Aprobación inicial del segundo plan estratégico de igualdad de oportunidades de la ciudad autónoma 2018 - 2022.
APROBACIÓN INICIAL DEL
SEGUNDO PLAN ESTRATÉGICO DE IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES DE LA CIUDAD AUTONOMA 2018-2022
La Excma. Asamblea de Melilla en sesión del
pasado 11 de julio de 2018, acordó, por unanimidad, la Aprobación Inicial del SEGUNDO PLAN ESTRATÉGICO DE IGUALDAD
DE OPORTUNIDADES DE LA CIUDAD AUTONOMA 2018-2022 en los términos que
abajo se transcriben :
Procediendo su publicación en el Boletín
Oficial de Melilla para su exposición pública a los efectos de
reclamaciones, por periodo de un mes, durante el cual los ciudadanos y personas
jurídicas podrán formular las que estimen oportunas.
“
II
PLAN ESTRATÉGICO DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
(2018-2022)
1. PRESENTACIÓN.
El II Plan Estratégico de
Igualdad de Oportunidades (en adelante, PEIO) de la Ciudad Autónoma de Melilla,
nace del compromiso del Gobierno de la Ciudad con la igualdad.
Vivimos en una sociedad que ha
experimentado importantes avances en materia de igualdad, aunque somos
conscientes de que tenemos importantes retos que afrontar, tales como: alcanzar
la igualdad real y efectiva en todas las esferas sociales, impulsar la
corresponsabilidad familiar y la conciliación y, por supuesto, la erradicación
de la terrible lacra que supone la violencia de género, todo ello con vocación
de construir una sociedad que cada día sea más justa e igualitaria, en el que
todas las instituciones, entidades y colectivos sociales se encuentren
plenamente comprometidos.
Debemos seguir trabajando para
eliminar las brechas existentes en nuestra sociedad, desterrando estereotipos
enquistados y actuando desde la base, esto es, desde la formación, para dotar
de las habilidades necesarias al colectivo femenino a fin de que pueda alcanzar
el reconocimiento que merece en todos los ámbitos y, en consecuencia,
participando de forma igualitaria.
Si bien, como decíamos al
principio, se han producido avances de gran calado en los últimos tiempos,
lamentablemente, hemos sido testigos de su forma más devastadora, la violencia
de género. Por ello, la lucha contra esta barbarie impregna de forma
transversal numerosas actuaciones a lo largo del presente plan en cualquiera de
sus fases: prevención, atención e intervención.
De otro lado, la juventud merece
una especial atención, pues se trata de una etapa fundamental para la
adquisición de patrones igualitarios. En este sentido, la educación en valores,
la coeducación y la ruptura de estereotipos sexistas, así como de cualquier
forma de discriminación arraigada en nuestra sociedad, es fundamental para la
juventud melillense, pues conforma el presente y el futuro de Melilla.
Además, se contemplan más de 85
medidas que van a concretar las políticas de igualdad a desarrollar desde la
Ciudad Autónoma, situando a la mujer en el espacio de igualdad que le
corresponde en la sociedad y en todos los ámbitos y, en consecuencia, prevenir
y eliminar cualquier tipo de discriminación hacia las mujeres por razón de
sexo, así como fomentar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y
hombres.
Se nos presenta un importante
desafío, alcanzar la igualdad real entre hombres y mujeres. Esta es una
responsabilidad compartida entre todos los agentes sociales y los poderes públicos,
la suma de todos estos compromisos va a marcar el camino que hemos de seguir para
lograr tan noble fin.
Juan José Imbroda Ortiz
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla
Antonio Miranda
Consejero de Educación, Juventud y Deporte
Isabel Moreno
Viceconsejera de la Mujer y Juventud
1. ANTECEDENTES.
La
Viceconsejería de la Mujer y Juventud, elabora e impulsa este PEIO para dar continuidad
al I Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres, así como, para dar cumplimiento a
los objetivos prioritarios que se recogieron en el Plan Estratégico de Igualdad
de Oportunidades (2014-2016) del Reino de España.[1]. De
este modo, se diseña un Plan que genera un marco de igualdad entre mujeres y
hombres a nivel local, mediante acciones, llevadas a cabo de manera directa o
de forma transversal, lo que pone de relieve la importancia de la colaboración
interinstitucional entre las distintas administraciones, instituciones,
organismos y entidades.
La elaboración de este segundo Plan Estratégico de Igualdad
de Oportunidades responde a la necesidad de crear un marco de ejecución
preciso, con objetivos claros y concisos, dotado de herramientas para su
desarrollo, como así recomienda el informe de evaluación del I Plan de Igualdad
de Oportunidades de la Ciudad Autónoma de
Melilla[2].
Tras
el análisis de las acciones del I Plan, se constata que han aumentado las
actuaciones dirigidas a eliminar las desigualdades entre mujeres y hombres, así
como aquellas dirigidas a apoyar de manera específica, tanto la socialización,
como la inserción y mejora profesional de las mujeres de la Ciudad.
Algunas de las
medidas que mayor impacto han causado han sido: la Guía de recursos y
derechos de las mujeres víctimas de violencia de género y la formación
multidisciplinar destinada a colectivos específicos de mujeres.
Por tanto,
atendiendo a las recomendaciones del mencionado informe de evaluación, se
elabora el presente plan incidiendo en la necesidad de sensibilizar en materia
de igualdad de oportunidades a profesionales de la Ciudad Autónoma de Melilla
para su buen desarrollo e implementación.
·
Marco legislativo.
Este Plan de
Igualdad es la herramienta que tiene la Administración local para cumplir con
el principio de igualdad, aportando recursos económicos y humanos para conseguir
una igualdad
efectiva entre
la ciudadanía melillense. Así pues, el principio de igualdad en que se basa
este Plan, viene recogido, legalmente, a nivel internacional, europeo y
nacional.
A nivel
internacional, la Declaración de Derechos Humanos ya consagra la igualdad entre
mujeres y hombres como un derecho fundamental, pero no es hasta la IV
Conferencia Mundial de Mujeres, celebrada en Pekín en 1995, donde se marca un
antes y un después en relación a la situación de las mujeres. A partir de esta
Conferencia, se fijó como objetivo la igualdad de las mujeres, implicando a
toda la sociedad para su consecución y fijando para ello actividades de tipo
transversal, en lugar de sectorial, como se venía haciendo.
Por su parte,
la Unión Europea, concibe la igualdad entre mujeres y hombres como un valor
fundamental, recogido en los artículos 2 y 3 del Tratado de la Unión Europea,
en los artículos 8, 153 y 157 del Tratado de Funcionamiento de la UE y en los
artículos 21 y 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales.
Así, desde su
creación, la entonces Comunidad Económica Europea y, actual, Unión Europea, ha
adoptado numerosas normas que constituyen hoy un pilar fundamental de la política
de igualdad. Cabe destacar, entre otras, la Directiva 2006/54/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del
principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y
mujeres en el ámbito del empleo y la ocupación; la Directiva del Consejo
2004/113/CEE, sobre aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres
y mujeres en el acceso a bienes y servicios y su suministro; la Directiva
2010/18/UE del Consejo de 8 de marzo de 2010 por la que se aplica el Acuerdo marco
revisado sobre el permiso parental; y el segundo Pacto Europeo por la Igualdad
de Género 2011-2020, creado para apoyar la estrecha relación entre la
Estrategia de la Comisión Europea para la igualdad entre mujeres y hombres
(2010-2015) y la Estrategia Europa (2020), reafirmando, así, la voluntad de cumplir
con los objetivos de la UE en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
Por otro lado,
a nivel estatal, la Constitución establece en su artículo 14 la igualdad ante
la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento,
raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia
personal o social. Además, junto con este principio de igualdad formal, la
Constitución española recoge, el principio de igualdad material en el artículo
9.2., haciendo referencia al deber de los poderes públicos de promover las
condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en
que se integra, sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan
o dificulten su plenitud y facilitando la participación de toda la ciudadanía
en la vida política, económica, cultural y social.
En este
sentido, resulta indispensable destacar la promulgación de la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que determinó
la inclusión de un eje trasversal en todas las políticas públicas y el inicio
de una serie de acciones destinadas a erradicar la discriminación y la
desigualdad. Entre su articulado, vienen a colación sus artículos 17, 45, 51 y
64, entre otros.
El artículo 17
establece que, el Gobierno, en materias competencia del Estado, deberá aprobar,
periódicamente, un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, basado en medidas
para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación
por razón de sexo.
Su artículo
45, recoge la obligatoriedad de las empresas de respetar la igualdad de trato y
de oportunidades en el ámbito laboral y el deber de adoptar medidas dirigidas a
evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. Se
establece, además, la obligatoriedad de la elaboración y aplicación de un plan
de igualdad -basado en los principios de esta normativa-, para las empresas de
más de doscientos cincuenta trabajadores, y para aquellas empresas cuyo
convenio colectivo lo establezca.
Por su parte,
el artículo 51, establece los criterios de actuación de las Administraciones públicas,
quienes, en el ámbito de sus respectivas competencias y en aplicación del
principio de igualdad entre mujeres y hombres, deberán remover los obstáculos
que impliquen la pervivencia de cualquier tipo de discriminación con el fin de
ofrecer condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el acceso
al empleo público y en el desarrollo de la carrera profesional, así como,
facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, sin
menoscabo de la promoción profesional. Deberán, además, fomentar la formación
en igualdad, tanto en el acceso al empleo público, como a lo largo de la
carrera profesional y promover la presencia equilibrada
de mujeres y
hombres en los órganos de selección y valoración. Por último, deberán
establecer medidas efectivas de protección frente al acoso sexual y al acoso
por razón de sexo, así como, medidas efectivas para eliminar cualquier discriminación
retributiva -directa o indirecta-, por razón de sexo, debiendo evaluar, periódicamente,
la efectividad del principio de igualdad en sus respectivos ámbitos de actuación.
Por último, el
artículo 64 dispone que, el Gobierno aprobará al inicio de cada legislatura, un
Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del
Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella. Este
Plan deberá establecer los objetivos a alcanzar en materia de promoción de la
igualdad de trato y oportunidades en el empleo público, así como las
estrategias o medidas a adoptar para su consecución. Además, este Plan será
objeto de negociación, y en su caso acuerdo, con la representación legal de los
empleados públicos en la forma que se determine en la legislación sobre
negociación colectiva en la Administración Pública, siendo evaluado su
cumplimiento, anualmente, por el Consejo de Ministros
Otro hito
fundamental a considerar sería la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de
Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que tiene por
objeto actuar contra la manifestación más cruel de la desigualdad y
discriminación todavía existente, el maltrato hacia la mujer. El ámbito de la
Ley abarca tanto los aspectos preventivos, educativos, sociales, asistenciales
y de atención a las víctimas, con un espíritu integral y con medidas de refuerzo
posteriores que han ido desarrollándose a lo largo de los últimos años.
·
Fundamentación.
Nuestro Plan
de Igualdad de Oportunidades engloba finalidades estratégicas, y no únicamente,
organizativas. Por lo tanto, se exponen los ejes en los que se basa el presente
Plan, y además, se plantean y promueven medidas de actuación para superar los obstáculos
que impiden alcanzar una igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.
