ARTÍCULO Nº 258 (CVE: BOME-A-2023-258) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6054 - viernes, 24 de marzo de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 2 de marzo de 2023, relativo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2023 - 2025.
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, DE FECHA 2 DE MARZO DE 2023, RELATIVO
AL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, EJERCICIOS 2023 A 2025.
ANUNCIO
El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día
10 de marzo de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO NOVENO.- APROBACIÓN PLAN
ESTRATÉGICO SUBVENCIONES HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO.- El Consejo de Gobierno
acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Hacienda, Economía y Empleo, que
literalmente dice:
PLAN
ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2023-2025
PREÁMBULO
El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter
básico, por lo que todos los Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones
deben aprobar su correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones.
La disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, establece que los Planes y programas relativos a políticas públicas
que estén previstas en Normas legales o reglamentarias tendrán la consideración
de Planes estratégicos de Subvenciones y recogerán el contenido previsto en el
art. 8.1 de la ley 38/2003.
Con esta medida, penetran en el área de la actividad administrativa de
fomento las técnicas de planificación estratégica propias del sector privado y
que han ido incorporándose progresivamente como herramientas de programación y
gestión en las dos últimas décadas en el sector público español. Con ello se
pretende dar respuesta a las exigencias constitucionales de una gestión
eficiente y eficaz de los recursos públicos, coherente, por lo tanto, con el
resto de herramientas de programación y planificación presupuestaria o
sectorial que se puedan aprobar. Así, de acuerdo con el artículo 103 de la
Constitución, “la Administración Pública sirve con objetividad los intereses
generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía,
descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la
ley y al Derecho”, principios ligados a los expresados en el artículo 31.2 de
la propia norma constitucional, en relación con el gasto público, al que se le exige
realizar “una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación
y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía”.
La Ley General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de
perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los
principios que rige la Ley es el de la trasparencia que, junto con la variedad
de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa en un
incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto
público subvencional.
En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará
posible eliminar las Distorsiones e interferencias que pudieran afectar al
mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las
actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo
de solapamiento.
Para mejorar la eficacia, se prevé en la legislación que se proceda a
elaborar un Plan estratégico de Subvenciones, de carácter anual y con carácter
previo al nacimiento de las subvenciones.
Recogiendo este imperativo legal, se elabora este documento único que
permite establecer la correlación entre los objetivos misionales de la
Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio en su conjunto, las prioridades
políticas determinadas a través de los objetivos generales a conseguir y las
actuaciones concretas a desarrollar
De acuerdo con el artículo 11.4 del Reglamento de la LGS, los planes
estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años,
salvo que por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente
establecer un plan estratégico de duración diferente.
Con fecha 31 de diciembre de 2022, finalizó el periodo de vigencia del
Plan Estratégico General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para
el periodo 2020-2022.
Finalizada, pues, la vigencia del anterior, se requiere la aprobación de
un nuevo Plan Estratégico para los años 2020- 2022, con vocación de plurianual
y con las revisiones que, en su caso, sean necesario realizar anualmente.
Por ello, el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, de acuerdo con la opción primera que recoge
la Disposición Adicional Primera del Reglamento General de Subvenciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe nº 4224, de 09/09/2005) aprueba el Plan
Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio de
la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2023-2025, cuyo articulado figura
a continuación.
CAPÍTULO 1. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.
El establecimiento de subvenciones por parte de la Consejería de
Hacienda, Empleo y Comercio de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de sus
entes dependientes, durante el período
2023-2025, se ajustará a los objetivos estratégicos generales previstos en el
presente Plan.
Cuando se tramite una subvención no comprendida en el plan estratégico
inicial, se deberá incluir en el expediente una memoria en la que se detallen
la relación de los objetivos de la subvención con la planificación estratégica
y los posibles efectos en ésta, así como las causas que han impedido su
inclusión en aquél. Dicha memoria se integrará en el Plan Estratégico ya
aprobado debiendo aprobarse y publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad
ARTÍCULO 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este plan
requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los
presupuestos de la Ciudad de cada año y la aprobación de las bases reguladoras
de su concesión.
ARTÍCULO 3.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de
los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que consignaciones
presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se
acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
ARTÍCULO 4.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la
generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no
podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se
lleve a la práctica en sus propios términos.
No obstante su carácter programático, carente de rango normativo, o si
como resultado de los informes de seguimiento y los informes emitidos por la
Intervención General o entes gestores, existieran líneas de subvenciones que no
alcanzaren el nivel de consecución de objetivos deseado, o el que resultare
adecuado al nivel de recursos invertidos, podrán ser modificadas, sustituidas
por otras más eficaces y eficientes o, en su caso, eliminadas.
ARTÍCULO 5.
Son principios generales de este Plan los siguientes:
-
Publicidad y libre concurrencia mediante convocatoria
previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad,
concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin
perjuicio de la posible concesión directa que, de conformidad con lo
establecido en la norma aplicable, deberá contar con la debida consignación
presupuestaria previa.
-
Concesión conforme a criterios objetivos previamente establecidos en
la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por
los potenciales beneficiarios.
-
Eficacia en el cumplimiento de los
objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos
públicos, debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.
-
Control y análisis de la adecuación
de los fines de las entidades solicitantes a los principios de igualdad y no
discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas.
