ARTÍCULO Nº 145 (CVE: BOME-AX-2024-145) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 43 - jueves, 11 de julio de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 1 de julio de 2024, relativo a rectificación de errores y omisiones del Plan Estratégico 2024-2026.

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ANUNCIO

El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 1 de julio de 2024, registrado al número 2024000444 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

¨ RECTIFICACIÓN DE ERRORES Y OMISIONES DEL PLAN ESTRATÉGICO 24-26.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Presidencia, Administración Pública e Igualdad, que literalmente dice:

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La Ciudad Autónoma de Melilla publicó su anterior Plan Estratégico de Subvenciones el 3 de abril de 2020, vigente durante los años 2020 a 2022.

SEGUNDO.- El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 29 de abril de 2024 aprobó, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad el PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026.

TERCERO.- Dicho Acuerdo fue objeto de publicación en el mismo día en el Boletín Oficial Extraordinario de Melilla con ordinal 30, observándose errores u omisiones en el contenido del mismo.

CUARTO.- El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 30 de abril de 2024 aprobó las modificaciones, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026.

QUINTO.- Dicho Acuerdo fue objeto de publicación en el Boletín Oficial Extraordinario de Melilla nº31 de martes 30 de abril de 2024 observándose, nuevamente, errores numéricos en algunas partidas presupuestarias u omisiones en el contenido del mismo.

SEXTO.- En informe evacuado por la Secretaria Técnica de la Consejeria de Presidencia de fecha 27 de junio se informa FAVORABLENTE, a la rectificación de error materia sufrida en la aprobación del Plan Estratégico General de la CAM para el período 2024-2026 y ello sustentado en que

“.....Atendiendo al artículo 39.1 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten. Sin embargo, en su calidad de administración Pública de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, le corresponde, en todo caso, a la Ciudad Autónoma de Melilla la potestad de revisión de oficio de sus actos y acuerdos.

El artículo 109.2 de la Ley 30/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, heredero de los artículos 105.2 de la Ley 30/1992 y del artículo 111 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 1958, dispone:

«2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos». ”

Del mismo modo incide que los errores que se pretenden corregir “…ningún caso, un aumento presupuestario ni patrimonial…”

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

Aprobación de la rectificación de errores del Plan estratégico de Subvenciones 2024-26, quedando del tenor literal siguiente

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2024-2026


 

PREÁMBULO

El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter básico, por lo que todos los Órganos de las Administraciones Públicas que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar, con carácter previo, su correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones.

La disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que Los planes y programas relativos a políticas públicas sectoriales que estén previstos en normas legales o reglamentarias, tendrán la consideración de planes estratégicos de subvenciones de los regulados en el apartado 1 del artículo 8 de esta ley, siempre que recojan el contenido previsto en el citado apartado. Con esta medida, penetran en el área de la actividad administrativa de fomento las técnicas de planificación estratégica propias del sector privado y que han ido incorporándose progresivamente como herramientas de programación y gestión en las dos últimas décadas en el sector público español.

Con ello se pretende dar respuesta a las exigencias constitucionales de una gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos, coherente, por lo tanto, con el resto de herramientas de programación y planificación presupuestaria o sectorial que se puedan aprobar. Así, de acuerdo con el artículo 103 de la Constitución, “la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la ley y al Derecho”, principios ligados a los expresados en el artículo 31.2 de la propia norma constitucional, en relación con el gasto público, al que se le exige realizar “una 
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asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía”.

La Ley General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la trasparencia que, junto con la variedad de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional. En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar las Distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento. Para mejorar la eficacia, se prevé en la legislación que se proceda a elaborar un Plan estratégico de Subvenciones, de carácter anual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.

Recogiendo este imperativo legal, se elabora este documento único que permite establecer la correlación entre los objetivos misionales de la organización en su conjunto, las prioridades políticas determinadas a través de los objetivos generales a conseguir y las actuaciones concretas a desarrollar ordenadas según la estructura funcional de la Ciudad Autónoma de Melilla.

De acuerdo con el artículo 11.4 del Reglamento de la LGS, los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.

Con fecha 3 de abril de 2020, se publica en el BOME extraordinario núm. 11, Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el periodo 2020- 2022. Con fecha 19 de diciembre de 2019, se adopta Acuerdo por parte del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 54, de 31/07/2023) de atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, estableciendo la estructura orgánica que se emplea en el presente plan. Finalizada, pues, la vigencia del anterior, se requiere la aprobación de un nuevo Plan Estratégico para los años 2024- 2026, con vocación de plurianual y con las revisiones que, en su caso, sean necesario realizar anualmente.

Si bien, la Disposición Adicional Primera del Reglamento General de Subvenciones de la CAM prevé la posibilidad de que sea cada Consejería y demás órganos o entidades dependientes de la Ciudad la que elabore su propio Plan, se ha optado en un esfuerzo aunador por la elaboración de un único documento o plan de ámbito general que permita una mayor coordinación y eficacia de las distintas actuaciones en materia subvencional o de actividad de fomento en la Ciudad de Melilla, opción reflejada en el Anteproyecto de Reglamento General de Subvenciones de la CAM.

Por su parte y con vigencia por un período de tres años 2024-2026, el presente plan abarca el establecimiento de todas las subvenciones de previsible ejecución para el ejercicio presupuestario 2024 en la Ciudad de Melilla con consignación adecuada y suficiente que habrán de ajustarse al presente plan, salvo supuestos plurianuales cuyas previsiones estarán condicionadas a la aprobación del correspondiente presupuesto.

Relacionadas todas las áreas o Consejerías con sus organismos adscritos y las líneas subvencionales con su correspondiente importe y partida presupuestaria en el Anexo, las subvenciones del presente Plan tienen por objeto la promoción y el fomento de aquellas actividades que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la Ciudad.

Por ello, el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, de acuerdo con la opción primera que recoge la Disposición Adicional Primera del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005) aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2024- 2026, cuyo articulado figura a continuación.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.4 y 6.2 de la Ley 19/2013 de 9 de noviembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Plan Estratégico 2024-2026 será objeto de publicación, entrando en vigor al día siguiente, en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME), además de en sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla para su plena validez.

ARTÍCULO 1.

El establecimiento de subvenciones por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de sus entes dependientes, durante el período 2024- 2026, se ajustará a los objetivos estratégicos generales previstos en el presente Plan, sin perjuicio de las concretas acciones que se contemplan para el año 2024. Cuando se tramite una subvención no comprendida en el plan estratégico inicial, se deberá incluir en el expediente una memoria en la que se detallen la relación de los objetivos de la subvención con la planificación estratégica y los posibles efectos en ésta, así como las causas que han impedido su inclusión en aquél.

Dicha memoria se integrará en el Plan Estratégico ya aprobado debiendo aprobarse y publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad.

ARTÍCULO 2.

El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos de la Ciudad de cada año y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión.

ARTÍCULO 3.

El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.

ARTÍCULO 4.

La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos. No obstante su carácter programático, carente de rango normativo, o si como resultado de los informes de seguimiento y los informes emitidos por la Intervención General o entes gestores, existieran líneas de subvenciones que no alcanzaren el nivel de consecución de objetivos deseado, o el que resultare adecuado al nivel de recursos invertidos, podrán ser modificadas, sustituidas por otras más eficaces y eficientes o, en su caso, eliminadas.

 

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ARTÍCULO 5.

Son principios generales de este Plan los siguientes:

-Publicidad y libre concurrencia mediante convocatoria previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa que, de conformidad con lo establecido en la norma aplicable, deberá contar con la debida consignación presupuestaria previa.

-Concesión conforme a criterios objetivos previamente establecidos en la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por los potenciales beneficiarios.

-Eficacia en el cumplimiento de los objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.

-Control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a los principios de igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas. Y de forma específica, verificar de forma constante la pertinencia del Plan Estratégico.

A saber:

·          Justificación del Plan en términos sociales

·          Necesidades de la ciudadanía a las que atiende

·          Capacidad financiera

·          Explicación de la competencia municipal en la materia

·          Estudio de la no aplicación de esta línea subvencional.

ARTÍCULO 6.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005), el órgano que tiene atribuida la función de desarrollo del mismo y, por tanto, la ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, será el Consejo de Gobierno.

Por tanto:

-Los programas de subvenciones quedarán condicionadas a la existencia de dotación presupuestaria adecuada y suficiente.

-Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones o concesiones directas (Convenios), deberá efectuarse la aprobación del gasto en términos previstos en las normas presupuestarias de la Ciudad Autónoma de Melilla.

-Y finalmente, y de forma previa al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas o bases reguladoras de la concesión.

El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos:

Las subvenciones que se concedan de forma directa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la LGS.

Las subvenciones que, de manera motivada, se determinen por parte del titular de la Consejería en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública.

CAPÍTULO 2.- CONTENIDO DEL PLAN

ARTÍCULO 7.

De acuerdo con lo previsto en el art. 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión de las subvenciones y ayudas previstas en este Plan para el ejercicio 2020 contiene, para cada caso, la siguiente información:

a) Objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan y que han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios.

b) Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. Para cada línea de subvención deberán explicitarse los siguientes aspectos:

1.  º Áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas.

2.  º Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación.

3.  º Plazo necesario para su consecución.

4.  º Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación,

5.  º Plan de acción.

c) Régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan.

ARTÍCULO 8.

Este Plan, además del presente articulado, se organiza agrupando los planes individuales de subvenciones aportados por parte de cada Consejería, con contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD 887/2006 RLGS, siguiendo la estructura orgánica de la CAM, es decir:

 

1)    CONSEJERIA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA.

2)    CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS E IGUALDAD

3)    CONSEJERIA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y FOMENTO:

o  Proyecto Melilla SA (Sociedad Pública Instrumental)

o  Patronato de Turismo (Organismo Autónomo)

4)    CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA

5)    CONSEJERIA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y MAYOR

6)    CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES

7)    CONSEJERÍA DE HACIENDA

 

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Al final del Plan se enumera como Anexo un listado de subvenciones por órgano gestor, incluyendo el desglose de las partidas, aplicaciones presupuestarias, importes estimados y procedimiento de concesión.

ARTÍCULO 9.

Cada uno de los Anexos ordena las subvenciones previstas presupuestariamente bajo los siguientes criterios:

-Ente concedente: La Consejería correspondiente como gestor de la subvención

-Objeto. Bajo este criterio se especifica la finalidad para la que se destina la subvención, la cual será posteriormente objeto de evaluación.

-Modalidad de gestión. Criterio que distingue la previsión en cuanto al procedimiento a aplicar para su concesión, de conformidad con los principios generales y requisitos establecidos a tal fin del Capítulo Cuarto y Quinto del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (concurrencia competitiva, subvención directa, convenio de colaboración)

-Importe. Referido a la consignación prevista para cada subvención.

CAPÍTULO 3.- BENEFICIARIOS Y MATERIAS DE LAS SUBVENCIONES

ARTÍCULO 10.

La Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos dependientes concederán subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.

CAPÍTULO 4.- EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS. ANÁLISIS DE RESULTADOS

ARTÍCULO 11.

Para un mejor análisis de la eficacia de cada subvención, las Dirección Generales de cada una de estas áreas solicitarán de los beneficiarios informe motivado sobre el número de acciones desarrolladas, número de ciudadanos a los que alcanza la subvención y justificación de los objetivos alcanzados.

ARTÍCULO 12.

En concreto se deberá detallar para la evaluación lo siguiente: - Objeto - Entidad beneficiaria y, en su caso, colaboradora - Importe subvencionado - Acciones concretas desarrolladas en el importe de la subvención - Número de ciudadanos a los que ha alcanzado la acción subvencionada - Valoración de la Entidad concedente en cuanto a adecuación a los objetivos perseguidos al tiempo de su otorgamiento y la procedencia del mantenimiento o supresión del programa del que trae causa.

CAPÍTULO 5: CONTROL FINANCIERO DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS

ARTÍCULO 13.

El control financiero de los programas subvencionados está encomendado a la Intervención General Municipal, que al respecto analizará las fechas reales de pago de los importes subvencionados con relación a las fechas previstas en cada expediente, así como los medios de pago utilizados y la correcta justificación de los extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención de la subvención. La Intervención General podrá elaborar los modelos de justificación de subvenciones que faciliten la fiscalización de las mismas.

CAPÍTULO 6: PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES

ARTÍCULO 14.

Tanto las modificaciones puntuales como anuales a las que sea necesario someter el presente plan se tramitarán por la Consejería correspondiente a la que afecte dicha modificación, elevando propuesta al Consejo de Gobierno, para su aprobación en virtud del Art. 16.1.27 del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM (BOME Ext. n.º 2 de 30 de enero de 2017).

DISPOSICIÓN TRANSITORIA 1ª

Toda subvención que no esté reflejada en el presente plan con el contenido mínimo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, requerirá, para su tramitación, la previa actualización del plan incluyendo dicha información, siguiendo el procedimiento del artículo 14 del presente plan.

Aportados los planes individuales por cada Consejería que integran el Plan General, con contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD 887/2006 RLGS, se relacionan los que siguen:

1.- CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD


 

A.- EN EL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES

OBJETIVO GENERAL 1.-Fomentar y favorecer el acceso al empleo de las personas en situación o en riesgo de exclusión social, la inserción laboral de las personas desempleadas con mayores dificultades de acceso al mercado laboral y favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Con este objetivo se pretende mejorar la situación económica de las familias y facilitar el acceso al trabajo de las personas en situación de riesgo y exclusión social, con medidas de discriminación positiva, orientación laboral y formación ocupacional.

Pero además será imprescindible favorecer la generación de actividad empresarial, y el apoyo al empleo por cuenta propia.

Medidas prioritarias:

1.1.- Facilitar el acceso al mercado de trabajo y a la actividad empresarial de la población en riesgo de exclusión social y de los colectivos vulnerables

1.2.- Mejorar la cualificación profesional de la población activa y adecuarlas al tejido productivo melillense

1.3.- Ampliar y diversificar los canales de información dirigida a los potenciales demandantes de los programas de empleo formación.

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OBJETIVO GENERAL 2.- Garantizar los recursos económicos mínimos. Garantizar el acceso a todos los recursos sociales. Mejorar las condiciones de vida de la población en riesgo de exclusión. Facilitar a los medios y recursos económicos y/o servicios suficientes para garantizar las condiciones de una vida digna y evitar la cronificación de las situaciones de precariedad social de las familias especialmente las que tienen hijos a cargo.

La intervención correspondiente a este objetivo general reside principalmente en el área de Servicios Sociales. Esta se encuentra orientada a optimizar el Sistema público de Servicios Sociales manteniendo y mejorando su equipamiento e infraestructuras y reforzando sus servicios y prestaciones, creando una red integral de recursos capaz de hacer frente a las nuevas necesidades emergentes, y las diferentes situaciones de exclusión social en la ciudad.

Medidas prioritarias:

2.1.- Optimizar la gestión de la red de Servicios Sociales

2.2.- Garantizar unos recursos económicos mínimos mediante medidas asistenciales que reduzcan el riesgo de pobreza y de exclusión social en hogares y personas

2.3.- Optimización de la gestión de las prestaciones y mejora de los protocolos de actuación

2.4.- Mejorar el acceso a la salud de la población en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, así como de los demás colectivos vulnerables

2.5.- Rehabilitación y mejora de los espacios urbanos de los barrios y zonas con especiales necesidades de transformación social

2.6.- Procurar viviendas a la población en riesgo de exclusión o perteneciente a colectivos vulnerables

2.7.- Mejorar la calidad de vida de la tercera edad y otros colectivos vulnerables mediante la mejora de las condiciones de la acogida residencial y programas complementarias a ésta

2.8.- Fomentar la resiliencia de las personas pobres y las que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y reducir su exposición y vulnerabilidad a los fenómenos extremos relacionados con el clima y otras perturbaciones y desastres económicos, sociales y ambientales.

2.9- La mejora de las situaciones de precariedad económica de las familias, la facilitación de los medios y recursos suficientes para facilitar la asistencia material básica a las personas más desfavorecidas, especialmente los que tienen menores a su cargo, y otras que faciliten medidas de acompañamiento a las familias para evitar las situaciones de exclusión social y la cronificación de la pobreza.

2.10.- Apoyo a la población vulnerable y familias numerosas en el abono de los gastos ocasionados por el incremento de los costes de la energía eléctrica

OBJETIVO GENERAL 3.-Alcanzar una educación con equidad. Erradicar el analfabetismo y el absentismo escolar, favoreciendo la escolarización y la integración escolar.

Aunque la educación no es una competencia directa de la Ciudad Autónoma de Melilla, resulta necesario actuar sobre el problema del fracaso escolar y el abandono educativo temprano de forma concertada con el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, para reducir las elevadas tasas presentes en la ciudad.

Los niveles educativos de una población poseen una relación causal directa con los niveles de ocupación laboral que presenta esa sociedad. A mayores niveles educativos mayores posibilidades de alcanzar un empleo, de que este sea más estable y de que exista la posibilidad de una movilidad social y física de los trabajadores.

En relación con esto último, también resulta necesario elevar el nivel educativo de la población adulta, combatiendo el analfabetismo y fomentando el aprendizaje constante a lo largo de la vida.

Medidas prioritarias:

3.1.- Prevenir y actuar contra el abandono educativo temprano y el fracaso escolar 3.2.- Elevar el nivel formativo de la población adulta y el desarrollo del aprendizaje a lo largo de la vida

3.3.- Promover la dotación de nuevas infraestructuras y equipamientos socioeducativos

OBJETIVO GENERAL 4.- Apoyar la integración social de los inmigrantes.

Los problemas de desarraigo, las prácticas discriminatorias, la exclusión del mercado de trabajo o las barreras culturales y lingüísticas, son factores de vulnerabilidad social frecuentes en este colectivo.

Además, una parte de los inmigrantes que acude a Melilla se encuentra en situación de irregularidad, lo que en muchas ocasiones incide negativamente en su inclusión social y en su integración. El rápido, reciente y elevado crecimiento de la población inmigrante en la ciudad de Melilla hace necesario la implementación de actuaciones y medidas que sirvan para prevenir un aumento de la población en exclusión social.

Medidas prioritarias:

4.1.- Promover los elementos socializadores que faciliten la integración social de los inmigrantes

4.2.- Realizar actuaciones de prevención y atención a los inmigrantes en situación de necesidad

4.3.- Apoyo a mujeres en situación de especial vulnerabilidad como consecuencia de su situación socio familiar o su estado físico/psíquico

OBJETIVO GENERAL 5.- Garantizar la atención a las personas en situación de dependencia, personas mayores y con discapacidad. Desarrollar una atención preferente e integral a colectivos desfavorecidos y/o en situación de mayor riesgo, especialmente aquellos que presentan situaciones económicas críticas.

La atención a las personas en situación de dependencia constituye uno de los ejes de los planes nacionales de inclusión social. Los colectivos especialmente vulnerables como los discapacitados y los ancianos se encuentran más expuestos que el resto de la población a deslizarse hacia la exclusión social. Además de estos colectivos, existe otro que ha registrado en los últimos años con una mayor presencia entre la población en riesgo de exclusión, el de las mujeres solas con hijos a cargo, de tal modo que podemos afirmar que existe una feminización de la pobreza al que se une igualmente aquellas personas mayores que viven solas.

Medidas prioritarias:

5.1.- Favorecer el acceso de los discapacitados a la formación y el empleo, facilitando su desarrollo social en el espacio público

5.2.- Garantizar la asistencia integral a las personas mayores y a aquellas que se encuentran en situación de dependencia, procurándoles un desarrollo normal en su entorno.

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5.3.- Procurar una asistencia especifica a las mujeres que padecen grave riesgo de exclusión social y promover la igualdad entre hombres y mujeres

5.4.- Proporcionar atención integral a las personas drogodependientes promoviendo su inserción social y laboral

5.5.- Favorecer la atención residencial a aquellas personas en situación de dependencias y o trastorno mental, demencia, alzheimer etc...

5.6.- Garantizar una asistencia integral de los menores que se encuentren en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla

5.7.- Favorecer la integración social y laboral de las personas con discapacidad física o psíquica.

5.8.- Favorecer programas centradas en la atención y los cuidados para personas mayores, discapacitadas o dependientes

5.9.- Garantizar mediante la financiación de los medicamentos a personas mayores jubiladas con escasos recursos que faciliten la adhesión a los tratamientos médicos diagnosticas por profesionales sanitarios evitando el abandono de los tratamientos crónicos y o puntuales que inciden en la salud.

5.10.- Actuaciones tendentes a evitar la soledad no deseada del colectivo de mayores. Promoviendo actuaciones de interacción con otros colectivos etarios.

OBJETIVO GENERAL 6.- Apoyo y Fomento del Tercer Sector.

El objetivo general es apoyar iniciativas, actuaciones y programas que complementen o suplan a intervención dos servicios sociales municipales dentro de su marco de competencias e que vayan dirigidos a la comunidad en general e en concreto a los sectores de población y a los colectivos más desfavorecidos que se como finalidad apoyar a entidades e asociaciones sin ánimo de lucro, que su objetivo de intervención se centre nos siguientes sectores de población:

-Personas con discapacidad

-Inmigrantes.

-Personas mayores.

-Otros colectivos con especiales problemáticas sociales.

-Personas en riesgo de Exclusión Social

Medidas prioritarias:

6.1- Promover, dirigir, conceder directamente subvenciones de programa de cooperación y o desarrollo. Que pretenden conseguir objetivos relacionados con:

-       Satisfacción das necesidades básicas da población (alimentación, vivienda, educación, servicios sociales) así como a implantación de pequeñas infraestructuras (luz, transporte, agua...).

-       Impulsión e ejecución de acciones de desarrollo sostenible.

-       Desarrollo de acciones de ayuda humanitaria e de emergencia.

-       Ejecución de acciones de sensibilización, información, e educación para el desarrollo

6.2.- Promover proyectos, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social, destinados a programas destinados a incrementar la empleabilidad y la social de personas vulnerables

a)      Programas de desarrollo de itinerarios integrados de inserción laboral individualizados.

b)      Programas destinados a incrementar la inserción social y laboral de las mujeres inmigrantes, víctimas de barreras sociales y culturales, potenciando su capacitación para la participación social y el empleo y mejorando su calidad de vida.

6.3.          Desarrollar, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social, programas específicos para la formación y el empleo de las personas gitanas en riesgo de exclusión y, en especial, para las mujeres gitanas y los jóvenes.

6.4.                              Poner en marcha programas de inserción sociolaboral dirigidos a personas reclusas en tercer grado de tratamiento y en libertad condicional, que contemplen tanto itinerarios personalizados de inserción como acciones destinadas a la orientación laboral, contando para ello con el apoyo del Tercer Sector de Acción Social.

6.5.                             Cooperar con el Tercer Sector de Acción Social para implementar y diseñar programas formativos que estén destinados mayoritariamente a mujeres, personas jóvenes, mayores de 45 años, con baja cualificación o con discapacidad, al objeto de formar profesionales y ofrecer nuevas oportunidades de empleo.

OBJETIVO GENERAL 7.- Apoyo y Fomento del Voluntariado.

El Objetivo General de este Área es incrementar la formación de las personas que trabajan con el voluntariado y del propio voluntariado, aumentar la participación ciudadana en el voluntariado e impulsar la modernización, la transparencia y la sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas.

Medidas prioritarias:

-Promoción: Promover la participación ciudadana en el voluntariado, incrementando el número de personas voluntarias, así como su compromiso estable en el tiempo.

-Formación: Prestar apoyo técnico y económico a las iniciativas de formación que se adopten desde y para el Tercer Sector, a las personas voluntarias que en él colaboran y al resto de agentes que tiene relación o trabaja con el voluntariado.

-Gestión: Apoyar la modernización del Tercer Sector de Acción Social, impulsar la transparencia y la sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas y contribuir a la dotación de medios para el desempeño de sus funciones.

B.- EN EL ÁREA DE SALUD PÚBLICA

OBJETIVO GENERAL 1.- Coordinación y desarrollo del Plan sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla: Con este objetivo se pretende desarrollar los programas y actuaciones dirigidos al estudio de la situación, a la prevención y asistencia a las drogodependencias y otras adicciones, recogidos en el Plan Nacional sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Medidas prioritarias

Fomentar la coordinación y participación de todos los agentes públicos y privados implicados en la lucha contra 
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·          las adicciones.

·          Fomentar la sensibilización social y comunitaria del riesgo asociado al consumo de drogas y otras conductas adictivas.

·          Desarrollar actividades de prevención en drogodependencias y otras conductas adictivas en el ámbito escolar, laboral, familiar y comunitario que incluyan actividades para fomentar y ofrecer un ocio y tiempo libre saludable.

·          Desarrollar la atención integral a las personas con problemas de

·          drogodependencias y otros trastornos adictivos incluyendo la atención al entorno familiar y social.

·          Impulsar la reinserción laboral, social y familiar de las personas con problemas de adicción.

·          Mejorar el conocimiento de la realidad de las adicciones y de los factores asociados a éstas en la población de Melilla.

·          Evaluar las acciones realizadas.

·          Garantizar la formación de los profesionales y agentes que trabajan en la prevención y/o asistencia a las adicciones.

 

·          Sector al que se dirige la ayuda: Entidades representativas y Organizaciones sin ánimo de lucro de la Ciudad Autónoma que promueven la atención, cuidado y recuperación de personas con adicciones.

