Orden nº 2457, de fecha 4 de junio de 2026, relativa a convocatoria para la provisión, mediante concurso de méritos, de puestos de trabajo adscritos a la Consejería de Política Sociales y Salud Pública.
La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden de 04/06/2026, registrada al número 2026002457, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de fecha 15 de mayo de 2026, por el que se aprueban las bases específicas de la convocatoria para la provisión mediante concurso de méritos de puestos de trabajo adscritos a la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública, y en base a lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que deberá ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y en uso de las competencias que me confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas, y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 14559/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Convocar el proceso siguiente:
PROVISIÓN MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS DE PUESTOS DE TRABAJO ADSCRITOS A LA CONSEJERÍA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA.
BASE 1ª.- OBJETO
El objeto de la presente bases es la regulación del procedimiento de provisión, mediante concurso de méritos, de los puestos de trabajo adscrito a la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo de la Ciudad Autónoma de Melilla recogidos en el Anexo I.
BASE 2ª.- REQUISITOS Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
BASE 3ª.- PROCEDIMIENTO DE PROVISIÓN
3.1.- El procedimiento se regirá por las Bases Generales para procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante concurso general de méritos y libre designación, reservados a personal funcionario de carrera y personal laboral fijo incluidos en la RPT de la CAM, para el periodo 2026-2027 (BOME núm. 6.357, de 27 de febrero de 2026).
3.2.- El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Melilla, a través de registro electrónico de la Ciudad, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas de 1 de octubre. La solicitud de participación en la respectiva convocatoria supone la aceptación de las presentes Bases.
3.2.- La solicitud se deberá presentar en modelo específico, junto al Anexo II en la que se harán constar, por orden de preferencia, los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria que se soliciten, indicándose la denominación y códigos de estos, o de las dotaciones, en su caso.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud, el Anexo III de autobaremo junto a cuantos documentos hayan de ser tenidos en cuenta. El referido Anexo III deberá cumplimentarse por los interesados para su posterior comprobación por la Comisión de Valoración.
3.3.- Durante el plazo de presentación de solicitudes, los concursantes podrán retirar o modificar sus solicitudes mediante una nueva solicitud, que anulará totalmente la precedente. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá modificación alguna en las mismas y las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario.
BASE 4ª. VALORACIÓN DE MÉRITOS
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente junto a la solicitud de participación. Podrá recabarse a los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estimen necesarias para la comprobación de los méritos alegados.
4.1 Posesión de un determinado grado personal.
El grado personal consolidado se valorará en sentido positivo en función de su posición en el intervalo de la Escala o Subescala/Grupo profesional desde el que se participa hasta un máximo de 10 puntos de la siguiente forma:
4.2 Valoración del trabajo desarrollado.
Para las Jefaturas de Servicios, Jefatura de Proyectos, Jefaturas de Negociados, se valorará el trabajo en función del nivel del complemento de destino de los puestos de trabajo efectivamente desempeñados. Se valorará únicamente el desempeño de puestos pertenecientes a la misma área funcional del Puesto de Trabajo al que se concursa, durante los últimos 60 meses inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
De conformidad con la Base 11 de las Bases Generales para procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante concurso general de méritos y libre designación, reservados a personal funcionario de carrera y personal laboral fijo incluidos en la RPT de la CAM, para el periodo 2026-2027 (BOME núm. 6.357, de 27 de febrero de 2026) se considera áreas funcionales las que comprendan las siguientes Direcciones Generales.
De forma supletoria, se tomará como referencia la Consejería de dependencia.
Se valorará hasta un máximo de 20 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
La experiencia se acreditará mediante certificado emitido por la Secretaría Técnica de Administración Pública.
4.3 Cursos de formación y perfeccionamiento superados
A- Por cursos específicos o jornadas recibidas directamente relacionados con el puesto a cubrir, impartidos por la Administración o por empresas legalmente autorizadas y habilitadas, o realizados dentro de los planes anuales de Formación, incluyendo los patrocinados por las Organizaciones Sindicales en dicho ámbito, con una duración mínima acreditada de 15 horas: 0,016 puntos por hora de curso o jornada, con un máximo de 25 puntos.
Cuando los cursos o jornadas específicas hayan sido impartidas, se puntuarán con 0,020 puntos en los mismos términos que en el párrafo anterior.
En todo caso será valorado, los cursos de formación y perfeccionamiento de carácter transversal, con un límite de 5 puntos de los 25 puntos máximos, cuya materia versen sobre:
Sólo computarán por una sola vez los cursos con un contenido similar.
B- Titulación académica:
Se puntuará con un máximo de 10 puntos:
Poseer titulación/es académica que sea adicional y distinta por la que accedió a la plaza que ocupa y relacionada con el puesto al que se concursa.
La valoración se realizará de acuerdo con las siguientes reglas:
1º) En caso de que se haya accedido a los estudios de grado y/o licenciatura a través de un título universitario de diplomatura, la puntuación relativa a estas titulaciones no será acumulables, computándose, en ese caso la titulación más alta de las afectadas.
2º) Las titulaciones valoradas en el presente apartado no serán tenidas en consideración en el apartado c) relativo a la formación.
