ARTÍCULO Nº 145 (CVE: BOME-AX-2024-145) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 43 - jueves, 11 de julio de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 1 de julio de 2024, relativo a rectificación de errores y omisiones del Plan Estratégico 2024-2026.
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ANUNCIO
El Consejo
de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 1 de julio de
2024, registrado al número 2024000444 adoptó, entre otros, el siguiente
acuerdo:
¨ RECTIFICACIÓN DE ERRORES Y
OMISIONES DEL PLAN ESTRATÉGICO 24-26.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de
la Presidencia, Administración Pública e Igualdad, que literalmente dice:
“
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Ciudad Autónoma de
Melilla publicó su anterior Plan Estratégico de Subvenciones el 3 de abril de
2020, vigente durante los años 2020 a 2022.
SEGUNDO.- El Consejo de Gobierno
en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 29 de
abril de 2024 aprobó, a propuesta de la Consejería de Presidencia,
Administración Pública e Igualdad el PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES
DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026.
TERCERO.- Dicho Acuerdo fue objeto
de publicación en el mismo día en el Boletín Oficial Extraordinario de Melilla
con ordinal 30, observándose errores u omisiones en el contenido del mismo.
CUARTO.- El Consejo de Gobierno
en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 30 de
abril de 2024 aprobó las modificaciones, a propuesta de la Consejería de
Presidencia, Administración Pública e Igualdad del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES
DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026.
QUINTO.- Dicho Acuerdo fue objeto
de publicación en el Boletín Oficial Extraordinario de Melilla nº31 de martes
30 de abril de 2024 observándose, nuevamente, errores numéricos en algunas
partidas presupuestarias u omisiones en el contenido del mismo.
SEXTO.- En informe evacuado por
la Secretaria Técnica de la Consejeria de Presidencia de fecha 27 de junio se
informa FAVORABLENTE, a la
rectificación de error materia sufrida en la aprobación del Plan Estratégico
General de la CAM para el período 2024-2026 y ello sustentado en que
“.....Atendiendo al artículo 39.1 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, los actos
de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se
presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten. Sin
embargo, en su calidad de administración Pública de carácter territorial, y
dentro de la esfera de sus competencias, le corresponde, en todo caso, a la
Ciudad Autónoma de Melilla la potestad de revisión de oficio de sus actos y
acuerdos.
El artículo 109.2 de la Ley
30/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, heredero de los artículos 105.2 de la Ley 30/1992 y
del artículo 111 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 1958, dispone:
«2. Las Administraciones
Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a
instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos
existentes en sus actos». ”
Del mismo modo incide que
los errores que se pretenden corregir “…ningún
caso, un aumento presupuestario ni patrimonial…”
Por todo lo
anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en
proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.
Aprobación
de la rectificación de errores del Plan estratégico de Subvenciones 2024-26,
quedando del tenor literal siguiente
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA
PARA EL PERIODO 2024-2026 |
PREÁMBULO
El artículo
8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter básico, por lo que
todos los Órganos de las Administraciones Públicas que pretendan otorgar
subvenciones deben aprobar, con carácter previo, su correspondiente Plan
Estratégico de Subvenciones.
La
disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
establece que Los planes y programas relativos a políticas públicas sectoriales
que estén previstos en normas legales o reglamentarias, tendrán la
consideración de planes estratégicos de subvenciones de los regulados en el
apartado 1 del artículo 8 de esta ley, siempre que recojan el contenido
previsto en el citado apartado. Con esta medida, penetran en el área de la
actividad administrativa de fomento las técnicas de planificación estratégica
propias del sector privado y que han ido incorporándose progresivamente como
herramientas de programación y gestión en las dos últimas décadas en el sector
público español.
asignación
equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a
los criterios de eficiencia y economía”.
La Ley
General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y
racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es
el de la trasparencia que, junto con la variedad de instrumentos que se
articulan en la ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles
de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional. En este
sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar
las Distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de
facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas
Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento. Para mejorar
la eficacia, se prevé en la legislación que se proceda a elaborar un Plan
estratégico de Subvenciones, de carácter anual y con carácter previo al
nacimiento de las subvenciones.
Recogiendo
este imperativo legal, se elabora este documento único que permite establecer
la correlación entre los objetivos misionales de la organización en su
conjunto, las prioridades políticas determinadas a través de los objetivos
generales a conseguir y las actuaciones concretas a desarrollar ordenadas según
la estructura funcional de la Ciudad Autónoma de Melilla.
De acuerdo
con el artículo 11.4 del Reglamento de la LGS, los planes estratégicos
contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por
la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan
estratégico de duración diferente.
Con fecha 3
de abril de 2020, se publica en el BOME extraordinario núm. 11, Acuerdo del
Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan estratégico de Subvenciones
de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el periodo 2020- 2022. Con fecha 19 de
diciembre de 2019, se adopta Acuerdo por parte del Consejo de Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 54, de 31/07/2023) de
atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla,
estableciendo la estructura orgánica que se emplea en el presente plan.
Finalizada, pues, la vigencia del anterior, se requiere la aprobación de un
nuevo Plan Estratégico para los años 2024- 2026, con vocación de plurianual y
con las revisiones que, en su caso, sean necesario realizar anualmente.
Si bien, la
Disposición Adicional Primera del
Reglamento General de Subvenciones de la CAM prevé la posibilidad de que
sea cada Consejería y demás órganos o entidades dependientes de la Ciudad la
que elabore su propio Plan, se ha optado en un esfuerzo aunador por la
elaboración de un único documento o plan de ámbito general que permita una mayor
coordinación y eficacia de las distintas actuaciones en materia subvencional o
de actividad de fomento en la Ciudad de Melilla, opción reflejada en el
Anteproyecto de Reglamento General de Subvenciones de la CAM.
Por su
parte y con vigencia por un período de tres años 2024-2026, el presente plan
abarca el establecimiento de todas las subvenciones de previsible ejecución
para el ejercicio presupuestario 2024 en la Ciudad de Melilla con consignación
adecuada y suficiente que habrán de ajustarse al presente plan, salvo supuestos
plurianuales cuyas previsiones estarán condicionadas a la aprobación del
correspondiente presupuesto.
Relacionadas
todas las áreas o Consejerías con sus organismos adscritos y las líneas
subvencionales con su correspondiente importe y partida presupuestaria en el
Anexo, las subvenciones del presente Plan tienen por objeto la promoción y el
fomento de aquellas actividades que contribuyan a satisfacer las necesidades y
aspiraciones de la Ciudad.
Por ello,
el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, de acuerdo con la opción
primera que recoge la Disposición Adicional Primera del Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005)
aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla
para el periodo 2024- 2026, cuyo articulado figura a continuación.
De
conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.4 y 6.2 de la Ley
19/2013 de 9 de noviembre, de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Buen Gobierno, el Plan Estratégico 2024-2026 será objeto
de publicación, entrando en vigor al día siguiente, en el Boletín Oficial de la
Ciudad (BOME), además de en sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla
para su plena validez.
ARTÍCULO 1.
El
establecimiento de subvenciones por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, así
como de sus entes dependientes, durante el período 2024- 2026, se ajustará a
los objetivos estratégicos generales previstos en el presente Plan, sin
perjuicio de las concretas acciones que se contemplan para el año 2024. Cuando
se tramite una subvención no comprendida en el plan estratégico inicial, se
deberá incluir en el expediente una memoria en la que se detallen la relación
de los objetivos de la subvención con la planificación estratégica y los
posibles efectos en ésta, así como las causas que han impedido su inclusión en
aquél.
Dicha
memoria se integrará en el Plan Estratégico ya aprobado debiendo aprobarse y
publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad.
ARTÍCULO 2.
El
establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este plan requerirá
la inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos de la
Ciudad de cada año y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión.
ARTÍCULO 3.
El
establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los
objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que consignaciones
presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se
acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
ARTÍCULO 4.
La
aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de
derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir
indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la
práctica en sus propios términos. No obstante su carácter programático, carente
de rango normativo, o si como resultado de los informes de seguimiento y los
informes emitidos por la Intervención General o entes gestores, existieran
líneas de subvenciones que no alcanzaren el nivel de consecución de objetivos
deseado, o el que resultare adecuado al nivel de recursos invertidos, podrán
ser modificadas, sustituidas por otras más eficaces y eficientes o, en su caso,
eliminadas.
ARTÍCULO 5.
Son
principios generales de este Plan los siguientes:
-Publicidad y libre concurrencia mediante
convocatoria previa en la que se garantice la objetividad, transparencia,
publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello
sin perjuicio de la posible concesión directa que, de conformidad con lo
establecido en la norma aplicable, deberá contar con la debida consignación
presupuestaria previa.
-Concesión
conforme a criterios objetivos previamente
establecidos en la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento previo de
los mismos por los potenciales beneficiarios.
-Eficacia en el cumplimiento de los
objetivos marcados y eficiencia en
la asignación de recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y
cualitativamente.
-Control y análisis de la adecuación de
los fines de las entidades solicitantes a los principios de igualdad y no
discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas. Y de forma
específica, verificar de forma constante la pertinencia del Plan Estratégico.
A saber:
·
Justificación del Plan en términos sociales
·
Necesidades de la ciudadanía a las que atiende
·
Capacidad financiera
·
Explicación de la competencia municipal en la materia
·
Estudio de la no aplicación de esta línea subvencional.
ARTÍCULO 6.
De acuerdo
con lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento General de Subvenciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005), el órgano que tiene
atribuida la función de desarrollo del mismo y, por tanto, la ejecución del
Plan Estratégico de Subvenciones, será el Consejo de Gobierno.
Por tanto:
-Los
programas de subvenciones quedarán condicionadas a la existencia de dotación
presupuestaria adecuada y suficiente.
-Con
carácter previo al otorgamiento de las subvenciones o concesiones directas
(Convenios), deberá efectuarse la aprobación del gasto en términos previstos en
las normas presupuestarias de la Ciudad Autónoma de Melilla.
-Y
finalmente, y de forma previa al otorgamiento de las subvenciones, deberán
aprobarse las normas o bases reguladoras de la concesión.
El
contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria
explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de
financiación en los siguientes casos:
Las
subvenciones que se concedan de forma directa, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 22.2 de la LGS.
Las
subvenciones que, de manera motivada, se determinen por parte del titular de la
Consejería en atención a su escasa relevancia económica o social como
instrumento de intervención pública.
CAPÍTULO
2.- CONTENIDO DEL PLAN
ARTÍCULO 7.
De acuerdo
con lo previsto en el art. 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, la concesión de las subvenciones y ayudas previstas en este Plan
para el ejercicio 2020 contiene, para cada caso, la siguiente información:
a) Objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto que se espera
lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan y
que han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los
correspondientes programas presupuestarios.
b) Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. Para cada línea de
subvención deberán explicitarse los siguientes aspectos:
1. º Áreas de competencia
afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas.
2. º Objetivos y efectos que se
pretenden con su aplicación.
3. º Plazo necesario para su
consecución.
4. º Costes previsibles para su
realización y fuentes de financiación,
5. º Plan de acción.
c) Régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de
subvenciones que se establezcan.
ARTÍCULO 8.
Este Plan,
además del presente articulado, se organiza agrupando los planes individuales
de subvenciones aportados por parte de cada Consejería, con contenidos comunes
y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD 887/2006 RLGS,
siguiendo la estructura orgánica de la CAM, es decir:
1)
CONSEJERIA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA.
2)
CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS E IGUALDAD
3)
CONSEJERIA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y
FOMENTO:
o
Proyecto Melilla SA (Sociedad Pública Instrumental)
o
Patronato de Turismo (Organismo Autónomo)
4)
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
5)
CONSEJERIA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y MAYOR
6)
CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
7)
CONSEJERÍA DE HACIENDA
Al final
del Plan se enumera como Anexo un listado de subvenciones por órgano gestor,
incluyendo el desglose de las partidas, aplicaciones presupuestarias, importes
estimados y procedimiento de concesión.
ARTÍCULO 9.
Cada uno de
los Anexos ordena las subvenciones previstas presupuestariamente bajo los
siguientes criterios:
-Ente concedente: La Consejería
correspondiente como gestor de la subvención
-Objeto. Bajo este criterio se
especifica la finalidad para la que se destina la subvención, la cual será
posteriormente objeto de evaluación.
-Modalidad de gestión. Criterio que
distingue la previsión en cuanto al procedimiento a aplicar para su concesión,
de conformidad con los principios generales y requisitos establecidos a tal fin
del Capítulo Cuarto y Quinto del Reglamento General de Subvenciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla (concurrencia competitiva, subvención directa,
convenio de colaboración)
-Importe. Referido a la consignación
prevista para cada subvención.
CAPÍTULO
3.- BENEFICIARIOS Y MATERIAS DE LAS SUBVENCIONES
ARTÍCULO 10.
La Ciudad
Autónoma de Melilla y sus organismos dependientes concederán subvenciones a
favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de fomentar la
realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover
la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
CAPÍTULO
4.- EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS. ANÁLISIS DE
RESULTADOS
ARTÍCULO 11.
Para un
mejor análisis de la eficacia de cada subvención, las Dirección Generales de
cada una de estas áreas solicitarán de los beneficiarios informe motivado sobre
el número de acciones desarrolladas, número de ciudadanos a los que alcanza la
subvención y justificación de los objetivos alcanzados.
ARTÍCULO
12.
En concreto
se deberá detallar para la evaluación lo siguiente: - Objeto - Entidad
beneficiaria y, en su caso, colaboradora - Importe subvencionado - Acciones
concretas desarrolladas en el importe de la subvención - Número de ciudadanos a
los que ha alcanzado la acción subvencionada - Valoración de la Entidad
concedente en cuanto a adecuación a los objetivos perseguidos al tiempo de su
otorgamiento y la procedencia del mantenimiento o supresión del programa del
que trae causa.
CAPÍTULO 5:
CONTROL FINANCIERO DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS
ARTÍCULO 13.
El control
financiero de los programas subvencionados está encomendado a la Intervención
General Municipal, que al respecto analizará las fechas reales de pago de los
importes subvencionados con relación a las fechas previstas en cada expediente,
así como los medios de pago utilizados y la correcta justificación de los
extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención de la subvención. La
Intervención General podrá elaborar los modelos de justificación de
subvenciones que faciliten la fiscalización de las mismas.
CAPÍTULO 6:
PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES
ARTÍCULO 14.
Tanto las
modificaciones puntuales como anuales a las que sea necesario someter el
presente plan se tramitarán por la Consejería correspondiente a la que afecte
dicha modificación, elevando propuesta al Consejo de Gobierno, para su
aprobación en virtud del Art. 16.1.27 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la CAM (BOME Ext. n.º 2 de 30 de enero de 2017).
DISPOSICIÓN TRANSITORIA 1ª
Toda
subvención que no esté reflejada en el presente plan con el contenido mínimo
establecido en el artículo 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, requerirá, para su tramitación, la previa actualización del plan
incluyendo dicha información, siguiendo el procedimiento del artículo 14 del
presente plan.
Aportados
los planes individuales por cada Consejería que integran el Plan General, con
contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD
887/2006 RLGS, se relacionan los que siguen:
1.- CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD |
A.- EN EL ÁREA DE SERVICIOS
SOCIALES
OBJETIVO GENERAL 1.-Fomentar y
favorecer el acceso al empleo de las personas en situación o en riesgo de
exclusión social, la inserción laboral de las personas desempleadas con mayores
dificultades de acceso al mercado laboral y favorecer la igualdad de
oportunidades entre hombres y mujeres.
Con este
objetivo se pretende mejorar la situación económica de las familias y facilitar
el acceso al trabajo de las personas en situación de riesgo y exclusión social,
con medidas de discriminación positiva, orientación laboral y formación
ocupacional.
Pero además
será imprescindible favorecer la generación de actividad empresarial, y el
apoyo al empleo por cuenta propia.
Medidas
prioritarias:
1.1.-
Facilitar el acceso al mercado de trabajo y a la actividad empresarial de la
población en riesgo de exclusión social y de los colectivos vulnerables
1.2.-
Mejorar la cualificación profesional de la población activa y adecuarlas al
tejido productivo melillense
1.3.-
Ampliar y diversificar los canales de información dirigida a los potenciales
demandantes de los programas de empleo formación.
OBJETIVO GENERAL 2.- Garantizar
los recursos económicos mínimos. Garantizar el acceso a todos los recursos
sociales. Mejorar las condiciones de vida de la población en riesgo de
exclusión. Facilitar a los medios y recursos económicos y/o servicios
suficientes para garantizar las condiciones de una vida digna y evitar la
cronificación de las situaciones de precariedad social de las familias
especialmente las que tienen hijos a cargo.
La
intervención correspondiente a este objetivo general reside principalmente en
el área de Servicios Sociales. Esta se encuentra orientada a optimizar el
Sistema público de Servicios Sociales manteniendo y mejorando su equipamiento e
infraestructuras y reforzando sus servicios y prestaciones, creando una red
integral de recursos capaz de hacer frente a las nuevas necesidades emergentes,
y las diferentes situaciones de exclusión social en la ciudad.
Medidas
prioritarias:
2.1.-
Optimizar la gestión de la red de Servicios Sociales
2.2.-
Garantizar unos recursos económicos mínimos mediante medidas asistenciales que
reduzcan el riesgo de pobreza y de exclusión social en hogares y personas
2.3.-
Optimización de la gestión de las prestaciones y mejora de los protocolos de
actuación
2.4.-
Mejorar el acceso a la salud de la población en situación de exclusión social o
en riesgo de padecerla, así como de los demás colectivos vulnerables
2.5.-
Rehabilitación y mejora de los espacios urbanos de los barrios y zonas con
especiales necesidades de transformación social
2.6.-
Procurar viviendas a la población en riesgo de exclusión o perteneciente a
colectivos vulnerables
2.7.-
Mejorar la calidad de vida de la tercera edad y otros colectivos vulnerables
mediante la mejora de las condiciones de la acogida residencial y programas
complementarias a ésta
2.8.-
Fomentar la resiliencia de las personas pobres y las que se encuentran en
situaciones de vulnerabilidad y reducir su exposición y vulnerabilidad a los
fenómenos extremos relacionados con el clima y otras perturbaciones y desastres
económicos, sociales y ambientales.
2.9- La
mejora de las situaciones de precariedad económica de las familias, la
facilitación de los medios y recursos suficientes para facilitar la asistencia
material básica a las personas más desfavorecidas, especialmente los que tienen
menores a su cargo, y otras que faciliten medidas de acompañamiento a las
familias para evitar las situaciones de exclusión social y la cronificación de
la pobreza.
2.10.-
Apoyo a la población vulnerable y familias numerosas en el abono de los gastos
ocasionados por el incremento de los costes de la energía eléctrica
OBJETIVO GENERAL 3.-Alcanzar
una educación con equidad. Erradicar el analfabetismo y el absentismo escolar,
favoreciendo la escolarización y la integración escolar.
Aunque la
educación no es una competencia directa de la Ciudad Autónoma de Melilla,
resulta necesario actuar sobre el problema del fracaso escolar y el abandono
educativo temprano de forma concertada con el Ministerio de Educación, Cultura
y Deportes, para reducir las elevadas tasas presentes en la ciudad.
Los niveles
educativos de una población poseen una relación causal directa con los niveles
de ocupación laboral que presenta esa sociedad. A mayores niveles educativos
mayores posibilidades de alcanzar un empleo, de que este sea más estable y de
que exista la posibilidad de una movilidad social y física de los trabajadores.
En relación
con esto último, también resulta necesario elevar el nivel educativo de la
población adulta, combatiendo el analfabetismo y fomentando el aprendizaje
constante a lo largo de la vida.
Medidas
prioritarias:
3.1.-
Prevenir y actuar contra el abandono educativo temprano y el fracaso escolar
3.2.- Elevar el nivel formativo de la población adulta y el desarrollo del
aprendizaje a lo largo de la vida
3.3.-
Promover la dotación de nuevas infraestructuras y equipamientos socioeducativos
OBJETIVO GENERAL 4.- Apoyar la integración social
de los inmigrantes.
Los
problemas de desarraigo, las prácticas discriminatorias, la exclusión del
mercado de trabajo o las barreras culturales y lingüísticas, son factores de
vulnerabilidad social frecuentes en este colectivo.
Además, una
parte de los inmigrantes que acude a Melilla se encuentra en situación de
irregularidad, lo que en muchas ocasiones incide negativamente en su inclusión
social y en su integración. El rápido, reciente y elevado crecimiento de la
población inmigrante en la ciudad de Melilla hace necesario la implementación
de actuaciones y medidas que sirvan para prevenir un aumento de la población en
exclusión social.
Medidas
prioritarias:
4.1.-
Promover los elementos socializadores que faciliten la integración social de
los inmigrantes
4.2.-
Realizar actuaciones de prevención y atención a los inmigrantes en situación de
necesidad
4.3.- Apoyo
a mujeres en situación de especial vulnerabilidad como consecuencia de su
situación socio familiar o su estado físico/psíquico
OBJETIVO GENERAL 5.- Garantizar
la atención a las personas en situación de dependencia, personas mayores y con
discapacidad. Desarrollar una atención preferente e integral a colectivos
desfavorecidos y/o en situación de mayor riesgo, especialmente aquellos que
presentan situaciones económicas críticas.
La atención
a las personas en situación de dependencia constituye uno de los ejes de los
planes nacionales de inclusión social. Los colectivos especialmente vulnerables
como los discapacitados y los ancianos se encuentran más expuestos que el resto
de la población a deslizarse hacia la exclusión social. Además de estos
colectivos, existe otro que ha registrado en los últimos años con una mayor
presencia entre la población en riesgo de exclusión, el de las mujeres solas
con hijos a cargo, de tal modo que podemos afirmar que existe una feminización
de la pobreza al que se une igualmente aquellas personas mayores que viven
solas.
Medidas
prioritarias:
5.1.-
Favorecer el acceso de los discapacitados a la formación y el empleo,
facilitando su desarrollo social en el espacio público
5.2.-
Garantizar la asistencia integral a las personas mayores y a aquellas que se
encuentran en situación de dependencia, procurándoles un desarrollo normal en
su entorno.
5.3.-
Procurar una asistencia especifica a las mujeres que padecen grave riesgo de
exclusión social y promover la igualdad entre hombres y mujeres
5.4.-
Proporcionar atención integral a las personas drogodependientes promoviendo su
inserción social y laboral
5.5.-
Favorecer la atención residencial a aquellas personas en situación de
dependencias y o trastorno mental, demencia, alzheimer etc...
5.6.-
Garantizar una asistencia integral de los menores que se encuentren en
situación de exclusión social o en riesgo de padecerla
5.7.-
Favorecer la integración social y laboral de las personas con discapacidad
física o psíquica.
5.8.-
Favorecer programas centradas en la atención y los cuidados para personas
mayores, discapacitadas o dependientes
5.9.-
Garantizar mediante la financiación de los medicamentos a personas mayores
jubiladas con escasos recursos que faciliten la adhesión a los tratamientos
médicos diagnosticas por profesionales sanitarios evitando el abandono de los
tratamientos crónicos y o puntuales que inciden en la salud.
5.10.-
Actuaciones tendentes a evitar la soledad no deseada del colectivo de mayores.
Promoviendo actuaciones de interacción con otros colectivos etarios.
OBJETIVO GENERAL 6.- Apoyo y Fomento del Tercer
Sector.
El objetivo
general es apoyar iniciativas, actuaciones y programas que complementen o
suplan a intervención dos servicios sociales municipales dentro de su marco de
competencias e que vayan dirigidos a la comunidad en general e en concreto a
los sectores de población y a los colectivos más desfavorecidos que se como
finalidad apoyar a entidades e asociaciones sin ánimo de lucro, que su objetivo
de intervención se centre nos siguientes sectores de población:
-Personas
con discapacidad
-Inmigrantes.
-Personas mayores.
-Otros
colectivos con especiales problemáticas sociales.
-Personas
en riesgo de Exclusión Social
Medidas
prioritarias:
6.1-
Promover, dirigir, conceder directamente subvenciones de programa de
cooperación y o desarrollo. Que pretenden conseguir objetivos relacionados con:
- Satisfacción das necesidades
básicas da población (alimentación, vivienda, educación, servicios sociales)
así como a implantación de pequeñas infraestructuras (luz, transporte,
agua...).
- Impulsión e ejecución de
acciones de desarrollo sostenible.
- Desarrollo de acciones de
ayuda humanitaria e de emergencia.
-
Ejecución de acciones de sensibilización,
información, e educación para el desarrollo
6.2.-
Promover proyectos, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social,
destinados a programas destinados a incrementar la empleabilidad y la social de
personas vulnerables
a)
Programas de desarrollo de itinerarios integrados de inserción laboral
individualizados.
b)
Programas destinados a incrementar la inserción social y laboral de las mujeres
inmigrantes, víctimas de barreras sociales y culturales, potenciando su
capacitación para la participación social y el empleo y mejorando su calidad de
vida.
6.3.
Desarrollar, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social,
programas específicos para la formación y el empleo de las personas gitanas en
riesgo de exclusión y, en especial, para las mujeres gitanas y los jóvenes.
6.4.
Poner en marcha programas de inserción sociolaboral dirigidos a personas
reclusas en tercer grado de tratamiento y en libertad condicional, que
contemplen tanto itinerarios personalizados de inserción como acciones
destinadas a la orientación laboral, contando para ello con el apoyo del Tercer
Sector de Acción Social.
6.5.
Cooperar con el Tercer Sector de Acción Social para implementar y
diseñar programas formativos que estén destinados mayoritariamente a mujeres,
personas jóvenes, mayores de 45 años, con baja cualificación o con
discapacidad, al objeto de formar profesionales y ofrecer nuevas oportunidades
de empleo.
OBJETIVO GENERAL 7.- Apoyo y Fomento del
Voluntariado.
El Objetivo
General de este Área es incrementar la formación de las personas que trabajan
con el voluntariado y del propio voluntariado, aumentar la participación
ciudadana en el voluntariado e impulsar la modernización, la transparencia y la
sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas.
Medidas
prioritarias:
-Promoción:
Promover la participación ciudadana en el voluntariado, incrementando el número
de personas voluntarias, así como su compromiso estable en el tiempo.
-Formación:
Prestar apoyo técnico y económico a las iniciativas de formación que se adopten
desde y para el Tercer Sector, a las personas voluntarias que en él colaboran y
al resto de agentes que tiene relación o trabaja con el voluntariado.
-Gestión:
Apoyar la modernización del Tercer Sector de Acción Social, impulsar la
transparencia y la sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas y contribuir a
la dotación de medios para el desempeño de sus funciones.
B.- EN EL ÁREA DE SALUD
PÚBLICA
OBJETIVO GENERAL 1.- Coordinación
y desarrollo del Plan sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla: Con este objetivo se pretende desarrollar los programas y actuaciones
dirigidos al estudio de la situación, a la prevención y asistencia a las
drogodependencias y otras adicciones, recogidos en el Plan Nacional sobre
Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Medidas prioritarias
·
las adicciones.
·
Fomentar la sensibilización social y comunitaria del riesgo asociado al
consumo de drogas y otras conductas adictivas.