·          Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el Anexo.

OBJETIVO GENERAL 2.- Desarrollo de las actuaciones de promoción y protección de la salud de la población: Con este objetivo se pretende dar cobertura a los problemas de salud de la colectividad, desarrollar acciones de prevención y promoción de la salud, y otras, que sin ser estrictamente sanitarias, tienen efectos sobre la salud de la población.

Entre las medidas prioritarias de este ámbito se incluyen:

·          Educación sanitaria de la población, atendiendo especialmente a colectivos más desfavorecidos o discriminados, para capacitarles en la toma de las mejores decisiones para mejorar su salud y bienestar.

·          Modificación de ciertas condiciones sociales, laborales y ambientales que favorezcan un impacto positivo en la salud individual y colectiva.

·          Desarrollo de programas de prevención de enfermedades y de promoción de hábitos de vida saludables dirigidos a todas las etapas de la vida, en especial a la infancia y vejez y de acuerdo con las prioridades establecidas previamente, atendiendo especialmente a las enfermedades emergentes, reemergentes y de especial relevancia.

·          Desarrollo de acciones de prevención secundaria como son los programas de detección precoz de la enfermedad.

 

·          Sector al que se dirige la ayuda: Entidades representativas y Sociedades de la Ciudad Autónoma de Melilla que recogen en sus estatutos de fundación la protección y atención a personas con enfermedad o promueven la defensa del colectivo y de las personas con discapacidad

·          Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a las entidades representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a personas con problemas de salud y prevención de las mismas.

·          Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el Anexo I

OBJETIVO GENERAL 3.-

-Fomento y desarrollo de actuaciones relacionadas con la Salud Animal, control y prevención de zoonosis.

-Protección y cuidado del bienestar animal y fomento de la adopción de animales abandonado y promoción de la lucha contra el abandono de animales domésticos

Medidas prioritarias:

·          Desarrollo de actividades en sanidad animal, específicamente aquellas que contribuyen a prevenir zoonosis, con especial incidencia las relacionadas con la Lucha Antirrábica.

·          Control y supervisión del Centro de Recogida de Animales.

·          Tramitación de expedientes relativo al traslado de animales.

·          Implantación, establecimiento y gestión de Colonias felinas

·          Objetivo estratégico:

- Actuaciones relacionadas con la Salud Animal, control y prevención de zoonosis.

-Fomento y promoción de actuaciones tendentes a la adopción de animales de animales abandonados y del sacrificio cero.

-Establecimiento y control de colonias felinas

-Sensibilización para combatir el maltrato animal y el abandono de animales domésticos

·          Área de Competencia: Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública. Dirección General de Salud Pública

·          Sector al que se dirige la ayuda: Entidades que promuevan la protección de animales,Centros de acogidas y refugio de animales, y Colegios profesionales .

Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a las entidades representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a aquellos para traslados, esterilización, controles y desarrollo de actividades en el bienestar animal y en el fomento de la sanidad animal, específicamente aquellas que contribuyan a prevenir zoonosis, la lucha antirrábica y a la difusión de otras 
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·          enfermedades trasmisibles

·          Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el Anexo

OBJETIVO GENERAL 4-Actuaciones tendentes a fidelizar y promover la captación de profesionales sanitarios para el fortalecimiento de la salud pública y la atención sanitaria a la población melillense.

Se viene produciendo un falta de ocupación de plazas de profesionales que se ocupan de la atención sanitaria en la Ciudad de Melilla, por ello y al amparo de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, que permite a los poderes públicos orientar sus políticas de gasto sanitario a corregir desigualdades sanitarias y garantizar la igualdad de acceso a los Servicios Sanitarios Públicos en todo el territorio español, según lo dispuesto en los artículos 9.2 y 158.1 de la Constitución, y lo establecido en el srt. 81 de la misma Ley que, señala que la generalización del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria debe implicar la homologación de las atenciones y prestaciones del sistema sanitario público y que esto se efectuará mediante la asignación de recursos financieros que tengan en cuenta tanto la población a atender en cada Comunidad Autónoma y las inversiones sanitarias a realizar para corregir las desigualdades territoriales sanitarias, exige esta actuación promocional que mejore las condiciones y de la calidad de vida de los melillenses, de acuerdo con lo recogido en el art. 5.2 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de la Ciudad de Melilla.

·          Sector al que se dirige la ayuda: Colegio Oficial de Médicos de la Ciudad Autónoma de Melilla para promocionar la captación, fidelización y arraigo de profesionales sanitarios en la Ciudad de Melilla.

·          Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Incentivar mediante apoyo financiero y otras medidas de integración en la sociedad melillense de aquellos profesionales sanitarios que desean establecerse en la ciudad y mejorar la dotación sanitaria y por ende la salud de la población melillense.

·          Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter temporal con periodicidad anual.

·          Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el Anexo I

ASPECTOS COMUNES A LAS LINEAS EXPUESTAS

§  Fechas de concesión previstas: Desde enero a junio.

§  Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos o publicación de las convocatorias en el caso de concurrencia competitiva

§  Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Bases de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad de Melilla. Formalización y de los correspondientes Convenios de Colaboración.

§  Seguimiento: Justificación a través de facturas de todos los gastos de personal, generales, de reparación y mantenimiento ordinario. Justificación técnica de un informe pormenorizado de las actividades realizadas, detallando el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos y el impacto social de los mismos. Traslado a Intervención General para su fiscalización.

§  Evaluación: Aplicación de Indicadores de proceso y de resultado.

o   Número de actividades llevadas a cabo.

o   Grado de cumplimiento de objetivos.

o   Número de personas o pacientes afectados.

o   Plazo de tramitación y pago.

C.- EN EL ÁREA DEL MENOR Y LA FAMILIA

OBJETIVO 1.-Ofrecer una atención adecuada a niñas tuteladas por la Ciudad Autónoma de Melilla, que por diversos motivos resulta beneficioso para su adecuado desarrollo salir del entorno de la Ciudad de Melilla.

El programa pretende:

-          Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos.

-          Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma temporalizada e individualizada.

-          La intervención especializada y profesionalizada se desarrollará en régimen abierto, con la realización de actividades en el exterior del Centro, procurando la utilización de recursos normalizado, de cara a la inserción sociolaboral de las adolescentes.

OBJETIVO 2.- Ofrecer atención individualizada a menores en situación de riesgo y/o desamparo que permitan la progresiva normalización y reinserción de las menores con problemas sociofamiliares.

El programa de primer acogimiento y atención residencial para menores socialmente desfavorecidas pretende:

-       Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos.

-       Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma temporalizada e individualizada.

-       La intervención especializada y profesionalizada se desarrollará en régimen abierto, con posibilidad de realizar actividades en el exterior del Centro de Acogida, en cuyo caso se procurará la utilización de recursos normalizados.

OBJETIVO 3.- Ofrecer atención individualizada a menores en situación de riesgo y/o desamparo, en centros residenciales de atención especializada, que permitan la progresiva normalización y reinserción de menores con problemas sociofamiliares.

El programa pretende:

-       Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos.

-       Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma temporalizada e individualizada.

-       La intervención especializada y profesionalizada se desarrollará en régimen abierto, con la realización de actividades en el exterior del Centro, procurando la utilización de recursos normalizados.

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OBJETIVO 4.- Ofrecer a los menores a través de una línea telefónica de ayuda a la infancia, ayuda psicológica, informar sobre recursos sociales, resolver dudas de carácter jurídico, derivar a los recursos más adecuados y realizar intervenciones en aquellos casos que lo requieran.

El Programa pretende:

-       Atención especializada de las llamadas telefónicas recibidas en la línea de ayuda a la infancia que procedan de la Ciudad Autónoma de Melilla.

-       Coordinación con organismos, entidades o agentes sociales que trabajen en el ámbito de la infancia y la adolescencia dentro del ámbito territorial de la Ciudad.

-       Seguimiento de los casos detectados y derivados a los Centros de Servicios Sociales de la Consejería del Menor y la Familia.

-       Elaboración de un informe anual sobre la situación de la Infancia y Adolescencia en la Ciudad Autónoma de Melilla, de acuerdo con la información recogida como consecuencia de la prestación del servicio.

OBJETIVO 5.- Ofrecer a los jóvenes ex-tutelados (de 18 a 23 años) un recurso residencial, educativo y formativo en la Ciudad de Melilla, que comprenderá actividades agrupadas en las dos siguientes líneas de trabajo:

1.- Línea para Búsqueda de empleo

2.- Línea para Emancipación

Por ello con este programa se pretende:

1.    Dar respuesta a situaciones de emergencia social de jóvenes ex - tutelados en riesgo de exclusión social: estancia de duración limitada con el fin de ofrecerle una vivienda digna, cálida y confortable para su desarrollo como individuo en un mundo colectivo.

2.    Supervisar el proceso de rehabilitación e integración de la persona para la preparación al mundo de manera independiente: guiar en la preparación para una vida más autónoma e independiente, sin la necesidad de tutores legales, pero si con personal de apoyo, que le indiquen los pasos a seguir para dicha independencia.

3.    Dotar o reforzar las habilidades necesarias para el desempeño de las actividades básicas de la vida diaria.

4.    Fortalecer la capacidad de resolución de conflictos personales de manera independiente.

5.    Transmitir la capacidad de autonomía en el desempeño de sus actividades diarias, tales como recoger la casa, hacerse de comer, ir al médico… siempre bajo el sutil y ligero seguimiento del equipo multidisciplinar, para comprobar la evolución de los/las usuarios.

6.    Fomentar el análisis de la realidad desde su propia visión y reflexión para la resolución de problemas cotidianos.

7.    Promover el uso de los recursos socio-sanitarios.

8.    Favorecer el proceso de toma de decisiones para que adopten posturas responsables.

9.    Promover hábitos y conductas de salud e higiene personal.

10.  Fomentar la identidad personal y relacional.

11.  Estimular el conocimiento y aceptación de normas básicas de la comunidad/entorno.

Todo ello persiguiendo los siguientes objetivos:

-       Integración social: para proporcionar al individuo un alojamiento dentro de la comunidad, facilitando con la ayuda de la construcción y desarrollo de una estructura vital, para la preparación e incorporación en la Sociedad y Mercado laboral, antes de que puedan valerse por sí mismos.

-       Equilibrio Psicosocial: Atendiendo a cada persona mediante programas individuales de autorefuerzo, para cubrir las diferentes áreas personales o sociales afectadas en cada uno de ellos. Sobre todo, para las que se encuentre algún tipo de déficit o carencia.

-       Preparación: durante el tiempo que los jóvenes extutelados se encuentran dentro del hogar recibirán un plan de preparación individualizado que aumente su capacidad para tomar decisiones, intentando que la persona crezca de manera autónoma y que progresivamente pueda valerse por sí misma, adquiriendo nuevas responsabilidades y sintiéndose a la vez dueño de su propia vida, intentando así alcanzar su autonomía por completo.

-       Estructuración de la vida diaria: enseñando a las personas a organizar su tiempo mediante actividades normalizadas (de autocuidado, ocio y participación social) dentro del hogar y en la comunidad, además de la adquisición de hábitos y rutinas.

-       Normalización de su situación: para luchar contra la intolerancia, el estigma y la discriminación.

-       Desarrollo de mecanismos: que favorezca la integración de las personas atendidas involucrando su participación con diversos grupos de exclusión o menos favorecidos de la Sociedad, como pueden ser personas con limitación de movilidad, discapacidad mental, proyecto hombre, participación en actividades de la 3ª edad, etc. (fomentando de ese modo la colaboración de identidades de la ciudad)

-       Dotar de un recurso de alojamiento completo en un entorno comunitario. Dicho alojamiento comprenderá: manutención, ropa, medicamentos, útiles de aseo, ropa de cama y cuantos enseres se requieran para desarrollar una vida digna.

-       Crear las condiciones necesarias que permitan a las personas con esta problemática vivir de manera autónoma

-       Ayudar en la creación de una red social de relaciones, potenciando la participación en actividades socioculturales y lúdico-deportivas.

-       Procurar un aumento en la calidad de vida

-       Dar una oportunidad necesaria a estos Jóvenes para su inserción en la Sociedad.

OBJETIVO 6.- Ofrecer un Hogar de emancipación para jóvenes ex tuteladas (entre 18 y 23 años) para su formación personal y profesional, con un número variable de plazas, según el presupuesto disponible, en la península. Mediante este programa se pretende:

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-       Dotar de un recurso de alojamiento completo en un entorno comunitario. Dicho alojamiento comprenderá: manutención, ropa, medicamentos, útiles de aseo, ropa de cama y cuantos enseres se requieran para desarrollar una vida digna.

-       Desarrollar las capacidades personales como la convivencia, la asunción de una vida independiente de las instituciones y la incorporación progresiva a los circuitos sociales normalizados.

-       Trabajar la responsabilidad mediante actitudes como la seriedad y constancia en el compromiso adquirido y el conocimiento y ejercicio de sus derechos y deberes ciudadanos.

OBJETIVO 7.- Desarrollar actuaciones de integración de menores acogidos o en situación de riesgo de exclusión social para contribuir a mejorar su integración social y a mejorar su adaptación al entorno educativo.

El Programa tiene como objetivos:

-       Cubrir las necesidades básicas de alimentación, higiene y atención sanitaria de los menores que formen parte de las actividades.

-       Potenciar las relaciones interpersonales.

-       Ofrecer espacios de ocio y diversión a los menores.

-       Enseñar a los menores los diferentes tipos de ocio que existen en la ciudad.

-       Fomentar la participación de los menores en las actividades que se realizan.

-       Potenciar la autoestima, aptitudes y valores del menor como persona.

-       La rendición de cuenta de las cantidades aplicadas al programa y abonadas en concepto de financiación del mismo, en el que se incluirán los gastos derivados del coste del programa relativos a pago de comida, transporte en autobús, aseo, limpieza, material didáctico, ropa, calzado y todo tipo de gastos derivados directamente de la ejecución del programa.

OBJETIVO 8.- Fomento de la inserción laboral de menores acogidos o tutelados por la Ciudad Autónoma o a través de cursos formativos que promuevan la inserción de menores en riesgo de exclusión.

Mediante este programa se pretende:

·  Lograr mayores niveles de autonomía, entendiendo como tal la capacidad de dirigir por sí mismo su propio proceso personal, emanciparse, generar expectativas de avance, definir proyectos de mejora, buscar la independencia personal y la equiparación dentro de la sociedad en la que vivimos.

·  Fomentar y reforzar su autonomía, la autonomía no es sólo una cuestión económica sino también de empoderamiento, es decir, de madurez, personalidad y autoestima.

·  Estimular su implicación, impulsar la toma de decisiones, aceptar que se equivoquen, responder a sus errores, ayudarlos a apropiarse de su conducta y descubrir cómo su conducta afecta a otras personas, y tienen que aprender a responsabilizarse de ello.

·  Formación para la vida, que permita una integración social, un acceso a oportunidades de incorporación activa a la sociedad.

·  Desarrollo integral de la persona, que pueda avanzar en diferentes áreas de forma equilibrada.

·  Ofrecer alternativas que permitan que las personas aprendan a aprender, a través de un circuito de acción-reflexión-acción.

·  Fomentar su autoconocimiento, es decir, que sepan cuáles son sus verdaderas posibilidades y potencialidades.

·  Reforzar su autoestima, ya que ésta empodera al joven y le da fuerzas y motivación para avanzar en su itinerario.

·  Concienciación de la importancia del autocuidado

·  Motivar para la continuación de la formación y actualización de competencias profesionales.

·  Desarrollar valores de cooperación, solidaridad.

·  Capacitación profesional.

·  Proporcionar experiencias de éxito.

·  Acompañarles: estar a su lado mientras hacen su camino.

OBJETIVO 9.- Fomento de la formación y reciclaje profesional del personal de los centros de protección, la introducción de nuevos modelos organizativos y de atención al colectivo de menores de protección y /o de reforma requiere la permanente actualización de conocimientos y de técnicas de intervención con estos colectivos.

Mediante este programa se pretende:

-  Aplicar técnicas educativas para la mejora de la convivencia en los centros de menores

-  Mejorar la calidad en la atención y en el servicio de los centros residenciales de menores.

-  Incorporar medidas educativas específicas como estrategias reductoras de los factores de riesgo en base a una metodología de trabajo socioeducativa.

-  Fomentar el desarrollo de habilidades para la detección precoz de situaciones de riesgo.

-  Capacidad para aplicar los conocimientos adquiridos a fin de prevenir, detectar y actuar ante posibles casos de violencia infantil o juvenil.

-  Capacidad para diseñar programas y estrategias de prevención y protocolos de actuación en colaboración con otros profesionales y entidades involucrados en la protección de menores.

-  Capacidad para comunicar de forma efectiva sus conclusiones y recomendaciones a otros profesionales, autoridades, familias y afectados por el problema de la violencia infantil y juvenil.

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-  Capacidad para analizar críticamente los protocolos y proponer mejoras.

 

ANEXO I

 

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA - ORGÁNICO PROGRAMA ECONÓMICO CL. ESPECÍFICA DENOMINACIÓN

IMPORTE

DIRECCIÓN GENERAL

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

1

05 23101 48900

CONVENIO CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA

6.191.372,45€

SERVICIOS SOCIALES/ MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA/ DIRECTA

2

05 23105 48000

CONVENIO SAN VICENTE DE PAUL/ VIRGEN DE LA LUZ

1.440.804,18€

SERVICIOS SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

3

05 23106 47900

CONVENIO FUNDACION TUTELAR

29.985,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

4

05 23107 48000

CONVENIO RELIGIOSAS MARIA INMACULADA

363.020,52 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

5

05 23108 48000

CONVENIO CARITAS DIOCESANA/INTERPARROQUIAL MELILLA

305.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

6

05 23109 48000

CONVENIO ASOME

131.530,03 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

7

05 23110 48000

CONVENIO VOLUNTARIADO CRISTIANO DE PRISIONES

25.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

8

05 23111 48000

CONVENIO ASOCIACION FAMILIARES ENFERMOS ALZHEIMER

69.244,56 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

9

05 23112 48000

CONVENIO ASPANIES PLENA INCLUSIÓN MELILLA

306.791,31 €

SERVICIOS SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

10

05 31102 48000

CONVENIO A.E.C.C.

117.000,00 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

11

05 31103 48000

CONVENIO ASOCIACION PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS

100.000,00 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

12

05 31104 48000

CONVENIO COLEGIO OFICIAL

VETERINARIOS DE MELILLA

295.000,00 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

13

05 31101 48000

CONVENIO CRUZ ROJA ESPAÑOLA

257.165,69 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

14

05 23113 48000

CONVENIO ASOCIACION AUTISMO DE MELILLA

124.969,00 €

SERVICIOS SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

15

05 23114 48000

CONVENIO ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS DE MELILLA

20.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

16

05 23115 48000

CONVENIO CLINICA EL SERANIL

50.142,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

17

05 23116 48000 CONVENIO HERMANAS HOSPITALARIAS SAGRADO CORAZON DE JESÚS

270.418,54 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

18

05 23117 48000

CONVENIO HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASIS

735.840,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

19

05 23118 48000

CONVENIO COA

297.755,52 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

20

05 23119 48000

CONVENIO FEAFES MELILLA

103.511,61 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

21

05 23120 48000

CONVENIO TEAMA

200.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

22

05 23121 48000

CENTRO ASISTENCIAL SAN JUAN DE DIOS DE MÁLAGA

219.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

23

05 23122 48000

CONVENIO ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL DE MELILLA (CAPACES)

124.228,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

24

05 23123 48000

CONVENIO BANCO DE ALIMENTOS DE MELILLA

182.800,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

25

05 23124 48000

CONVENIO AMLEGA

29.979,60 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

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26

05 31105 48000

CONVENIO ASOCIACIÓN DE DIABÉTICOS DE MELILLA (ADIMEL)

58.164,16 €

SALUD PÚBLICA

NOMINATIVA

27

05 23125 48000

CONVENIO MENSAJEROS POR LA PAZ

40.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

28

05 23104 48000

PREVENCION E INSERCION SOCIAL

845.425,96 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA COMPETITITIVA CONCURRENCIA NO COMPETITIVA/ DIRECTA

29

05 23100 48000

SUBV. CENTROS POLÍTICAS SOCIALES

171.835,84 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

30

05 23100 47900

CONVOCATORIA MANTENIMIENTO PROGRAMA TAXIS ADAPTADOS

10.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA NO COMPETITIVA

31

05 23102 48000

SUBV. ORGANISMOS SIN ANIMO LUCRO

224.302,35 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA COMPETITIVA

32

05 23103 48000

SUBV. A PROGRAMAS DE INTERÉS GRAL. CON CARGO A LA ASIGN. TRIBUT. DEL 0,7% DEL IRPF - AFECTADA

2.391.936,39€

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA COMPETITIVA

33

05 31106 48000

CONVOCATORIA SUBVENCIONES SALUD PÚBLICA

60.000,00 €

SALUD PÚBLICA

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

34

05 31107 48000

SUBVENCIÓN CENTROS SALUD PÚBLICA

40.000,00 €

SALUD PÚBLICA

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

35

05 31100 48000

BECAS TALLERES ASISTENCIA Y PREVENCIÓN DE ADICCIONES

50.000,00 €

SALUD PÚBLICA

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

36

05 31200 48000

ILUSTRE COLEGIO DE MÉDICOS

200.000,00€

SALUD PÚBLICA

NOMINATIVA

37

05 24103 48000

PROGRAMA ASISTENCIA MATERIAL BÁSICA FSE+2021-2027

300.258,00 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA NO COMPETITIVA/DIRE CTA

38

0523107 48900

MUJERES VECINALES

254.574,04 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

39

05 31108 48000

ASOCIACIÓN HUELLAS DE SOLIDARIDAD

40.000,00 €

SALUD PÚBLICA

NOMINATIVA

39

05 23113 48001

ASOCIACIÓN ANAR

9.500,00 €

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

40

05 23119 48001

CONVENIO ASOCIACION HOGAR LA SALLE JEREZ

54.596,70 €

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

41

05 23120 48001

INSTITUTO PSICOPEDAGOGICO DULCE NOMBRE DE MARIA

433.620,00 €

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

42

05 23121 48001

FUNDACION EMET ARCOIRIS

431.795,00€

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

43

05 23122 48001

ASOCIACION MALAGUEÑA DE PADRES PARALITICOS CEREBRALES

43.920,00€

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

44

05 23123 48001

INST. HERMANAS TERCIARIAS FRANCISCANAS

54.750, 00€

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

45

05 23124 48001

FUNDACIÓN PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MÉDICA DE URGENCIAS (SAMU) PROGRAMAS ADULTOS

227.000, 00€

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

46

05 23125 48001

ASOCIACIÓN CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ

185.000,00€

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

47

05 23128 48001

ASOCIACIÓN MELILLA ACTIVA

250.000,00 €

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

48

05 23129 48001

DIVINA INFANTITA

485.000,00 €

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

49

05 23130 48001

ASOCIACIÓN ASYRE

180.000,00

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

50

05 23107 48001

SUBV. CENTRO COLABORADORES MENORES

150.000,00 €

MENOR Y FAMILIA

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

51

05 31107 48000

SUBVENCIÓN INSTALACIONES DE SALUD PÚBLICA

40.000,00€

SALUD PÚBLICA

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

52

05 31201 48000

ILUESTRE COLEGIO OFICIAL DE FARMACÉUTICOS DE MELILLA

300.000,00€

SALUD PÚBLICA

NOMINATIVA

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53

05 23300 78000

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL CENTROS DE POLÍTICA SOCIALES

20.000, 00€

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA/DIRECTA

 

2.-CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS E IGUALDAD


 

A- DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1-FORMACIÓN A EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA CUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Realización de diferentes acciones formativas dirigidas a Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Función Pública.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de las acciones formativas que se desarrollen durante los ejercicios 2024 al 2026 correspondientes a los Planes de Formación con Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de Melilla y cuya finalidad es la formación de los Empleados Públicos de la misma.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 27.756,90 € +19.216,32€ + 19.810,88+19.216.32 €

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   03 92005 48900 USTM PLAN DE FORMACIÓN-FONDOS PROPIOS USTM 27.756,90 €

o   03 92001 48900 UGT FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL UGT  19.216,32 €

o   03 92001 48900 CCOO FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL CCOO  19.810,88 €

o   03 92001 48900 CSIF FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL CSIF 19.216,32

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

1.    Concesión anual mediante partida nominativa a cada una de las entidades sindicales con representación local en la Ciudad Autónoma de Melilla.

2.    Subvención concedida por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionada por la Dirección General de Administraciones Públicas.

3.    Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones. Reglamento por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224 de 9 de septiembre de 2005).

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Informes y justificaciones aportadas por el beneficiario, así como cuantas comprobaciones considere oportuno la Dirección General de Función Pública.

-       Evaluación: Memoria de actuación por cada acción formativa. Entre los criterios objetivos a evaluar se tendrá en cuenta:

o   Los alumnos que se matriculen y los que finalicen las acciones formativas.

o   Costes económicos desglosados en gastos directos e indirectos.

