Convenio entre la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Activas de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de Melilla, para la ejecución de actividades previstas para el año 2026
Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la aprobación del Convenio con la asociación de mujeres emprendedoras y empresarias "MELILLA ACTIVA"; Otorgamiento de subvención directa nominativa., habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2600104 y los siguientes datos:
Consejería: Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
Datos de Aprobación:
Órgano Consejo de Gobierno
Número 2026000299
Fecha 30/03/2026
Entidad: ES-G5203014-5 (ASOCIACION ACTIVAS) ES-045289362-Q (MOHAMED*MAANAN,NAJAT)
Fecha de formalización: 17/04/2026
De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento
Melilla, a 20 de abril de 2026,
La Secretaria Técnica de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica y Turismo,
Gema Viñas del Castillo
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y FOMENTO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILA Y LA ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS DE MELILLA, PARA LA EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES PREVISTAS PARA EL AÑO 2026, CON EL FIN DE CONTINUAR FORTALECIENDO EL EMPODERAMIENTO FEMENINO, LA DIVERSIDAD Y LA EQUIDAD EN MELILLA.
En la ciudad de Melilla, a 13 de Marzo de 2026
REUNIDOS
De una parte el Excmo. Sr Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento, D. MIGUEL MARÍN COBOS, en representación de la Ciudad Autónoma de Melilla, con CIF S7900010E, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas según Decreto de nombramiento del Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, de fecha 10 de julio de 2023 (BOME núm. 45 extraordinario de 10 de julio) y al amparo del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad, Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 28 de julio de 2023, publicado en el BOME núm. 54 extraordinario de 31 de julio de 2023 y del artículo 33.5 letra j) del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad (BOME extraordinario. núm. 2 de 30 de enero de 2017).
Y de otra, Dª. Najat Mohamed Maanan con DNI XX2893XXX, como Presidenta de la Asociación Activas de mujeres emprendedoras y empresarias de Melilla, según el “Certificado de cargos que ostentan la representación legal” de fecha 26 de febrero de 2026, en nombre y representación de la Asociación Activas de Melilla con C.I.F n° G-52030145.
Ambas partes se reconocen con capacidad y representación suficiente para la firma del presente Convenio de acuerdo con lo previsto en el art. 16.8 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario. n° 2, de 30/01/2017), en consecuencia,
EXPONEN
PRIMERO.- Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.1.2ª de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo de Estatuto de Autonomía, corresponde a la ciudad de Melilla la ejecución de la legislación del Estado en materia de comercio interior, y en el artículo 21.1.10.ª y 11ª determina que corresponde a la Ciudad de Melilla el ejercicio de competencias en materia de ferias interiores y el fomento del desarrollo económico de la Ciudad dentro de los objetivos, planes y programas aprobados por el Estado, con el alcance previsto en el apartado 2 del mismo artículo.
SEGUNDO. - En aplicación de lo anterior en el Decreto de Distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad, Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 28 de julio de 2023, publicado en el BOME núm. 54 extraordinario de 31 de julio de 2023, las competencias que le corresponden a la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento, son las siguientes en materia de Comercio:
TERCERO.- Con fecha 11 de Marzo de 2026, se presenta por la ASOCIACIÓN ACTIVAS, escrito con entrada en el Registro General 2026021568 documentación requerida para la concesión de subvención económica para la realización de distintas acciones para el año 2026, por un importe de 40.000 €, CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN ACTIVAS Y LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y FOMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE ACCIONES DE COLABORACIÓN EN MATERIA TURÍSTICA, FORMACIÓN DEL EMPRESARIO Y DESARROLLO DE EVENTOS con el contenido definido más abajo y según aporta la entidad beneficiaria.
CUARTO. - La ASOCIACIÓN ACTIVAS de Melilla, con C.I.F n° G52030145, fue fundada el año 2013 como organización empresarial sin ánimo de lucro y entre sus fines se pueden destacar los siguientes:
En este sentido estiman la creación de un PROGRAMA DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA Y LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y FOMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE ACCIONES DE COLABORACIÓN EN MATERIA TURÍSTICA, FORMACIÓN DEL EMPRESARIO Y DESARROLLO DE EVENTOS, AÑO 2026.