·
Desarrollar actividades de prevención en drogodependencias y otras
conductas adictivas en el ámbito escolar, laboral, familiar y comunitario que
incluyan actividades para fomentar y ofrecer un ocio y tiempo libre saludable.
·
Desarrollar la atención integral a las personas con problemas de
·
drogodependencias y otros trastornos adictivos
incluyendo la atención al entorno familiar y social.
·
Impulsar la reinserción laboral, social y familiar de las personas con
problemas de adicción.
·
Mejorar el conocimiento de la realidad de las adicciones y de los
factores asociados a éstas en la población de Melilla.
·
Evaluar las acciones realizadas.
·
Garantizar la formación de los profesionales y agentes que trabajan en
la prevención y/o asistencia a las adicciones.
·
Sector al que se dirige la
ayuda:
Entidades representativas y Organizaciones sin ánimo de lucro de la Ciudad
Autónoma que promueven la atención, cuidado y recuperación de personas con
adicciones.
·
Plazo necesario para su
consecución:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
·
Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe
se recogen en el Anexo.
OBJETIVO GENERAL 2.- Desarrollo
de las actuaciones de promoción y protección de la salud de la población: Con
este objetivo se pretende dar cobertura a los problemas de salud de la
colectividad, desarrollar acciones de prevención y promoción de la salud, y
otras, que sin ser estrictamente sanitarias, tienen efectos sobre la salud de
la población.
Entre las
medidas prioritarias de este ámbito se incluyen:
·
Educación sanitaria de la población, atendiendo especialmente a
colectivos más desfavorecidos o discriminados, para capacitarles en la toma de
las mejores decisiones para mejorar su salud y bienestar.
·
Modificación de ciertas condiciones sociales, laborales y ambientales
que favorezcan un impacto positivo en la salud individual y colectiva.
·
Desarrollo de programas de prevención de enfermedades y de promoción de
hábitos de vida saludables dirigidos a todas las etapas de la vida, en especial
a la infancia y vejez y de acuerdo con las prioridades establecidas
previamente, atendiendo especialmente a las enfermedades emergentes,
reemergentes y de especial relevancia.
·
Desarrollo de acciones de prevención secundaria como son los programas
de detección precoz de la enfermedad.
·
Sector al que se dirige la
ayuda:
Entidades representativas y Sociedades de la Ciudad Autónoma de Melilla que
recogen en sus estatutos de fundación la protección y atención a personas con
enfermedad o promueven la defensa del colectivo y de las personas con
discapacidad
·
Objetivos y efectos que se
pretenden obtener: Dotar a las entidades
representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a personas con problemas
de salud y prevención de las mismas.
·
Plazo necesario para su
consecución:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
·
Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e
importe se recogen en el Anexo I
OBJETIVO GENERAL 3.-
-Fomento y
desarrollo de actuaciones relacionadas con la Salud Animal, control y
prevención de zoonosis.
-Protección
y cuidado del bienestar animal y fomento de la adopción de animales abandonado
y promoción de la lucha contra el abandono de animales domésticos
Medidas
prioritarias:
·
Desarrollo de actividades en sanidad animal, específicamente aquellas
que contribuyen a prevenir zoonosis, con especial incidencia las relacionadas
con la Lucha Antirrábica.
·
Control y supervisión del Centro de Recogida de Animales.
·
Tramitación de expedientes relativo al traslado de animales.
·
Implantación, establecimiento y gestión de Colonias felinas
·
Objetivo estratégico:
-
Actuaciones relacionadas con la Salud Animal, control y prevención de zoonosis.
-Fomento y
promoción de actuaciones tendentes a la adopción de animales de animales
abandonados y del sacrificio cero.
-Establecimiento
y control de colonias felinas
-Sensibilización
para combatir el maltrato animal y el abandono de animales domésticos
·
Área de Competencia: Consejería de Políticas
Sociales y Salud Pública. Dirección General de Salud Pública
·
Sector al que se dirige la
ayuda: Entidades
que promuevan la protección de animales,Centros de acogidas y refugio de
animales, y Colegios profesionales .
·
enfermedades trasmisibles
·
Plazo necesario para su
consecución: Se
pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
·
Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe
se recogen en el Anexo
OBJETIVO GENERAL 4-Actuaciones
tendentes a fidelizar y promover la captación de profesionales sanitarios para
el fortalecimiento de la salud pública y la atención sanitaria a la población
melillense.
Se viene
produciendo un falta de ocupación de plazas de profesionales que se ocupan de
la atención sanitaria en la Ciudad de Melilla, por ello y al amparo de lo
dispuesto en el artículo 12 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de
Sanidad, que permite a los poderes públicos orientar sus políticas de gasto
sanitario a corregir desigualdades sanitarias y garantizar la igualdad de
acceso a los Servicios Sanitarios Públicos en todo el territorio español, según
lo dispuesto en los artículos 9.2 y 158.1 de la Constitución, y lo establecido
en el srt. 81 de la misma Ley que, señala que la generalización del derecho a
la protección de la salud y a la atención sanitaria debe implicar la
homologación de las atenciones y prestaciones del sistema sanitario público y
que esto se efectuará mediante la asignación de recursos financieros que tengan
en cuenta tanto la población a atender en cada Comunidad Autónoma y las
inversiones sanitarias a realizar para corregir las desigualdades territoriales
sanitarias, exige esta actuación promocional que mejore las condiciones y de la
calidad de vida de los melillenses, de acuerdo con lo recogido en el art. 5.2
de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de la Ciudad de Melilla.
·
Sector al que se dirige la
ayuda: Colegio
Oficial de Médicos de la Ciudad Autónoma de Melilla para promocionar la
captación, fidelización y arraigo de profesionales sanitarios en la Ciudad de
Melilla.
·
Objetivos y efectos que se
pretenden obtener: Incentivar mediante apoyo
financiero y otras medidas de integración en la sociedad melillense de aquellos
profesionales sanitarios que desean establecerse en la ciudad y mejorar la
dotación sanitaria y por ende la salud de la población melillense.
·
Plazo necesario para su
consecución: Se
pretende su mantenimiento de carácter temporal con periodicidad anual.
·
Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe
se recogen en el Anexo I
ASPECTOS COMUNES A LAS
LINEAS EXPUESTAS
§ Fechas de concesión
previstas: Desde enero a junio.
§ Mecanismos de actuación:
Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos o publicación de
las convocatorias en el caso de concurrencia competitiva
§ Mecanismo de aplicación: Ley
General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Bases
de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad de Melilla. Formalización y de los
correspondientes Convenios de Colaboración.
§ Seguimiento: Justificación a
través de facturas de todos los gastos de personal, generales, de reparación y
mantenimiento ordinario. Justificación técnica de un informe pormenorizado de
las actividades realizadas, detallando el grado de cumplimiento de los
compromisos asumidos y el impacto social de los mismos. Traslado a Intervención
General para su fiscalización.
§ Evaluación: Aplicación de
Indicadores de proceso y de resultado.
o
Número de actividades llevadas a cabo.
o
Grado de cumplimiento de objetivos.
o
Número de personas o pacientes afectados.
o
Plazo de tramitación y pago.
C.- EN EL ÁREA DEL MENOR Y
LA FAMILIA
OBJETIVO 1.-Ofrecer una atención
adecuada a niñas tuteladas por la Ciudad Autónoma de Melilla, que por diversos
motivos resulta beneficioso para su adecuado desarrollo salir del entorno de la
Ciudad de Melilla.
El programa
pretende:
-
Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos.
-
Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma
temporalizada e individualizada.
-
La intervención especializada y profesionalizada se desarrollará en
régimen abierto, con la realización de actividades en el exterior del Centro,
procurando la utilización de recursos normalizado, de cara a la inserción
sociolaboral de las adolescentes.
OBJETIVO 2.- Ofrecer atención
individualizada a menores en situación de riesgo y/o desamparo que permitan la
progresiva normalización y reinserción de las menores con problemas
sociofamiliares.
El programa
de primer acogimiento y atención residencial para menores socialmente
desfavorecidas pretende:
- Ofrecer acogida con los
cuidados físicos y psíquicos precisos.
- Realizar la oportuna
valoración y propuesta de intervención de forma temporalizada e
individualizada.
- La intervención
especializada y profesionalizada se desarrollará en régimen abierto, con
posibilidad de realizar actividades en el exterior del Centro de Acogida, en
cuyo caso se procurará la utilización de recursos normalizados.
OBJETIVO 3.- Ofrecer atención
individualizada a menores en situación de riesgo y/o desamparo, en centros
residenciales de atención especializada, que permitan la progresiva
normalización y reinserción de menores con problemas sociofamiliares.
El programa
pretende:
- Ofrecer acogida con los
cuidados físicos y psíquicos precisos.
- Realizar la oportuna
valoración y propuesta de intervención de forma temporalizada e
individualizada.
- La intervención
especializada y profesionalizada se desarrollará en régimen abierto, con la
realización de actividades en el exterior del Centro, procurando la utilización
de recursos normalizados.
OBJETIVO 4.- Ofrecer a los menores a
través de una línea telefónica de ayuda a la infancia, ayuda psicológica,
informar sobre recursos sociales, resolver dudas de carácter jurídico, derivar
a los recursos más adecuados y realizar intervenciones en aquellos casos que lo
requieran.
El Programa
pretende:
- Atención especializada de
las llamadas telefónicas recibidas en la línea de ayuda a la infancia que
procedan de la Ciudad Autónoma de Melilla.
- Coordinación con organismos,
entidades o agentes sociales que trabajen en el ámbito de la infancia y la
adolescencia dentro del ámbito territorial de la Ciudad.
- Seguimiento de los casos
detectados y derivados a los Centros de Servicios Sociales de la Consejería del
Menor y la Familia.
- Elaboración de un informe
anual sobre la situación de la Infancia y Adolescencia en la Ciudad Autónoma de
Melilla, de acuerdo con la información recogida como consecuencia de la
prestación del servicio.
OBJETIVO 5.- Ofrecer a los jóvenes
ex-tutelados (de 18 a 23 años) un recurso residencial, educativo y formativo en
la Ciudad de Melilla, que comprenderá actividades agrupadas en las dos
siguientes líneas de trabajo:
1.- Línea
para Búsqueda de empleo
2.- Línea
para Emancipación
Por ello
con este programa se pretende:
1.
Dar respuesta a situaciones de emergencia social de jóvenes ex -
tutelados en riesgo de exclusión social: estancia de duración limitada con el
fin de ofrecerle una vivienda digna, cálida y confortable para su desarrollo
como individuo en un mundo colectivo.
2.
Supervisar el proceso de rehabilitación e integración de la persona para
la preparación al mundo de manera independiente: guiar en la preparación para
una vida más autónoma e independiente, sin la necesidad de tutores legales,
pero si con personal de apoyo, que le indiquen los pasos a seguir para dicha
independencia.
3.
Dotar o reforzar las habilidades necesarias para el desempeño de las
actividades básicas de la vida diaria.
4.
Fortalecer la capacidad de resolución de conflictos personales de manera
independiente.
5.
Transmitir la capacidad de autonomía en el desempeño de sus actividades
diarias, tales como recoger la casa, hacerse de comer, ir al médico… siempre
bajo el sutil y ligero seguimiento del equipo multidisciplinar, para comprobar
la evolución de los/las usuarios.
6.
Fomentar el análisis de la realidad desde su propia visión y reflexión
para la resolución de problemas cotidianos.
7.
Promover el uso de los recursos socio-sanitarios.
8.
Favorecer el proceso de toma de decisiones para que adopten posturas
responsables.
9.
Promover hábitos y conductas de salud e higiene personal.
10.
Fomentar la identidad personal y relacional.
11.
Estimular el conocimiento y aceptación de normas básicas de la
comunidad/entorno.
Todo ello
persiguiendo los siguientes objetivos:
-
Integración social: para proporcionar al
individuo un alojamiento dentro de la comunidad, facilitando con la ayuda de la
construcción y desarrollo de una estructura vital, para la preparación e incorporación
en la Sociedad y Mercado laboral, antes de que puedan valerse por sí mismos.
-
Equilibrio Psicosocial: Atendiendo a cada
persona mediante programas individuales de autorefuerzo, para cubrir las
diferentes áreas personales o sociales afectadas en cada uno de ellos. Sobre
todo, para las que se encuentre algún tipo de déficit o carencia.
-
Preparación: durante el tiempo que los jóvenes
extutelados se encuentran dentro del hogar recibirán un plan de preparación
individualizado que aumente su capacidad para tomar decisiones, intentando que
la persona crezca de manera autónoma y que progresivamente pueda valerse por sí
misma, adquiriendo nuevas responsabilidades y sintiéndose a la vez dueño de su
propia vida, intentando así alcanzar su autonomía por completo.
-
Estructuración de la vida diaria: enseñando a
las personas a organizar su tiempo mediante actividades normalizadas (de
autocuidado, ocio y participación social) dentro del hogar y en la comunidad,
además de la adquisición de hábitos y rutinas.
-
Normalización de su situación: para luchar
contra la intolerancia, el estigma y la discriminación.
-
Desarrollo de mecanismos: que favorezca la
integración de las personas atendidas involucrando su participación con
diversos grupos de exclusión o menos favorecidos de la Sociedad, como pueden
ser personas con limitación de movilidad, discapacidad mental, proyecto hombre,
participación en actividades de la 3ª edad, etc. (fomentando de ese modo la
colaboración de identidades de la ciudad)
-
Dotar de un recurso de alojamiento completo en
un entorno comunitario. Dicho alojamiento comprenderá: manutención, ropa,
medicamentos, útiles de aseo, ropa de cama y cuantos enseres se requieran para
desarrollar una vida digna.
-
Crear las condiciones necesarias que permitan a
las personas con esta problemática vivir de manera autónoma
-
Ayudar en la creación de una red social de
relaciones, potenciando la participación en actividades socioculturales y
lúdico-deportivas.
-
Procurar un aumento en la calidad de vida
-
Dar una oportunidad necesaria a estos Jóvenes
para su inserción en la Sociedad.
OBJETIVO 6.- Ofrecer un Hogar de
emancipación para jóvenes ex tuteladas (entre 18 y 23 años) para su formación
personal y profesional, con un número variable de plazas, según el presupuesto
disponible, en la península. Mediante este programa se pretende:
- Dotar de un recurso de
alojamiento completo en un entorno comunitario. Dicho alojamiento comprenderá:
manutención, ropa, medicamentos, útiles de aseo, ropa de cama y cuantos enseres
se requieran para desarrollar una vida digna.
- Desarrollar las capacidades
personales como la convivencia, la asunción de una vida independiente de las
instituciones y la incorporación progresiva a los circuitos sociales
normalizados.
- Trabajar la responsabilidad
mediante actitudes como la seriedad y constancia en el compromiso adquirido y
el conocimiento y ejercicio de sus derechos y deberes ciudadanos.
OBJETIVO 7.- Desarrollar actuaciones
de integración de menores acogidos o en situación de riesgo de exclusión social
para contribuir a mejorar su integración social y a mejorar su adaptación al
entorno educativo.
El Programa
tiene como objetivos:
- Cubrir las necesidades
básicas de alimentación, higiene y atención sanitaria de los menores que formen
parte de las actividades.
- Potenciar las relaciones
interpersonales.
- Ofrecer espacios de ocio y
diversión a los menores.
- Enseñar a los menores los
diferentes tipos de ocio que existen en la ciudad.
- Fomentar la participación de
los menores en las actividades que se realizan.
- Potenciar la autoestima,
aptitudes y valores del menor como persona.
- La rendición de cuenta de
las cantidades aplicadas al programa y abonadas en concepto de financiación del
mismo, en el que se incluirán los gastos derivados del coste del programa
relativos a pago de comida, transporte en autobús, aseo, limpieza, material
didáctico, ropa, calzado y todo tipo de gastos derivados directamente de la
ejecución del programa.
OBJETIVO 8.- Fomento de la inserción
laboral de menores acogidos o tutelados por la Ciudad Autónoma o a través de
cursos formativos que promuevan la inserción de menores en riesgo de exclusión.
Mediante
este programa se pretende:
· Lograr mayores niveles de
autonomía, entendiendo como tal la capacidad de dirigir por sí mismo su propio
proceso personal, emanciparse, generar expectativas de avance, definir
proyectos de mejora, buscar la independencia personal y la equiparación dentro
de la sociedad en la que vivimos.
· Fomentar y reforzar su
autonomía, la autonomía no es sólo una cuestión económica sino también de
empoderamiento, es decir, de madurez, personalidad y autoestima.
· Estimular su implicación,
impulsar la toma de decisiones, aceptar que se equivoquen, responder a sus
errores, ayudarlos a apropiarse de su conducta y descubrir cómo su conducta
afecta a otras personas, y tienen que aprender a responsabilizarse de ello.
· Formación para la vida, que
permita una integración social, un acceso a oportunidades de incorporación
activa a la sociedad.
· Desarrollo integral de la
persona, que pueda avanzar en diferentes áreas de forma equilibrada.
· Ofrecer alternativas que
permitan que las personas aprendan a aprender, a través de un circuito de
acción-reflexión-acción.
· Fomentar su
autoconocimiento, es decir, que sepan cuáles son sus verdaderas posibilidades y
potencialidades.
· Reforzar su autoestima, ya
que ésta empodera al joven y le da fuerzas y motivación para avanzar en su
itinerario.
· Concienciación de la
importancia del autocuidado
· Motivar para la continuación
de la formación y actualización de competencias profesionales.
· Desarrollar valores de
cooperación, solidaridad.
· Capacitación profesional.
· Proporcionar experiencias de
éxito.
· Acompañarles: estar a su
lado mientras hacen su camino.
OBJETIVO 9.- Fomento de la formación
y reciclaje profesional del personal de los centros de protección, la
introducción de nuevos modelos organizativos y de atención al colectivo de
menores de protección y /o de reforma requiere la permanente actualización de
conocimientos y de técnicas de intervención con estos colectivos.
Mediante
este programa se pretende:
-
Aplicar técnicas educativas para la mejora de
la convivencia en los centros de menores
-
Mejorar la calidad en la atención y en el
servicio de los centros residenciales de menores.
-
Incorporar medidas educativas específicas como
estrategias reductoras de los factores de riesgo en base a una metodología de
trabajo socioeducativa.
-
Fomentar el desarrollo de habilidades para la
detección precoz de situaciones de riesgo.
-
Capacidad para aplicar los conocimientos
adquiridos a fin de prevenir, detectar y actuar ante posibles casos de
violencia infantil o juvenil.
-
Capacidad para diseñar programas y estrategias
de prevención y protocolos de actuación en colaboración con otros profesionales
y entidades involucrados en la protección de menores.
-
Capacidad para comunicar de forma efectiva sus
conclusiones y recomendaciones a otros profesionales, autoridades, familias y
afectados por el problema de la violencia infantil y juvenil.
-
Capacidad para analizar críticamente los
protocolos y proponer mejoras.
ANEXO I
Nº |
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA -
ORGÁNICO PROGRAMA ECONÓMICO CL. ESPECÍFICA DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
DIRECCIÓN GENERAL |
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN |
1 |
05
23101 48900 CONVENIO
CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA |
6.191.372,45€ |
SERVICIOS
SOCIALES/ MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA/ DIRECTA |
2 |
05
23105 48000 CONVENIO
SAN VICENTE DE PAUL/ VIRGEN DE LA LUZ |
1.440.804,18€ |
SERVICIOS
SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
3 |
05
23106 47900 CONVENIO
FUNDACION TUTELAR |
29.985,00
€ |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
4 |
05
23107 48000 CONVENIO
RELIGIOSAS MARIA INMACULADA |
363.020,52 € |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
5 |
05
23108 48000 CONVENIO
CARITAS DIOCESANA/INTERPARROQUIAL MELILLA |
305.000,00
€ |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
6 |
05
23109 48000 CONVENIO
ASOME |
131.530,03 € |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
7 |
05
23110 48000 CONVENIO
VOLUNTARIADO CRISTIANO DE PRISIONES |
25.000,00
€ |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
8 |
05
23111 48000 CONVENIO
ASOCIACION FAMILIARES ENFERMOS ALZHEIMER |
69.244,56 € |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
9 |
05
23112 48000 CONVENIO
ASPANIES PLENA INCLUSIÓN MELILLA |
306.791,31
€ |
SERVICIOS
SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
10 |
05
31102 48000 CONVENIO
A.E.C.C. |
117.000,00 € |
SALUD PÚBLICA
Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
11 |
05
31103 48000 CONVENIO
ASOCIACION PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS |
100.000,00
€ |
SALUD
PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
12 |
05
31104 48000 CONVENIO
COLEGIO OFICIAL VETERINARIOS
DE MELILLA |
295.000,00 € |
SALUD
PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
13 |
05
31101 48000 CONVENIO
CRUZ ROJA ESPAÑOLA |
257.165,69
€ |
SALUD
PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
14 |
05
23113 48000 CONVENIO
ASOCIACION AUTISMO DE MELILLA |
124.969,00 € |
SERVICIOS
SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
15 |
05 23114
48000 CONVENIO
ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS DE MELILLA |
20.000,00
€ |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
16 |
05
23115 48000 CONVENIO
CLINICA EL SERANIL |
50.142,00 € |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
17 |
05
23116 48000 CONVENIO HERMANAS HOSPITALARIAS SAGRADO CORAZON DE JESÚS |
270.418,54
€ |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
18 |
05
23117 48000 CONVENIO
HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASIS |
735.840,00 € |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
19 |
05
23118 48000 CONVENIO
COA |
297.755,52
€ |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
20 |
05
23119 48000 CONVENIO
FEAFES MELILLA |
103.511,61 € |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
21 |
05
23120 48000 CONVENIO
TEAMA |
200.000,00
€ |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
22 |
05
23121 48000 CENTRO
ASISTENCIAL SAN JUAN DE DIOS DE MÁLAGA |
219.000,00 € |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
23 |
05
23122 48000 CONVENIO
ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL DE MELILLA (CAPACES) |
124.228,00
€ |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
24 |
05
23123 48000 CONVENIO
BANCO DE ALIMENTOS DE MELILLA |
182.800,00 € |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
25 |
05 23124 48000 CONVENIO AMLEGA |
29.979,60 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
26 |
05 31105 48000 CONVENIO ASOCIACIÓN DE DIABÉTICOS
DE MELILLA (ADIMEL) |
58.164,16 € |
SALUD PÚBLICA |
NOMINATIVA |
27 |
05
23125 48000 CONVENIO
MENSAJEROS POR LA PAZ |
40.000,00
€ |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
28 |
05
23104 48000 PREVENCION
E INSERCION SOCIAL |
845.425,96 € |
SERVICIOS
SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITITIVA
CONCURRENCIA NO COMPETITIVA/ DIRECTA |
29 |
05
23100 48000 SUBV.
CENTROS POLÍTICAS SOCIALES |
171.835,84
€ |
SERVICIOS
SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO
COMPETITIVA / DIRECTA |
30 |
05
23100 47900 CONVOCATORIA
MANTENIMIENTO PROGRAMA TAXIS ADAPTADOS |
10.000,00 € |
SERVICIOS
SOCIALES |
CONCURRENCIA NO COMPETITIVA |
31 |
05
23102 48000 SUBV.
ORGANISMOS SIN ANIMO LUCRO |
224.302,35
€ |
SERVICIOS
SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITIVA |
32 |
05
23103 48000 SUBV. A
PROGRAMAS DE INTERÉS GRAL. CON CARGO A LA ASIGN. TRIBUT. DEL 0,7% DEL IRPF -
AFECTADA |
2.391.936,39€ |
SERVICIOS
SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITIVA |
33 |
05
31106 48000 CONVOCATORIA
SUBVENCIONES SALUD PÚBLICA |
60.000,00
€ |
SALUD
PÚBLICA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO
COMPETITIVA / DIRECTA |
34 |
05
31107 48000 SUBVENCIÓN
CENTROS SALUD PÚBLICA |
40.000,00 € |
SALUD
PÚBLICA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO
COMPETITIVA / DIRECTA |
35 |
05
31100 48000 BECAS
TALLERES ASISTENCIA Y PREVENCIÓN DE ADICCIONES |
50.000,00
€ |
SALUD
PÚBLICA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO
COMPETITIVA / DIRECTA |
36 |
05
31200 48000 ILUSTRE
COLEGIO DE MÉDICOS |
200.000,00€ |
SALUD
PÚBLICA |
NOMINATIVA |
37 |
05
24103 48000 PROGRAMA
ASISTENCIA MATERIAL BÁSICA FSE+2021-2027 |
300.258,00
€ |
SERVICIOS
SOCIALES |
CONCURRENCIA NO COMPETITIVA/DIRE
CTA |
38 |
0523107
48900 MUJERES
VECINALES |
254.574,04 € |
SERVICIOS
SOCIALES |
NOMINATIVA |
39 |
05
31108 48000 ASOCIACIÓN
HUELLAS DE SOLIDARIDAD |
40.000,00
€ |
SALUD
PÚBLICA |
NOMINATIVA |
39 |
05
23113 48001 ASOCIACIÓN
ANAR |
9.500,00 € |
MENOR Y
FAMILIA |
NOMINATIVA |
40 |
05
23119 48001 CONVENIO
ASOCIACION HOGAR LA SALLE JEREZ |
54.596,70
€ |
MENOR Y
FAMILIA |
NOMINATIVA |
41 |
05
23120 48001 INSTITUTO
PSICOPEDAGOGICO DULCE NOMBRE DE MARIA |
433.620,00 € |
MENOR Y
FAMILIA |
NOMINATIVA |
42 |
05
23121 48001 FUNDACION
EMET ARCOIRIS |
431.795,00€ |
MENOR Y
FAMILIA |
NOMINATIVA |
43 |
05
23122 48001 ASOCIACION
MALAGUEÑA DE PADRES PARALITICOS CEREBRALES |
43.920,00€ |
MENOR Y
FAMILIA |
NOMINATIVA |
44 |
05
23123 48001 INST.
HERMANAS TERCIARIAS FRANCISCANAS |
54.750,
00€ |
MENOR Y
FAMILIA |
NOMINATIVA |
45 |
05
23124 48001 FUNDACIÓN
PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MÉDICA DE URGENCIAS (SAMU) PROGRAMAS ADULTOS |
227.000, 00€ |
MENOR Y
FAMILIA |
NOMINATIVA |
46 |
05
23125 48001 ASOCIACIÓN
CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ |
185.000,00€ |
MENOR Y
FAMILIA |
NOMINATIVA |
47 |
05
23128 48001 ASOCIACIÓN
MELILLA ACTIVA |
250.000,00 € |
MENOR Y
FAMILIA |
NOMINATIVA |
48 |
05 23129
48001 DIVINA
INFANTITA |
485.000,00
€ |
MENOR Y
FAMILIA |
NOMINATIVA |
49 |
05
23130 48001 ASOCIACIÓN
ASYRE |
180.000,00 |
MENOR Y
FAMILIA |
NOMINATIVA |
50 |
05
23107 48001 SUBV.