Y de forma específica, verificar de forma constante la pertinencia del Plan Estratégico. A saber:
·
Justificación del Plan en términos sociales
·
Necesidades de la ciudadanía a las que atiende
·
Capacidad financiera
·
Explicación de la competencia municipal en la materia
·
Estudio de la no aplicación de este línea subvencional
ARTÍCULO 6.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005), el
órgano que tiene atribuida la función de desarrollo del mismo y, por tanto, la
ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, será el Consejo de Gobierno.
Por tanto:
-
Los programas de subvenciones quedarán condicionadas a la existencia de
dotación presupuestaria adecuada y suficiente.
-
Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones o concesiones
directas (Convenios), deberá efectuarse la aprobación del gasto en términos
previstos en las normas presupuestarias de la Ciudad Autónoma de Melilla.
-
Y finalmente, y de forma previa al otorgamiento de las subvenciones,
deberán aprobarse las normas o bases reguladoras de la concesión.
El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de
una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus
fuentes de financiación en los siguientes casos: a) Las subvenciones que se
concedan de forma directa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de
la LGS.
b) Las subvenciones que, de manera motivada, se determinen por parte del
titular de la Consejería en atención a su escasa relevancia económica o social
como instrumento de intervención pública.
CAPÍTULO 2. CONTENIDO DEL PLAN
ARTÍCULO 7.
De acuerdo con lo previsto en el art. 12 del Real Decreto 887/2006, de
21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, la concesión de las subvenciones y ayudas
previstas en este Plan contiene, para cada caso, la siguiente información:
a)
Objetivos estratégicos, que describen el efecto e
impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de
vigencia del plan y que han de estar vinculados con los objetivos establecidos
en los correspondientes programas presupuestarios.
b)
Líneas de subvención en las que se concreta el
plan de actuación. Para cada línea de subvención deberán explicitarse los
siguientes aspectos:
1.º Áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen
las ayudas.
2.º Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación.
3.º Plazo necesario para su consecución.
4.º Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación,
5.º Plan de acción,
a)
Régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las
diferentes líneas de subvenciones que se establezcan.
ARTÍCULO 8.
Este Plan, además del presente articulado, se organiza agrupando los
planes individuales de subvenciones aportados por parte de cada área de la
Consejería, con contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el
Art. 12 de RD 887/2006 RLGS
Al final del Plan se enumera como Anexo un listado de subvenciones por
órgano gestor, incluyendo el desglose de las partidas, aplicaciones
presupuestarias, importes estimados y procedimiento de concesión.
ARTÍCULO 9.
Cada uno de los Anexos ordena las subvenciones previstas
presupuestariamente bajo los siguientes criterios:
-
Ente concedente La Consejería
correspondiente como gestor de la subvención.
-
Objeto. Bajo este criterio se especifica la
finalidad para la que se destina la subvención, la cual será posteriormente
objeto de evaluación.
-
Modalidad de gestión. Criterio que distingue la
previsión en cuanto al procedimiento a aplicar para su concesión, de
conformidad con los principios generales y requisitos establecidos a tal fin
del Capítulo Cuarto y Quinto del Reglamento General de Subvenciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla (concurrencia competitiva, subvención directa,
convenio de colaboración).
-
Importe. Referido a la consignación prevista para
cada subvención.
CAPÍTULO 3.- BENEFICIARIOS Y MATERIAS
DE LAS SUBVENCIONES
ARTÍCULO 10.
La Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos dependientes concederán
subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de
fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o
para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia
local.
CAPÍTULO 4.- EVALUACIÓN DE LA
EFICACIA DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS. ANÁLISIS DE RESULTADOS
ARTÍCULO 11.
Para un mejor análisis de la eficacia de cada subvención, las Dirección
Generales de cada una de estas áreas
solicitarán de los beneficiarios informe motivado sobre el número de
acciones desarrolladas, número de ciudadanos a los que alcanza la subvención y
justificación de los objetivos alcanzados.
ARTÍCULO 12.
En concreto se deberá detallar para la evaluación lo siguiente:
-
Objeto.
-
Entidad beneficiaria y, en su caso, colaboradora - Importe
subvencionado.
-
Acciones concretas desarrolladas en el importe de la subvención.
-
Número de ciudadanos a los que ha alcanzado la acción subvencionada.
-
Valoración de la Entidad concedente en cuanto a adecuación a los
objetivos perseguidos al tiempo de su otorgamiento y la procedencia del
mantenimiento o supresión del programa del que trae causa.013
CAPÍTULO 5: CONTROL FINANCIERO DE LOS
PROGRAMAS SUBVENCIONADOS
ARTÍCULO 13.
El control financiero de los programas subvencionados está encomendado a
la Intervención General Municipal, que al respecto analizará las fechas reales
de pago de los importes subvencionados con relación a las fechas previstas en
cada expediente, así como los medios de pago utilizados y la correcta
justificación de los extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención
de la subvención.
La Intervención General podrá elaborar los modelos de justificación de
subvenciones que faciliten la fiscalización de las mismas.
CAPÍTULO 6: PROCEDIMIENTO DE
MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO
DE SUBVENCIONES
ARTÍCULO 14.
Tanto las modificaciones puntuales como anuales a las que sea necesario someter
el presente plan se tramitarán por la Consejería de Hacienda, Empleo y
Comercio, elevando propuesta al Consejo de Gobierno, para su aprobación en
virtud del Art. 16.1.27 del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM
(BOME Ext. n.º 2 de 30 de enero de 2017).