La superación
de estos retos centra las medidas y políticas a adoptar desde la Ciudad
Autónoma. Se trata de aquellas situaciones que provocan desigualdades entre las
mujeres y los hombres, y, por lo tanto, en ellas se basa en gran medida este
PEIO. Dichas situaciones desigualitarias a las que debemos dar visibilidad,
solución e impulso, pueden centrarse en tres grandes bloques:
1. Empleo y
desempleo.
2.
Conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
3. Denuncias,
sentencias condenatorias y órdenes de protección concedidas por violencia de
género.
1. Empleo y desempleo.
Los datos que se presentan a continuación pertenecen a
estudios e informes comparativos de los años 2014, 2015 y 2016, ya que, es
importante destacar que el año 2016 cerró con la creación de 413.900 empleos y
una reducción del paro en 541.700 personas en España. De esta manera, la tasa
de desempleo cae hasta el 18,63% y regresa a niveles de hace siete años, según constata el INE. [1]
Por su parte,
tal y como podemos apreciar en el siguiente gráfico, la Ciudad Autónoma de
Melilla, cierra el año 2016 con la mayor variación trimestral del país, en
cuanto a ocupación, siendo las cinco primeras las siguientes ciudades:
1ª; Melilla con un 5,83%
2ª, La Rioja con un 2,43%
3ª, Comunidad Foral de
Navarra con una 2,25%
4ª, Castilla La Mancha con
un 1,81%
[1]
Encuesta de Población Activa. Informe del Cuarto Trimestre de 2016. Instituto
Nacional de Estadística.
-
Actividad.
|
Ocupados/as |
Parados/as |
Tasa actividad |
Tasa paro |
Mujeres |
9,2 |
4,8 |
44,50 |
34,20 |
Hombres |
15,3 |
6,0 |
69,24 |
28,37 |
|
Ocupados/as |
Parados/as |
Tasa actividad |
Tasa paro |
Mujeres |
8,3 |
5,5 |
49,92 |
40,03 |
Hombres |
15,5 |
6,6 |
72,19 |
29,99 |
|
Ocupados/as |
Parados/as |
Tasa
actividad |
Tasa
paro |
Mujeres |
9,0 |
6,3 |
47,97 |
41,04 |
Hombres |
16,3 |
5,3 |
72,15 |
24,31 |
|
Ocupados/as |
Parados/as |
Tasa
actividad |
Tasa
paro |
Mujeres |
9,9 |
5,4 |
48,84 |
35,32 |
Hombres |
17,1 |
4,8 |
71,09 |
21,81 |
Con respecto a
dichas tablas, podemos apreciar que, en los cuatro trimestres del año 2016, se
refleja la desigualdad entre sexos con respecto a las tasas de actividad y
paro. Así pues, las mujeres presentan una mayor tasa de paro y una menor tasa
de actividad que los hombres melillenses. Además, en cuanto al dato de personas
ocupadas, hay más hombres que mujeres, y por lo tanto, resulta más
significativo el número de personas paradas del sexo femenino que del masculino
-
Desempleo
En cuanto a
las tasas de paro en Melilla, si comparamos la Encuesta de Población Activa del
Instituto Nacional de Estadística en los tres últimos años, los datos ponen de manifiesto
que las políticas activas de empleo llevadas a cabo en la ciudad han provocado
un descenso de la tasa de paro.
Sin embargo,
debemos observar con atención, en la siguiente tabla, en qué porcentaje ha
influido el descenso de la tasa de parados entre las mujeres y en qué
porcentaje ha influido el descenso de
parados entre los hombres en el año 2016 con respecto a los años 2014 y 2015.
Tabla 5: Tasa de paro por sexo y año en Melilla.[3]
|
2014 % |
2015 % |
2016 % |
MUJER |
39,9 |
38,2 |
37,6 |
HOMBRE |
24,6 |
29,0 |
26,1 |
AMBOS SEXOS |
32,2 |
33,6 |
31,8 |
Analizando
dicha tabla, apreciamos como aspecto positivo, el descenso de la tasa de paro
con respecto a los dos últimos años, sin embargo, como aspecto negativo, no
pasa desapercibido el hecho de que las mujeres siguen presentando en 2016, una
tasa de paro que supera a la de los hombres en un 11,5 %.
Con respecto a
las edades de las desempleadas y desempleados, y tomando como referencia el mes
de diciembre de 2016, para visualizar en qué situación finalizó el año en cuestión,
podemos observar las siguientes diferencias:
Tabla 1: Personas desempleadas en diciembre 2016, Melilla.[1]
EDAD |
< 25 años |
25 – 44 años |
> 44 años |
Total |
MUJER |
751 |
3.253 |
2.406 |
6.410 |
HOMBRE |
733 |
1.913 |
1.992 |
4.638 |
AMBOS SEXOS |
1.484 |
5.166 |
4.398 |
11.048 |
FUENTE: Elaboración propia a partir de los datos del SEPE
(diciembre 2016).
Una vez más, y
basándonos en los datos del Servicio Público de Empleo Estatal, podemos
advertir que, las mujeres suman un total 6.410 en número de desempleadas, en diciembre
de 2016, mientras que los hombres desempleados ascienden al número de 4.638. Esto
supone una diferencia de 1.772 desempleadas más que desempleados.
Con respecto a
la edad, vemos que, en las edades inferiores a los 25 años, la diferencia entre
el número de mujeres y hombres desempleados no es significativa, y por el contrario,
la diferencia entre los desempleados mujeres y hombres, a partir de la edad de
25 años, es muy elevada, concretamente, el tramo comprendido entre 25 y 44
años.
En cuanto a la
segregación de sexos con respecto al sector de actividad económica, poniendo
como ejemplo, nuevamente, el mes de diciembre de 2016 en Melilla, existen los siguientes
datos:
[1]
Fuente: https://www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/estadisticas/datos_estadisticos/municipios/2016/diciembre_2016/MUNI_MELILLA_1216.pdf
FUENTE: Elaboración propia a partir de los
datos del SEPE (diciembre 2016).[1]
Atendiendo a
los sectores de ocupación que, en la Ciudad de Melilla, no tienen gran incidencia,
como es la agricultura e industria, no existen diferencias significativas entre
sexos. Sin embargo, atendiendo al sector de la construcción, podemos apreciar
que los hombres demandan en él más empleo que las mujeres melillenses, lo que
pone de manifiesto que el sector construcción sigue siendo una profesión,
eminentemente, masculinizada.
De otro lado,
cabe destacar que en el sector servicios es donde se presenta la mayor diferencia,
pues son las mujeres las que predominan, notoriamente, como demandantes de este
sector. Por lo tanto, podemos apreciar que el sector servicios, incluyendo los
servicios sociales, administrativos, comerciales y culturales, entre otros, es
un sector especialmente feminizado.
-
Nivel formativo de las personas desempleadas.
Con respecto al nivel formativo, debido a que los cursos
escolares, de formación profesional y universitarios, suelen finalizar entre
los meses de junio y julio, hemos tomado como referencia, el mes de agosto de
2016 para analizar el nivel de estudios de los demandantes de empleo una vez
finalizado el curso lectivo en nuestra ciudad.[2]
Tabla
1: Nivel de formación de las personas demandantes de empleo segregado por sexo.
NIVEL DE ESTUDIOS |
MUJERES |
% |
|
HOMBRES |
% |
· Sin estudios. |
526 |
7,67 |
|
220 |
4,69 |
· Educación
primaria. |
2539 |
37,01 |
|
1927 |
41,07 |
· Programas de
formación e inserción laboral sin necesidad titulación académica de la
primera etapa de secundaria para su realización (más de 300 horas) |
73 |
1,06 |
|
64 |
1,36 |
· Primera etapa
secundaria. |
2121 |
30,92 |
|
1814 |
38,66 |
· Segunda etapa
secundaria. |
715 |
10,42 |
|
386 |
8,23 |
· Programas de
Formación e inserción laboral que necesitan titulación de estudios
secundarios de segunda etapa para su realización (más de 300 horas) |
1 |
0,01 |
|
1 |
0,02 |
· FP Superior |
362 |
5,28 |
|
101 |
2,15 |
· Enseñanzas
universitarias |
412 |
6 |
|
124 |
2,64 |
Examinando
dichos datos, podemos estimar que, en Melilla, en líneas generales, el nivel
formativo de las personas que demandan un empleo es muy bajo, pues el 37,01 %
de las mujeres desempleadas tan solo tienen estudios primarios y, de igual
manera, un 41,07 % de hombres
[1]
https://www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/estadisticas/datos_estadisticos/municipios/2016/diciembre_2016/MUNI_MELILLA_1216.pdf
[2]
Fuente de la Tabla 1: Elaboración propia a partir de los datos del SEPE (agosto
2016).
demandantes de
empleo, sólo cuentan con estudios primarios. Además, el 7,67 % de mujeres
demandantes de empleo no tienen ningún tipo de estudio y el 4,69 % de los
hombres tampoco tienen formación de ningún nivel. Por otro lado, el 41,34 % de
las mujeres han concluido la enseñanza obligatoria, esto es, un 5,55 % menos
que los hombres.
Por su parte,
el porcentaje de mujeres demandantes de empleo con estudios universitarios es
más elevado que el porcentaje de los hombres, pues dichas mujeres ascienden a
un 6%, mientras que el porcentaje de hombres demandantes de empleo con estudios
universitarios, es un 2,64%.
v Síntesis: para concluir, debemos tener
en cuenta que, según los datos del Servicio Público de Empleo Estatal, las
mujeres melillenses, teniendo el mismo nivel de estudios, o incluso superior
(véase en la tabla el apartado de estudios universitarios), el número de
desempleadas es mayor que el número de desempleados.
-
Tipo de contrato. [1]
Atendiendo al
tipo de contrato, resulta evidente que la modalidad de contrato más beneficiosa
para las/los trabajadores es la del contrato indefinido. Este tipo de contrato
aporta una estabilidad, económica y emocional a la empleada/o, pues su
característica principal, es que en dicho contrato no viene fijado un momento
concreto de finalización. Otras modalidades de contratos, como los temporales,
los de formación o prácticas, establecen un tiempo máximo de duración, mientras
que, el contrato indefinido sigue teniendo efectos hasta que la empresa o la
parte contratada lo rompe.
Tabla 1: Tipos de
contrato por sexo y edad. Abril 2016, Melilla.
|
MUJER |
|
HOMBRE |
|
AMBOS SEXOS |
||||
TIPO DE CONTRATO |
<25 |
25 - 44 |
>=45 |
|
<25 |
25 - 44 |
>=45 |
|
|
· Indef. personas con
discapacidad |
1 |
- |
1 |
|
- |
- |
3 |
|
5 |
· Convertidos en
indefinidos |
2 |
18 |
3 |
|
7 |
14 |
3 |
|
47 |
· Indefinidos |
6 |
27 |
8 |
|
10 |
30 |
12 |
|
93 |
· Obra o servicio |
54 |
199 |
43 |
|
45 |
165 |
109 |
|
615 |
· Eventuales por
circunstancias de la producción |
59 |
183 |
56 |
|
47 |
122 |
29 |
|
496 |
· Interinidad |
25 |
122 |
70 |
|
7 |
54 |
18 |
|
296 |
·Temporales personas
con discapacidad |
- |
- |
1 |
|
1 |
- |
- |
|
2 |
· Contratos temporales |
138 |
505 |
170 |
|
100 |
344 |
156 |
|
1.413 |
Para analizar
dicha tabla, debe saberse que, hemos tomado como referencia un mes determinado
del año 2016 en Melilla, en concreto, el mes de abril.