CENTRO COLABORADORES MENORES |
150.000,00
€ |
MENOR Y
FAMILIA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO
COMPETITIVA / DIRECTA |
51 |
05
31107 48000 SUBVENCIÓN
INSTALACIONES DE SALUD PÚBLICA |
40.000,00€ |
SALUD
PÚBLICA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO
COMPETITIVA / DIRECTA |
52 |
05 31201 48000 ILUESTRE COLEGIO OFICIAL DE
FARMACÉUTICOS DE MELILLA |
300.000,00€ |
SALUD PÚBLICA |
NOMINATIVA |
53 |
05 23300 78000 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL CENTROS
DE POLÍTICA SOCIALES |
20.000, 00€ |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA/DIRECTA |
2.-CONSEJERIA DE
PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS E IGUALDAD |
A- DIRECCIÓN GENERAL DE
FUNCIÓN PÚBLICA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-FORMACIÓN A EMPLEADOS PÚBLICOS
DE LA CUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Realización de diferentes acciones formativas
dirigidas a Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Función Pública.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empleados Públicos de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de las acciones
formativas que se desarrollen durante los ejercicios 2024 al 2026
correspondientes a los Planes de Formación con Fondos Propios de la Ciudad
Autónoma de Melilla y cuya finalidad es la formación de los Empleados Públicos
de la misma.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 27.756,90 € +19.216,32€ +
19.810,88+19.216.32 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03 92005 48900 USTM PLAN DE FORMACIÓN-FONDOS PROPIOS USTM 27.756,90 €
o
03 92001 48900 UGT FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL UGT 19.216,32 €
o
03 92001 48900 CCOO FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL CCOO 19.810,88 €
o
03 92001 48900 CSIF FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL CSIF
19.216,32
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
1.
Concesión anual mediante partida nominativa a cada una de las entidades
sindicales con representación local en la Ciudad Autónoma de Melilla.
2.
Subvención concedida por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionada por
la Dirección General de Administraciones Públicas.
3.
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones. Reglamento por el
que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME nº 4224 de 9 de septiembre de 2005).
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Informes y justificaciones
aportadas por el beneficiario, así como cuantas comprobaciones considere
oportuno la Dirección General de Función Pública.
-
Evaluación: Memoria de actuación por cada
acción formativa. Entre los criterios objetivos a evaluar se tendrá en cuenta:
o
Los alumnos que se matriculen y los que finalicen las acciones formativas.
o
Costes económicos desglosados en gastos directos e indirectos.
B. DIRECCIÓN GENERAL DEL
PRESIDENTE
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-VOLUNTARIADO
ASOCIACIONES ONG´S
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Contribuir a fomentar una cultura de la
solidaridad en nuestra ciudad, mediante la cooperación y la educación para el
desarrollo.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Voluntarios de la Asociación y todos
aquellas que estén interesados.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Llevar a cabo programas y
acciones de cooperación al desarrollo y solidaridad que conlleven una
implicación efectiva de personas, colectivos y entidades de la ciudad.
Acompañar procesos de desarrollo humano. Contribuir a la generación de procesos
de desarrollo en las áreas geográficas establecidas por la Ciudad Autónoma.
Salvar vidas, aliviar el sufrimiento y mantener la dignidad humana durante y
después de las crisis provocadas por el hombre o por desastres naturales, así
como prevenir y reforzar la capacidad de respuesta para cuando sobrevengan
tales situaciones.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 35.000€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
0392501/48900 Subvención
Asociación Intervención Ayuda y Emergencias 10.000,00€
o
0392501/48900 Ayuda, cooperación
y Desarrollo 25.000,00€
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a ONG Asociación
Intervención Ayuda y Emergencia.
o
b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM.
o
d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a
efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención
General para su fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a
cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las
actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1-CENTRO HIJOS DE MELILLA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento
y promoción de actividades.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o 03/92402/48900 Subvención
Centro de Hijos de Melilla 30.000,00 €
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a Centro de Hijos de
Melilla
o
b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM.
o
d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de
anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a
cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las
actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.2-ASOCIACIÓN POLICÍA LOCAL
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento
y promoción de actividades.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o 03/92402/48900 Subvención
Asociación Policía Local 30.000,00 €
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
Concesión de subvención directa nominativa a Asociación Policía Local
o
Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.
o
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en
los presupuestos Generales de la CAM.
o
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación
de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes
de gastos. Traslado a la Intervención General
para su fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a
cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las
actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.3-CLUB ESCORPIO DE AVENTURAS
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento,
funcionamiento y promoción de actividades.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 15.000€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o 03/92402/48900 Subvención
Club Scorpio de Aventuras 15.000,00 €
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a Club Scorpio de
Aventuras
o
b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM.
o
d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de
la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado
a la Intervención General para su fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a
cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las
actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.4-ASOCIACIONES AMAS DE CASA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociación Amas de Casa.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento
y promoción de actividades.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 10.000€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o 03/92402/48900 Subvención
Asociación Amas de Casa 10.000,00 €
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
Concesión de subvención directa nominativa a Asociaciones Amas de Casa.
o
Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.
o
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en
los presupuestos Generales de la CAM.
o
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de
anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a
cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las
actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.
C- DIRECCIÓN GENERAL DE
POLÍTICA UNIVERSITARIA
Objetivos
estratégicos:
1.
Facilitar y mejorar la enseñanza de los melillenses, mejorando la oferta
universitaria, así como el fomento de la actividad universitaria. Mejorar la
infraestructura universitaria en nuestra ciudad.
2.
Favorecer la especialización de los alumnos universitarios mediante la
implantación de Másteres Universitarios, seminarios de especialización,
cátedras, acciones formativas y foros internacionales.
3.
Apoyo a proyectos e iniciativas dentro del ámbito formativo
universitario.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Facilitar y mejorar la enseñanza de los
melillenses, así como el fomento de la actividad universitaria.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Facilitar y mejorar la enseñanza superior de los
melillenses, así como el fomento de la actividad universitaria como foco de
atracción económica de nuestra ciudad, elemento dinamizador estratégico y de
impulso socioeconómico para el futuro.
Se pretende
ampliar y consolidar la oferta universitaria de titulaciones, grados, másteres,
seminarios, conferencias, Cátedras y otros programas formativos de calidad como
elementos de generación de riqueza y desarrollo futuro de Melilla. Se consolida
el Foro Internacional de Turismo, como programa de fomento del turismo y de la
imagen y promoción internacional de Melilla.
Entre las
titulaciones que se pretenden impulsar en el ámbito de Melilla en los próximos
ejercicios estarán las relacionadas con los nuevos Grados de Ciencia de Datos e
Inteligencia Artificial, Podología y Másteres en los ámbitos de Comercio
Exterior, Relaciones Económicas Internacionales, Finanzas y Aplicaciones al
Análisis de Negocios, Gestión de la Salud, y cuantas otras se estimen oportunas
a fin de incrementar la oferta universitaria de la Universidad de Granada en
Melilla.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Universitaria.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada. Otras
Universidades.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer el acceso a la
enseñanza universitaria y su especialización mediante la implantación y
consolidación de Titulaciones Universitarias, Máster universitario y otros
programas académicos. Así, en el “Convenio
Marco de Colaboración entre la Universidad de Granada y la Ciudad Autónoma de
Melilla para el Desarrollo de la Oferta Universitaria” de fecha 3 de diciembre
de 2018, publicado en el BOME núm. 26 extraord. de 19 de diciembre de 2018 , se
especificaban objetivos tales como la asunción por la Ciudad Autónoma de
los costes del personal docente y de administración y servicios ocasionados por
la implantación de dichas nuevas titulaciones universitarias, así como la
mejora de las infraestructuras del Campus de la Universidad de Granada en
Melilla. La Ciudad sufragará los gastos de personal docente acordados con la
Universidad de Granada que se ocasionen por la implantación de las nuevas
Titulaciones y Másteres universitarios. Asimismo, se fomentará el desarrollo de
actividades en el Campus de la Universidad de Granada en Melilla, así como su
difusión fuera de la Ciudad. En el caso del fomento de las actividades
universitarias de las tres facultades del campus de Melilla se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Periodicidad anual. Los propios
Convenios interadministrativos de desarrollo señalan y concretan el plazo de
ejecución, vinculado al año escolar o según convenio.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024:
-
Convenio UGR- Grado en Enfermería: 950.243,68 Euros.
-
Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias ACT Física: 1.191.872,77.
Euros
-
Convenio UGR- ADE+Derecho: 983.921,77 Euros.
-
Convenio UGR- Grado Fisioterapia: 605.710,53 Euros.
-
Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la Educación: 15.000,00
Euros.
-
Convenio UGR- Máster Abogacía: 15.148,00 Euros.
-
Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria: 90.000,00 Euros.
-
Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH: 15.000,00
Euros.
-
Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela: 10.000,00
Euros.
-
Convenio UGR- Seminario Prof. “José Sainz Cantero”: 10.000,00 Euros.
-
Convenio UGR para la implantación y desarrollo de la Cátedra Sefarad.
30.000 euros.
-
Convenio UGR Foro Internacional de Turismo. 50.000 euros.
-
Convenio UGR Cursos de Verano.
-
Convenio UGR Fomento de Investigación Campus de Melilla.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
-
Convenio UGR- Grado en Enfermería: (03 32402 45390)
-
Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias ACT Física: (03 32403
45390).
-
Convenio UGR- ADE+Derecho: (03 32404 45390).
-
Convenio UGR- Grado Fisioterapia: (03 32405 45390).
-
Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la Educación: (03 32412
45390).
-
Convenio UGR- Máster Abogacía: (03 32406 45390).
-
Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria: (03 45300 45390).
-
Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH: (03 32410
45390).
-
Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela: (03 32411
45390).
-
Convenio UGR- Seminario Prof. “José Sainz Cantero”: (03 32408 45390).
-
Convenio UGR para la implantación y desarrollo de la Cátedra Sefarad.
(03 32414 45390).
-
Convenio UGR Foro Internacional de Turismo. (03 32413 45390).
-
Convenio UGR Cursos de Verano (03 32417 45390).
-
Convenio UGR Fomento de Investigación Campus de Melilla (03 32415
45390).
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a)
Concesión de subvenciones directas nominativas a la Universidad de
Granada para el desarrollo de cada una de las Titulaciones, Seminarios,
Actividades, Másteres Universitarios y otras acciones formativas por los
importes reseñados.
b)
Fechas de concesión previstas: Desde enero a abril/mayo (anticipada) o
pospagable (a final de año).
c)
Mecanismos de actuación:
Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.
d)
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
- Seguimiento: Presentación de
la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos.
Traslado a la Intervención General para su fiscalización.
- Evaluación: Elaboración por las entidades beneficiarias
de un Informe o Memoria de las actividades o proyectos, donde se hará constar,
según los casos, una descripción detallada de la ejecución del programa o
proyecto, actividades realizadas, resultados obtenidos, identificación de
beneficiarios, observaciones, entre otros datos de interés. Comparativo con los
datos económicos de ejercicios anteriores, si los hubiera. Número de
actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de
participantes en las actividades, entre otros que se contemplen en los
convenios.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Colaborar con la Universidad de Granada en la
mejora de las infraestructuras necesarias.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Colaborar con la Universidad de Granada en la
mejora de las infraestructuras necesarias para impulsar y modernizar la oferta
universitaria del Campus de Melilla, tales como el edificio del antiguo
Correos, la ampliación del edificio principal del Campus Universitario, obra
del pabellón deportivo universitario y la puesta a disposición de instalaciones
para la implantación de nuevas titulaciones o formación universitaria (Local 33
de la Estación Marítima u otros).
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Universitaria.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: colaboración e impulso en
obras necesarias de mejora de infraestructuras del Campus de nuestra ciudad,
con el objetivo de incrementar y consolidar cualitativamente la oferta
universitaria de Melilla.
•
periodicidad anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: No previsto 2024. Ejecución y
seguimiento de los Convenios rubricados en ejercicios anteriores.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: ----
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en
los presupuestos.
b.
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento de la
LGS y General de Subvenciones de la CAM. Formalización del correspondiente
Convenio.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de
anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-
Evaluación: Grado de cumplimiento de las obras.
Plazo de tramitación y pago. Justificación del cumplimiento de objetivos.
D- DIRECCIÓN GENERAL DE
LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
Objetivos
Estratégicos:
1)
Fomentar acciones que resultan de utilidad pública o interés social o de
promoción de una finalidad pública.
2)
Favorecer el acceso a la enseñanza universitaria mediante ayudas para
matrículas
3)
Favorecer a las familias con recursos más limitados mediante ayudas a
material escolar, libros y transporte escolar para estudiantes de ESO.
4)
Favorecer a los estudiantes que quieran cursar Ciclos de Formación
Profesional de Grado Superior mediante ayudas a material escolar, libros y
transporte escolar.
5)
Favorecer la posibilidad de complementar las Becas del Programa ERASMUS
para estudiantes universitarios melillenses
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar el acceso de los melillenses a
estudios universitarios, estableciendo ayudas para matrículas universitarias.
Facilitar medios a los universitarios melillenses para colaborar en los costes
de los estudios universitarios a través de la financiación de la
correspondiente matrícula.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de la Información.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Alumnos melillenses que cursen sus
estudios universitarios o de acceso a la Universidad para mayores de 25 y 45
años.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer el acceso a la
enseñanza universitaria mediante ayudas para matriculas
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las personas beneficiarias.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Becas Universitarias/Ayudas al
Estudio: Hasta un máximo de 400.000,00 Euros anuales.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta. Si bien
se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras
entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los
gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas
subvencionadas.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Becas Universitarias/Ayudas al Estudio (03 32000 48000)
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia.
b.
Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención en los presupuestos
Generales de la CAM.
d.
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la correspondiente
Convocatoria anual.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Número de solicitudes presentadas
o
Número de beneficiarios finales
o
Plazo y tramitación del pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: : Subvenciones de ayudas al estudio alumnado de educación secundaria. Facilitar medios a las familias melillenses con hijos/as a cargo que cursan estudios en algún Instituto de Educación Secundaria de Melilla para colaborar con ellas en la financiación de los libros, material escolar y
·
transporte que requieren los estudios de sus hijos e hijas.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de la Información.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Alumnado de Educación Secundaria de la
totalidad de Institutos de Educación Secundaria de Melilla, así como
consecuentemente las familias melillenses con hijos e hijas que cursan dichos
estudios..
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a los alumnos de
educación secundaria, ESO, y consecuentemente a las familias con hijos e hijas
que cursan dichos estudios de una ayuda económica para libros y transporte
escolar que garantice la asistencia regular en situación óptima de todo su
alumnado.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las personas beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Ayudas al Estudio de Secundaria:
Hasta un máximo de 1.200.000,00 Euros anuales.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta. Si bien
se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras entidades
públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los gastos
totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas subvencionadas.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Ayudas al Estudio de Secundaria (03 32401 48000)
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Subvención a cada alumno beneficiario de una ayuda para la adquisición
de libros de texto y transportes escolar.
b.
Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención en los presupuestos
Generales de la CAM. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y
Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la
correspondiente Convocatoria anual.
d.
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la correspondiente
Convocatoria anual.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Número de solicitudes presentadas
o
Número de beneficiarios finales
o
Plazo y tramitación del pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: : Facilitar y complementar el desarrollo
universitario a los estudiantes melillenses, estableciendo ayudas para
complementar su formación universitaria.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Facilitar medios a los universitarios melillenses
para colaborar en los costes de los estudios que desarrollen para fomentar la
movilidad interuniversitaria, como complemento al Programa Erasmus.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de la Información.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Alumnos melillenses que cursen sus
estudios universitarios y vayan a participar en el Programa Erasmus.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer la movilidad
interuniversitaria mediante ayudas mejorar la capacitación de los alumnos
universitarios melillenses.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las personas beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Ayudas Complementarias Programa
Erasmus: Hasta un máximo de 100.000,00 Euros anuales.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta. Si bien
se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras
entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los
gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas
subvencionadas.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Becas Universitarias/Ayudas al Estudio (03 32000 48000)
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
- Concesión de
subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia.
-
Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico.
-
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención en los presupuestos
Generales de la CAM. –
-
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la correspondiente
Convocatoria anual.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Número de solicitudes presentadas
o
Número de beneficiarios finales
o
Plazo y tramitación del pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4º
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: : Subvenciones de ayudas al estudio alumnado de
los Ciclos de Formación Profesional de Grado Superior. Facilitar medios a las
familias melillenses con hijos/as a cargo que cursan estudios en algún
Instituto de Formación Profesional de Grado Superior para colaborar con ellas
en la financiación de los libros, material escolar y transporte que requieren
los estudios de sus hijos e hijas.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de la Información.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Alumnado de los Ciclos de Formación
Profesional que desarrollen sus estudios en centros Oficiales de Formación
Profesional de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a los alumnos de los
Ciclos de Formación Profesional, y consecuentemente a las familias con miembros
de la unidad familiar que cursan dichos estudios de una ayuda económica para
libros y transporte que garantice la asistencia regular en situación óptima de
todo su alumnado.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las personas beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: AYUDAS FP: Hasta un máximo de
200.000,00 Euros anuales
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta. Si bien
se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras
entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los
gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas
subvencionadas.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
AYUDAS FP: (03/32602/48000)
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Subvención a cada alumno beneficiario de una ayuda para la adquisición
de libros de texto y transportes escolar.
b.
Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia. f.
Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención en los presupuestos
Generales de la CAM.
d.
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la correspondiente
Convocatoria anual.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Número de solicitudes presentadas
o
Número de beneficiarios finales
o
Plazo y tramitación del pago
E- DIRECCIÓN GENERAL DE
PRESIDENCIA E IGUALDAD
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
SUBVENCIONES PARA ACOGIDA /
TUTELA DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y AGRESIONES SEXUALES
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios a las Asociaciones y entidades
de Melilla que llevan a cabo gestiones de viviendas de acogida o tutela y
recursos habitacionales, de mujeres victimas de violencia de género o
agresiones sexuales.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla
que llevan a cabo la gestión de recursos habitacionales, viviendas de acogida o
tutela de mujeres victimas de violencia de género y de agresiones sexuales.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades
gestoras de recursos habitacionales de mujeres victimas de violencia de género
o de agresiones sexuales en Melilla de recursos mínimos que garanticen la
correcta asistencia de acogida y tutela a dichas mujeres victimas y a sus hijos
e hijas de ella dependientes.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las personas
beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 641.500,00
€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION:
-
Ministerio de Igualdad
-
Pacto de Estado contra Violencia de Género
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Subvención Directa nominativa a cada entidad que gestiona un centro
de acogida / tutela de mujeres víctimas.
o
b. Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
o
c. Mecanismos de actuación: Convenios de colaboración o resolución con
determinaciones de concesión, según proceda.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Control de gastos con la
pertinente documentación justificativa
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las
justificaciones presentadas.
El centro
Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
SUBVENCIONES ACTIVIDADES
FORMATIVAS, LUDICAS Y TERAPÉUTICAS PARA MUJERES CON NECESIDADES
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios a las Asociaciones y entidades
de Melilla que llevan a cabo actividades formativas, educativas, lúdicas y
terapéuticas para mujeres con necesidades de índole social.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla
que llevan a cabo labores de atención social a mujeres con necesidades.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades
subvencionadas de los recursos mínimos que se requieren para la realización de
programas educativos / formativos, lúdicos y asistenciales que tienen como
destinatarias beneficiarias a mujeres con necesidades de integración social
facilitando su bienestar, formación y consecuentemente su empleabilidad e
inserción social
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las personas
beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 140.000,00
€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION:
-
Ministerio de Igualdad
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Subvención directa a cada entidad que realiza la actividad descrita
anteriormente.
o
b. Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según
conveniencia.
o
c. Mecanismos de actuación: Subvención directa a cada entidad por
cuantía precisa para la realización de la actividad formativa con posible
inclusión de subvención nominativa en los presupuestos de esta Administración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Control de gastos con la
pertinente documentación justificativa
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las
justificaciones presentadas.
El centro
Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
SUBVENCIONES ACTIVIDADES
CERTÁMENES ÁREA DE IGUALDAD
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Promover actividades culturales, mediante
certámenes y premios, que dignifiquen el papel de la mujer en la sociedad.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas particulares que llevan a
cabo labores artísticas culturales.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Premiar a personas particulares
que participen en los oportunos certámenes convocados por la Consejera de
Presidencia, Administración Pública e Igualdad, y que con sus trabajos
dignifican el papel de la mujer en la sociedad.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las personas premiadas.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 25.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION:
-
No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
14/23101/48900 Subvenciones Área de la mujer.
Beneficiarios: Participantes en certámenes y premios. Importe: 25.000€
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Premios y accésit a participantes en “Premio Internacional de Relato
Corto Encarna León” , en Concurso de Arte “Melilla es Mujer”, en Premio
certamen igualdad “Clara Campo Amor” y otros posibles certámenes.
o
b. Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia
con motivo de conmemoración del Día Internacional de la Mujer y del Día Mundial
contra la violencia de género.
o
c. Mecanismos de actuación: Premios otorgados según fallo de jurados
constituidos al efecto tras la oportuna convocatoria de concurrencia
competitiva.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Control de gastos con la
pertinente acta del fallo del jurado justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las
justificaciones presentadas.
El centro
Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4º
PROGRAMA DE VIAJES DE OCIO Y
TIEMPO LIBRE PARA MUJERES CON HIJO A CARGO FAMILIAS MONOPARENTALES
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Favorecer la integración y calidad de vida de
las mujeres que se encuentren en situación de precariedad económica y social.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Residentes en la Ciudad de Melilla
mujeres de colectivos sociales desfavorecidos con hijos/as a cargo que
constituyen familias monoparentales.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Proporcionar al colectivo
beneficiario la posibilidad de participar en actividades que les permitan el
desarrollo de sus habilidades sociales y, por consiguiente, aumentar su
autoestima.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las personas
beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 50.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION:
-
No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
14/23101/22699 Subvenciones Área de la mujer.
Beneficiarios: Mujeres con hijos/as con necesidades de inclusión social .
familias. Importe: 50.000€
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Convocatoria para la selección mediante concurrencia competitiva de
los beneficiarios
o
b. Fechas de Concesión: Primer semestre del año
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la
actividad.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las
necesidades satisfechas
La empresa
adjudicataria del programa vacacional realizará un estudio evaluativo del
evento, emitiendo informe de incidencias ocurridas durante el mismo
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5º
ASOCIACIONES DE PERSONAS
LESBIANAS, GAYS, TRANSEXUALES Y BISEXUALES
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar los medios a las asociaciones y
entidades de personas lesbianas, gays, transexuales y bisexuales; para el
desarrollo de las actividades que lleven a cabo como el día del orgullo.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y entidades de personas
lesbianas, gays, transexuales y bisexuales.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar a las
asociaciones la dotación para su funcionamiento y el desarrollo de las
actividades que le son propias como la conmemoración del Día del Orgullo
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las personas
beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 26.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION:
-
No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
14/92409/48902 Subvención Directa AMLEGA
Melilla actividades orgullo. Beneficiarios: Asociación Melillense de Lesbianas,
Gays, Transexuales y Bisexuales (AMLEGA). Importe: 26.000€
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Subvención directa a las entidades que realiza la actividad descrita
anteriormente.
o
b. Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según
conveniencia.
o
c. Mecanismos de actuación: Subvención directa a cada entidad por
cuantía precisa para la realización de la actividad con posible inclusión de
subvención nominativa en los presupuestos de esta Administración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Seguimiento
del desarrollo de la actividad.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las
necesidades satisfechas
La empresa
adjudicataria del programa realizará un estudio evaluativo del evento, emitiendo
informe de incidencias ocurridas durante el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
PROGRAMA DE FACILITAR LA
PARTICIPACIÓN DE LA MUJER EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Favorecer la participación de las mujeres en
condiciones de igualdad en el deporte.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Clubs y entidades de Melilla que
llevan a cabo la gestión de recursos deportivos de mujeres deportistas en
competiciones.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades
gestoras de recursos mínimos que garanticen el correcto desarrollo de su
participación en competiciones, o la competiciones en sí, y con ello
proporcionar a la mujer deportista la posibilidad de participar en actividades
deportivas que les permitan su desarrollo en condiciones igualitarias.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las personas
beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: -No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Subvención Directa nominativa a cada club o entidad.
b.
Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
c.
Mecanismos de actuación: Convenios de colaboración o resolución con determinaciones
de concesión, según proceda.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Control de gastos con la
pertinente documentación justificativa
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las
necesidades satisfechas
La empresa
adjudicataria del programa realizará un estudio evaluativo del evento,
emitiendo informe de incidencias ocurridas durante el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 7º
ATENCIÓN A PETICIONES
SUSCEPTIBLES DE SUBVENCIÓN DIRECTA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: atender peticiones de ayuda susceptibles de subvención
mediante concesión directa por la concurrencia de circunstancias excepcionales.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas o entidades que desarrollen
actividades de interés general concernientes al ámbito de actuación de la
Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer e incentivar
actividades de interés general.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las personas
beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 50.000,00 € o superior
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: -No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o 14/23101/48900
Subvenciones Área de la Mujer. Beneficiarios: Asociaciones/entidades. Importe:
50.000€
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión directa
o
b. Fechas de Concesión: No determinada
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la
actividad
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las
necesidades satisfechas
F- DIRECCIÓN GENERAL DE
RELACIONES VECINALES
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
ASOCIACIONES DE VECINOS
Convocatoria
pública de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones
públicas destinadas a la promoción, funcionamiento y actuaciones de las Asociaciones
de Vecinos inscritas en el registro de entidades vecinales de la Ciudad
Autónoma de Melilla, inscritas en el registro de entidades vecinales de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios a las Asociaciones Vecinales de
Melilla, legalmente establecidas, con el fin de posibilitar su funcionamiento
interno, realización de actividades y/o mantenimientos de instalaciones,
fomentando las actuaciones relativas a la diversidad cultural de la población
de la Ciudad de Melilla y el desarrollo de las actividades que le son propias
como Asociación de Vecinos y que complementan la actividad de la Viceconsejería
de Movimiento Participativo.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administraciones
Públicas e Igualdad- Viceconsejería de Movimiento Participativo.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Relaciones Vecinales
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de Vecinos de Melilla
debidamente inscritas en el Registro existente en la Viceconsejería de
Movimiento Participativo y que estén legalmente constituidas con la
denominación de Asociaciones de Vecinos.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las Asociaciones
Vecinales, legalmente establecidas, como entidades de participación ciudadana
de los medios mínimos que garanticen el desarrollo de las actividades que le
son propias y que complementan a las de la Consejería de Presidencia,
Administraciones Públicas e Igualdad.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a
2026
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 250.000€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03/92402/48901 Subvenciones Asociaciones de vecinos 250.000,00 €
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Convocatoria pública anual de subvenciones mediante concurrencia
competitiva.
o
b. Fechas de concesión previstas: Fechas de concesión previstas: Desde
enero a diciembre.
o
c. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes
de gastos. Traslado a la Intervención General
para su fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a
cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las
actividades, Plazo de tramitación y pago, etc.