DISPOSICIÓN TRANSITORIA 1ª
Toda subvención que no esté reflejada en el presente plan con el
contenido mínimo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, requerirá, para su tramitación, la previa
actualización del plan incluyendo dicha información, siguiendo el procedimiento
del artículo 14 del presente plan.
A continuación se detalla el Plan por Áreas de Gestión de
la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
A. DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Y COMERCIO
I.- PROGRAMA DE INTEGRACIÓN LABORAL DE DESEMPLEADOS EN EMPRESAS
MELILLENSES
1.º Áreas de competencia afectadas y
sectores hacia los que se dirigen las ayudas:
-
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
-
ÓRGANO GESTOR: Dirección General de Empleo y Comercio
-
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios/as de las
ayudas Autónomos, Pequeñas Empresas, Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles,
Entidades en Régimen de Atribución de Rentas y Sociedades Cooperativas que
desarrollen una actividad económica y/o profesional, así como a Fundaciones de
la ley 50/2002, de 26 de diciembre, Federaciones deportivas, Colegios
profesionales, Asociaciones y Organizaciones representativas de sectores
económicos y sociales, Sindicatos y Asociaciones y Organizaciones sin Ánimo de
Lucro.
2.º Objetivos y efectos que se
pretenden con su aplicación.
Fomentar la contratación laboral de desempleados melillenses, en
especial personas perteneciente unidades familiares en riesgo de exclusión en
el cual todos sus integrantes se encuentran sin empleo y mujeres, con el
resultado del aumento de la plantilla media de los beneficiarios y el
consiguiente descenso de la cifra de desempleados en la Ciudad.
-
OBJETIVO ESTRATÉGICO: El objeto de las ayudas es
la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, a aquellos
beneficiarios determinados en el artículo 6 de las Bases Reguladoras, y que se
destinará a sufragar los costes laborales derivados de la formalización de
nuevas contrataciones con personas desempleadas, de forma que se incremente la
plantilla media de la empresa al menos en dichas contrataciones.
-
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta línea de ayudas va dirigida a los
Autónomos, Pequeñas Empresas, Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles,
Entidades en Régimen de Atribución de Rentas y Sociedades Cooperativas que
desarrollen una actividad económica y/o profesional, así como a Fundaciones de
la ley 50/2002, de 26 de diciembre, Federaciones deportivas, Colegios
profesionales, Asociaciones y Organizaciones representativas de sectores
económicos y sociales, Sindicatos y Asociaciones y Organizaciones sin Ánimo de
Lucro.
Estas ayudas estarán sujetas al compromiso de mantenimiento de actividad
de los beneficiarios que ejerzan una actividad económica y en todo caso al
mantenimiento del empleo subvencionado al menos durante los doce meses
siguientes a su contratación, con el fin de fomentar la contratación laboral de
desempleados melillenses, en especial personas perteneciente unidades
familiares en riesgo de exclusión en el cual todos sus integrantes se
encuentran sin empleo y mujeres.
3.º Plazo necesario para su
consecución.
Las ayudas deberán ser resueltas antes del 31 de diciembre de 2025.
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual.
4.º Costes previsibles para su
realización y fuentes de financiación.
COSTES PREVISIBLES EJERCICIOS 2023, 2024 Y 2025: 6.000.000,00
Euros.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Se podrá financiar con cualquier aplicación
presupuestaria que pudiese aprobarse y tenga como finalidad el establecimiento
de un régimen de subvenciones para el fomento del empleo.
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: En ejercicios futuros podrá
ser susceptible de financiación por los recursos financieros de otros entes que
tengan por finalidad el fomento del empleo.
5.º Plan de acción, se prevén los
siguientes:
a.- Subvención de ayudas en régimen de concurrencia
competitiva a los beneficiarios.
b.- Forma de concesión: En concurrencia
competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras en
régimen de concurrencia competitiva del
PROGRAMA DE INTEGRACIÓN LABORAL DE DESEMPLEADOS EN EMPRESAS MELILLENSES,
así como en lo no establecido en el mismo, en la Orden de Convocatoria.
Seguimiento y Evaluación continua
aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan:
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de
la Dirección General de Empleo y Comercio perteneciente a la Consejería de
Hacienda, Empleo y Comercio.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de
gestión de ayudas de la Dirección General de Empleo y Comercio.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Hacienda,
Empleo y Comercio.
II.- PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO, FONDO TECNOLÓGICO
1.º Áreas de competencia afectadas y
sectores hacia los que se dirigen las ayudas:
-
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
-
ÓRGANO GESTOR: PROYECTO MELILLA S.A.U.
-
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios/as de las
ayudas las pequeñas y medianas empresas del sector comercio y de las
asociaciones sin ánimo de lucro que promuevan actuaciones objeto de subvención.
2.º Objetivos y efectos que se
pretenden con su aplicación.
a)
Fomentar el desarrollo de planes y proyectos de contenido tecnológico,
innovador y sostenible que incidan en la gestión de la actividad comercial y en
su modelo de negocio.
b)
Garantizar la adaptación de estos planes y proyectos a los nuevos
hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución.
-
marco del componente 13 inversión i4.1.2 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y de la Resolución de 19 de mayo de 2022, de la
Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Acuerdo de la
Conferencia Sectorial de Comercio.
