ARTÍCULO Nº 136
(CVE: BOME-AX-2025-136)
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BOME EXTRA Nº 26 - martes, 29 de abril de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 25 de abril de 2025, relativo a modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2024-2026.

ANUNCIO
El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el día
25 de abril de 2025, una vez terminados los asuntos contenidos en el orden del
día y previa a su declaración de urgencia, registrada al núm. 2025000458 de
acuerdo del Consejo adopto el siguiente acuerdo cuyo texto literal es el que
sigue:
CUARTO.- MODIFICACIÓN PLAN GENERAL DE SUBVENCIONES DE
LA CAM 2024-2026.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Presidencia,
Administración Pública e Igualdad, que literalmente dice:
“MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2024-2026.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Informadas las
Direcciones Generales de todas las Consejerías y sus organismos o entidades
dependientes de la necesidad y obligatoriedad de la elaboración de un nuevo
Plan General con carácter previo al establecimiento de subvenciones
(Disposición Adicional Primera Reglamento General de Subvenciones de la CAM
BOME 4224 de 9 de septiembre de 2005), que concrete los objetivos y efectos que
se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los
costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al
cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria (Art. 8.1 LGS
38/2003).
Con carácter básico según la Disposición Final primera de la LGS 38/2003
y configurado como un instrumento de planificación de las políticas públicas
que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés
social o de promoción de una finalidad pública (Art. 10.1 del RD 887/2006),
cada Consejería y sus organismos adscritos aportaron su propio plan de
actuación o estratégico que abarca las subvenciones tanto de sus órganos como
de sus organismos y demás entes públicos a él vinculados para su posterior
remisión al Consejo de Gobierno, órgano competente para su aprobación (Art.
16.1.27 del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM, BOME Ext. n.º 2
de 30 de enero de 2017). Si bien, la Disposición Adicional Primera del
Reglamento General de Subvenciones de la CAM prevé la posibilidad de que sea
cada Consejería y demás órganos o entidades dependientes de la Ciudad la que
elabore su propio Plan, esta Consejería ha optado en un esfuerzo aunador por la
elaboración de un único documento o plan de ámbito general que permita una
mayor coordinación y eficacia de las distintas actuaciones en materia
subvencional o de actividad de fomento en la Ciudad de Melilla, opción
reflejada en el Anteproyecto de Reglamento General de Subvenciones de la CAM.
Por su parte y con vigencia por un período de tres años 2024- 2026, el
actual plan abarca el establecimiento de todas las subvenciones de previsible
ejecución para el ejercicio presupuestario 2024 en la Ciudad de Melilla con
consignación adecuada y suficiente que habrán de ajustarse al presente plan,
salvo supuestos plurianuales cuyas previsiones estarán condicionadas a la
aprobación del correspondiente presupuesto. Relacionadas todas las áreas o
Consejerías con sus organismos adscritos y las líneas subvencionales con su
correspondiente importe y partida presupuestaria en el Anexo, las subvenciones
del presente Plan tienen por objeto la promoción y el fomento de aquellas
actividades que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la
Ciudad.
SEGUNDO.- El Consejo de Gobierno en
sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 29 de
abril de 2024 aprobó, a propuesta de la Consejería de Presidencia,
Administración Pública e Igualdad el PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES
DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026. Dicho Acuerdo fue objeto de publicación en
el mismo día en el Boletín Oficial Extraordinario de Melilla con ordinal 30,
observándose errores u omisiones en el contenido del mismo.
TERCERO.- El Consejo de Gobierno en
sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 30 de
abril de 2024 aprobó las modificaciones, a propuesta de la Consejería de
Presidencia, Administración Pública e Igualdad del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE
SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026. Dicho Acuerdo fue objeto de
publicación en el Boletín Oficial Extraordinario de Melilla nº31 de martes 30
de abril de 2024 observándose, nuevamente, errores numéricos en algunas
partidas presupuestarias u omisiones en el contenido del mismo, siendo
rectificada por el Consejo de Gobierno, en sesión Ordinaria celebrada el 1 de
Julio de 2024 y publicada en el Boletín Oficial de Melilla núm. 43 de fecha 10
de Julio de 2024.
