ARTÍCULO Nº 202
(CVE: BOME-A-2025-202)
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BOME Nº 6259 - martes, 11 de marzo de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA
Orden nº 0731, de fecha 6 de marzo de 2025, relativa a resolución de convocatoria de expresiones de interés para el Programa FEDER Melilla 2021-2027 Objetivo Especifico 2.5 Agua. Medida 2.5.1. Ciclo integral del agua.

El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 06/03/2025, registrada al número 2025000731, en
el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
1.
El programa FEDER Melilla 2021-2027 y, en concreto, el contenido del
Objetivo Específico 2.5 “Promover el acceso al agua y una gestión hídrica
sostenible”, adoptado por la Comisión Europea mediante Decisión Ejecutiva de
29/11/2022 Decisión C
(2022) 8900
y aprobado por la Excma. Asamblea de Melilla en fecha 06/02/2023, publicado en
BOME de 08/02/2023 BOME
extraordinario nº 4 de 08/02/2023.
2.
El Manual de procedimientos de gestión y control de actuaciones y
operaciones cofinanciadas por el FEDER y la Ciudad Autónoma de Melilla en el
período de programación 2021-2027 de 26 de febrero de 2025 .
https://www.melilla.es/melillaPortal/contenedor.jsp?seccion=s_fdoc_d4_v1.jsp&cont
enido=39321&nivel=1400&tipo=5&anuncio=1
3.
Los criterios de selección de operaciones del Programa citado, aprobados
por el Comité de Seguimiento del mismo en fecha 21/03/2024
https://www.melilla.es/melillaPortal/contenedor.jsp?seccion=s_fdes_d4_v1.jsp&cont
enido=39051&nivel=1400&tipo=6&codResi=1&language=es&codMenu=448&codM
enuPN=601&codMenuSN=1.
4.
La convocatoria de expresiones de interés para el programa FEDER melilla
20212027, Objetivo Específico 2.5 “Agua”, Medida 2.5.1 “Ciclo Integral del
Agua”, publicada en el BOME de 24/01/2025. https://bomemelilla.es/bome/BOME-B-20256246/articulo/41#
Considerando:
1.
Que el referido Manual de procedimientos de gestión y control y los
Criterios de selección de operaciones prevén la Convocatoria de expresiones de
interés para la aprobación de las mismas en el marco del Programa y Objetivo
Específico citados.
2.
Que el citado Manual de procedimientos, así como la convocatoria de
expresiones de interés citada, indican que la aprobación de las mismas se hará
por el Consejero de Hacienda a propuesta del Director General de Planificación
Estratégica y Programación.
3.
Que el importe de las operaciones presentadas supera al presupuesto
disponible de la convocatoria.
4.
Que el Director General citado, tras aplicar los criterios y
ponderaciones previstas en la Convocatoria de expresiones de interés, propone
que se aprueben las siguientes operaciones de acuerdo con las siguientes
prioridades, ordenadas de mayor a menor prioridad, conforme a lo establecido en
los criterios de priorización aplicables a las distintas tipologías de acción,
establecidas en la Convocatoria de expresiones de interés:
Medida 2.5.1 Ciclo integral del
Agua |
Presupuesto de la Convocatoria de
EdeI |
5.961.320,00 € |
|
||
Nombre Operación |
N/ Código |
Orden de prioridad |
Importe propuesto de la operación |
Coste subvencionable que se propone sea aprobado |
Coste subvencionable pendiente |
Adaptación infraestructura
hidraúlica |
2.5.1.1 |
1 |
972.159,90 |
972.159,90 |
- |
Sectorizac. y automatizac. FASE
III |
2.5.1.2 |
2 |
4.126.451,45 |
4.126.451,45 |
- |
Redes secundarias de distribución |
2.5.1.3 |
3 |
3.740.362,08 |
862.708,65 |
2.877.653,43 |
Infr. hidráulica para empleo agua regenerada
campo Golf |
2.5.1.4 |
4 |
2.298.306,05 |
- |
- |
Totales |
|
|
11.137.279,48 |
5.961.320,00 |
2.877.653,43 |

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 1380/2025, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
1.
Que se apruebe la propuesta relacionada, que conlleva la aprobación
íntegra de las dos primeras operaciones; la parcial de la operación denominada
“Proyecto de redes secundarias de distribución en sector de abastecimiento”
hasta un límite de OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHO EUROS CON
SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (862.708,65€); y la desestimación de la
operación denominada “Adaptación de Infraestructura hidráulica para el empleo
de agua regenerada en el campo de Golf”.
No obstante, en el caso de que el presupuesto disponible aumente, bien
con motivo de una reprogramación futura aprobada por la Comisión Europea o con
motivo de bajas en la adjudicación de las operaciones aprobadas, el importe de
la operación aprobada parcialmente aumentaría hasta el importe acumulado de tal
disminución y, en su caso, también podría ocurrir lo mismo con respecto a la
operación desestimada, por lo que se emitiría/n, por tal Dirección General,
una/s adenda/s al DECA original.
2.
Que por parte del Director General de Planificación Estratégica y
Programación se emitan los correspondientes DECAs (Documentos con las
Condiciones de la Ayuda) que deberán ser firmados y aceptados por el organismo
proponente de las Operaciones aprobadas.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo.
Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la
Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres
meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto. No obstante, podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su
conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 6 de marzo de
2025,
El Secretario Técnico de
Hacienda,
Sergio Conesa Mínguez