Pues bien,
observando la tabla mensual anterior, referente a los tipos de contrato según
edad, sexo y duración del mismo, las diferencias entre sexos son muy
significativas en los siguientes aspectos:
[1]
Informe resumen datos estadísticos (abril 2016) Servicio Público de Empleo
Estatal. Contratación por tipo de contrato según sexo y edad. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Consultado en
https://www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/estadisticas/datos_avance/pdf/contratos_prov/contratos_sexedadsec_Melilla.pdf
A)
La modalidad de contratación indefinida se utiliza en mayor proporción
a hombres con respecto a mujeres.
B)
El mayor porcentaje de contratos temporales que se convierten en
indefinidos, corresponde a hombres.
C)
Las mujeres son quienes cubren, en mayor proporción, las interinidades.
D)
El mayor porcentaje de personas que cubren los contratos temporales,
corresponde a mujeres.
E)
Los contratos eventuales por circunstancias de la producción afectan en
su gran mayoría a mujeres.
Analizando
estos datos, observamos que la tendencia es que las mujeres son las que ocupan
puestos temporales, mientras que los hombres cubren puestos indefinidos o
aquellos temporales que, finalmente, se convierten en indefinidos.
v Síntesis: Todas estos datos, no sólo
reflejan la brecha laboral de género existente en nuestro país, sino que,
también, contextualizan los estereotipos de género referentes al ámbito
profesional y/o familiar. Además, esta diferenciación por sexo en el tipo de
contratación, tiene sus repercusiones en la corresponsabilidad familiar, pues debido
a estas circunstancias, las mujeres asumen en la mayoría de los casos, sino en
exclusiva, gran parte de las cargas familiares y domésticas. Por lo tanto, tal
y como se ha referido con anterioridad, el hombre asume el rol de mantenedor
económico de la familia y la mujer el rol de encargada de las labores
domésticas y familiares.
Por todos
estos motivos, este PEIO, buscar promover una corresponsabilidad familiar
igualitaria, así como, una igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, y
para ello, desarrolla una serie de acciones que se especifican en su eje
estratégico correspondiente.
1.
Conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
La realidad
social actual, fruto de la incorporación de la mujer al mercado laboral, ha dado
lugar a que se implementen medidas de conciliación laboral y familiar y se
favorezcan recursos para ello, contribuyendo de este modo a alcanzar la
igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo.
Desde la
Viceconsejería de la Mujer y Juventud de la Ciudad Autónoma de Melilla, se proporciona
información y asesoramiento con respecto a los derechos de conciliación de la vida
laboral, personal y familiar existentes en nuestro país y de la ciudad, amén de
elaborarse guías y desarrollarse campañas de sensibilización sobre tales
cuestiones.
Por lo tanto,
la Ciudad Autónoma de Melilla impulsa el conocimiento sobre la normativa en
materia de derechos de los trabajadores con respecto a la maternidad,
paternidad y permisos que les corresponden, para así, poder conciliar la vida laboral
y personal y conseguir una efectiva corresponsabilidad familiar.
De otro lado,
se observa en el siguiente gráfico, en la posición 52 se encuentra Melilla, como
la ciudad de España con mayor índice de natalidad, superando en 5 puntos a la
siguiente ciudad con más natalidad, Ceuta[1]..
Podemos apreciar que Melilla presenta una diferencia muy significativa con
respecto al resto de ciudades españolas, y, por lo tanto, esta ciudad precisa de
recursos óptimos de conciliación familiar y laboral.
[1]
Grafico del Instituto Nacional de Estadística expresado en número de nacidos
por cada mil habitantes.
Para la
consecución de una efectiva conciliación laboral, familiar y personal de las
familias melillenses, la Administración local pone al servicio de la ciudadanía
una serie de programas y recursos que favorecen, y hacen posible, dicha
conciliación. Estos recursos sociales existentes en la Ciudad -provenientes de
distintas áreas de Gobierno-, son los siguientes:[1]
Ø Centros de atención
socioeducativos y ludotecas: Se trata de centros recreativo-culturales para
niñas y niños de todas las edades, creados con el objetivo de impulsar
actividades pedagógicas y educativas a través del juego como principal
herramienta de intervención educativa, social y cultural.
Ø Aula matinal: Servicio
disponible en los centros de Educación Infantil y Primaria “Enrique Soler”, en
el que se presta atención al alumnado del centro desde las 8:00h., hasta el
comienzo de la jornada escolar y, desde la finalización de la misma (14:00h)
hasta las 15:00h.
Ø Comedores escolares: Es un
servicio disponible en varios de los centros de Educación Infantil, y, además,
en el Centro de Educación Especial C.E.E. “Reina Sofía” y Colegio “Enrique
Soler”
Ø Cursos de verano: Como
pueden ser los cursos de la Escuela de Música y Danza, así como, los cursos de
la Escuela de Enseñanzas Artísticas “Tierno Galván”, ambos dependientes de la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
Ø Actividades extraescolares
en los centros escolares públicos: Se trata de diversas actividades: música,
deporte, psicomotricidad o danza, que los centros escolares públicos realizan
fuera del horario escolar.
Ø Actividades para jóvenes:
Acciones formativas, Talleres, Conciertos, la Gran Movida, campamentos de
verano, viajes para jóvenes, Feria de Emprendimiento Joven “Quiero, Puedo,
Emprendo”, etc.
RECURSOS DESTINADOS A PERSONAS MAYORES Y/O CON
DISCAPACIDAD: |
Ø Aulas para mayores: Se trata
de un recurso destinado a convertir el tiempo libre de nuestros mayores en un
espacio de formación integral para ofrecerles actividades acordes a su edad y
condición física.
Ø Centros residenciales:
Contamos tanto con centros residenciales para mayores, como para personas
discapacitadas.
Ø Centro de Día: De igual
manera, se dispone con centros de día tanto para mayores, como para personas
discapacitadas, donde se prestan servicios sociales y asistenciales tendentes a
fomentar la integración y mejorar la calidad de vida de las/los usuarias/os.
Ø Piso de Estancia Temporal
para mayores: Esta instalación proporciona a personas mayores en situación de
vulnerabilidad, una estancia temporal y asistencia integral, mientras carezcan
de vivienda adecuada.
Ø Programas de estancias
diurnas y respiro familiar: Consiste en la prestación puntual de atención y
cuidado individual a personas mayores de 65 años y/o dependientes que requieran
de atención permanente de otras personas.
Ø Servicio de ayuda a
domicilio: Se trata de las actuaciones llevadas a cabo en el domicilio de las
personas en situación de dependencia con el fin de asistirles en sus
necesidades básicas diarias.
Con respecto a
estos servicios sociales, conviene destacar que, la Ciudad Autónoma de Melilla
promueve la conciliación personal, familiar y laboral, mediante los Centros de
Educación Infantil (0-3 años) y las ludotecas.
En este
sentido, cabe referir que la Ciudad dispone de cuatro centros de Educación
Infantil propios, además de ello, existen otras entidades con las que la Ciudad
Autónoma suscribe Convenios de colaboración, con la finalidad de apoyar la
labor que realizan y, dotar a la ciudadanía del mayor número de plazas posibles
en el tramo de edad comprendido entre los 0 y 3 años, para así, contribuir y
permitir a las familias, conciliar la vida familiar, laboral y personal.
Atendiendo al alto índice de natalidad
existente en nuestra Ciudad -anteriormente expresado mediante gráfico-, la
Ciudad Autónoma de Melilla, destina un importante presupuesto económico[1]
tanto a los Centros de Educación Infantil, como a las ludotecas, para hacer
posible que, los padres y madres melillenses puedan simultanear sus
responsabilidades laborales y familiares.
En cuanto al
número de plazas ofertadas en los Centros de Educación Infantil de la Ciudad
Autónoma, y en aquellos con los que la Ciudad Autónoma acuerda Convenios, en el
curso 2015/2016, han sido las siguientes:
Tabla 1:
Plazas ofertadas atendiendo a los Centros Infantiles de la CAM.[2]
CENTRO INFANTIL
|
Nº PLAZAS |
· San Francisco |
129 |
· Virgen de la
Victoria |
115 |
· Infanta Leonor |
172 |
· Josefa Calles |
141 |
TOTAL: |
557 |
Tabla 2:
Plazas ofertadas atendiendo a los Centros Infantiles a través de Convenios con la
CAM.[3]
CENTRO INFANTIL
|
Nº PLAZAS |
· Santa Luisa de
Marillac |
20 |
[1]
Véase: El apartado 9 del Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades de la
Ciudad Autónoma de Melilla 2017-2020 (9. Estimación presupuestaria).
[2]
Plazas ofertadas en el curso escolar 2015/2016 en los Centros Infantiles
dependientes de la Ciudad Autónoma de Melilla.
[3]
Plazas ofertadas en el curso escolar 2015/2016 en los Centros Infantiles con
los que la Ciudad Autónoma colabora a través de Convenios.
· Divina Infantita |
25 |
· Enrique Soler |
25 |
· Merlín |
15 |
· Cruz Roja |
15 |
TOTAL: |
100 |
Conforme a estos datos, podemos apreciar
que, en el curso escolar 2016/2017 se ofertaron un total de 657 plazas en
Centro Infantiles, por lo que, la Ciudad Autónoma ha conseguido aumentar el
número de vacantes, con respecto al curso anterior, en el que se ofertaron 607
plazas.
Por lo tanto,
se puede apreciar que la Ciudad Autónoma, ha venido impulsando la conciliación
a través del incremento de la oferta de este recurso, pues, en cinco años la
oferta de plazas públicas ha pasado de 200 a 700. Concretamente, los últimos
datos presupuestarios referentes al año 2017, reflejan que se destinaron 3,38
millones de euros para la financiación de los Centros Infantiles.
Este hecho,
supone una medida muy positiva de la que se benefician centenares de familias
melillenses que podrán hacer posible la conciliación de su vida laboral y
familiar en nuestra Ciudad.
Por su parte,
existe una extensa red de ludotecas en la Ciudad Autónoma de Melilla, en las
que se ofrecen más de 300 de plazas para que, tanto niñas como niños de todas
las edades, como mujeres, puedan disfrutar de la atención social y educativa
que en dichos centros se imparte. Estos centros educativos y recreativos se
encuentran disponibles, tanto en horario de mañana, como de tarde, para hacer
posible una efectiva conciliación familiar y laboral. Así, según los últimos
datos presupuestarios del año 2017, se destinaron más de 940.000 euros a estos
centros, para mejorar sus instalaciones, así como, aumentar su personal y
plazas disponibles.
v Síntesis: El aumento de plazas disponibles,
así como el presupuesto destinado a las entidades que hacen posible una
efectiva conciliación familiar, personal y laboral, supone una medida de avance
en la igualdad en los siguientes aspectos:
A)
La Ciudad Autónoma de Melilla apuesta por la corresponsabilidad familiar
y facilita la conciliación.