CUARTO.- La aprobación de los
Presupuestos Generales de la Ciudad para el ejercicio 2025, por Acuerdo de la
Excma. Asamblea de fecha 21 de enero de 2025, relativo a la aprobación
definitiva de los presupuestos generales de la Ciudad Autónoma de Melilla,
publicados en el BOME Extraord. num. 4, de fecha 21 de enero de 2025), hacen
necesario adecuar y armonizar el contenido del Plan Estratégico de Subvenciones
a las previsiones presupuestarias. En el referido Plan Estratégico se dispone
que tendrá vigencia en el periodo 2024-2026. Este plan tiene pues, vocación de
plurianual, con las revisiones que sean necesario hacerse anualmente.
QUINTO.- Tras las diversas
propuestas presentadas por las diversas Consejerías de la Ciudad Autónoma de
Melilla, sobre modificación del citado Plan, el Consejo de Gobierno, en sesión
resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada de 5 de marzo de 2025,
aprobó mediante acuerdo (ACG2025000169), la propuesta de la
Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad relativa a la
modificación del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL
PERIODO 2024-2026 (BOME extraordinario núm. 17, de 7 de marzo de 2025).

SEXTO.- Tras las diversas
propuestas presentadas por las diversas Consejerías de la Ciudad Autónoma de
Melilla, sobre modificación del citado Plan, el Consejo de Gobierno, en sesión
resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada de 5 de marzo de 2025,
aprobó mediante acuerdo (ACG2025000169), la propuesta de la
Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad relativa a la
modificación del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL
PERIODO 2024-2026 (BOME extraordinario núm. 17, de 7 de marzo de 2025).
SÉPTIMO. - Con fecha 7 de abril de
2025 se recibe Informe de la Dirección General de Política Educativa instando
la modificación del precitado Plan
para la incorporación de la línea de subvención
relativa al PROYECTO ACTIVA UNED, a fin de garantizar su encaje formal y
presupuestario en el marco normativo vigente, conforme a lo siguiente:
LÍNEA
DE SUBVENCIÓN 4ª
SUBVENCIÓN
NOMINATIVA PROYECTO ACTIVA UNED
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
Facilitar a los jóvenes melillenses la gestión del tiempo y el bienestar
integral
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Política Educativa.
SECTOR
AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Jóvenes de Educación Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional
de la Ciudad Autónoma de Melilla
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar a los jóvenes melillenses la gestión
del tiempo y bienestar integral.
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter
permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de
esta Administración y a la permanencia de la existencia de la entidad
subvencionada
COSTES
PREVISIBLE EJERCICIO: 20.000 €
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 14/32328/48000- Subvención nominativa -Proyecto
Activa UNED
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
PLAN
DE ACCIÓN:
a) Concesión de una subvención directa nominativa
EVALUACIÓN
Y SEGUIMIENTO:
o
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente
documentación justificativa
o
Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
o
El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas
por el mismo.
OCTAVO.- Asimismo, con fecha 9 de
abril de 2025 se recibe propuesta de la Dirección General de Activación
Económica instando la modificación del precitado Plan para actualizarlo en lo relativo a la línea de la subvención nominativa “CONVENIO CEME
2025” e integrando en el mismo tres nuevas líneas, conforme
a lo siguiente:
“(…)
La aprobación de la modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones
de la CAM para el periodo 2024-2026, Consejería de Economía, Comercio,
Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento (Dirección General de Activación
Económica), actualizándolo en lo relacionado con la línea de la subvención
nominativa “CONVENIO CEME 2025” e integrando en el mismo tres nuevas líneas,
las Subvenciones nominativas “CONVENIO PYMES MELILLA” y “CONVENIO ASOCIACIÓN MUJERES EMPRENDEDORAS Y
EMPRESARIAS MELILLA ACTIVA”, así como el programa de ayudas a empresas
melillenses denominado “PROGRAMA DE INTEGRACIÓN LABORAL DE DESEMPLEADOS EN
EMPRESAS MELILLENSES”. A tal efecto se adjuntan como Anexo las correspondientes
memorias, en las que se detallan la relación de los objetivos, la planificación
estratégica y los posibles efectos en ésta, así como las causas que han
impedido su inclusión en el Plan estratégico de subvenciones.”
