ARTÍCULO 47 - BOME-AX-2026-47

BOME EXTRA Nº 22 del lunes, 8 de junio de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA

Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 3 de Junio de 2026, relativo aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 17474/2026 del Presupuesto de la Corporación, en la modalidad de Suplemento de Crédito, financiado con bajas de otros créditos.


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El pleno de la Excma. Asamblea de Melilla en sesión Ordinaria del 3 de junio de 2026 adoptó el siguiente acuerdo:

PUNTO SÉPTIMO.- SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON BAJAS POR ANULACIÓN. La Comisión Permanente de Hacienda, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de mayo de 2026, conoció la propuesta de aprobación del asunto citado y una vez sometida a votación, tras las deliberaciones que constan en el acta, fue aprobada con 7 votos a favor (6 PP, y 1 diputado no adscrito) y 3 abstenciones (2 CpM y 1 PSOE), cuyo tenor literal es el siguiente:

“PRIMERO. Ante la existencia de gastos específicos y determinados que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación son insuficientes y no ampliables, se propone la concesión de un suplemento de crédito financiado con bajas de otros créditos en aplicación del artículo 177.4 del TRLRHL.

SEGUNDO. Con fecha 12 de mayo de 2026, se emitió Orden de Incoación y Memoria del Consejero de Hacienda en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.

TERCERO. Con fecha 12 de mayo de 2026, se emitió informe de la Dirección General de Hacienda y Presupuestos.

CUARTO. Con fecha 18 de mayo de 2026, se emitió informe de Intervención por el que se informó favorablemente el referido expediente de suplemento de crédito y se elaboró Informe de Intervención sobre Evaluación de la Estabilidad Presupuestaria, así como Informe sobre la Adenda del Anexo de Inversiones .

QUINTO. Con fecha 19 de mayo de 2026 se emitió informe Jurídico de la Secretaría Técnica de Hacienda sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

LEGISLACIÓN APLICABLE

La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

  • Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
  • Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
  • Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
  • El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.
  • El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10).
  • El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales.
  • La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
  • El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • La Base nº 9 y 10 de las Bases de ejecución del presupuesto del ejercicio 2022.

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente se PROPONE al Pleno de la Asamblea, previo Dictamen de la Comisión Permanente de Hacienda, la adopción del siguiente ACUERDO:


PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 17474/2026 del Presupuesto de la Corporación, en la modalidad de Suplemento de Crédito, financiado con bajas de otros créditos, como sigue a continuación:

Altas en Aplicaciones de Gastos

 

Aplicación Descripción Alta
Org. Progr. Económ.
07 45000 60900 P.O. Feder 2021/2027 Medio Ambiente 660.271,50 €
05 43120 63300 Escaleras Mecánicas Mercado Central 150.000,00 €
05 43120 61900 Reparaciones Mercados 100.000,00 €
05 31100 62200 Programa Inversiones Salud Pública y Consumo 120.000,00 €
06 15320 60900 Realizaciones Diversas Obras Públicas 2.000.000,00 €
06 34000 60901 Inversiones Deporte 2.400.000,00 €
07 17200 60900 Realizaciones Diversas Medio Ambiente 650.358,88 €
14 34200 62300 Instalaciones Técnicas y Utillaje Instalaciones Deportivas 140.000,00 €
TOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITO 6.220.630,38 €

 

Esta modificación se financia con bajas de otros créditos, en los siguientes términos:

Bajas en Aplicaciones de Gastos

 

Concepto Descripción Baja
06/33600/61900 Feder 2021-2027 Rehabilitación Monumental Arquitectura 660.271,50 €
06/34202/60900 Nuevo Polideportivo y Usos Complementarios en Cuartel de Santiago Melilla Invierte Remanente Afectada 900.000,00 €
06/15500/60900 Urbanización Cuartel de Santiago Melilla Invierte Remanente Afectada 400.000,00 €
06/49202/62200 Obras Adecuación Cargadero de Mar Local Formación Nuevas Tecnologías Melilla Invierte Remanente Afectada 191.101,00 €
06/15112/60000 Compra Solar Campos Fútbol Melilla Invierte Remanente Afectada 1.000.000,00 €
06/34200/78000 Convenio RFMF Construcción Campos de Fútbol Melilla Invierte Remanente Afectada 2.400.000,00 €
06/49200/62500 Cyberteca, Equipamiento y GestiónRemanente Afectada 198.156,88 €
02/93200/62200 Edificio Agencia Tributaria Local Remanente Afectada 471.101,00 €
TOTAL BAJAS 6.220.630,38  €

 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.”


Sometida a votación la propuesta de aprobación de SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON BAJAS POR ANULACIÓN, fue aprobada por por 13 votos a favor (11 PP, 1 Portavoz del Grupo Mixto, Sr. Tasende y 1 Diputado no adscrito), 4 votos en contra (CPM) y 4 abstenciones (3 PSOE y 1 Portavoz adjunto Sr. Mohamed), por lo tanto mayoría absoluta, de conformidad con el artículo 58.3 del Reglamento de la Asamblea.

Lo que se comunica para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla, 5 de junio de 2026,

El Secretario General Acctal. de la Asamblea,

Decreto nº 23 de fecha 13/02/2025 (BOME Extra nº 9 14/02/2025),

Diego Giner Gutiérrez