ARTÍCULO Nº 779 (CVE: BOME-A-2021-779) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5881 - martes, 27 de julio de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Orden nº 1957 de fecha 23 de julio de 2021, relativa a bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de trabajador social, perteneciente a la escala de administración especial, subescala técnica, por el procedimiento de oposición libre.

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La titular de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden/Resolución de 23/07/2021, registrada al número 2021001957, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de fecha 16 de julio de 2021, por el que se aprueban las bases para la provisión definitiva de 1 plaza de Trabajador Social, vacante en la plantilla de Personal Funcionario e incluida en la Oferta de Empleo Público para 2018,  y en base a lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que deberá ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y en uso de las competencias que me confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas,  y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del  Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla, 

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 8564/2021, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

Convocar el proceso de selección siguiente:

 

PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE TRABAJADOR SOCIAL, PERTENECIENTE A LA ESCALA DE ADMINISTRACION ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA, POR EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICION LIBRE.

 

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el procedimiento de  oposición libre, de una plaza de Trabajador Social, encuadrada en el grupo A, Subgrupo A2, Personal Funcionario, Complemento de Destino y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

 

Dicha plaza está prevista en la Oferta de Empleo Público para el año 2018 (B.O.ME.    5580 de 7 de septiembre de 2018).

 

1.- REQUISITOS ESPECÍFICOS.-

Además de los requisitos exigidos en las Bases Generales de aplicación, publicadas en el B.O.ME. Núm. 5000 de 15/02/2013, los siguientes:

 

a)     Estar en posesión del Título de Diplomado en Trabajo Social o Grado o equivalente (o estar en condiciones de obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de instancias).

 

La equivalencia se acreditará, en su caso, con la certificación expedida por el organismo competente en la materia o con la disposición en la que se establece la misma y, en su caso, el BOE en que se publica.

 

A las instancias deberán añadirse necesariamente debidamente autentificado, copia de la titulación exigida.

 

b)     Derechos de examen: 13 € (B.O.ME. extraordinario nº 21 de 30-12-09).

 

Los desempleados y miembros de familias numerosas estarán exentos de abonar los derechos de examen. Esta circunstancia se acreditará mediante certificación emitida por el Servicio Público de Empleo Estatal para el caso de los desempleados y copia compulsada del Título de Familia Numerosa para el caso de familia numerosa.

 

2.- PROCESO DE SELECCIÓN.-

La oposición constará de los siguientes ejercicios:

 

Primer Ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de ochenta preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, durante un período máximo de noventa minutos, que será determinado por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, de entre las materias contenidas en el programa de esta convocatoria.

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Cada una de las ochenta preguntas tiene un valor de 0,125 puntos. Los errores penalizan conforme a la fórmula siguiente: A – (E/ (n-1)), siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores y «n» número de alternativas de respuesta.

 

Dicha prueba tendrá carácter eliminatorio, calificándose de 0 a 10 puntos, precisándose un mínimo de 5 puntos para superar el proceso de selección.

 

Segundo Ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, dos temas de los tres extraídos al azar del temario específico del programa de esta convocatoria.

 

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos por cada tema, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de los temas seleccionados para pasar al siguiente ejercicio.

 

La puntuación de este ejercicio será la media de los dos temas.

 

Tercer Ejercicio: Consistirá en realizar un caso práctico del Grupo de materias específicas del programa que proponga el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio,  en un plazo máximo de tres horas.

 

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de cinco puntos para superar el mismo.

 

Cada uno de los ejercicios de esta fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.

 

PUNTUACIÓN FINAL: Se obtendrá hallando la media aritmética de cada uno de los ejercicios.

 

En caso de empate primará la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si persiste el empate lo resolverá el Tribunal, si fuere necesario, mediante la realización de un nuevo ejercicio teórico a los aspirantes empatados, que se valorará de forma análoga a la establecida en la fase de oposición, determinándose la selección por la mayor puntuación obtenida. Si aún persistiera el empate se realizarán tantos ejercicios como sean necesarios hasta dirimirlo.

 

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite será nulas de pleno derecho.