DIRECCIÓN
GENERAL DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Formación en innovación y herramientas digitales
para mejora de la empleabilidad y emprendimiento de jóvenes desempleados y
autónomos, proyectos “emprende y avanza” y “Reactiva tu futuro”. Financiados a
INCYDE por el FSE+ al 85% y de la Ciudad de Melilla al 15%
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de
Melilla y la Fundación Instituto Cameral para la Creación y Desarrollo de la
Empresa (en adelante Fundación INCYDE), para el desarrollo de acciones
formativas relacionadas con la Innovación Tecnológica y herramientas digitales
para mejora de la empleabilidad y emprendimiento de jóvenes desempleados y
autónomos, proyectos “Emprende y Avanza” y “Reactiva tu futuro”, FSE+
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Fundación Instituto Cameral para la
Creación y Desarrollo de la Empresa, INCYDE, a fin de que realice las acciones
formativas correspondientes, con personas desempleadas, autónomos y jóvenes
(que no están trabajando, ni estudiando).
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Acciones formativas:
1.
“Emprende y avanza” para el emprendimiento tecnológico, sostenible e
innovador de creación y consolidación empresarial.
2.
“Reactiva tu futuro” dirigido a la formación de jóvenes en gestión
empresarial y herramientas digitales.
Todo ello a
fin de ampliar las oportunidades profesionales de la población a la que va
dirigida, a través de la mejora de empleabilidad y el emprendimiento y con la
aportación, tan solo del 15%, por parte de la Ciudad, del total de las acciones
formativas.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. CUARENTA MIL EUROS (40.000,00 €)
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 6/49200/47000-
YACIMIENTOS NUEVOS EMPLEOS 2024. INCYDE
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: La financiación del 85% de las actuaciones
previstas en el Convenio, se realizará con cargo a la dotación aprobada por el
FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS A INCYDE. La financiación del 15% restante será
aportada por la Ciudad de Melilla
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
- Subvención directa con la
vigencia del Convenio
-
Forma de Concesión: Convenio con la Fundación
INCYDE
- Mecanismo de aplicación:
Bases Reguladoras contenidas en los convenios, acordados por el Consejo de
Gobierno de la Ciudad de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación
Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por INCYDE.
-
Subvención Prepagable
-
Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General
de Innovación Tecnológica
-
Evaluación: Se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Representar y publicitar la Ciudad de Melilla,
en múltiples competiciones en las que participa TITANS MELILLA GAMING (Equipo
Melillense de Videojuegos)
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de
Melilla y TITANS MELILLA GAMING (equipo melillense de videojuegos), para que
represente y publicite, dando a conocer la Ciudad de Melilla, en la multitud de
competiciones en la que participa.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: TITANS MELILLA GAMING (organización dedicada
a los esports o ciberdeportes y al entretenimiento), dirigido el sector del
videojuego con audiencias y penetración entre los más jóvenes que superan a la
mayoría de los deportes tradicionales.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Representación de la
Ciudad de Melilla y dar a conocer la misma, a fin de atraer a jóvenes talentos
y empresas de videojuegos, ya que nuestra Ciudad reúne todas las condiciones
para el establecimiento de empresas de videojuegos, por sus importantes
ventajas fiscales.
Todo ello,
para conseguir ampliar y mejorar el tejido empresarial de la Ciudad y ampliar
las oportunidades profesionales de la población, orientado a la Innovación
Tecnológica.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00 €)
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 6/49201/48000—Subvención TITANS MELILLA
GAMING.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
Subvención directa con la vigencia del Convenio
o
Forma de Concesión: Convenio con TITANS MELILLA GAMING
Mecanismo
de aplicación: Bases Reguladoras contenidas en los convenios, acordados por el
Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación
Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por TITANS MELILLA
GAMING .
o
Subvención Prepagable
o
Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General
de Innovación Tecnológica
Evaluación:
Se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Actividades formativas orientadas al sector del
juego online, a fin de encontrar a personal con las competencias necesarias.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de
Melilla y la Asociación Melillense del Juego Online, para llevar a cabo
acciones formativas orientadas a su sector, a fin de poder formar a personal
con las competencias necesarias para cubrir las amplias necesidades de personal
del sector.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Asociación Melillense del Juego
Online, agrupa a los trece operadores establecidos en Melilla, cuyo peso
económico alcanza el 20% del PIB de la Ciudad y generan de manera directa más
de trescientos empleos. En definitiva, al personal que una vez formado obtenga
las competencias necesarias, a fin de que pueda integrarse en una bolsa de
trabajo que irá cubriendo las amplias necesidades de personal del sector.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
o
Actividades formativas orientadas al sector del Juego Online, con objeto
de poder encontrar a personal con las competencias necesarias, creando una
bolsa de trabajo con los resultados de esas actividades formativas de la que
irán cubriendo las amplias necesidades de personal del sector.
o
Junto a las universidades presentes en la Ciudad, llevarán a cabo
actividades de formación y promulgación más general.
o
Acompañará a la Administración como embajadores de la marca Melilla, en
el estratégico sector que representan, con el objetivo de atraer más personal
de sus importantes empresas a la Ciudad y convencer a otros operadores.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €)
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 6/49200/48000-
Subvención Asociación Melillense Juego online.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con Asociación Melillense Juego Online.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación
Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos
previstos en el contenido del Convenio y aportados por ASOCIACIÓN MELILLENSE
JUEGO ONLINE .
o
Subvención Prepagable
o
Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General
de Innovación Tecnológica
o
Evaluación: Se precisará memoria final.
B- DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA PATRIMONIO Y
URBANISMO.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-SUBVENCIÓN A LA
REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Actuaciones en materia de rehabilitación de
edificios y viviendas
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: A los propietarios y edificios de uso residencial,
y a aquellos otros de interés histórico-artístico
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Conservación del patrimonio
inmobiliario, incentivar la inversión privada y adaptar los edificios a las
vigentes normas del Código Técnico de la edificación, especialmente en materia
de accesibilidad
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024: 286.400,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Transportes
y Movilidad Sostenible y de los propios beneficiarios
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15200/48000 importe total 286.400,00€
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas
están reguladas tanto por normativa general de carácter estatal como local,
asimismo, se publican anualmente convocatorias para su concesión mediante
concurrencia competitiva. Las bases reguladoras están representadas por las
normativas de carácter estatal y local. Su concesión se efectúa, en algunas
actuaciones, por orden de entrada, y en otras mediante el procedimiento de
concurrencia competitiva. En casos específicos contemplados en la propia
Ordenanza de Actuaciones Protegibles, la subvención puede instrumentarse a
través de un Convenio.
Asimismo,
se podrán abrir convocatorias extraordinarias, con las bases correspondientes,
para el otorgamiento de subvenciones que se dirijan actuaciones concretas en
función del interés social, artístico, etc.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará
la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de
solicitantes en relación a los beneficiarios, el número de viviendas
beneficiadas, la inversión privada generada por la subvención y el número de
trabajadores que han intervenido en la rehabilitación, entre otros datos. La
justificación se efectuará mediante la presentación de las facturas
correspondientes.
A través
del control de precios de las actuaciones (comparándolos con los costes medios
en Melilla), se controlan los efectos inflacionistas que podría tener esta
actuación
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1-SUBVENCIÓN AL ALQUILER
DE VIVIENDAS PRIVADAS
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para el pago de alquiler de viviendas
privadas a sectores de la población con bajos recursos económicos
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Fundamentalmente a un sector de la
población con ingresos inferiores a 1.200,00 € euros, concentrándose en
sectores con ingresos menores a 700,00 €, que acrediten determinadas
circunstancias socio- económicas que les hagan dificultoso satisfacer el
alquiler de la vivienda que constituye el domicilio habitual y permanente de la
unidad familiar, dándole mayor valor a los sectores en riesgo de exclusión
social, como mujeres víctimas de violencia de género, discapacitados, familias
monoparentales, familias numerosas, etc.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el acceso a una
vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la población en riesgo de
exclusión social.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024: 1.186.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS
ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION: Ciudad Autónoma,
del Ministerio de Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible y de los
propios beneficiarios
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15201/48000 importe total 1.186.000.00€
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas
están reguladas tanto por normativa general de carácter estatal como local. Su
concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva mediante
convocatorias anuales y, alguno de los programas para víctimas de violencia de
género y sectores vulnerables mediante su adjudicación directa, mediante la
publicación de las pertinentes bases reguladoras. Su concesión se efectúa, en
los casos de concurrencia competitiva, por puntuación, otorgándose prioridad a
los sectores de la población más vulnerables
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
analizarán
los datos de la actuación como el alquiler medio, la subvención media, la media
de ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse antes de la
finalización de cada ejercicio presupuestario.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 3
3.1-SUBVENCIÓN AL ALQUILER
DE VIVIENDAS PRVADAS PARA JÓVENES.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Pago de alquiler de viviendas privadas a jóvenes
de hasta 35 años
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Sector de la población con ingresos
inferiores a 3 veces el IPREM (2.100,00 € mensuales como máximo), que acrediten
determinadas circunstancias socio- económicas que les hagan dificultoso
satisfacer el alquiler de la vivienda que constituye el domicilio habitual y
permanente de la unidad familiar.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el acceso a una
vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la población que tienen
dificultades para formar una unidad familiar Independiente, en los primeros
pasos de la emancipación.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad BIANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024: 200.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Transporte
y Movilidad Sostenible
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/34133/48000 Importe total 200.000,00€
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas
están reguladas tanto por normativa autonómica como por el RD 42/2022, de 18 de
enero. Su concesión se efectúa en régimen de presentación de solicitudes,
mediante convocatorias anuales y la publicación de las pertinentes Bases
Reguladoras
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará
la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de
solicitantes en relación a los beneficiarios. La justificación se efectuará
mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes. Se
analizarán los datos de la actuación como el alquiler medio, la media de
ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse antes de la
finalización de cada ejercicio presupuestario.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 4
4.1-SUBVENCIONES PARA EL PAGO DE VIVIENDAS PÚBLICAS.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Pago de alquiler y cuotas de amortización de los
préstamos hipotecarios de las viviendas de protección oficial de promoción
pública gestionadas por ENVISMESA
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Usuarios de estas viviendas con bajos
recursos económicos. Los arrendatarios y propietarios de viviendas de
protección oficial de promoción pública, siempre y cuando se trate de una
promoción acogida a la Ordenanza por la que se regulan estas subvenciones.
Dentro de los usuarios, se otorga la subvención mediante descuento en los
correspondientes recibos, a las unidades familiares con menores ingresos,
siempre por debajo de 2,2 veces los Ingresos Familiares Ponderados.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el pago de la
vivienda habitual a unidades familiares con bajos recursos económicos
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 950.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Fondos de la empresa
municipal de la vivienda y suelo de Melilla, S.A.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas
están reguladas por normativa local. Su concesión se efectúa en aplicación de
la Ordenanza correspondiente, concediéndose a todos los interesados que cumplan
los requisitos.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará
la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de
solicitantes que resulten beneficiarios. La justificación se efectuará mediante
el pago de los recibos de alquiler o hipotecarios de las correspondientes
viviendas.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5º
5.1-SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS Y
VIVIENDAS EN VIRTUD DEL R.D. 853/2021, DE 5 DE OCUTBRE, FONDOS NEXT GENERATION.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Otorgar subvenciones para la rehabilitación
energética de edificios y viviendas de carácter residencial a los propietarios
y arrendatarios de dichos inmuebles. en esta subvención se incluyen los gastos
de elaboración de proyectos y del libro del edificio
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Arrendatarios y propietarios de
viviendas de edificios y viviendas con uso residencial
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el ahorro
·
energético del sector residencial
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Tiene una duración hasta el año
2026, vinculado a los Fondos Next Generation .
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 1.282.395 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Fondos del programa
Next Generation gestionados por el Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15200/78000 Importe total
1.282.395,00 €
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas
están reguladas por normativa estatal y por las Bases Reguladoras de la
correspondiente Convocatoria. Se otorga mediante orden de presentación, hasta
agotamiento del presupuesto.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará
la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de
edificios rehabilitados y el grado de ahorro de consumo de energía primaria no
renovable.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.1- SUBVENCIÓN AL OBISPADO
DE MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA IGLESIA DEL
SAGRADO CORAZÓN.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidad Religiosa Singularizada
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención
·
nominativa se pretende mejorar las condiciones
de seguridad estructural, accesibilidad y funcionalidad de esta edificación
singular, subvencionando la redacción del proyecto correspondiente
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 40.000 €
·
APORTACIÓN DE OTROS
ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION: Ciudad Autónoma de
Melilla y de la Entidad Beneficiaria
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15007/78000 Obispado de Málaga 40.000
€
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.2- SUBVENCIÓN AL OBISPADO
DE MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE NUEVO EDIFICIO EN EL PATIO DEL CURA.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Obispado de Málaga
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Con esta
subvención nominativa se pretende una nueva ordenación de los espacios de esta
parcela, subvencionando la redacción de un proyecto de nuevo edificio que
permita satisfacer todas las necesidades en un nuevo edificio
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 58.8000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS
ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION: Ciudad Autónoma de
Melilla y de la Entidad Beneficiaria
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15006/78000 Obispado de Málaga 58.800,00€
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.3- SUBVENCIÓN AL OBISPADO
DE MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA IGLESIA MEDALLA
MILAGROSA.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Obispado de Málaga
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención nominativa
se pretende facilitar la redacción de un proyecto para la rehabilitación
integral de este edificio, muy dañado tras el terremoto de 2016
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 33.000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS
ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION: Ciudad Autónoma de
Melilla y de la Entidad Beneficiaria
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15008/78000 Obispado de Málaga 33.000,00 €
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.4- SUBVENCIÓN COMUNIDAD
ISRAELITA PARA LA REHABILITACIÓN DE LA SINAGOGA.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidad Religiosa Singularizada
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención nominativa
se pretende facilitar la rehabilitación de la sinagoga de Melilla
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS
ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION: Ciudad Autónoma de
Melilla y de la Entidad Beneficiaria
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15009/78000 Comision Israelita
30.000,00 €
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.5- SUBVENCIÓN A LA
FEDERACIÓN MELILLENSE DE FÚTBOL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO EN EL CAMPO DE
FÚTFOL DE LA ESPIGUERA.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Federación Deportiva
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención nominativa
se pretende colaborar en la construcción de un nuevo edificio para uso
deportivo en las instalaciones del Campo de Fútbol de la Espiguera de Melilla
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 400.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS
ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION: Ciudad Autónoma de
Melilla y de la Federación Melillense de Futbol
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/34000/77000 Federación Melillense de Fútbol 400.000,00 €
C- DIRECCIÓN GENERAL DE
TURISMO Y ACTIVACIÓN ECONÓMICA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-CONVENIO CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS MELILLENSES
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: El objeto del Convenio de Colaboración es
contribuir al cumplimiento de las competencias traspasadas a la Ciudad Autónoma
de Melilla, esto es, coordinación con las organizaciones representativas del
sector comercial de la ciudad, al objeto de implantar medidas tendentes a la
modernización de las estructuras comerciales de la ciudad de Melilla. De esta
forma se pretende promover el desarrollo industrial y comercial, en beneficio del
interés general y de los intereses generales y comunes de dichas empresas y
entidades públicas y privadas.
·
LAS SUBVENCIONES que puedan ser solicitadas por la Pymes de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Turismo y Activación Económica.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Confederación de Empresarios de
Melilla (CEME) como organización empresarial que representa y gestiona los
intereses generales y comunes de sus asociados ante personas y entidades
públicas y privadas, y singularmente ante la Administración, estando prevista
la Subvención Nominativa en los Presupuestos de la Ciudad Autónoma de Melilla
para 2024.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Apoyar a las Pymes que siguen sufriendo la crisis económica derivada de
la COVID-19 para que puedan acceder a las ayudas que van a poder ser
solicitadas por éstas de los Fondos Europeos de Recuperación creando un PROGRAMA DE AYUDA EN LA INFORMACIÓN Y
TRAMITACIÓN DE LAS SUBVENCIONES.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Finales del ejercicio 2024
·
COSTES PREVISIBLES: 30.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06 43100 47900 " CONVENIO CEME 2023", por un importe total de
TREINTA MIL EUROS (30.000,00 €).
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a)
Subvención Nominativa de ayuda directa al beneficiario.
b)
Forma de concesión: Directa a través de Convenio de Colaboración.
c)
Mecanismo de aplicación: Convenio de Colaboración que tendrá el carácter
de bases reguladoras de la concesión a los efectos de lo dispuesto en la Ley
General de Subvenciones, a aprobar por el Consejo de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Para la
evaluación y seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión
integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la
Confederación de Empresarios de Melilla. Cualquier incidencia deberá ser puesta
en conocimiento de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica,
Turismo y Fomento.
-SEGUIMIENTO: Comisión integrada por dos
representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la Confederación de
Empresarios de Melilla.
-EVALUACIÓN: Consejería de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.2-CONVENIO ASOCIACIÓN COMERCIANTES ZONA CENTRO
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: El objeto del Convenio de Colaboración es
contribuir al cumplimiento de las competencias traspasadas a la Ciudad Autónoma
de Melilla, esto es, Coordinación con las organizaciones representativas del
sector comercial de la ciudad, al objeto de implantar medidas tendentes a la
modernización de las estructuras comerciales de la ciudad de Melilla. De esta
forma se pretende promover el desarrollo industrial y comercial, en beneficio
del interés general y de los intereses generales y comunes de dichas empresas y
entidades públicas y privadas.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Planteamiento de una serie de estrategias de
dinamización y acciones de mejora del entorno conocido como centro histórico y
comercial de la Ciudad Autónoma de Melilla
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Turismo y Activación Económica.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Asociación Zona Centro de Melilla
constituida según sus estatutos para la organización, colaboración mutua,
representación, gestión, fomento, asesoramiento y defensa de los intereses
comunes de los empresarios y profesionales que desarrollan su actividad en la
zona centro y ensanche modernista del término municipal de Melilla, estando
prevista la Subvención Nominativa en los Presupuestos de la Ciudad Autónoma de
Melilla para 2024.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mejora del entorno
conocido como centro histórico y comercial de la Ciudad Autónoma de Melilla,
que comprende fundamentalmente la Avenida Juan Carlos I Rey, calle General
Chacel, calle General O´Donnell, General Prim, General Pareja, López Moreno y
adyacentes, mediante la consecución de objetivos posibles y alcanzables siempre
dentro del campo de acción de la Asociación Zona Centro.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Finales del ejercicio 2024.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 150.000,00 Euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06
43101 48000 "CONVENIO ASOCIACIÓN
·
COMERCIANTES ZONA CENTRO", por un importe
total de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000,00 €).
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención Nominativa de ayuda directa al beneficiario.
b)
Forma de concesión: Directa a través de Convenio de Colaboración.
a)
concesión a los efectos de lo dispuesto en la Ley General de
Subvenciones, a aprobar por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Para la
evaluación y seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión
integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la
Confederación de Empresarios de Melilla. Cualquier incidencia deberá ser puesta
en conocimiento de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica,
Turismo y Fomento.
-SEGUIMIENTO: Comisión integrada por dos
representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la Confederación de
Empresarios de Melilla.
-EVALUACIÓN: Consejería de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.3-AYUDAS AL SECTOR
ARTESANO
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Conservación y el fomento de la Artesanía
Tradicional y Popular (Reglamento sobre la Regulación de la Actividad Artesana
en la Ciudad Autónoma de Melilla, publicado en el BOME núm. 3996, de 4 de julio
de 2003).
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Modernización del sector artesano con una mejora
de su posición competitiva, incidiendo en aspectos tales como la gestión, la
rentabilidad, la calidad de los productos artesanos, el aprendizaje de oficios
y el desarrollo de nuevas actividades artesanales.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: Programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
Dirección General de Turismo y Activación Económica.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estas ayudas van dirigidas a los
artesanos individuales y empresas artesanas, que debidamente inscritas en el
Registro General de Artesanos de la Ciudad Autónoma de Melilla, desarrollan
actividades artesanales que constituyen una manifestación de la cultura
popular.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El fomento de la creación
de nuevas actividades artesanales. El establecimiento de ayudas a la
modernización y a la promoción y de empresas o talleres artesanos y para la
comercialización de productos artesanales mejorando sus condiciones de
rentabilidad, gestión y competitividad en el mercado, velando al mismo tiempo
por la calidad de su producción. La creación de ayudas a proyectos de interés
general de fomento de la Artesanía incluyendo subvenciones para la realización
de cursos de formación. Ayudas para un cambio de ubicación del centro de
trabajo al Centro Modernista o Melilla la Vieja.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual de ayudas
mediante pública mediante concurrencia
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 16.000, 00 Euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06/33000/48000
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de
Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Convocatoria anual de subvenciones para la realización de proyectos de
interés general en materia promoción de la artesanía.
b)
Fechas de concesión: Convocatoria en régimen de concurrencia a mitad de
ejercicio. Previsión concesión: último trimestre del año.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras, Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad, Reglamento Regulador de la actividad Artesana en la
CAM (BOME núm. 3996, de 4 de julio de 2003) y convocatoria
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
-Seguimiento:
Presentación de memoria de la actuación y justificantes de los gastos
financiados.
Elaboración
por la entidad gestora de un Informe o Memoria final de las actividades o
proyectos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de
la ejecución del programa o proyecto, identificación de beneficiarios,
observaciones, entre otros datos de interés. Comparativo con los datos
económicos de ejercicios anteriores.
-Criterios
objetivos a evaluar:
- Número de solicitudes
- Coste económico
- Datos sobre constitución o
modernización de empresas artesanas
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.4-AYUDAS FOMENTO DEL
ASOCIACIONISMO COMERCIAL
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Promover el fomento del asociacionismo
comercial.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Promover el fomento del asociacionismo comercial,
el impulso de la innovación, la promoción de la competitividad y el
emprendimiento y la mejora de la cualificación profesional. Desarrollar Planes
de Fomento del desarrollo de la economía local, de forma integral o por
sectores.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: Programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
Dirección General de Turismo y Activación Económica.
·
van destinadas a entidades o asociaciones de comerciantes, instituciones
públicas o privadas de fomento de la economía y desarrollo local, y, en
general, a aquellas entidades y asociaciones sin ánimo de lucro entre cuyos
fines estén el asociacionismo comercial, la promoción y el fomento del
emprendimiento y de la economía local.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Elaboración de planes de
diagnóstico y acciones formativas; ayudas para la incorporación de soluciones
tecnológicas; diseño de plataformas de simplificación de trámites que ordene y
facilite a los comerciantes cualquier trámite con las administraciones; mejora
de la competitividad y el emprendimiento, impulso del turismo como elemento
dinamizador económico, inclusión de ayudas dirigidas a la búsqueda de nichos de
mercado y subsectores que favorezcan el emprendimiento. Otras medidas pretenden
la consolidación del asociacionismo, el impulso de la iniciativa empresarial o
la promoción de los productos locales de Melilla.
Tendrán
especial atención las acciones de promoción y dinamización dirigidas al fomento
del Centro Histórico de Melilla, “Melilla La Vieja”, el barrio del Real, el
paseo marítimo, entre otras zonas de especial interés comercial; y a la
promoción y modernización de los mercados municipales como formas tradicionales
de negocio que mantienen la vida y la actividad en las calles.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual de ayudas
mediante pública mediante concurrencia
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 60.000,00 Euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Fomento del Emprendimiento, Promoción del
asociacionismo y otras actuaciones de fomento desarrollo local. 06/43100/48000.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de
Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Convocatoria anual de subvenciones para la realización de proyectos de
interés general en materia promoción de la economía local.
b)
Fechas de concesión: Convocatoria periódica. Previsión concesión: último
trimestre del año.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras y
preceptiva convocatoria. “Bases reguladoras para la concesión de ayudas para la
realización de proyectos de interés general en materia de asociacionismo
comercial, promoción del emprendimiento y desarrollo de planes de fomento de la
economía local”, publicadas en el BOME núm. 5807 de 10 de noviembre de 2020.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
-Seguimiento:
Presentación de memoria de la actuación y justificantes de éstos.
Elaboración
por las entidades beneficiarias de un Informe o Memoria final de las
actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una
descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, actividades
realizadas, resultados obtenidos, identificación de beneficiarios,
observaciones, entre otros datos de interés. Comparativo con los datos
económicos de ejercicios anteriores, si los hubiera.
-Criterios
objetivos a evaluar:
- Impacto de las medidas.
- Análisis de datos del
programa ejecutado.
- Coste económico
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.5-AYUDAS FOMENTO DEL
ASOCIACIONISMO COMERCIAL
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomentar la economía local a través de la
promoción turística.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Promoción del turismo con destino a Melilla
mediante la bonificación de paquetes turísticos. Se consideran paquetes
turísticos las ofertas comerciales por parte de las agencias de viajes u otros
operadores turísticos, de viajes de ida y vuelta a Melilla con una duración de
entre dos y treinta días naturales consecutivos, siempre que comporten el
alojamiento durante la estancia en Melilla en alguna de las modalidades de
alojamiento turístico previstas reglamentariamente (establecimiento hotelero,
campamento de turismo o apartamento turístico) o en el domicilio de un
residente en la ciudad, o en centros de instituciones públicas. Se implementará
mediante programas específicos de bonificación condicionados a la existencia de
dotación presupuestaria adecuada y suficiente.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios de estas
ayudas los ciudadanos con residencia legal en el territorio de la Unión
Europea, con exclusión de los residentes en Melilla, que contraten los paquetes
turísticos, según las cuantías señaladas en el Decreto de aplicación. Los
viajes subvencionados han de ser obligatoriamente de ida y vuelta y realizarse
en línea regular. Las cuantías señaladas podrán ser modificadas mediante Orden
del Consejero competente en materia de Turismo, atendiendo a las circunstancias
de prestación del servicio, volumen de la demanda de ayudas, evolución de los
datos turísticos, u otros factores debidamente motivados, publicándose en el
Boletín Oficial de la Ciudad y fijándose en el convenio con la entidad colaboradora,
en su caso.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria Anual y/o
extraordinarias.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 1.600.000 euros. A esta cantidad se
le incorporarán los remanentes del pasado ejercicio 2023 (Acuerdo Asamblea de
18 de agosto de 2023, BOME núm. 6100 de 1 de septiembre, 4.700.000 euros).
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06/43209/48900
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de
Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
-Subvención
directa a ciudadanos con residencia legal en el territorio de la Unión Europea,
con exclusión de los residentes en Melilla, que contraten los paquetes
turísticos, según las cuantías señaladas en el Decreto de aplicación. Extensión
a otros colectivos, según señale la norma de aplicación.
Las ayudas
se concederán de forma directa a los beneficiarios señalados en el Decreto de
aplicación, conforme a los artículos 22.2 c) y 28 de la Ley 38/2003 de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, fundamentando su concesión en virtud de las
competencias sobre fomento del turismo, artículos 21.1.16ª y 21.2 ambos de la
Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo de Estatuto de Autonomía de Melilla, así
como el Real Decreto 1385/1997 de 29 de agosto y Real Decreto 337/1996 en
cuanto a las transferencia de la gestión, por lo previsto en la Ley 38/2003 de
17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real
decreto 887/2006 de 21 de julio y demás normativa de aplicación.
-
Duración: Según determine el Decreto
de aplicación, la dotación presupuestaria y los Convenios de Colaboración.
