ARTÍCULO 12 - BOME-AX-2026-12

BOME EXTRA Nº 8 del martes, 17 de marzo de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 13 de marzo de 2026, relativo a concesión de un día adicional de asuntos propios para el año 2026.


El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el 13 de marzo de 2026, ha procedido a la aprobación de la propuesta de Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, adoptando el siguiente acuerdo registrado al número 2026000197:

“Visto Informe Jurídico emitido por el Secretario Técnico de Administración Pública del tenor literal siguiente:

“ Para su reconocimiento en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla el articulo 37 m) del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece: que serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso “Las referidas a calendario laboral, horarios, jornadas, vacaciones, permisos, movilidad funcional y geográfica, así como los criterios generales sobre la planificación estratégica de los recursos humanos, en aquellos aspectos que afecten a condiciones de trabajo de los empleados públicos.” Constando en el expediente Acuerdo de la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario y Laboral de la Ciudad Autónoma de Melilla de fecha 24 de febrero de 2026, en la que se aprueba la concesión de 1 día adicional de Asuntos propios para el año 2025 por coincidir el día 15 de agosto en sábado.

En cuanto a la competencia para su aprobación corresponde al Consejo de Gobierno de la Ciudad “Establecer las instrucciones a que deberá atenerse la representación de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la negociación colectiva con el personal sujeto a derecho laboral, y aprobar expresa y formalmente en cuanto disposición administrativa, los acuerdos alcanzados” como determina el artículo 3.2 d) del Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas (ahora Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad) (BOME n.º 4666 de 4 de diciembre de 2009.

Por todo ello, esta Secretaría Técnica entiende que la propuesta de acuerdo se ajusta a derecho.

Este es el Informe que elevo, no obstante V.E. con mejor criterio acordará lo pertinente”.

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

La concesión de un día adicional de asuntos propios para el año 2026, por los motivos mencionados anteriormente.”

Contra las disposiciones administrativas de carácter general dictadas por el Consejo de Gobierno, de acuerdo con lo establecido en los artículos 93.2 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre) no cabrá recurso en vía administrativa.

En todo caso, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que notifica o hace público para su conocimiento y efectos.

Lo que le traslado para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.

 

Melilla, 17 de marzo de 2026,

La Secretaria del Consejo de Gobierno,

María José Gómez Ruíz