 

El Tribunal una vez realizada la valoración de los ejercicios, el número de plazas que coincida con las plazas convocadas serán considerados “aptos” y los demás serán “no aptos”.

 

Finalizadas las pruebas selectivas, se creará una bolsa con todos aquellos aspirantes que hayan superado al menos una de las pruebas selectivas, quedando derogadas las bolsas anteriores.

 

PROGRAMA

 

PARTE GENERAL

 

TEMA 1.- La Constitución Española Principios Generales y Derechos fundamentales.

TEMA 2.-  El administrado. Concepto y Clases. La Capacidad del Administrado y sus Causas Modificativas. Situación Jurídica del Administrado: Derechos Subjetivos e Intereses Legítimos.

TEMA 3.- El acto administrativo. Concepto y Clases. Elementos del Acto Administrativo. Requisitos de Motivación y Forma. La Notificación: Contenido, Plazos y Práctica. La Notificación Defectuosa. La Publicación. La Demora y Retroactividad de los Actos Administrativos.

TEMA 4.- Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El Principio de Conservación del Acto Administrativo. La Revocación de Actos. La Rectificación de Errores Materiales o de Hecho.

TEMA 5.- El procedimiento administrativo. La Iniciación del Procedimiento: Clases, Subsanación y Mejora de Solicitudes. Presentación de Solicitudes, Escritos y Comunicaciones. Los Registros Administrativos.

TEMA 6.- Dimensión temporal del procedimiento. Términos y Plazos: Cómputo, Ampliación y Tramitación de Urgencia. Ordenación del Procedimiento. Instrucción del Procedimiento.

TEMA 7.- Terminación del procedimiento. La Obligación de Resolver. Contenido de la Resolución Expresa: Principio de Congruencia y de No Agravación de la Situación Inicial.

TEMA 8.- La potestad sancionadora. Principios de la Potestad Sancionadora y del Procedimiento Sancionador. El Procedimiento Sancionador.

TEMA 9.- El Estatuto de Autonomía de la Ciudad Autónoma de Melilla. Organización Institucional: Asamblea, Presidente y Consejo de Gobierno.

TEMA 10.- Competencias de la ciudad autónoma de melilla. Régimen Jurídico, Económico y Financiero de la Ciudad de Melilla. La Reforma del Estatuto.

TEMA 11.- La organización administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla. Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

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TEMA 12.- Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.

 

PARTE ESPECÍFICA

 

1.     El Trabajo Social como disciplina: Nacimiento y desarrollo. El Trabajo Social en el conjunto de las Ciencias Sociales.

2.     Fundamentos, principios y funciones básicas del Trabajo Social.

3.     Código deontológico del Trabajador/a Social: principios básicos y generales. La confidencialidad y el secreto profesional.

4.     Metodología del Trabajo Social y sus fases.

5.     La planificación y la programación en los servicios sociales. Técnicas de investigación aplicadas al Trabajo Social

6.     Evaluación de programas y proyectos de servicios sociales. Objetivos y metodología.

7.     Niveles de intervención en Trabajo Social: individuo, grupo y comunidad.

8.     Técnicas aplicables en el nivel comunitario de intervención.

9.     Instrumentos específicos del Trabajador/a Social: historia social, ficha social, informe social, proyecto de intervención social, visitas domiciliaria y técnica de observación.

10.  La documentación como instrumento del Trabajo Social.

11.  El informe social como instrumento técnico del trabajador social. Concepto, estructura y objetivos del informe social.

12.  La técnica de la entrevista individual/familiar aplicada al Trabajo Social. La entrevista en el contexto de la atención social primaria y de la atención social especializada.

13.  Investigación social cuantitativa y cualitativa. Técnicas y aplicaciones en Trabajo Social.

14.  El trabajador social en el equipo interdisciplinar.

15.  Las necesidades sociales: concepto, características y tipología.

16.  El Bienestar Social y la Constitución Española.

17.  Política Social. Análisis de la Política Social en España. Evaluación de la Política Social en España: de la beneficencia al bienestar social.