Siendo las siguientes:
LÍNEA
DE SUBVENCIÓN 1ª
CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA Y LA CONFEDERACIÓN DE
EMPRESARIOS DE MELILLA (CEME) PARA LA EJECUCIÓN DE ACCIONES DE COLABORACIÓN EN
MATERIA TURÍSTICA, FORMACIÓN DEL EMPRESARIO Y DESARROLLO DE EVENTOS
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
La ejecución de acciones de colaboración en materia turística, formación del
empresario y desarrollo de eventos
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de
Fomento
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Activación Económica.
SECTORES
A LOS QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Confederación de Empresarios de Melilla (CEME), realizará la
coordinación con las Organizaciones Representativas del Sector Comercial de la
Ciudad, al objeto de implantar medidas tendentes a la modernización de las
estructuras comerciales de la ciudad de Melilla

OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
·
Preparar,
coordinar y colaborar con el Patronato de Turismo la posible mesa de trabajo
sobre la conectividad aérea 1
·
Mejorar la calidad
del empresario melillense a través de formación
·
Participación en
los estudios y difusión y organización de eventos para la mejora de atracción
del régimen fiscal de Melilla y Plan Estratégico de Melilla
·
Organizar FAM
TRIPS, FAM PRESS, BLOG TRIP para el fomento turístico y empresarial
·
Desarrollar
eventos Forbes Summit Reinventing Melilla y NAUTIK port Melilla u otros
·
Mesa de trabajo
sobre conectividad aérea
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual
COSTES
PREVISIBLE EJERCICIO: 80.000 €
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: 06/43100/47900- CONVENIO CEME 2025
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: La financiación de las actuaciones previstas en el
Convenio, se realizará con cargo a la mencionada aplicación
presupuestaria, para el ejercicio 2025, sin perjuicio de la que se pueda
contemplar en los siguientes ejercicios presupuestarios.
PLAN
DE ACCIÓN:
Se prevé:
-
Subvención directa
con la vigencia del Convenio
-
Forma de
Concesión: Convenio con la Confederación de Empresarios de Melilla (CEME)
-
Mecanismo de
aplicación: Bases Reguladoras contenidas en el Convenio, acordadas por el
Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.
EVALUACIÓN
Y SEGUIMIENTO:
-
Evaluación
mediante comprobación por la Dirección General de Activación Económica, de la
justificación del importe otorgado, a través de la rendición de cuenta
justificativa de gastos previstos en el contenido del Convenio
-
Subvención
Prepagable (pago de manera anticipada y de una sola vez)
-
Seguimiento:
Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General de Activación
Económica.
-
Evaluación: Se
precisará memoria final.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD
AUTONOMA DE MELILLA Y PYMES MELILLA, PARA LA EJECUCIÓN DE ACCIONES DE
COLABORACIÓN
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
La ejecución de acciones de colaboración, con el fin de visibilizar y dinamizar
el comercio de proximidad
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de
Fomento
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Activación Económica.
SECTORES
A LOS QUE SE DIRIGE LA AYUDA: PYMES MELILLA realizará la coordinación con diversos medios, al objeto
de visibilizar y dinamizar los comercios y pequeñas empresas de la ciudad,
apostando por el consumo de proximidad.
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
·
Campañas de
promoción en redes sociales y medios locales para aumentar la visibilidad del
pequeño comercio
·
Colaboración entre
empresarios para ayudar a atraer a más clientes
·
Mejorar la
experiencia del cliente mediante un trato personalizado del servicio
·
Implementar
programas de lealtad
·
Formación a los
empleados con el fin de garantizar la calidad del servicio
·
Aprovechar las
nuevas tecnologías
·
Fomentar el
comercio sostenible
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual
COSTES
PREVISIBLE EJERCICIO: 50.000 €
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: 06/43102/48000- CONVENIO PYMES MELILLA 2025
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: La financiación de las actuaciones previstas en el
Convenio, se realizará con cargo a la mencionada aplicación
presupuestaria, para el ejercicio 2025, sin perjuicio de la que se pueda
contemplar en los siguientes ejercicios presupuestarios.
