Resolución de fecha 6 de abril de 2026, por la que se registra y publica la rectificación del acuerdo parcial relativo al Convenio Colectivo del “Servicio de atención a personas con discapacidad del Centro Gámez Morón”, publicado en BOME nº 6355, de fecha 20 de febrero de 2026.
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MELILLA
ÁREA TRABAJO E INMIGRACIÓN
Resolución de fecha 06 de abril de 2026 del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Melilla por la que se acuerda el registro y publicación de la rectificación del ACUERDO PARCIAL relativo al Convenio Colectivo del “SERVICIO DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL CENTRO GAMEZ MORÓN”, publicado en BOME Nº 6355, de fecha 20 de febrero de 2026.
ANTECEDENTES DE HECHO
I.- Por Resolución de fecha 16 de febrero de 2026, esta Dirección de Área acordó el registro y publicación del ACUERDO PARCIAL, adoptado en fecha 26 de enero de 2026, relativo al Convenio Colectivo del “SERVICIO DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL CENTRO GAMEZ MORÓN”.
II.- Dicha Resolución fue objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) nº 6355, de fecha 20 de febrero de 2026, insertándose en el art. 152, páginas 469 y siguientes.
III.- Con fecha 11 de marzo de 2026 se recibe escrito presentado por la representación de la Comisión Negociadora, por el que se comunica que se ha observado una errata en las tablas salariales que acompañaban al texto inicial del acuerdo presentado a través del aplicativo REGCON, procediéndose mediante reunión de dicha Comisión Negociadora a suscribir un acuerdo de rectificación. A la comunicación se acompaña, Acta de la rectificación del Acuerdo, así como las tablas salariales, solicitándose su registro y publicación en sustitución del texto ahora rectificado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La competencia para resolver el presente expediente se encuentra originalmente atribuida según lo preceptuado por el art. 4.2 del Real Decreto 2725/1998, de 18 de diciembre: “Los Delegados del Gobierno en la ciudades de Ceuta y Melilla asumirán las competencias resolutorias o de emisión de propuestas de resolución de los respectivos Directores de Trabajo e Inmigración de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno”.
SEGUNDO.- Por Resolución del Delegado del Gobierno en Melilla, de fecha 11 de mayo de 2000, (BOME de 25 de mayo), se delegó en el Director del Área de Trabajo y Asuntos Sociales, hoy Área de Trabajo e Inmigración de esta Delegación del Gobierno, en su ámbito territorial de actuación, la competencia de resolver: Expedientes de Regulación de Empleo, Registro y Depósito de Convenios Colectivos y Registro e Inscripción de Cooperativas.
TERCERO.- El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, dispone en su art. 3: “2. Las comunidades autónomas crearán y regularán registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos en el ámbito de sus competencias.
Igualmente, existirá un registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos en las áreas funcionales de Trabajo e Inmigración de las ciudades de Ceuta y Melilla.” En vista de los antecedentes arriba expuestos,
ACUERDA
Primero. -
Ordenar la inscripción de la citada Acta, presentada en rectificación del texto del Acuerdo de la Comisión Negociadora en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla», en sustitución de anuncio publicado en fecha 20 de febrero de 2026, BOME nº 6355, art. 152.
Melilla, 06 de abril de 2026
LA DIRECTORA DEL AREA DE TRABAJO E INMIGRACIÓN
Elena Nieto Delgado.
ACTA DEL ACUERDO RECTIFICACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO COLECTIVO DE CENTRO “SERVICIO DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL CENTRO GAMEZ MORON”
Melilla, 10 de marzo de 2.026
Se reúnen las partes negociadoras del presente acuerdo, en representación del colectivo de trabajadores y la empresa adjudicataria del servicio, como Comisión negociadora del anterior V Convenio Colectivo entre empresa y los trabajadores del Centro Gámez Morón de Melilla (BOME nº 5844 de fecha 19/03/2021), actualmente denominado Convenio Colectivo de centro “SERVICIO DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL CENTRO GAMEZ MORON” y con nº de registro: 52100032012015, representadas por:
Por representación empresarial:
Dña. Mónica Rico López (EULEN SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, SA)
Dña. Pilar Antolín Escorial (EULEN SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, SA) (Justifica su inasistencia)
D. Jesús Llorente Cornejo (EULEN SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, SA)
Por representación sindical:
D. José Manuel Vidal Pérez (UGT)
D. Ricardo Gimeno Díaz (CCOO)
D. Luis Escobar Ruiz (CSIF)
Por representacjón de los trabajadores:
D. lunes Abdelkader Al-lach (Presidente del Comité de empresa) Dña. Ana López Jiménez (Secretaria del Comité de empresa)
D. Mohamed Hamed Mohamed (Comité de empresa) Dña. Shuaila Ahmed Nayin (Comité de empresa)
Teniendo en cuenta que el XV Convenio Colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad finalizó su vigencia en fecha 31/12/2024, las partes acuerdan que, con efectos económicos, a partir del 01 de enero de 2025, será de aplicación, y en todos sus términos a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el XVI Convenio Colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad a los trabajadores adscritos a los servicios prestados en el Centro de discapacitados "Gámez Morón" de Melilla, incluyendo Plus Residencia y Plus Bonificación condicionados siempre a su establecimiento en los pliegos de licitación y al pago del mismo, de forma específica, por parte de la Administración Pública, sin que ello pudiera suponer una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que se vienen reconociendo hasta el momento.
ACTA DEL ACUERDO RECTIFICACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO COLECTIVO DE CENTRO “SERVICIO DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL CENTRO GAMEZ MORON”
Habiéndonos adherido al XVI convenio nacional, según acuerdo parcial publicado el 20 de febrero, se ha detectado un ERROR DE TRANSCRIPCIÓN en las tablas salariales siguientes:
Año 2.025
Donde dice:
| CATEGORÍAS | XVI CONVENIO | SALARIO BASE | N1 | N2 | PLUS RESIDENCIA (25%SB) | BONIFICACIÓN (8% SB) | NOCTURNIDAD |
| Coordinador/a | GR III TSUP N1 | 1398,03 | 128,62 | 100,66 | 349,51 | 111,84 | 2,84 |
Debe decir:
| CATEGORÍAS | XVI CONVENIO | SALARIO BASE | N1 | N2 | PLUS RESIDENCIA (25%SB) | BONIFICACIÓN (8% SB) | NOCTURNIDAD |
| Coordinador/a | GR III TEC | 1129,84 | 103,95 | 81,35 | 282,46 | 90,39 | 2,30 |
Año 2.026
Donde dice:
| CATEGORÍAS | XVI CONVENIO | SALARIO BASE | N1 | N2 | PLUS RESIDENCIA (25%SB) | BONIFICACIÓN (8% SB) | NOCTURNIDAD |
| Coordinador/a | GR III TSUP N1 | 1.419,00 | 130,55 | 102,17 | 354,75 | 113,52 | 2,89 |
Debe decir:
| CATEGORÍAS | XVI CONVENIO | SALARIO BASE | N1 | N2 | PLUS RESIDENCIA (25%SB) | BONIFICACIÓN (8% SB) | NOCTURNIDAD |
| Coordinador/a | GR III TEC | 1.146,78 | 105,50 | 82,57 | 286,69 | 91,74 | 2,33 |
Año 2.027
Donde dice:
| CATEGORÍAS | XVI CONVENIO | SALARIO BASE | N1 | N2 | PLUS RESIDENCIA (25%SB) | BONIFICACIÓN (8% SB) | NOCTURNIDAD |
| Coordinador/a | GR III TSUP N1 | 1.440,29 | 132,51 | 103,70 | 360,07 | 115,22 | 2,93 |
Debe decir:
| CATEGORÍAS | XVI CONVENIO | SALARIO BASE | N1 | N2 | PLUS RESIDENCIA (25%SB) | BONIFICACIÓN (8% SB) | NOCTURNIDAD |
| Coordinador/a | GR III TEC | 1.146,78 | 105,50 | 82,57 | 286,69 | 91,74 | 2,33 |
Resultando las siguientes tablas salariales:
TABLAS SALARIALES DE APLICACIÓN
DE 15 DE SEPTIEMBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2.024
AÑO 2.025
AÑO 2.026
AÑO 2.027
Y para que así conste, las partes firman el presente ACUERDO dando conformidad a su contenido, solicitando el cambio de las tablas salariales para que las nuevas dejen sin efecto a las anteriormente publicadas.
En Melilla, a 10 de marzo 2.026