-
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Las presentes bases
reguladoras, tienen por objeto establecer la concesión de las ayudas públicas
destinadas a apoyar e impulsar la competitividad y modernización, a través de
la transformación digital y sostenible de las pequeñas y medianas empresas del
sector comercio y de las asociaciones sin ánimo de lucro que promuevan
actuaciones objeto de subvención.
3.º Plazo necesario para su
consecución.
En un primer plazo, las ayudas deberán resolverse antes del 31 de
diciembre de 2023.
4.º Costes previsibles para su
realización y fuentes de financiación.
EN EL MARCO DEL COMPONENTE 13 INVERSIÓN I4.1.2 DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
-
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2023: 352.984,00 Euros.
-
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria
08/43100/47900 “SUBVENCION
FONDO TECNOLOGICO COMERCIO RESILIENCIA”.
-
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiadas al 100% por el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR), como parte del Componente 13; «Impulso a
la PYME», includa en la línea de inversión 4: «Apoyo al Comercio» donde se
integra el Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico como
actuación 1.2, de acuerdo con la Resolución de 19 de mayo de 2022, de la
Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Acuerdo de la
Conferencia Sectorial de Comercio, fijó los criterios de distribución, así como
el reparto resultante para las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y
Melilla, BOE nº 126, de 27 de mayo de 2022.
5.º Plan de acción, se prevén los
siguientes:
a.- Subvención de ayudas en régimen de concurrencia
competitiva a los beneficiarios.
b.- Forma de concesión: En concurrencia
competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras de
la línea de ayudas para el Programa de Modernización del Comercio Fondo
Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
así como en lo no establecido en el mismo, en la Orden de Convocatoria.
Seguimiento y Evaluación continua
aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan:
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de
la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las
actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que
tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de
derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de
subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un
funcionario de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio a determinar en la
convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla
SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de
gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Hacienda,
Empleo y Comercio.
III.- CONVENIO CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS MELILLENSES
1.º Áreas de competencia afectadas y
sectores hacia los que se dirigen las ayudas:
-
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
-
ÓRGANO GESTOR: Dirección General de Empleo y Comercio
-
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Confederación de Empresarios de
Melilla (CEME) como organización empresarial que representa y gestiona los
intereses generales y comunes de sus asociados ante personas y entidades públicas
y privadas, y singularmente ante la Administración, estando prevista la
Subvención Nominativa en los Presupuestos de la Ciudad Autónoma de Melilla para
2023.
2.º Objetivos y efectos que se
pretenden con su aplicación:
Apoyar a las Pymes que siguen sufriendo la crisis económica derivada de
la COVID-19 para que puedan acceder a las ayudas que van a poder ser
solicitadas por éstas de los Fondos Europeos de Recuperación creando un PROGRAMA DE AYUDA EN LA INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN DE LAS SUBVENCIONES.
-
OBJETIVO ESTRATÉGICO: El objeto del Convenio de Colaboración es
contribuir al cumplimiento de las competencias traspasadas a la Ciudad Autónoma
de Melilla, esto es, coordinación con las organizaciones representativas del
sector comercial de la ciudad, al objeto de implantar medidas tendentes a la
modernización de las estructuras comerciales de la ciudad de Melilla. De esta
forma se pretende promover el desarrollo industrial y comercial, en beneficio
del interés general y de los intereses generales y comunes de dichas empresas y
entidades públicas y privadas.
-
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: A la vista de las ayudas que van a poder ser
solicitadas por las empresas de Melilla de los Fondos Europeos de Recuperación
y la complejidad de poder acceder a los mismos de forma individual, se persigue
acometer un PROGRAMA DE AYUDA EN LA INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN DE LAS
SUBVENCIONES que puedan ser solicitadas por la Pymes de Melilla.
3.º Plazo necesario para su
consecución.
Finales del ejercicio 2023.
4.º Costes previsibles para su
realización y fuentes de financiación.
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2023: 125.000,00 Euros.
En los ejercicios 2024 y 2025 se podrán financiar mediante aplicación
presupuestaria nominativa que se integre en los presupuestos generales de la
Ciudad Autónoma de Melilla para esos respectivos ejercicios.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 02 43100 47900 " CONVENIO CEME
2023", por un importe total de CIENTO VEINTICINCO MIL EUROS (125.000,00
€).
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la
Ciudad Autónoma de Melilla al estar previsto en los Presupuestos de la Ciudad
Autónoma de Melilla para el ejercicio 2023.
5.º Plan de acción, se prevén los
siguientes:
a.- Subvención Nominativa de ayuda directa al
beneficiario.
b.- Forma de concesión: Directa a través de
Convenio de Colaboración.
c.- Mecanismo de aplicación: Convenio de
Colaboración que tendrá el carácter de bases reguladoras de la concesión a los
efectos de lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, a aprobar por el
Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Seguimiento y Evaluación continua
aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan:
Para la evaluación y seguimiento del presente Convenio se constituirá
una Comisión integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla
y dos de la Confederación de Empresarios de Melilla. Cualquier incidencia
deberá ser puesta en conocimiento de la Consejería de Hacienda, Empleo y
Comercio.
-
SEGUIMIENTO: Comisión integrada por dos
representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la Confederación de Empresarios
de Melilla.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Hacienda,
Empleo y Comercio .