PLAN
DE ACCIÓN:
Se prevé:
·
Subvención directa
con la vigencia del Convenio
·
Forma de
Concesión: Convenio con PYMES MELILLA

·
Mecanismo de
aplicación: Bases Reguladoras contenidas en el Convenio, acordadas por el
Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.
EVALUACIÓN
Y SEGUIMIENTO:
-
Evaluación
mediante comprobación por la Dirección General de Activación Económica, de la
justificación del importe otorgado, a través de la rendición de cuenta
justificativa de gastos previstos en el contenido del Convenio
-
Subvención
Prepagable (pago de manera anticipada y de una sola vez)
-
Seguimiento:
Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General de Activación
Económica.
-
Evaluación: Se
precisará memoria final.
LÍNEA
DE SUBVENCIÓN 4ª
CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN DE MUJERES
EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS DE MELILLA
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
El fortalecimiento del empoderamiento femenino, la diversidad y la equidad en
Melilla
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de
Fomento
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Activación Económica.
SECTORES
A LOS QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La asociación de mujeres emprendedoras y empresarias de Melilla
realizará las actuaciones correspondientes al fomento del desarrollo y apoyo a
aquellos sectores en que se encuentren incluidas las mujeres empresarias y
profesionales de Melilla.
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
-
Empoderar a
mujeres en el ámbito profesional y empresarial a través de eventos formativos,
charlas y actividades de networking.
-
Promover la
igualdad de género en el entorno laboral, concienciando sobre la equidad
salarial y los derechos de la mujer.
-
Facilitar el
acceso a espacios y recursos que permitan la formación, mentoría y colaboración
entre mujeres de diferentes sectores.
-
Generar
oportunidades de visibilidad para mujeres empresarias y profesionales, tanto a
nivel local como nacional.
-
Fortalecer la
participación activa de las socias a través de la creación de una red sólida de
apoyo y cooperación.
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual
COSTES
PREVISIBLE EJERCICIO: 30.000 €
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: 06/43103/48000- Convenio Asociación Mujeres Emprendedoras y
Empresarias Melilla
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: La financiación de las actuaciones previstas en el
Convenio, se realizará con cargo a la mencionada aplicación
presupuestaria, para el ejercicio 2025, sin perjuicio de la que se pueda
contemplar en los siguientes ejercicios presupuestarios.
PLAN
DE ACCIÓN:
Se prevé:
·
Subvención directa
con la vigencia del Convenio
·
Forma de
Concesión: Convenio con la asociación de mujeres emprendedoras y empresarias de
Melilla
·
Mecanismo de
aplicación: Bases Reguladoras contenidas en el Convenio, acordadas por el
Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.
EVALUACIÓN
Y SEGUIMIENTO:
-
Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Activación
Económica, de la justificación del importe otorgado, a través de la rendición
de cuenta justificativa de gastos previstos en el contenido del Convenio
-
Subvención Prepagable
-
Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General
de Activación Económica.
-
Evaluación: Se precisará memoria final.
PROGRAMA DE INTEGRACIÓN LABORAL DE
DESEMPLEADOS EN EMPRESAS MELILLENSES
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
Sufragar los costes laborales derivados de la formalización de nuevas
contrataciones con personas desempleadas, de forma que se incremente la
plantilla media de la empresa al menos en dichas contrataciones
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de
Fomento

CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Activación Económica.
SECTORES
A LOS QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Autónomos, Pequeñas Empresas, Comunidades de Bienes, Sociedades
Civiles, Entidades en Régimen de Atribución de Rentas y Sociedades Cooperativas
que desarrollen una actividad económica y/o profesional.
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
·
Aumentar la competitividad de las PYMEs y Autónomos.
·
Incrementar la actividad económica de la Ciudad.
·
Disminuir la cifra de desempleados en la Ciudad.
·
Fomentar la contratación laboral de desempleados melillenses
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual
COSTES
PREVISIBLE EJERCICIO: 5.000.000,00 €
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: 06/24103/42300/2024- Actuaciones de colaboración con la AGE en
Políticas Activas de empleo, Remanente.
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: La financiación de las actuaciones previstas en el
Convenio, se realizará con cargo a la mencionada aplicación
presupuestaria, para el ejercicio 2025, sin perjuicio de la que se pueda
contemplar en los siguientes ejercicios presupuestarios.
PLAN
DE ACCIÓN:
Se prevé:
·
Modificación de las Bases Reguladoras del Programa de Integración
Laboral de desempleados en empresas melillenses.
·
Forma de concesión: Publicación de convocatoria en concurrencia
competitiva.
·
Mecanismo de aplicación: Modificación de las Bases Reguladoras del
PROGRAMA DE INTEGRACIÓN LABORAL DE DESEMPLEADOS EN EMPRESAS MELILLENSES, a
acordar por el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.
EVALUACIÓN
Y SEGUIMIENTO:
-
Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Activación
Económica, de la justificación del importe otorgado, a través de la rendición
de cuenta justificativa de gastos previstos en el contenido del Convenio
-
Subvención Prepagable tras la justificación de gastos.
-
Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General
de Activación Económica.
-
Evaluación: Se precisará memoria final.
NOVENO.-
Con fecha
23/04/2025 se remite nueva propuesta de la Dirección General de Activación
Económica instando la modificación del precitado Plan para actualizarlo en lo relativo a la línea 4ª integrando el “CONVENIO DE COLABORACIÓN
UGR OLIMPIADA DE ECONOMÍA”, conforme a lo siguiente:
“(…)
Teniendo en cuenta que una mayor información acerca de las subvenciones hará
posible eliminar las distorsiones e interferencias que pudieran afectar al
mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las
actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo
de solapamiento y que en el Plan Estratégico General de Subvenciones de la
Ciudad no contempla las líneas de subvención nominativas: "CONVENIO PYMES
MELILLA", "CONVENIO ASOCIACIÓN MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS
MELILLA ACTIVA” y “COLABORACIÓN UGR OLIMPIADA DE ECONOMÍA”. La línea “CONVENIO
CEME 2025” que, aunque sí aparecía, la cantidad asignada era menor a la de
2025.”
Proponiendo al Consejo de Gobierno:
“La
aprobación de la modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de
la CAM para el periodo 2024-2026, Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento (Dirección General de Activación Económica),
actualizándolo en lo relacionado con la línea de la subvención nominativa
“CONVENIO CEME 2025” e integrando en el mismo cuatro nuevas líneas, las
Subvenciones nominativas “CONVENIO PYMES MELILLA”, "CONVENIO ASOCIACIÓN
MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS MELILLA ACTIVA” y “COLABORACIÓN UGR
OLIMPIADA DE ECONOMÍA”, así como el programa de ayudas a empresas melillenses
denominado “PROGRAMA DE INTEGRACIÓN LABORAL DE DESEMPLEADOS EN EMPRESAS
MELILLENSES”.
Así, la línea a integrar a las anteriores es la siguiente:
LÍNEA
DE SUBVENCIÓN 4ª
CONVENIO
DE COLABORACIÓN CON LA UGR OLIMPIADA DE ECONOMÍA
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
Colaborar con la Universidad de Granada en Melilla en el desarrollo de la
olimpiada de economía, promoción del emprendimiento entre los jóvenes, concurso
emprendedores y cultura empresarial. incide en los objetivos estratégicos de
promoción turística.
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de
Fomento
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Activación Económica.
SECTORES
A LOS QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada. Facultad de Ciencias Sociales, Campus de
Melilla.

OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
·
Incentivar y estimular el emprendimiento en los jóvenes.
·
Divulgar los estudios de la economía.
·
Premiar el esfuerzo y la excelencia académica.
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual
COSTES
PREVISIBLE EJERCICIO: 5.000,00 €
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: 06/32401/45390 Colaboración UGR Olimpiada de Economía.
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: La financiación de las actuaciones previstas en el
Convenio, se realizará con cargo a la mencionada aplicación
presupuestaria, para el ejercicio 2025, sin perjuicio de la que se pueda
contemplar en los siguientes ejercicios presupuestarios.
PLAN
DE ACCIÓN:
Se prevé:
·
Subvención directa con la vigencia del Convenio.
·
Forma de concesión: Convenio con la UGR CAMPUS DE MELILLA.
·
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras contenidas en los convenios,
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.