QUINTO. - En los Presupuestos Generales aprobados por la Excma. Asamblea de Melilla en sesión extraordinaria celebrada el 27 de enero de 2026, publicado en el BOME extraordinario. Núm. 2 del martes, 27 de enero, viene contemplada una aplicación presupuestaria para atender el gasto previsto en el presente convenio; la aplicación 06/43103/48000 de carácter nominativa “CONVENIO ASOCIACIÓN MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS MELILLA ACTIVA” por un importe de CUARENTA MIL EUROS (40.000 €).
Con fecha 02/02/2026 se expide RC SUBVENCIONES expedido por el Sr. Interventor de la Ciudad Autónoma de Melilla, significando que en el Presupuesto General de la Ciudad de Melilla para el año 2026, existe Retención de Crédito n.º 12026000005567 de la Aplicación Presupuestaria 06/43103/48000, “CONVENIO ASOCIACIÓN MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS MELILLA ACTIVA “, por importe de 40.000 €.
SEXTO. - Que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, posibilitan y regulan la concesión de subvenciones nominativas previstas en los Presupuestos Generales del Estado.
Que el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, prevé que se pueden conceder de forma directa las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales de las Corporaciones Locales, entre otras.
Que el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. General de Subvenciones, establece que "los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, o en los de las corporaciones locales, sin perjuicio de lo que a este respecto establezca su normativa reguladora",
Que el artículo 65.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, determina que "el acto de concesión o el convenio tendrá el carácter de bases reguladoras de la concesión a los efectos de lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones".
SÉPTIMO .- Que por el Consejo de Gobierno se ha acordado aprobar y autorizar la formalización del presente convenio al amparo de lo señalado en el art. 16.1 8ª del Reglamento del Gobierno y de la Administración, que viene a articular la concesión de la subvención prevista nominativamente en los Presupuestos Generales de la Ciudad de Melilla, debiéndose publicar el presente convenio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla de conformidad con lo recogido en el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
OCTAVO. - El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 29 de abril de 2024 aprobó, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad el PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026. Dicho Acuerdo fue objeto de publicación en el mismo día en el Boletín Oficial Extraordinario de Melilla con ordinal 30, observándose errores u omisiones en el contenido del mismo.
NOVENO. - El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 30 de abril de 2024 aprobó las modificaciones, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026. Dicho Acuerdo fue objeto de publicación en el Boletín Oficial Extraordinario de Melilla nº31 de martes 30 de abril de 2024 observándose, nuevamente, errores numéricos en algunas partidas presupuestarias u omisiones en el contenido del mismo, siendo rectificada por el Consejo de Gobierno, en sesión Ordinaria celebrada el 1 de Julio de 2024 y publicada en el Boletín Oficial de Melilla núm. 43 de fecha 10 de Julio de 2024.
DÉCIMO. - La aprobación de los Presupuestos Generales de la Ciudad para el ejercicio 2026, por Acuerdo de la Excma. Asamblea de fecha 27 de enero de 2026, relativo a la aprobación definitiva de los presupuestos generales de la Ciudad Autónoma de Melilla, publicados en el BOME Extraord. núm. 2, de fecha 27 de enero de 2026, hacen necesario adecuar y armonizar el contenido del Plan Estratégico de Subvenciones a las previsiones presupuestarias. En el referido Plan Estratégico se dispone que tendrá vigencia en el periodo 2024-2026. Este plan tiene pues, vocación de plurianual, con las revisiones que sean necesario hacerse anualmente.
UNDÉCIMO.- Tras las diversas propuestas presentadas por las diversas Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, sobre modificación del citado Plan, el Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada de 11 de marzo de 2026, aprobó mediante acuerdo (ACG 2026000161), la propuesta de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad relativa a la modificación del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026 (BOME extraordinario 30, de 29 de abril de 2024).