-
Mecanismo regulador: Decreto nº 1043 de fecha
23 de agosto de 2021, por el que se regula la bonificación de paquetes
turísticos con destino en Melilla. BOME núm. 5889 de 24 de agosto de 2021.
Convocatorias anuales. Convenios reguladores con las entidades colaboradoras
(agencias de viajes y otras entidades colaboradoras). Ley General de
Subvenciones y normativa de desarrollo.
-
Modificación de las cuantías
destinados a los beneficiarios, según convocatoria (Para el año 2023 y parte del
2024, Orden núm. 708 de 5 de octubre de 2023, BOME núm. 73 extraord. de 6 de
octubre).
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Elaboración
por el Patronato de Turismo de una Memoria, y análisis de los siguientes
indicadores:
-
Número de solicitudes presentadas.
-
Beneficiarios finales atendidos y comparativos
con regímenes anteriores.
-
Grado de cumplimiento económico
-
Análisis cuantitativo de viajeros y
pernoctaciones a Melilla.
-
Impacto del programa en la economía local.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.6-AYUDAS A LA FORMACIÓN
DEL SECTOR TURÍSTICO PRTR
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Aumento de la cualificación profesional y mejora
competitiva en el sector turístico y hostelero de la CAM.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Aumento de la cualificación profesional de
desempleados melillenses en el sector turístico y hostelero.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios de estas
ayudas los desempleados melillenses que reciban cursos de formación para el
empleo en las ramas de turismo y hostelería por empresas del sector debidamente
homologadas.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria en el ejercicio 2024 y
2025.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 300.000 euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06/43200/47900.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por los fondos del PRTR
según consta en los convenios firmados con la Secretaria de Estado de Turismo
con la Ciudad Autónoma de Melilla, al amparo de los R.D. 1118/2021, R.D.
449/2022 y R.D. 1011/2022, respectivamente
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Aprobación de Bases Reguladoras con Convocatoria de subvenciones, según
se dispone en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
b)
Forma de concesión: concurrencia competitiva.
Mecanismo
de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria, según se dispone en el Art. 61.1
Real Decreto-Ley 36/2020, “Artículo 61.
Bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones financiables con fondos
europeos.1. Las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos
europeos podrán incorporar la convocatoria de las mismas.”
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación
mediante comprobación por los servicios técnicos del Patronato de Turismo, así
como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Turismo y
Activación Económica.
- SEGUIMIENTO: Informes de los servicios
técnicos del Patronato de Turismo
- EVALUACIÓN: Consejería de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.7- AYUDAS A EMPRESAS TURÍSTICAS PARA LA MODERNIZACIÓN
Y REJUVENECIMIENTO DE LA PLANTA TURÍSTICA PRTR
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Aumento de la competitividad de las empresas de
los sectores turísticos y hostelería de la CAM..
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Implementación y/o renovación del capital
productivo de los sectores turísticos y hostelería de la CAM.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, sin importar la forma
jurídica que adopte, incluidos los trabajadores autónomos, que pretendan realizar
proyectos de inversión en los sectores turísticos y de hostelería en la Ciudad
Autónoma de Melilla
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria en el ejercicio 2024 y
2025.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 3.600.000 euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06/43200/77000
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por los fondos del PRTR
según consta en los convenios firmados con la Secretaria de Estado de Turismo
con la Ciudad Autónoma de Melilla, al amparo de los R.D. 1118/2021, R.D.
449/2022 y R.D. 1011/2022, respectivamente
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Aprobación de Bases Reguladoras con Convocatoria de subvenciones, según
se dispone en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
b)
Forma de concesión: concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria, según se
dispone en el Art. 61.1 Real Decreto-Ley 36/2020, “Artículo 61. Bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones
financiables con fondos europeos.1. Las bases reguladoras de las subvenciones
financiables con fondos europeos podrán incorporar la convocatoria de las
mismas.”
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación
mediante comprobación por los servicios técnicos del Patronato de Turismo, así
como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Turismo y
Activación Económica.
- SEGUIMIENTO: Informes de los servicios
técnicos del Patronato de Turismo
- EVALUACIÓN: Consejería de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.8- AYUDAS DESTINADAS A LA REACTIVACION DE LOS
ESTABLECIMIENTOS AFECTADOS POR PÉRDIDAS EN SU ACTIVIDAD ECONÓMICA EN ZONAS
AFECTADAS POR OBRAS DE LARGA DURACIÓN EN VIA PUBLICA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Apoyar a las PYMEs, los trabajadores por cuenta
propia (autónomos/as), Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles y Sociedades
afectadas por las obras de larga duración de titularidad de la Ciudad Autónoma
de Melilla
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta línea de ayudas va dirigida a las personas
físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que sean titulares a
través de propiedad o mediante contrato de arrendamiento o cesión en Melilla,
de un establecimiento encuadrado en el área de reactivación económica
establecida en cada convocatoria, o incluso aquellos dedicados a la venta
ambulante afectados por haber sido desplazados o minorada su actividad por
obras de larga duración, que tengan licencia actualizada para ejercerla y que
cumpla la finalidad y requisitos establecidos en las bases reguladoras.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: PROYECTO MELILLA SAU
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios/as de las
ayudas las PYMEs, los trabajadores por cuenta propia (autónomos/as),
Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles y Sociedades Cooperativas que tengan
su domicilio fiscal y social en la Ciudad Autónoma de Melilla, que sean
titulares a través de propiedad o mediante contrato de arrendamiento o cesión
en Melilla, de un establecimiento encuadrado en el área de reactivación
económica establecida en cada convocatoria, así como una licencia actualizada
para operar como venta ambulante
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El objeto de las ayudas
reguladas en las presentes bases es la reactivación de zonas comerciales
definidas en las convocatorias que, debido a trabajos de obras públicas de
larga duración realizadas en las mismas, hubieren producido un impacto negativo
en aquellas empresas establecidas en las zonas comerciales que se señalen,
generando en ellas una debilidad comercial, con pérdidas de clientela y de
empleo, en su caso, promoviendo para ello una reactivación comercial de la zona
afectada.
Tendrán
especial atención las acciones de promoción y dinamización dirigidas al fomento
del Centro Histórico de Melilla, “Melilla La Vieja”, el barrio del Real, el
paseo marítimo, entre otras zonas de especial interés comercial; y a la
promoción y modernización de los mercados municipales como formas tradicionales
de negocio que mantienen la vida y la actividad en las calles.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Las ayudas deberán resolverse antes
del 31 de diciembre de 2024.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 800.000,00Euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Se podrán financiar con la aplicación
presupuestaria PROYECTO MELILLA, T. CAPITAL 08/43300/74000, así como con
cualquier otra aplicación presupuestaria que pudiese aprobarse y tenga la
finalidad de reactivación de la actividad económica.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de Concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: Convocatoria pública de subvenciones pública en
régimen de concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras en régimen de concurrencia
competitiva de subvenciones de ayudas destinadas a la reactivación de los
establecimientos afectados por pérdidas en su actividad económica en zonas
afectadas por obras de larga duración en vía pública, así como en su
convocatoria.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación
mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad
pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las actuaciones o
cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una
directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho,
incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y
las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la
Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la
convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla
SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina
de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla
S.A.U.
- EVALUACIÓN: Consejería
de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.9- AYUDAS AMPLIACIÓN Y/ O MODERNIZACIÓN DE LOCALES
COMERCIALES EN MELILLA. RESOLUCIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE COMERCIO
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Adecuación, mejora, ampliación y/o modernización
de locales comerciales en Melilla.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Fomento de la innovación y a la transformación
digital. Modernización empresarial.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Turismo y Activación Económica.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas del sector comercial, sin
importar la forma jurídica que adopte, incluidos los trabajadores autónomos,
que pretendan realizar proyectos de inversión en locales comerciales en la
ciudad autónoma de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS
QUE SE PRETENDEN
OBTENER: La ampliación,
·
modernización y/o diversificación de empresas
comerciales ubicadas en la Ciudad Autónoma de Melilla, así como aquellas que
pretendan implantar sistemas de calidad, haciendo especialmente hincapié en las
Microempresas.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Ejercicios 2024 y 2025.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 754.700,00 Euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria
06/43100/77000 “SUBVENCION TRANSFORMACIÓN DEL COMERCIO, SUBSECRETARIA DE ESTADO
DE COMERCIO”
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: En concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
-
SEGUIMIENTO: Informes del personal
técnico de la Dirección General de Turismo y Activación Económica.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.10- SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DEL TURISMO.
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Incrementar la oferta turística de la CAM.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: incrementar la oferta turística mediante la
concesión de subvenciones a proyectos de interés turístico con el fin de crear
y aumentar el flujo de visitantes, de mejorar la oferta turística, así como
acercar al ciudadano los recursos turísticos de la ciudad.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Patronato de Turismo.
·
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas físicas o entidades
jurídicas, tanto públicas como privadas que presenten proyectos para la
dinamización y promoción del turismo en la Ciudad Autónoma de Melilla
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 519.000 euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 43200/48900-SUBVENCIONES DE TURISMO.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por el Patronato de
Turismo. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Convocatoria anual de subvenciones para la realización de proyectos de
interés general en materia promoción turística.
b)
Fechas de concesión: Convocatoria a mitad de ejercicio. Previsión
concesión: último trimestre del año.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras aprobadas mediante Decreto
nº481 (BOME 5807 de 10 de noviembre de 2020) y su correspondiente convocatoria.
Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad y normativa subvenciona (LGS,
RLGS).
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación
mediante comprobación por los servicios técnicos del Patronato de Turismo.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la gerencia
del Patronato de Turismo
- EVALUACIÓN: Presidencia
del Patronato de Turismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.11- DIVERSIFICACIÓN Y NUEVOS PRODUCTOS. FOMENTO
INTERCULTURALIDAD Y SEGMENTO DEPORTIVO
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomento de la interculturalidad como elemento
diferenciador de la oferta turística de la CAM, así como en el segmento del
turismo deportivo.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Cooperación con entidades y asociaciones
religiosas para el mantenimiento de la Ruta de los Templos como producto
turístico, eventos de carácter intercultural y en el segmento deportivo, la
participación de deportistas en competiciones de carácter internacional para el
conocimiento entre el público de la Ciudad de Melilla como destino turístico en
sentido amplio (Dakar).
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Patronato de Turismo.
·
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades y asociaciones religiosas
adscritas a la Ruta de los Templos, eventos de carácter intercultural, así como
en el segmento deportivo, a personas físicas y jurídicas que participan en
competiciones de carácter internacional.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 83.000 euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 43200/47900.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por el Patronato de
Turismo. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Concesión de subvenciones directas nominativas a las entidades y
asociaciones religiosas para el mantenimiento del producto turístico “Ruta de
los Templos”.
b)
Fechas de concesión previstas: Desde Enero a abril/mayo (anticipada) o
pospagable (a final de año).
c)
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en
los presupuestos.
d)
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración u Orden Resolución en su caso.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación
mediante comprobación por los servicios técnicos del Patronato de Turismo.
- SEGUIMIENTO: Informes de
la gerencia del Patronato de Turismo
- EVALUACIÓN: Presidencia
del Patronato de Turismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.12- ESCUELA DE HOSTELERÍA Y TURISMO
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Aumento de la cualificación profesional y mejora
competitiva en el sector hostelero y turístico de la CAM.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Aumento de la cualificación profesional de
jóvenes desempleados melillenses en el sector hostelero.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: PROYECTO MELILLA SAU
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios de estas
ayudas las entidades e instituciones especializadas en el ámbito de la
formación y la hostelería con capacidad para realizar las acciones comprendidas
en el objetivo de estas ayudas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
- Formación
especializada para desempleados en sector de Hostelería
- Fomento
Prácticas en empresas y en restaurante
- Mejora de
la empleabilidad del alumnado
·
permanente con periodicidad anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 395.000 Euros por anualidad.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Presupuesto Proyecto Melilla, S.A., las
nuevas partidas habilitadas para el Programa Regional FSE+, PROYECTO MELILLA
P.O. FSE 08/24103/44900
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: 85% FONDO SOCIAL +
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Convocatoria anual de subvenciones.
b)
Forma de concesión: concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la
Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
- SEGUIMIENTO: El seguimiento de las
subvenciones se realizará desde Proyecto Melilla SAU (Departamento de Formación
y Servicio de control y justificación) y la Dirección general de Planificación
estratégica.
- EVALUACIÓN: Se realizará desde la
Dirección general de Planificación estratégica según el manual de procedimiento
de los Fondos Europeos y los procedimientos establecidos por la UAFSE y la
Intervención.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.13- AYUDAS
AL EMPLEO Y AUTOEMPLEO
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Esta línea de ayudas va dirigida a las empresas,
especialmente las pequeñas y medianas empresas que fomenten el empleo y
autoempleo en la Ciudad Autónoma de Melilla, podrá cofinanciarse dentro del
Programa FSE+ para Melilla 2021-2027.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Las presentes bases reguladoras, tienen por
objeto establecer la concesión de las ayudas públicas destinadas a apoyar e
impulsar el empleo y autoempleo en las empresas, especialmente en las pequeñas
y medianas empresas para personas desempleadas, especialmente en parados de
larga duración, grupos desfavorecidos y jóvenes que se encuentren como
beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil, fomentando la igualdad
de género, de oportunidades y la no discriminación, tales como:
-
Incentivar la generación de empleo a través de
las pequeñas y medianas empresas,
-
Promoción del autoempleo.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: PROYECTO MELILLA SAU
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, cualquiera que sea su forma
jurídica, que operen efectiva y materialmente en la Ciudad Autónoma de Melilla
y que, se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o bien
efectúen contratos laborales en las diferentes modalidades en cualquiera de los
sectores de la ciudad, pudiendo primar alguno de estos sectores:
a)
Empresas de base tecnológica en Melilla.
b)
Turismo.
c)
Industria.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Fomentar el empleo y autoempleo
para personas desempleadas, especialmente en parados de larga duración, grupos
desfavorecidos y jóvenes que se encuentren como beneficiarios del sistema
nacional de garantía juvenil, fomentando la igualdad de género, de
oportunidades y la no discriminación.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 280.194,00 Euros
Según
lo determinado en el Programa FSE+ para Melilla 2021-2027, o en los
Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria
08/24103/44900 “PROYECTO MELILLA P.O. FSE”
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: En concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la
Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto
Melilla, S.A.U.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación
mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad
pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las evaluaciones y
seguimientos de la Dirección General de Planificación y Estratégica
establecidos dentro del Programa FSE+ para Melilla 2021-2027, en su caso. No
obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de
la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación
jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los
procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución
resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo
y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado
por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
- SEGUIMIENTO: Informes de la oficina
de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla
S.A.U.
- EVALUACIÓN: Consejería de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.14- AYUDAS A LA INVERSIÓN
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Promoción del espíritu empresarial, en
particular facilitando el aprovechamiento de nuevas ideas e impulsando la
ampliación de las mismas, especialmente a Microempresas, y start-ups, a fin de
facilitar su acceso a la financiación.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Las acciones a desarrollar sería un régimen de
ayudas a la ampliación de Empresas, especialmente Pymes, a través de
inversiones en capital fijo (bienes inmuebles, equipos, otras inversiones
relacionadas con el proyecto) y activos inmateriales, haciendo especial
hincapié en aquellas empresas innovadoras e inteligentes y de crecimiento
sostenible, aprovechando las ventajas de digitalización para fomentar la
competitividad. tales como empresas tecnológicas e innovadoras, culturales, turísticas
y de servicios al entorno.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: PROYECTO MELILLA SAU
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, especialmente a Pymes y
Microempresas, sin importar la forma jurídica que adopte, incluidos los
trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión en la
Ciudad Autónoma de Melilla, incluso las sociedades en construcción y las
start-ups Gozarán de mayor prioridad las inversiones que se realicen en
actividades que puedan suponer una diversificación del aparato productivo local
tales como empresas tecnológicas e innovadoras, culturales, turísticas y de
servicios al entorno.
·
OBJETIVO S Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La ampliación, modernización
y/o diversificación de empresas ubicadas en la Ciudad Autónoma de Melilla, así
como aquellas que pretendan implantar sistemas de calidad, haciendo
especialmente hincapié en las Microempresas.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 250.000 euros. Según lo determinado
en el Programa FEDER para Melilla 2021-2027, o en los Presupuestos de Proyecto
Melilla, S.A.U.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria
08/45000/74000 “Programa FEDER 2021-2027 PROMESA”
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: En concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la
Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto
Melilla, S.A.U.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación
mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad
pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las evaluaciones y
seguimientos de la Dirección General de Planificación y Estratégica
establecidos dentro del Programa FEDER para Melilla 2021-2027, en su caso. No
obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de
la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación
jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los
procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución
resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo
y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado
por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de
gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.15- AYUDAS
A LA ADECUACIÓN, MEJORA, AMPLIACIÓN Y/ O MODERNIZACIÓN DE LOCALES COMERCIALES Y
DE SERVICIOS EN MELILLA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Adecuación, mejora, ampliación y/o modernización
de locales comerciales y de servicios en Melilla.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
-
Fomento de la innovación y a la transformación
digital.
-
Modernización empresarial.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la
sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, sin importar la forma
jurídica que adopte, incluidos los trabajadores autónomos, que pretendan
realizar proyectos de inversión en la ciudad autónoma de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La ampliación, modernización
y/o diversificación de empresas ubicadas en la Ciudad Autónoma de Melilla, así
como aquellas que pretendan implantar sistemas de calidad, haciendo
especialmente hincapié en las Microempresas.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 700.000 euros. Según consignación en
cada anualidad en los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria
08/43300/74000 “PROYECTO MELILLA, T. CAPITAL
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de
Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: En concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la
Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto
Melilla, S.A.U.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación
mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad
pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las actuaciones o
cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una
directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho,
incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y
las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la
Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la
convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla
SAU.
- SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública
instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
- EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y
Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.16- AYUDAS
A LA INVERSION CON CREACIÓN DE EMPLEO
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Las acciones a desarrollar sería un régimen de
ayudas a la creación y ampliación de Empresas, especialmente PYMEs incluso las
sociedades en construcción y las start-ups a través de inversiones en capital
fijo (bienes inmuebles, equipos, otras inversiones relacionadas con el
proyecto) , activos inmateriales y trabajos de planificación (estudios), que
contribuyan a la creación de empleo estable y de calidad, haciendo especial
hincapié en aquellas empresas innovadoras e inteligentes y de crecimiento
sostenible, tales como empresas tecnológicas e innovadoras, culturales,
turísticas y de servicios al entorno. aprovechando las ventajas de
digitalización para fomentar la competitividad.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
-Creación
de nuevas empresas en nuevos nichos de mercado
-Fomento de
la ampliación y diversificación empresarial.
-Fomento de
empresas innovadoras e inteligentes y de crecimiento sostenible.
-Fomento de
empresas que apliquen la digitalización para fomentar la competitividad.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la
sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Exclusivamente a PYMEs, sin importar
la forma jurídica que adopte, incluido los trabajadores autónomos, que
pretendan realizar proyectos de inversión con generación de empleo en la CAM
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Promoción del espíritu
empresarial, en particular facilitando el aprovechamiento de nuevas ideas e
impulsando la creación de nuevas empresas y ampliación de las mismas, así como
facilitar su acceso a la financiación.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 750.000,00 Euros
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria
08/45000/74000 “P.O. FEDER 2021-2027 PROMESA”.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de
Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: En concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la
Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto
Melilla, S.A.U.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación
mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad
pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las evaluaciones y
seguimientos de la Dirección General de Planificación y Estratégica
establecidos dentro del Programa FEDER para Melilla 2021-2027, en su caso. No
obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de
la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación
jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los
procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución
resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo
y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado
por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
- SEGUIMIENTO: Informes de la oficina
de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla
S.A.U.
- EVALUACIÓN: Consejería de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
ejecutado.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.17- AYUDAS
FINANCIERAS A LA CREACIÓN, AMPLIACIÓN Y DIVERSIFICACIÓN DE PYME.
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomentar un conjunto de medidas destinadas a la
creación de nuevas empresas y a la ampliación y/o diversificación de las
empresas ya existentes, siempre que generen autoempleo y/o empleo, siempre que
dicha empresa opere en la Ciudad Autónoma de Melilla, cualquiera que sea su
forma jurídica, se incluirá la subvención de una serie de medidas destinadas al
fomento y la creación de nuevas empresas, como puede ser el alquiler, cuotas de
autónomo, etc.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
-Creación
de nuevas empresas en nuevos nichos de mercado
-Fomento de
la ampliación y diversificación empresarial.
-Ampliación
de las empresas.
-Empresas
innovadoras e inteligentes y de crecimiento sostenible.
-Empresas
que apliquen la digitalización para fomentar la competitividad.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
·
CENTRO GESTOR: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la
sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Exclusivamente a PYMEs, sin importar
la forma jurídica que adopte, incluido los trabajadores autónomos, que
pretendan realizar proyectos de inversión con generación de empleo en la CAM
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Generación de empleo
estable a través de la creación o la ampliación y/o diversificación de
empresas, fomentando el empleo y el autoempleo.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 300.000 euros
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria
08/43300/74000 “PROYECTO MELILLA, T. CAPITAL.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de
Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: En concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la
Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto
Melilla, S.A.U.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación
mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad
pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las actuaciones o
cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una
directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho,
incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y
las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la
Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la
convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla
SAU.
- SEGUIMIENTO: Informes de la oficina
de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla
S.A.U.
- EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio,
Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
4- CONSEJERÍA DE
MEDIO AMBIENTE Y
NATURALEZA |
A- DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS URBANOS.
Objetivos
estratégicos:
1º.-
Ejercicio de las competencias a las que este municipio se encuentra obligado
por el art. 25.2 k de la Ley 7/85, Reguladora de Las Bases de Régimen Local,
así como es prestar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal respecto a Cementerios y
actividades funerarias.
2º.- Apoyar
a las entidades representativas en la Ciudad de las distintas religiones, cuyos
ritos funerarios y mantenimiento de cementerios no estén gestionados
directamente por la Ciudad Autónoma de Melilla a través de esta Consejería de
Medio Ambiente, bien directamente, bien mediante una relación contractual
externa en los aspectos que no contravengan las costumbres o ritos funerarios,
como ocurre actualmente con la comunidad cristiana o con la comunidad islámica,
quedando fuera de estos servicios municipales los correspondientes a ritos
funerarios y mantenimientos de los cementerios de la comunidad hebrea.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-MANTENIMIENTO
DEL CEMENTERIO HEBREO
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Mantenimiento del cementerio hebreo.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Gestión de los enterramientos y de los
cementerios hebreos.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Servicios Urbanos.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a la
Comunidad Hebrea como representante religioso de las personas cuyos restos se
le encomiendan para su mantenimiento en los recintos de cementerios hebreos de
la Ciudad.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de los
enterramientos y de los cementerios hebreos.
El descenso
en la población de esta comunidad, que representa actualmente no más del 2% del
censo de la Ciudad, los escasos enterramientos que se producen al año, la
existencia de cementerios hebreos que hay que mantener y cuya historia se sitúa
en tiempos pretéritos en los que la representación de la comunidad hebrea era
sensiblemente mayor, y el alto interés de la comunidad en gestionar estos
servicios funerarios y de cementerios con miembros de dicha comunidad como
mayor garantía de la observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios.
Se pretende
la Participación de la comunidad hebrea en la gestión y mantenimiento de los
cementerios de dicha comunidad en consonancia con la observancia de los ritos
funerarios propios, que prestan servicio a su colectivo, limitando su coste en
comparación con el importe que supondría la gestión directa de los mismos por
la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo tiempo que estos servicios funerarios
y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la
observancia de costumbres y ritos propios de la misma.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/16400/48000 -
Subvención Cementerio Comunidad Israelita.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b)
Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la
justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en
el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Israelita. Subvención
Prepagable.
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios
Urbanos.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.2-MANTENIMIENTO DEL CEMENTERIO COMUNIDAD ISLÁMICA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Mantenimiento Cementerio Comunidad Islámica.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Gestión de los ritos y actividades relacionadas
con los enterramientos en el Cementerio Musulmán de Melilla.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Servicios Urbanos.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a la
Comisión Islámica de Melilla como representante religioso de las personas cuyos
restos se le encomiendan para su mantenimiento en el recinto de cementerio
musulmán de la Ciudad.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de los ritos y
actividades relacionadas con los enterramientos en el Cementerio Musulmán de
Melilla.
El
incremento en la población de la comunidad islámica, que representa actualmente
más del 50% del censo de la Ciudad, el crecimiento exponencial de
enterramientos que se producen al año, la costumbre de enterrar a los
fallecidos en tierra, la existencia de un único cementerios musulmán, con los
equipamientos propios (mezquita, comedor, oficinas, etc.) que hay que mantener
y el alto interés de la comunidad musulmana representada por la Comisión
Islámica de Melilla con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la
observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios.
servicios
funerarios y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha
colectividad y de la observancia de costumbres y ritos propios de la misma.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/16401/48000 -
Subvención Cementerio Comunidad Islámica.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b)
Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Islámica.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la
justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en
el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Islámica de Melilla.
Subvención Prepagable.
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios
Urbanos.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.3-CONSERVACIÓN
ELEMENTOS CEMENTERIOS
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Conservación elementos Cementerios.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Conservación elementos Cementerios.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Servicios Urbanos.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a
aquellos propietarios particulares que necesiten emprender la restauración o
reparación de sepulcros, panteones, túmulos, mausoleos o nichos, de su
propiedad, que se encuentren en malas condiciones.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Fomentar la reparación y
renovación de los conjuntos funerarios del Cementerio de la Purísima Concepción
de la Ciudad.
Se pretende
la conservación y buena apariencia de los cementerios del Cementerio de la
Purísima Concepción, dentro de las obligaciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 Pendiente de
Asignar.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b)
Forma de concesión: Subvención mediante concurrencia no competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la
justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en
el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Islámica de Melilla.
Subvención Prepagable.
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios
Urbanos.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
B. DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y RECURSOS
HÍDRICOS.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1-AYUDA A LA INSTALACIÓN DE DEPÓSITO DE AGUA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la Instalación de depósitos de agua.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Garantizar el suministro de agua adecuado en términos
de caudal y presión a todas las zonas de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Financiar la adquisición de depósitos de agua a particulares para ayudar a
garantizar el suministro de agua adecuado en caudal y presión a todas las zonas
de la Ciudad Autónoma de Melilla, en especial las zonas altas y más
desfavorecidas, que sufren problemas habituales de falta de presión y requieren
sistemas de elevación y almacenamiento adicionales.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Las ayudas van destinadas:
a)
Particulares, propietarios de viviendas con bajos recursos económicos de
la Ciudad Autónoma de Melilla que reúnan los requisitos previstos en las Bases.
b)
Asociaciones, Organizaciones No Gubernamentales sin ánimo de lucro,
Entidades, etc. que sean titulares de una instalación de agua potable y reúnan
los requisitos previstos en las Bases.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El Objeto del presente
convenio es ayudar a los usuarios de agua de consumo humano, con problemas de
suministro de abastecimiento de agua por falta de presión en la red general de
la CAM, a disponer de pequeños depósitos particulares y/o grupos de presión
individuales de baja potencia que les ayuden a garantizar tanto presión como
suministro ante eventuales problemas del sistema de abastecimiento.