EVALUACIÓN
Y SEGUIMIENTO:
- Presentación
de memoria de la actuación y justificantes de éstos. No se establecen otros
criterios evaluativos dada su escasa cuantía
DÉCIMO.- En el informe evacuado
por la Secretaria Técnica de Presidencia de 23 de abril de 2025 se informa
FAVORABLENTE, a la modificación del Plan Estratégico General de la CAM para el
período 2024-2026, accediendo a las rectificaciones antedichas, no siendo precisa
fiscalización previa alguna habida cuenta que no corresponde a ninguna fase de
ejecución del gasto.
Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al
expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno la MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE
SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2024-2026.

PLAN
ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO
2024-2026
INDICE
CAPÍTULO 4.- EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LOS PROGRAMAS
SUBVENCIONADOS. ANÁLISIS DE RESULTADOS 686
CAPÍTULO 6: PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN
ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES.... 687
3.- CONSEJERIA DE ECONOMIA, COMERCIO, INNOVACIÓN
TECNOLOGICA, TURISMO Y FOMENTO.. 709
C.- DIRECCIÓN
GENERAL DE TURISMO Y DIRECCIÓN GENERAL DE ACTIVACIÓN ECONÓMICA........... 716

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA PARA
EL PERIODO 2024-2026
PREÁMBULO
El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter
básico, por lo que todos los Órganos de las Administraciones Públicas que
pretendan otorgar subvenciones deben aprobar, con carácter previo, su
correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones.
La disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, establece que Los planes y programas relativos a políticas públicas
sectoriales que estén previstos en normas legales o reglamentarias, tendrán la
consideración de planes estratégicos de subvenciones de los regulados en el
apartado 1 del artículo 8 de esta ley, siempre que recojan el contenido
previsto en el citado apartado. Con esta medida, penetran en el área de la
actividad administrativa de fomento las técnicas de planificación estratégica
propias del sector privado y que han ido incorporándose progresivamente como
herramientas de programación y gestión en las dos últimas décadas en el sector
público español.
Con ello se pretende dar respuesta a las exigencias constitucionales de
una gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos, coherente, por lo
tanto, con el resto de herramientas de programación y planificación
presupuestaria o sectorial que se puedan aprobar. Así, de acuerdo con el
artículo 103 de la Constitución, “la Administración Pública sirve con
objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de
eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento
pleno a la ley y al Derecho”, principios ligados a los expresados en el
artículo 31.2 de la propia norma constitucional, en relación con el gasto
público, al que se le exige realizar “una asignación equitativa de los recursos
públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de
eficiencia y economía”.
La Ley General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de
perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los
principios que rige la Ley es el de la trasparencia que, junto con la variedad
de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa en un
incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto
público subvencional. En este sentido, una mayor información acerca de las
subvenciones hará posible eliminar las Distorsiones e interferencias que
pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y
coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas
evitando cualquier tipo de solapamiento. Para mejorar la eficacia, se prevé en
la legislación que se proceda a elaborar un Plan estratégico de Subvenciones,
de carácter anual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.
Recogiendo este imperativo legal, se elabora este documento único que
permite establecer la correlación entre los objetivos misionales de la
organización en su conjunto, las prioridades políticas determinadas a través de
los objetivos generales a conseguir y las actuaciones concretas a desarrollar
ordenadas según la estructura funcional de la Ciudad Autónoma de Melilla.
De acuerdo con el artículo 11.4 del Reglamento de la LGS, los planes
estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años,
salvo que por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente
establecer un plan estratégico de duración diferente.
Con fecha 3 de abril de 2020, se publica en el BOME extraordinario núm.
11, Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan estratégico
de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el periodo 2020- 2022.
Con fecha 19 de diciembre de 2019, se adopta Acuerdo por parte del Consejo de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 54, de
31/07/2023) de atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad
Autónoma de Melilla, estableciendo la estructura orgánica que se emplea en el
presente plan. Finalizada, pues, la vigencia del anterior, se requiere la
aprobación de un nuevo Plan Estratégico para los años 2024- 2026, con vocación
de plurianual y con las revisiones que, en su caso, sean necesario realizar
anualmente.
Si bien, la Disposición
Adicional Primera del Reglamento General de Subvenciones de la CAM prevé la posibilidad de que
sea cada Consejería y demás órganos o entidades dependientes de la Ciudad la
que elabore su propio Plan, se ha optado en un esfuerzo aunador por la
elaboración de un único documento o plan de ámbito general que permita una mayor
coordinación y eficacia de las distintas actuaciones en materia subvencional o
de actividad de fomento en la Ciudad de Melilla, opción reflejada en el
Anteproyecto de Reglamento General de Subvenciones de la CAM.
Por su parte y con vigencia por un período de tres años 2024-2026, el
presente plan abarca el establecimiento de todas las subvenciones de previsible
ejecución para el ejercicio presupuestario 2024 en la Ciudad de Melilla con
consignación adecuada y suficiente que habrán de ajustarse al presente plan,
salvo supuestos plurianuales cuyas previsiones estarán condicionadas a la
aprobación del correspondiente presupuesto.
Relacionadas todas las áreas o Consejerías con sus organismos adscritos
y las líneas subvencionales con su correspondiente importe y partida
presupuestaria en el Anexo, las subvenciones del presente Plan tienen por
objeto la promoción y el fomento de aquellas actividades que contribuyan a
satisfacer las necesidades y aspiraciones de la Ciudad.
Por ello, el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, de acuerdo con
la opción primera que recoge la Disposición Adicional Primera del Reglamento
General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de
09/09/2005) aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma
de Melilla para el periodo 20242026, cuyo articulado figura a continuación.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.4 y 6.2 de la Ley 19/2013 de 9 de noviembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Plan
Estratégico 2024-2026 será objeto de publicación, entrando en vigor al día
siguiente, en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME), además de en sede
electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla para su plena validez.

ARTÍCULO 1.
El establecimiento de subvenciones por parte de la Ciudad Autónoma de
Melilla, así como de sus entes dependientes, durante el período 2024- 2026, se
ajustará a los objetivos estratégicos generales previstos en el presente Plan,
sin perjuicio de las concretas acciones que se contemplan para el año 2024.
Cuando se tramite una subvención no comprendida en el plan estratégico inicial,
se deberá incluir en el expediente una memoria en la que se detallen la
relación de los objetivos de la subvención con la planificación estratégica y
los posibles efectos en ésta, así como las causas que han impedido su inclusión
en aquél.
Dicha memoria se integrará en el Plan Estratégico ya aprobado debiendo
aprobarse y publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad.
ARTÍCULO 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este plan
requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los
presupuestos de la Ciudad de cada año y la aprobación de las bases reguladoras
de su concesión.
ARTÍCULO 3.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de
los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que consignaciones
presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se
acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
ARTÍCULO 4.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la
generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no
podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se
lleve a la práctica en sus propios términos. No obstante su carácter
programático, carente de rango normativo, o si como resultado de los informes
de seguimiento y los informes emitidos por la Intervención General o entes
gestores, existieran líneas de subvenciones que no alcanzaren el nivel de
consecución de objetivos deseado, o el que resultare adecuado al nivel de
recursos invertidos, podrán ser modificadas, sustituidas por otras más eficaces
y eficientes o, en su caso, eliminadas.
ARTÍCULO 5.
Son principios generales de este Plan los siguientes:
-
Publicidad
y libre concurrencia mediante convocatoria previa en la que se garantice la objetividad,
transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de fondos
públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa que, de
conformidad con lo establecido en la norma aplicable, deberá contar con la
debida consignación presupuestaria previa.
-
Concesión conforme a criterios
objetivos previamente
establecidos en la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento previo de
los mismos por los potenciales beneficiarios.
-
Eficacia
en el
cumplimiento de los objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose justificar
cuantitativa y cualitativamente.
-
Control
y análisis de
la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a los principios de
igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas.
Y de forma específica, verificar de forma constante la pertinencia del Plan
Estratégico.
A saber:
·
Justificación del Plan en términos sociales
·
Necesidades de la ciudadanía a las que atiende
·
Capacidad financiera
·
Explicación de la competencia municipal en la materia
·
Estudio de la no aplicación de esta línea subvencional.
ARTÍCULO 6.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005), el
órgano que tiene atribuida la función de desarrollo del mismo y, por tanto, la
ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, será el Consejo de Gobierno.
Por tanto:
-
Los programas de subvenciones quedarán condicionadas a la existencia de
dotación presupuestaria adecuada y suficiente.
-
Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones o concesiones
directas (Convenios), deberá efectuarse la aprobación del gasto en términos
previstos en las normas presupuestarias de la Ciudad Autónoma de Melilla.
-
Y finalmente, y de forma previa al otorgamiento de las subvenciones,
deberán aprobarse las normas o bases reguladoras de la concesión.
El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de
una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus
fuentes de financiación en los siguientes casos:
Las subvenciones que se concedan de forma directa, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 22.2 de la LGS.
Las subvenciones que, de manera motivada, se determinen por parte del
titular de la Consejería en atención a su escasa relevancia económica o social
como instrumento de intervención pública.

CAPÍTULO 2.- CONTENIDO DEL
PLAN
ARTÍCULO 7.
De acuerdo con lo previsto en el art. 12 del Real Decreto 887/2006, de
21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, la concesión de las subvenciones y ayudas
previstas en este Plan para el ejercicio 2020 contiene, para cada caso, la
siguiente información:
a)
Objetivos
estratégicos,
que describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción
institucional durante el periodo de vigencia del plan y que han de estar
vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas
presupuestarios.
b)
Líneas
de subvención en las que se concreta el plan de actuación. Para cada línea de
subvención deberán explicitarse los siguientes aspectos:
1.
Áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las
ayudas.
2.
Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación.
3.
Plazo necesario para su consecución.
4.
Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación,
5.
Plan de acción.
c)
Régimen
de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se
establezcan.
ARTÍCULO 8.
Este Plan, además del presente articulado, se organiza agrupando los
planes individuales de subvenciones aportados por parte de cada Consejería, con
contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD
887/2006 RLGS, siguiendo la estructura orgánica de la CAM, es decir:
1)
CONSEJERIA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA.
2)
CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS E IGUALDAD
3)
CONSEJERIADE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y
FOMENTO:
o Proyecto Melilla SA
(Sociedad Pública Instrumental)
o Patronato de Turismo
(Organismo Autónomo)
4)
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
5)
CONSEJERIA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y MAYOR
6)
CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
7)
CONSEJERÍA DE HACIENDA
Al final del Plan se enumera como Anexo un listado de subvenciones por
órgano gestor, incluyendo el desglose de las partidas, aplicaciones
presupuestarias, importes estimados y procedimiento de concesión.
ARTÍCULO 9.
Cada uno de los Anexos ordena las subvenciones previstas
presupuestariamente bajo los siguientes criterios:
-
Ente
concedente:
La Consejería correspondiente como gestor de la subvención
-
Objeto. Bajo este criterio se
especifica la finalidad para la que se destina la subvención, la cual será
posteriormente objeto de evaluación.
-
Modalidad
de gestión.
Criterio que distingue la previsión en cuanto al procedimiento a aplicar para
su concesión, de conformidad con los principios generales y requisitos
establecidos a tal fin del Capítulo Cuarto y Quinto del Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (concurrencia competitiva,
subvención directa, convenio de colaboración)
-
Importe. Referido a la consignación
prevista para cada subvención.
CAPÍTULO 3.-
BENEFICIARIOS Y MATERIAS DE LAS SUBVENCIONES
ARTÍCULO
10.
La Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos dependientes concederán
subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de
fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o
para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia
local.
CAPÍTULO 4.- EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS.
ANÁLISIS DE RESULTADOS
ARTÍCULO
11.
Para un mejor análisis de la eficacia de cada subvención, las Dirección
Generales de cada una de estas áreas solicitarán de los beneficiarios informe
motivado sobre el número de acciones desarrolladas, número de ciudadanos a los
que alcanza la subvención y justificación de los objetivos alcanzados.
ARTÍCULO
12.
En concreto se deberá detallar para la evaluación lo siguiente: - Objeto
- Entidad beneficiaria y, en su caso, colaboradora - Importe subvencionado -
Acciones concretas desarrolladas en el importe de la subvención - Número de
ciudadanos a los que ha alcanzado la acción subvencionada - Valoración de la
Entidad concedente en cuanto a adecuación a los objetivos perseguidos al tiempo
de su otorgamiento y la procedencia del mantenimiento o supresión del programa
del que trae causa.