DUODÉCIMO. - Asimismo, con fecha 11 de marzo de 2026 se recibe propuesta de la Dirección General de Activación Económica instando la modificación del precitado Plan para actualizarlo en lo relativo a la línea de la subvención nominativa “CONVENIO ASOCIACION” e integrando en el mismo tres nuevas líneas, conforme a lo siguiente:
“(…) La aprobación de la modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM para el periodo 2024-2026, Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento (Dirección General de Activación Económica), actualizándolo en lo relacionado con la línea de la subvención nominativa “CONVENIO CEME 2026” e integrando en el mismo tres nuevas líneas, las Subvenciones nominativas “CONVENIO PYMES MELILLA” y “CONVENIO ASOCIACIÓN MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS MELILLA ACTIVA”, así como el programa de ayudas a empresas melillenses denominado “PROGRAMA DE INTEGRACIÓN LABORAL DE DESEMPLEADOS EN EMPRESAS MELILLENSES”. A tal efecto se adjuntan como Anexo las correspondientes memorias, en las que se detallan la relación de los objetivos, la planificación estratégica y los posibles efectos en ésta, así como las causas que han impedido su inclusión en el Plan estratégico de subvenciones.”
Siendo las siguientes: …
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4ª
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN DE MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS DE MELILLA.
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: El fortalecimiento del empoderamiento femenino, la diversidad y la equidad en Melilla
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento
CENTRO GESTOR: Dirección General de Activación Económica.
SECTORES A LOS QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La asociación de mujeres emprendedoras y empresarias de Melilla realizará las actuaciones correspondientes al fomento del desarrollo y apoyo a aquellos sectores en que se encuentren incluidas las mujeres empresarias y profesionales de Melilla.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual
COSTES PREVISIBLE EJERCICIO: 40.000 €
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06/43103/48000- Convenio Asociación Mujeres Emprendedoras y Empresarias Melilla
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: La financiación de las actuaciones previstas en el Convenio, se realizará con cargo a la mencionada aplicación presupuestaria, para el ejercicio 2026, sin perjuicio de la que se pueda contemplar en los siguientes ejercicios presupuestarios.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé:
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
En su virtud, ambas partes, en la representación que ostentan, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO Y ENTIDAD
El presente convenio tiene por objeto canalizar la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales de la Ciudad de Melilla, para las actuaciones o programas consistente en actuaciones comprendidas en el referido PROGRAMA DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA Y LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y FOMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE ACCIONES DE COLABORACIÓN EN MATERIA EMPREASARIAL, FORMACIÓN DEL EMPRESARIO Y DESARROLLO DE EVENTOS, AÑO 2026, desde el primero de enero de 2026 hasta el final del ejercicio 2026, en particular:
Actividades:
1. FERIA EMPRESARIAL DE INNOVACIÓN, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Descripción de la actividad
La Feria Empresarial de Innovación y Transformación Digital tiene como objetivo impulsar la modernización del tejido empresarial de Melilla mediante la promoción de la innovación, la digitalización y el uso de NUEVAS herramientas tecnológicas aplicadas a la gestión empresarial.
La actividad se desarrollará en formato de jornada empresarial en la que participarán especialistas, empresas tecnológicas, profesionales del ámbito digital y empresarias locales interesadas en mejorar la competitividad de sus negocios.
Durante el evento se celebrarán ponencias, talleres prácticos y demostraciones tecnológicas centradas en aspectos como el marketing digital, el comercio electrónico, la automatización de procesos empresariales, la inteligencia artificial aplicada a la empresa y las herramientas digitales para la gestión empresarial.
Asimismo, se habilitarán espacios de asesoramiento empresarial donde las participantes podrán recibir orientación sobre digitalización, innovación empresarial y modernización de sus modelos de negocio.
Esta feria se orienta principalmente a la formación, actualización tecnológica y mejora de la competitividad empresarial, contribuyendo a que las empresas locales puedan adaptarse a los nuevos retos del mercado
Objetivos
- Fecha estimada: Enero – Diciembre 2026
- Lugar: Espacio para la ocasión.
2. FERIA DE OPORTUNIDADES ECONÓMICAS DE MELILLA
Descripción de la actividad
La Feria de Oportunidades Económicas de Melilla se plantea como un espacio de promoción empresarial y dinamización económica destinado a generar oportunidades comerciales entre empresas, emprendedoras, profesionales y ciudadanía.
A diferencia de la feria centrada en innovación y formación empresarial, esta actividad tendrá un carácter expositivo y comercial, permitiendo a las empresas participantes presentar sus productos y servicios mediante stands y espacios de promoción.
La feria facilitará el contacto directo entre empresas, clientes potenciales, proveedores e instituciones, fomentando la generación de nuevas relaciones comerciales y oportunidades de negocio.
Durante el evento se desarrollarán también encuentros empresariales y espacios de networking dirigidos a favorecer la colaboración entre empresas locales y a impulsar la visibilidad del tejido empresarial femenino de la ciudad.
Esta actividad contribuirá a dinamizar la actividad económica local, promover el consumo de productos y servicios de empresas de Melilla y fortalecer la presencia de las mujeres empresarias en el ámbito comercial.
Objetivos
- Fecha estimada: Marzo – Diciembre 2026
- Lugar: Local adecuado y espacio público en Melilla a determinar.
3. Celebración Aniversario Asociación Activas.
Descripción de la actividad
En el aniversario de la Asociación Activas se celebrará una comida o cena para empresarios y empresarias de la Ciudad para dar visibilidad al tejido empresarial de Melilla, así como invitación a distintas autoridades locales y sirva de punto de encuentro entre las empresas y autoridades.
Se otorgarán reconocimientos a empresarios con una larga trayectoria y dedicación empresarial. Así mismo también enlazamos el aniversario con un desayuno empresarial y contaremos con Ponentes locales y de la Península donde se tratarán diversos temas y donde al final de la charla habrá un turno de palabras entre participantes y ponentes sobre las distintas temáticas que se traten.
Objetivo de la actividad.-
- Fecha estimada: Septiembre - Octubre 2026.
- Lugar: Local para celebración del Aniversario y espacio público en Melilla a determinar.
4. ENCUENTROS EMPRESARIALES, DESAYUNOS Y CÓCTEL DE NEGOCIO
Descripción de la actividad
Encuentros informales cada dos meses donde las socias de ACTIVAS podrán generar oportunidades de Networking, establecer alianzas y compartir experiencias empresariales. Cada desayuno contará con una invitada especial, líder en su sector, que compartirá su trayectoria y ofrecerá consejos prácticos.
Objetivos
- Fechas: Enero – Diciembre 2026.
- Lugar: Espacio a determinar.
5. PARTICIPACIÓN EN EVENTOS EMPRESARIALES NACIONALES E INTERNACIONALES Y CREACIÓN DE ALIANZAS
Descripción de la actividad
La actividad consiste en la participación activa de la asociación en encuentros, congresos, foros empresariales y jornadas de ámbito nacional relacionados con el emprendimiento, el liderazgo femenino, la innovación y el desarrollo empresarial. A través de la asistencia y presencia institucional en estos espacios, la asociación busca representar a las mujeres empresarias de la ciudad de Melilla, visibilizar su actividad económica y fortalecer su integración en redes empresariales de ámbito nacional.
La participación en estos eventos permitirá el establecimiento de contactos estratégicos con otras asociaciones, entidades públicas y privadas, organizaciones empresariales y redes de mujeres profesionales. Asimismo, se fomentará la creación de alianzas y colaboraciones que faciliten el intercambio de experiencias, la generación de oportunidades de negocio y el acceso a recursos, programas y proyectos que contribuyan al crecimiento y consolidación del tejido empresarial femenino de Melilla. Además, la actividad incluirá acciones de Networking, reuniones institucionales y encuentros de trabajo con otras organizaciones, con el objetivo de promover proyectos conjuntos, compartir buenas prácticas y fortalecer la presencia de la asociación en el ecosistema empresarial nacional.
- Objetivos de la actividad
- Fechas: Enero – Diciembre 2026 (según la agenda de Congresos Nacionales o Internacionales)
6. PROGRAMA INTEGRAL DE FORMACIÓN EMPRESARIAL Y PROFESIONAL PARA MUJERES
Descripción de la actividad
El Programa Integral de Formación Empresarial y Profesional para Mujeres tiene como finalidad mejorar la capacitación profesional y empresarial de mujeres empresarias, emprendedoras y profesionales de la ciudad de Melilla, mediante el desarrollo de acciones formativas adaptadas a las necesidades actuales del mercado laboral y del tejido empresarial local.
El programa se desarrollará a lo largo del año mediante la organización de cursos, talleres prácticos, seminarios y jornadas formativas orientadas a fortalecer las competencias empresariales, digitales y profesionales de las participantes.
Las acciones formativas abordarán contenidos relacionados con la gestión empresarial, el marketing digital, el comercio electrónico, la digitalización de los negocios, la gestión económica y financiera, las estrategias de ventas, el liderazgo empresarial y el desarrollo de habilidades profesionales.
Las sesiones serán impartidas por profesionales especializados en cada materia y estarán orientadas a proporcionar herramientas prácticas que permitan a las participantes mejorar la gestión de sus empresas, impulsar nuevos proyectos emprendedores o mejorar sus oportunidades de inserción laboral.
Asimismo, el programa fomentará el intercambio de experiencias entre empresarias y emprendedoras, generando un espacio de aprendizaje colaborativo que contribuya al fortalecimiento del tejido empresarial femenino de la ciudad.
Objetivos de la actividad
7. CHARLAS Y SEMINARIOS PARA EL ENRIQUECIMIENTO PROFESIONAL
Descripción de la actividad
Ciclo de charlas organizadas en colaboración con mujeres líderes de distintos sectores. Estas charlas estarán centradas en el papel de la mujer en el ámbito laboral, abordando temáticas como el liderazgo, la conciliación laboral, los derechos de la mujer, y los retos de las profesiones con baja representación femenina.
Objetivo de la actividad
- Fechas: Seis charlas distribuidas a lo largo del año 2026.
- Lugar: A determinar
8. JORNADA “MUJERES QUE EMPRENDEN EN MELILLA”
Descripción de la actividad
Organización de una jornada dirigida a promover y visibilizar el emprendimiento femenino en la ciudad de Melilla. La actividad consistirá en la realización de ponencias, mesas redondas y espacios de diálogo en los que participarán empresarias, emprendedoras y profesionales del ámbito empresarial.
Durante el evento se abordarán temas relacionados con la creación de empresas, los retos del emprendimiento femenino, el acceso a recursos y financiación, así como la importancia del liderazgo femenino en el desarrollo económico local.
Asimismo, se fomentará la participación de mujeres interesadas en emprender, ofreciendo un espacio de inspiración, aprendizaje e intercambio de experiencias. La jornada incluirá también espacios de networking que permitan generar nuevas conexiones profesionales entre empresarias consolidadas, emprendedoras y entidades vinculadas al ecosistema empresarial.
Objetivos de la actividad
9. CELEBRACIÓN DE DÍAS INTERNACIONALES RELEVANTES
Descripción de la actividad
ACTIVAS organizará eventos conmemorativos para celebrar días clave como el Día Internacional de la Mujer (8 de marzo), el Día de la Igualdad Salarial (22 de febrero) y el Día Internacional contra la Violencia de Género (25 de noviembre). Estos eventos contarán con mesas redondas, charlas y actividades de sensibilización abiertas al público.
Objetivos
- Fechas: 22 de febrero, 8 de marzo, 25 de noviembre 2026.
- Lugar: Espacios públicos
Los gastos estimados para llevar a cabo las actividades se clasifican en las siguientes partidas :
| FERIA EMPRESARIAL E INNOVACIÓN | 6.000,00 € |
| FERIA DE OPORTUNIDADES ECONÓMICAS | 4.000,00 € |
| CELEBRACIÓN ANIVERSARIO ACTIVAS | 8.000,00 € |
| PROGRAMA ANUAL DE FORMACIÓN EMPRESARIAL | 6.000,00 € |
| CELEBRACIÓN DÍAS INTERNACIONALES RELEVANTES | 3.000,00 € |
| DESAYUNOS Y COCKTAIL DE NEGOCIOS (NETWORKING) | 3.000,00 € |
| PARTICIPACIÓN EVENTOS EMPRESARIALES NACIONALES E INTERNACIONALES |
6.000,00 € |
| CHARLAS Y SEMINARIOS | 4.000,00 € |
| TOTAL PRESUPUESTO | 40.000,00 € |
SEGUNDA. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO
En el Presupuesto General de la Ciudad de Melilla para el año 2026, existe Retención de Crédito n° 12026000005567del 02/02/2026 Aplicación Presupuestaria 06/43103/48000, por importe de CUARENTA MIL EUROS (40.000€) para la realización de los citados programas y actuaciones.
TERCERA. SUBCONTRATACIÓN
Atendiendo al art. 29.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA podrá llevar a cabo la subcontratación parcial de las actividades subvencionadas. E
La actividad subvencionada no estará sujeta a los porcentajes de limitación previstos en la Ley General de Subvenciones (LGS), pudiendo subcontratar parcialmente las actividades, debiendo no obstante cumplir los preceptos de la misma, en particular sobre la contratación de las actividades que superen los umbrales de los contratos menores en la Ley de Contratos del Sector Público (art. 31.3 de la LGS).
Por tanto, la ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA podrá celebrar contratos laborales o mercantiles para la ejecución del proyecto. Asimismo, se autoriza la suscripción de contratos mercantiles de servicios y suministros siempre que se cumplan los requisitos que se establecen en el art. 29 de la Ley General de Subvenciones.
CUARTA. GASTOS ELEGIBLES Y EXCLUIDOS.
1) Tendrán la consideración de gastos elegibles, abarcando un periodo de gastos subvencionables desde el primero de enero de 2026 hasta la finalización del presente año, siendo elegibles los siguientes gastos:
El personal que, a fecha de publicación del Convenio, ya tuviese contrato laboral con la ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA, podrá imputársele hasta un 30% de sus gastos salariales mensuales por la participación en el programa, en concepto de coste indirecto.
Podrán imputarse los gastos de personal hasta el plazo máximo de la presentación de la cuenta justificativa, y en todo caso, hasta el 31 de marzo de 2027, en concepto de preparación de las memorias justificativas y demás documentación preceptiva a aportar por la ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA:
2) Quedan expresamente excluidos los siguientes gastos:
3) El IPSI u otros impuestos indirectos solamente será subvencionable cuando no sea susceptible de recuperación o compensación.
4) Los gastos subvencionables, incluidas las contrataciones laborales, no podrán ser contratados con personas o entidades vinculadas, entendiendo como tal los miembros de los órganos de administración, sus cónyuges o personas ligadas con análoga relación de afectividad, parientes hasta segundo grado de consanguinidad, así como las personas jurídicas o entidades en régimen de atribución de rentas en que cualquiera de éstos pertenezca al órgano de administración o posea más de un 50% de participación en la propiedad de los mismos.
QUINTA. PLAZO Y FORMA DE PAGO
Tras la firma del presente convenio, se procederá a transferir a la ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA, con CIF G52030145, el 100% de la totalidad de la cantidad prevista nominativamente en los presupuestos y solicitada por la entidad beneficiaria (40.000 euros).
El pago del importe se hará de manera anticipada y de una sola vez, en concepto de entrega de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, de conformidad con lo previsto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y adaptado, en todo caso, al presupuesto actualmente vigente.
Dada la naturaleza sin ánimo de lucro de la entidad a subvencionar, no se establece régimen alguno de garantía, de conformidad con el artículo 42.2 letra d) del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, siendo el proyecto de interés social para la Ciudad dado su objetivo de ejecución de acciones de colaboración en materia turística, formación del empresario y desarrollo de eventos.
SEXTA. PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓN
La ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA cumplirá las obligaciones que se establecen en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y se comprometa a:
1. La Justificación técnica. Plazo máximo 28 de febrero de 2027.
La justificación técnica incluirá un informe pormenorizado de las actividades realizadas, las fechas de las mismas, detallando el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos.
2. La Justificación Económica. Plazo máximo 31 de marzo de 2027
La justificación económica se realizará, a través de la rendición de cuenta justificativa de gastos, según el siguiente protocolo:
a) Los gastos de suministros, mantenimiento y prestación de servicios devengados y efectivamente pagados se justificarán mediante la presentación de factura normalizada donde deberá reseñarse el nombre, domicilio y razón social del suministrador/prestador del servicio, con indicación del CIF, debiendo presentarse la factura sellada y firmada por la empresa.
Se entenderá por documento justificativo del pago de facturas, alguno de los siguientes documentos:
Cuando el importe del gasto o servicio subvencionable supere la cuantía establecida en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (40.000€ y 15.000 €), la Entidad beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de distintos proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que, por las especiales características de los gastos subvencionables, no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa de acuerdo con lo dispuesto en el punto 3 del Art. 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Los gastos de personal se justificarán mediante la aportación de la siguiente documentación:
Se entenderá por documento justificativo del pago de nóminas:
Se añadirá a la cuenta justificativa, además de todo lo anterior, un certificado emitido por el representante legal de la entidad beneficiaria acreditativo de las actividades cuyos gastos se han incluido en la justificación se han realizado con cargo a la subvención recibida para el programa objeto del presente convenio.
La justificación de los gastos se presentará, con la documentación original a la Dirección General de Activación Económica, o la que resulte competente en su caso, la cual, una vez conformada y atendiendo a lo dispuesto en el artículo 219.3 del TRLRHL, quedará depositada en esta Consejería de Economía, Comercio,
Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento, en el caso de que sea seleccionada como muestra representativa o se encuentre afectada por auditoria dentro del Plan de Fiscalización Plena Posterior y Control Financiero de Gastos e Ingresos.
El incumplimiento del deber de justificación, en las condiciones descritas en la presente cláusula, dará lugar, de conformidad con lo contemplado en el Art. 30.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones a la obligación de reintegro de las cantidades percibidas.
c) Comunicar cualquier propuesta de modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de los proyectos y actividades, tanto las referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución, etc., con el fin de acordar conjuntamente con la Dirección General de Activación Económica cualquier variación en el desarrollo de los mismos.
d) En lo no previsto en este convenio se estará a lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, su Reglamento y demás normativa de aplicación.
3.Las entidades beneficiarias, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que a lo largo del ejercicio inmediatamente anterior hayan percibido en concepto de aportaciones y subvenciones una cuantía igual o superior a CIENTO VEINTE MIL EUROS (120.000 €), presentarán los estados contables aprobados por el órgano competente en su gestión, confeccionados de acuerdo con el Plan General de Contabilidad vigente.
4.De conformidad con lo establecido en el artículo 70.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (RLGS), en relación con el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), el Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento, como órgano competente para el seguimiento de la subvención, podrá otorgar una ampliación del plazo establecido para la realización de las actividades elegibles y/o para presentación de la justificación, debiendo solicitarse, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2026, no pudiendo ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. Este plazo adicional para la ejecución no podrá alcanzar más allá del 30 de abril de 2026. del plazo para la ejecución de las actividades objeto del presente convenio
A tal efecto, y de conformidad con el artículo 65.3 del RLGS, el presente convenio tendrá el carácter de bases reguladoras de la subvención.
SÉPTIMA. - OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA
Entre los compromisos de la Entidad beneficiaria se encuentran:
OCTAVA. - COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES
La presente subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que, en su caso, pueda recibir la beneficiaria para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, hasta el importe total de la actividad de acuerdo con lo dispuesto en el art. 19.3 de Ley General de Subvenciones.
NOVENA.- DURACIÓN DEL CONVENIO.
El presente convenio surtirá efectos desde su firma, publicándose en el Boletín Oficial de Melilla, y abarcará un periodo de gastos elegibles desde el primero de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre del 2026, sin perjuicio de lo señalado en el presente Convenio en su Cláusula Sexta.
DÉCIMA. - PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD.
Ambas partes deberán garantizar el carácter confidencial de toda información a que tengan acceso con ocasión de la realización de las actividades y sobre la existencia y el contenido del presente Convenio, salvo por las comunicaciones que se acuerden al respecto según lo previsto en el mismo, debiendo en consecuencia mantener todo ello de manera reservada. Igualmente deberá darse cumplimiento a lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
En particular, los datos personales que se recojan como consecuencia del presente Convenio, serán incorporados a los ficheros de datos responsabilidad de las partes firmantes y serán tratados únicamente a los efectos de llevar a buen fin el presente Convenio.
Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en las direcciones electrónicas de la ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA.
UNDÉCIMA. - PUBLICIDAD
En toda la publicidad y difusión que se realice sobre los programas y actuaciones derivados del presente convenio se hará constar expresamente que dichas actividades han sido subvencionadas por la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento), así como a incorporar su logotipo en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la difusión o publicidad de las citadas actuaciones, siendo de aplicación lo establecido en el Reglamento Regulador de la Imagen Gráfica Institucional de la Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME n°4612, de 29/05/2009).
El logotipo institucional a que se refiere el apartado anterior únicamente podrá ser empleado en los materiales que se utilicen para la realización, información y difusión de las actuaciones que constituyen el objeto de las subvenciones y no con otros fines publicitarios ajenos a las mismas.
DUODÉCIMA. - REINTEGRO, INFRACCIONES Y SANCIONES
Procederá el reintegro de la subvención si la ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA incurre en algunos de los comportamientos previstos en el art 37.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Dicha devolución deberá incluir el interés de demora correspondiente.
Igualmente, incurrirá en las infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones previstas en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cuando el cumplimiento por la ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por ésta una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada por la aplicación de los criterios sobre graduación de los posibles incumplimientos enunciados en el párrafo n) del apartado 3 del artículo 17 de la Ley General de Subvenciones.
Procederá asimismo la devolución voluntaria a iniciativa de la ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
DECIMOTERCERA. - SUPERVISIÓN DEL PROGRAMA
La Ciudad Autónoma, a través de los órganos que por la Consejería se determinen, podrá supervisar aquellas actividades que sean desarrolladas en el desarrollo de las actividades y programa, previo conocimiento de los responsables de la ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA.
DECIMOCUARTA. - COMISIÓN PARITARIA DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL CONVENIO
Para la evaluación y seguimiento del presente Convenio podrá constituirse una Comisión integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA. Cualquier incidencia deberá ser puesta en conocimiento de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
DECIMOQUINTA. - INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO.
Cualquier duda en la interpretación del Convenio será resuelta, previa consulta a la entidad colaboradora y previo informe no vinculante emitido por los Técnicos de esta Consejería, por el órgano titular de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
DECIMOSEXTA. - JURISDICCIÓN COMPETENTE.
Dada la naturaleza administrativa de este convenio, las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del mismo, serán sometidas a la jurisdicción contenciosoadministrativa, según se extrae de lo previsto en el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público durante la ejecución del mismo, por lo que ambas partes se someten a los juzgados y tribunales de ese orden jurisdiccional.
En su consecuencia, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir entre las partes del presente Convenio, serán resueltas por los Juzgados /Tribunales de lo Contencioso- Administrativo, renunciando las partes a cualquier otro fuero que le pudiera corresponder.
DECIMOSÉPTIMA. - RÉGIMEN JURÍDICO.
A este convenio le es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Este convenio no generará, en ningún caso, relación laboral alguna entre la Ciudad Autónoma de Melilla y los profesionales que lleven a cabo la ejecución de las actividades que constituyen su objeto.
DECIMOCTAVA. - NATURALEZA JURÍDICA
El presente Convenio se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo establecido en el artículo 6 de dicho texto legal e incluido en el de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conforme a lo dispuesto en su artículo 22.2.a).
POR LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
EL CONSEJERO
POR ASOCIACIÓN ACTIVAS DE MELILLA
EL/LA REPRESENTANTE LEGAL
Si así se acuerda, Excmos. Sres., deberá publicarse la aprobación del citado convenio de colaboración en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, en mérito a lo dispuesto en el Artículo 48 de la Ley 40/2015, de 01 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.