IV.- CONVENIO ASOCIACIÓN COMERCIANTES ZONA CENTRO
1.º Áreas de competencia afectadas y
sectores hacia los que se dirigen las ayudas:
-
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
-
ÓRGANO GESTOR: Dirección General de Empleo y Comercio
-
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Asociación Zona Centro de Melilla
constituida según sus estatutos para la organización, colaboración mutua,
representación, gestión, fomento, asesoramiento y defensa de los intereses
comunes de los empresarios y profesionales que desarrollan su actividad en la
zona centro y ensanche modernista del término municipal de Melilla, estando
prevista la Subvención Nominativa en los Presupuestos de la Ciudad Autónoma de
Melilla para 2023.
2.º Objetivos y efectos que se
pretenden con su aplicación.
Mejora del entorno conocido como centro histórico y comercial de la Ciudad
Autónoma de Melilla, que comprende fundamentalmente la Avenida Juan Carlos I
Rey, calle General Chacel, calle General O´Donnell, General Prim, General
Pareja, López Moreno y adyacentes, mediante la consecución de objetivos
posibles y alcanzables siempre dentro del campo de acción de la Asociación Zona
Centro.
-
OBJETIVO ESTRATÉGICO: El objeto del Convenio de Colaboración es
contribuir al cumplimiento de las competencias traspasadas a la Ciudad Autónoma
de Melilla, esto es, Coordinación con
las organizaciones representativas del sector comercial de la ciudad, al objeto
de implantar medidas tendentes a la modernización de las estructuras
comerciales de la ciudad de Melilla. De esta forma se pretende promover el
desarrollo industrial y comercial, en beneficio del interés general y de los
intereses generales y comunes de dichas empresas y entidades públicas y
privadas.
-
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Planteamiento de una serie de estrategias de
dinamización y acciones de mejora del entorno conocido como centro histórico y
comercial de la Ciudad Autónoma de Melilla
3.º Plazo necesario para su consecución.
Finales del ejercicio 2023.
4.º Costes previsibles para su
realización y fuentes de financiación.
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2023: 150.000,00 Euros.
En los ejercicios 2024 y 2025 se podrán financiar mediante aplicación
presupuestaria nominativa que se integre en los presupuestos generales de la
Ciudad Autónoma de Melilla para esos respectivos ejercicios.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 02 43101 48000 "CONVENIO ASOCIACIÓN
COMERCIANTES ZONA CENTRO", por un importe total de CIENTO CINCUENTA MIL
EUROS (150.000,00 €).
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la
Ciudad Autónoma de Melilla al estar previsto en los Presupuestos de la Ciudad
Autónoma de Melilla para el ejercicio 2023.
5.º Plan de acción, se prevén los
siguientes:
a.- Subvención Nominativa de ayuda directa al
beneficiario.
b.- Forma de concesión: Directa a través de
Convenio de Colaboración.
c.- Mecanismo de aplicación: Convenio de
Colaboración que tendrá el carácter de bases reguladoras de la concesión a los
efectos de lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, a aprobar por el
Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla
Seguimiento y Evaluación continua
aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan:
a.- Subvención Nominativa de ayuda directa al
beneficiario.
b.- Forma de concesión: Directa a través de
Convenio de Colaboración.
c.- Mecanismo de aplicación: Convenio de
Colaboración que tendrá el carácter de bases reguladoras de la concesión a los
efectos de lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, a aprobar por el
Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
V.- ESCUELA DE HOSTELERÍA Y TURISMO
1.º Áreas de competencia afectadas y
sectores hacia los que se dirigen las ayudas:
-
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
-
ÓRGANO GESTOR: PROYECTO MELILLA SAU
-
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios de estas
ayudas las entidades e instituciones especializadas en el ámbito de la
formación y la hostelería con capacidad para realizar las acciones comprendidas
en el objetivo de estas ayudas.
2.º Objetivos y efectos que se
pretenden con su aplicación.
-
Formación especializada para desempleados en sector de Hostelería
-
Fomento Prácticas en empresas y en restaurante
-
Mejora de la empleabilidad del alumnado
OBJETIVO ESTRATÉGICO:
Aumento de la cualificación profesional y mejora competitiva en el
sector hostelero y turístico de la CAM.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Estas ayudas estarán sujetas al compromiso de mantenimiento de actividad
de los beneficiarios que ejerzan una actividad económica y en todo caso al
3.º Plazo necesario para su
consecución.
Anual
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual.
4.º Costes previsibles para su
realización y fuentes de financiación.
COSTES PREVISIBLES EJERCICIOS 2023, 2024 Y 2025: 360.000 Euros.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Presupuesto Proyecto Melilla, S.A., las
nuevas partidas habilitadas para el Programa Regional FSE+ , PROYECTO MELILLA
P.O. FSE 08/24103/44900
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: 85% FONDO SOCIAL +
5.º Plan de acción, se prevén los siguientes:
a.-
Convocatoria anual de subvenciones.
b.- Forma de concesión: concurrencia competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y
Convocatoria. Reglamento por el que se
regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de
Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto
Seguimiento y Evaluación continua aplicable
a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan:
-
SEGUIMIENTO: El seguimiento de las
subvenciones se realizará desde Proyecto Melilla SAU (Departamento de Formación
y Servicio de control y justificación) y la Dirección general de Planificación
estratégica.
-
EVALUACIÓN: Se realizará desde la
Dirección general de Planificación estratégica según el manual de procedimiento
de los Fondos Europeos y los procedimientos establecidos por la UAFSE y la
Intervención.