4.4 Antigüedad
La antigüedad se valorará de la forma que se expresa a continuación, independientemente del grupo o subgrupo de adscripción de la Escala y Subescala/Grupo profesional en el que se haya adquirido: 0,84 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 25 puntos.
La antigüedad se valorará por años completos de servicio o fracción superior a seis meses, computándose a estos efectos los reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública y el Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas para su aplicación.
No se tendrán en cuenta los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
Se acreditará mediante certificado de la Secretaría Técnica de Administración Pública.
ANEXO I
Puestos Vacantes
| Nº | Nº Orden | Nº Ptos. vacantes | Denominación | Consejería | Grp | RJ | Formación | Prov. | VPPT | CD |
| 1 | 439 | 1 | Jefe/a de Sección de Procedimientos Administrativos en materia de Sanidad | Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública. | A1 | F | Licenciatura / Grado Universitario | C | 225 | 24 |
| 2 | 440 | 1 | Jefe/a de Negociado de Sanidad | Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública. | C1 | F | Título Bachiller o Técnico / F.P. Grado Superior | C | 155 | 22 |
| 3 | 416 | 1 | Jefe/a de Negociado de Consumo | Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública. | C1 | F | Título Bachiller o Técnico / F.P. Grado Superior | C | 170 | 22 |
ANEXO II
Puestos Solicitados por orden de preferencia
| Nº | Nº Orden | Denominación del Puesto | Consejería | Nivel |
| 1 | ||||
| 2 | ||||
| 3 |
ANEXO III
MODELO NORMALIZADO DE MANIFESTACIÓN Y AUTO-BAREMACIÓN DE MÉRITOS EN CONCURSO DE MÉRITOS
Plazas Convocadas en BOME N.º____________________________________________________
| DATOS PERSONALES | |||||
| Nombre y apellidos:
___________________________________________DNI:__________________ |
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| MÉRITOS ALEGADOS | |||||
| 1. Grado Consolidado | _____ | ||||
| 2. Valoración del trabajo desarrollado: | |||||
| Se valorará únicamente el desempeño de puestos pertenecientes a la misma área funcional del Puesto de Trabajo al que se concursa, durante los últimos 60 meses inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con un máximo de 20 puntos | Área/Consejería | Nº de meses completos | Puntos | ||
| Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino igual o superior al del puesto al que se concursa: 0,333 puntos por mes completo trabajado. | |||||
| Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,283 puntos por mes completo trabajado. | |||||
| Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,167puntos por mes completo trabajado. | |||||
| TOTAL | |||||
| 3. Titulación Académica | ||||||||||||||
| Poseer titulación/es académica que sea adicional y distinta por la que accedió a la plaza que ocupa y relacionada con el puesto al que se concursa. | ||||||||||||||
| TITULACIÓN ACADÉMICA | Puntos | |||||||||||||
| 1 | ||||||||||||||
| 2 | ||||||||||||||
| 3 | ||||||||||||||
| TOTAL | ||||||||||||||
| 4. Cursos de Formación | ||||||||||||||
| Por cursos específicos o jornadas recibidas directamente relacionados con el puesto a cubrir, impartidos con una duración mínima acreditada de 15 horas: 0,016 puntos por hora de curso o jornada recibidas (R) y 0.020 puntos impartidas (I) , con un máximo de 25 puntos.
Los cursos transversales sólo puntuarán como máximo 5 puntos. |
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| Curso/Jornada | R / I | Horas | Puntos | |||||||||||
| 1 | ||||||||||||||
| 2 | ||||||||||||||
| 3 | ||||||||||||||
| 4 | ||||||||||||||
| 5 | ||||||||||||||
| 6 | ||||||||||||||
| 7 | ||||||||||||||
| 8 | ||||||||||||||
| 9 | ||||||||||||||
| 10 | ||||||||||||||
| 11 | ||||||||||||||
| 12 | ||||||||||||||
| 13 | ||||||||||||||
| 15 | ||||||||||||||
| 16 | ||||||||||||||
| 17 | ||||||||||||||
| 18 | ||||||||||||||
| 19 | ||||||||||||||
| 20 | ||||||||||||||
| 21 | ||||||||||||||
| 22 | ||||||||||||||
| 23 | ||||||||||||||
| 24 | ||||||||||||||
| 25 | ||||||||||||||
| TOTAL | ||||||||||||||
| 5. Antigüedad | |||||||||||||
| La antigüedad se valorará por años completos de servicio o fracción superior a seis meses: 0,84 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 25 puntos. | |||||||||||||
| Cuerpo o Escala | Fecha inicio | Fecha final | Nº. Años/meses | Puntos | |||||||||
| TOTAL | |||||||||||||
Declaro que son ciertos los datos consignados en el presente modelo de auto baremación de méritos, asumiendo en caso contrario las responsabilidades a que hubiera lugar.
En Melilla a _____ de _______ de 20___
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 15 de Mayo de 2026, por el que se aprueban las Bases específicas de la convocatoria para la provisión mediante concurso de méritos de puestos de trabajos adscritos a la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Contra la ORDEN de la Excma. Sra. Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad nº 2457 de fecha 4 de Junio de 2026, por la que se convoca la provisión mediante concurso de méritos de puestos de trabajos adscritos a la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 9 de junio de 2026,
El Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler