPARENTALES”
Objetivo
Estratégico: Favorecer la integración y calidad de vida de las mujeres que se
encuentran en situación de precariedad económica y social.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Residentes en la Ciudad de Melilla mujeres de colectivos sociales
desfavorecidos con hijos a cargo que constituyen familias monoparentales.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Proporcionar al colectivo beneficiario la posibilidad de
participar en actividades que les permitan el desarrollo de sus habilidades
sociales y, por consiguiente, aumentar su autoestima.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la
permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
30.000 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
14/23101/22699 AREA DE LA MUJER
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No
consta.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a. Convocatoria
para la selección mediante concurrencia competitiva de los beneficiarios
b. Fechas
de Concesión: Primer semestre del año.
• SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la
actividad.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades
satisfechas. La empresa adjudicataria del programa vacacional realizará un
estudio evaluativo del evento, emitiendo informe de incidencias ocurridas
durante el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 16.ª
ASOCIACIONES
DE PERSONAS LESBIANAS, GAYS, TRANSEXUALES Y BISEXUALES
Objetivo
estratégico: Facilitar medios a las asociaciones y entidades de personas
lesbianas, gays, transexuales y bisexuales,
y con ello facilitar su
funcionamiento y el desarrollo de las actividades que lleven a cabo como
la conmemoración del Día del Orgullo. (Asociación Amlega Melilla)
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Asociaciones de personas lesbianas, gays, transexuales y bisexuales.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Facilitar a las asociaciones de personas lesbianas, gays,
transexuales y bisexuales la dotación para su funcionamiento y el desarrollo de
las actividades que le son propias como la conmemoración del Día del
Orgullo.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la
existencia de las entidades subvencionadas.
• COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
12.000 €.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
14/92409/48902
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No
constan.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
1. Concesión
de una subvención directa nominativa a
Asociación Amlega Melilla por
importe variable en atención a número de asociados y actividades.
2. Fechas
de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
3. Mecanismos
de actuación: Inclusión de la subvención
directa en los presupuestos de esta Administración.
• Seguimiento y evaluación:
-
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con
la pertinente documentación justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 17.ª
ATENCIÓN A
PETICIONES SUSCEPTIBLES DE SUBVENCIÓN DIRECTA
Objetivo
estratégico: Atender peticiones de ayuda susceptibles de subvención mediante
concesión directa por la concurrencia de circunstancias excepcionales de
impiden o dificultan la convocatoria pública o bien mediante su inclusión
nominalmente en los presupuestos anuales que correspondan de esta Ciudad Autónoma de Melilla.
• ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
• CENTRO GESTOR: Dirección General
de Educación e Igualdad.
• SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Personas o entidades que desarrollen actividades de interés general concernientes
al ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad. Áreas competenciales de la Dirección General de Educación e Igualdad.
• OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Favorecer e incentivar actividades de interés general.
• PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con
periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración
y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.
• COSTES PREVISIBLES POR
EJERCICIO: 50.000 € o superior.
• APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
-
14/32000/48900 SUBVENCIONES ENTIDADES ENSEÑANZAS
-
14/23101/48900 SUBVENCIONES AREA DE LA MUJER o la que corresponda nominativamente.
• APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No
constan.
• PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los
siguientes:
a. Concesión
directa
b. Fechas
de Concesión: No determinada
• Seguimiento y evaluación:
-
Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la
actividad.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades
satisfechas.
ANEXO
(*) Las
subvenciones sombreadas en gris no han sido desarrolladas por las Consejerías
competentes en sus respectivos planes individuales con el contenido mínimo
contemplado en citado artículo 12 del Real Decreto 887/2006. Dichas
subvenciones requerirán, para su tramitación, la previa actualización del plan
incluyendo dicha información, siguiendo el procedimiento del artículo 14 del
presente plan.
Con respecto
al órgano gestor y la organización competencial, el desglose de las partidas y
aplicaciones presupuestarias del vigente presupuesto del año 2020, es el
siguiente: