ARTÍCULO 926 - BOME-A-2026-926

BOME Nº 6403 del viernes, 7 de agosto de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA

Orden nº3023, con fecha 05 de agosto de 2026, relativa aprobación de las operaciones referentes a Objetivo Específico 5.1 “Promover un desarrollo social, económico y medioambiental integrado e inclusivo, la cultura y el patrimonio natural, el turismo sostenible y la seguridad en las zonas urbanas”, del Programa FEDER Melilla 2021-2027.


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El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 05/08/2026, registrada al número 2026003023, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

1. El Programa FEDER Melilla 2021-2027 y, en concreto, el contenido de la OE 5.1 “Promover un desarrollo social, económico y medioambiental integrado e inclusivo, la cultura y el patrimonio natural, el turismo sostenible y la seguridad en las zonas urbanas”, adoptado por la Comisión Europea la Decisión de fecha 29/11/2022 Decisión C (2022) 8900 y aprobado por la Excma. Asamblea de Melilla en fecha 06/02/2023, publicado en BOME de 08/02/2023 BOME extraordinario nº 4 de 08/02/2023.

2. El Manual de procedimientos de gestión y control de actuaciones y operaciones cofinanciadas por el FEDER y la Ciudad Autónoma de Melilla en el período de programación 2021-2027 (BOME de 30/12/2025).

https://fondoseuropeosmelilla.es/wp-content/uploads/2026/04/20251230_BOME_Publicac_Manual_FEDER.pdf

3. Los criterios de selección de operaciones del Programa citado, aprobados por el Comité de Seguimiento en fecha 29/04/2026.

https://fondoseuropeosmelilla.es/wp-content/uploads/2026/06/Criterios_y_Proc._Seleccion_Operaciones_version_consolidada_Comite_29_04_2026.pdf 

4. La convocatoria de expresiones de interés para el programa FEDER Melilla 20212027, para el Programa FEDER Melilla 2021-2027 en el Objetivo Político 5 “Una Europa más próxima a sus ciudadanos”, Prioridad 5.A “Integración Territorial y Local”, Objetivo Específico 5.1 “Promover un desarrollo social, económico y medioambiental integrado e inclusivo, la cultura y el patrimonio natural, el turismo sostenible y la seguridad en las zonas urbanas”, publicada en el BOME número 6389 de fecha 19 de junio de 2026.; modificada mediante resolución publicada en el Bome  6399 de 24/07/2026.

https://bomemelilla.es/bome/BOME-B-2026-6389/articulo/701

https://bomemelilla.es/bome/BOME-B-2026-6399/articulo/861

Considerando:

1. Que el referido Manual de procedimientos de gestión y control y los Criterios de selección de operaciones prevén la Convocatoria de expresiones de interés para la aprobación de estas en el marco del Programa y Objetivo Específico citados.

2. Que el citado Manual de procedimientos, así como la convocatoria de expresiones de interés citada, indican que la aprobación de estas se hará por el Consejero de Hacienda a propuesta del Director General de Planificación Estratégica y Programación.

3. Que el Director General citado, mediante el acuerdo del Comité de Expertos creado al efecto celebrado el 04/08/2026, dada la naturaleza de las operaciones a aprobar, tras aplicar los criterios y ponderaciones previstas en la Convocatoria de expresiones de interés, propone que se aprueben las siguientes operaciones, ordenadas de mayor a menor prioridad.


4. Que el importe de estas operaciones presentadas supera el presupuesto disponible de la convocatoria, que asciende a la cantidad de 5.002.764,03 en términos de gasto elegible, o 5.502.361,48 en términos del presupuesto refundido de la CAM, motivo por el que se han distribuido proporcionalmente al importe de cada proyecto y al límite definido por zona de actuación, con la finalidad de agotar la ayuda existente en el caso de bajas por minoraciones de crédito en las adjudicaciones de los contratos que conforman las operaciones.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 19497/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1. Se aprueben LAS OPERACIONES propuestas: por su importe total y se adscriban al presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla por los importes correspondientes al mismo.

2. Que las actuaciones, en ambas zonas prioritarias, incluirán una campaña especial de comunicación de actuaciones del FSE+ (carteles, charlas y demás; sin necesidad de aprobar operación alguna ni asignar fondos específicos) para:

a) En el caso del Programa FSE+ Melilla:

*Los habitantes de ambas zonas pudieran inscribirse a itinerarios formativos a implementar próximamente.

*Conozcan las posibilidades del Gabinete de Orientación y la posibilidad de ayudas a la creación de empresas y puestos de trabajo, etc.

b) En el caso del Programa Básico FSE+:

*Los habitantes de las barriadas que sean elegibles en tal programa pudieran acceder al mismo.

3. Que por parte del Director General de Planificación Estratégica y Programación se emitirán los correspondientes DECAs (Documentos con las Condiciones de la Ayuda) que deberán ser firmados y aceptados por los Organismos proponentes de las Operaciones aprobadas.


4. Para el caso de proyectos que hayan comenzado antes de la presentación de la solicitud de financiación, y una vez asegurado el cumplimiento del Derecho aplicable, se procederá a realizar las modificaciones necesarias en la contabilidad presupuestaria para imputar los gastos a las partidas presupuestarias correspondientes del Programa FEDER Melilla 20212027.

5. Así mismo, los servicios correspondientes de la Consejería de Hacienda procederán a la instrumentación de las modificaciones de crédito oportunas para la incorporación, en la forma más inmediata posible, de los créditos presupuestarios derivados del Objetivo Específico 5.1 “Promover un desarrollo social, económico y medioambiental integrado e inclusivo, la cultura y el patrimonio natural, el turismo sostenible y la seguridad en las zonas urbanas”, del Programa FEDER Melilla 2021-2027 a los organismos gestores que han obtenido la aprobación de las operaciones citadas, de la manera siguiente:

A) Presupuesto refundido de 2026:

1º) Baja de Créditos

 

Partida  Importe
P. FEDER 2021-2027 Hacienda 3.615.643,48

2º) Aumento de Créditos

 

Partida  Importe
P. FEDER 2021-2027. Medio Ambiente 2.555.315

3º) Creación de Partida Presupuestaria 

 

Partida  Importe
P. FEDER 2021-2027. Arquitectura 1.060.328,48

 

B) Presupuestos de 2027

En cuanto a la anualidad de 2027, aún no incorporada a los presupuestos de la CAM, será asignada a la misma partida de Arquitectura, por importe de 1.886.718 €.

 

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 6 de agosto de 2026,

El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte P.A.

El Secretario Técnico de Hacienda (Decreto nº2026000146 de fecha 10/04/2026),

Sergio Conesa Mínguez