B. DIRECCIÓN GENERAL DEL PRESIDENTE

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1-VOLUNTARIADO ASOCIACIONES ONG´S

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Contribuir a fomentar una cultura de la solidaridad en nuestra ciudad, mediante la cooperación y la educación para el desarrollo.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Voluntarios de la Asociación y todos aquellas que estén interesados.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Llevar a cabo programas y acciones de cooperación al desarrollo y solidaridad que conlleven una implicación efectiva de personas, colectivos y entidades de la ciudad. Acompañar procesos de desarrollo humano. Contribuir a la generación de procesos de desarrollo en las áreas geográficas establecidas por la Ciudad Autónoma. Salvar vidas, aliviar el sufrimiento y mantener la dignidad humana durante y después de las crisis provocadas por el hombre o por desastres naturales, así como prevenir y reforzar la capacidad de respuesta para cuando sobrevengan tales situaciones.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 35.000€

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

BOME-PX-2024-863 Descargar página

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   0392501/48900  Subvención Asociación Intervención Ayuda y Emergencias 10.000,00€

o   0392501/48900  Ayuda, cooperación y Desarrollo  25.000,00€

·        PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

o   a. Concesión de subvención directa nominativa a ONG Asociación Intervención Ayuda y Emergencia.

o   b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

o   c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

o   d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

 

2.1-CENTRO HIJOS DE MELILLA

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural, Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000€

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   03/92402/48900 Subvención Centro de Hijos de Melilla 30.000,00 €

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

o   a. Concesión de subvención directa nominativa a Centro de Hijos de Melilla

o   b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

o   c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

o   d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

 

2.2-ASOCIACIÓN POLICÍA LOCAL

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural, Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000€

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   03/92402/48900 Subvención Asociación Policía Local 30.000,00 €

BOME-PX-2024-864 Descargar página

·        PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

o   Concesión de subvención directa nominativa a Asociación Policía Local

o   Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

o   Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

o   Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

 

2.3-CLUB ESCORPIO DE AVENTURAS

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural, Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 15.000€

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   03/92402/48900 Subvención Club Scorpio de Aventuras 15.000,00 €

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

o   a. Concesión de subvención directa nominativa a Club Scorpio de Aventuras

o   b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

o   c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

o   d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

 

2.4-ASOCIACIONES AMAS DE CASA

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural, Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociación Amas de Casa.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 10.000€

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   03/92402/48900 Subvención Asociación Amas de Casa 10.000,00 €

BOME-PX-2024-865 Descargar página

·                                  PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

o   Concesión de subvención directa nominativa a Asociaciones Amas de Casa.

o   Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

o   Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

o   Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

C- DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA UNIVERSITARIA

Objetivos estratégicos:

1.     Facilitar y mejorar la enseñanza de los melillenses, mejorando la oferta universitaria, así como el fomento de la actividad universitaria. Mejorar la infraestructura universitaria en nuestra ciudad.

2.     Favorecer la especialización de los alumnos universitarios mediante la implantación de Másteres Universitarios, seminarios de especialización, cátedras, acciones formativas y foros internacionales.

3.     Apoyo a proyectos e iniciativas dentro del ámbito formativo universitario.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Facilitar y mejorar la enseñanza de los melillenses, así como el fomento de la actividad universitaria.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Facilitar y mejorar la enseñanza superior de los melillenses, así como el fomento de la actividad universitaria como foco de atracción económica de nuestra ciudad, elemento dinamizador estratégico y de impulso socioeconómico para el futuro.

Se pretende ampliar y consolidar la oferta universitaria de titulaciones, grados, másteres, seminarios, conferencias, Cátedras y otros programas formativos de calidad como elementos de generación de riqueza y desarrollo futuro de Melilla. Se consolida el Foro Internacional de Turismo, como programa de fomento del turismo y de la imagen y promoción internacional de Melilla.

Entre las titulaciones que se pretenden impulsar en el ámbito de Melilla en los próximos ejercicios estarán las relacionadas con los nuevos Grados de Ciencia de Datos e Inteligencia Artificial, Podología y Másteres en los ámbitos de Comercio Exterior, Relaciones Económicas Internacionales, Finanzas y Aplicaciones al Análisis de Negocios, Gestión de la Salud, y cuantas otras se estimen oportunas a fin de incrementar la oferta universitaria de la Universidad de Granada en Melilla.

     ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

     CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Universitaria.

     SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada. Otras Universidades.

     OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer el acceso a la enseñanza universitaria y su especialización mediante la implantación y consolidación de Titulaciones Universitarias, Máster universitario y otros programas académicos. Así, en el “Convenio Marco de Colaboración entre la Universidad de Granada y la Ciudad Autónoma de Melilla para el Desarrollo de la Oferta Universitaria” de fecha 3 de diciembre de 2018, publicado en el BOME núm. 26 extraord. de 19 de diciembre de 2018 , se especificaban objetivos tales como la asunción por la Ciudad Autónoma de los costes del personal docente y de administración y servicios ocasionados por la implantación de dichas nuevas titulaciones universitarias, así como la mejora de las infraestructuras del Campus de la Universidad de Granada en Melilla. La Ciudad sufragará los gastos de personal docente acordados con la Universidad de Granada que se ocasionen por la implantación de las nuevas Titulaciones y Másteres universitarios. Asimismo, se fomentará el desarrollo de actividades en el Campus de la Universidad de Granada en Melilla, así como su difusión fuera de la Ciudad. En el caso del fomento de las actividades universitarias de las tres facultades del campus de Melilla se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

     PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Periodicidad anual. Los propios Convenios interadministrativos de desarrollo señalan y concretan el plazo de ejecución, vinculado al año escolar o según convenio.

     COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024:

-       Convenio UGR- Grado en Enfermería: 950.243,68 Euros.

-       Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias ACT Física: 1.191.872,77. Euros

-       Convenio UGR- ADE+Derecho: 983.921,77 Euros.

-       Convenio UGR- Grado Fisioterapia: 605.710,53 Euros.

-       Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la Educación: 15.000,00 Euros.

-       Convenio UGR- Máster Abogacía: 15.148,00 Euros.

-       Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria: 90.000,00 Euros.

-       Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH: 15.000,00 Euros.

BOME-PX-2024-866 Descargar página

-       Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela: 10.000,00 Euros.

-       Convenio UGR- Seminario Prof. “José Sainz Cantero”: 10.000,00 Euros.

-       Convenio UGR para la implantación y desarrollo de la Cátedra Sefarad. 30.000 euros.

-       Convenio UGR Foro Internacional de Turismo. 50.000 euros.

-       Convenio UGR Cursos de Verano.

-       Convenio UGR Fomento de Investigación Campus de Melilla.

     APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

-       Convenio UGR- Grado en Enfermería: (03 32402 45390)

-       Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias ACT Física: (03 32403 45390).

-       Convenio UGR- ADE+Derecho: (03 32404 45390).

-       Convenio UGR- Grado Fisioterapia: (03 32405 45390).

-       Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la Educación: (03 32412 45390).

-       Convenio UGR- Máster Abogacía: (03 32406 45390).

-       Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria: (03 45300 45390).

-       Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH: (03 32410 45390).

-       Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela: (03 32411 45390).

-       Convenio UGR- Seminario Prof. “José Sainz Cantero”: (03 32408 45390).

-       Convenio UGR para la implantación y desarrollo de la Cátedra Sefarad. (03 32414 45390).

-       Convenio UGR Foro Internacional de Turismo. (03 32413 45390).

-       Convenio UGR Cursos de Verano (03 32417 45390).

-       Convenio UGR Fomento de Investigación Campus de Melilla (03 32415 45390).

     APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

     PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a)     Concesión de subvenciones directas nominativas a la Universidad de Granada para el desarrollo de cada una de las Titulaciones, Seminarios, Actividades, Másteres Universitarios y otras acciones formativas por los importes reseñados.

b)     Fechas de concesión previstas: Desde enero a abril/mayo (anticipada) o pospagable (a final de año).

c)              Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

d)     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.

     SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-  Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-  Evaluación:  Elaboración por las entidades beneficiarias de un Informe o Memoria de las actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, actividades realizadas, resultados obtenidos, identificación de beneficiarios, observaciones, entre otros datos de interés. Comparativo con los datos económicos de ejercicios anteriores, si los hubiera. Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, entre otros que se contemplen en los convenios.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

 

     OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Colaborar con la Universidad de Granada en la mejora de las infraestructuras necesarias.

     OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Colaborar con la Universidad de Granada en la mejora de las infraestructuras necesarias para impulsar y modernizar la oferta universitaria del Campus de Melilla, tales como el edificio del antiguo Correos, la ampliación del edificio principal del Campus Universitario, obra del pabellón deportivo universitario y la puesta a disposición de instalaciones para la implantación de nuevas titulaciones o formación universitaria (Local 33 de la Estación Marítima u otros).

     ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

     CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Universitaria.

     SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada.

     OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: colaboración e impulso en obras necesarias de mejora de infraestructuras del Campus de nuestra ciudad, con el objetivo de incrementar y consolidar cualitativamente la oferta universitaria de Melilla.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con 
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     periodicidad anual.

     COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: No previsto 2024. Ejecución y seguimiento de los Convenios rubricados en ejercicios anteriores.

     APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: ----

     APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

     PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.   Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

b.   Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento de la LGS y General de Subvenciones de la CAM. Formalización del correspondiente Convenio.

     SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-       Evaluación: Grado de cumplimiento de las obras. Plazo de tramitación y pago. Justificación del cumplimiento de objetivos.

D- DIRECCIÓN GENERAL DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

Objetivos Estratégicos:

1)     Fomentar acciones que resultan de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

2)     Favorecer el acceso a la enseñanza universitaria mediante ayudas para matrículas

3)     Favorecer a las familias con recursos más limitados mediante ayudas a material escolar, libros y transporte escolar para estudiantes de ESO.

4)     Favorecer a los estudiantes que quieran cursar Ciclos de Formación Profesional de Grado Superior mediante ayudas a material escolar, libros y transporte escolar.

5)     Favorecer la posibilidad de complementar las Becas del Programa ERASMUS para estudiantes universitarios melillenses

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

 

     OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar el acceso de los melillenses a estudios universitarios, estableciendo ayudas para matrículas universitarias. Facilitar medios a los universitarios melillenses para colaborar en los costes de los estudios universitarios a través de la financiación de la correspondiente matrícula.

     AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

     CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de la Información.

     SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Alumnos melillenses que cursen sus estudios universitarios o de acceso a la Universidad para mayores de 25 y 45 años.

     OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer el acceso a la enseñanza universitaria mediante ayudas para matriculas

     PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

     COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Becas Universitarias/Ayudas al Estudio: Hasta un máximo de 400.000,00 Euros anuales.

     APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta. Si bien se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

     APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   Becas Universitarias/Ayudas al Estudio (03 32000 48000)

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a.     Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia.

b.     Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico

c.      Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención en los presupuestos Generales de la CAM.

d.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la correspondiente Convocatoria anual.

     SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Número de solicitudes presentadas

o   Número de beneficiarios finales

o   Plazo y tramitación del pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

 

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: : Subvenciones de ayudas al estudio alumnado de educación secundaria. Facilitar medios a las familias melillenses con hijos/as a cargo que cursan estudios en algún Instituto de Educación Secundaria de Melilla para colaborar con ellas en la financiación de los libros, material escolar y 
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·         transporte que requieren los estudios de sus hijos e hijas.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de la Información.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Alumnado de Educación Secundaria de la totalidad de Institutos de Educación Secundaria de Melilla, así como consecuentemente las familias melillenses con hijos e hijas que cursan dichos estudios..

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a los alumnos de educación secundaria, ESO, y consecuentemente a las familias con hijos e hijas que cursan dichos estudios de una ayuda económica para libros y transporte escolar que garantice la asistencia regular en situación óptima de todo su alumnado.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Ayudas al Estudio de Secundaria: Hasta un máximo de 1.200.000,00 Euros anuales.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta. Si bien se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   Ayudas al Estudio de Secundaria (03 32401 48000)

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a.     Subvención a cada alumno beneficiario de una ayuda para la adquisición de libros de texto y transportes escolar.

b.     Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico

c.      Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención en los presupuestos Generales de la CAM. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la correspondiente Convocatoria anual.

d.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la correspondiente Convocatoria anual.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Número de solicitudes presentadas

o   Número de beneficiarios finales

o   Plazo y tramitación del pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: : Facilitar y complementar el desarrollo universitario a los estudiantes melillenses, estableciendo ayudas para complementar su formación universitaria.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Facilitar medios a los universitarios melillenses para colaborar en los costes de los estudios que desarrollen para fomentar la movilidad interuniversitaria, como complemento al Programa Erasmus.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de la Información.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Alumnos melillenses que cursen sus estudios universitarios y vayan a participar en el Programa Erasmus.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer la movilidad interuniversitaria mediante ayudas mejorar la capacitación de los alumnos universitarios melillenses.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Ayudas Complementarias Programa Erasmus: Hasta un máximo de 100.000,00 Euros anuales.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta. Si bien se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   Becas Universitarias/Ayudas al Estudio (03 32000 48000)

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

-       Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia.

-       Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico.

-       Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención en los presupuestos Generales de la CAM. –

-       Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la correspondiente Convocatoria anual.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Número de solicitudes presentadas

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o   Número de beneficiarios finales

o   Plazo y tramitación del pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4º

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: : Subvenciones de ayudas al estudio alumnado de los Ciclos de Formación Profesional de Grado Superior. Facilitar medios a las familias melillenses con hijos/as a cargo que cursan estudios en algún Instituto de Formación Profesional de Grado Superior para colaborar con ellas en la financiación de los libros, material escolar y transporte que requieren los estudios de sus hijos e hijas.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de la Información.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Alumnado de los Ciclos de Formación Profesional que desarrollen sus estudios en centros Oficiales de Formación Profesional de Melilla.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a los alumnos de los Ciclos de Formación Profesional, y consecuentemente a las familias con miembros de la unidad familiar que cursan dichos estudios de una ayuda económica para libros y transporte que garantice la asistencia regular en situación óptima de todo su alumnado.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: AYUDAS FP: Hasta un máximo de 200.000,00 Euros anuales

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta. Si bien se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o    AYUDAS FP: (03/32602/48000)

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a.     Subvención a cada alumno beneficiario de una ayuda para la adquisición de libros de texto y transportes escolar.

b.     Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia. f. Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico

c.     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención en los presupuestos Generales de la CAM.

d.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la correspondiente Convocatoria anual.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Número de solicitudes presentadas

o   Número de beneficiarios finales

o   Plazo y tramitación del pago

E- DIRECCIÓN GENERAL DE PRESIDENCIA E IGUALDAD

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

SUBVENCIONES PARA ACOGIDA / TUTELA DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y AGRESIONES SEXUALES

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios a las Asociaciones y entidades de Melilla que llevan a cabo gestiones de viviendas de acogida o tutela y recursos habitacionales, de mujeres victimas de violencia de género o agresiones sexuales.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo la gestión de recursos habitacionales, viviendas de acogida o tutela de mujeres victimas de violencia de género y de agresiones sexuales.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades gestoras de recursos habitacionales de mujeres victimas de violencia de género o de agresiones sexuales en Melilla de recursos mínimos que garanticen la correcta asistencia de acogida y tutela a dichas mujeres victimas y a sus hijos e hijas de ella dependientes.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-       Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 641.500,00 €

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION:

-       Ministerio de Igualdad

BOME-PX-2024-870 Descargar página

-       Pacto de Estado contra Violencia de Género

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:


 

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

o   a. Subvención Directa nominativa a cada entidad que gestiona un centro de acogida / tutela de mujeres víctimas.

o   b. Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

o   c. Mecanismos de actuación: Convenios de colaboración o resolución con determinaciones de concesión, según proceda.

·        SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación justificativa

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

SUBVENCIONES ACTIVIDADES FORMATIVAS, LUDICAS Y TERAPÉUTICAS PARA MUJERES CON NECESIDADES

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios a las Asociaciones y entidades de Melilla que llevan a cabo actividades formativas, educativas, lúdicas y terapéuticas para mujeres con necesidades de índole social.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo labores de atención social a mujeres con necesidades.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades subvencionadas de los recursos mínimos que se requieren para la realización de programas educativos / formativos, lúdicos y asistenciales que tienen como destinatarias beneficiarias a mujeres con necesidades de integración social facilitando su bienestar, formación y consecuentemente su empleabilidad e inserción social

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-       Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 140.000,00 €

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION:

-       Ministerio de Igualdad

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

 

 

BOME-PX-2024-871 Descargar página

 

 

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

o   a. Subvención directa a cada entidad que realiza la actividad descrita anteriormente.

o   b. Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia.

o   c. Mecanismos de actuación: Subvención directa a cada entidad por cuantía precisa para la realización de la actividad formativa con posible inclusión de subvención nominativa en los presupuestos de esta Administración.

·        SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación justificativa

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

SUBVENCIONES ACTIVIDADES CERTÁMENES ÁREA DE IGUALDAD

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Promover actividades culturales, mediante certámenes y premios, que dignifiquen el papel de la mujer en la sociedad.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas particulares que llevan a cabo labores artísticas culturales.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Premiar a personas particulares que participen en los oportunos certámenes convocados por la Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, y que con sus trabajos dignifican el papel de la mujer en la sociedad.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-       Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas premiadas.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 25.000,00 €

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION:

-       No consta

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o    14/23101/48900 Subvenciones Área de la mujer. Beneficiarios: Participantes en certámenes y premios. Importe: 25.000€

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

o   a. Premios y accésit a participantes en “Premio Internacional de Relato Corto Encarna León” , en Concurso de Arte “Melilla es Mujer”, en Premio certamen igualdad “Clara Campo Amor” y otros posibles certámenes.

o   b. Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia con motivo de conmemoración del Día Internacional de la Mujer y del Día Mundial contra la violencia de género.

o   c. Mecanismos de actuación: Premios otorgados según fallo de jurados constituidos al efecto tras la oportuna convocatoria de concurrencia competitiva.

·        SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

BOME-PX-2024-872 Descargar página

-       Seguimiento: Control de gastos con la pertinente acta del fallo del jurado justificativa.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4º

PROGRAMA DE VIAJES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE PARA MUJERES CON HIJO A CARGO FAMILIAS MONOPARENTALES

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Favorecer la integración y calidad de vida de las mujeres que se encuentren en situación de precariedad económica y social.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Residentes en la Ciudad de Melilla mujeres de colectivos sociales desfavorecidos con hijos/as a cargo que constituyen familias monoparentales.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Proporcionar al colectivo beneficiario la posibilidad de participar en actividades que les permitan el desarrollo de sus habilidades sociales y, por consiguiente, aumentar su autoestima.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-       Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 50.000,00 €

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION:

-       No consta

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o    14/23101/22699 Subvenciones Área de la mujer. Beneficiarios: Mujeres con hijos/as con necesidades de inclusión social . familias. Importe: 50.000€

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

o   a. Convocatoria para la selección mediante concurrencia competitiva de los beneficiarios

o   b. Fechas de Concesión: Primer semestre del año

·        SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la actividad.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas

La empresa adjudicataria del programa vacacional realizará un estudio evaluativo del evento, emitiendo informe de incidencias ocurridas durante el mismo

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5º

ASOCIACIONES DE PERSONAS LESBIANAS, GAYS, TRANSEXUALES Y BISEXUALES

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar los medios a las asociaciones y entidades de personas lesbianas, gays, transexuales y bisexuales; para el desarrollo de las actividades que lleven a cabo como el día del orgullo.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y entidades de personas lesbianas, gays, transexuales y bisexuales.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar a las asociaciones la dotación para su funcionamiento y el desarrollo de las actividades que le son propias como la conmemoración del Día del Orgullo

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-       Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 26.000,00 €

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION:

-       No consta

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o    14/92409/48902 Subvención Directa AMLEGA Melilla actividades orgullo. Beneficiarios: Asociación Melillense de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (AMLEGA). Importe: 26.000€

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

BOME-PX-2024-873 Descargar página

o   a. Subvención directa a las entidades que realiza la actividad descrita anteriormente.

o   b. Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia.

o   c. Mecanismos de actuación: Subvención directa a cada entidad por cuantía precisa para la realización de la actividad con posible inclusión de subvención nominativa en los presupuestos de esta Administración.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la actividad.

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas

La empresa adjudicataria del programa realizará un estudio evaluativo del evento, emitiendo informe de incidencias ocurridas durante el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º

PROGRAMA DE FACILITAR LA PARTICIPACIÓN DE LA MUJER EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Favorecer la participación de las mujeres en condiciones de igualdad en el deporte.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Clubs y entidades de Melilla que llevan a cabo la gestión de recursos deportivos de mujeres deportistas en competiciones.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades gestoras de recursos mínimos que garanticen el correcto desarrollo de su participación en competiciones, o la competiciones en sí, y con ello proporcionar a la mujer deportista la posibilidad de participar en actividades deportivas que les permitan su desarrollo en condiciones igualitarias.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-       Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000,00 €

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: -No consta

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:


 

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a.     Subvención Directa nominativa a cada club o entidad.

b.     Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

c.      Mecanismos de actuación: Convenios de colaboración o resolución con determinaciones de concesión, según proceda.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación justificativa

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas

La empresa adjudicataria del programa realizará un estudio evaluativo del evento, emitiendo informe de incidencias ocurridas durante el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 7º

ATENCIÓN A PETICIONES SUSCEPTIBLES DE SUBVENCIÓN DIRECTA

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: atender peticiones de ayuda susceptibles de subvención mediante concesión directa por la concurrencia de circunstancias excepcionales.

BOME-PX-2024-874 Descargar página

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia e Igualdad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas o entidades que desarrollen actividades de interés general concernientes al ámbito de actuación de la Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer e incentivar actividades de interés general.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-       Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 50.000,00 € o superior

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: -No consta

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   14/23101/48900 Subvenciones Área de la Mujer. Beneficiarios: Asociaciones/entidades. Importe: 50.000€

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

o   a. Concesión directa

o   b. Fechas de Concesión: No determinada

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la actividad

-       Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas

F- DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES VECINALES

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

ASOCIACIONES DE VECINOS

Convocatoria pública de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones públicas destinadas a la promoción, funcionamiento y actuaciones de las Asociaciones de Vecinos inscritas en el registro de entidades vecinales de la Ciudad Autónoma de Melilla, inscritas en el registro de entidades vecinales de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios a las Asociaciones Vecinales de Melilla, legalmente establecidas, con el fin de posibilitar su funcionamiento interno, realización de actividades y/o mantenimientos de instalaciones, fomentando las actuaciones relativas a la diversidad cultural de la población de la Ciudad de Melilla y el desarrollo de las actividades que le son propias como Asociación de Vecinos y que complementan la actividad de la Viceconsejería de Movimiento Participativo.

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas e Igualdad- Viceconsejería de Movimiento Participativo.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Relaciones Vecinales

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de Vecinos de Melilla debidamente inscritas en el Registro existente en la Viceconsejería de Movimiento Participativo y que estén legalmente constituidas con la denominación de Asociaciones de Vecinos.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las Asociaciones Vecinales, legalmente establecidas, como entidades de participación ciudadana de los medios mínimos que garanticen el desarrollo de las actividades que le son propias y que complementan a las de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas e Igualdad.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a 2026

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 250.000€

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   03/92402/48901 Subvenciones Asociaciones de vecinos 250.000,00 €

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

o   a. Convocatoria pública anual de subvenciones mediante concurrencia competitiva.

o   b. Fechas de concesión previstas: Fechas de concesión previstas: Desde enero a diciembre.

o   c. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-       Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, Plazo de tramitación y pago, etc.

 

BOME-PX-2024-875 Descargar página

 

 

DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Formación en innovación y herramientas digitales para mejora de la empleabilidad y emprendimiento de jóvenes desempleados y autónomos, proyectos “emprende y avanza” y “Reactiva tu futuro”. Financiados a INCYDE por el FSE+ al 85% y de la Ciudad de Melilla al 15%

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de Melilla y la Fundación Instituto Cameral para la Creación y Desarrollo de la Empresa (en adelante Fundación INCYDE), para el desarrollo de acciones formativas relacionadas con la Innovación Tecnológica y herramientas digitales para mejora de la empleabilidad y emprendimiento de jóvenes desempleados y autónomos, proyectos “Emprende y Avanza” y “Reactiva tu futuro”, FSE+

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Fundación Instituto Cameral para la Creación y Desarrollo de la Empresa, INCYDE, a fin de que realice las acciones formativas correspondientes, con personas desempleadas, autónomos y jóvenes (que no están trabajando, ni estudiando).

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Acciones formativas:

1.     “Emprende y avanza” para el emprendimiento tecnológico, sostenible e innovador de creación y consolidación empresarial.

2.     “Reactiva tu futuro” dirigido a la formación de jóvenes en gestión empresarial y herramientas digitales.

Todo ello a fin de ampliar las oportunidades profesionales de la población a la que va dirigida, a través de la mejora de empleabilidad y el emprendimiento y con la aportación, tan solo del 15%, por parte de la Ciudad, del total de las acciones formativas.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos del año en curso. CUARENTA MIL EUROS (40.000,00 €)

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 6/49200/47000- YACIMIENTOS NUEVOS EMPLEOS 2024. INCYDE

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: La financiación del 85% de las actuaciones previstas en el Convenio, se realizará con cargo a la dotación aprobada por el FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS A INCYDE. La financiación del 15% restante será aportada por la Ciudad de Melilla

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

-       Subvención directa con la vigencia del Convenio

-       Forma de Concesión: Convenio con la Fundación INCYDE

-       Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras contenidas en los convenios, acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-        Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por INCYDE.