Esto ocurre
principalmente en viviendas de las zonas altas de la ciudad, donde la red
general de abastecimiento no dispone de presión directa adecuada para los usos
habituales de este recurso y se requieren sistemas particulares adicionales de
elevación y almacenamiento, dándose además el agravante de que las mencionadas
zonas son también las más desfavorecidas en términos de nivel de renta entre
sus habitantes.
Se pretende
la mejora cuantitativa y cualitativa del suministro de agua potable, tanto en
garantía de suministro como en presión, a fin de mitigar el problema actual de
la Ciudad Autónoma de Melilla, que en las zonas más altas de la misma no
permite el suministro directo de la red a una presión adecuada y requiere de
sistemas particulares adicionales de elevación y almacenamiento.
Facilitar a
los usuarios de baja renta y escaso poder adquisitivo que viven en las zonas
altas y más desfavorecidas de la CAM, la adquisición de pequeños depósitos
particulares de agua potable y/o grupos de presión individuales de baja
potencia.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/16100/78000 -
Subvención Adquisición Depósitos de Agua y grupos de presión individuales.
Importe: 30.000€. Beneficiarios: Propietarios viviendas particulares y
Asociaciones, ONG´s, Entidades, etc. Titulares de instalaciones.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.-
Subvención mediante concurrencia no competitiva.
b.- Forma
de concesión: Subvención
c.-
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19
de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de
Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Recursos Hídricos.
-Seguimiento:
Informes de la oficina de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.2-AYUDA A
LA ADAPTACIÓN DE INSTALACIONES INTERNAS DE AGUA POTABLE A LA NORMATIVA VIGENTE
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la adaptación de instalaciones internas
de agua potable a la Normativa Vigente.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: La adaptación de los contadores a la normativa
permite la implementación de nuevas tecnologías y funcionalidades que mejoran
la eficiencia y facilitan la gestión. Esta adaptación contribuye a la
estandarización y homogeneización de los sistemas de medición, lo cual facilita
el estudio y análisis de los datos de consumo.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA Estas ayudas se dirigen a los titulares
de una instalación de contadores de agua potable que requiera ser adaptada a la
normativa vigente (Según informe Técnico).
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: En primer lugar, el Código
Técnico de Edificación en su apartado DB-HS-4, Suministros de agua, establece
los requisitos técnicos y de seguridad que deben cumplir las instalaciones de
aguas potables para garantizar un correcto funcionamiento.
Por otra
parte, el Reglamento del Servicio Municipal de Aguas Potables de Melilla,
Boletín Oficial de 12 de marzo de 1987, indica las exigencias de las
instalaciones y locales de las acometidas y contadores de aguas.
La Ciudad
de Melilla tiene prevista una sustitución de los actuales contadores, propiedad
de los abonados, por otros nuevos de titularidad municipal equipados con
sistemas de telelectura. Para ello se realizará una campaña de inspecciones de
forma sectorizada en las instalaciones interiores de los edificios, mediante la
cual se comprobará el cumplimiento de la normativa y se obligará a realizar una
adaptación a la misma en caso necesario.
En resumen,
adaptar las instalaciones internas de agua potable a la normativa es necesario
para garantizar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de seguridad,
aprovechar las ventajas de las nuevas tecnologías y facilitar la gestión y
análisis de los datos de consumo
Con esta
actuación se pretende facilitar la adaptación de acometidas, baterías de
contadores y/u Hornacinas o alojamientos de los contadores, desde la conexión
con la red Municipal hasta la Salida hacia la red interior.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 120.000,00 Euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 -Pendiente de
Asignar.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.-
Subvención mediante concurrencia no competitiva.
b.- Forma
de concesión: Subvención
c.-
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19
de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de
Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Recursos Hídricos.
-Seguimiento:
Informes de la oficina de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.3-CONVENIO
IGME INVESTIGACIÓN AGUAS SUBTERRÁNEAS
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Convenio IGME Investigación aguas subterráneas.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio Específico de colaboración entre la
Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla
y el Instituto Geológico y Minero de España para la investigación de aguas
subterráneas como apoyo a la gestión hidrológica de la Ciudad Autónoma de
Melilla en el período 2020-2025.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Instituto Geológico y Minero de España
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El Objeto del presente
convenio es regular las condiciones de colaboración y cooperación en las que se
desarrollarán las actividades entre la Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el IGME.
Esta
colaboración se plasmará en la realización de proyectos y estudios científicos
técnicos relacionados con el medio ambiente, los recursos hídricos, cartografía
temática y otros proyectos relacionados con las Ciencias de la Tierra, así como
actividades que lleven a cabo ambos organismos.
El presente
Convenio tiene por objeto llevar a cabo la investigación de diferentes
acuíferos como apoyo al abastecimiento urbano y a la sostenibilidad ambiental
de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período 2020-2024, así como precisar
las condiciones bajo las cuales deberá regirse la realización de las diferentes
actividades recogidas en el listado siguiente:
1.-
Informes complementarios con la toma de muestras de calidad en los diferentes
acuíferos para evaluar procedencia de las aguas.
2.-
Informes complementarios sobre el reconocimiento de sondeos previos y de
sondeos de investigación con equipo de testificación geofísica.
3.-
Informes complementarios sobre la determinación de la existencia o no de la
cuña de intrusión marina en diferentes acuíferos.
4.-
Informes complementarios sobre la evaluación actualizada de la recarga en cada
uno de los acuíferos (volcánico, carbonatado y aluvial).
5.-
Informes complementarios en relación con el estudio de la posibilidad de
realizar operaciones de recarga artificial de acuíferos. Plan Estratégico
Subvenciones CAM 2020-2022 - Página 84 de 129
6.-
Propuesta de optimización de las instalaciones eléctricas, asociadas al bombeo
de las aguas subterráneas. Adaptación del bombeo a las curvas característica y
mejora del rendimiento.
7.- Informe
con análisis hidrogeológico de las posibilidades de captación de aguas
subterráneas para abastecimiento de la desaladora.
8.-
Informes complementarios del seguimiento de sondeos de investigación para
control de evolución de niveles.
9.-
Informes complementarios al Plan de Uso sostenible de las masas de agua
subterránea (bombeo por sectores con tendencia a la recuperación del estado
cuantitativo y cualitativo de las masas de agua.
10.-
Propuesta de una batería estratégica de apoyo al abastecimiento urbano desde el
acuífero calizo de Melilla y seguimiento.
11.- Plan
de explotación mediante sondeos del borde costero como apoyo a la desaladora y
el aprovechamiento del agua continental salobre en las masas del acuífero
calizo y volcánico.
12.-
Elaboración de un modelo matemático de flujo en los acuíferos de Melilla.
13.-
Estudio del sellado de sondeos preexistentes para evitar mezclas de agua de
mala calidad.
14.-
Campaña de sondeos de investigación en el Parque Hernández y en el trazado a la
plaza de España. (5 sondeos).
15.-
Controles de la evolución de la intrusión marina y de las explotaciones.
16.- Mejora
del conocimiento del modelo 3D provisional realizado con los nuevos datos
geofísicos y de sondeos.
17.- Mejora
del conocimiento del aluvial con sondeos en el primitivo desvío del cauce hacia
la Plaza de España.
18.-
Campaña complementaria de prospección geofísica en el aluvial.
19.-
Reconocimiento mediante sondeos de los sectores donde emplazar las pantallas
del aluvial, así como del área cementada bajo el puente del Escaño. (14
sondeos).
20.-
Perímetros de protección de la calidad de los abastecimientos urbanos (tránsito
de mercancías peligrosas, ubicación de instalaciones potencialmente
contaminantes y otros).
Regular las
condiciones de colaboración y cooperación en las que se desarrollarán las
actividades entre la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad
Autónoma de Melilla y el IGME.
Investigación
de diferentes acuíferos como apoyo al abastecimiento urbano y a la
sostenibilidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período 2020-
2024.
Con todo lo
anterior se pretende conseguir la mejora cuantitativa y cualitativa de las
masas de agua subterránea gestionadas por la Ciudad Autónoma de Melilla, que
suponen, en la actualidad, casi 1/3 de la demanda total de agua de consumo
humano de la población.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 42.250,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17100/42390 -
Convenio Instituto Geológico y Minero de España
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.-
Subvención directa.
b.- Forma
de concesión: Convenio.
c.-
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras aprobadas por Consejo de Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Para el seguimiento y control del Convenio, se
crea una Comisión de Seguimiento, de composición mixta y paritaria, formada por
dos representantes designados por la Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos representantes designados
por el IGME.
Asimismo,
podrán designarse suplentes de los miembros de la Comisión y a sus reuniones
podrán asistir los técnicos que se juzgue conveniente por las partes, según los
temas a tratar.
La Comisión
de Seguimiento tendrá las funciones siguientes:
a.
Aprobar y evaluar el Programa de Actuaciones del Convenio, proponiendo,
cuando sea necesario, las variaciones que se consideren oportunas.
b.
Realizar informes y propuestas sobre la ejecución de los trabajos
c.
Resolver cualquier cuestión que se plantee en la interpretación y
ejecución del Convenio.
d.
Redactar y proponer a las partes las adendas correspondientes a los
distintos aspectos del desarrollo de las actuaciones previstas que impliquen
incremento del gasto inicialmente aprobado.
e.
Cualesquiera otras cuestiones que las partes consideren adecuadas.
Para
efectuar un correcto seguimiento y la evaluación adecuada de las actividades
que se hagan como consecuencia de este Convenio, se podrá elaborar, previo
acuerdo de las partes, un Informe de progreso anual y un Informe de resultados
al final del convenio.
Los
acuerdos de la Comisión de seguimiento se regirán por lo dispuesto en la Lay
40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para los
Órganos Colegiados, concretamente los art. 15 al 18, de la precitada Ley.
La Comisión
se considerará válidamente constituida si están presentes al menos tres
miembros vocales o suplentes de los cuatro integrantes de la misma. Las
decisiones de la Comisión de seguimiento se tomarán por unanimidad
DIRECCIÓN
GENERAL DE SOSTENIBILIDAD
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.1-ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Adquisición de Vehículos de Movilidad Personal.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Fomento sostenible de un trasporte de personas
que disminuya la contaminación acústica, lumínica y atmosférica, en un nuevo
marco de movilidad sostenible.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Ciudadanos particulares mayores de
edad que realizan desplazamientos urbanos y que por tanto son sujetos
principales del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS).
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayuda a la adquisición de
determinados medios de transportes impulsados por energía eléctrica para el
fomento de transporte sostenible, bicicletas, bicicletas eléctricas,
monitorización eléctrica de bicicletas, motocicletas eléctricas y vehículos
eléctricos, que impulse la sustitución de vehículos contaminantes por otros con
menor impacto medio ambiental, que por un lado reduzcan la contaminación y por
otro implique un cambio en el modelo de movilidad urbana, buscando la
sostenibilidad ambiental.
Se pretende
conseguir la participación de las personas que realizan desplazamientos urbanos
mediante vehículos, en la utilización de vehículos menos contaminantes que los
que utilizan motores de combustión para su impulso. Conjugando así la búsqueda
de una menor contaminación urbana derivada del tráfico vehicular, con unos
flujos adecuados en el modelo de movilidad existente.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/13400/78000 -
Subvención PMUS Bicicletas
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención mediante concurrencia no competitiva.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
- Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
- Evaluación: No se precisará
memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.2-RENOVACIÓN
FLOTA DE TAXIS DE MELILLA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Renovación flota de taxis de Melilla.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvención para la renovación de la flota de
taxis de Melilla. Incidencia en objetivos estratégicos El objeto de este
programa es colaborar con los gastos ocasionados con motivo de la adquisición
por parte de los titulares de las licencias de autotaxis en la ciudad de
Melilla de los vehículos más antiguos de esta flota, sustituyéndolos por
vehículos más nuevos, menos contaminantes y más accesibles, que incluya así
mismo compromiso de sustitución del vehículo subvencionado antes de los 15 años
de uso del mismo, con el fin de fomentar un trasporte sostenible, siempre que
cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: El sector al que se dirige la ayuda
son aquellos particulares o empresas titulares de la licencia correspondiente
de taxi en la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La necesidad de que el
parque de vehículos de la ciudad sea menos contaminante, y dentro de este los
que corresponden al servicio público de autotaxis, tiene una relación directa
con la sostenibilidad del Medio Ambiente, por ello desde la Consejería de
Coordinación y Medio Ambiente se estima la conveniencia de facilitar el acceso
de los mismos a la adquisición de vehículos no contaminantes, con la intención
de mejorar la calidad de vida de los propios melillenses.
Siguiendo
con la misma línea de actuación, la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la
Consejería competente en materia de Movilidad y Medio Ambiente, con el fin de
lograr una mayor accesibilidad de los ciudadanos melillenses a un trasporte no
contaminante, pone en marcha el presente Programa de ayudas, que trata de
sustituir los vehículos auto taxi actuales por otros nuevos, menos
contaminantes y más accesibles.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/44120/78000-
Subvención Taxis.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención mediante Concurrencia Competitiva.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
- Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
- Evaluación: No se precisará
memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.3-COMPENSACIÓN DÉFICIT TARIFARIO COA.
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Compensación déficit tarifario COA.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvención a Cooperativa Ómnibus Automóviles de
Melilla (COA, Transporte colectivo urbano), destinada a sufragar gastos de
explotación de los ejercicios en curso.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Se dirige al Transporte colectivo
urbano, Cooperativa Ómnibus de Automóviles de Melilla (COA)
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El servicio público de
transporte es un servicio esencial, social y estratégico que se presta a la
ciudadanía, siendo obligación para las instituciones de la Ciudad Autónoma
ejercer sus potestades con los siguientes objetivos básicos entre otros: la
mejora de las condiciones de vida, el fomento de la calidad de vida mediante la
protección de la naturaleza y del medio ambiente, el desarrollo de los
equipamientos sociales y la realización de un eficaz sistema de comunicaciones
que potencie los intercambios humanos, culturales y económicos.
Que el
transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales en la
política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar niveles de
comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los ciudadanos
Se trata de
una subvención nominativa incluida en los Presupuestos Generales de la CAM para
incluyendo el déficit tarifario de los 6 primeros meses de 2024, fecha en que
se prevé la entrada en vigor del próximo contrato. Está destinada a sufragar
gastos de explotación del presente ejercicio 2023 que no estén cubiertos por
los ingresos ordinarios y con subvenciones de otros entes, o a sufragar el
déficit en el servicio que arrastra la beneficiaria desde 2007.
Consta
Informe de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad que pone de
manifiesto que la COA sigue prestando actualmente el servicio de trasporte
colectivo urbano.
Asimismo,
por sentencia 182/2017 del Juzgado Contencioso Administrativo nº1 de Melilla se
reconoce la vinculación de dicha empresa al servicio, así como determina la
obligación de sufragar por la CAM el déficit de explotación obtenido por la COA
en la prestación del servicio de transporte colectivo urbano de viajeros.
La
Secretaria Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad con
fecha 6 de octubre de 2017 emite informe en el que hace constar que la Ciudad
Autónoma de Melilla ejerce competencias sobre su territorio en materia de
“transporte público de viajeros” (art. 25.2 letra g).
El servicio
público de transporte es un servicio esencial, social y estratégico que se
presta a la ciudadanía, siendo obligación para las instituciones de la Ciudad
Autónoma ejercer sus potestades con los siguientes objetivos básicos entre
otros: la mejora de las condiciones de vida, el fomento de la calidad de vida
mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente, el desarrollo de
los equipamientos sociales y la realización de un eficaz sistema de
comunicaciones que potencie los intercambios humanos, culturales y económicos.
Que el
transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales en la
política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar niveles de
comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los ciudadano.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 1.000.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/44110/47900-
Subvención compensación déficit tarifario COA.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención mediante Concurrencia Competitiva.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Compatibilidad: La subvención será compatible con otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier
Administración o Ente Público, siempre que no rebase el costo de la actividad
subvencionada (prestación del servicio)
d.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
a.
Plazo y forma de justificación: La rendición de
cuenta justificativa se hará de acuerdo con lo establecido en el art. 30.2 de
la Ley General de Subvenciones. Su presentación se realizará como máximo, en el
plazo de tres (3) meses, una vez finalizado el presente ejercicio
presupuestario 2023.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.4-CONVENIO UGR ESTUDIOS ESPECIES Y HÁBITATS
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Convenio UGR Estudios especies y hábitats.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
A.- La
realización de estudios y planes para la valoración y seguimiento del estado de
conservación medioambiental de los espacios naturales y especies de flora y
fauna con estatus de protección oficial, en el litoral y zonas ZEC del
territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.
1º.- La
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la presencia en su territorio de dos zonas
de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la
marítimo-terrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del
Rio Nano; está obligada al seguimiento y conservación de dichas zonas, tanto de
los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies
presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE),
habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas
dentro del contexto general de España, por la situación geográfica
norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias
sub-áridas. No obstante, la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta
con personal cualificado para acometer los estudios mencionados, de ahí la
necesidad de contar con la colaboración y apoyo de expertos universitarios en
esta materia específica.
2º.- Que la
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de
sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos
servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de
su comunidad vecinal en materia de Protección del Medio Natural, a través de la
Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el
Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la
modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías
de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) y está
interesada en el estudio de las especies más reseñables así como de los estados
de conservación y calidad de los hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral
melillense, requiriendo para ello de la colaboración de instituciones
universitarias ampliamente acreditadas en ese campo.
B.- Gestión
de los hábitats y especies protegidas.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La Universidad de Granada,
apoyada en múltiples estudios previos, dispondrá de un estudio completo con
inventarios, censos, densidades y planos bionómicos de las especies más
reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats
mencionados que, desde el ámbito académico, podrá ser utilizado tanto para su
difusión, investigación o base científica para la elaboración de distintos
Planes de Conservación, como para su utilización didáctica-formativa y de
divulgación medioambiental.
Participación
de la Universidad de Granada en la gestión de las especies y hábitats
protegidos, limitando su coste en comparación con el importe que supondría la
gestión directa de los mismos por la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo
tiempo que estos estudios se realizan por personal investigador con amplia
experiencia.
Seguimiento
y conservación de zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red
Natura 2000 Europea, la marítimo y terrestre de los Acantilados de Aguadú y la
terrestre del Barranco del rio Nano, tanto de los hábitats protegidos,
recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la
Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la
particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto
general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por
su clima mediterráneo de tendencias subáridas.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17200/45300-
Convenio UGR estudio especies y hábitats.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la UGR.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación
mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural
dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del
importe otorgado con los informes ambientales y planes de gestión realizados en
cada ejercicio.
-Seguimiento:
Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
-Evaluación:
No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.5-AYUDAS DESTINADAS AL ESTUDIO DE LA AVIFAUNA Y FLORA
EN LA CIUDAD DE MELILLA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayudas destinadas al estudio de la Avifauna y
flora en la Ciudad de Melilla.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Actuación
con la Entidades especializadas en el estudio de Avifauna y flora en la Ciudad
Autónoma de Melilla con el fin de realizar:
A.- Fomento
del estudio de la Avifauna de la Ciudad Autónoma de Melilla para la
implementación de medidas que fomenten la conservación de la biodiversidad
local.
1. - La Ley
42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad y la Ley
33/2015 de 21 de septiembre que la modifica, cuyo objetivo es garantizar la
biodiversidad mediante la conservación del hábitat natural y de la fauna y
flora silvestres, establece la obligación de realizar, en virtud de su artículo
17, una evaluación del estado de conservación de las especies y los tipos de
hábitat de interés comunitario. Al mismo tiempo, la Directiva Aves (2009/147/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo) obliga a todos los Estados a tomar todas
las medidas necesarias para mantener o adaptar las poblaciones de todas las
especies de aves al nivel que corresponda, en particular, a las exigencias
ecológicas científicas y culturales, habida cuenta de las exigencias económicas
y recreativas. La Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad pretende
conocer el estado de la avifauna de la Ciudad mediante la puesta en marcha del
Estudio de Aves Invernantes en la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que además sirva
de base científica para de la confección del futuro Atlas de la Avifauna de la
Ciudad. Actualmente la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural no cuenta
con los medios técnicos ni humanos para acometer el desarrollo de un proyecto
que implica contar con un equipo multidisciplinar, y con experiencia en este
tipo de trabajos.
2º.- Que la
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de
sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos
servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de
su sociedad en materia de Protección del Medio Natural, a través de la
Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el
Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la
modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías
de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019).
B.- Conocer
de manera pormenorizada la distribución espacial de las aves que nidifican en
la Ciudad Autónoma de Melilla. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades Conservacionistas con
experiencia en este tipo de estudios.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayudas destinadas al
estudio de la Avifauna y flora en la Ciudad de Melilla.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17203/22699-
Sensibilización y Concienciación Ambiental.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención mediante concurrencia competitiva.
b.
Forma de concesión: Convenio con la UGR.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación
mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural
dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del
importe otorgado con los justificantes de gastos.
-Evaluación:
No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.6-CONCIENCIACIÓN
E INFORMACIÓN A LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Concienciación e información a la protección de
la naturaleza en la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
·
Con esta actuación se pretende el fomento de la
participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de
conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio
ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades jurídicas públicas o
privadas, sin ánimo de lucro, que tengan sede o delegación en la Ciudad
Autónoma de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER Entre sus objetivos se
encuentran:
·
Acciones que fomenten la conciencia ambiental de la ciudadanía a través
de actividades de sensibilización, información y concienciación medio
ambiental.
·
Acciones que incrementen los niveles de conocimiento de la ciudadanía
para promover alternativas a los problemas ambientales urbanos.
·
Acciones para la capacitación de la población para adoptar estilos de
vida y tomar decisiones que sean respetuosas con el medio ambiente.
·
Acciones encaminadas a la prestación de apoyo y colaboración ciudadana
con los servicios municipales y entidades públicas para la mejora continua de
la calidad de los servicios públicos fomentando criterios ambientales en sus
actuaciones.
·
La lucha contra el cambio climático reducción de la contaminación.
·
La economía circular, la prevención y adecuada gestión de los residuos.
·
El ahorro y el uso racional, eficiente y compatible con la conservación
del medio ambiente del agua, la energía y los recursos naturales.
·
El conocimiento y el cuidado de la diversidad biológica de la Ciudad de
Melilla.
Con esta
actuación se pretende el fomento de la participación ciudadana en la mejora del
entorno natural y la ampliación de conocimientos de las temáticas y problemas
de la conservación del medio ambiente y la protección de la biodiversidad en la
Ciudad de Melilla.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17203/22699-
Sensibilización y Concienciación Ambiental.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención mediante concurrencia no competitiva.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación
mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de
Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes
de gastos.
-Seguimiento:
Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
-Evaluación:
Memoria debidamente firmada de la actuación realizada según lo que se disponga
en las Bases Reguladoras y en la Orden de la Convocatoria.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.7-SUBVENCIÓN
ONG´S PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: La realización de estudios y planes para la
valoración y seguimiento del estado de conservación medioambiental de los
espacios naturales y especies de flora y fauna con estatus de protección
oficial, en el litoral y zonas ZEC del territorio de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Con esta actuación se pretende el fomento de la
participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de
conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio
ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Ong’s dedicadas a la protección de la
naturaleza e instituciones universitarias acreditadas en el campo de protección
a la naturaleza.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
1º.- La
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la presencia en su territorio de dos zonas
de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la
marítimo-terrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del
Rio Nano; está obligada al seguimiento y conservación de dichas zonas, tanto de
los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies
presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE),
habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas
dentro del contexto general de España, por la situación geográfica
norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias
sub-áridas. No obstante, la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta
con personal cualificado para acometer los estudios mencionados, de ahí la
necesidad de contar con la colaboración y apoyo de expertos universitarios en
esta materia específica.
2º.- Que la
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de
sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos
servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de
su comunidad vecinal en materia de Protección del Medio Natural, a través de la
Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el
Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la
modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías
de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) y está
interesada en el estudio de las especies más reseñables así como de los estados
de conservación y calidad de los hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral
melillense, requiriendo para ello de la colaboración de instituciones
universitarias ampliamente acreditadas en ese campo.
B.- Gestión
de los hábitats y especies protegidas. Subvención ONG'S Protección a la
naturaleza.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 50.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17200/48000-
Subvención a ONG’S Protección Naturaleza.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención mediante concurrencia no competitiva.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación
mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural,
dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad, de la justificación del
importe otorgado con los justificantes.
- Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
- Evaluación: Se precisará
memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.8-SUBVENCIÓN
FOMENTO IMPLANTACIÓN EMAS
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención fomento implantación EMAS.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta convocatoria tiene como base al Real Decreto
477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las
comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la
ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al
almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de
sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este real decreto tiene por objeto
la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones reguladas por el
mismo, a las que habrán de sujetarse las comunidades autónomas y ciudades de
Ceuta y Melilla beneficiarias respecto de las convocatorias de ayudas y/o
inversiones directas que efectúen, de acuerdo con lo establecido en este real
decreto. Asimismo, este real decreto tiene por objeto aprobar los programas de
incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías
renovables. La finalidad de este real decreto es cumplir con los objetivos del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en cuanto al despliegue e
integración de las energías renovables, así como el almacenamiento con fuentes
de energía renovable, contribuyendo con ello a la «descarbonización» de
distintos sectores de la economía, así como a la consecución de los objetivos
fijados por el PNIEC 20212030 y la Estrategia de Almacenamiento Energético.
Este programa está dotado inicialmente con un presupuesto máximo de 660
millones de Euros para toda España, con cargo a la aplicación presupuestaria
23.50.420B.748 «Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia
energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de
la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2021.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas y particulares.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Que las
empresas y organizaciones con esta subvención puedan implantar un sistema de
gestión ambiental que les permita evaluar, gestionar y mejorar los impactos
ambientales, asegurando así un comportamiento excelente en este ámbito.
Las
organizaciones reconocidas con el EMAS -ya sean compañías industriales,
pequeñas y medianas empresas, organizaciones del sector servicios,
administraciones públicas, etc.- tienen una política ambiental definida, hacen
uso de un sistema de gestión medioambiental y dan cuenta periódicamente del
funcionamiento de dicho sistema a través de una declaración medioambiental
verificada por organismos independientes. Estas entidades son reconocidas con
el logotipo EMAS, que garantiza la fiabilidad de la información dada por dicha
empresa.
Los efectos
que se pretenden conseguir se encuentran los siguientes:
Todas las
instalaciones acogidas a cualquier programa de incentivos aprobado por estas
bases, excepto la tipología de Biomasa aparatos de calefacción local del
programa 6, deberán contar con un sistema de monitorización de la energía
eléctrica o térmica producida por la instalación objeto de subvención. Las
funcionalidades de este sistema serán las siguientes: - Este sistema deberá
mostrar como mínimo la producción energética renovable en términos diario,
mensual y anual, y el correspondiente consumo energético para los mismos
periodos. - Adicionalmente a lo anterior, el sistema podrá mostrar datos
adicionales como, por ejemplo: emisiones de CO2 evitadas y ahorro económico
generado para el propietario de la instalación. - Deberá existir una pantalla
en un lugar visible que muestre estos datos de forma actualizada. Esto será de
aplicación a todos los programas excepto para las actuaciones en el sector
residencial incluidas en los programas de incentivos 4, 5 y 6.
-Adicionalmente
a lo anterior, para cualquier actuación, esta misma información deberá ser
accesible a través de dispositivo móvil.
La biomasa
cumplirá los criterios de sostenibilidad establecidos en los artículos 29 a 31
de la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de
diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes
renovables, así como los correspondientes actos delegados y de ejecución.
Estarán
incluidos en estas ayudas los siguientes programas:
a.
Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo,
con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin
almacenamiento.
b.
Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo,
con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía,
con o sin almacenamiento.
c.
Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en
instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes
en el sector servicios y otros sectores productivos.
d.
Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo,
con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las
administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
e.
Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en
instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes
en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
f.
Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías
renovables térmicas en el sector residencial.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17201/48000-
Subvención Fomento Implantación EMAS.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención mediante concurrencia competitiva.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación
mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de
Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los
justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
-Seguimiento:
Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos.
-Evaluación:
No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.9-SUBVENCIÓN
EFICIENCIA ENERGÉTICA CEIP ENRIQUE SOLER
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención Eficiencia Energética CEIP ENRIQUE
SOLER.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta Línea tiene como base al Real Decreto
737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para
actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, para la
Ciudad Autónoma de Melilla. Asimismo, las ayudas reguladas por este programa
tienen carácter singular, derivado de la necesidad de implementar diversos
instrumentos que incentiven la movilización de las inversiones necesarias para
la renovación exhaustiva y rentable de edificios residenciales y comerciales,
con el fin de mejorar el rendimiento energético del parque inmobiliario y
reducir su consumo de energía final, contribuyendo activamente a la
sostenibilidad ambiental, mediante la reducción del nivel de emisiones de
dióxido de carbono (CO2), la cohesión social y la mejora de la calidad de vida
de los ciudadanos en los espacios urbanos.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: CEIP Enrique Soler.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Su objetivo
es la ayuda para la implantación e instalación de placas solares, baterías
solares o de sistemas de aerotermia, que tengan como fin el autoconsumo o la
eficiencia energética.
Las ayudas
se destinarán a actuaciones en edificios completos existentes en Melilla,
concretamente edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario,
docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley
38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
Con estas
ayudas se pretende conseguir y justificar una reducción del consumo de energía
final y de las emisiones de dióxido de carbono con respecto a su situación de
partida, y cumplir con las condiciones establecidas por estas bases. El ahorro
de energía final a nivel de usuario final se justificará mediante uno de los
métodos de cálculo del anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de
2012.
El ahorro
de energía final conseguido por las actuaciones acogidas a este programa será
computado a efectos del cumplimiento de los objetivos de ahorro de energía
final del artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de octubre.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17210/78002-
Subvención eficiencia energética CEIP Enrique Soler.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención Directa.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación
mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de
Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes
de gastos.
Subvención
Prepagable.
-Seguimiento:
Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
-Evaluación:
No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.10-SUBVENCIÓN
EFICIENCIA ENERGÉTICA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención EFICIENCIA ENERGETICA.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: La finalidad de esta subvención es cumplir con
los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en cuanto
al despliegue e integración de las energías renovables, así como el
almacenamiento con fuentes de energía renovable, contribuyendo con ello a la
«descarbonización» de distintos sectores de la economía, así como a la
consecución de los objetivos fijados por el PNIEC 20212030 y la Estrategia de
Almacenamiento Energético.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser destinatarios últimos de
las ayudas previstas en estas bases, conforme a lo previsto en las mismas,
cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación, para cada tipología
de actuación, siempre que tengan residencia fiscal en España:
a.
Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que
sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
b.
Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de
propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme
a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de
Propiedad Horizontal.
c.
Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios,
que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no
hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal. BOME Número
5850 Melilla, Viernes 9 de abril de 2021 Página 827 BOLETÍN: BOME-B-2021-5850
ARTÍCULO: BOME-A- 2021-317 PÁGINA: BOME-P-2021-827 CVE.
d.
Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios,
que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a largo plazo con la
propiedad, que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma
objeto de la actuación a incluir en el Programa.
a.
como empresa de servicios energéticos y la inversión realizada.
b.
Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el sector público
institucional de cualesquiera administraciones públicas a que se refiere el
artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
c.
Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de
energía, según definición de la Directiva 2018/2001 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía
procedente de fuentes renovables, y de la Directiva 2019/944 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el
mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva
2012/27/UE, respectivamente, así como del artículo 4 del Real Decreto-ley
23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y
en otros ámbitos para la reactivación económica.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Para las
actuaciones subvencionables, se deberá prever que, en cómputo anual, la suma de
la energía eléctrica consumida por parte del consumidor o consumidores
asociados a la instalación objeto de ayuda sea igual o mayor al 80 % de la
energía anual generada por la instalación.
Las
actuaciones subvencionables dentro del programa de las tecnologías solar
térmica, biomasa, geotérmica, hidrotérmica o aerotérmica (exceptuando las
tecnologías aire-aire) para climatización y/o agua caliente sanitaria en
viviendas. Las instalaciones realizadas deberán cumplir, cuando corresponda,
con los requisitos establecidos en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de
los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, así
como cualquier otra normativa que les sea de aplicación. En el caso de las
bombas de calor accionadas eléctricamente deberán tener un SPF superior a 2,5.
F. En el caso de las instalaciones de biomasa para climatización o ACS
(incluidas dentro del programa de incentivos 6).
Las
instalaciones de esta tipología deberán lograr una reducción de las emisiones
de gases de efecto invernadero de al menos un 80 % a fin de que se alcance un
«Coeficiente
para el cálculo de la ayuda a los objetivos climáticos» del 100 %, de acuerdo
con lo establecido el Anexo VI del el Reglamento (UE) 2021/241 por el que se
establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
La
finalidad de esta subvención es:
a.
Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
b.
Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las
instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración,
ventilación y agua caliente sanitaria.
c.
Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
El ahorro
de energía final conseguido por las actuaciones acogidas a este programa será
computado a efectos del cumplimiento de los objetivos de ahorro de energía
final del artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de octubre.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17210/78009-
Subvención eficiencia energética.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Concurrencia Competitiva
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación
mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de
Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes
de gastos.
Subvención
Prepagable.
-Seguimiento:
Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
-Evaluación:
No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
11-PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DE CONCIENCIACIÓN,
SENSIBILIZACIÓN E INFORMACIÓN AMBIENTAL
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Promoción de actividades de concienciación,
sensibilización e información ambiental.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Promoción de actividades de concienciación,
sensibilización e información ambiental.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Las ayudas van destinadas a las
entidades jurídicas públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que tengan sede o
delegación en la Ciudad Autónoma de Melilla y estén legalmente constituidas e
inscritas en el Registro correspondiente a su naturaleza fiscal, a la fecha de
la convocatoria y que reúnan los requisitos previstos en las Bases.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Las ayudas
tienen como objeto la promoción programas de actividades de concienciación,
sensibilización e información ambiental en la Ciudad Autónoma de Melilla entre
las que se encuentran:
·
Acciones que fomenten la conciencia ambiental de la ciudadanía a través
de actividades de sensibilización, información y concienciación medio
ambiental.
·
Acciones que incrementen los niveles de conocimiento de la ciudadanía
para promover alternativas a los problemas ambientales urbanos.
·
Acciones para la capacitación de la población para adoptar estilos de
vida y tomar decisiones que sean respetuosas con el medio ambiente.
·
Acciones encaminadas a la prestación de apoyo y colaboración ciudadana
con los servicios municipales y entidades públicas para la mejora continua de
la calidad de los servicios públicos fomentando criterios ambientales en sus
actuaciones.
·
La lucha contra el cambio climático reducción de la contaminación.
·
La economía circular, la prevención y adecuada gestión de los residuos.
·
Se pretende la mejorar la participación
ciudadana en el ámbito del medio ambiente en la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 50.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17203/22699-
Sensibilización y Concienciación Ambiental.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Concurrencia Competitiva.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación
mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de
Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes
de gastos.
Subvención
Prepagable.
-Seguimiento:
Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
-Evaluación:
No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.12-AYUDA A LA RETIRADA DE MATERIALES QUE CONTIENEN
FIBROCEMENTO EN INSTALACIONES Y EMPLAZAMIENTOS PRIVADOS.
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la retirada de materiales que contienen
fibrocemento en instalaciones y emplazamientos privados.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
En España
la utilización y comercialización del
amianto está prohibida desde 2002 tras la Orden
ministerial del 7 de diciembre de 2001 por la que se modifica
el anexo I del Real
Decreto 1406/1989, de 10 de noviembre, sobre limitaciones a
la comercialización y al uso de ciertas sustancias y preparados peligrosos. En
cambio, muchos edificios y elementos industriales construidos en fechas
anteriores a su prohibición aún contienen amianto.
Además, el Parlamento
Europeo en 2013 estableció una resolución instando a la UE a
"supervisar la presencia de amianto en edificios públicos y privados"
y a crear "planes de acción para su eliminación segura" antes del año
2028, así como indica el Parlamento realizar un registro de edificios que
contienen amianto. En esta resolución, entre otras propuestas importantes:
insta a la UE a que realice: “una evaluación de impacto y análisis de costes y
beneficios de la posibilidad de crear planes de acción para la eliminación
segura del amianto de los edificios públicos”.
Con la
aprobación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular, se recoge en su disposición adicional decimocuarta
la obligación de los ayuntamientos de elaborar un censo de instalaciones y
emplazamientos con amianto incluyendo un calendario que planifique su retirada.
Dentro de estas instalaciones se recogen tanto públicas, como privadas.
Los riesgos
derivados del amianto están producidos por la inhalación de las fibras de
amianto, siendo las de menor tamaño las que alcanzan las vías aéreas
inferiores. La longitud y configuración de las fibras (pequeño tamaño y forma
larga y delgada) influye en su capacidad de penetración en las vías
respiratorias, ya que pueden permanecer en suspensión en el aire durante mucho
tiempo y por lo tanto poder ser respiradas.
Una vez
dentro de los pulmones, los mecanismos de defensa del organismo tratan de
descomponerlas y expulsarlas, siendo muchas las fibras de amianto que consiguen
quedarse en el cuerpo y permanecer en él durante mucho tiempo.
El amianto
(en todas sus variedades) está clasificado según la Legislación Española como
cancerígeno de primera categoría, es decir, "sustancias que se sabe, son
carcinógenas para el hombre".
Por orden
número 249 del 20 de octubre de 2023, se crea el censo de instalaciones y
emplazamientos públicos y privados que contienen amianto.
Con el fin
de poder contar con toda la información necesaria para el censo municipal, a la
par de que se previenen problemas para la salud de los propios ciudadanos, se
decide establecer una convocatoria para la retirada de este material en
instalaciones y emplazamientos privados.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estas ayudas se dirigen a los
titulares de una edificación, instalación o emplazamiento privado que cuente
con amianto y esté inscrita en el censo municipal existente.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Con esta
actuación se pretende contar con la información actualizada en el censo de la
ciudad, a la par de que se facilita la retirada de este material peligroso,
reduciendo el riesgo para la salud humana.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 Pendiente de
Asignar.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención mediante concurrencia no
competitiva.
b.
Forma de
concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación
mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de
Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes
de gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de
Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Control de la Contaminación
Ambiental.
-Seguimiento:
Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad
5- CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL
MAYOR |
A-
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y PATRIMONIO CULTURAL
Objetivos
estratégicos:
Facilitar
medios para el desarrollo de sus actividades y estructura interna a las
organizaciones cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de
sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música,
teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía,
etc., así como impartir conferencias, charlas o cursos sobre cualquier aspecto
relacionado con la cultura, o bien facilitar los medios a entidades que tengan
entre sus fines el fomento, la conservación o enriquecimiento del patrimonio
histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico
y etnológico para la realización de actividades que le son propias, en
aplicación de lo establecido en el artículo 21.1.14 y 15 de la Ley Orgánica
2/95, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD
ISRAELITA DE MELILLA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones
Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus
manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de instalaciones,
fomento de la cultura hebrea, integración social de los miembros de la
comunidad israelita, educación y, en general, la promoción y estímulo de los
valores de comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la
población melillense.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y patrimonio cultural
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 120.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/92406/48000-
Subvención Comunidad Israelita
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Comunidad Israelita.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.2- CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD HINDÚ
DE MELILLA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y
religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y
tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de
comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población
melillense.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 20.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/92407/48000-
Subvención Comunidad Hindú.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la
vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Hindú de Melilla
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Comunidad Hindú
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.3- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMISIÓN
ISLÁMICA DE MELILLA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones
Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o
la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas
que integran el patrimonio de la Ciudad en
cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de reparación de
mezquitas de la Ciudad, dotación ala Comisión de los medios materiales y
personales para contar con una administración eficiente de la misma, ayudas a
los más necesitados, congregaciones y contratación de servicios externos
necesarios para el correcto funcionamiento de la comunidad.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 275.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/92412/48000-
Subvención Comisión Islámica
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Comisión Islámica de Melilla
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Comisión Islámica.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.4- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD
MUSULMANA DE MELILLA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y
religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y
tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de
comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población
melillense.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/92413/48000-
Subvención Comunidad Musulmana
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Musulmana de Melilla
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
aportados por la Comunidad Musulmana.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.5- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
ISLÁMICA “BADR”
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales,
juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento de ayudas a colectivos vulnerables.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio para el desarrollo del programa
“Habitat” de alojamiento temporal y ayudas sociales a familias y colectivos
vulnerables.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 200.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/23126/48001-
Convenio Asociación “BARD”
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Asociación Islámica "Badr”
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Islámica "Badr”.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.6- CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA SOCIEDAD
CULTURAL AMIGOS DE LA MÚSICA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de fomento de la cultura musical en
todas sus formas.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 22.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33408/48900-
Convenio Sociedad Cultural de Amigos de la Música.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Sociedad Cultural Amigos de la
Música
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Sociedad Cultural Amigos de la Música.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.7- CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
BANDA DE MÚSICA, ORQUESTA SINFÓNICA Y CORO “CIUDAD DE MELILLA”
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones
Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento
o la realización de actividades
relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de la Ciudad.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar las actividades musicales que
enriquezcan culturalmente a la ciudadanía melillense
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 400.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33409/48900-
Convenio Asociación Banda de Música, Orquesta, Sinfónica y Coro “Ciudad de
Melilla”
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Asociación Banda de Música, Orquesta
Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla”
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Banda de Música, Orquesta Sinfónica y Coro
“Ciudad de Melilla”.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.8- CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN NANA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Colaborar con entidades y Organizaciones de
ayuda a sectores desfavorecidos
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Desarrollo de actividades de integración de
personas en riesgo de exclusión.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 70.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/33410/48900-
Convenio Asociación NANA
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Asociación Nana
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Nana.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.9- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
OXÍGENO LABORATORIO CULTURAL
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de
la Ciudad.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Desarrollo de actividades e inmersión y
descubrimiento de diferentes formas de desarrollo cultural
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 40.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33410/48900-
Convenio Asociación Oxígeno Laboratorio Cultural
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Asociación Oxígeno Laboratorio
Cultural
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Oxígeno Laboratorio Cultural.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.10- CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL INSTITUTO DE CULTURA GITANA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de
la Ciudad.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: puesta en conocimiento protección y desarrollo de
la cultura gitana en Melilla
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 30.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33421/48902-
Convenio Instituto de Cultura Gitana.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con el Instituto de Cultura Gitana
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por el
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.11-CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
SOCIO-CULTURAL MEM GUÍMEL
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: OBJETICOS: Organizaciones
Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o
la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran
el patrimonio de la Ciudad en
cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y
religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y
tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de
comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población
melillense.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 60.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33403/48903-
Convenio Men Guímel
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Asociación Socio-Cultural Mem Guímel
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Socio-Cultural Mem Guímel.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.12-CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO LA
SALLE “EL CARMEN”
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: OBJETICOS: Organizaciones Culturales, juveniles,
sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de
actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio
de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Consejería de
Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor de la Ciudad Autónoma de Melilla y el
Colegio LA Salle “El Carmen” para el desarrollo del proyecto “Aulas
Interculturales”
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 20.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/33403/48905-
Convenio Aulas Interculturales Salle
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Colegio La Salle “El Carmen”
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por el Colegio La Salle “El Carmen”..
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.13-CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
CENTROS DE FORMACIÓN DE MELILLA.
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Colaborar y fomentar centros de formación de la
ciudad
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 30.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33425/48900-
Convenio ACEFOME
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Asociación Centros de Formación de
Melilla
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Centros de Formación de Melilla.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.14- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA AGRUPACIÓN DE
COFRADÍAS DE SEMANA SANTA DE MELILLA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones
Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o
la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas
que integran el patrimonio de la Ciudad en
cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan la riqueza
cultural y patrimonial relacionada con los pasos de la Semana Santa Melillense
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 130.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33405/48900-
Convenio Agrupación de Cofradías
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b)
Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Agrupación de Cofradías de Semana Santa de Melilla..
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.15- CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
ESCUELA DE FLAMENCO “CIUDAD DE MELILLA”
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones
Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan el arte
universal del flamenco en la ciudad
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 70.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/33403/48900-
Convenio Escuela Flamenco
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b)
Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Escuela de Flamenco “Ciudad de Melilla”..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.16- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
ESTUDIOS MELILLENSES
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan y conserven la
historia de la ciudad
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 18.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33414/48900-
Convenio Estudios Melillenses
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b)
Forma de concesión: Convenio con la Asociación Estudios Melillenses.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Estudios Melillenses.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.17- CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
MUSICAL Y CULTURAL AMAZIGH
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan la musica y
cultura amazigh.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 50.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33409/48000-
Convenio Asoc. Musical y Cultural Amazigh
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b)
Forma de concesión: Convenio con la Asociación Musical y Cultural
Amazigh..
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Musical y Cultural Amazigh..
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.18- CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA UNIVERSIDAD DE
GRANADA (AULA PERMANENTE DE FORMACIÓN ABIERTA)
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones
Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Aula permanente de formación abierta
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 21.500,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33404/48900-
Universidad de Granada (Aula Permanente de Formación Abierta)
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas.
Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b)
Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Universidad de Granada (Aula Permanente de Formación
Abierta)..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1
1.19- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA
DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA REAL ORDEN
FRANCISCANA CONGREGACIÓN DE NUESTRA SEÑORA VIRGEN DE LA VICTORIA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de
medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 35.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33406/48900-
Real Orden Franciscana Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Real Orden Franciscana Congregación de
Nuestra Señora Virgen de la Victoria
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Real Orden Franciscana Congregación de Nuestra Señora Virgen
de la Victoria..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.20- CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DEMELILLA Y EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de
medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33407/48000-
Convenio COACAM
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con el Colegio Oficial del Arquitectos
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Colegio Oficial de Arquitectos de la Ciudad Autónoma de
Melilla..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.21- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO OFICIAL
DE ARQUITECTOS TÉCNICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones
Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de
sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de
medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33408/48000-
Convenio Col. Oficial Arq. Técnicos
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con el Colegio Oficial del Arquitectos Técnicos
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.22- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
COMENZAMOS
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de
medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33404/48000-
Convenio Comenzamos.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Asociación Comenzamos
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Comenzamos.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.23- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL RUSADIR XXI
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de
medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 5.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33403/48907-
Convenio Rusadir XXI
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Asociacion Sociocultural Rusadir XXI
Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Sociocultural Rusadir XXI.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.24-CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
MELILLA PARA LA UNESCO
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones
Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de
medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/33423/48900-
Subvención Centro UNESCO Melilla
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Subvención Centro UNESCO Melilla
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Melilla para la UNESCO.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.25-CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
VOCES RESCATADAS
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de
medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33405/48000-
Convenio Voces Rescatadas
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Subvención Asociación Voces Rescatadas
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Voces Rescatadas.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.26- CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
MELILLENSE INCLUSIÓN ACTIVA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.
·
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de
medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 195.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33410/48000-
Convenio Asociación Melillense Inclusión Activa
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Asociación Melillense Inclusión Activa
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Melillense Inclusión Activa..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.27- SUBVENCIONES
A ASOCIACIONES DE ÍNDOLE CULTURAL DOMICILIADAS EN MELILLA
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomento del asociacionismo cultural de la Ciudad
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvenciones a asociaciones de índole cultural
domiciliadas en Melilla para la realización de actividades culturales y
festivas
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
·
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 100.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33401/48900-
Subvenciones Entidades Culturales
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Subvención
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por las asociaciones.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.28-SUBVENCIONES
CASAS REGIONALES DE MELILLA
·
OBJETIVO ESTRATÉGICO:
Facilitar medios a las entidades representativas de las distintas religiones y
culturas presentes en la Ciudad para su funcionamiento interno, realización de
actividades y/o mantenimientos de instalaciones, fomentando las actuaciones
relativas a la diversidad cultural de la población de la Ciudad de Melilla.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, patrimonio cultural y mayor
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de melillenses
organizados en diferentes regiones del País.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento
y promoción de actividades de las Casas Regionales.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024:
o
Subvención Casa De Melilla en Zaragoza: 15.669,00 €.
o
Subvención Casa De Melilla en Barcelona: 12.169,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Madrid: 12.119,00€
o
Subvención Casa De Melilla en Granada 22.169,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Sevilla: 14.669,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Almeria.. 15.669,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Valladolid: 14.619,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Malaga: 19.719,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Valencia: 14.279,00€
o
Subvención Casa De Melilla en Toledo: 8.919,00 €
o
Federación Nacional Casas de Melilla: 8.000 Euros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Subvención Casa De Melilla en Zaragoza : 03/92500/48910
o
Subvención Casa De Melilla en Barcelona: 03/92500/48906
o
Subvención Casa De Melilla en Madrid: 03/92500/48909
o
Subvención Casa De Melilla en Granada 03/92500/48903
o
Subvención Casa De Melilla en Sevilla: 03/92500/48904
o
Subvención Casa De Melilla en Almería. 03/92500/48911
o
Subvención Casa De Melilla en Valladolid: 03/92500/48908
o
Subvención Casa De Melilla en Málaga: 03/92500/48902
o
Subvención Casa De Melilla en Valencia: 03/92500/48905
o
Subvención Casa De Melilla en Toledo: 03/92500/48907
o
Federación Nacional Casas de Melilla: 03/92500/48901
·
APORTACIÓN DE OTROS
ENTES: No se
prevé para las
actividades concretas
subvencionadas.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
-Concesión
de subvenciones directas nominativa a cada una de las entidades
representativas, por los importes reseñados
-Fechas de
concesión previstas: Desde enero a junio.
-Mecanismos
de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.
-Mecanismo
de aplicación: Ley
General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de
la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento:
Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y
justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
B-
DIRECCIÓN GENERAL DE FESTEJOS Y DEL MAYOR
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL
CLUB DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS “LA AMISTAD"
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del
Mayor
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Del Mayor
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento
y promoción de actividades.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: ANUAL
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 18.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen. Fondos
de la Ciudad autónoma de Melilla.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 2024 04/33401/48900 CONVENIO CLUB DE
PENSIONISTAS Y JUBILADOS “LA AMISTAD". Importe: 18.000 €.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Concesión de subvención directa nominativa a CLUB DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS
“LA AMISTAD"
b.
Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los
presupuestos Generales de la CAM.
D.
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de
Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de
Colaboración
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento:
Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y
justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
CONVOCATORIA
PÚBLICA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE LAS PLAZAS DE VIAJES BALNEOTERAPÉUTICOS
PARA PERSONAS MAYORES, PENSIONISTAS Y/O JUBILADOS.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de viajes
balneoterapéuticos para residentes mayores de 60 años
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del
Mayor
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Del Mayor
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas mayores, pensionistas y/o
jubilados
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ofrecer a la ciudadanía
melillense, en concreto a personas mayores, pensionistas y/o jubilados una
experiencia de bienestar y salud en instalaciones de balnearios con acceso a
tratamientos termales y programas de relajación diseñados para mejorar su
calidad de vida y bienestar físico..
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: ANUAL
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 180.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen. Fondos
de la Ciudad autónoma de Melilla.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 2024 04/23102/22799 PRESTACIÓN DE SERVICIOS (ÁREA
DEL MAYOR). Beneficiarios: Personas mayores, pensionistas y/o jubilados. importe:
180.000,00 €
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de las plazas de
viajes balneoterapéuticos para personas mayores, pensionistas y/o jubilados
b.
Forma de concesión: Concesión de subvención en régimen de concurrencia pública
c.
Mecanismo de aplicación : Bases reguladoras y Convocatoria de aplicación.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Evaluación
mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de
Festejos y del Mayor de los requisitos que deben de cumplir los beneficiarios
de los viajes.
-Prestación
de servicios.
-Seguimiento:
Informes de la oficina de la Dirección General de Festejos y del Mayor.
Control
sobre la empresa adjudicataria encargada de la organización del viaje.
-Evaluación:
Evaluación: Número de beneficiarios de los viajes. Plazo de tramitación y pago.
Encuestas de satisfacción a los usuarios finales.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
CONVOCATORIA
PÚBLICA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE LAS PLAZAS DE VIAJES
SOCIOCULTURALES PARA PERSONAS MAYORES, PENSIONISTAS
Y/O JUBILADOS.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de viajes para
residentes mayores de 60 años
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del
Mayor
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Del Mayor
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas mayores, pensionistas y/o
jubilados
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Promover el
enriquecimiento cultural y social de los participantes a través de visitas a
lugares de interés histórico, artístico y cultural.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: ANUAL
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 400.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen. Fondos
de la Ciudad autónoma de Melilla.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 2024 04/23102/22799 PRESTACIÓN DE SERVICIOS (ÁREA
DEL MAYOR). Beneficiarios: Personas mayores, pensionistas y/o jubilados.
importe: 400.000,00 €
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de las plazas de
viajes socioculturales para personas mayores, pensionistas y/o jubilados
b.
Forma de concesión: Concesión de subvención en régimen de concurrencia pública
c.
Mecanismo de aplicación : Bases reguladoras y Convocatoria de aplicación.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Evaluación
mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de
Festejos y del Mayor de los requisitos que deben de cumplir los beneficiarios
de los viajes.
-Prestación
de servicios.
-Seguimiento:
Informes de la oficina de la Dirección General de Festejos y del Mayor.
Control
sobre la empresa adjudicataria encargada de la organización del viaje.
-Evaluación:
Evaluación: Número de beneficiarios de los viajes. Plazo de tramitación y pago.
Encuestas de satisfacción a los usuarios finales.
6-
CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE. |
A-
DIRECCIÓN GENERAL DE INSTALACIONES DEPORTIVAS
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
Y EL COLEGIO LA SALLE EL CARMEN PARA UTILIZACIÓN DE LAS PISCINA DE DICHO CENTRO
EDUCATIVO.
Convenio de
colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el colegio La Salle El
Carmen para la utilización de la piscina de dicho centro educativo por el
conjunto de los ciudadanos melillenses para la práctica del deporte de la
natación.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar el acceso de los melillenses a una
instalación deportiva singular y cuya demanda es muy elevada en la ciudad como
es una piscina cubierta climatizada.
·
OBJETIVPOS ESPECÍFICOS: Convenio de colaboración entre la Ciudad
Autónoma de Melilla y el colegio La Salle El Carmen para la utilización de la
piscina de dicho centro educativo por el conjunto de los ciudadanos melillenses
para la práctica del deporte de la natación.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Instalaciones Deportivas
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro educativo de La Salle El
Carmen, el único de la ciudad que cuenta con una piscina cubierta climatizada.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
·
Favorecer el acceso de los ciudadanos a una
instalación deportiva singular que cuenta con una elevadísima demanda por parte
de toda la población, la cual no puede ser satisfecha únicamente con las
instalaciones propiedad de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a
2026:
·
COSTES PREVISIBLES: 115.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 14/34114/48902
Colegio La Salle El Carmen Convenio uso piscina 115.000,00 €
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
Subvención directa con la vigencia del convenio
o
Forma de concesión: Convenio con el citado centro educativo.
o
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en el convenio
acordado por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Los
subvencionados deberán presentar una memoria de actuación justificativa del
cumplimiento del convenio y de las condiciones impuestas en la concesión de la
subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados
obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del
coste de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las
directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles
solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.
B- DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DEPORTIVA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA
DE MELILLA Y LOS DIFERENTES EQUIPOS MELILLENSES EN CATEGORÍA NACIONAL
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Participación de los equipos melillenses en
categoría nacional.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los distintos equipos melillenses en
categoría nacional, promocionando a deportistas y equipos melillenses.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Equipos melillenses que militan en
categoría nacional. La relación de los diferentes equipos puede variar de un
ejercicio a otro, en función de los ascensos y descensos deportivos que se
produzcan, así como los importes de las subvenciones.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Apoyar a los diferentes
clubes cuyos equipos militan en categoría nacional para el desarrollo ordinario
de sus actuaciones, con la finalidad de promover entre todos los melillenses
las diferentes modalidades deportivas, animando a su participación, así como
facilitando a la ciudadanía en general la posibilidad de disfrutar de un
espectáculo deportivo de alto nivel en nuestra ciudad.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a
2026.
·
COSTES PREVISIBLES: 8.525.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o Club
Melilla Baloncesto 14/34102/48000 1.110.000,00 €
o C.D.
Enrique Soler Plata 14/34120/48000 440.000,00 €
o C.D.
Enrique Soler EBA 14/34103/48000 120.000,00 €
o La Salle
Challenge 14/34118/48000 400.000,00 €
o La Salle 1ª
Nacional 14/34111/48000 65.000,00 €
o C. Voleibol
Melilla Masc 14/34105/48000 1.000.000,00 €
o C. Voleibol
Melilla Fem 14/34115/48000 215.000,00 €
o Club Virgen
de la Victoria 14/34112/48000 260.000,00 €
o U.D.
Melilla 14/34101/48000 3.000.000,00 €
o
Club Atlético Melilla Pte.
Asignar 250.000,00 €
o
U.D. Melilla Juvenil Pte.
Asignar 85.000,00 €
o
Rusadir C.F. F-11 Pte.
Asignar 60.000,00 €
o
Torreblanca 1ª Div 14/34119/48000 550.000,00 €
o
Torreblanca 2ª Div 14/34108/48000 150.000,00 €
o
Melistar 2ª A 14/34114/48000 500.000,00 €
o
Nueva Era 2ª B Pte.
Asignar 180.000,00 €
o
Rusadir C. F. F.S. Pte.
Asignar 50.000,00 €
o
Peña Real Madrid F.S 14/34113/48000 50.000,00 €
o
Club Olimpo Fénix Pte.
Asignar 40.000,00 €
o
TOTAL: 4.525.000.00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b)
Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en
el cuadro anterior.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una
memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las
condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las
actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán
presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades
realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la
Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que
el órgano gestor considere oportuna.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1- CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y OTRAS ENTIDADES
DEPORTIVAS Y DEPORTISTAS.
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Facilitar la práctica deportiva de diferentes
colectivos y deportistas melillenses.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los distintos equipos melillenses en
categoría nacional, promocionando a deportistas y equipos melillenses.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades deportivas y deportistas
melillenses, cuya práctica deportiva precisa, dada su singularidad, el
colectivo al que va dirigido o la dificultad para llevarla a cabo, de un apoyo
público para lograr su consecución.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Apoyar a las diferentes
entidades y deportistas de acuerdo a la siguiente descripción:
- Convenio Real Club Marítimo
para el fomento, promoción y desarrollo de los deportes náuticos
- Convenio Barco Ciudad de
Melilla para el desarrollo de una escuela de vela de crucero con jóvenes
melillenses y su participación en pruebas de nivel que complementen su
formación
- Convenio Aspanies para el
impulso, desarrollo y promoción de la actividad deportiva con personas con
diferentes capacidades intelectuales
- Convenio con la Asociación
Española Contra el Cáncer, para la promoción de la actividad deportiva con
personas y afectadas por esta enfermedad y sus familiares
- Convenio Asociación Carrera
Africana, para la organización y desarrollo de la Carrera Africana en Melilla
- Convenio Álvaro Martínez
Triatlón, para apoyar el desarrollo y participación en el ámbito internacional
de este triatleta
- Convenio Luis Miguel Ruiz,
para apoyar el desarrollo y participación en el ámbito internacional de este
triatleta
- Convenio Eduardo Calderay,
para apoyar el desarrollo y participación en el ámbito internacional de este
triatleta
- Convenio Diego Ortega Dakar,
para apoyar la participación de este melillense en la prueba internacional del
Dakar
- Convenio Escudería Delfi
Sport, para apoyar la participación de esta entidad melillense en la prueba
internacional del Dakar
- Convenio Motoclub Rally
Dakar, para apoyar la participación de esta entidad melillense en la prueba
internacional del Dakar
- Convenio Borja Pérez
Casimiro, para apoyar la participación de este melillense en la prueba
internacional del Dakar
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a
2026.
·
COSTES PREVISIBLES: 489.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Real Club Marítimo de Melilla 14/34122/48000 Fomento Náutica 40.000,00 €
o
Barco Ciudad de Melilla 14/34109/48000 Escuela de cruceros 70.000,00 €
o
Aspanies Deportes 14/34110/48000 Fomento
Act. Fïsica 35.000,00 €
o
Asoc. Española Contra Cáncer 14/34130/48000 Fomento Act. Física 25.000,00
€
o
Asoc. Carrera Africana 14/34132/48000 Organización Africana 100.000,00 €
o
Álvaro Martínez Triatlón 14/34127/48000 Participación Triatlón 15.000,00
€
o
Eduardo Calderay Triatlón 14/34128/48000 Participación Triatlón 15.000,00
€
o
Luis Miguel Ruiz Triatlón 14/34129/48000 Participación Triatlón 15.000,00
€
o
Diego Ortega Dakar 14/34131/48000 Participación
Dakar 15.000,00 €
o
Escudería Delfi Sport 14/34116/48000 Participación Dakar 97.000,00 €
o
Motoclub Rally Dakar 14/34117/48000 Participación
Dakar 52.000,00 €
o
Borja Pérez Dakar Pte. Asignar10.000,00
o
TOTAL: 489.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b)
Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en
el cuadro anterior.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una
memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las
condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las
actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán
presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades
realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la
Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que
el órgano gestor considere oportuna.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA
DE MELILLA Y LOS DIFERENTES EQUIPOS MELILLENSES EN CATEGORÍA NACIONAL
·
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Proporcionar a las entidades deportivas y
deportistas melillenses los recursos necesarios para promocionar la actividad
física y deportiva en Melilla, tanto a nivel federativo como de clubes como a
las entidades que no tienen fin competitivo, así como para la organización de
eventos deportivos en la ciudad y la participación en pruebas deportivas
singulares de los deportistas mientras continúan con su desarrollo deportivo.
·
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los distintos equipos melillenses en
categoría nacional, promocionando a deportistas y equipos melillenses.
·
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Federaciones, Clubes, resto de
entidades deportivas y deportistas.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
o
Apoyar a las entidades deportivas de Melilla y a los deportistas en el
desarrollo de su actividad.
o
Promocionar la práctica deportiva entre el conjunto de la población.
o
Favorecer la organización de eventos deportivos en Melilla.
o
Facilitar la participación de los deportistas melillenses en los
Campeonatos de España oficiales.
o
Mejorar la calidad de vida de los ciudadanos a través de la práctica
deportiva.
o
Incrementar la oferta deportiva de la ciudad.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a
2026.
·
COSTES PREVISIBLES: 2.270.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Federaciones
Melillenses |
14/34100/48000 |
Convoc. Federaciones 800.000,00 € |
o
Clubes Deportivos |
14/34100/48000 |
Convoc. Clubes 300.000,00 € |
o
Clubes y
Federaciones |
14/34100/48000 |
Convoc. Eventos 200.000,00 € |
o
Entidades
deportivas |
14/34100/48000 |
Convoc. no competitivas 150.000,00 € |
o
Clubes y
Federaciones |
14/34100/48000 |
Convoc. Desplazamientos 670.000,00 € |
o
Entidades
y deportistas |
14/34100/48000 |
Convoc.
proyectos deportivos singulares150.000,00 € |
TOTAL:
2.270.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en
el cuadro anterior.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una
memoria de actuación justificativa del cumplimiento de los objetivos y de las
condiciones impuestas en las bases reguladoras y en la concesión de la
subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados
obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del
coste de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las
directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles
solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.
C- DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA, ESPECIAL Y
EDUCACIÓN DE ADULTOS PÚBLICOS DE MELILLA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el mantenimiento y
conservación de centros públicos de educación infantil, primaria, especial y
educación de adultos de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centros sostenidos con fondos públicos
de Educación Infantil, Primaria, Especial y Educación de Adultos de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios a las
Centros Públicos y Concertados de Educación Infantil, Primaria, Especial y
Educación de Adultos de Melilla, para posibilitar su mantenimiento y
conservación y con ello su funcionamiento y el desarrollo de las actividades
docentes que le son propias.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a
la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la
existencia de las entidades subvencionadas y a la obligación legal que recae
sobre esta administración.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 461.100,36
€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Concesión de una subvención directa nominativa a cada Centro escolar público y
concertado de educación infantil, primaria, especial y educación de adultos por
importe variable en atención a número de líneas de alumnado.
b.
Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos
de esta Administración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento:
Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
-Evaluación:
Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro
Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
COLEGIOS DE
EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA CONCERTADOS Y PRIVADOS PARA OBRAS Y EQUIPAMIENTOS
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Dotar de equipamiento y realización de obras a
colegios de educación infantil y primaria concertados y privados.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centros privados / concertados de Educación
Infantil y Primaria de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar a las Centros
concertados / privados de Educación Infantil y Primaria de Melilla, la dotación
de equipamiento y realización de obras necesarias y con ello su funcionamiento
y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias. Todo ello en
atención a que el Ministerio de Educación y Formación Profesional no dota a
esos centros privados / concertados de equipamiento ni efectúa obras en los
mismos. Centros contemplados: CEIP La Salle el Carmen, CEIP Nuestra Señora del
Buen Consejo, CEIP Enrique Soler y Liceo Sefardí de Melilla.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a
la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la
existencia de las entidades subvencionadas y a la obligación legal que recae
sobre esta administración.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 155.000,00
€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Concesión de una subvención directa nominativa a cada Centro escolar
concertado/ privado de educación infantil y primaria por importe variable en
atención a número de líneas de alumnado. Centros contemplados: CEIP La Salle el
Carmen, CEIP Nuestra Señora del Buen Consejo, CEIP Enrique Soler y Liceo
Sefardí de Melilla.
b.
Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos
de esta Administración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la
pertinente documentación justificativa.
-Evaluación:
Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro
Gestor elaborará un informe/memoria sobre las subvenciones gestionadas por el
mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
ESCUELA DE BACHILLERATO ARTÍSTICO “MIGUEL
MARMOLEJO"
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de
actividades docentes propias a la escuela de bachillerato artístico Miguel
Marmolejo.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro docente de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios que
requiere el funcionamiento de una Escuela de Bachiller Artístico.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a
la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la
existencia de las entidades subvencionadas y a la obligación legal que recae
sobre esta administración.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 40.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Educación
y Formación Profesional
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14/32318/47000
Subvención directa gastos mantenimiento Escuela de Arte Miguel Marmolejo.
Importe 40.000€. Beneficiarios: Escuela de Arte Miguel Marmolejo.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Concesión de una subvención directa a Escuela de Bachiller Artístico Miguel
Marmolejo
b.
Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos
de esta Administración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento:
Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
-Evaluación:
Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro
Gestor elaborará un informe/memoria sobre las subvenciones gestionadas por el
mismo.
ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de
actividades docentes propias a las escuelas de Educación Infantil de Primer
Ciclo de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Escuelas de Educación Infantil de
primer ciclo educativo de Melilla debidamente autorizadas por el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayudar a las referidas
Escuelas Infantiles, como entidades que desempeñan una loable labor educativa y
conciliadora de la vida laboral y familiar, al sostenimiento de las actividades
que le son propias y que complementan a las de la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte, facilitando a ésta un considerable número de plazas
concertadas para su inclusión en la convocatoria pública de plazas en Escuelas
de Educación Infantil de primer ciclo.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a
la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la
existencia de las entidades subvencionadas.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 770.000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14/32101/47002
Concierto directo de plazas a las Escuelas Infantiles. Importe: 770.000€.
Beneficiarios: Escuelas de Educación Infantil autorizadas por el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Subvención a cada Escuela de Educación Infantil reconocida por el Ministerio de
Educación y Formación Profesional mediante procedimiento de concurrencia
competitiva.
b.
Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
c.
Mecanismos de actuación: Convenio de colaboración o resolución con
determinaciones de subvención.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento:
Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
-Evaluación:
Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro
Gestor elaborará en cada anualidad, en relación con el año precedente, un
informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5º
CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN
INFANTIL DE PRIMER GRADO “JOSEFA CALLES”
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de
actividades docentes propias a las escuelas de Educación Infantil de Primer
Ciclo de Melilla “Josefa Calles”, Centro asistencial.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Asistencial de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios a la institución
sin ánimo de lucro Centro Asistencial de Melilla, para posibilitar el
funcionamiento y desarrollo de las actividades docentes que son propias de una
Escuela de Educación Infantil de primer grado, la denominada “Josefa Calles”.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
·
-Acorde a la temporalidad presupuestaria de
esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades
subvencionadas.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024:
1.658.142,12€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14/32101/48900 Gestión Escuela de Educación
Infantil Josefa Calles. Importe: 1.658.142,12 €. Beneficiarios: Centro
asistencial Escuela Infantil “Josefa Calles”.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Concesión de subvención directa al Centro Asistencial para gestión de la
Escuela de Educación Infantil “Josefa Calles”.
b.
Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos
de esta Administración
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento:
Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
-Evaluación:
Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro
Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
RELIGIOSAS DE
MARIA INMACULADA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de
actividades docentes propias a las escuelas de Educación Infantil de Primer
Grado “Religiosas de María Inmaculada”
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Asistencial y educativo de
Melilla, Escuela de Educación Infantil.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios que
implican el funcionamiento de una Escuela de Educación Infantil de primer
grado.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
·
-Acorde a la temporalidad presupuestaria de
esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades
subvencionadas, mediante la inclusión en los presupuestos de una subvención
directa nominativa.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 65.000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:14/32101/48902 Subvención Religiosas María
Inmaculada Escuela Infantil. Importe: 65.000 €. Beneficiarios: Religiosas de
María Inmaculada Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Concesión de subvención directa a Religiosas María Inmaculada para gestión de
la Escuela de Educación Infantil.
b.
Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos
de esta Administración
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la
pertinente documentación justificativa.
-Evaluación:
Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro
Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 7º
SUBVENCIONES
DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Financiación de Libros y material Escolar
didáctico a las familias melillenses con hijos/as que cursan estudios en algún
colegio de educación infantil y primaria.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
-Colegios
de Educación Infantil y Primaria que participan en los Programas de Reposición
de Libros de texto y de Puesta a Disposición de Material escolar
complementario.
-Las
familias melillenses con hijos e hijas que cursan estudios en dichos colegios.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a los Colegios de
educación Infantil y Primaria y consecuentemente a las familias con hijos e
hijas que cursan estudios en los mismos, de los libros y material escolar
mínimo que garantice la asistencia regular en situación óptima de todo su
alumnado.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a
la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la
existencia de las entidades subvencionadas.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 929.626,62
€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Subvención a cada Colegio de Educación Infantil y Primaria que acuerde su
participación en el Programa de Reposición de Libros respecto de los libros y
Programa de puesta a disposición de material escolar que se precisen para el
curso académico de que se trate teniendo como beneficiarios últimos los alumnos
de dichos centros.
b.
Fechas de concesión previstas: Con anterioridad al inicio del correspondiente
curso escolar.
c.
Mecanismos de actuación: Bases del Programa, estudio de necesidades de cada
centro escolar, resolución.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento:
Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
-Evaluación:
Estudio evaluativo y cuantitativo de las necesidades satisfechas
El centro
Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 8º
SUBVENCIONES
VIAJES DE ESTUDIOS Y ANÁLOGOS
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Financiar actividades de viajes colectivos a
colegios de Educación Infantil, primaria, Institutos de educación secundaria y
Bachillerato y otras Entidades educativas.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estudiantes de Melilla a través de los
respectivos Colegios, Institutos y otras Entidades.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Posibilitar a los
estudiantes melillenses la realización de viajes de estudios que faciliten su
educación y formación al margen del esparcimiento lúdico que conlleve; y
teniendo en consideración el enclave geográfico de nuestra ciudad.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a
la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la
existencia de las personas beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 80.000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14/32000/48000
Subvención viajes de estudios y análogos. Importe: 80.000 €. Beneficiarios:
Alumnado de educación primaria, secundaria, Formación Profesional, etc.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Convocatoria pública anual de subvenciones mediante concurrencia competitiva.
b.
Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
c.
Mecanismos de actuación: Bases reguladoras, Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad Autónoma de Melilla y convocatoria pública.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Control de gastos previo presupuesto del coste
y con la pertinente documentación justificativa.
-Evaluación:
Estudio de las necesidades satisfechas
El centro
Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las
subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 9º
SUBVENCIÓN
CARITAS INTERPARROQUIAL COLONIAS URBANAS
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar los medios a la institución sin ánimo
de lucro “Cáritas Interparroquial” para desarrollar actividades asistenciales a
escolares pertenecientes a familias desfavorecidas.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Escolares sin medios pertenecientes a
familias socialmente desfavorecidas de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios que
implican el desarrollo de un programa de verano para escolares pertenecientes a
familias desfavorecidas.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a
la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la
existencia de la actuación subvencionada.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 60.000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14/32000/48901
Subvención Caritas Interparroquial Colonias Urbanas. Importe: 60.000 €.
Beneficiarios: Cáritas Interparroquial.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Concesión de subvención directa a la entidad Cáritas Interparroquial.
b.
Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
Administración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento:
Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
-Evaluación:
Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro
Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las
subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 10º
SUBVENCIONES ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y FORMATIVAS
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar los medios a las asociaciones y
entidades que lleven a cabo distintas áreas, formación y empleabilidad.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Escolares sin medios pertenecientes a
familias socialmente desfavorecidas de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Asociaciones y Entidades
de Melilla que llevan a cabo labores de difusión educativa, formación y
atención educativa, en distintas áreas.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a
la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la
existencia de las personas beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 164.300,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Educación
y Formación Profesional
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Subvención directa a cada entidad que realiza la actividad descrita
anteriormente y convocatorias públicas mediante concurrencia competitiva.
b.
Fechas de concesión previstas: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia.
c.
Mecanismos de actuación: Subvención directa a cada entidad por cuantía precisa.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento:
Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
-Evaluación:
Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro
Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las
subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 11º
ASOCIACIONES QUE TRABAJAN CON ALUMNADO DE EDUCACIÓN INCLUSIVA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar los medios a las asociaciones y
entidades dedicadas al trabajo con alumnado de características especiales,
autismo y otros.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones que trabajan con alumnado
de educación inclusiva, autismo y otros.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar a las entidades
que trabajan en beneficio de alumnado con necesidades especiales, la dotación
para su funcionamiento y el desarrollo de las actividades terapéuticas que le
son propias.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
Acorde a la
temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la
existencia de las entidades subvencionadas.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 80.000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE
FINANCIACION: Ministerio de Educación y Formación Profesional
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Concesión de una subvención directa nominativa a cada Asociación por importe
variable en atención a número de alumnado atendido y actividades.
b.
Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos
de esta Administración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento:
Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
-Evaluación:
Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro
Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las
subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 12º
ATENCIÓN A
PETICIONES SUSCEPTIBLES DE SUBVENCIÓN DIRECTA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: atender peticiones de ayuda susceptibles de
subvención mediante concesión directa por la concurrencia de circunstancias
excepcionales.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas o entidades que desarrollen
actividades de interés general concernientes al ámbito de actuación de la
Consejera de Educación, Juventud y Deporte,
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer e incentivar
actividades de interés general.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
- Acorde a
la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la
existencia de las personas beneficiaria.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 50.000,00 € o superior
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:14/32000/48900 Subvenciones Entidades
Enseñanzas. Importe: 50.000€, Beneficiarios: Asociaciones/ Entidades.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Concesión directa - Fechas
de Concesión: No determinada.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la actividad.
-Evaluación:
Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas.
D- DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL CENTRO DE ESTUDIOS DE
CULTURA MEDITERRÁNEA PARA ACTIVIDADES DE CAMPOS DE VOLUNTARIADO JUVENIL EN LAS
ISLAS CHAFARINAS.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Gestión de los Campos de Voluntariado Juvenil en
las Islas Chafarinas.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Jóvenes residentes en Melilla con
edades comprendidas entre 18 (cumplidos al comienzo de la actividad ) y 30 años
( que no han de superar durante la realización de la misma). También podrán
participar en algunos campos nacionales a partir de los 18 años. Jóvenes
nacionales con edades comprendidas entre 18 (cumplidos al comienzo de la
actividad ) y 30 años ( que no han de superar durante la realización de la
misma).
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Campo de Voluntariado
Juvenil constituye una iniciativa donde jóvenes provenientes de diversos
lugares se comprometen de manera voluntaria y altruista a llevar a cabo, por un
periodo específico, un proyecto de trabajo junto con actividades adicionales de
evidente relevancia social. Este programa promueve los valores fundamentales de
convivencia, tolerancia, solidaridad, participación, así como fomenta
oportunidades de aprendizaje y facilita el intercambio intercultural. En el
marco de nuestro proyecto de voluntariado juvenil en las Islas Chafarinas, nos
proponemos realizar prospecciones arqueológicas en superficie con el objetivo
de establecer una serie de sondeos arqueológicos. Estos sondeos, a su vez,
contribuirán significativamente al avance del conocimiento histórico de la isla
y su entorno.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a
la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la
existencia de la entidad subvencionada.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Fondos de la Ciudad
Autónoma de Melilla. No consta otros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:14/33443/48000 Subvención Campo Trabajo
voluntario Chafarinas Centro de Estudios de Cultura Mediterránea. Importe:
30.000€
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con Centro de Estudios de Cultura Mediterránea
c.
Mecanismos de actuación: Bases reguladoras contenidas en los convenios
acordados por el Consejo de gobierno de la Ciudad Autónoma.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento:
Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
-Evaluación:
Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro
Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
7.-CONSEJERIA DE HACIENDA |
A- DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1- CONVENIO
ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y EL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE ADUANAS Y REPRESENTANTES ADUANEROS
DE MELILLA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Objetivos relacionados con la gestión del
Impuesto sobre la Producción, Servicios e Importación, (IPSI) en su modalidad
Importación consistentes, entre otros, en:
o
Agilización del tráfico de mercancías,
o
Tramitación más racional en la presentación de documentación previa al
despacho
o
Garantía en el cobro del IPSI Importación.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda. Dirección General de
Ingresos Públicos. Servicio de importación y Gravámenes Complementarios
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Agentes y Comisionistas de Aduanas de
Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS
QUE SE PRETENDEN
OBTENER: Desarrollo un Convenio de Colaboración con el Colegio de
Agentes y Comisionistas de Aduanas de Melilla en virtud de la cual dicha
entidad se compromete a que los Agentes intervinientes en las operaciones de
importación, cumplimenten y presenten la declaración tributaria del Impuesto
antes de la admisión al despacho, siendo obligación previa a la salida de los
recintos aduaneros, o del Organismo Autónomo de Correos, para las mercancías
introducidas en la Ciudad por este medio.
Con ello se
pretende agilizar el tráfico de mercancías y lograr una tramitación más
racional en la presentación de documentación y la garantía del cobro del
Impuesto sobre la Producción e Importación (IPSI) en su modalidad Importación.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 525.000,00 euros.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se prevé.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
02/93200/48900
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Suscripción
de un convenio de colaboración previsto nominativamente en los Presupuestos
Generales de la Ciudad, ejercicio 2024, con los siguientes compromisos:
·
AGENTES ADUANAS:
·
Cumplimentación y presentación de la declaración tributaria del Impuesto
antes de la admisión al despacho
·
Comprobación vía telemática, antes de poner la mercancía a disposición
de los importadores, la conformidad a la declaración y documentación aportada.
·
Asunción de la obligación del pago en un plazo máximo de un mes desde el
despacho de aquellas mercancías que se introduzcan en la Ciudad, cuyos
destinatarios no tengan formalizados ante la CAM el correspondiente aval
bancario,
·
Aportación ante la CAM, en garantía del pago de las deudas tributarias,
de un aval bancario por la cantidad que se determine para cada una de las
agencias en función del volumen de importaciones que cada una realice
anualmente.
·
CIUDAD AUTÓNOMA:
·
Abono de la subvención, de la siguiente forma:
·
La CAM efectuará pagos a cuenta del importe de
la subvención. Dichos abonos a cuenta supondrán la realización de pagos
fraccionados que corresponderán al número de hojas declaratorias presentadas
que han dado lugar a ingresos. Las liquidaciones y pago se efectuarán por
trimestres vencidos, teniendo en cuenta el número de declaraciones que refleje
la aplicación informática de “Ipsi Importación”, donde aparecen
individualizadas por cada uno de los Agentes integrados en el Colegio Oficial
de Agentes de Aduanas y Representantes Aduaneros de Melilla, y hasta el límite
subvencionable total de 525.000,00 euros
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Justificación de la subvención en la forma prevista en el convenio.
o
Posibilidad de creación de una Comisión Paritaria de Evaluación y
Seguimiento del Convenio.
”
De conformidad con los
artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de
octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás
concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la
vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de
reposición en el plazo de un mes a partir de su notificación, o bien, podrá
interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción
contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses.
No obstante, podrán utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se traslada para su publicación y general conocimiento.
Melilla 2 de julio de 2024,
El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,
Antonio Jesús García Alemany