VI.- AYUDAS AL EMPLEO Y AUTOEMPLEO
1.º Áreas de competencia afectadas y
sectores hacia los que se dirigen las ayudas:
-
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
-
ÓRGANO GESTOR: PROYECTO MELILLA S.A.U.
-
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, cualquiera que sea su forma
jurídica, que operen efectiva y materialmente en la Ciudad Autónoma de Melilla
y que, se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o bien
efectúen contratos laborales en las diferentes modalidades en cualquiera de los
sectores de la ciudad, pudiendo primar alguno de estos sectores.
o
Empresas de base tecnológica en Melilla.
o
Turismo.
o
Industria.
2.º Objetivos y efectos que se
pretenden con su aplicación.
Fomentar el empleo y autoempleo para personas desempleadas,
especialmente en parados de larga duración, grupos desfavorecidos y jóvenes que
se encuentren como beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil,
fomentando la igualdad de género, de oportunidades y la no discriminación.
OBJETIVO ESTRATÉGICO: Esta línea de ayudas va
dirigida a las empresas, especialmente las pequeñas y medianas empresas que
fomenten el empleo y autoempleo en la Ciudad Autónoma de Melilla, podrá
confinanciarse dentro del Programa FSE+ para Melilla 2021-2027.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Las presentes bases
reguladoras, tienen por objeto establecer la concesión de las ayudas públicas
destinadas a apoyar e impulsar el empleo y autoempleo en las empresas,
especialmente en las pequeñas y medianas empresas para personas desempleadas,
especialmente en parados de larga duración, grupos desfavorecidos y jóvenes que
se encuentren como beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil,
fomentando la igualdad de género, de oportunidades y la no discriminación.
-
Incentivar la generación de empleo a través de las pequeñas y medianas
empresas,
-
Promoción del autoempleo.
-
Conversión de contratos en indefinidos
3.º Plazo necesario para su
consecución.
Anual.
4.º Costes previsibles para su
realización y fuentes de financiación.
Según lo determinado en el Programa FSE+ para Melilla 2021-2027, o en
los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U.
-
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO: 208.333,45 Euros.
-
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria 08/24103/44900 “PROYECTO MELILLA P.O. FSE”
5.º Plan de acción, se prevén los siguientes:
a.- Subvención de ayudas en régimen de concurrencia
competitiva a los beneficiarios.
b.- Forma de concesión: En concurrencia
competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y
Convocatoria. Reglamento por el que se
regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de
Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla,
S.A.U.
Seguimiento y Evaluación continua
aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan:
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de
la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las
evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Planificación y
Estratégica establecidos dentro del Programa FSE+ para Melilla 2021-2027, en su
caso. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una
actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la
situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los
procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución
resultantes, corresponderán a un funcionario de la Consejería de Hacienda,
Empleo y Comercio a determinar en la convocatoria, asistido y
auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de
gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Hacienda,
Empleo y Comercio.
VII.- AYUDAS A LA INVERSIÓN
1.º Áreas de competencia afectadas y
sectores hacia los que se dirigen las ayudas:
-
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
-
ÓRGANO GESTOR: PROYECTO MELILLA S.A.U.
-
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, especialmente a Pymes y Microempresas,
sin importar la forma jurídica que adopte, incluidos los trabajadores
autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión en la Ciudad Autónoma
de Melilla. Gozarán de mayor prioridad las inversiones que se realicen en
actividades que puedan suponer una
diversificación del aparato productivo local: industria, turismo, investigación
y desarrollo, servicios que impliquen alta tecnología o innovación o aquellos
derivados de las ventajas económicas y fiscales de Melilla.
2.º Objetivos y efectos que se
pretenden con su aplicación.
La ampliación, modernización y/o diversificación de empresas ubicadas en la Ciudad Autónoma de
Melilla, así como aquellas que pretendan implantar sistemas de calidad,
haciendo especialmente hincapié en las Microempresas.
OBJETIVO ESTRATÉGICO: Promoción del espíritu
empresarial, en particular facilitando el aprovechamiento de nuevas ideas e
impulsando la ampliación de las mismas, especialmente a Microempresas, así como
la implantación de sistemas de calidad como facilitar su acceso a la
financiación.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Las acciones a desarrollar
sería un régimen de ayudas a la
ampliación de Empresas, especialmente Pymes, a través de inversiones en
capital fijo (bienes inmuebles, equipos, otras inversiones relacionadas con el
proyecto) y activos inmateriales, haciendo especial hincapié en aquellas
empresas innovadoras e inteligentes y de crecimiento sostenible, aprovechando
las ventajas de digitalización para fomentar la competitividad.
3.º Plazo necesario para su consecución.
Anual.
4.º Costes previsibles para su
realización y fuentes de financiación.
Según lo determinado en el Programa FEDER para Melilla 2021-2027, o en
los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U.
-
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO: 0,00 Euros.
-
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria
08/45000/74000 “ P.O.
FEDER 2021-2027 PROMESA”
5.º Plan de acción, se prevén los
siguientes:
a.- Subvención de ayudas en régimen de concurrencia
competitiva a los beneficiarios.
b.- Forma de concesión: En concurrencia
competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y
Convocatoria. Reglamento por el que se
regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de
Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla,
S.A.U.
