Orden nº 0845, de fecha 17 de marzo de 2025, relativa a resolución de la convocatoria de expresiones de interés para el Programa FEDER Melilla 2021-2027, Objetivo Específico 4.6 "Potenciar el papel de la cultura y el turismo sostenible en el desarrollo económico, la inclusión social y la innovación social", medida 4.6.2 "digitalización del patrimonio cultural.
El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 17/03/2025, registrada al número 2025000845, en
el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Vistos:
1.
El programa FEDER Melilla 2021-2027 y, en concreto, el contenido del
Objetivo Específico 4.6 “Potenciar el papel de la cultura y el turismo sostenible en el
desarrollo económico, la inclusión social y la innovación social”, adoptado por la Comisión
Europea mediante Decisión Ejecutiva de 29/11/2022 Decisión C
(2022) 8900 y aprobado por la Excma.
Asamblea de Melilla en fecha 06/02/2023, publicado en BOME de 08/02/2023 BOME
extraordinario nº 4 de 08/02/2023.
2.
El Manual de procedimientos de gestión y control de actuaciones y
operaciones cofinanciadas por el FEDER y la Ciudad Autónoma de Melilla en el
período de programación 2021-2027 (BOME extraordinario nº 14 de
26/02/2025).
3.
Los criterios de selección de operaciones del Programa citado, aprobados
por el Comité de Seguimiento del mismo en fecha 21/03/2024
https://www.melilla.es/melillaPortal/contenedor.jsp?seccion=s_fdes_d4_v1.jsp&cont
enido=39051&nivel=1400&tipo=6&codResi=1&language=es&codMenu=448&codM
enuPN=601&codMenuSN=1.
La convocatoria de expresiones de interés para el programa FEDER melilla
2021-2027, Objetivo Específico 4.6 “Potenciar el
papel de la cultura y el turismo sostenible en el desarrollo económico, la
inclusión social y la innovación social”, Medida 4.6.2 “Digitalización
del Patrimonio Cultural”, publicada en el BOME de 18/02/2025. https://bomemelilla.es/bome/BOME-B-2025-6253
Considerando:
1.
Que el referido Manual de procedimientos de gestión y control y los
Criterios de selección de operaciones prevén la Convocatoria de expresiones de
interés para la aprobación de las mismas en el marco del Programa y Objetivo
Específico citados.
2.
Que el citado Manual de procedimientos, así como la convocatoria de
expresiones de interés citada, indican que la aprobación de las mismas se hará
por el Consejero de Hacienda a propuesta del Director General de Planificación
Estratégica y Programación.
3.
Que el Director General citado, tras aplicar los criterios y
ponderaciones previstas en la Convocatoria de expresiones de interés, propone
que se aprueben las siguientes operaciones de acuerdo con las siguientes
prioridades, ordenadas de mayor a menor prioridad.
Medida 4.6.2 Digitalización del Presupuesto
de la
Patrimonio Cultural Convocatoria
de EdeI 250.000,00
Nombre Operación |
N/Código |
Orden de prioridad |
Importe propuesto de la operación |
Coste subvencionable que se propone sea aprobado |
Coste subvencionable pendiente |
Digitalización del Patrimonio
Cultural de la Ciudad Autónoma de Melilla |
4.6.2.1 |
1 |
250.000,00 |
250.000,00 |
- |
Totales |
|
|
250.000,00 |
250.000,00 |
- |
4.
Que el importe de las operaciones presentadas NO supera al presupuesto
disponible de la convocatoria.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 5417/2025, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
1.
Que se apruebe la propuesta relacionada, que conlleva la aprobación
íntegra de la OPERACIÓN DENOMINADA “Digitalización del Patrimonio Cultural de
la Ciudad Autónoma de Melilla” por un importe de 250.000 € (DOSCIENTOS
CINCUENTA MIL EUROS).
2.
Que por parte del Director General de Planificación Estratégica y
Programación se emitirán los correspondientes DECAs (Documentos con las
Condiciones de la Ayuda) que deberán ser firmados y aceptados por el organismo
proponente de las Operaciones aprobadas.
modificaciones necesarias en la contabilidad presupuestaria para
imputarlas los gastos a las partidas presupuestarias correspondientes del
Programa FEDER Melilla 2021-2027.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo.
Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la
Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres
meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto. No obstante, podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 17 de marzo de 2025,
El Secretario Técnico de Hacienda,
Sergio Conesa Mínguez