B)
La Ciudad Autónoma de Melilla, aboga por una igualdad de oportunidades
de acceso al empleo entre mujeres y hombres, y ayuda a su consecución.
C)
La Ciudad Autónoma de Melilla, colabora en la superación de los estereotipos
familiares y de género, y aporta medidas eficientes para tal finalidad.
De otro lado,
para seguir contribuyendo con la incorporación de la mujer melillense a la vida
laboral, y haciendo hincapié en aquellas mujeres que carecen de formación, así
como de recursos para ello, la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de su
Viceconsejería de la Mujer y Juventud, encuadrada en la Consejería de
Educación, Juventud y Deportes, lleva a cabo una amplia acción formativa,
focalizada en mujeres que se encuentran en situación de especial
vulnerabilidad.
En este
sentido, algunos de los cursos impartidos y desarrollados por la Viceconsejería
de la Mujer y Juventud, en los últimos años, son los siguientes:
-
Manipulación de alimentos.
-
Administración y trámites con la Administración on-line.
-
Inicio empresarial.
- Empleabilidad e itinerarios
de empleo.
- Atención sociosanitaria.
- Mantenimiento básico de
edificios.
- Economía doméstica.
- Alfabetización y
alfabetización digital.
- Costura.
-
Preparatoria ESO.
Analizando los
datos recogidos en la Viceconsejería de la Mujer y Juventud, concluimos
sabiendo que en el último año más de 280 mujeres han participado en estas acciones
formativas, siendo, en términos generales, mujeres mayores de 35 años, casadas
y con hijos (entre 1 y 3 hijos).
El objetivo
principal de dichos cursos formativos se realizan con vocación de favorecer la
inserción laboral de estas mujeres, pero sin olvidarnos del derecho de conciliación
de la vida personal y familiar, y, por lo tanto, se imparten en un horario
adaptado a estas necesidades, de manera que, las usuarias pueden desarrollar
dichos cursos de manera efectiva y sin tener que desatender las
responsabilidades familiares o personales.
1.
Denuncias, sentencias condenatorias y órdenes de protección concedidas
por violencia de género.
A continuación,
se muestran los datos de violencia de género en Melilla correspondientes al año
2016.[1]
Ø
Denuncias presentadas: 411
Ø Medidas judiciales de
protección otorgadas: 164
(De las cuales 136 penales y 28 civiles)
Ø Órdenes de protección
solicitadas: 51
Ø Órdenes de protección
adoptadas: 49
Ø
Porcentajes de sentencias condenatorias entre los enjuiciados: 75,8
%
Según los
datos del Consejo General del Poder Judicial, se cuenta con un total de 411 denuncias
presentadas en el año 2016 en Melilla, lo que supone un aumento importante con respecto
a las denuncias presentadas en los últimos 5 años por violencia de género.
Este aumento
de denuncias refleja que las campañas nacionales y locales, en contra de la
violencia de género, llevadas a cabo por la Ciudad Autónoma de Melilla, a
través de su Viceconsejería de la Mujer y Juventud, están dando sus frutos.
En las
campañas desarrolladas por dicha Viceconsejería, se recuerda la importancia de la
conveniencia de denunciar los malos tratos, tanto por parte de la mujer
víctima, como por parte de las/ los familiares y allegadas/os, quienes sean
testigos o conocedores de una situación de violencia de género, así como, el
deber de los profesionales que, en el ejercicio de sus funciones y
competencias, detecten una situación de violencia de género.
Denunciar la
violencia de género es un paso esencial para romper con el silencio que durante
muchos años ha alimentado esta lacra y, por lo tanto, concienciar a la sociedad
de que es labor de todos y todas, luchar contra la manifestación más cruel y
vejatoria de la violencia, ello, en pro del derecho fundamental a la vida.
Haciendo un
recuento de las denuncias presentadas en el año 2016, resulta necesario hacer
la siguiente diferenciación:[2]
AÑO 2016 |
Presentada directamente por la víctima |
Atestado policial con denuncia de víctima |
Atestado policial por intervención directa policial |
Parte de lesiones recibido directamente en el Juzgado |
Primer Trimestre |
59,7% |
37,3% |
3,0% |
0% |
Segundo Trimestre |
0% |
49,0% |
51% |
0% |
Tercer Trimestre |
0% |
3,5% |
51,7% |
44,8% |
Cuarto Trimestre |
13,1% |
16,2% |
20,2% |
50,5% |
Conforme a estos datos, conviene destacar por un lado que, en el primer
trimestre de 2016, el mayor porcentaje de denuncias presentadas, fueron
interpuestas por las propias víctimas. Además, observamos que, tanto en el
primer, como en el segundo trimestre de 2016, casi la mitad del total de las
denuncias fueron interpuestas mediante atestado policial con denuncia de la
víctima. Con estos datos se constata positivamente que las víctimas están
perdiendo el miedo a denunciar y confían en los medios y profesionales que la
Ciudad Autónoma les proporciona para su protección.
De otro lado, resulta importante resaltar que, en el segundo y tercer
trimestre de 2016, el mayor porcentaje de denuncias devienen interpuestas por
intervención directa policial, y en el tercer y cuarto trimestre, en torno al
50% de las denuncias fueron interpuestas mediante parte de lesiones recibido
directamente en el Juzgado.
En el marco de este Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, debe
hacerse mención expresa, así, como un reconocimiento especifico a todas/os
las/os profesionales que trabajan diariamente esta materia tan sensible.
Además, es imprescindible seguir incidiendo en la importancia de que las
mujeres víctimas de violencia de género denuncien a sus agresores. Por ello,
sirviéndonos de este Plan de Igualdad, les recordamos que, en la Ciudad
Autónoma de Melilla, a través de la Viceconsejería de la Mujer y Juventud, se
ofrece una atención integral e individualizada con el fin de ayudar y asesorar
a las víctimas, de forma que pongan fin a la violencia que sufren,
aportándoles, para ello, asistencia psicológica, jurídica, social y orientación
laboral.
3. FASES DEL PLAN.
|
EVALUACIÓN DEL I PLAN |
FASE
1 |
DISEÑO DEL BORRADOR |
FASE
2 |
APORTACIONES Y ELABORACIÓN DEL PLAN DEFINITIVO |
|
PROCESO DE APROBACIÓN |
FASE
4 |
PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓN |
FASE
5 |
|
3.
OBJETIVOS Y DIRECTRICES ESTRATÉGICAS
La Igualdad entre mujeres
y hombres constituye un valor fundamental, reconocido tanto a nivel
internacional y europeo, como estatal, por lo que se trata de un objetivo
primordial de este Plan de Igualdad. Si bien la Unión Europea posee Tratados y
Pactos que abogan por dicha igualdad, la situación social actual hace necesario
que se sigan adoptando medidas que contribuyan a paliar las desigualdades
existentes entre sexos a través de las políticas de igualdad e instaurando la
dimensión de género en todos los ámbitos de actuación en la Unión Europea.
En este
sentido, y conforme a los objetivos de la Estrategia de Europa 2020, España
impulsó el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades 2014-2016, a través
del cual se han promovido medidas y actuaciones en los distintos ámbitos que
tienen relevancia para la igualdad entre hombres y mujeres.
Por lo tanto,
basándonos en el PEIO estatal, la Ciudad Autónoma de Melilla, persigue, a
través de su propio plan, cumplir con los objetivos estratégicos que debe
encuadrar dicha medida de igualdad. Dichos propósitos son los siguientes:
Atendiendo a los anteriores objetivos,
las directrices estratégicas del PEIO de la Ciudad Autónoma de Melilla, se
encuadran en 7 ejes:
·
EJE 1: Transversalidad de
Género.
El primero de
los ejes estratégicos que la Ciudad Autónoma de Melilla incluye en su Plan
Estratégico de Igualdad de Oportunidades, es la transversalidad del principio
de igualdad entre mujeres y hombres en todos los niveles de la administración
pública. Con este objetivo principal buscamos la incorporación de la
transversalidad de género en los diferentes ámbitos de intervención de las
políticas públicas de la Ciudad.
La transversalidad de género es definida por la Comisión Europea (1996)
como: “La
integración de la perspectiva de género en todas las fases del proceso de las
políticas: diseño, implementación, seguimiento y evaluación, con el objetivo de
promover la igualdad entre mujeres y hombres. Significa evaluar cómo inciden
las políticas en la vida y posición de mujeres y hombres responsabilizándose de
su modificación si fuera necesario. Esta es la manera de hacer de la igualdad
de género una realidad concreta en la vida de mujeres y hombres creando
espacios comunes tanto en las organizaciones como en las comunidades para
contribuir a articular una visión compartida del desarrollo humano sostenible,
transformándolo en una realidad”.
A) En
la promoción de la igualdad y en la puesta en marcha de medidas específicas a favor de las mujeres.
B) En el objetivo de movilizar, a
favor de la igualdad, el conjunto de
acciones y políticas públicas, incluyendo la atención a los posibles
efectos sobre las distintas situaciones de mujeres y hombres.
La
transversalidad de género viene recogida en diferentes normas nacionales e
internacionales, siendo la mayor referencia nacional, la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres.
En relación a
su articulado destacar el artículo 14, el cual establece los criterios
generales de actuación de los poderes públicos; y el artículo 15, en el que se
dispone que el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y
hombres informará, con carácter transversal, la actuación de todos los poderes
públicos, estableciendo, además, que, “las
administraciones públicas lo integrarán, de forma activa, en la adopción y
ejecución de sus disposiciones normativas, en la definición y presupuestación
de políticas públicas en todos los ámbitos y en el desarrollo del conjunto de
todas sus actividades”.
Para llevar a
cabo la transversalidad de género pretendida, la Ciudad Autónoma de Melilla, a
través de sus respectivos entes, desarrolla los siguientes objetivos
estratégicos y operativos:
1.1.
Objetivo Estratégico: Promover la aplicación del principio
de Igualdad de Trato y de Oportunidades entre mujeres y hombres en las
Políticas Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla.
1.2.
Objetivos Operativos:
1.2.1.
Sensibilizar y formar, de manera continuada, al personal de la
Administración local, en transversalidad de género y en igualdad de
oportunidades de acceso al empleo.
1.2.2.
Incluir la transversalidad de género en las actuaciones de las
distintas entidades públicas de la Ciudad Autónoma, para garantizar el principio de igualdad de trato y de
oportunidades en las políticas generales.
1.2.3.
Promover la participación equilibrada de mujeres y hombres en el ámbito
público.
1.2.4.
Fomentar un lenguaje no sexista en documentos públicos de la
Administración local.
·
EJE 2: Formación y Empleo.
El segundo eje
que este PEIO recoge es la Formación y Empleo. Es un eje basado en la formación
e inserción laboral, sobre todo de aquellas personas, que se encuentran en
situación de exclusión laboral y social, ello con la finalidad de que consigan
su incorporación en el mercado laboral.
Se incluye el
presente eje, considerando que la formación es absolutamente necesaria para
mejorar la empleabilidad y en consecuencia, facilitar la incorporación al
mercado laboral de las mujeres, permitiendo una autonomía económica a partir de
la cual poder afrontar todas las dimensiones de la exclusión social.
Este objetivo
adquiere mayor relevancia para las mujeres víctimas de violencia de género,
dado que además de los fines citados, es necesario para romper el vínculo con su agresor y lograr su
efectiva recuperación integral.
Las mujeres
víctimas de violencia de género presentan, en la mayoría de ocasiones,
especiales dificultades para acceder a un empleo. Esto es así, dado que uno de
los rasgos que comparten las víctimas de violencia de género es el aislamiento
del mundo laboral y social y el hecho de tener que asumir cargas familiares de
forma exclusiva.
En este
sentido, la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Viceconsejería de la
Mujer y Juventud, se lleva a cabo una atención integral llevado a cabo por
personal especializado.
A fin de dar
cumplimiento a este eje, se establecen los siguientes objetivos:
2.1. Objetivo Estratégico:
Favorecer la inserción laboral de las mujeres, en general, y de las que se
encuentran en situación de vulnerabilidad, en particular.
2.2. Objetivos
Operativos:
2.2.1. Impulsar la formación básica
y profesional de las mujeres a fin de lograr su incorporación al mercado
laboral y consecuentemente, su independencia económica.
2.2.2. Promover medidas que
contribuyan a la inserción o reinserción laboral de las mujeres.
·
EJE 3: Violencia de Género y otras formas de violencia hacia la mujer.
Este eje se centra en la violencia sobre la mujer, especialmente en el
género, pues es la manifestación más extrema y cruel de la desigualdad entre
hombres y mujeres en nuestra sociedad.
El Preámbulo de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de
Protección Integral contra la Violencia de Género, establece que este tipo de violencia no es
un hecho que afecte al ámbito privado, sino que, es un problema que incumbe a
toda la ciudadanía, puesto que la existencia de esta problemática atenta contra
los derechos fundamentales, tales como: el derecho a la vida; a la integridad
física y emocional; y la libertad y dignidad de las víctimas. Se trata de una
violencia que se ejerce sobre las mujeres por el mero hecho de serlo, por ser
consideradas por sus agresores, inferiores a ellos y carentes de los derechos
de libertad y capacidad de decisión.
Ante esta
situación, la Ciudad Autónoma de Melilla, considera que es indispensable la
prevención y sensibilización social en este campo.
Por este
motivo, en consonancia con la ley precitada, se aboga por la educación de los
niñas y niños desde edades tempranas, basada en la promoción de las relaciones
de respeto e igualdad de género. Igualmente, resulta esencial el trabajo con
jóvenes para lograr un progreso en esta problemática.
Otro aspecto
de vital relevancia para acabar con esta lacra es, precisamente, el
empoderamiento de las mujeres. Además, es importante la concienciación y la
movilización social, inclusive, a través de los medios de comunicación y las
redes sociales, pues es un componente importante de una estrategia de
prevención efectiva.
De otro lado,
la colaboración interinstitucional, esto es, la correcta y paulatina coordinación
con la Administración General del Estado y con las entidades competentes en
materia de violencia de género en la Ciudad Autónoma de Melilla es
absolutamente necesaria para realizar una correcta intervención con las
víctimas de violencia de género.
Para la
consecución de todas estas pretensiones, la Ciudad Autónoma de Melilla, lleva a
cabo las siguientes medidas ejecutivas:
1.1.
Objetivo Estratégico:
Erradicar la violencia hacia la mujer en todas sus manifestaciones, y más
concretamente, la violencia de género.
1.2. Objetivos
Operativos:
1.2.1. Prevenir cualquier tipo de maltrato hacia la mujer (físico,
psicológico, sexual, etc).
1.1.1. Consolidar y potenciar las medidas de atención integral a las mujeres,
y en especial, a las víctimas de violencia de género.
1.1.2. Coordinar y colaborar entre los distintos servicios competentes
nacionales y locales, para garantizar una correcta intervención en relación con
la valoración y gestión del riesgo.
1.1.3. Colaborar con la Administración General del Estado y Administración
local, para ofrecer una asistencia social integral a las mujeres víctimas de la
violencia de género.
1.1.4. Impulsar medidas de sensibilización sobre la violencia de género.
·
EJE 4: Juventud y Educación en Valores.
El cuarto eje
estratégico de este Plan de Igualdad viene dedicado a la Juventud y educación
en valores. En este sentido, se considera que, la educación tiene una
importancia extraordinaria, pues es un agente de socialización junto con la
familia, medios de comunicación, redes sociales, amistades, religión y el
lenguaje. Y como agente de socialización, su función, junto con la transmisión
de conocimientos, es la transmisión de valores, actitudes, aptitudes y comportamientos
que los seres humanos debemos aprender e interiorizar, facilitando nuestra
integración en la sociedad. Además, la educación es una herramienta fundamental
para fomentar valores igualitarios.
Así, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (LOE) desarrolla el
artículo 27 de la Constitución Española y apuesta por una educación no
sexista basada en la coeducación. De este modo, lo recoge en su artículo 2.b),
como uno de los principales fines de nuestro sistema educativo: “La educación en el respeto de los derechos
y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre
hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas
con discapacidad”.
De otro lado,
el Plan Estratégico de Igualdad de
Oportunidades 2014-2016, incluyó un eje específico en materia de
educación, “orientado a promover la igualdad de oportunidades a través del
sistema educativo, y el equilibrio en la elección de ramas formativas y
profesiones, promoviendo un cambio de cultura entre el profesorado, el alumnado
y la sociedad en su conjunto, promoviendo la igualdad real y efectiva en la
elección de itinerarios formativos”.
Por todo ello,
la Ciudad Autónoma de Melilla, apuesta por la coeducación, que debe impregnar la totalidad del sistema
educativo, pues ha de adquirir una serie de valores que les posibilite
participar en la sociedad en igualdad de condiciones. Para ello, la coeducación ha de ser considerada como un
principio transversal.
La Ciudad
Autónoma de Melilla, también promueve la educación no sexista. Ésta debe estar basada en el aprendizaje y
desarrollo de una serie de habilidades, capacidades y valores, que permitan al
alumnado, independientemente de su sexo, enfrentarse a una sociedad en continuo
cambio, teniendo en cuenta la necesidad de conseguir su propia integración como
personas libres y con iguales oportunidades de participación en la misma. Es
importante que, estos alumnos y alumnas, sean protagonistas de los avances que
se producen en ella, disponiendo de las habilidades necesarias para una
correcta adaptación.
Por otro lado,
esta Ciudad considera que es importante una educación en contra de la violencia
de género dirigida a la juventud melillense. En cuanto a la juventud, es
imprescindible implicarla, tanto en la igualdad, como en la lucha contra la
violencia de género. Nos hallamos ante un problema histórico, en el que los
roles de una sociedad patriarcal, provocaban que esta terrible realidad fuera
silenciada o ignorada. Por ello, a día de hoy, los hombres deben estar igual de
implicados que las mujeres, asumiendo su corresponsabilidad para su
erradicación.
De otro lado,
debe educarse a las mujeres jóvenes en la detección temprana de los síntomas de
violencia de género, a fin de detectar las señales que les podrían llevar a una
relación de desigualdad y violencia.
Por lo tanto,
para la consecución de una óptima coeducación, de una efectiva educación no
sexista, y de una educación en contra de la violencia de género dirigida hacia
la juventud melillense, la Ciudad Autónoma de Melilla, pone en marcha los
siguientes objetivos:
4.1. Objetivo Estratégico:
fomentar la coeducación para favorecer patrones sociales igualitarios que
contribuyan a una igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.
4.2. Objetivos
Operativos:
4.2.1. Sensibilizar y concienciar a
toda la sociedad en general, y a la comunidad educativa, en particular
(alumnado, profesorado y familia) sobre igualdad entre mujeres y hombres y
prevención de la violencia de género.
4.2.2. Eliminar cualquier tipo de
discriminación hacia la mujer en el ámbito educativo.
4.2.3. Promover una escuela libre
de acoso escolar por cualquier forma de discriminación.
4.2.4. Potenciar el concepto de
coeducación, mediante la transmisión a la juventud de valores sociales como la
tolerancia y el respeto.
4.2.5. Formar una nueva generación
que base sus actuaciones, presentes y futuras, en el principio de igualdad y en
la disolución de los roles de género.
4.2.6. Sensibilizar e informar a
los jóvenes melillenses sobre la realidad de la violencia de género.
·
EJE 5: Conciliación y Corresponsabilidad.
El quinto eje
estratégico del Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades de la Ciudad
Autónoma de Melilla, se centra en la conciliación de la vida laboral, personal
y familiar, así como, en la corresponsabilidad. Pues bien es cierto que, uno de
los pasos más importantes que nuestra sociedad ha dado hacia la igualdad entre
mujeres y hombres, ha sido la incorporación de las mujeres al mercado laboral.
Sin embargo, este hecho no es suficiente puesto que, no ha llevado consigo la
involucración de los hombres al trabajo doméstico, pues, en la mayoría de las
familias, las tareas domésticas siguen recayendo sobre las mujeres.
Además, por
parte de las instituciones públicas y privadas, así como, por parte de la
sociedad en su conjunto, deben crearse mecanismos que permitan que el tiempo de
trabajo sea más equilibrado y ofrezcan servicios que se adapten a las
necesidades de las personas en todas las facetas de su vida.
Para la
consecución de estas medidas, la Ciudad Autónoma de Melilla, impulsa los
siguientes objetivos:
5.1.
Objetivo Estratégico: Promover la ordenación del tiempo de trabajo, la
conciliación y la corresponsabilidad familiar.
5.2.
Objetivos Operativos:
5.2.1.
Favorecer medidas de conciliación, tanto en el ámbito público, como en
el privado.
5.2.2.
Reservar plazas en los centros de Educación Infantil a familias con
situaciones específicas.
5.2.3.
Sensibilizar y concienciar sobre la asunción de responsabilidades
familiares de todos sus miembros.
·
EJE 6: Participación y visibilización de las Mujeres en los distintos
ámbitos: político, económico, social y cultural.
El sexto eje de nuestro Plan de Igualdad, lo dedicamos a la participación
y visibilización de las mujeres en todos los ámbitos de nuestra sociedad:
político, económico, social y cultural. Esta Ciudad Autónoma, entiende que
dicha participación hace referencia a la plena integración social de la mujer
en todos las esferas, dotándola de la visibilidad necesaria.
La
participación de las mujeres en los órganos de toma de decisiones es una
asignatura pendiente en nuestra sociedad. Pues se trata de un ámbito
masculinizado donde, en muchas ocasiones, las mujeres no tienen las mismas
oportunidades para promocionarse que los hombres y además, los roles
tradicionales de género, siguen limitando la actividad profesional de muchas
mujeres en el ámbito público y privado.
Podemos
apreciar que, en los últimos años se han desarrollado acciones que han
permitido a las mujeres acceder a los cargos políticos a través de las cuotas de participación, siendo éstas
un ejemplo de acción positiva. En este sentido la Ley Orgánica 3/2007 para la
Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, manifiesta en su Disposición adicional
primera, lo siguiente: “A los efectos de esta Ley, se entenderá por
composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el
conjunto a que se refiera, las personas
de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por
cierto”.
Conviene
referir que la participación de las mujeres está estrechamente relacionada con
el empoderamiento femenino. Este
término fue acuñado en la IV Conferencia Mundial de las Mujeres en
Beijing (Pekín, 1995) para referirse al aumento de la participación de las
mujeres en los procesos de toma de decisiones y acceso al poder.
Con estas
medidas, lo que esta Ciudad pretende es conseguir una sensibilización de los y
las melillenses, así, como una concienciación de toda la sociedad para dotar a
la mujer de la importancia y el lugar que se merece, teniendo en cuenta que,
tradicionalmente, es el género que siempre se ha encontrado invisibilizado tras
la sombra del hombre.
Para
desarrollar y dar forma a estas consideraciones, la Ciudad Autónoma de Melilla,
lleva a cabo las siguientes medidas:
6.1. Objetivo Estratégico: Visibilizar y
potenciar la participación de las mujeres en los ámbitos político, económico,
social y cultural.
6.2. Objetivos
Operativos:
6.2.1.
Impulsar
el empoderamiento de las mujeres.
6.2.2.
Visibilizar
la participación y aportación de las mujeres en distintos ámbitos.
6.2.3.
Fomentar
y velar por una imagen equilibrada y no estereotipada de la mujer en la
sociedad.
6.2.4.
Promocionar
campañas informativas y de sensibilización en fechas clave que conmemoran o
reivindican temas relacionados con la igualdad de género.
6.2.5.
Sensibilizar
y concienciar sobre la importancia que tiene la imagen que la sociedad dé sobre
la mujer.
·
EJE 7: Salud, Actividad
física y Deporte.
El séptimo eje de nuestro
PEIO viene dedicado a la salud, actividad física y el deporte, fundado en la
idea de que una vida sana y activa mejora la calidad de vida de las mujeres, en
general, y de las víctimas de violencia de género, en particular.
En las últimas décadas,
numerosos estudios han incidido que la práctica de ejercicio
físico puede mejorar, tanto nuestra salud física, como nuestras funciones
cognitivas. Además, el ejercicio
favorece la liberación de endorfinas, unas sustancias químicas que producen sensación de felicidad y euforia.
Así, lo explica el psiquiatra John Ratey de la Escuela de Medicina de Harvard.
Por lo tanto, desde la
Ciudad Autónoma de Melilla, se apuesta por el deporte como método para mejorar
la calidad de vida. Pues consideramos que la práctica del mismo puede ayudar a
las mujeres en los siguientes aspectos:
-
Disminuir el grado de ira, ansiedad, angustia y depresión, y a su vez,
provocar sentimientos de felicidad.
-
Disminuir la sensación de fatiga, aportándole más energía y capacidad
de trabajo.
-
Incrementar la fuerza y resistencia de los músculos.
-
Prevenir el deterioro muscular y óseo producido por los años.
-
Facilitar los movimientos de la vida diaria.
Todos estos
aspectos que proporciona el deporte son imprescindibles en la vida de las
mujeres, y en especial, en la vida de las víctimas de violencia de género,
puesto que, estas mujeres suelen padecer cuadros de depresión, estrés
postraumático y baja autoestima. Además, tienden a ser mujeres sedentarias,
porque, normalmente, se han encontrado importantes limitaciones para trabajar
o, en muchos casos, han tenido que dejar de hacerlo por mandato de sus parejas
-para así hacerlas dependientes, económicamente, de ellos-, y, porque, la
situación de maltrato en la que viven, les hace generar una tensión que les
provoca sensación de cansancio, debilidad física y trastornos del sueño.
Por otro lado,
debemos saber que, originariamente, el deporte fue ideado por y para hombres,
para el desarrollo de sus capacidades físicas y como vía de transmisión de
determinados valores, como la competencia, la supremacía, la fortaleza física o
la agresividad. La mujer, sin embargo, tenía tradicionalmente asignado un
determinado rol en la familia que era incompatible con otro que supusiera la
posibilidad de participar en ese mundo deportivo, puesto que la concepción
social mayoritaria es que los deportes atentaban contra la feminidad de la
mujer.
Por todo ello,
la Ciudad Autónoma de Melilla, aboga por la mejora de la calidad de vida de las
mujeres melillenses, así, como por una participación equilibrada en el deporte
de mujeres y hombres, desterrando estereotipos.
Para llevar a
cabo tales propósitos, esta Ciudad desarrolla los siguientes objetivos:
7.1. Objetivo Estratégico: Promover la actividad
física y el deporte para mejorar la salud, la calidad de vida de las mujeres y
la igualdad.
7.2. Objetivos Operativos:
7.2.1.
Fomentar
programas de salud que mejoren la calidad de vida de las mujeres atendiendo a
cada etapa de su vida.
7.2.2.
Impulsar
una participación equilibrada de mujeres y hombres en la actividad física y el
deporte.
5.
EQUIPO RESPONSABLE DEL DESARROLLO Y EVALUACIÓN DEL PEIO.
Para el cumplimiento del
Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades que la Ciudad Autónoma de Melilla
presenta, y por lo tanto, para la puesta en marcha y desarrollo de los
objetivos propuestos, se precisa de una Comisión Técnica que se encargará del
seguimiento de los mismos. Esta Comisión estará formada por el siguiente
personal técnico de la Viceconsejería de la Mujer de la Ciudad Autónoma:
-
Agentes de Igualdad del Observatorio de Igualdad.
-
Técnicos/as del Centro de Información y Asesoramiento de la Mujer
(CEM).
De otro lado, este Plan de
Igualdad deberá someterse a una evaluación continua para estudiar los objetivos
propuestos y la consecución de los mismos, a fin de incorporar posibles
mejoras. Así pues, la Comisión Evaluadora encargada de ello estará compuesta
por:
-
La
Viceconsejera de Mujer y Juventud, como Presidenta de la Comisión.
-
La
Jefa de la Unidad de Coordinación contra la Violencia de Género en Melilla,
como representante de la Delegación del Gobierno.
-
Un/a
representante de la Dirección Provincial del Ministerio de Educación en
Melilla, responsable de los programas de igualdad de la Unidad de Programas.
-
El
Secretario Técnico de la Viceconsejería de la Mujer, encargado de levantar Acta
de las comisiones.
-
Dos
técnicos y/o Agentes de Igualdad de la Viceconsejería de la Mujer.
-
Dos
personas elegidas por sorteo de entre los miembros de Consejo Sectorial.
6.
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO.
La evaluación
del PEIO tiene como finalidad conocer el grado de consecución de los objetivos
planteados inicialmente, así como, la eficacia de las medidas adoptadas durante
su desarrollo.
Por tanto, uno
de los objetivos principales en el proceso de evaluación consistirá en corregir
o paliar cualquier obstáculo o limitación que impida o restrinja el correcto
desempeño de las acciones establecidas.
La evaluación
se llevará a cabo antes y después de la puesta en marcha del Plan de Igualdad.
-
Antes de su ejecución: Una vez desarrollado el borrador del Plan por el
Observatorio de Igualdad de la Viceconsejería de la Mujer de la Ciudad Autónoma
de Melilla, será remitido al Consejo Sectorial para que hagan llegar sus
aportaciones con respecto al mismo. Posteriormente, el Plan de Igualdad
provisional será publicado en el BOME para que en un período de 30 días la
ciudadanía pueda aportar sus propuestas y así, poder participar en la
elaboración del Plan de Igualdad de la ciudad.
-
Después de su ejecución: Una vez que el Plan haya cumplido su vigencia de
cuatro años, se procederá a su evaluación por la Comisión Evaluadora encargada
de la misma, con lo que se permitirá conocer el grado de consecución de los
objetivos planteados inicialmente, realizar las propuestas de mejora necesarias
y proponer soluciones para los posibles obstáculos acaecidos.
La evaluación
realizada a posteriori se basará en algunos de los criterios de evaluación
recogidos en el PEIO (2014-2016)[1]:
la calidad de la ejecución, la eficacia, la eficiencia y la efectividad.
5.
ESTIMACIÓN PRESUPUESTARIA
EJE
1: Transversalidad de género |
402.278,11 € |
EJE 2: Formación y empleo |
1.122.603,00 € |
EJE 3: Violencia de género y
otras formas de violencia hacia la mujer
|
429.574,69 € |
EJE 4: Juventud y educación en
valores |
1.315.585,00 € |
EJE 5: Conciliación y
corresponsabilidad |
1.675.000,00 € |
[1]
Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades (2014-2016). Instituto de la
Mujer y para la Igualdad de Oportunidades. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.
EJE 6: Participación y
visibilización de las mujeres en los distintos ámbitos públicos |
61.800,00 € |
EJE 7: Salud, actividad física
y deporte |
328.285,40 € |
5. DESARROLLO
DE LOS EJES. ACTUACIONES LLEVADAS A CABO POR LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILA PARA
LA CONSECUCIÓN DE LOS PROPÓSITOS DEL PEIO 2018-2023.
EJE |
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS |
OBJETIVOS OPERATIVOS |
ACCIONES |
ÁREAS |
1. TRANSVERSALIDAD DE GÉNERO |
1.1. Promover la aplicación del principio de Igualdad de Trato y de
Oportunidades entre mujeres y hombres en las Políticas Públicas de la Ciudad
Autónoma de Melilla. |
1.1.1. Sensibilizar y formar, de manera continuada, al
personal laboral y funcionarial de la Administración local, en
transversalidad de género y en igualdad de oportunidades de acceso al empleo. |
1.1.1. a) Requerimiento de
personal especializado en Igualdad y prevención de la Violencia de género
para los puestos de trabajo que se desarrollen en dicha área (Agentes de
Igualdad). 1.1.1. b) Promoción de mecanismos
para fomentar la formación en violencia de género de los trabajadores de la
Administración local que trabajen en contacto con víctimas de violencia de
género: (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,
INGESA, trabajadores sociales, etc.). 1.1.1. c) Impulso de medidas para
el fomento de la formación en igualdad de género en todos los ámbitos de la
Administración local. |
ADM. LOCAL Consejería de Educación, Juventud
y Deportes Consejería de Economía, Empleo y
Administraciones Públicas Delegación del Gobierno Melilla ÁREA Viceconsejería de la Mujer y
Juventud. Centro de Información y Atención
Integral a la Mujer. Observatorio de Igualdad. |
1. TRANSVERSALIDAD DE GÉNERO |
|
1.1.2.
Incluir la transversalidad de género en las actuaciones de las distintas
entidades públicas de la Ciudad Autónoma, para garantizar el principio de igualdad de
trato y de oportunidades en las políticas generales. |
1.1.2.
a) Seguimiento de la incorporación de temario relacionado con la Igualdad de
Oportunidades entre mujeres y hombres en las bases de oposiciones para el
acceso al empleo público. 1.1.2. b) Impulso de acciones positivas, a
favor de los grupos más vulnerables, en relación a las políticas puestas en
marcha por la Administración local. 1.1.2. c) Coordinación con las distintas
entidades locales y estatales para que incluyan la igualdad de género en
todas las acciones llevadas a cabo por su competencia. |
ADM.
LOCAL Consejería
de Educación, Juventud y Deportes Consejería
de Economía, Empleo y Administraciones Públicas Consejería
de Bienestar Social Delegación
del Gobierno Melilla ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro
de Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio
de Igualdad. |
EJE |
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS |
OBJETIVOS OPERATIVOS |
ACCIONES |
ÁREAS |
2. FORMACIÓN Y EMPLEO |
2.1. Favorecer la
inserción laboral de las mujeres, en general, y de las que se encuentran en
riesgo de exclusión, en particular. |
2.1.1.
Impulsar la formación básica y profesional de las mujeres con bajo nivel
educativo para lograr su incorporación al mercado laboral y, consecuente
independencia económica. |
2.1.1. a)
Impartición de cursos formativos y gratuitos dirigidos a mujeres víctimas de
violencia de género y a madres con hijos a cargo y escasos recursos
económicos. 2.1.1. b)
Impartición de cursos y programas de alfabetización dirigidos a los
colectivos más vulnerables (mujeres desempleadas con escaso nivel educativo,
etc). 2.1.1. c)
Contratación de profesionales (profesores/as, psicólogos/as,
administrativos/as), para el apoyo integral e impartición de cursos
formativos gratuitos, que mejoren la empleabilidad de las mujeres en riesgo
de exclusión. |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes Consejería de
Economía, Empleo y Administraciones Públicas ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio de Igualdad. |
2. FORMACIÓN Y EMPLEO |
|
2.1.2.
Promover medidas que contribuyan a la inserción o reinserción laboral de las
mujeres. |
2.1.2. a)
Orientación laboral personalizada acerca de los recursos formativos
existentes en la Ciudad Autónoma. 2.1.2. b)
Asesoramiento dirigido a empresas melillenses acerca de los beneficios
(tributarios y sociales) que supone contratar a mujeres, especialmente, a
víctimas de violencia de género. 2.1.2. c)
Promoción del emprendimiento femenino en colaboración con las asociaciones de
mujeres artesanas de la Ciudad. 2.1.2. d)
Encuentros profesionales y campañas entre mujeres empresarias locales y el
personal del Centro de la Mujer de Melilla. 2.1.2. e) Promover la coordinación institucional
para la inclusión social del colectivo de mujeres en riesgo de exclusión
social. |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes Consejería de
Economía, Empleo y Administraciones Públicas ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio
de Igualdad. |
EJE |
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS |
OBJETIVOS OPERATIVOS |
ACCIONES |
ÁREAS |
3. VIOLENCIA DE GÉNERO Y OTRAS FORMAS DE VIOLENCIA HACIA LA MUJER |
3.1. Erradicar la violencia hacia la mujer en todas sus manifestaciones,
y, más concretamente, la violencia de género. |
3.1.1.
Prevenir cualquier tipo de maltrato hacia la mujer (físico, psicológico,
sexual, etc). |
3.1.1. a) Conmemoración del Día Internacional de la
Eliminación de la Violencia contra la Mujer (25 noviembre) llevando a cabo,
entre otras: jornadas de reflexión y concienciación sobre la violencia de
género, marcha contra la violencia de género, Jornadas Multidisciplinares
sobre violencia de género, presentación de aplicaciones informáticas, etc. 3.1.1. b) Difusión de los datos de violencia de género
para sensibilizar a la ciudadanía sobre esta lacra. 3.1.1. c) Coordinación con las entidades locales para
desarrollar campañas informativas y preventivas sobre la igualdad y la
violencia de género. |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio
de Igualdad. |
3. VIOLENCIA DE GÉNERO Y OTRASFORMAS DE VIOLENCIA
HACIA LA MUJER |
|
3.1.2. Facilitar la autonomía personal de las mujeres
víctimas de violencia de género y su integración sociolaboral. |
3.1.1. d) Promoción de medidas orientadas a la prevención
de la violencia de género entre jóvenes para evitar las situaciones de malos
tratos en las relaciones de parejas adolescentes. 3.1.1. e) Impulso de medidas para sensibilizar sobre la
eliminación de la prostitución, el tráfico de mujeres y su explotación
sexual. 3.1.1. f) Información y asesoramiento de los recursos
estatales existentes para las víctimas de trata. 3.1.2. a) Continuación con el servicio de orientación
laboral dirigido a las mujeres para su inserción social (Centro de la Mujer). 3.1.2. b) Promoción de la atención integral e
intervención social que el Centro de la Mujer aporta a las mujeres en
situación de vulnerabilidad. |
ADM. LOCAL Consejería de Educación, Juventud y Deportes ÁREA Viceconsejería de la Mujer y Juventud. Centro de Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio de Igualdad. |
3. VIOLENCIA DE GÉNERO Y OTRASFORMAS DE VIOLENCIA HACIA LA MUJER |
|
3.1.3. Consolidar y potenciar las medidas de atención integral a las
mujeres, y en especial, a las víctimas de violencia de género. |
3.1.3. a) Promoción y
mejora de los programas de atención integral para mujeres víctimas de
violencia de género y para sus hijos e hijas: casas de acogida,
teleasistencia, talleres de coeducación con los hijos/as, etc. 3.1.3. b) Continuación
con el apoyo psicológico prestado a las mujeres víctimas de violencia de
género, antes, durante y después de su situación de maltrato. 3.1.3. c) Continuación
con el asesoramiento jurídico gratuito a mujeres víctimas de cualquier
discriminación por razón de su sexo, haciendo especial atención a las
víctimas de violencia de género. 3.1.3. d) Continuación y
mejora del conjunto de los servicios existentes en la Viceconsejería de la
Mujer (Centro de la Mujer y Observatorio de Igualdad de Oportunidades). |
ADM. LOCAL Consejería de Educación, Juventud y Deportes ÁREA Viceconsejería de la Mujer y Juventud. Centro de Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio de Igualdad. |
3. VIOLENCIA DE GÉNERO Y
OTRASFORMAS DE VIOLENCIA HACIA LA MUJER |
|
3.1.4. Coordinación y colaboración
entre los distintos servicios competentes, nacionales y locales, para
garantizar una actuación integral en relación con la valoración y gestión del
riesgo. 3.1.5. Colaboración con la
Administración General del Estado y Administración local, para ofrecer una
asistencia social integral a las mujeres víctimas de la violencia de género. |
3.1.4. a) Actualización del
“Protocolo Interinstitucional de actuación en materia de violencia de género
de la Ciudad Autónoma de Melilla”. 3.1.4. b) Colaboración con todas
las entidades, nacionales y locales, que trabajan con las víctimas de
violencia de género para un conocimiento específico de cada caso, así como de
la evolución de los mismos. 3.1.5. a) Colaboración con la
Administración General del Estado, y en concreto, con la Delegación del
Gobierno para la Violencia de género, y demás entidades locales, a través de
los instrumentos jurídicos adecuados, para proporcionar una asistencia social
integral a las mujeres víctimas de violencia de género, así como a sus hijas
e hijos. |
ADM. LOCAL Consejería de Educación, Juventud
y Deportes Delegación del Gobierno Melilla ÁREA Viceconsejería de la Mujer y
Juventud. Centro de Información y Atención
Integral a la Mujer. Observatorio de Igualdad. |
3. VIOLENCIA DE
GÉNERO Y OTRASFORMAS DE VIOLENCIA HACIA LA MUJER |
|
3.1.6. Impulsar medidas de sensibilización sobre la violencia de género. |
3.1.6. a) Guardar un minuto de
silencio por cada víctima mortal de violencia de género. 3.1.6. b) Actualización de la guía
sobre los recursos de las víctimas de violencia de género. (Elaborado por el
Centro de la Mujer). 3.1.6. c) Puesta en marcha del
programa de atención psicológica a menores víctimas de violencia de género. |
ADM. LOCAL Consejería de Educación, Juventud
y Deportes Delegación del Gobierno Melilla ÁREA Viceconsejería de la Mujer y
Juventud. Centro de Información y Atención
Integral a la Mujer. Observatorio de Igualdad. |
EJE |
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS |
OBJETIVOS OPERATIVOS |
ACCIONES |
ÁREAS |
4. JUVENTUD Y EDUCACIÓN EN VALORES |
4.1. Fomentar la coeducación para favorecer patrones
sociales igualitarios que contribuyan a una igualdad real y efectiva entre
mujeres y hombres. |
4.1.1.
Sensibilizar y concienciar a toda la sociedad en general, y a la comunidad
educativa, en particular (alumnado, profesorado y familia) sobre igualdad
entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género. |
4.1.1. a) Impulso del uso de
aplicaciones informáticas que ayuden a detectar relaciones desigualitarias y
de control. 4.1.1. b) Continuación con campañas coeducativas
sobre igualdad de género, enfocado al alumnado de los centros educativos y
jóvenes de los barrios, a través de talleres, teatros, etc. 4.1.1. c) Desarrollo de un estudio hacia los
alumnos/as y, consecuente análisis del mismo, sobre la violencia de género
para poder detectar, de manera preventiva, este problema entre parejas
adolescentes. 4.1.1. d) Promover jornadas formativas de
coeducación con el profesorado y las asociaciones implicadas. |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio de Igualdad. |
4. JUVENTUD Y EDUCACIÓN EN VALORES |
|
4.1.2. Eliminar cualquier tipo de
discriminación hacia la mujer en el ámbito educativo. |
4.1.2. a) Colaboración en la
elaboración de guías y libros orientados a la eliminación de desigualdades en
el ámbito educativo. 4.1.2. b) Impulso de campañas de
sensibilización que promuevan una corresponsabilidad familiar entre mujeres y
hombres en los centros educativos y barrios. 4.1.2. c) Sensibilización sobre la
presencia equilibrada de mujeres y hombres en todas las profesiones, y en los
puestos de responsabilidad. 4.1.2. d) Inclusión de formación en igualdad en todas las acciones
educativas desarrolladas desde el área de Juventud. |
ADM. LOCAL Consejería de Educación, Juventud
y Deportes ÁREA Viceconsejería de la Mujer y
Juventud. Centro de Información y Atención
Integral a la Mujer. Observatorio de Igualdad. |
1.
JUVENTUD Y
EDUCACIÓN EN VALORES |
|
4.1.3. Promover una escuela libre de acoso escolar por
cualquier forma de discriminación. |
4.1.3. a)
Concienciación a la comunidad educativa de la necesidad de que se lleven a
cabo protocolos de actuación en caso de acoso escolar. 4.1.3. b)
Desarrollo de talleres o campañas formativas basadas en la promoción de las
conductas afectivos-sexuales igualitarias. 4.1.3. c)
Impulso de campañas de sensibilización sobre diversidad sexual para prevenir
el bullying, especialmente, por homofobia y transfobia, tanto en los centros
educativos, como en otras entidades locales. 4.1.3. d)
Promoción de campañas de sensibilización, tanto en las escuelas, como en
otras entidades, acerca de la exclusión social basada en estereotipos
discriminatorios (por sexo, pobreza, raza, status social, por tener avanzada
edad, por discapacidad, por profesión, etc). |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio
de Igualdad. |
4. JUVENTUD Y
EDUCACIÓN EN VALORES |
|
4.1.4. Potenciar el concepto de coeducación, mediante la
transmisión a la juventud de valores sociales como la tolerancia y el
respeto. |
4.1.4. a)
Creación de jornadas orientadas a concienciar sobre el buen uso de las Nuevas
Tecnologías de la Información y Comunicación, para prevenir el acoso o
extorsión. 4.1.4. b) Desarrollo de campañas dirigidas a la
prevención de los comportamientos violentos en los colectivos juveniles. 4.1.4. c) Impulso de actuaciones promocionales sobre
un uso no sexista del juego y el juguete. 4.1.4. d) Desarrollo de campañas informativas,
orientadas a la juventud melillense, para la concienciación sobre educación
sexual y embarazos no deseados. |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio
de Igualdad. |
4. JUVENTUD Y
EDUCACIÓN EN VALORES |
|
4.1.5. Formar
una nueva generación que base sus actuaciones, presentes y futuras, en el
principio de igualdad y en la disolución de los roles de género. 4.1.6. Sensibilizar e informar a los/las jóvenes
melillenses sobre la realidad de la violencia de género. |
4.1.5. a)
Continuación e impulso de jornadas de reflexión orientadas a concienciar a la
juventud melillense sobre la importancia de actuar desde la perspectiva de
una igualdad de género en su vida social, familiar y profesional. 4.1.5. b)
Fomento de acciones con la finalidad de incentivar a la juventud a la ruptura
de los estereotipos en sus estudios, para así, acabar con las profesiones
masculinizadas y las profesiones feminizadas. 4.1.6. a)
Impulso de jornadas informativas basadas en dar a conocer a la juventud la
tipicidad de la violencia de género, así como el deber de denunciarlo. 4.2.6. b)
Desarrollo de campañas de concienciación orientadas a que la juventud sepa
detectar los primeros rasgos de violencia de género para poder prevenirla y
evitarla a tiempo. |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio
de Igualdad. |
EJE |
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS |
OBJETIVOS OPERATIVOS |
ACCIONES |
ÁREAS |
5. CONCILIACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD |
5.1. Promover la
ordenación del tiempo de trabajo, la conciliación y la corresponsabilidad
familiar. |
5.1.1.
Favorecer medidas de conciliación, tanto en el ámbito público, como en el
privado. |
5.1.1. a) Aumento de técnicos/as en guardería,
para dotar de recursos de conciliación a las familias de la Ciudad Autónoma
de Melilla. 5.1.1. b) Actualización de la guía
sobre recursos existentes de conciliación de la vida personal, familiar y
laboral. (Elaborada por el Centro de la Mujer). 5.1.1. c) Fomento de la
escolarización de menores de 0-3 años para facilitar la conciliación vida
laboral-familiar, a través de los Convenios de la CAM con las escuelas de
Educación Infantil. 5.1.1. d) Impulso del apoyo
escolar para facilitar la conciliación personal y familiar, a través de la
red de ludotecas existentes en la Ciudad. |
ADM. LOCAL Consejería de Educación, Juventud
y Deportes Consejería de Economía, Empleo y
Administraciones Públicas Consejería de Bienestar Social ÁREA Viceconsejería de la Mujer y
Juventud. Centro de Información y Atención
Integral a la Mujer. Observatorio de Igualdad. |
5.
CONCILIACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD |
|
5.1.2. Reserva
de plazas en los centros de Educación Infantil a distintas familias con
situaciones específicas. |
5.1.2. a) Los
centros de primer ciclo de Educación Infantil reservarán plazas suficientes
para los niños/as tutelados/as por la Ciudad Autónoma de Melilla, así como
para los hijos/as de personas participantes en programas específicos de
protección o asistencia gestionados por la CAM. 5.1.2. b) Los
centros podrán integrar niños/as con necesidades educativas especiales. 5.1.2. c) Los
centros reservará una plaza por aula para alumnos/as que acrediten una
minusvalía superior al 33 por 100. 5.1.2. d) Los
centros reservaran un cupo de plazas al personal empleado de la Ciudad
Autónoma de Melilla, de acuerdo con lo establecido en los Convenios
Colectivos y Acuerdos Marcos de aplicación. |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes Consejería de
Bienestar Social ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio
de Igualdad. |
5.
CONCILIACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD |
|
5.1.3. Sensibilizar y concienciar a la sociedad
melillense sobre la asunción de responsabilidades familiares de todos sus
miembros. |
5.1.3. a)
Continuación y aumento de las campañas de concienciación sobre la
corresponsabilidad familiar. Ejemplos: “Vive tu Calle”, talleres, etc. 5.1.3. b)
Impulso de acciones que fomenten el ocio y tiempo libre entre las mujeres
(talleres, teatros, actividades lúdicas, etc). 5.1.3. c)
Promoción de jornadas a fin de corregir los roles estereotipados existentes
entre mujeres y hombres, y con el objetivo del fomento de la asunción
equilibrada de responsabilidades familiares. 5.1.3. d)
Continuación e impulso de los teatros educativos en igualdad, llevados a cabo
en los centros escolares y barrios de la Ciudad. |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio
de Igualdad. |
EJE |
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS |
OBJETIVOS OPERATIVOS |
ACCIONES |
ÁREAS |
6. PARTICIPACIÓN Y VISIBILIZACIÓN
DE LAS MUJERES EN ÁMBITOS PÚBLICOS |
6.1. Visibilizar y
potenciar la participación de las mujeres en los ámbitos político, económico,
social y cultural. |
6.1.1. Fomentar el
empoderamiento de las mujeres. |
6.1.1. a) Continuación y ampliación de programas
de alfabetización digital y apoyo educativo dirigido a las mujeres para
promover su autonomía. 6.1.1. b) Impulso de campañas que tengan como eje
central la visualización de experiencias de superación por parte de mujeres
en situación de vulnerabilidad. (Conferencias, presentación libros,
exposiciones). 6.1.1. c) Apoyo a los encuentros entre
asociaciones que desarrollen proyectos encaminados a favorecer y potenciar la
igualdad entre mujeres y hombres. |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes Consejería de
Cultura y Festejos ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio de Igualdad. |
6. PARTICIPACIÓN Y VISIBILIZACIÓN DE LAS MUJERES EN ÁMBITOS PÚBLICOS |
|
6.1.2. Visibilizar la
participación y aportación de las mujeres en todos los ámbitos. 6.1.3. Fomentar y velar por una imagen equilibrada y no
estereotipada de la mujer en la sociedad. |
6.1.2. a)
Continuación e impulso de actuaciones que promuevan la visibilización de las
mujeres en diferentes ámbitos: Certamen periodístico “Carmen Goes”, concurso
“Melilla, Mujer y Arte”, certamen redacción juvenil “Clara Campoamor”,
certamen Internacional relato corto “Encarna León”, etc. 6.1.2. b)
Apoyo a la difusión de las historias personales y profesionales de mujeres
melillenses cuya labor social y/o profesional haya destacado en la defensa de
la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres Ejemplo: Premio “Lourdes
Carballa”. 6.1.3. a)
Continuación de campañas que impulsen la visibilidad de la igualdad, el
empoderamiento femenino y la corresponsabilidad. Ejemplo: Vive tu calle,
campaña del 8 de marzo, etc. |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes Consejería de
Cultura y Festejos ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio
de Igualdad. |
6. PARTICIPACIÓN Y VISIBILIZACIÓN DE LAS MUJERES
EN ÁMBITOS PÚBLICOS |
|
6.1.4. Promoción de campañas informativas y de
sensibilización en las fechas clave que conmemoran o reivindican temas
relacionados con la igualdad de género. 6.1.5. Sensibilizar y concienciar sobre la
importancia que tiene la imagen que la sociedad dé sobre la mujer. |
6.1.4. a)
Continuación con la conmemoración de fechas importantes relativas a la mujer:
campaña del 8 de marzo “Día Internacional de la Mujer”, campaña del 25 de
noviembre “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la
Mujer”. 6.1.5. a) Promoción de la labor de
los medios de comunicación como instrumento de prevención de la violencia de
género y como medio de visibilidad del papel social de la mujer. 6.2.5. b)
Organización de encuentros con profesionales, asociaciones, medios de
comunicación y otras entidades, para intercambiar su visión e información
relativa a la igualdad de género. |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio
de Igualdad. |
EJE |
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS |
OBJETIVOS OPERATIVOS |
ACCIONES |
ÁREAS |
7. SALUD, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTE |
7.1. Promover
la actividad física y el deporte para mejorar la salud y la calidad de vida
de las mujeres. |
7.1.1. Fomentar
programas de salud que mejoren la calidad de vida de las mujeres atendiendo a
cada etapa de su vida. |
7.1.1. a) Organización de campañas sobre salud
sexual y reproductiva para la prevención de enfermedades de transmisión
sexual y para promover una natalidad responsable. 7.1.1. b) Continuación con los programas que
promueven la actividad física como hábito saludable en la vida de las
mujeres: jornada de gimnasia hipopresiva, taller suelo pélvico, marcha contra
la violencia de género, curso de defensa personal, carrera por la igualdad,
pedalada por la mujer, etc. 7.2.1. c) Continuación e impulso de cursos
terapéuticos para mejorar la calidad de vida de las mujeres: arteterapia,
musicoterapia, jornadas de yoga, reiki, pilates, etc. |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio de Igualdad. |
7.
SALUD, ACTIVIDAD FÍSICA YDEPORTE |
|
7.1.2. Impulsar una participación
equilibrada de mujeres y hombres en la actividad física y el deporte. |
7.1.2. a) Promoción de acciones para fomentar la
participación equilibrada de mujeres y hombres en la práctica deportiva,
apreciando la incidencia de la múltiple discriminación en el deporte. 7.1.2. b) Desarrollar actuaciones que visibilicen
la participación y los logros de las mujeres melillenses en el deporte:
exposiciones, reconocimientos, premios locales, etc. 7.1.2. c) Colaboración con eventos deportivos.
Ejemplo: Colaboración con la Carrera Africana de Melilla, bajo el lema,
“African@ Corresponsable”. Los objetivos son: fomentar un lenguaje no sexista
en su publicidad; estimular la participación de las mujeres en una carrera
predominada por hombres y la corresponsabilidad familiar. |
ADM. LOCAL Consejería de
Educación, Juventud y Deportes ÁREA Viceconsejería
de la Mujer y Juventud. Centro de
Información y Atención Integral a la Mujer. Observatorio
de Igualdad. |