Seguimiento y Evaluación continua
aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan:
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de
la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las
evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Planificación y
Estratégica establecidos dentro del Programa FEDER para Melilla 2021-2027, en
su caso. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una
actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la
situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los
procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución
resultantes, corresponderán a un funcionario de la Consejería de Hacienda,
Empleo y Comercio a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la
entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de
gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Hacienda,
Empleo y Comercio.
VIII.- AYUDAS A LA ADECUACIÓN, MEJORA,
AMPLIACIÓN Y/ O MODERNIZACIÓN DE LOCALES COMERCIALES Y DE SERVICIOS EN MELILLA
1.º Áreas de competencia afectadas y
sectores hacia los que se dirigen las ayudas:
-
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
-
ÓRGANO GESTOR: PROYECTO MELILLA S.A.U.
-
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, sin importar la forma
jurídica que adopte, incluidos los trabajadores autónomos, que pretendan
realizar proyectos de inversión en la ciudad autónoma de Melilla.
2.º Objetivos y efectos que se
pretenden con su aplicación.
La ampliación, modernización y/o diversificación de empresas ubicadas en la Ciudad Autónoma de
Melilla, así como aquellas que pretendan implantar sistemas de calidad,
haciendo especialmente hincapié en las Microempresas.
OBJETIVO ESTRATÉGICO: Adecuación,
mejora, ampliación y/o modernización de locales comerciales y de servicios en
Melilla.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
-
Fomento de la innovación y a la transformación digital.
-
Modernización empresarial.
3.º Plazo necesario para su
consecución.
Anual.
4.º Costes previsibles para su
realización y fuentes de financiación.
En los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U.
-
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO: 300.000,00 Euros.
-
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria
08/43300/74000 “PROYECTO
MELILLA, T. CAPITAL
5.º Plan de acción, se prevén los
siguientes:
a.- Subvención de ayudas en régimen de concurrencia
competitiva a los beneficiarios.
b.- Forma de concesión: En concurrencia
competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y
Convocatoria. Reglamento por el que se
regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de
Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla,
S.A.U.
Seguimiento y Evaluación continua
aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan:
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de
la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las
actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que
tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de
derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de
subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un
funcionario de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio a determinar en la
convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla
SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de
gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Hacienda,
Empleo y Comercio.
IX.- AYUDAS A LA INVERSION CON CREACIÓN DE EMPLEO
1.º Áreas de competencia afectadas y
sectores hacia los que se dirigen las ayudas:
-
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
-
ÓRGANO GESTOR: PROYECTO MELILLA S.A.U.
-
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Exclusivamente
a PYMEs, sin importar la forma jurídica que adopte, incluido los trabajadores
autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión con generación de
empleo en la CAM
2.º Objetivos y efectos que se
pretenden con su aplicación.
Promoción del espíritu empresarial, en particular
facilitando el aprovechamiento de nuevas ideas e impulsando la creación de
nuevas empresas y ampliación de las mismas, así como facilitar su acceso a la
financiación.
relacionadas con el proyecto) , activos inmateriales y trabajos de
planificación (estudios), que contribuyan a la creación de empleo estable y de
calidad, haciendo especial hincapié en aquellas empresas innovadoras e
inteligentes y de crecimiento sostenible, aprovechando las ventajas de
digitalización para fomentar la competitividad.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
-
Creación de nuevas empresas en nuevos nichos de mercado
-
Fomento de la ampliación y diversificación empresarial.
-
Fomento de empresas innovadoras e inteligentes y de crecimiento
sostenible.
-
Fomento de empresas que apliquen la digitalización para fomentar la
competitividad.
3.º Plazo necesario para su
consecución.
Anual.
4.º Costes previsibles para su
realización y fuentes de financiación.
Según lo determinado en el Programa FEDER para Melilla 2021-2027, o en
los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U.
-
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO: 750.000,00 Euros.
-
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria
08/45000/74000 “P.O.
FEDER 2021-2027 PROMESA”
5.º Plan de acción, se prevén los siguientes:
a.- Subvención de ayudas en régimen de concurrencia
competitiva a los beneficiarios.
b.- Forma de concesión: En concurrencia
competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y
Convocatoria. Reglamento por el que se
regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de
Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U.
Seguimiento y Evaluación continua
aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan:
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de
la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las
evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Planificación y
Estratégica establecidos dentro del Programa FEDER para Melilla 2021-2027, en
su caso. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una
actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la
situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los
procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución
resultantes, corresponderán a un funcionario de la Consejería de Hacienda,
Empleo y Comercio a determinar en la convocatoria, asistido y
auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de
gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Hacienda,
Empleo y Comercio.
X.- AYUDAS FINANCIERAS A LA CREACIÓN,
AMPLIACIÓN Y DIVERSIFICACIÓN DE PYME.
1.º Áreas de competencia afectadas y
sectores hacia los que se dirigen las ayudas:
-
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
-
ÓRGANO GESTOR: PROYECTO MELILLA S.A.U.
-
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Exclusivamente a PYMEs, sin importar
la forma jurídica que adopte, incluido los trabajadores autónomos, que
pretendan realizar proyectos de inversión con generación de empleo en la CAM
2.º Objetivos y efectos que se pretenden
con su aplicación.
Generación de empleo estable a través de la creación o la ampliación y/o
diversificación de empresas, fomentando el empleo y el autoempleo.
OBJETIVO ESTRATÉGICO: Fomentar un conjunto de
medidas destinadas a la creación de nuevas empresas y a la ampliación y/o
diversificación de las empresas ya existentes, siempre que generen autoempleo
y/o empleo, siempre que dicha empresa opere en la Ciudad Autónoma de Melilla,
cualquiera que sea su forma jurídica, se incluirá la subvención de una serie de
medidas destinadas al fomento y la creación de nuevas empresas, como puede ser
el alquiler, cuotas de autónomo, etc.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
-
Creación de nuevas empresas en nuevos nichos de mercado
-
Fomento de la ampliación y diversificación empresarial.
-
Ampliación de las empresas.
-
Empresas innovadoras e inteligentes y de crecimiento sostenible.
-
Empresas que apliquen la digitalización para fomentar la competitividad.
3.º Plazo necesario para su
consecución.
Anual.
4.º Costes previsibles para su
realización y fuentes de financiación.
Según los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U.
- COSTES PREVISIBLES
EJERCICIO: 0,00 Euros.
- APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
Financiada con la aplicación presupuestaria 08/43300/74000 “PROYECTO MELILLA, T. CAPITAL
5.º Plan de acción, se prevén los
siguientes:
a.- Subvención de ayudas en régimen de concurrencia
competitiva a los beneficiarios.
b.- Forma de concesión: En concurrencia
competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y
Convocatoria. Reglamento por el que se
regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de
Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla,
S.A.U.
Seguimiento y Evaluación continua
aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan:
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de
la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las
actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que
tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de
derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de
subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un
funcionario de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio a determinar en la
convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla
SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de
gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Hacienda,
Empleo y Comercio.
B. DIRECCIÓN
GENERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Y COORDINACIÓN
“CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE
HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO
OFICIAL DE AGENTES DE ADUANAS Y REPRESENTANTES ADUANEROS DE MELILLA”
A)
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
Objetivos relacionados con la gestión del Impuesto sobre la Producción,
Servicios e Importación, (IPSI) en su modalidad Importación consistentes, entre
otros, en:
·
Agilización del tráfico de mercancías,
·
Tramitación más racional en la presentación de documentación previa al
despacho
·
Garantía en el cobro del IPSI Importación.
B)
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
Dirección General de Ingresos Públicos y Coordinación. Servicio de importación
y Gravámenes Complementarios
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Agentes y Comisionistas de Aduanas de
Melilla.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN CON SU APLICACIÓN. Desarrollo un
Convenio de Colaboración con el Colegio de Agentes y Comisionistas de Aduanas
de Melilla en virtud de la cual dicha entidad se compromete a que los Agentes
intervinientes en las operaciones de importación, cumplimenten y presenten la
declaración tributaria del Impuesto antes de la admisión al despacho, siendo
obligación previa a la salida de los recintos aduaneros, o del Organismo
Autónomo de Correos, para las mercancías introducidas en la Ciudad por este
medio.
Con ello se pretende agilizar el tráfico de mercancías y lograr una
tramitación más racional en la presentación de documentación y la garantía del
cobro del Impuesto sobre la Producción e Importación (IPSI) en su modalidad
Importación.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCION. Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual.
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2022. 525.000,00 euros.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. 02/93200/48900
APORTACION DE OTROS ENTES. No se prevé.
PLAN DE ACCIÓN:
Suscripción de un convenio de colaboración previsto nominativamente en los
Presupuestos Generales de la Ciudad, ejercicio 2023, con los siguientes
compromisos: AGENTES ADUANAS:
·
Cumplimentación y presentación de la declaración tributaria del Impuesto
antes de la admisión al despacho.
·
Comprobación vía telemática, antes de poner la mercancía a disposición
de los importadores, la conformidad a la declaración y documentación aportada.
·
Asunción de la obligación del pago en un plazo máximo de un mes desde el
despacho de aquellas mercancías que se introduzcan en la Ciudad, cuyos
destinatarios no tengan formalizados ante la CAM el correspondiente aval
bancario,
·
Aportación ante la CAM, en garantía del pago de las deudas tributarias,
de un aval bancario por la cantidad de 10.000,00 euros.
CIUDAD AUTÓNOMA:
Abono de la subvención, de la siguiente forma:
La CAM efectuará pagos a cuenta del importe de la subvención. Dichos
abonos a cuenta supondrán la realización de pagos fraccionados que
corresponderán al número de hojas declaratorias presentadas que han dado lugar
a ingresos. Las liquidaciones y pago se efectuarán por trimestres vencidos,
teniendo en cuenta el número de declaraciones que refleje la aplicación
informática de “Ipsi Importación”, donde aparecen individualizadas por cada uno
de los Agentes integrados en el Colegio Oficial de Agentes de Aduanas y
Representantes Aduaneros de Melilla, y hasta el límite subvencionable total de
525.000,00 euros
C) RÉGIMEN DE SEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN CONTINUA
·
Justificación de la subvención en la forma prevista en el convenio.
·
Posibilidad de creación de una Comisión Paritaria de Evaluación y
Seguimiento del Convenio.
Con respecto al órgano gestor y la organización competencial, el
desglose de las partidas y aplicaciones presupuestarias del vigente presupuesto
del año 2023, es el siguiente:
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se traslada para su publicación y general conocimiento.
Melilla 20 de marzo de 2023,
El Técnico de Administración General,
Antonio Jesús García Alemany