-        Subvención Prepagable

-        Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General de Innovación Tecnológica

-        Evaluación: Se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Representar y publicitar la Ciudad de Melilla, en múltiples competiciones en las que participa TITANS MELILLA GAMING (Equipo Melillense de Videojuegos)

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de Melilla y TITANS MELILLA GAMING (equipo melillense de videojuegos), para que represente y publicite, dando a conocer la Ciudad de Melilla, en la multitud de competiciones en la que participa.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: TITANS MELILLA GAMING (organización dedicada a los esports o ciberdeportes y al entretenimiento), dirigido el sector del videojuego con audiencias y penetración entre los más jóvenes que superan a la mayoría de los deportes tradicionales.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Representación de la Ciudad de Melilla y dar a conocer la misma, a fin de atraer a jóvenes talentos y empresas de videojuegos, ya que nuestra Ciudad reúne todas las condiciones para el establecimiento de empresas de videojuegos, por sus importantes ventajas fiscales.

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Todo ello, para conseguir ampliar y mejorar el tejido empresarial de la Ciudad y ampliar las oportunidades profesionales de la población, orientado a la Innovación Tecnológica.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00 €)

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 6/49201/48000—Subvención TITANS MELILLA GAMING.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   Subvención directa con la vigencia del Convenio

o   Forma de Concesión: Convenio con TITANS MELILLA GAMING

Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras contenidas en los convenios, acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por TITANS MELILLA GAMING .

o   Subvención Prepagable

o   Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General de Innovación Tecnológica

Evaluación: Se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Actividades formativas orientadas al sector del juego online, a fin de encontrar a personal con las competencias necesarias.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de Melilla y la Asociación Melillense del Juego Online, para llevar a cabo acciones formativas orientadas a su sector, a fin de poder formar a personal con las competencias necesarias para cubrir las amplias necesidades de personal del sector.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Asociación Melillense del Juego Online, agrupa a los trece operadores establecidos en Melilla, cuyo peso económico alcanza el 20% del PIB de la Ciudad y generan de manera directa más de trescientos empleos. En definitiva, al personal que una vez formado obtenga las competencias necesarias, a fin de que pueda integrarse en una bolsa de trabajo que irá cubriendo las amplias necesidades de personal del sector.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

o   Actividades formativas orientadas al sector del Juego Online, con objeto de poder encontrar a personal con las competencias necesarias, creando una bolsa de trabajo con los resultados de esas actividades formativas de la que irán cubriendo las amplias necesidades de personal del sector.

o   Junto a las universidades presentes en la Ciudad, llevarán a cabo actividades de formación y promulgación más general.

o   Acompañará a la Administración como embajadores de la marca Melilla, en el estratégico sector que representan, con el objetivo de atraer más personal de sus importantes empresas a la Ciudad y convencer a otros operadores.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €)

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 6/49200/48000- Subvención Asociación Melillense Juego online.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con Asociación Melillense Juego Online.

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por ASOCIACIÓN MELILLENSE JUEGO ONLINE .

o   Subvención Prepagable

o   Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General de Innovación Tecnológica

o   Evaluación: Se precisará memoria final.

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B- DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA PATRIMONIO Y URBANISMO.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1-SUBVENCIÓN A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS.

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Actuaciones en materia de rehabilitación de edificios y viviendas

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: A los propietarios y edificios de uso residencial, y a aquellos otros de interés histórico-artístico

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Conservación del patrimonio inmobiliario, incentivar la inversión privada y adaptar los edificios a las vigentes normas del Código Técnico de la edificación, especialmente en materia de accesibilidad

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024: 286.400,00 €

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y de los propios beneficiarios

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

o 06/15200/48000  importe total 286.400,00€

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

Las ayudas están reguladas tanto por normativa general de carácter estatal como local, asimismo, se publican anualmente convocatorias para su concesión mediante concurrencia competitiva. Las bases reguladoras están representadas por las normativas de carácter estatal y local. Su concesión se efectúa, en algunas actuaciones, por orden de entrada, y en otras mediante el procedimiento de concurrencia competitiva. En casos específicos contemplados en la propia Ordenanza de Actuaciones Protegibles, la subvención puede instrumentarse a través de un Convenio.

Asimismo, se podrán abrir convocatorias extraordinarias, con las bases correspondientes, para el otorgamiento de subvenciones que se dirijan actuaciones concretas en función del interés social, artístico, etc.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios, el número de viviendas beneficiadas, la inversión privada generada por la subvención y el número de trabajadores que han intervenido en la rehabilitación, entre otros datos. La justificación se efectuará mediante la presentación de las facturas correspondientes.

A través del control de precios de las actuaciones (comparándolos con los costes medios en Melilla), se controlan los efectos inflacionistas que podría tener esta actuación

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.1-SUBVENCIÓN AL ALQUILER DE VIVIENDAS PRIVADAS

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para el pago de alquiler de viviendas privadas a sectores de la población con bajos recursos económicos

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Fundamentalmente a un sector de la población con ingresos inferiores a 1.200,00 € euros, concentrándose en sectores con ingresos menores a 700,00 €, que acrediten determinadas circunstancias socio- económicas que les hagan dificultoso satisfacer el alquiler de la vivienda que constituye el domicilio habitual y permanente de la unidad familiar, dándole mayor valor a los sectores en riesgo de exclusión social, como mujeres víctimas de violencia de género, discapacitados, familias monoparentales, familias numerosas, etc.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la población en riesgo de exclusión social.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024: 1.186.000,00 €

·         APORTACIÓN  DE  OTROS  ENTES  /FUENTES  DE  FINANCIACION:  Ciudad Autónoma, del Ministerio de Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible y de los propios beneficiarios

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

o 06/15201/48000 importe total 1.186.000.00€

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

Las ayudas están reguladas tanto por normativa general de carácter estatal como local. Su concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatorias anuales y, alguno de los programas para víctimas de violencia de género y sectores vulnerables mediante su adjudicación directa, mediante la publicación de las pertinentes bases reguladoras. Su concesión se efectúa, en los casos de concurrencia competitiva, por puntuación, otorgándose prioridad a los sectores de la población más vulnerables

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios. La justificación se efectuará mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes. Se 
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analizarán los datos de la actuación como el alquiler medio, la subvención media, la media de ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse antes de la finalización de cada ejercicio presupuestario.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3

3.1-SUBVENCIÓN AL ALQUILER DE VIVIENDAS PRVADAS PARA JÓVENES.

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Pago de alquiler de viviendas privadas a jóvenes de hasta 35 años

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Sector de la población con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM (2.100,00 € mensuales como máximo), que acrediten determinadas circunstancias socio- económicas que les hagan dificultoso satisfacer el alquiler de la vivienda que constituye el domicilio habitual y permanente de la unidad familiar.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la población que tienen dificultades para formar una unidad familiar Independiente, en los primeros pasos de la emancipación.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad BIANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024:  200.000,00 €

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

o 06/34133/48000 Importe total 200.000,00€

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

Las ayudas están reguladas tanto por normativa autonómica como por el RD 42/2022, de 18 de enero. Su concesión se efectúa en régimen de presentación de solicitudes, mediante convocatorias anuales y la publicación de las pertinentes Bases Reguladoras

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios. La justificación se efectuará mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes. Se analizarán los datos de la actuación como el alquiler medio, la media de ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse antes de la finalización de cada ejercicio presupuestario.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4

4.1-SUBVENCIONES PARA EL PAGO DE VIVIENDAS PÚBLICAS.

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Pago de alquiler y cuotas de amortización de los préstamos hipotecarios de las viviendas de protección oficial de promoción pública gestionadas por ENVISMESA

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Usuarios de estas viviendas con bajos recursos económicos. Los arrendatarios y propietarios de viviendas de protección oficial de promoción pública, siempre y cuando se trate de una promoción acogida a la Ordenanza por la que se regulan estas subvenciones. Dentro de los usuarios, se otorga la subvención mediante descuento en los correspondientes recibos, a las unidades familiares con menores ingresos, siempre por debajo de 2,2 veces los Ingresos Familiares Ponderados.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el pago de la vivienda habitual a unidades familiares con bajos recursos económicos

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 950.000,00 €

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Fondos de la empresa municipal de la vivienda y suelo de Melilla, S.A.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

Las ayudas están reguladas por normativa local. Su concesión se efectúa en aplicación de la Ordenanza correspondiente, concediéndose a todos los interesados que cumplan los requisitos.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes que resulten beneficiarios. La justificación se efectuará mediante el pago de los recibos de alquiler o hipotecarios de las correspondientes viviendas.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5º

5.1-SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS EN VIRTUD DEL R.D. 853/2021, DE 5 DE OCUTBRE, FONDOS NEXT GENERATION.

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Otorgar subvenciones para la rehabilitación energética de edificios y viviendas de carácter residencial a los propietarios y arrendatarios de dichos inmuebles. en esta subvención se incluyen los gastos de elaboración de proyectos y del libro del edificio

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento

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·         CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Arrendatarios y propietarios de viviendas de edificios y viviendas con uso residencial

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el ahorro

·         energético del sector residencial

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Tiene una duración hasta el año 2026, vinculado a los Fondos Next Generation .

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 1.282.395 €

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Fondos del programa Next Generation gestionados por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

o 06/15200/78000  Importe total 1.282.395,00 €

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

Las ayudas están reguladas por normativa estatal y por las Bases Reguladoras de la correspondiente Convocatoria. Se otorga mediante orden de presentación, hasta agotamiento del presupuesto.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de edificios rehabilitados y el grado de ahorro de consumo de energía primaria no renovable.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º

6.1- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA IGLESIA DEL SAGRADO CORAZÓN.

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios singulares

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidad Religiosa Singularizada

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención

·         nominativa se pretende mejorar las condiciones de seguridad estructural, accesibilidad y funcionalidad de esta edificación singular, subvencionando la redacción del proyecto correspondiente

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 40.000 €

·         APORTACIÓN  DE  OTROS  ENTES  /FUENTES  DE  FINANCIACION:  Ciudad Autónoma de Melilla y de la Entidad Beneficiaria

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

o 06/15007/78000 Obispado de Málaga  40.000 €

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º

6.2- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE NUEVO EDIFICIO EN EL PATIO DEL CURA.

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios singulares

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Obispado de Málaga

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Con esta subvención nominativa se pretende una nueva ordenación de los espacios de esta parcela, subvencionando la redacción de un proyecto de nuevo edificio que permita satisfacer todas las necesidades en un nuevo edificio

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 58.8000,00€

·         APORTACIÓN  DE  OTROS  ENTES  /FUENTES  DE  FINANCIACION:  Ciudad Autónoma de Melilla y de la Entidad Beneficiaria

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

o 06/15006/78000  Obispado de Málaga  58.800,00€

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LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º

6.3- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA IGLESIA MEDALLA MILAGROSA.

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios singulares

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Obispado de Málaga

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención nominativa se pretende facilitar la redacción de un proyecto para la rehabilitación integral de este edificio, muy dañado tras el terremoto de 2016

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 33.000,00€

·         APORTACIÓN  DE  OTROS  ENTES  /FUENTES  DE  FINANCIACION:  Ciudad Autónoma de Melilla y de la Entidad Beneficiaria

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

o 06/15008/78000 Obispado de Málaga 33.000,00 €

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º

6.4- SUBVENCIÓN COMUNIDAD ISRAELITA PARA LA REHABILITACIÓN DE LA SINAGOGA.

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios singulares

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidad Religiosa Singularizada

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención nominativa se pretende facilitar la rehabilitación de la sinagoga de Melilla

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000,00 €

·         APORTACIÓN  DE  OTROS  ENTES  /FUENTES  DE  FINANCIACION:  Ciudad Autónoma de Melilla y de la Entidad Beneficiaria

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

o 06/15009/78000 Comision Israelita  30.000,00 €

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º

6.5- SUBVENCIÓN A LA FEDERACIÓN MELILLENSE DE FÚTBOL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO EN EL CAMPO DE FÚTFOL DE LA ESPIGUERA.

 

·         OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios singulares

·         AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Federación Deportiva

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención nominativa se pretende colaborar en la construcción de un nuevo edificio para uso deportivo en las instalaciones del Campo de Fútbol de la Espiguera de Melilla

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

·         COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 400.000,00 €

·         APORTACIÓN  DE  OTROS  ENTES  /FUENTES  DE  FINANCIACION:  Ciudad Autónoma de Melilla y de la Federación Melillense de Futbol

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

o   06/34000/77000 Federación Melillense de Fútbol 400.000,00 €

C- DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y ACTIVACIÓN ECONÓMICA.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1-CONVENIO CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS MELILLENSES

 

·        OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: El objeto del Convenio de Colaboración es contribuir al cumplimiento de las competencias traspasadas a la Ciudad Autónoma de Melilla, esto es, coordinación con las organizaciones representativas del sector comercial de la ciudad, al objeto de implantar medidas tendentes a la modernización de las estructuras comerciales de la ciudad de Melilla. De esta forma se pretende promover el desarrollo industrial y comercial, en beneficio del interés general y de los intereses generales y comunes de dichas empresas y entidades públicas y privadas.

OBJETIVPOS ESPECÍFICOS: A la vista de las ayudas que van a poder ser solicitadas por las empresas de Melilla de los Fondos Europeos de Recuperación y la complejidad de poder acceder a los mismos de forma individual, se persigue acometer un PROGRAMA DE AYUDA EN LA INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN DE 
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·        LAS SUBVENCIONES que puedan ser solicitadas por la Pymes de Melilla.

·        AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·        CENTRO GESTOR: Dirección General de Turismo y Activación Económica.

·        SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Confederación de Empresarios de Melilla (CEME) como organización empresarial que representa y gestiona los intereses generales y comunes de sus asociados ante personas y entidades públicas y privadas, y singularmente ante la Administración, estando prevista la Subvención Nominativa en los Presupuestos de la Ciudad Autónoma de Melilla para 2024.

·        OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Apoyar a las Pymes que siguen sufriendo la crisis económica derivada de la COVID-19 para que puedan acceder a las ayudas que van a poder ser solicitadas por éstas de los Fondos Europeos de Recuperación creando un PROGRAMA DE AYUDA EN LA INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN DE LAS SUBVENCIONES.

·        PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Finales del ejercicio 2024

·        COSTES PREVISIBLES: 30.000,00 €

·        APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen

·        APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

o   06 43100 47900 " CONVENIO CEME 2023", por un importe total de TREINTA MIL EUROS (30.000,00 €).

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a)     Subvención Nominativa de ayuda directa al beneficiario.

b)     Forma de concesión: Directa a través de Convenio de Colaboración.

c)     Mecanismo de aplicación: Convenio de Colaboración que tendrá el carácter de bases reguladoras de la concesión a los efectos de lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, a aprobar por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Para la evaluación y seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la Confederación de Empresarios de Melilla. Cualquier incidencia deberá ser puesta en conocimiento de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

-SEGUIMIENTO: Comisión integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la Confederación de Empresarios de Melilla.

-EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.2-CONVENIO ASOCIACIÓN COMERCIANTES ZONA CENTRO

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: El objeto del Convenio de Colaboración es contribuir al cumplimiento de las competencias traspasadas a la Ciudad Autónoma de Melilla, esto es, Coordinación con las organizaciones representativas del sector comercial de la ciudad, al objeto de implantar medidas tendentes a la modernización de las estructuras comerciales de la ciudad de Melilla. De esta forma se pretende promover el desarrollo industrial y comercial, en beneficio del interés general y de los intereses generales y comunes de dichas empresas y entidades públicas y privadas.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Planteamiento de una serie de estrategias de dinamización y acciones de mejora del entorno conocido como centro histórico y comercial de la Ciudad Autónoma de Melilla

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Turismo y Activación Económica.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Asociación Zona Centro de Melilla constituida según sus estatutos para la organización, colaboración mutua, representación, gestión, fomento, asesoramiento y defensa de los intereses comunes de los empresarios y profesionales que desarrollan su actividad en la zona centro y ensanche modernista del término municipal de Melilla, estando prevista la Subvención Nominativa en los Presupuestos de la Ciudad Autónoma de Melilla para 2024.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mejora del entorno conocido como centro histórico y comercial de la Ciudad Autónoma de Melilla, que comprende fundamentalmente la Avenida Juan Carlos I Rey, calle General Chacel, calle General O´Donnell, General Prim, General Pareja, López Moreno y adyacentes, mediante la consecución de objetivos posibles y alcanzables siempre dentro del campo de acción de la Asociación Zona Centro.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Finales del ejercicio 2024.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 150.000,00 Euros.

·         APLICACIÓN  PRESUPUESTARIA:  06  43101  48000  "CONVENIO  ASOCIACIÓN

·         COMERCIANTES ZONA CENTRO", por un importe total de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000,00 €).

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención Nominativa de ayuda directa al beneficiario.

b)     Forma de concesión: Directa a través de Convenio de Colaboración.

Mecanismo de aplicación: Convenio de Colaboración que tendrá el carácter de bases reguladoras de la 
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a)     concesión a los efectos de lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, a aprobar por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

Para la evaluación y seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la Confederación de Empresarios de Melilla. Cualquier incidencia deberá ser puesta en conocimiento de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

-SEGUIMIENTO: Comisión integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la Confederación de Empresarios de Melilla.

-EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.3-AYUDAS AL SECTOR ARTESANO

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Conservación y el fomento de la Artesanía Tradicional y Popular (Reglamento sobre la Regulación de la Actividad Artesana en la Ciudad Autónoma de Melilla, publicado en el BOME núm. 3996, de 4 de julio de 2003).

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Modernización del sector artesano con una mejora de su posición competitiva, incidiendo en aspectos tales como la gestión, la rentabilidad, la calidad de los productos artesanos, el aprendizaje de oficios y el desarrollo de nuevas actividades artesanales.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·         CENTRO GESTOR: Programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local. Dirección General de Turismo y Activación Económica.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estas ayudas van dirigidas a los artesanos individuales y empresas artesanas, que debidamente inscritas en el Registro General de Artesanos de la Ciudad Autónoma de Melilla, desarrollan actividades artesanales que constituyen una manifestación de la cultura popular.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El fomento de la creación de nuevas actividades artesanales. El establecimiento de ayudas a la modernización y a la promoción y de empresas o talleres artesanos y para la comercialización de productos artesanales mejorando sus condiciones de rentabilidad, gestión y competitividad en el mercado, velando al mismo tiempo por la calidad de su producción. La creación de ayudas a proyectos de interés general de fomento de la Artesanía incluyendo subvenciones para la realización de cursos de formación. Ayudas para un cambio de ubicación del centro de trabajo al Centro Modernista o Melilla la Vieja.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual de ayudas mediante pública mediante concurrencia

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 16.000, 00 Euros.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06/33000/48000

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración para la misma finalidad.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Convocatoria anual de subvenciones para la realización de proyectos de interés general en materia promoción de la artesanía.

b)     Fechas de concesión: Convocatoria en régimen de concurrencia a mitad de ejercicio. Previsión concesión: último trimestre del año.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras, Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, Reglamento Regulador de la actividad Artesana en la CAM (BOME núm. 3996, de 4 de julio de 2003) y convocatoria

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

-Seguimiento: Presentación de memoria de la actuación y justificantes de los gastos financiados.

Elaboración por la entidad gestora de un Informe o Memoria final de las actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, identificación de beneficiarios, observaciones, entre otros datos de interés. Comparativo con los datos económicos de ejercicios anteriores.

-Criterios objetivos a evaluar:

-       Número de solicitudes

-       Coste económico

-       Datos sobre constitución o modernización de empresas artesanas

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.4-AYUDAS FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO COMERCIAL

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Promover el fomento del asociacionismo comercial.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Promover el fomento del asociacionismo comercial, el impulso de la innovación, la promoción de la competitividad y el emprendimiento y la mejora de la cualificación profesional. Desarrollar Planes de Fomento del desarrollo de la economía local, de forma integral o por sectores.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·         CENTRO GESTOR: Programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local. Dirección General de Turismo y Activación Económica.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estas ayudas, dentro del objetivo primordial del emprendimiento, 
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·         van destinadas a entidades o asociaciones de comerciantes, instituciones públicas o privadas de fomento de la economía y desarrollo local, y, en general, a aquellas entidades y asociaciones sin ánimo de lucro entre cuyos fines estén el asociacionismo comercial, la promoción y el fomento del emprendimiento y de la economía local.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Elaboración de planes de diagnóstico y acciones formativas; ayudas para la incorporación de soluciones tecnológicas; diseño de plataformas de simplificación de trámites que ordene y facilite a los comerciantes cualquier trámite con las administraciones; mejora de la competitividad y el emprendimiento, impulso del turismo como elemento dinamizador económico, inclusión de ayudas dirigidas a la búsqueda de nichos de mercado y subsectores que favorezcan el emprendimiento. Otras medidas pretenden la consolidación del asociacionismo, el impulso de la iniciativa empresarial o la promoción de los productos locales de Melilla.

Tendrán especial atención las acciones de promoción y dinamización dirigidas al fomento del Centro Histórico de Melilla, “Melilla La Vieja”, el barrio del Real, el paseo marítimo, entre otras zonas de especial interés comercial; y a la promoción y modernización de los mercados municipales como formas tradicionales de negocio que mantienen la vida y la actividad en las calles.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual de ayudas mediante pública mediante concurrencia

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 60.000,00 Euros.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Fomento del Emprendimiento, Promoción del asociacionismo y otras actuaciones de fomento desarrollo local. 06/43100/48000.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración para la misma finalidad.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Convocatoria anual de subvenciones para la realización de proyectos de interés general en materia promoción de la economía local.

b)     Fechas de concesión: Convocatoria periódica. Previsión concesión: último trimestre del año.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras y preceptiva convocatoria. “Bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de proyectos de interés general en materia de asociacionismo comercial, promoción del emprendimiento y desarrollo de planes de fomento de la economía local”, publicadas en el BOME núm. 5807 de 10 de noviembre de 2020.

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

-Seguimiento: Presentación de memoria de la actuación y justificantes de éstos.

Elaboración por las entidades beneficiarias de un Informe o Memoria final de las actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, actividades realizadas, resultados obtenidos, identificación de beneficiarios, observaciones, entre otros datos de interés. Comparativo con los datos económicos de ejercicios anteriores, si los hubiera.

-Criterios objetivos a evaluar:

-       Impacto de las medidas.

-       Análisis de datos del programa ejecutado.

-       Coste económico

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.5-AYUDAS FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO COMERCIAL

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomentar la economía local a través de la promoción turística.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Promoción del turismo con destino a Melilla mediante la bonificación de paquetes turísticos. Se consideran paquetes turísticos las ofertas comerciales por parte de las agencias de viajes u otros operadores turísticos, de viajes de ida y vuelta a Melilla con una duración de entre dos y treinta días naturales consecutivos, siempre que comporten el alojamiento durante la estancia en Melilla en alguna de las modalidades de alojamiento turístico previstas reglamentariamente (establecimiento hotelero, campamento de turismo o apartamento turístico) o en el domicilio de un residente en la ciudad, o en centros de instituciones públicas. Se implementará mediante programas específicos de bonificación condicionados a la existencia de dotación presupuestaria adecuada y suficiente.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·         CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los ciudadanos con residencia legal en el territorio de la Unión Europea, con exclusión de los residentes en Melilla, que contraten los paquetes turísticos, según las cuantías señaladas en el Decreto de aplicación. Los viajes subvencionados han de ser obligatoriamente de ida y vuelta y realizarse en línea regular. Las cuantías señaladas podrán ser modificadas mediante Orden del Consejero competente en materia de Turismo, atendiendo a las circunstancias de prestación del servicio, volumen de la demanda de ayudas, evolución de los datos turísticos, u otros factores debidamente motivados, publicándose en el Boletín Oficial de la Ciudad y fijándose en el convenio con la entidad colaboradora, en su caso.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria Anual y/o extraordinarias.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 1.600.000 euros. A esta cantidad se le incorporarán los remanentes del pasado ejercicio 2023 (Acuerdo Asamblea de 18 de agosto de 2023, BOME núm. 6100 de 1 de septiembre, 4.700.000 euros).

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06/43209/48900

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·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración para la misma finalidad.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

-Subvención directa a ciudadanos con residencia legal en el territorio de la Unión Europea, con exclusión de los residentes en Melilla, que contraten los paquetes turísticos, según las cuantías señaladas en el Decreto de aplicación. Extensión a otros colectivos, según señale la norma de aplicación.

Las ayudas se concederán de forma directa a los beneficiarios señalados en el Decreto de aplicación, conforme a los artículos 22.2 c) y 28 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, fundamentando su concesión en virtud de las competencias sobre fomento del turismo, artículos 21.1.16ª y 21.2 ambos de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo de Estatuto de Autonomía de Melilla, así como el Real Decreto 1385/1997 de 29 de agosto y Real Decreto 337/1996 en cuanto a las transferencia de la gestión, por lo previsto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real decreto 887/2006 de 21 de julio y demás normativa de aplicación.

-       Duración: Según determine el Decreto de aplicación, la dotación presupuestaria y los Convenios de Colaboración.

-       Mecanismo regulador: Decreto nº 1043 de fecha 23 de agosto de 2021, por el que se regula la bonificación de paquetes turísticos con destino en Melilla. BOME núm. 5889 de 24 de agosto de 2021. Convocatorias anuales. Convenios reguladores con las entidades colaboradoras (agencias de viajes y otras entidades colaboradoras). Ley General de Subvenciones y normativa de desarrollo.

-       Modificación de las cuantías destinados a los beneficiarios, según convocatoria (Para el año 2023 y parte del 2024, Orden núm. 708 de 5 de octubre de 2023, BOME núm. 73 extraord. de 6 de octubre).

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

Elaboración por el Patronato de Turismo de una Memoria, y análisis de los siguientes indicadores:

-       Número de solicitudes presentadas.

-       Beneficiarios finales atendidos y comparativos con regímenes anteriores.

-       Grado de cumplimiento económico

-       Análisis cuantitativo de viajeros y pernoctaciones a Melilla.

-       Impacto del programa en la economía local.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.6-AYUDAS A LA FORMACIÓN DEL SECTOR TURÍSTICO PRTR

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Aumento de la cualificación profesional y mejora competitiva en el sector turístico y hostelero de la CAM.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Aumento de la cualificación profesional de desempleados melillenses en el sector turístico y hostelero.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·         CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los desempleados melillenses que reciban cursos de formación para el empleo en las ramas de turismo y hostelería por empresas del sector debidamente homologadas.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria en el ejercicio 2024 y 2025.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 300.000 euros.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06/43200/47900.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por los fondos del PRTR según consta en los convenios firmados con la Secretaria de Estado de Turismo con la Ciudad Autónoma de Melilla, al amparo de los R.D. 1118/2021, R.D. 449/2022 y R.D. 1011/2022, respectivamente

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Aprobación de Bases Reguladoras con Convocatoria de subvenciones, según se dispone en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

b)     Forma de concesión: concurrencia competitiva.

Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria, según se dispone en el Art. 61.1 Real Decreto-Ley 36/2020, “Artículo 61. Bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones financiables con fondos europeos.1. Las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la convocatoria de las mismas.”

·        EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

Evaluación mediante comprobación por los servicios técnicos del Patronato de Turismo, así como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Turismo y Activación Económica.

- SEGUIMIENTO: Informes de los servicios técnicos del Patronato de Turismo

- EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

 

 

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LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.7- AYUDAS A EMPRESAS TURÍSTICAS PARA LA MODERNIZACIÓN Y REJUVENECIMIENTO DE LA PLANTA TURÍSTICA PRTR

 

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Aumento de la competitividad de las empresas de los sectores turísticos y hostelería de la CAM..

       OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Implementación y/o renovación del capital productivo de los sectores turísticos y hostelería de la CAM.

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

       CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, sin importar la forma jurídica que adopte, incluidos los trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión en los sectores turísticos y de hostelería en la Ciudad Autónoma de Melilla

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria en el ejercicio 2024 y 2025.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 3.600.000 euros.

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06/43200/77000

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por los fondos del PRTR según consta en los convenios firmados con la Secretaria de Estado de Turismo con la Ciudad Autónoma de Melilla, al amparo de los R.D. 1118/2021, R.D. 449/2022 y R.D. 1011/2022, respectivamente

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Aprobación de Bases Reguladoras con Convocatoria de subvenciones, según se dispone en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

b)     Forma de concesión: concurrencia competitiva.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria, según se dispone en el Art. 61.1 Real Decreto-Ley 36/2020, “Artículo 61. Bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones financiables con fondos europeos.1. Las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la convocatoria de las mismas.”

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

Evaluación mediante comprobación por los servicios técnicos del Patronato de Turismo, así como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Turismo y Activación Económica.

- SEGUIMIENTO: Informes de los servicios técnicos del Patronato de Turismo

- EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.8- AYUDAS DESTINADAS A LA REACTIVACION DE LOS ESTABLECIMIENTOS AFECTADOS POR PÉRDIDAS EN SU ACTIVIDAD ECONÓMICA EN ZONAS AFECTADAS POR OBRAS DE LARGA DURACIÓN EN VIA PUBLICA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Apoyar a las PYMEs, los trabajadores por cuenta propia (autónomos/as), Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles y Sociedades afectadas por las obras de larga duración de titularidad de la Ciudad Autónoma de Melilla

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta línea de ayudas va dirigida a las personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que sean titulares a través de propiedad o mediante contrato de arrendamiento o cesión en Melilla, de un establecimiento encuadrado en el área de reactivación económica establecida en cada convocatoria, o incluso aquellos dedicados a la venta ambulante afectados por haber sido desplazados o minorada su actividad por obras de larga duración, que tengan licencia actualizada para ejercerla y que cumpla la finalidad y requisitos establecidos en las bases reguladoras.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·         CENTRO GESTOR: PROYECTO MELILLA SAU

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas las PYMEs, los trabajadores por cuenta propia (autónomos/as), Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles y Sociedades Cooperativas que tengan su domicilio fiscal y social en la Ciudad Autónoma de Melilla, que sean titulares a través de propiedad o mediante contrato de arrendamiento o cesión en Melilla, de un establecimiento encuadrado en el área de reactivación económica establecida en cada convocatoria, así como una licencia actualizada para operar como venta ambulante

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El objeto de las ayudas reguladas en las presentes bases es la reactivación de zonas comerciales definidas en las convocatorias que, debido a trabajos de obras públicas de larga duración realizadas en las mismas, hubieren producido un impacto negativo en aquellas empresas establecidas en las zonas comerciales que se señalen, generando en ellas una debilidad comercial, con pérdidas de clientela y de empleo, en su caso, promoviendo para ello una reactivación comercial de la zona afectada.

Tendrán especial atención las acciones de promoción y dinamización dirigidas al fomento del Centro Histórico de Melilla, “Melilla La Vieja”, el barrio del Real, el paseo marítimo, entre otras zonas de especial interés comercial; y a la promoción y modernización de los mercados municipales como formas tradicionales de negocio que mantienen la vida y la actividad en las calles.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Las ayudas deberán resolverse antes del 31 de diciembre de 2024.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 800.000,00Euros.

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·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Se podrán financiar con la aplicación presupuestaria PROYECTO MELILLA, T. CAPITAL 08/43300/74000, así como con cualquier otra aplicación presupuestaria que pudiese aprobarse y tenga la finalidad de reactivación de la actividad económica.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención de ayudas en régimen de Concurrencia competitiva a los beneficiarios.

b)     Forma de concesión: Convocatoria pública de subvenciones pública en régimen de concurrencia competitiva.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones de ayudas destinadas a la reactivación de los establecimientos afectados por pérdidas en su actividad económica en zonas afectadas por obras de larga duración en vía pública, así como en su convocatoria.

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.

- SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.

- EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.9- AYUDAS AMPLIACIÓN Y/ O MODERNIZACIÓN DE LOCALES COMERCIALES EN MELILLA. RESOLUCIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE COMERCIO

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Adecuación, mejora, ampliación y/o modernización de locales comerciales en Melilla.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Fomento de la innovación y a la transformación digital. Modernización empresarial.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Turismo y Activación Económica.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas del sector comercial, sin importar la forma jurídica que adopte, incluidos los trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión en locales comerciales en la ciudad autónoma de Melilla.

·         OBJETIVOS  Y  EFECTOS  QUE  SE  PRETENDEN  OBTENER:  La  ampliación,

·         modernización y/o diversificación de empresas comerciales ubicadas en la Ciudad Autónoma de Melilla, así como aquellas que pretendan implantar sistemas de calidad, haciendo especialmente hincapié en las Microempresas.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Ejercicios 2024 y 2025.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 754.700,00 Euros.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria 06/43100/77000 “SUBVENCION TRANSFORMACIÓN DEL COMERCIO, SUBSECRETARIA DE ESTADO DE COMERCIO”

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los beneficiarios.

b)     Forma de concesión: En concurrencia competitiva.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

-       SEGUIMIENTO: Informes del personal técnico de la Dirección General de Turismo y Activación Económica.

-       EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.10- SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DEL TURISMO.

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Incrementar la oferta turística de la CAM.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: incrementar la oferta turística mediante la concesión de subvenciones a proyectos de interés turístico con el fin de crear y aumentar el flujo de visitantes, de mejorar la oferta turística, así como acercar al ciudadano los recursos turísticos de la ciudad.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Patronato de Turismo.

·         CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas físicas o entidades jurídicas, tanto públicas como privadas que presenten proyectos para la dinamización y promoción del turismo en la Ciudad Autónoma de Melilla

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 519.000 euros.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 43200/48900-SUBVENCIONES DE TURISMO.

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·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por el Patronato de Turismo. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración para la misma finalidad.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Convocatoria anual de subvenciones para la realización de proyectos de interés general en materia promoción turística.

b)     Fechas de concesión: Convocatoria a mitad de ejercicio. Previsión concesión: último trimestre del año.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras aprobadas mediante Decreto nº481 (BOME 5807 de 10 de noviembre de 2020) y su correspondiente convocatoria. Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad y normativa subvenciona (LGS, RLGS).

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

Evaluación mediante comprobación por los servicios técnicos del Patronato de Turismo.

- SEGUIMIENTO: Informes de la gerencia del Patronato de Turismo

- EVALUACIÓN: Presidencia del Patronato de Turismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.11- DIVERSIFICACIÓN Y NUEVOS PRODUCTOS. FOMENTO INTERCULTURALIDAD Y SEGMENTO DEPORTIVO

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomento de la interculturalidad como elemento diferenciador de la oferta turística de la CAM, así como en el segmento del turismo deportivo.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Cooperación con entidades y asociaciones religiosas para el mantenimiento de la Ruta de los Templos como producto turístico, eventos de carácter intercultural y en el segmento deportivo, la participación de deportistas en competiciones de carácter internacional para el conocimiento entre el público de la Ciudad de Melilla como destino turístico en sentido amplio (Dakar).

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Patronato de Turismo.

·         CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades y asociaciones religiosas adscritas a la Ruta de los Templos, eventos de carácter intercultural, así como en el segmento deportivo, a personas físicas y jurídicas que participan en competiciones de carácter internacional.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 83.000 euros.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 43200/47900.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por el Patronato de Turismo. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración para la misma finalidad.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Concesión de subvenciones directas nominativas a las entidades y asociaciones religiosas para el mantenimiento del producto turístico “Ruta de los Templos”.

b)     Fechas de concesión previstas: Desde Enero a abril/mayo (anticipada) o pospagable (a final de año).

c)     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

d)     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración u Orden Resolución en su caso.

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

Evaluación mediante comprobación por los servicios técnicos del Patronato de Turismo.

- SEGUIMIENTO: Informes de la gerencia del Patronato de Turismo

- EVALUACIÓN: Presidencia del Patronato de Turismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.12- ESCUELA DE HOSTELERÍA Y TURISMO

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Aumento de la cualificación profesional y mejora competitiva en el sector hostelero y turístico de la CAM.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Aumento de la cualificación profesional de jóvenes desempleados melillenses en el sector hostelero.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·         CENTRO GESTOR: PROYECTO MELILLA SAU

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades e instituciones especializadas en el ámbito de la formación y la hostelería con capacidad para realizar las acciones comprendidas en el objetivo de estas ayudas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

-       Formación especializada para desempleados en sector de Hostelería

-       Fomento Prácticas en empresas y en restaurante

-       Mejora de la empleabilidad del alumnado

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual. Se pretende su mantenimiento de carácter 
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·         permanente con periodicidad anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 395.000 Euros por anualidad.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Presupuesto Proyecto Melilla, S.A., las nuevas partidas habilitadas para el Programa Regional FSE+, PROYECTO MELILLA P.O. FSE 08/24103/44900

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: 85% FONDO SOCIAL +

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Convocatoria anual de subvenciones.

b)     Forma de concesión: concurrencia competitiva.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

- SEGUIMIENTO: El seguimiento de las subvenciones se realizará desde Proyecto Melilla SAU (Departamento de Formación y Servicio de control y justificación) y la Dirección general de Planificación estratégica.

- EVALUACIÓN: Se realizará desde la Dirección general de Planificación estratégica según el manual de procedimiento de los Fondos Europeos y los procedimientos establecidos por la UAFSE y la Intervención.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.13- AYUDAS AL EMPLEO Y AUTOEMPLEO

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Esta línea de ayudas va dirigida a las empresas, especialmente las pequeñas y medianas empresas que fomenten el empleo y autoempleo en la Ciudad Autónoma de Melilla, podrá cofinanciarse dentro del Programa FSE+ para Melilla 2021-2027.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Las presentes bases reguladoras, tienen por objeto establecer la concesión de las ayudas públicas destinadas a apoyar e impulsar el empleo y autoempleo en las empresas, especialmente en las pequeñas y medianas empresas para personas desempleadas, especialmente en parados de larga duración, grupos desfavorecidos y jóvenes que se encuentren como beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil, fomentando la igualdad de género, de oportunidades y la no discriminación, tales como:

-       Incentivar la generación de empleo a través de las pequeñas y medianas empresas,

-       Promoción del autoempleo.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·         CENTRO GESTOR: PROYECTO MELILLA SAU

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que operen efectiva y materialmente en la Ciudad Autónoma de Melilla y que, se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o bien efectúen contratos laborales en las diferentes modalidades en cualquiera de los sectores de la ciudad, pudiendo primar alguno de estos sectores:

a)     Empresas de base tecnológica en Melilla.

b)     Turismo.

c)     Industria.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Fomentar el empleo y autoempleo para personas desempleadas, especialmente en parados de larga duración, grupos desfavorecidos y jóvenes que se encuentren como beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil, fomentando la igualdad de género, de oportunidades y la no discriminación.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 280.194,00 Euros

Según lo determinado en el Programa FSE+ para Melilla 2021-2027, o en los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria 08/24103/44900 “PROYECTO MELILLA P.O. FSE”

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los beneficiarios.

b)     Forma de concesión: En concurrencia competitiva.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U.

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Planificación y Estratégica establecidos dentro del Programa FSE+ para Melilla 2021-2027, en su caso. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.

- SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.

- EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

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LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.14- AYUDAS A LA INVERSIÓN

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Promoción del espíritu empresarial, en particular facilitando el aprovechamiento de nuevas ideas e impulsando la ampliación de las mismas, especialmente a Microempresas, y start-ups, a fin de facilitar su acceso a la financiación.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Las acciones a desarrollar sería un régimen de ayudas a la ampliación de Empresas, especialmente Pymes, a través de inversiones en capital fijo (bienes inmuebles, equipos, otras inversiones relacionadas con el proyecto) y activos inmateriales, haciendo especial hincapié en aquellas empresas innovadoras e inteligentes y de crecimiento sostenible, aprovechando las ventajas de digitalización para fomentar la competitividad. tales como empresas tecnológicas e innovadoras, culturales, turísticas y de servicios al entorno.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·         CENTRO GESTOR: PROYECTO MELILLA SAU

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, especialmente a Pymes y Microempresas, sin importar la forma jurídica que adopte, incluidos los trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión en la Ciudad Autónoma de Melilla, incluso las sociedades en construcción y las start-ups Gozarán de mayor prioridad las inversiones que se realicen en actividades que puedan suponer una diversificación del aparato productivo local tales como empresas tecnológicas e innovadoras, culturales, turísticas y de servicios al entorno.

·         OBJETIVO S Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La ampliación, modernización y/o diversificación de empresas ubicadas en la Ciudad Autónoma de Melilla, así como aquellas que pretendan implantar sistemas de calidad, haciendo especialmente hincapié en las Microempresas.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 250.000 euros. Según lo determinado en el Programa FEDER para Melilla 2021-2027, o en los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria 08/45000/74000 “Programa FEDER 2021-2027 PROMESA”

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los beneficiarios.

b)     Forma de concesión: En concurrencia competitiva.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U.

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Planificación y Estratégica establecidos dentro del Programa FEDER para Melilla 2021-2027, en su caso. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.

-  SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.

-  EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.15- AYUDAS A LA ADECUACIÓN, MEJORA, AMPLIACIÓN Y/ O MODERNIZACIÓN DE LOCALES COMERCIALES Y DE SERVICIOS EN MELILLA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Adecuación, mejora, ampliación y/o modernización de locales comerciales y de servicios en Melilla.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

-       Fomento de la innovación y a la transformación digital.

-       Modernización empresarial.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·         CENTRO GESTOR: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, sin importar la forma jurídica que adopte, incluidos los trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión en la ciudad autónoma de Melilla.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La ampliación, modernización y/o diversificación de empresas ubicadas en la Ciudad Autónoma de Melilla, así como aquellas que pretendan implantar sistemas de calidad, haciendo especialmente hincapié en las Microempresas.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual.

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·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 700.000 euros. Según consignación en cada anualidad en los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria 08/43300/74000 “PROYECTO MELILLA, T. CAPITAL

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración para la misma finalidad.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los beneficiarios.

b)     Forma de concesión: En concurrencia competitiva.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U.

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.

-       SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.

-       EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.16- AYUDAS A LA INVERSION CON CREACIÓN DE EMPLEO

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Las acciones a desarrollar sería un régimen de ayudas a la creación y ampliación de Empresas, especialmente PYMEs incluso las sociedades en construcción y las start-ups a través de inversiones en capital fijo (bienes inmuebles, equipos, otras inversiones relacionadas con el proyecto) , activos inmateriales y trabajos de planificación (estudios), que contribuyan a la creación de empleo estable y de calidad, haciendo especial hincapié en aquellas empresas innovadoras e inteligentes y de crecimiento sostenible, tales como empresas tecnológicas e innovadoras, culturales, turísticas y de servicios al entorno. aprovechando las ventajas de digitalización para fomentar la competitividad.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

-Creación de nuevas empresas en nuevos nichos de mercado

-Fomento de la ampliación y diversificación empresarial.

-Fomento de empresas innovadoras e inteligentes y de crecimiento sostenible.

-Fomento de empresas que apliquen la digitalización para fomentar la competitividad.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·         CENTRO GESTOR: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Exclusivamente a PYMEs, sin importar la forma jurídica que adopte, incluido los trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión con generación de empleo en la CAM

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Promoción del espíritu empresarial, en particular facilitando el aprovechamiento de nuevas ideas e impulsando la creación de nuevas empresas y ampliación de las mismas, así como facilitar su acceso a la financiación.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 750.000,00 Euros

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria 08/45000/74000 “P.O. FEDER 2021-2027 PROMESA”.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración para la misma finalidad.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los beneficiarios.

b)     Forma de concesión: En concurrencia competitiva.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U.

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Planificación y Estratégica establecidos dentro del Programa FEDER para Melilla 2021-2027, en su caso. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.

BOME-PX-2024-891 Descargar página

- SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.

- EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

ejecutado.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.17- AYUDAS FINANCIERAS A LA CREACIÓN, AMPLIACIÓN Y DIVERSIFICACIÓN DE PYME.

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomentar un conjunto de medidas destinadas a la creación de nuevas empresas y a la ampliación y/o diversificación de las empresas ya existentes, siempre que generen autoempleo y/o empleo, siempre que dicha empresa opere en la Ciudad Autónoma de Melilla, cualquiera que sea su forma jurídica, se incluirá la subvención de una serie de medidas destinadas al fomento y la creación de nuevas empresas, como puede ser el alquiler, cuotas de autónomo, etc.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

-Creación de nuevas empresas en nuevos nichos de mercado

-Fomento de la ampliación y diversificación empresarial.

-Ampliación de las empresas.

-Empresas innovadoras e inteligentes y de crecimiento sostenible.

-Empresas que apliquen la digitalización para fomentar la competitividad.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

·         CENTRO GESTOR: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Exclusivamente a PYMEs, sin importar la forma jurídica que adopte, incluido los trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión con generación de empleo en la CAM

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Generación de empleo estable a través de la creación o la ampliación y/o diversificación de empresas, fomentando el empleo y el autoempleo.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 300.000 euros

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria 08/43300/74000 “PROYECTO MELILLA, T. CAPITAL.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración para la misma finalidad.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los beneficiarios.

b)     Forma de concesión: En concurrencia competitiva.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A.U.

·         EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.

- SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.

- EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.

4- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA


 

A- DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS URBANOS.

Objetivos estratégicos:

1º.- Ejercicio de las competencias a las que este municipio se encuentra obligado por el art. 25.2 k de la Ley 7/85, Reguladora de Las Bases de Régimen Local, así como es prestar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal respecto a Cementerios y actividades funerarias.

2º.- Apoyar a las entidades representativas en la Ciudad de las distintas religiones, cuyos ritos funerarios y mantenimiento de cementerios no estén gestionados directamente por la Ciudad Autónoma de Melilla a través de esta Consejería de Medio Ambiente, bien directamente, bien mediante una relación contractual externa en los aspectos que no contravengan las costumbres o ritos funerarios, como ocurre actualmente con la comunidad cristiana o con la comunidad islámica, quedando fuera de estos servicios municipales los correspondientes a ritos funerarios y mantenimientos de los cementerios de la comunidad hebrea.

 

 

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LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1-MANTENIMIENTO DEL CEMENTERIO HEBREO

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Mantenimiento del cementerio hebreo.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Gestión de los enterramientos y de los cementerios hebreos.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Servicios Urbanos.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a la Comunidad Hebrea como representante religioso de las personas cuyos restos se le encomiendan para su mantenimiento en los recintos de cementerios hebreos de la Ciudad.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de los enterramientos y de los cementerios hebreos.

El descenso en la población de esta comunidad, que representa actualmente no más del 2% del censo de la Ciudad, los escasos enterramientos que se producen al año, la existencia de cementerios hebreos que hay que mantener y cuya historia se sitúa en tiempos pretéritos en los que la representación de la comunidad hebrea era sensiblemente mayor, y el alto interés de la comunidad en gestionar estos servicios funerarios y de cementerios con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios.

Se pretende la Participación de la comunidad hebrea en la gestión y mantenimiento de los cementerios de dicha comunidad en consonancia con la observancia de los ritos funerarios propios, que prestan servicio a su colectivo, limitando su coste en comparación con el importe que supondría la gestión directa de los mismos por la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo tiempo que estos servicios funerarios y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la observancia de costumbres y ritos propios de la misma.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/16400/48000 - Subvención Cementerio Comunidad Israelita.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b)     Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Israelita. Subvención Prepagable.

-   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos.

-   Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.2-MANTENIMIENTO DEL CEMENTERIO COMUNIDAD ISLÁMICA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Mantenimiento Cementerio Comunidad Islámica.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Gestión de los ritos y actividades relacionadas con los enterramientos en el Cementerio Musulmán de Melilla.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Servicios Urbanos.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a la Comisión Islámica de Melilla como representante religioso de las personas cuyos restos se le encomiendan para su mantenimiento en el recinto de cementerio musulmán de la Ciudad.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de los ritos y actividades relacionadas con los enterramientos en el Cementerio Musulmán de Melilla.

El incremento en la población de la comunidad islámica, que representa actualmente más del 50% del censo de la Ciudad, el crecimiento exponencial de enterramientos que se producen al año, la costumbre de enterrar a los fallecidos en tierra, la existencia de un único cementerios musulmán, con los equipamientos propios (mezquita, comedor, oficinas, etc.) que hay que mantener y el alto interés de la comunidad musulmana representada por la Comisión Islámica de Melilla con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios.

Por otra parte, se pretende, como objetivo específico, la Participación de la comunidad islámica en la gestión y mantenimiento del cementerio de dicha comunidad y en la observancia de los ritos funerarios propios, acomodando su coste al uso cada vez mayor de dicha instalación, garantizando al mismo tiempo que estos 
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servicios funerarios y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la observancia de costumbres y ritos propios de la misma.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/16401/48000 - Subvención Cementerio Comunidad Islámica.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b)     Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Islámica.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Islámica de Melilla. Subvención Prepagable.

-   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos.

-   Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.3-CONSERVACIÓN ELEMENTOS CEMENTERIOS

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Conservación elementos Cementerios.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Conservación elementos Cementerios.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Servicios Urbanos.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a aquellos propietarios particulares que necesiten emprender la restauración o reparación de sepulcros, panteones, túmulos, mausoleos o nichos, de su propiedad, que se encuentren en malas condiciones.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Fomentar la reparación y renovación de los conjuntos funerarios del Cementerio de la Purísima Concepción de la Ciudad.

Se pretende la conservación y buena apariencia de los cementerios del Cementerio de la Purísima Concepción, dentro de las obligaciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 Pendiente de Asignar.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b)     Forma de concesión: Subvención mediante concurrencia no competitiva.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Islámica de Melilla. Subvención Prepagable.

-   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos.

-   Evaluación: No se precisará memoria final.

 

B. DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y RECURSOS HÍDRICOS.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.1-AYUDA A LA INSTALACIÓN DE DEPÓSITO DE AGUA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la Instalación de depósitos de agua.

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·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Garantizar el suministro de agua adecuado en términos de caudal y presión a todas las zonas de la Ciudad Autónoma de Melilla. Financiar la adquisición de depósitos de agua a particulares para ayudar a garantizar el suministro de agua adecuado en caudal y presión a todas las zonas de la Ciudad Autónoma de Melilla, en especial las zonas altas y más desfavorecidas, que sufren problemas habituales de falta de presión y requieren sistemas de elevación y almacenamiento adicionales.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Las ayudas van destinadas:

a)     Particulares, propietarios de viviendas con bajos recursos económicos de la Ciudad Autónoma de Melilla que reúnan los requisitos previstos en las Bases.

b)     Asociaciones, Organizaciones No Gubernamentales sin ánimo de lucro, Entidades, etc. que sean titulares de una instalación de agua potable y reúnan los requisitos previstos en las Bases.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El Objeto del presente convenio es ayudar a los usuarios de agua de consumo humano, con problemas de suministro de abastecimiento de agua por falta de presión en la red general de la CAM, a disponer de pequeños depósitos particulares y/o grupos de presión individuales de baja potencia que les ayuden a garantizar tanto presión como suministro ante eventuales problemas del sistema de abastecimiento.

Esto ocurre principalmente en viviendas de las zonas altas de la ciudad, donde la red general de abastecimiento no dispone de presión directa adecuada para los usos habituales de este recurso y se requieren sistemas particulares adicionales de elevación y almacenamiento, dándose además el agravante de que las mencionadas zonas son también las más desfavorecidas en términos de nivel de renta entre sus habitantes.

Se pretende la mejora cuantitativa y cualitativa del suministro de agua potable, tanto en garantía de suministro como en presión, a fin de mitigar el problema actual de la Ciudad Autónoma de Melilla, que en las zonas más altas de la misma no permite el suministro directo de la red a una presión adecuada y requiere de sistemas particulares adicionales de elevación y almacenamiento.

Facilitar a los usuarios de baja renta y escaso poder adquisitivo que viven en las zonas altas y más desfavorecidas de la CAM, la adquisición de pequeños depósitos particulares de agua potable y/o grupos de presión individuales de baja potencia.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/16100/78000 - Subvención Adquisición Depósitos de Agua y grupos de presión individuales. Importe: 30.000€. Beneficiarios: Propietarios viviendas particulares y Asociaciones, ONG´s, Entidades, etc. Titulares de instalaciones.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.- Subvención mediante concurrencia no competitiva.

b.- Forma de concesión: Subvención

c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Recursos Hídricos.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

- Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.2-AYUDA A LA ADAPTACIÓN DE INSTALACIONES INTERNAS DE AGUA POTABLE A LA NORMATIVA VIGENTE

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la adaptación de instalaciones internas de agua potable a la Normativa Vigente.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: La adaptación de los contadores a la normativa permite la implementación de nuevas tecnologías y funcionalidades que mejoran la eficiencia y facilitan la gestión. Esta adaptación contribuye a la estandarización y homogeneización de los sistemas de medición, lo cual facilita el estudio y análisis de los datos de consumo.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA Estas ayudas se dirigen a los titulares de una instalación de contadores de agua potable que requiera ser adaptada a la normativa vigente (Según informe Técnico).

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: En primer lugar, el Código Técnico de Edificación en su apartado DB-HS-4, Suministros de agua, establece los requisitos técnicos y de seguridad que deben cumplir las instalaciones de aguas potables para garantizar un correcto funcionamiento.

BOME-PX-2024-895 Descargar página

Por otra parte, el Reglamento del Servicio Municipal de Aguas Potables de Melilla, Boletín Oficial de 12 de marzo de 1987, indica las exigencias de las instalaciones y locales de las acometidas y contadores de aguas.

La Ciudad de Melilla tiene prevista una sustitución de los actuales contadores, propiedad de los abonados, por otros nuevos de titularidad municipal equipados con sistemas de telelectura. Para ello se realizará una campaña de inspecciones de forma sectorizada en las instalaciones interiores de los edificios, mediante la cual se comprobará el cumplimiento de la normativa y se obligará a realizar una adaptación a la misma en caso necesario.

En resumen, adaptar las instalaciones internas de agua potable a la normativa es necesario para garantizar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de seguridad, aprovechar las ventajas de las nuevas tecnologías y facilitar la gestión y análisis de los datos de consumo

Con esta actuación se pretende facilitar la adaptación de acometidas, baterías de contadores y/u Hornacinas o alojamientos de los contadores, desde la conexión con la red Municipal hasta la Salida hacia la red interior.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 120.000,00 Euros.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 -Pendiente de Asignar.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.- Subvención mediante concurrencia no competitiva.

b.- Forma de concesión: Subvención

c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Recursos Hídricos.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

- Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.3-CONVENIO IGME INVESTIGACIÓN AGUAS SUBTERRÁNEAS

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Convenio IGME Investigación aguas subterráneas.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio Específico de colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el Instituto Geológico y Minero de España para la investigación de aguas subterráneas como apoyo a la gestión hidrológica de la Ciudad Autónoma de Melilla en el período 2020-2025.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Instituto Geológico y Minero de España

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El Objeto del presente convenio es regular las condiciones de colaboración y cooperación en las que se desarrollarán las actividades entre la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el IGME.

Esta colaboración se plasmará en la realización de proyectos y estudios científicos técnicos relacionados con el medio ambiente, los recursos hídricos, cartografía temática y otros proyectos relacionados con las Ciencias de la Tierra, así como actividades que lleven a cabo ambos organismos.

El presente Convenio tiene por objeto llevar a cabo la investigación de diferentes acuíferos como apoyo al abastecimiento urbano y a la sostenibilidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período 2020-2024, así como precisar las condiciones bajo las cuales deberá regirse la realización de las diferentes actividades recogidas en el listado siguiente:

1.- Informes complementarios con la toma de muestras de calidad en los diferentes acuíferos para evaluar procedencia de las aguas.

2.- Informes complementarios sobre el reconocimiento de sondeos previos y de sondeos de investigación con equipo de testificación geofísica.

3.- Informes complementarios sobre la determinación de la existencia o no de la cuña de intrusión marina en diferentes acuíferos.

4.- Informes complementarios sobre la evaluación actualizada de la recarga en cada uno de los acuíferos (volcánico, carbonatado y aluvial).

5.- Informes complementarios en relación con el estudio de la posibilidad de realizar operaciones de recarga artificial de acuíferos. Plan Estratégico Subvenciones CAM 2020-2022 - Página 84 de 129

6.- Propuesta de optimización de las instalaciones eléctricas, asociadas al bombeo de las aguas subterráneas. Adaptación del bombeo a las curvas característica y mejora del rendimiento.

7.- Informe con análisis hidrogeológico de las posibilidades de captación de aguas subterráneas para abastecimiento de la desaladora.

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8.- Informes complementarios del seguimiento de sondeos de investigación para control de evolución de niveles.

9.- Informes complementarios al Plan de Uso sostenible de las masas de agua subterránea (bombeo por sectores con tendencia a la recuperación del estado cuantitativo y cualitativo de las masas de agua.

10.- Propuesta de una batería estratégica de apoyo al abastecimiento urbano desde el acuífero calizo de Melilla y seguimiento.

11.- Plan de explotación mediante sondeos del borde costero como apoyo a la desaladora y el aprovechamiento del agua continental salobre en las masas del acuífero calizo y volcánico.

12.- Elaboración de un modelo matemático de flujo en los acuíferos de Melilla.

13.- Estudio del sellado de sondeos preexistentes para evitar mezclas de agua de mala calidad.

14.- Campaña de sondeos de investigación en el Parque Hernández y en el trazado a la plaza de España. (5 sondeos).

15.- Controles de la evolución de la intrusión marina y de las explotaciones.

16.- Mejora del conocimiento del modelo 3D provisional realizado con los nuevos datos geofísicos y de sondeos.

17.- Mejora del conocimiento del aluvial con sondeos en el primitivo desvío del cauce hacia la Plaza de España.

18.- Campaña complementaria de prospección geofísica en el aluvial.

19.- Reconocimiento mediante sondeos de los sectores donde emplazar las pantallas del aluvial, así como del área cementada bajo el puente del Escaño. (14 sondeos).

20.- Perímetros de protección de la calidad de los abastecimientos urbanos (tránsito de mercancías peligrosas, ubicación de instalaciones potencialmente contaminantes y otros).

Regular las condiciones de colaboración y cooperación en las que se desarrollarán las actividades entre la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el IGME.

Investigación de diferentes acuíferos como apoyo al abastecimiento urbano y a la sostenibilidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período 2020- 2024.

Con todo lo anterior se pretende conseguir la mejora cuantitativa y cualitativa de las masas de agua subterránea gestionadas por la Ciudad Autónoma de Melilla, que suponen, en la actualidad, casi 1/3 de la demanda total de agua de consumo humano de la población.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 42.250,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17100/42390 - Convenio Instituto Geológico y Minero de España

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.- Subvención directa.

b.- Forma de concesión: Convenio.

c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras aprobadas por Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Para el seguimiento y control del Convenio, se crea una Comisión de Seguimiento, de composición mixta y paritaria, formada por dos representantes designados por la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos representantes designados por el IGME.

Asimismo, podrán designarse suplentes de los miembros de la Comisión y a sus reuniones podrán asistir los técnicos que se juzgue conveniente por las partes, según los temas a tratar.

La Comisión de Seguimiento tendrá las funciones siguientes:

a.     Aprobar y evaluar el Programa de Actuaciones del Convenio, proponiendo, cuando sea necesario, las variaciones que se consideren oportunas.

b.     Realizar informes y propuestas sobre la ejecución de los trabajos

c.      Resolver cualquier cuestión que se plantee en la interpretación y ejecución del Convenio.

d.     Redactar y proponer a las partes las adendas correspondientes a los distintos aspectos del desarrollo de las actuaciones previstas que impliquen incremento del gasto inicialmente aprobado.

e.     Cualesquiera otras cuestiones que las partes consideren adecuadas.

Para efectuar un correcto seguimiento y la evaluación adecuada de las actividades que se hagan como consecuencia de este Convenio, se podrá elaborar, previo acuerdo de las partes, un Informe de progreso anual y un Informe de resultados al final del convenio.

Los acuerdos de la Comisión de seguimiento se regirán por lo dispuesto en la Lay 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para los Órganos Colegiados, concretamente los art. 15 al 18, de la precitada Ley.

La Comisión se considerará válidamente constituida si están presentes al menos tres miembros vocales o suplentes de los cuatro integrantes de la misma. Las decisiones de la Comisión de seguimiento se tomarán por unanimidad

 

DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.1-ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Adquisición de Vehículos de Movilidad Personal.

BOME-PX-2024-897 Descargar página

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Fomento sostenible de un trasporte de personas que disminuya la contaminación acústica, lumínica y atmosférica, en un nuevo marco de movilidad sostenible.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Ciudadanos particulares mayores de edad que realizan desplazamientos urbanos y que por tanto son sujetos principales del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS).

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayuda a la adquisición de determinados medios de transportes impulsados por energía eléctrica para el fomento de transporte sostenible, bicicletas, bicicletas eléctricas, monitorización eléctrica de bicicletas, motocicletas eléctricas y vehículos eléctricos, que impulse la sustitución de vehículos contaminantes por otros con menor impacto medio ambiental, que por un lado reduzcan la contaminación y por otro implique un cambio en el modelo de movilidad urbana, buscando la sostenibilidad ambiental.

Se pretende conseguir la participación de las personas que realizan desplazamientos urbanos mediante vehículos, en la utilización de vehículos menos contaminantes que los que utilizan motores de combustión para su impulso. Conjugando así la búsqueda de una menor contaminación urbana derivada del tráfico vehicular, con unos flujos adecuados en el modelo de movilidad existente.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/13400/78000 - Subvención PMUS Bicicletas

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención mediante concurrencia no competitiva.

b.     Forma de concesión: Subvención.

c.      Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.

-       Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.2-RENOVACIÓN FLOTA DE TAXIS DE MELILLA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Renovación flota de taxis de Melilla.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvención para la renovación de la flota de taxis de Melilla. Incidencia en objetivos estratégicos El objeto de este programa es colaborar con los gastos ocasionados con motivo de la adquisición por parte de los titulares de las licencias de autotaxis en la ciudad de Melilla de los vehículos más antiguos de esta flota, sustituyéndolos por vehículos más nuevos, menos contaminantes y más accesibles, que incluya así mismo compromiso de sustitución del vehículo subvencionado antes de los 15 años de uso del mismo, con el fin de fomentar un trasporte sostenible, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: El sector al que se dirige la ayuda son aquellos particulares o empresas titulares de la licencia correspondiente de taxi en la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La necesidad de que el parque de vehículos de la ciudad sea menos contaminante, y dentro de este los que corresponden al servicio público de autotaxis, tiene una relación directa con la sostenibilidad del Medio Ambiente, por ello desde la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente se estima la conveniencia de facilitar el acceso de los mismos a la adquisición de vehículos no contaminantes, con la intención de mejorar la calidad de vida de los propios melillenses.

Siguiendo con la misma línea de actuación, la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería competente en materia de Movilidad y Medio Ambiente, con el fin de lograr una mayor accesibilidad de los ciudadanos melillenses a un trasporte no contaminante, pone en marcha el presente Programa de ayudas, que trata de sustituir los vehículos auto taxi actuales por otros nuevos, menos contaminantes y más accesibles.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/44120/78000- Subvención Taxis.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

BOME-PX-2024-898 Descargar página

a.     Subvención mediante Concurrencia Competitiva.

b.     Forma de concesión: Subvención.

c.      Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-  Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.

-  Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.3-COMPENSACIÓN DÉFICIT TARIFARIO COA.

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Compensación déficit tarifario COA.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvención a Cooperativa Ómnibus Automóviles de Melilla (COA, Transporte colectivo urbano), destinada a sufragar gastos de explotación de los ejercicios en curso.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Se dirige al Transporte colectivo urbano, Cooperativa Ómnibus de Automóviles de Melilla (COA)

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El servicio público de transporte es un servicio esencial, social y estratégico que se presta a la ciudadanía, siendo obligación para las instituciones de la Ciudad Autónoma ejercer sus potestades con los siguientes objetivos básicos entre otros: la mejora de las condiciones de vida, el fomento de la calidad de vida mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente, el desarrollo de los equipamientos sociales y la realización de un eficaz sistema de comunicaciones que potencie los intercambios humanos, culturales y económicos.

Que el transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales en la política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar niveles de comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los ciudadanos

Se trata de una subvención nominativa incluida en los Presupuestos Generales de la CAM para incluyendo el déficit tarifario de los 6 primeros meses de 2024, fecha en que se prevé la entrada en vigor del próximo contrato. Está destinada a sufragar gastos de explotación del presente ejercicio 2023 que no estén cubiertos por los ingresos ordinarios y con subvenciones de otros entes, o a sufragar el déficit en el servicio que arrastra la beneficiaria desde 2007.

Consta Informe de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad que pone de manifiesto que la COA sigue prestando actualmente el servicio de trasporte colectivo urbano.

Asimismo, por sentencia 182/2017 del Juzgado Contencioso Administrativo nº1 de Melilla se reconoce la vinculación de dicha empresa al servicio, así como determina la obligación de sufragar por la CAM el déficit de explotación obtenido por la COA en la prestación del servicio de transporte colectivo urbano de viajeros.

La Secretaria Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad con fecha 6 de octubre de 2017 emite informe en el que hace constar que la Ciudad Autónoma de Melilla ejerce competencias sobre su territorio en materia de “transporte público de viajeros” (art. 25.2 letra g).

El servicio público de transporte es un servicio esencial, social y estratégico que se presta a la ciudadanía, siendo obligación para las instituciones de la Ciudad Autónoma ejercer sus potestades con los siguientes objetivos básicos entre otros: la mejora de las condiciones de vida, el fomento de la calidad de vida mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente, el desarrollo de los equipamientos sociales y la realización de un eficaz sistema de comunicaciones que potencie los intercambios humanos, culturales y económicos.

Que el transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales en la política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar niveles de comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los ciudadano.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 1.000.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/44110/47900- Subvención compensación déficit tarifario COA.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención mediante Concurrencia Competitiva.

b.     Forma de concesión: Subvención.

c.      Compatibilidad: La subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o Ente Público, siempre que no rebase el costo de la actividad subvencionada (prestación del servicio)

d.     Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

BOME-PX-2024-899 Descargar página

a.     Plazo y forma de justificación: La rendición de cuenta justificativa se hará de acuerdo con lo establecido en el art. 30.2 de la Ley General de Subvenciones. Su presentación se realizará como máximo, en el plazo de tres (3) meses, una vez finalizado el presente ejercicio presupuestario 2023.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-       Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.

-       Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.4-CONVENIO UGR ESTUDIOS ESPECIES Y HÁBITATS

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Convenio UGR Estudios especies y hábitats.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

A.- La realización de estudios y planes para la valoración y seguimiento del estado de conservación medioambiental de los espacios naturales y especies de flora y fauna con estatus de protección oficial, en el litoral y zonas ZEC del territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.

1º.- La CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la presencia en su territorio de dos zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimo-terrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del Rio Nano; está obligada al seguimiento y conservación de dichas zonas, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias sub-áridas. No obstante, la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para acometer los estudios mencionados, de ahí la necesidad de contar con la colaboración y apoyo de expertos universitarios en esta materia específica.

2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de su comunidad vecinal en materia de Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) y está interesada en el estudio de las especies más reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral melillense, requiriendo para ello de la colaboración de instituciones universitarias ampliamente acreditadas en ese campo.

B.- Gestión de los hábitats y especies protegidas.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La Universidad de Granada, apoyada en múltiples estudios previos, dispondrá de un estudio completo con inventarios, censos, densidades y planos bionómicos de las especies más reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats mencionados que, desde el ámbito académico, podrá ser utilizado tanto para su difusión, investigación o base científica para la elaboración de distintos Planes de Conservación, como para su utilización didáctica-formativa y de divulgación medioambiental.

Participación de la Universidad de Granada en la gestión de las especies y hábitats protegidos, limitando su coste en comparación con el importe que supondría la gestión directa de los mismos por la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo tiempo que estos estudios se realizan por personal investigador con amplia experiencia.

Seguimiento y conservación de zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimo y terrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del rio Nano, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias subáridas.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17200/45300- Convenio UGR estudio especies y hábitats.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con la UGR.

c.      Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

BOME-PX-2024-900 Descargar página

Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los informes ambientales y planes de gestión realizados en cada ejercicio.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.

-Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.5-AYUDAS DESTINADAS AL ESTUDIO DE LA AVIFAUNA Y FLORA EN LA CIUDAD DE MELILLA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayudas destinadas al estudio de la Avifauna y flora en la Ciudad de Melilla.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

Actuación con la Entidades especializadas en el estudio de Avifauna y flora en la Ciudad Autónoma de Melilla con el fin de realizar:

A.- Fomento del estudio de la Avifauna de la Ciudad Autónoma de Melilla para la implementación de medidas que fomenten la conservación de la biodiversidad local.

1. - La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad y la Ley 33/2015 de 21 de septiembre que la modifica, cuyo objetivo es garantizar la biodiversidad mediante la conservación del hábitat natural y de la fauna y flora silvestres, establece la obligación de realizar, en virtud de su artículo 17, una evaluación del estado de conservación de las especies y los tipos de hábitat de interés comunitario. Al mismo tiempo, la Directiva Aves (2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) obliga a todos los Estados a tomar todas las medidas necesarias para mantener o adaptar las poblaciones de todas las especies de aves al nivel que corresponda, en particular, a las exigencias ecológicas científicas y culturales, habida cuenta de las exigencias económicas y recreativas. La Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad pretende conocer el estado de la avifauna de la Ciudad mediante la puesta en marcha del Estudio de Aves Invernantes en la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que además sirva de base científica para de la confección del futuro Atlas de la Avifauna de la Ciudad. Actualmente la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural no cuenta con los medios técnicos ni humanos para acometer el desarrollo de un proyecto que implica contar con un equipo multidisciplinar, y con experiencia en este tipo de trabajos.

2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de su sociedad en materia de Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019).

B.- Conocer de manera pormenorizada la distribución espacial de las aves que nidifican en la Ciudad Autónoma de Melilla. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades Conservacionistas con experiencia en este tipo de estudios.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayudas destinadas al estudio de la Avifauna y flora en la Ciudad de Melilla.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17203/22699- Sensibilización y Concienciación Ambiental.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención mediante concurrencia competitiva.

b.     Forma de concesión: Convenio con la UGR.

c.      Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos.

-Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.6-CONCIENCIACIÓN E INFORMACIÓN A LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Concienciación e información a la protección de la naturaleza en la Ciudad Autónoma de Melilla.

BOME-PX-2024-901 Descargar página

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

·         Con esta actuación se pretende el fomento de la participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades jurídicas públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que tengan sede o delegación en la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER Entre sus objetivos se encuentran:

·         Acciones que fomenten la conciencia ambiental de la ciudadanía a través de actividades de sensibilización, información y concienciación medio ambiental.

·         Acciones que incrementen los niveles de conocimiento de la ciudadanía para promover alternativas a los problemas ambientales urbanos.

·         Acciones para la capacitación de la población para adoptar estilos de vida y tomar decisiones que sean respetuosas con el medio ambiente.

·         Acciones encaminadas a la prestación de apoyo y colaboración ciudadana con los servicios municipales y entidades públicas para la mejora continua de la calidad de los servicios públicos fomentando criterios ambientales en sus actuaciones.

·         La lucha contra el cambio climático reducción de la contaminación.

·         La economía circular, la prevención y adecuada gestión de los residuos.

·         El ahorro y el uso racional, eficiente y compatible con la conservación del medio ambiente del agua, la energía y los recursos naturales.

·         El conocimiento y el cuidado de la diversidad biológica de la Ciudad de Melilla.

Con esta actuación se pretende el fomento de la participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17203/22699- Sensibilización y Concienciación Ambiental.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención mediante concurrencia no competitiva.

b.     Forma de concesión: Subvención.

c.      Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.

-Evaluación: Memoria debidamente firmada de la actuación realizada según lo que se disponga en las Bases Reguladoras y en la Orden de la Convocatoria.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.7-SUBVENCIÓN ONG´S PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: La realización de estudios y planes para la valoración y seguimiento del estado de conservación medioambiental de los espacios naturales y especies de flora y fauna con estatus de protección oficial, en el litoral y zonas ZEC del territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Con esta actuación se pretende el fomento de la participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Ong’s dedicadas a la protección de la naturaleza e instituciones universitarias acreditadas en el campo de protección a la naturaleza.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER

BOME-PX-2024-902 Descargar página

1º.- La CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la presencia en su territorio de dos zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimo-terrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del Rio Nano; está obligada al seguimiento y conservación de dichas zonas, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias sub-áridas. No obstante, la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para acometer los estudios mencionados, de ahí la necesidad de contar con la colaboración y apoyo de expertos universitarios en esta materia específica.

2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de su comunidad vecinal en materia de Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) y está interesada en el estudio de las especies más reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral melillense, requiriendo para ello de la colaboración de instituciones universitarias ampliamente acreditadas en ese campo.

B.- Gestión de los hábitats y especies protegidas. Subvención ONG'S Protección a la naturaleza.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 50.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17200/48000- Subvención a ONG’S Protección Naturaleza.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención mediante concurrencia no competitiva.

b.     Forma de concesión: Subvención.

c.      Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural, dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad, de la justificación del importe otorgado con los justificantes.

- Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.

- Evaluación: Se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.8-SUBVENCIÓN FOMENTO IMPLANTACIÓN EMAS

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención fomento implantación EMAS.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta convocatoria tiene como base al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este real decreto tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones reguladas por el mismo, a las que habrán de sujetarse las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla beneficiarias respecto de las convocatorias de ayudas y/o inversiones directas que efectúen, de acuerdo con lo establecido en este real decreto. Asimismo, este real decreto tiene por objeto aprobar los programas de incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables. La finalidad de este real decreto es cumplir con los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en cuanto al despliegue e integración de las energías renovables, así como el almacenamiento con fuentes de energía renovable, contribuyendo con ello a la «descarbonización» de distintos sectores de la economía, así como a la consecución de los objetivos fijados por el PNIEC 20212030 y la Estrategia de Almacenamiento Energético. Este programa está dotado inicialmente con un presupuesto máximo de 660 millones de Euros para toda España, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.50.420B.748 «Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas y particulares.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER

Que las empresas y organizaciones con esta subvención puedan implantar un sistema de gestión ambiental que les permita evaluar, gestionar y mejorar los impactos ambientales, asegurando así un comportamiento excelente en este ámbito.

BOME-PX-2024-903 Descargar página

Las organizaciones reconocidas con el EMAS -ya sean compañías industriales, pequeñas y medianas empresas, organizaciones del sector servicios, administraciones públicas, etc.- tienen una política ambiental definida, hacen uso de un sistema de gestión medioambiental y dan cuenta periódicamente del funcionamiento de dicho sistema a través de una declaración medioambiental verificada por organismos independientes. Estas entidades son reconocidas con el logotipo EMAS, que garantiza la fiabilidad de la información dada por dicha empresa.

Los efectos que se pretenden conseguir se encuentran los siguientes:

Todas las instalaciones acogidas a cualquier programa de incentivos aprobado por estas bases, excepto la tipología de Biomasa aparatos de calefacción local del programa 6, deberán contar con un sistema de monitorización de la energía eléctrica o térmica producida por la instalación objeto de subvención. Las funcionalidades de este sistema serán las siguientes: - Este sistema deberá mostrar como mínimo la producción energética renovable en términos diario, mensual y anual, y el correspondiente consumo energético para los mismos periodos. - Adicionalmente a lo anterior, el sistema podrá mostrar datos adicionales como, por ejemplo: emisiones de CO2 evitadas y ahorro económico generado para el propietario de la instalación. - Deberá existir una pantalla en un lugar visible que muestre estos datos de forma actualizada. Esto será de aplicación a todos los programas excepto para las actuaciones en el sector residencial incluidas en los programas de incentivos 4, 5 y 6.