18.  Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Competencias, funciones y recursos.

19.  IMSERSO: competencias.

20.  Las personas mayores. Aspectos físicos, psicológicos y sociales del envejecimiento. Nuevos roles de la persona mayor en nuestra sociedad.

21.  Discapacidades físicas, psíquicas y sensoriales. Aspectos físicos, psíquicos, sociales y legales. Intervención social con los discapacitados.

22.  La Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Recursos y prestaciones asistenciales en la Ciudad Autónoma de Melilla.

23.  El Plan Concertado de Prestaciones Básicas de los Servicios Sociales. Concepto. Administraciones implicadas.

24.  Catálogo de Referencia de Servicios Sociales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030

25.  Los Servicios Sociales como sistema de protección: principios, objetivos, criterios de actuación, niveles de actuación y áreas de competencia.

26.  La iniciativa social y los servicios sociales. Las organizaciones no gubernamentales y su papel en la acción social.

27.  Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social.

28.  La población inmigrante. Refugiados y asilados. Legislación aplicable. Aspectos socio-demográficos de los movimientos migratorios y su repercusión en el trabajo social.

29.  La intervención de los Servicios Sociales de Atención Primaria. Acceso a los Servicios, Programas (Absentismo escolar, etc.) y prestaciones básicas. El Sistema de Información de Servicios Sociales (SIUSS)

30.  Reglamento regulador de medidas para la inclusión social de la Ciudad Autónoma de Melilla (1 de febrero de 2018): Prestaciones.

31.  Reglamento regulador de medidas para la inclusión social de la Ciudad Autónoma de Melilla (1 de febrero de 2018): Servicios.

32.  El Plan Nacional sobre Drogas. Drogodependencias y Trabajo Social.

33.  El Plan sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.

34.  El Consejo Local de Drogodependencias de la Ciudad Autónoma de Melilla

35.  Prevención en drogodependencias. Objetivos, modalidades, niveles y estrategias.

Planificación y evaluación de los programas.

36.  Bases estratégicas generales para la integración social de las personas en riesgo de exclusión Niveles de intervención. Actuaciones para la inserción laboral.

37.  Mujeres en situación de dificultad social. Aspectos legales y sociales.

38.  Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. El Pacto de Estado contra la Violencia de Genero.

39.II Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades de la Ciudad Autónoma 2018-2022

40.El/la trabajador Social en el Centro de la Mujer. Funciones y competencias

41.  Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor. Medidas y principios rectores de la acción administrativa. Actuaciones en situación de desprotección social del menor e instituciones de protección de menores. Las sucesivas reformas legislativas.

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42.  La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

43.  Formas de malos tratos a menores: Malos tratos físicos, psíquicos, abuso sexual, negligencia. Descripción y características.

44.  La Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del Sistema de Protección a la intervención de los Servicios Sociales de Atención Primaria. Acceso a los Servicios, Programas Infancia y Adolescencia.

45.  La Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre por la que se modifica la LO 5/2000 de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

46.  La Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional: ámbito de aplicación. Entidades públicas y colaboradoras de adopción internacional. Ley aplicable a la adopción. Efecto en España de la adopción constituida por autoridades extranjera

46.          Real Decreto Ley 20/2020 de 29 de mayo por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital.

48.          Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Título Preliminar y Título I.

49.  Reglamento General de subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla

 

En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las “Bases Generales de aplicación a los procedimientos de selección de funcionarios de carrera y personal laboral fijo de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicadas en el B.O.ME. nº 5.000, de 15 de Febrero de 2013 y “Manual de Instrucciones de funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicado en el B.O.ME. nº 5018, de 19 de abril de 2013.

 

     Publíquense las mismas en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, Boletín Oficial del Estado y Tablón de Edictos de la Ciudad, quedando convocado el proceso de selección para la provisión de las citadas plazas.

 

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

 

      Las presentes bases y los actos que de ella deriven por parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la forma y plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla”.

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su publicación.

 

Melilla 23 de julio de 2021,

La Secretaria Técnica de Presidencia y Administración Pública,

Pilar Cabo León