ARTÍCULO Nº 544 (CVE: BOME-A-2024-544) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6186 - viernes, 28 de junio de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA


Decreto nº 134, de fecha 27 de junio de 2024, relativo a incorporación transitoria de sustituto del tercer vocal de la Mesa de Contratación permanente de esta administración.

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El Excmo. Presidente de la Ciudad, mediante decreto número 2024000134  de fecha 27 de junio de 2024, ha dispuesto lo siguiente:

INCORPORACIÓN TRANSITORIA DE SUSTITUTO DEL TERCER VOCAL DE LA MESA DE CONTRATACIÓN PERMANENTE DE ESTA ADMINISTRACIÓN

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La creación y composición de la actual mesa de contratación permanente de esta Administración fue acordada por la Excma. Sra. Consejera de Hacienda, Empleo y Comercio, mediante resolución número 2020001236 de fecha 28 de mayo de 2020 (publicada en el BOME nº 5762 de fecha 5/06/2020), modificada mediante resolución de la misma Consejera de fecha 30/05/2022 (publicada en el BOME extra nº 27 de fecha 31/05/2022).

En esencia, la actual composición se basa en un/a Presidente/a, 3 vocales y un/a secretario/a, estableciéndose de la siguiente forma:

PRESIDENTE/A:

·         Titular: Director/a General de Contratación Pública

·         Suplente: Secretario/a Técnico/a de Hacienda y Presupuestos

VOCAL – INTERVENCIÓN:

·         Titular: Interventor/a general

·         Suplente: Viceinterventor/a

VOCAL - SECRETARÍA GENERAL:

·         Titular: Secretario/a General de la Asamblea

·         Suplente: Secretario/a del Consejo de Gobierno

VOCAL – REFUERZO TRANSITORIO DE CONTRATACIÓN:

·         Titular: Jefe/a del Servicio de Contratación

·         Suplente: Jefe/a de Sección del Área de Contratación

SECRETARIO/A DE LA MESA:

·         Titular: Jefe/a Negociado de Contratación

·         Suplente: Jefe/a Negociado de Gestión de Compras

Además, la citada resolución de mayo de 2020, establecía literalmente lo siguiente:

En el caso de que temporalmente se encuentre vacante alguno de los puestos citados, el Órgano de Contratación podrá nombrar, a los únicos efectos de formar parte de la Mesa de Contratación mientras dure dicha vacante, a otro suplente entre funcionarios de carrera de la CAM, previa propuesta, cuando sea posible, del titular de dicho órgano al que deba suplir. Dicho nombramiento temporal deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad y en el perfil del contratante de la CAM para general conocimiento.”

En la actualidad el puesto de “Jefe/a del Servicio de Contratación” se encuentra vacante, y ante el cese el pasado 18 de junio de 2024[1]  D. José Manuel López Jiménez también se encuentra vacante el puesto de “Jefe/a de Sección del Área de Contratación”, lo que supone que no existe persona que ejerza legalmente la tercera vocalía de la mesa de contratación permanente, pudiendo haber perdido de este modo su composición mínima legal, según el criterio de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado en el informe 96/2018.

Esta circunstancia llevó a la mesa  de contratación permanente de esta Administración a acordar, en su sesión del pasado 19 de junio 2024, por seguridad jurídica, dejar sobre la mesa los 24 expedientes incluidos en la convocatoria, ante la perdida sobrevenida su composición mínima legal, según el criterio de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado en el citado informe 96/2018, recordando en dicho acuerdo la situación insostenible en las celebraciones de sus sesiones, ante el desproporcionado número de expedientes en comparación con la exigua composición de la mesa, y la urgente necesidad de una renovación y reestructuración de la actual mesa de contratación permanente de la Ciudad que permita reconducir esta situación y recuperar la debida diligencia en su actuación, redundando en la reducción de plazos en los expedientes de contratación mayor de todas las Consejerías.



[1] Véase apartado segundo de la parte dispositiva de la resolución de la titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, de fecha 13/06/2024, registrada al número 2024002194, y publicada en el BOME nº 6183 de fecha 18/06/2024 (artículo nº 508)

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Ante ello, mientras se adoptan las medidas oportunas para llevar a cabo una renovación y reestructuración efectiva de su actual composición, se considera urgente y prioritario el nombramiento temporal y transitorio de un suplente para la tercera vocalía de la mesa de contratación permanente de esta Administración para que de este modo recupere su composición mínima legal.

De entre los posibles empleados públicos que pueden ejercer la suplencia de forma transitoria, se considera oportuno, para dotar de la debida diligencia a este órgano, dar preferencia a aquellos funcionarios de carrera con experiencia y formación específicas en materia de contratación pública. Ante la falta de funcionarios de carrera de perfil técnico en la Dirección General de Contratación Pública, se considera oportuno optar por el actual Secretario Técnico de la Consejería de Hacienda, D. Sergio Conesa Mínguez, con acreditada experiencia y formación específicas en materia de contratación pública.

La competencia para el nombramiento de los miembros de la mesa de contratación corresponde al Excmo. Consejero de Hacienda en calidad de Órgano de Contratación, en aplicación del art. 326.4 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. No obstante, dicho Consejero no puede acordar el nombramiento planteado, al encontrarse en el presente caso en el supuesto de abstención contemplado en el art. 23.2.b de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por ello, y en base al principio de eficacia, se considera procedente que por parte del Excmo. Presidente de la Ciudad se avoque, en los términos del art. 74 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, de forma puntual dicha competencia, para acto seguido proceder, en el mismo acuerdo, al nombramiento de un suplente de la tercera vocalía de la mesa de contratación permanente de esta Administración.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 15380/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:

PRIMERO.- Avocar, en aplicación del art. 74 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, de forma puntual para este caso, la competencia para nombrar un suplente para la tercera vocalía de la mesa de contratación permanente de esta Administración.

SEGUNDO.- El nombramiento transitorio y temporal de D. Sergio Conesa Mínguez, funcionario de carrera de esta Administración, subgrupo A1, como suplente del “Jefe/a de Sección del Área de Contratación”, a los únicos efectos de formar parte de la Mesa de Contratación permanente de esta Administración.

TERCERO.- Proceder a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Melilla y en el perfil del contratante de esta Administración, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

En aplicación del art. 10.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra el acuerdo de avocación incluido en el apartado PRIMERO de la parte dispositiva de este DECRETO no cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el que, en su caso, se interponga contra la resolución del procedimiento.

Contra el resto de la parte dispositiva de este DECRETO, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o su publicación.

Alternativamente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación o su publicación.

Si se opta por la interposición del recurso de reposición en vía administrativa, transcurrido un mes desde su interposición sin que haya sido resuelto, se entenderá desestimado por silencio administrativo y a partir del día siguiente podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo en el plazo de seis meses.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se traslada para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla 27 de junio de 2024,

El Técnico de Administración General,

Antonio Jesús García Alemany