-Adicionalmente a lo anterior, para cualquier actuación, esta misma información deberá ser accesible a través de dispositivo móvil.

La biomasa cumplirá los criterios de sostenibilidad establecidos en los artículos 29 a 31 de la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, así como los correspondientes actos delegados y de ejecución.

Estarán incluidos en estas ayudas los siguientes programas:

a.     Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

b.     Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.

c.      Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

d.     Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.

e.     Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.

f.      Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17201/48000- Subvención Fomento Implantación EMAS.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención mediante concurrencia competitiva.

b.     Forma de concesión: Subvención.

c.      Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos.

-Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.9-SUBVENCIÓN EFICIENCIA ENERGÉTICA CEIP ENRIQUE SOLER

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención Eficiencia Energética CEIP ENRIQUE SOLER.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta Línea tiene como base al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, para la Ciudad Autónoma de Melilla. Asimismo, las ayudas reguladas por este programa tienen carácter singular, derivado de la necesidad de implementar diversos instrumentos que incentiven la movilización de las inversiones necesarias para la renovación exhaustiva y rentable de edificios residenciales y comerciales, con el fin de mejorar el rendimiento energético del parque inmobiliario y reducir su consumo de energía final, contribuyendo activamente a la sostenibilidad ambiental, mediante la reducción del nivel de emisiones de dióxido de carbono (CO2), la cohesión social y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en los espacios urbanos.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

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·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: CEIP Enrique Soler.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER

Su objetivo es la ayuda para la implantación e instalación de placas solares, baterías solares o de sistemas de aerotermia, que tengan como fin el autoconsumo o la eficiencia energética.

Las ayudas se destinarán a actuaciones en edificios completos existentes en Melilla, concretamente edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).

Con estas ayudas se pretende conseguir y justificar una reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono con respecto a su situación de partida, y cumplir con las condiciones establecidas por estas bases. El ahorro de energía final a nivel de usuario final se justificará mediante uno de los métodos de cálculo del anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.

El ahorro de energía final conseguido por las actuaciones acogidas a este programa será computado a efectos del cumplimiento de los objetivos de ahorro de energía final del artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de octubre.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17210/78002- Subvención eficiencia energética CEIP Enrique Soler.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención Directa.

b.     Forma de concesión: Subvención.

c.      Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos.

Subvención Prepagable.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.

-Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.10-SUBVENCIÓN EFICIENCIA ENERGÉTICA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención EFICIENCIA ENERGETICA.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: La finalidad de esta subvención es cumplir con los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en cuanto al despliegue e integración de las energías renovables, así como el almacenamiento con fuentes de energía renovable, contribuyendo con ello a la «descarbonización» de distintos sectores de la economía, así como a la consecución de los objetivos fijados por el PNIEC 20212030 y la Estrategia de Almacenamiento Energético.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas previstas en estas bases, conforme a lo previsto en las mismas, cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación, para cada tipología de actuación, siempre que tengan residencia fiscal en España:

a.     Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.

b.     Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

c.      Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal. BOME Número 5850 Melilla, Viernes 9 de abril de 2021 Página 827 BOLETÍN: BOME-B-2021-5850 ARTÍCULO: BOME-A- 2021-317 PÁGINA: BOME-P-2021-827 CVE.

d.     Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a largo plazo con la propiedad, que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de la actuación a incluir en el Programa.

Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos definidas en el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía. Para poder ser beneficiarias, estas empresas deberán actuar conforme al contrato que tengan establecido a tal fin con la propiedad y llevar a cabo las inversiones incluidas en alguna de las tipologías de actuaciones recogidas en estas bases, debiendo acreditar su actuación 
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a.     como empresa de servicios energéticos y la inversión realizada.

b.     Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el sector público institucional de cualesquiera administraciones públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

c.      Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, según definición de la Directiva 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, y de la Directiva 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE, respectivamente, así como del artículo 4 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER

Para las actuaciones subvencionables, se deberá prever que, en cómputo anual, la suma de la energía eléctrica consumida por parte del consumidor o consumidores asociados a la instalación objeto de ayuda sea igual o mayor al 80 % de la energía anual generada por la instalación.

Las actuaciones subvencionables dentro del programa de las tecnologías solar térmica, biomasa, geotérmica, hidrotérmica o aerotérmica (exceptuando las tecnologías aire-aire) para climatización y/o agua caliente sanitaria en viviendas. Las instalaciones realizadas deberán cumplir, cuando corresponda, con los requisitos establecidos en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, así como cualquier otra normativa que les sea de aplicación. En el caso de las bombas de calor accionadas eléctricamente deberán tener un SPF superior a 2,5. F. En el caso de las instalaciones de biomasa para climatización o ACS (incluidas dentro del programa de incentivos 6).

Las instalaciones de esta tipología deberán lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80 % a fin de que se alcance un

«Coeficiente para el cálculo de la ayuda a los objetivos climáticos» del 100 %, de acuerdo con lo establecido el Anexo VI del el Reglamento (UE) 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

La finalidad de esta subvención es:

a.     Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

b.     Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.

c.      Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

El ahorro de energía final conseguido por las actuaciones acogidas a este programa será computado a efectos del cumplimiento de los objetivos de ahorro de energía final del artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de octubre.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17210/78009- Subvención eficiencia energética.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Concurrencia Competitiva

b.     Forma de concesión: Subvención.

c.      Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos.

Subvención Prepagable.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.

-Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

11-PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DE CONCIENCIACIÓN, SENSIBILIZACIÓN E INFORMACIÓN AMBIENTAL

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Promoción de actividades de concienciación, sensibilización e información ambiental.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Promoción de actividades de concienciación, sensibilización e información ambiental.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Las ayudas van destinadas a las entidades jurídicas públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que tengan sede o delegación en la Ciudad Autónoma de Melilla y estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente a su naturaleza fiscal, a la fecha de la convocatoria y que reúnan los requisitos previstos en las Bases.

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·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER

Las ayudas tienen como objeto la promoción programas de actividades de concienciación, sensibilización e información ambiental en la Ciudad Autónoma de Melilla entre las que se encuentran:

·         Acciones que fomenten la conciencia ambiental de la ciudadanía a través de actividades de sensibilización, información y concienciación medio ambiental.

·         Acciones que incrementen los niveles de conocimiento de la ciudadanía para promover alternativas a los problemas ambientales urbanos.

·         Acciones para la capacitación de la población para adoptar estilos de vida y tomar decisiones que sean respetuosas con el medio ambiente.

·         Acciones encaminadas a la prestación de apoyo y colaboración ciudadana con los servicios municipales y entidades públicas para la mejora continua de la calidad de los servicios públicos fomentando criterios ambientales en sus actuaciones.

·         La lucha contra el cambio climático reducción de la contaminación.

·         La economía circular, la prevención y adecuada gestión de los residuos.

·         Se pretende la mejorar la participación ciudadana en el ámbito del medio ambiente en la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 50.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202407/17203/22699- Sensibilización y Concienciación Ambiental.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Concurrencia Competitiva.

b.     Forma de concesión: Subvención.

c.      Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos.

Subvención Prepagable.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.

-Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.12-AYUDA A LA RETIRADA DE MATERIALES QUE CONTIENEN FIBROCEMENTO EN INSTALACIONES Y EMPLAZAMIENTOS PRIVADOS.

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la retirada de materiales que contienen fibrocemento en instalaciones y emplazamientos privados.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

En España la utilización y comercialización del amianto está prohibida desde 2002 tras la Orden ministerial del 7 de diciembre de 2001 por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 1406/1989, de 10 de noviembre, sobre limitaciones a la comercialización y al uso de ciertas sustancias y preparados peligrosos. En cambio, muchos edificios y elementos industriales construidos en fechas anteriores a su prohibición aún contienen amianto.

Además, el Parlamento Europeo en 2013 estableció una resolución instando a la UE a "supervisar la presencia de amianto en edificios públicos y privados" y a crear "planes de acción para su eliminación segura" antes del año 2028, así como indica el Parlamento realizar un registro de edificios que contienen amianto. En esta resolución, entre otras propuestas importantes: insta a la UE a que realice: “una evaluación de impacto y análisis de costes y beneficios de la posibilidad de crear planes de acción para la eliminación segura del amianto de los edificios públicos”.

Con la aprobación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se recoge en su disposición adicional decimocuarta la obligación de los ayuntamientos de elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto incluyendo un calendario que planifique su retirada. Dentro de estas instalaciones se recogen tanto públicas, como privadas.

Los riesgos derivados del amianto están producidos por la inhalación de las fibras de amianto, siendo las de menor tamaño las que alcanzan las vías aéreas inferiores. La longitud y configuración de las fibras (pequeño tamaño y forma larga y delgada) influye en su capacidad de penetración en las vías respiratorias, ya que pueden permanecer en suspensión en el aire durante mucho tiempo y por lo tanto poder ser respiradas.

Una vez dentro de los pulmones, los mecanismos de defensa del organismo tratan de descomponerlas y expulsarlas, siendo muchas las fibras de amianto que consiguen quedarse en el cuerpo y permanecer en él durante mucho tiempo.

El amianto (en todas sus variedades) está clasificado según la Legislación Española como cancerígeno de primera categoría, es decir, "sustancias que se sabe, son carcinógenas para el hombre".

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Por orden número 249 del 20 de octubre de 2023, se crea el censo de instalaciones y emplazamientos públicos y privados que contienen amianto.

Con el fin de poder contar con toda la información necesaria para el censo municipal, a la par de que se previenen problemas para la salud de los propios ciudadanos, se decide establecer una convocatoria para la retirada de este material en instalaciones y emplazamientos privados.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estas ayudas se dirigen a los titulares de una edificación, instalación o emplazamiento privado que cuente con amianto y esté inscrita en el censo municipal existente.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER

Con esta actuación se pretende contar con la información actualizada en el censo de la ciudad, a la par de que se facilita la retirada de este material peligroso, reduciendo el riesgo para la salud humana.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 Pendiente de Asignar.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.      Subvención mediante concurrencia no competitiva.

b.      Forma de concesión: Subvención.

c.      Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Control de la Contaminación Ambiental.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad

5- CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR


A- DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y PATRIMONIO CULTURAL

 

Objetivos estratégicos:

Facilitar medios para el desarrollo de sus actividades y estructura interna a las organizaciones cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como impartir conferencias, charlas o cursos sobre cualquier aspecto relacionado con la cultura, o bien facilitar los medios a entidades que tengan entre sus fines el fomento, la conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico y etnológico para la realización de actividades que le son propias, en aplicación de lo establecido en el artículo 21.1.14 y 15 de la Ley Orgánica 2/95, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD ISRAELITA DE MELILLA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de instalaciones, fomento de la cultura hebrea, integración social de los miembros de la comunidad israelita, educación y, en general, la promoción y estímulo de los valores de comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población melillense.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y patrimonio cultural

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 120.000,00 €

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·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/92406/48000- Subvención Comunidad Israelita

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Israelita.

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.2- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD HINDÚ DE MELILLA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población melillense.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 20.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/92407/48000- Subvención Comunidad Hindú.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.      Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Hindú de Melilla

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Hindú

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.3- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMISIÓN ISLÁMICA DE MELILLA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

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·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de reparación de mezquitas de la Ciudad, dotación ala Comisión de los medios materiales y personales para contar con una administración eficiente de la misma, ayudas a los más necesitados, congregaciones y contratación de servicios externos necesarios para el correcto funcionamiento de la comunidad.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 275.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/92412/48000- Subvención Comisión Islámica

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con la Comisión Islámica de Melilla

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comisión Islámica.

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.4- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD MUSULMANA DE MELILLA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población melillense.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/92413/48000- Subvención Comunidad Musulmana

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Musulmana de Melilla

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y 
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o   aportados por la Comunidad Musulmana.

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.5- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ISLÁMICA “BADR”

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento de ayudas a colectivos vulnerables.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio para el desarrollo del programa “Habitat” de alojamiento temporal y ayudas sociales a familias y colectivos vulnerables.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 200.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/23126/48001- Convenio Asociación “BARD”

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con la Asociación Islámica "Badr”

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Islámica "Badr”.

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.6- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA SOCIEDAD CULTURAL AMIGOS DE LA MÚSICA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de fomento de la cultura musical en todas sus formas.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 22.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33408/48900- Convenio Sociedad Cultural de Amigos de la Música.

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·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con la Sociedad Cultural Amigos de la Música

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Sociedad Cultural Amigos de la Música.

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.7- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN BANDA DE MÚSICA, ORQUESTA SINFÓNICA Y CORO “CIUDAD DE MELILLA”

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de la Ciudad.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar las actividades musicales que enriquezcan culturalmente a la ciudadanía melillense

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 400.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33409/48900- Convenio Asociación Banda de Música, Orquesta, Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla”

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con la Asociación Banda de Música, Orquesta Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla”

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Banda de Música, Orquesta Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla”.

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.8- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN NANA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Colaborar con entidades y Organizaciones de ayuda a sectores desfavorecidos

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·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Desarrollo de actividades de integración de personas en riesgo de exclusión.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 70.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/33410/48900- Convenio Asociación NANA

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con la Asociación Nana

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Nana.

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.9- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN OXÍGENO LABORATORIO CULTURAL

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de la Ciudad.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Desarrollo de actividades e inmersión y descubrimiento de diferentes formas de desarrollo cultural

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 40.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33410/48900- Convenio Asociación Oxígeno Laboratorio Cultural

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con la Asociación Oxígeno Laboratorio Cultural

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Oxígeno Laboratorio Cultural.

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

BOME-PX-2024-913 Descargar página

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.10- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL INSTITUTO DE CULTURA GITANA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de la Ciudad.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: puesta en conocimiento protección y desarrollo de la cultura gitana en Melilla

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 30.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33421/48902- Convenio Instituto de Cultura Gitana.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con el Instituto de Cultura Gitana

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por el

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.11-CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIO-CULTURAL MEM GUÍMEL

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: OBJETICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población melillense.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 60.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33403/48903- Convenio Men Guímel

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:


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a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con la Asociación Socio-Cultural Mem Guímel

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Socio-Cultural Mem Guímel.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.12-CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO LA SALLE “EL CARMEN”

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: OBJETICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor de la Ciudad Autónoma de Melilla y el Colegio LA Salle “El Carmen” para el desarrollo del proyecto “Aulas Interculturales”

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 20.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/33403/48905- Convenio Aulas Interculturales Salle

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con la Colegio La Salle “El Carmen”

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por el Colegio La Salle “El Carmen”..

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.13-CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN CENTROS DE FORMACIÓN DE MELILLA.

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Colaborar y fomentar centros de formación de la ciudad

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

BOME-PX-2024-915 Descargar página

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 30.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33425/48900- Convenio ACEFOME

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con la Asociación Centros de Formación de Melilla

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Centros de Formación de Melilla.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.14- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA AGRUPACIÓN DE COFRADÍAS DE SEMANA SANTA DE MELILLA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan la riqueza cultural y patrimonial relacionada con los pasos de la Semana Santa Melillense

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 130.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33405/48900- Convenio Agrupación de Cofradías

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b)     Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Agrupación de Cofradías de Semana Santa de Melilla..

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

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LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.15- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ESCUELA DE FLAMENCO “CIUDAD DE MELILLA”

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan el arte universal del flamenco en la ciudad

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 70.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/33403/48900- Convenio Escuela Flamenco

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b)     Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Escuela de Flamenco “Ciudad de Melilla”..

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.16- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ESTUDIOS MELILLENSES

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan y conserven la historia de la ciudad

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 18.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33414/48900- Convenio Estudios Melillenses

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b)     Forma de concesión: Convenio con la Asociación Estudios Melillenses.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

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·          EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Estudios Melillenses.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.17- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN MUSICAL Y CULTURAL AMAZIGH

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan la musica y cultura amazigh.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 50.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33409/48000- Convenio Asoc. Musical y Cultural Amazigh

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b)     Forma de concesión: Convenio con la Asociación Musical y Cultural Amazigh..

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Musical y Cultural Amazigh..

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.18- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (AULA PERMANENTE DE FORMACIÓN ABIERTA)

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Aula permanente de formación abierta

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 21.500,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33404/48900- Universidad de Granada (Aula Permanente de Formación Abierta)

BOME-PX-2024-918 Descargar página

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b)     Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Universidad de Granada (Aula Permanente de Formación Abierta)..

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1

1.19-       CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA REAL ORDEN FRANCISCANA CONGREGACIÓN DE NUESTRA SEÑORA VIRGEN DE LA VICTORIA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 35.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33406/48900- Real Orden Franciscana Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a. Subvención directa con la vigencia del convenio.

b. Forma de concesión: Convenio con la Real Orden Franciscana Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria

c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·        EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Real Orden Franciscana Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria..

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.20-       CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DEMELILLA Y EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

 

·          OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

BOME-PX-2024-919 Descargar página

·          OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·          COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33407/48000- Convenio COACAM

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a. Subvención directa con la vigencia del convenio.

b. Forma de concesión: Convenio con el Colegio Oficial del Arquitectos

c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Colegio Oficial de Arquitectos de la Ciudad Autónoma de Melilla..

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.21- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS TÉCNICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024                                                                  04/33408/48000- Convenio Col. Oficial Arq. Técnicos

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a. Subvención directa con la vigencia del convenio.

b. Forma de concesión: Convenio con el Colegio Oficial del Arquitectos Técnicos

c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·        EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de 
BOME-PX-2024-920 Descargar página

o   participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.22- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN COMENZAMOS

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33404/48000- Convenio Comenzamos.

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a. Subvención directa con la vigencia del convenio.

b. Forma de concesión: Convenio con la Asociación Comenzamos

c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·        EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Comenzamos.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.23- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL RUSADIR XXI

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 5.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33403/48907- Convenio Rusadir XXI

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a. Subvención directa con la vigencia del convenio.

b. Forma de concesión: Convenio con la Asociacion Sociocultural Rusadir XXI

c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de 
BOME-PX-2024-921 Descargar página

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Sociocultural Rusadir XXI.

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.24-CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN MELILLA PARA LA UNESCO

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 202404/33423/48900- Subvención Centro UNESCO Melilla

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a. Subvención directa con la vigencia del convenio.

b. Forma de concesión: Subvención Centro UNESCO Melilla

c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·        EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Melilla para la UNESCO.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.25-CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN VOCES RESCATADAS

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

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·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33405/48000- Convenio Voces Rescatadas

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a. Subvención directa con la vigencia del convenio.

b. Forma de concesión: Subvención Asociación Voces Rescatadas

c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·        EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Voces Rescatadas.

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.26- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN MELILLENSE INCLUSIÓN ACTIVA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 195.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33410/48000- Convenio Asociación Melillense Inclusión Activa

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a. Subvención directa con la vigencia del convenio.

b. Forma de concesión: Convenio con la Asociación Melillense Inclusión Activa

c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Melillense Inclusión Activa..

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

 

BOME-PX-2024-923 Descargar página

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.27- SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE ÍNDOLE CULTURAL DOMICILIADAS EN MELILLA

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomento del asociacionismo cultural de la Ciudad

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvenciones a asociaciones de índole cultural domiciliadas en Melilla para la realización de actividades culturales y festivas

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

·         COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 100.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33401/48900- Subvenciones Entidades Culturales

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:

a. Subvención directa con la vigencia del convenio.

b. Forma de concesión: Subvención

c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por las asociaciones.

o   Subvención Prepagable.

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos.

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.28-SUBVENCIONES CASAS REGIONALES DE MELILLA

 

·          OBJETIVO ESTRATÉGICO: Facilitar medios a las entidades representativas de las distintas religiones y culturas presentes en la Ciudad para su funcionamiento interno, realización de actividades y/o mantenimientos de instalaciones, fomentando las actuaciones relativas a la diversidad cultural de la población de la Ciudad de Melilla.

·          ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, patrimonio cultural y mayor

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de melillenses organizados en diferentes regiones del País.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades de las Casas Regionales.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024:

o   Subvención Casa De Melilla en Zaragoza: 15.669,00 €.

o   Subvención Casa De Melilla en Barcelona: 12.169,00 €

o   Subvención Casa De Melilla en Madrid: 12.119,00€

o   Subvención Casa De Melilla en Granada 22.169,00 €

o   Subvención Casa De Melilla en Sevilla: 14.669,00 €

o   Subvención Casa De Melilla en Almeria.. 15.669,00 €

o   Subvención Casa De Melilla en Valladolid: 14.619,00 €

o   Subvención Casa De Melilla en Malaga: 19.719,00 €

o   Subvención Casa De Melilla en Valencia: 14.279,00€

o   Subvención Casa De Melilla en Toledo: 8.919,00 €

o   Federación Nacional Casas de Melilla: 8.000 Euros.

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·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o     Subvención Casa De Melilla en Zaragoza : 03/92500/48910

o   Subvención Casa De Melilla en Barcelona: 03/92500/48906

o   Subvención Casa De Melilla en Madrid: 03/92500/48909

o   Subvención Casa De Melilla en Granada 03/92500/48903

o   Subvención Casa De Melilla en Sevilla: 03/92500/48904

o   Subvención Casa De Melilla en Almería. 03/92500/48911

o    Subvención Casa De Melilla en Valladolid: 03/92500/48908

o   Subvención Casa De Melilla en Málaga: 03/92500/48902

o   Subvención Casa De Melilla en Valencia: 03/92500/48905

o   Subvención Casa De Melilla en Toledo: 03/92500/48907

o   Federación Nacional Casas de Melilla: 03/92500/48901

·          APORTACIÓN  DE  OTROS  ENTES:  No  se  prevé  para  las  actividades  concretas subvencionadas.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

-Concesión de subvenciones directas nominativa a cada una de las entidades representativas, por los importes reseñados

-Fechas de concesión previstas: Desde enero a junio.

-Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

-Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

B- DIRECCIÓN GENERAL DE FESTEJOS Y DEL MAYOR

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

 

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL CLUB DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS “LA AMISTAD"

·        OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural, Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·        AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor

·        CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Del Mayor

·        SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.

·        OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades.

·        PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: ANUAL

·        COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 18.000,00 €

·        APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen. Fondos de la Ciudad autónoma de Melilla.

·        APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 2024 04/33401/48900 CONVENIO CLUB DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS “LA AMISTAD". Importe: 18.000 €.

·        PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Concesión de subvención directa nominativa a CLUB DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS “LA AMISTAD"

b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

D. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

·        SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.
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LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

CONVOCATORIA PÚBLICA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE LAS PLAZAS DE VIAJES BALNEOTERAPÉUTICOS PARA PERSONAS MAYORES, PENSIONISTAS Y/O JUBILADOS.

 

·        OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de viajes balneoterapéuticos para residentes mayores de 60 años

·        AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor

·        CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Del Mayor

·        SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas mayores, pensionistas y/o jubilados

·        OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ofrecer a la ciudadanía melillense, en concreto a personas mayores, pensionistas y/o jubilados una experiencia de bienestar y salud en instalaciones de balnearios con acceso a tratamientos termales y programas de relajación diseñados para mejorar su calidad de vida y bienestar físico..

·        PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: ANUAL

·        COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 180.000,00 €

·        APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen. Fondos de la Ciudad autónoma de Melilla.

·        APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 2024 04/23102/22799 PRESTACIÓN DE SERVICIOS (ÁREA DEL MAYOR). Beneficiarios: Personas mayores, pensionistas y/o jubilados. importe: 180.000,00 €

·        PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de las plazas de viajes balneoterapéuticos para personas mayores, pensionistas y/o jubilados

b. Forma de concesión: Concesión de subvención en régimen de concurrencia pública

c. Mecanismo de aplicación : Bases reguladoras y Convocatoria de aplicación.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Festejos y del Mayor de los requisitos que deben de cumplir los beneficiarios de los viajes.

-Prestación de servicios.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Festejos y del Mayor.

Control sobre la empresa adjudicataria encargada de la organización del viaje.

-Evaluación: Evaluación: Número de beneficiarios de los viajes. Plazo de tramitación y pago. Encuestas de satisfacción a los usuarios finales.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

CONVOCATORIA PÚBLICA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE LAS PLAZAS DE VIAJES SOCIOCULTURALES PARA PERSONAS MAYORES, PENSIONISTAS Y/O JUBILADOS.

 

·        OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de viajes para residentes mayores de 60 años

·        AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor

·        CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Del Mayor

·        SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas mayores, pensionistas y/o jubilados

·        OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Promover el enriquecimiento cultural y social de los participantes a través de visitas a lugares de interés histórico, artístico y cultural.

·        PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: ANUAL

·        COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 400.000,00 €

·        APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen. Fondos de la Ciudad autónoma de Melilla.

·        APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 2024 04/23102/22799 PRESTACIÓN DE SERVICIOS (ÁREA DEL MAYOR). Beneficiarios: Personas mayores, pensionistas y/o jubilados. importe: 400.000,00 €

·        PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de las plazas de viajes socioculturales para personas mayores, pensionistas y/o jubilados

b. Forma de concesión: Concesión de subvención en régimen de concurrencia pública

c. Mecanismo de aplicación : Bases reguladoras y Convocatoria de aplicación.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Festejos y del Mayor de los requisitos que deben de cumplir los beneficiarios de los viajes.

-Prestación de servicios.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Festejos y del Mayor.

Control sobre la empresa adjudicataria encargada de la organización del viaje.

BOME-PX-2024-926 Descargar página

-Evaluación: Evaluación: Número de beneficiarios de los viajes. Plazo de tramitación y pago. Encuestas de satisfacción a los usuarios finales.

6- CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE.


 

A- DIRECCIÓN GENERAL DE INSTALACIONES DEPORTIVAS

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO LA SALLE EL CARMEN PARA UTILIZACIÓN DE LAS PISCINA DE DICHO CENTRO EDUCATIVO.

Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el colegio La Salle El Carmen para la utilización de la piscina de dicho centro educativo por el conjunto de los ciudadanos melillenses para la práctica del deporte de la natación.

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar el acceso de los melillenses a una instalación deportiva singular y cuya demanda es muy elevada en la ciudad como es una piscina cubierta climatizada.

·          OBJETIVPOS ESPECÍFICOS: Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el colegio La Salle El Carmen para la utilización de la piscina de dicho centro educativo por el conjunto de los ciudadanos melillenses para la práctica del deporte de la natación.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Instalaciones Deportivas

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro educativo de La Salle El Carmen, el único de la ciudad que cuenta con una piscina cubierta climatizada.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

·          Favorecer el acceso de los ciudadanos a una instalación deportiva singular que cuenta con una elevadísima demanda por parte de toda la población, la cual no puede ser satisfecha únicamente con las instalaciones propiedad de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a 2026:

·          COSTES PREVISIBLES: 115.000,00 €

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA  14/34114/48902 Colegio La Salle El Carmen Convenio uso piscina 115.000,00 €

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

o   Subvención directa con la vigencia del convenio

o   Forma de concesión: Convenio con el citado centro educativo.

o   Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en el convenio acordado por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma

·         SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Los subvencionados deberán presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.

 

B- DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DEPORTIVA.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LOS DIFERENTES EQUIPOS MELILLENSES EN CATEGORÍA NACIONAL

 

·         OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Participación de los equipos melillenses en categoría nacional.

·         OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los distintos equipos melillenses en categoría nacional, promocionando a deportistas y equipos melillenses.

·         ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.

·         CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.

·         SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Equipos melillenses que militan en categoría nacional. La relación de los diferentes equipos puede variar de un ejercicio a otro, en función de los ascensos y descensos deportivos que se produzcan, así como los importes de las subvenciones.

·         OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Apoyar a los diferentes clubes cuyos equipos militan en categoría nacional para el desarrollo ordinario de sus actuaciones, con la finalidad de promover entre todos los melillenses las diferentes modalidades deportivas, animando a su participación, así como facilitando a la ciudadanía en general la posibilidad de disfrutar de un espectáculo deportivo de alto nivel en nuestra ciudad.

·         PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a 2026.

·         COSTES PREVISIBLES: 8.525.000,00 €

·         APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

BOME-PX-2024-927 Descargar página

o   Club Melilla Baloncesto                               14/34102/48000           1.110.000,00 €

o   C.D. Enrique Soler Plata                              14/34120/48000           440.000,00 €

o   C.D. Enrique Soler EBA                                14/34103/48000           120.000,00 €

o   La Salle Challenge                            14/34118/48000           400.000,00 €

o   La Salle 1ª Nacional                            14/34111/48000           65.000,00 €

o   C. Voleibol Melilla Masc                                 14/34105/48000           1.000.000,00 €

o   C. Voleibol Melilla Fem                                14/34115/48000           215.000,00 €

o   Club Virgen de la Victoria                                 14/34112/48000           260.000,00 €

o   U.D. Melilla                           14/34101/48000           3.000.000,00 €

o   Club Atlético Melilla                               Pte. Asignar         250.000,00 €

o   U.D. Melilla Juvenil                              Pte. Asignar         85.000,00 €

o   Rusadir C.F. F-11                           Pte. Asignar         60.000,00 €

o   Torreblanca 1ª Div                            14/34119/48000           550.000,00 €

o   Torreblanca 2ª Div                            14/34108/48000           150.000,00 €

o   Melistar 2ª A                           14/34114/48000           500.000,00 €

o   Nueva Era 2ª B                           Pte. Asignar         180.000,00 €

o   Rusadir C. F. F.S.                            Pte. Asignar         50.000,00 €

o   Peña Real Madrid F.S                             14/34113/48000           50.000,00 €

o   Club Olimpo Fénix                              Pte. Asignar         40.000,00 €

o   TOTAL: 4.525.000.00 €

 

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b)     Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en el cuadro anterior.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y OTRAS ENTIDADES DEPORTIVAS Y DEPORTISTAS.

 

·   OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Facilitar la práctica deportiva de diferentes colectivos y deportistas melillenses.

·   OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los distintos equipos melillenses en categoría nacional, promocionando a deportistas y equipos melillenses.

·   ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.

·   CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.

·   SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades deportivas y deportistas melillenses, cuya práctica deportiva precisa, dada su singularidad, el colectivo al que va dirigido o la dificultad para llevarla a cabo, de un apoyo público para lograr su consecución.

·   OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Apoyar a las diferentes entidades y deportistas de acuerdo a la siguiente descripción:

-   Convenio Real Club Marítimo para el fomento, promoción y desarrollo de los deportes náuticos

-   Convenio Barco Ciudad de Melilla para el desarrollo de una escuela de vela de crucero con jóvenes melillenses y su participación en pruebas de nivel que complementen su formación

-   Convenio Aspanies para el impulso, desarrollo y promoción de la actividad deportiva con personas con diferentes capacidades intelectuales

-   Convenio con la Asociación Española Contra el Cáncer, para la promoción de la actividad deportiva con personas y afectadas por esta enfermedad y sus familiares

-   Convenio Asociación Carrera Africana, para la organización y desarrollo de la Carrera Africana en Melilla

-   Convenio Álvaro Martínez Triatlón, para apoyar el desarrollo y participación en el ámbito internacional de este triatleta

-   Convenio Luis Miguel Ruiz, para apoyar el desarrollo y participación en el ámbito internacional de este triatleta

-   Convenio Eduardo Calderay, para apoyar el desarrollo y participación en el ámbito internacional de este triatleta

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-   Convenio Diego Ortega Dakar, para apoyar la participación de este melillense en la prueba internacional del Dakar

-   Convenio Escudería Delfi Sport, para apoyar la participación de esta entidad melillense en la prueba internacional del Dakar

-   Convenio Motoclub Rally Dakar, para apoyar la participación de esta entidad melillense en la prueba internacional del Dakar

-   Convenio Borja Pérez Casimiro, para apoyar la participación de este melillense en la prueba internacional del Dakar

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a 2026.

·          COSTES PREVISIBLES: 489.000,00 €

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   Real Club Marítimo de Melilla 14/34122/48000 Fomento Náutica 40.000,00 €

o   Barco Ciudad de Melilla 14/34109/48000 Escuela de cruceros 70.000,00 €

o   Aspanies Deportes 14/34110/48000    Fomento Act. Fïsica    35.000,00 €

o   Asoc. Española Contra Cáncer 14/34130/48000 Fomento Act. Física 25.000,00 €

o   Asoc. Carrera Africana 14/34132/48000 Organización Africana 100.000,00 €

o   Álvaro Martínez Triatlón 14/34127/48000 Participación Triatlón 15.000,00 €

o   Eduardo Calderay Triatlón 14/34128/48000 Participación Triatlón 15.000,00 €

o   Luis Miguel Ruiz Triatlón 14/34129/48000 Participación Triatlón 15.000,00 €

o   Diego Ortega Dakar 14/34131/48000  Participación Dakar 15.000,00 €

o   Escudería Delfi Sport 14/34116/48000 Participación Dakar 97.000,00 €

o   Motoclub Rally Dakar 14/34117/48000 Participación Dakar 52.000,00 €

o   Borja Pérez Dakar Pte. Asignar10.000,00

o   TOTAL: 489.000,00 €

·         APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a)     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b)     Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en el cuadro anterior.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·                                  SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LOS DIFERENTES EQUIPOS MELILLENSES EN CATEGORÍA NACIONAL

 

·        OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Proporcionar a las entidades deportivas y deportistas melillenses los recursos necesarios para promocionar la actividad física y deportiva en Melilla, tanto a nivel federativo como de clubes como a las entidades que no tienen fin competitivo, así como para la organización de eventos deportivos en la ciudad y la participación en pruebas deportivas singulares de los deportistas mientras continúan con su desarrollo deportivo.

·        OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los distintos equipos melillenses en categoría nacional, promocionando a deportistas y equipos melillenses.

·        ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.

·        CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.

·        SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Federaciones, Clubes, resto de entidades deportivas y deportistas.

·        OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

o   Apoyar a las entidades deportivas de Melilla y a los deportistas en el desarrollo de su actividad.

o   Promocionar la práctica deportiva entre el conjunto de la población.

o   Favorecer la organización de eventos deportivos en Melilla.

o   Facilitar la participación de los deportistas melillenses en los Campeonatos de España oficiales.

o   Mejorar la calidad de vida de los ciudadanos a través de la práctica deportiva.

o   Incrementar la oferta deportiva de la ciudad.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a 2026.

·          COSTES PREVISIBLES: 2.270.000,00 €

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

 

o    Federaciones Melillenses

14/34100/48000

Convoc. Federaciones          800.000,00 €

o    Clubes Deportivos

14/34100/48000

Convoc. Clubes             300.000,00 €

BOME-PX-2024-929 Descargar página

o    Clubes y Federaciones

14/34100/48000

Convoc. Eventos 200.000,00 €

o    Entidades deportivas

14/34100/48000

Convoc. no competitivas                150.000,00 €

o    Clubes y Federaciones

14/34100/48000

Convoc. Desplazamientos                670.000,00 €

o    Entidades y deportistas

14/34100/48000

Convoc. proyectos deportivos singulares150.000,00 €

 

TOTAL: 2.270.000,00 €

 

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.     Subvención directa con la vigencia del convenio.

b.     Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en el cuadro anterior.

c.      Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de los objetivos y de las condiciones impuestas en las bases reguladoras y en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.

 

C- DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA, ESPECIAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS PÚBLICOS DE MELILLA

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el mantenimiento y conservación de centros públicos de educación infantil, primaria, especial y educación de adultos de Melilla.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Primaria, Especial y Educación de Adultos de Melilla.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios a las Centros Públicos y Concertados de Educación Infantil, Primaria, Especial y Educación de Adultos de Melilla, para posibilitar su mantenimiento y conservación y con ello su funcionamiento y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas y a la obligación legal que recae sobre esta administración.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 461.100,36 €

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

BOME-PX-2024-930 Descargar página

 

 

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Concesión de una subvención directa nominativa a cada Centro escolar público y concertado de educación infantil, primaria, especial y educación de adultos por importe variable en atención a número de líneas de alumnado.

b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.

c. Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos de esta Administración.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA CONCERTADOS Y PRIVADOS PARA OBRAS Y EQUIPAMIENTOS

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Dotar de equipamiento y realización de obras a colegios de educación infantil y primaria concertados y privados.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.

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·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centros privados / concertados de Educación Infantil y Primaria de Melilla.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar a las Centros concertados / privados de Educación Infantil y Primaria de Melilla, la dotación de equipamiento y realización de obras necesarias y con ello su funcionamiento y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias. Todo ello en atención a que el Ministerio de Educación y Formación Profesional no dota a esos centros privados / concertados de equipamiento ni efectúa obras en los mismos. Centros contemplados: CEIP La Salle el Carmen, CEIP Nuestra Señora del Buen Consejo, CEIP Enrique Soler y Liceo Sefardí de Melilla.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas y a la obligación legal que recae sobre esta administración.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 155.000,00 €

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:


 

·        PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Concesión de una subvención directa nominativa a cada Centro escolar concertado/ privado de educación infantil y primaria por importe variable en atención a número de líneas de alumnado. Centros contemplados: CEIP La Salle el Carmen, CEIP Nuestra Señora del Buen Consejo, CEIP Enrique Soler y Liceo Sefardí de Melilla.

b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.

c. Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos de esta Administración.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe/memoria sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

ESCUELA DE BACHILLERATO ARTÍSTICO “MIGUEL MARMOLEJO"

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de actividades docentes propias a la escuela de bachillerato artístico Miguel Marmolejo.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro docente de Melilla.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios que requiere el funcionamiento de una Escuela de Bachiller Artístico.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas y a la obligación legal que recae sobre esta administración.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 40.000,00 €

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Educación y Formación Profesional

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14/32318/47000 Subvención directa gastos mantenimiento Escuela de Arte Miguel Marmolejo. Importe 40.000€. Beneficiarios: Escuela de Arte Miguel Marmolejo.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Concesión de una subvención directa a Escuela de Bachiller Artístico Miguel Marmolejo

b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.

c. Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos de esta Administración.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe/memoria sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

BOME-PX-2024-932 Descargar página

ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de actividades docentes propias a las escuelas de Educación Infantil de Primer Ciclo de Melilla.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo educativo de Melilla debidamente autorizadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayudar a las referidas Escuelas Infantiles, como entidades que desempeñan una loable labor educativa y conciliadora de la vida laboral y familiar, al sostenimiento de las actividades que le son propias y que complementan a las de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, facilitando a ésta un considerable número de plazas concertadas para su inclusión en la convocatoria pública de plazas en Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 770.000,00€

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14/32101/47002 Concierto directo de plazas a las Escuelas Infantiles. Importe: 770.000€. Beneficiarios: Escuelas de Educación Infantil autorizadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Subvención a cada Escuela de Educación Infantil reconocida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante procedimiento de concurrencia competitiva.

b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.

c. Mecanismos de actuación: Convenio de colaboración o resolución con determinaciones de subvención.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.

El centro Gestor elaborará en cada anualidad, en relación con el año precedente, un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5º

CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER GRADO “JOSEFA CALLES”

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de actividades docentes propias a las escuelas de Educación Infantil de Primer Ciclo de Melilla “Josefa Calles”, Centro asistencial.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Asistencial de Melilla.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios a la institución sin ánimo de lucro Centro Asistencial de Melilla, para posibilitar el funcionamiento y desarrollo de las actividades docentes que son propias de una Escuela de Educación Infantil de primer grado, la denominada “Josefa Calles”.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

·          -Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 1.658.142,12€

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14/32101/48900 Gestión Escuela de Educación Infantil Josefa Calles. Importe: 1.658.142,12 €. Beneficiarios: Centro asistencial Escuela Infantil “Josefa Calles”.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Concesión de subvención directa al Centro Asistencial para gestión de la Escuela de Educación Infantil “Josefa Calles”.

b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.

c. Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos de esta Administración

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

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LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º

RELIGIOSAS DE MARIA INMACULADA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de actividades docentes propias a las escuelas de Educación Infantil de Primer Grado “Religiosas de María Inmaculada”

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Asistencial y educativo de Melilla, Escuela de Educación Infantil.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios que implican el funcionamiento de una Escuela de Educación Infantil de primer grado.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

·          -Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas, mediante la inclusión en los presupuestos de una subvención directa nominativa.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 65.000,00€

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:14/32101/48902 Subvención Religiosas María Inmaculada Escuela Infantil. Importe: 65.000 €. Beneficiarios: Religiosas de María Inmaculada Melilla.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Concesión de subvención directa a Religiosas María Inmaculada para gestión de la Escuela de Educación Infantil.

b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.

c. Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos de esta Administración

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 7º

SUBVENCIONES DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Financiación de Libros y material Escolar didáctico a las familias melillenses con hijos/as que cursan estudios en algún colegio de educación infantil y primaria.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:

-Colegios de Educación Infantil y Primaria que participan en los Programas de Reposición de Libros de texto y de Puesta a Disposición de Material escolar complementario.

-Las familias melillenses con hijos e hijas que cursan estudios en dichos colegios.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a los Colegios de educación Infantil y Primaria y consecuentemente a las familias con hijos e hijas que cursan estudios en los mismos, de los libros y material escolar mínimo que garantice la asistencia regular en situación óptima de todo su alumnado.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 929.626,62 €

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:


 

 

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·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Subvención a cada Colegio de Educación Infantil y Primaria que acuerde su participación en el Programa de Reposición de Libros respecto de los libros y Programa de puesta a disposición de material escolar que se precisen para el curso académico de que se trate teniendo como beneficiarios últimos los alumnos de dichos centros.

b. Fechas de concesión previstas: Con anterioridad al inicio del correspondiente curso escolar.

c. Mecanismos de actuación: Bases del Programa, estudio de necesidades de cada centro escolar, resolución.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio evaluativo y cuantitativo de las necesidades satisfechas

El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 8º

SUBVENCIONES VIAJES DE ESTUDIOS Y ANÁLOGOS

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Financiar actividades de viajes colectivos a colegios de Educación Infantil, primaria, Institutos de educación secundaria y Bachillerato y otras Entidades educativas.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estudiantes de Melilla a través de los respectivos Colegios, Institutos y otras Entidades.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Posibilitar a los estudiantes melillenses la realización de viajes de estudios que faciliten su educación y formación al margen del esparcimiento lúdico que conlleve; y teniendo en consideración el enclave geográfico de nuestra ciudad.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 80.000,00€

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14/32000/48000 Subvención viajes de estudios y análogos. Importe: 80.000 €. Beneficiarios: Alumnado de educación primaria, secundaria, Formación Profesional, etc.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

 

a. Convocatoria pública anual de subvenciones mediante concurrencia competitiva.

b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.

c. Mecanismos de actuación: Bases reguladoras, Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y convocatoria pública.

 

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Control de gastos previo presupuesto del coste y con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio de las necesidades satisfechas

El centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 9º

SUBVENCIÓN CARITAS INTERPARROQUIAL COLONIAS URBANAS

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar los medios a la institución sin ánimo de lucro “Cáritas Interparroquial” para desarrollar actividades asistenciales a escolares pertenecientes a familias desfavorecidas.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Escolares sin medios pertenecientes a familias socialmente desfavorecidas de Melilla.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios que implican el desarrollo de un programa de verano para escolares pertenecientes a familias desfavorecidas.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de la actuación subvencionada.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 60.000,00€

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14/32000/48901 Subvención Caritas Interparroquial Colonias Urbanas. Importe: 60.000 €. Beneficiarios: Cáritas Interparroquial.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Concesión de subvención directa a la entidad Cáritas Interparroquial.

b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.

c. Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención nominativa directa en los presupuestos de esta 
BOME-PX-2024-935 Descargar página

Administración.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 10º

SUBVENCIONES ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y FORMATIVAS

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar los medios a las asociaciones y entidades que lleven a cabo distintas áreas, formación y empleabilidad.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Escolares sin medios pertenecientes a familias socialmente desfavorecidas de Melilla.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo labores de difusión educativa, formación y atención educativa, en distintas áreas.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 164.300,00€

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Educación y Formación Profesional

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:


 

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Subvención directa a cada entidad que realiza la actividad descrita anteriormente y convocatorias públicas mediante concurrencia competitiva.

b. Fechas de concesión previstas: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia.

c. Mecanismos de actuación: Subvención directa a cada entidad por cuantía precisa.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 11º

ASOCIACIONES QUE TRABAJAN CON ALUMNADO DE EDUCACIÓN INCLUSIVA

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar los medios a las asociaciones y entidades dedicadas al trabajo con alumnado de características especiales, autismo y otros.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

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·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones que trabajan con alumnado de educación inclusiva, autismo y otros.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar a las entidades que trabajan en beneficio de alumnado con necesidades especiales, la dotación para su funcionamiento y el desarrollo de las actividades terapéuticas que le son propias.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 80.000,00€

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Educación y Formación Profesional

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:


 

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Concesión de una subvención directa nominativa a cada Asociación por importe variable en atención a número de alumnado atendido y actividades.

b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.

c. Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos de esta Administración.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las subvenciones gestionadas por el mismo.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 12º

ATENCIÓN A PETICIONES SUSCEPTIBLES DE SUBVENCIÓN DIRECTA

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: atender peticiones de ayuda susceptibles de subvención mediante concesión directa por la concurrencia de circunstancias excepcionales.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas o entidades que desarrollen actividades de interés general concernientes al ámbito de actuación de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte,

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer e incentivar actividades de interés general.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

- Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiaria.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 50.000,00 € o superior

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta.

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:14/32000/48900 Subvenciones Entidades Enseñanzas. Importe: 50.000€, Beneficiarios: Asociaciones/ Entidades.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

Concesión directa - Fechas de Concesión: No determinada.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la actividad.

-Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas.

 

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D- DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL CENTRO DE ESTUDIOS DE CULTURA MEDITERRÁNEA PARA ACTIVIDADES DE CAMPOS DE VOLUNTARIADO JUVENIL EN LAS ISLAS CHAFARINAS.

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Gestión de los Campos de Voluntariado Juvenil en las Islas Chafarinas.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Jóvenes residentes en Melilla con edades comprendidas entre 18 (cumplidos al comienzo de la actividad ) y 30 años ( que no han de superar durante la realización de la misma). También podrán participar en algunos campos nacionales a partir de los 18 años. Jóvenes nacionales con edades comprendidas entre 18 (cumplidos al comienzo de la actividad ) y 30 años ( que no han de superar durante la realización de la misma).

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Campo de Voluntariado Juvenil constituye una iniciativa donde jóvenes provenientes de diversos lugares se comprometen de manera voluntaria y altruista a llevar a cabo, por un periodo específico, un proyecto de trabajo junto con actividades adicionales de evidente relevancia social. Este programa promueve los valores fundamentales de convivencia, tolerancia, solidaridad, participación, así como fomenta oportunidades de aprendizaje y facilita el intercambio intercultural. En el marco de nuestro proyecto de voluntariado juvenil en las Islas Chafarinas, nos proponemos realizar prospecciones arqueológicas en superficie con el objetivo de establecer una serie de sondeos arqueológicos. Estos sondeos, a su vez, contribuirán significativamente al avance del conocimiento histórico de la isla y su entorno.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL

-Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de la entidad subvencionada.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000,00€

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla. No consta otros.

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:14/33443/48000 Subvención Campo Trabajo voluntario Chafarinas Centro de Estudios de Cultura Mediterránea. Importe: 30.000€

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a. Subvención directa con la vigencia del convenio.

b. Forma de concesión: Convenio con Centro de Estudios de Cultura Mediterránea

c. Mecanismos de actuación: Bases reguladoras contenidas en los convenios acordados por el Consejo de gobierno de la Ciudad Autónoma.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

7.-CONSEJERIA DE HACIENDA


 

A- DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1- CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE ADUANAS Y REPRESENTANTES ADUANEROS DE MELILLA

 

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Objetivos relacionados con la gestión del Impuesto sobre la Producción, Servicios e Importación, (IPSI) en su modalidad Importación consistentes, entre otros, en:

o    Agilización del tráfico de mercancías,

o    Tramitación más racional en la presentación de documentación previa al despacho

o    Garantía en el cobro del IPSI Importación.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda. Dirección General de Ingresos Públicos. Servicio de importación y Gravámenes Complementarios

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Agentes y Comisionistas de Aduanas de Melilla.

·          OBJETIVOS  Y  EFECTOS  QUE  SE  PRETENDEN  OBTENER:  Desarrollo  un Convenio de Colaboración con el Colegio de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Melilla en virtud de la cual dicha entidad se compromete a que los Agentes intervinientes en las operaciones de importación, cumplimenten y presenten la declaración tributaria del Impuesto antes de la admisión al despacho, siendo obligación previa a la salida de los recintos aduaneros, o del Organismo Autónomo de Correos, para las mercancías introducidas en la Ciudad por este medio.

Con ello se pretende agilizar el tráfico de mercancías y lograr una tramitación más racional en la presentación de documentación y la garantía del cobro del Impuesto sobre la Producción e Importación (IPSI) en su modalidad Importación.

BOME-PX-2024-938 Descargar página

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 525.000,00 euros.

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se prevé.

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o 02/93200/48900

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

Suscripción de un convenio de colaboración previsto nominativamente en los Presupuestos Generales de la Ciudad, ejercicio 2024, con los siguientes compromisos:

·          AGENTES ADUANAS:

·          Cumplimentación y presentación de la declaración tributaria del Impuesto antes de la admisión al despacho

·          Comprobación vía telemática, antes de poner la mercancía a disposición de los importadores, la conformidad a la declaración y documentación aportada.

·          Asunción de la obligación del pago en un plazo máximo de un mes desde el despacho de aquellas mercancías que se introduzcan en la Ciudad, cuyos destinatarios no tengan formalizados ante la CAM el correspondiente aval bancario,

·          Aportación ante la CAM, en garantía del pago de las deudas tributarias, de un aval bancario por la cantidad que se determine para cada una de las agencias en función del volumen de importaciones que cada una realice anualmente.

·          CIUDAD AUTÓNOMA:

·          Abono de la subvención, de la siguiente forma:

·          La CAM efectuará pagos a cuenta del importe de la subvención. Dichos abonos a cuenta supondrán la realización de pagos fraccionados que corresponderán al número de hojas declaratorias presentadas que han dado lugar a ingresos. Las liquidaciones y pago se efectuarán por trimestres vencidos, teniendo en cuenta el número de declaraciones que refleje la aplicación informática de “Ipsi Importación”, donde aparecen individualizadas por cada uno de los Agentes integrados en el Colegio Oficial de Agentes de Aduanas y Representantes Aduaneros de Melilla, y hasta el límite subvencionable total de 525.000,00 euros

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Justificación de la subvención en la forma prevista en el convenio.

o   Posibilidad de creación de una Comisión Paritaria de Evaluación y Seguimiento del Convenio.

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de su notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses.

No obstante, podrán utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se traslada para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla 2 de julio de 2024,

El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany