ARTÍCULO Nº 136
(CVE: BOME-AX-2025-136)
DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 26 - martes, 29 de abril de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 25 de abril de 2025, relativo a modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2024-2026.

•
AREA
DE COMPETENCIA: El área de Competencia, Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos
•
CENTRO
GESTOR: Dirección
General de Infraestructuras y Recursos Hídricos
•
SECTORES
A LOS QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociación FEAFES Salud Mental
•
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El objeto de la subvención es la colaboración con
colectivos con necesidades especiales, a través de la Asociación FEAFES Salud
Mental, para que realicen el servicio de hamacas en las playas de Melilla, con
un doble objetivo:
-
Apoyar la inserción social y laboral, mejorando la autonomía de las personas
pertenecientes a colectivos con necesidades especiales.
-
Prestar de manera eficaz el servicio de explotación de hamacas en las
playas de la ciudad, utilizando bienes de dominio público bajo tarifa, para
beneficio de los usuarios de las mismas.
•
PLAZO
PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión
presupuestaria expresa.
•
COSTE
PREVISIBLE: Anual,
aquel que conste en los presupuestos del año en curso.10.000,00 Euros en el
caso del presupuesto de 2025.
•
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES/ FUENTE DE FINANCIACIÓN: No se prevén fuentes de financiación externas.
Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: Por definir.
•
BENEFICIARIO : Asociación FEAFES Salud
Mental.
•
CONCEPTO: Subvención Servicio de
Hamacas.
•
PLAN
DE ACCION:
-
Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
-
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas.
-
El centro Gestor elaborará un informe sobre las líneas de subvención
gestionadas por el mismo
•
DIRECCIÓN
GENERAL DE SOSTENIBILIDAD
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.1-ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS
DE MOVILIDAD PERSONAL
•
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS: Adquisición de Vehículos de Movilidad Personal.
•
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS: Fomento
sostenible de un trasporte de personas que disminuya la contaminación acústica,
lumínica y atmosférica, en un nuevo marco de movilidad sostenible.
•
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de
Sostenibilidad.
•
CENTRO
GESTOR: Dirección
General de Sostenibilidad.
•
SECTOR
AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Ciudadanos particulares mayores de edad que realizan desplazamientos
urbanos y que por tanto son sujetos principales del Plan de Movilidad Urbana
Sostenible (PMUS).
•
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayuda a laBadquisición de determinados medios de
transportes impulsados por energía eléctrica para el fomento de transporte
sostenible, bicicletas, bicicletas eléctricas, monitorización eléctrica de
bicicletas, motocicletas eléctricas y vehículos eléctricos, que impulse la
sustitución de vehículos contaminantes por otros con menor impacto medio
ambiental, que por un lado reduzcan la contaminación y por otro implique un
cambio en el modelo de movilidad urbana, buscando la sostenibilidad ambiental.
Se pretende conseguir la participación de las personas que realizan
desplazamientos urbanos mediante vehículos, en la utilización de vehículos
menos contaminantes que los que utilizan motores de combustión para su impulso.
Conjugando así la búsqueda de una menor contaminación urbana derivada del
tráfico vehicular, con unos flujos adecuados en el modelo de movilidad
existente.
•
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que
cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES
PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 40.000,00
Euros en el caso del presupuesto de 2024.
•
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/13400/78000 - Subvención PMUS Bicicletas
•
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN
DE ACCIÓN:
Se prevé los siguientes:
a)
Subvención mediante concurrencia no competitiva.
b)
Forma de concesión: Subvención.

c)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario.
de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
•
SEGUIMIENTO
Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.2-RENOVACIÓN FLOTA DE
TAXIS DE MELILLA
•
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS: Renovación flota de taxis de Melilla.
•
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS: Subvención
para la renovación de la flota de taxis de Melilla. Incidencia en objetivos
estratégicos El objeto de este programa es colaborar con los gastos ocasionados
con motivo de la adquisición por parte de los titulares de las licencias de
autotaxis en la ciudad de Melilla de los vehículos más antiguos de esta flota,
sustituyéndolos por vehículos más nuevos, menos contaminantes y más accesibles,
que incluya así mismo compromiso de sustitución del vehículo subvencionado
antes de los 15 años de uso del mismo, con el fin de fomentar un trasporte
sostenible, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en las
presentes bases.
•
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de
Sostenibilidad.
•
CENTRO
GESTOR: Dirección
General de Sostenibilidad.
•
SECTOR
AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: El sector al que se dirige la ayuda son aquellos particulares o empresas
titulares de la licencia correspondiente de taxi en la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La necesidad de que el parque de vehículos de la
ciudad sea menos contaminante, y dentro de este los que corresponden al
servicio público de autotaxis, tiene una relación directa con la sostenibilidad
del Medio Ambiente, por ello desde la Consejería de Coordinación y Medio
Ambiente se estima la conveniencia de facilitar el acceso de los mismos a la
adquisición de vehículos no contaminantes, con la intención de mejorar la
calidad de vida de los propios melillenses.
Siguiendo con la misma línea de actuación, la Ciudad Autónoma de
Melilla, a través de la Consejería competente en materia de Movilidad y Medio
Ambiente, con el fin de lograr una mayor accesibilidad de los ciudadanos
melillenses a un trasporte no contaminante, pone en marcha el presente Programa
de ayudas, que trata de sustituir los vehículos auto taxi actuales por otros
nuevos, menos contaminantes y más accesibles.
•
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que
cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES
PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 80.000,00
Euros en el caso del presupuesto de 2024.
•
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/44120/78000- Subvención Taxis.
•
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN
DE ACCIÓN: Se
prevé los siguientes:
a)
Subvención mediante Concurrencia Competitiva.
b)
Forma de concesión: Subvención.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario.
de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
•
SEGUIMIENTO
Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Sostenibilidad.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.3-COMPENSACIÓN DÉFICIT TARIFARIO COA.
•
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS: Compensación déficit tarifario COA.
•
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS: Subvención
a Cooperativa Ómnibus Automóviles de Melilla (COA, Transporte colectivo
urbano), destinada a sufragar gastos de explotación de los ejercicios en curso.
•
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de
Sostenibilidad.
•
CENTRO
GESTOR: Dirección
General de Sostenibilidad.
•
SECTOR
AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Se dirige al Transporte colectivo urbano, Cooperativa Ómnibus de
Automóviles de Melilla (COA)

•
Ciudad Autónoma ejercer sus potestades con los siguientes objetivos
básicos entre otros: la mejora de las condiciones de vida, el fomento de la
calidad de vida mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente,
el desarrollo de los equipamientos sociales y la realización de un eficaz
sistema de comunicaciones que potencie los intercambios humanos, culturales y
económicos.
Que el transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales
en la política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar
niveles de comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los
ciudadanos.
Se trata de una subvención nominativa incluida en los Presupuestos
Generales de la CAM para incluyendo el déficit tarifario de los 6 primeros
meses de 2024, fecha en que se prevé la entrada en vigor del próximo contrato.
Está destinada a sufragar gastos de explotación del presente ejercicio 2023 que
no estén cubiertos por los ingresos ordinarios y con subvenciones de otros
entes, o a sufragar el déficit en el servicio que arrastra la beneficiaria
desde 2007.
Consta Informe de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad que
pone de manifiesto que la COA sigue prestando actualmente el servicio de
trasporte colectivo urbano.
Asimismo, por sentencia 182/2017 del Juzgado Contencioso Administrativo
nº1 de Melilla se reconoce la vinculación de dicha empresa al servicio, así
como determina la obligación de sufragar por la CAM el déficit de explotación
obtenido por la COA en la prestación del servicio de transporte colectivo
urbano de viajeros.
La Secretaria Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad con fecha 6 de octubre de 2017 emite informe en el que hace
constar que la Ciudad Autónoma de Melilla ejerce competencias sobre su
territorio en materia de “transporte público de viajeros” (art. 25.2 letra g).
El servicio público de transporte es un servicio esencial, social y
estratégico que se presta a la ciudadanía, siendo obligación para las
instituciones de la Ciudad Autónoma ejercer sus potestades con los siguientes
objetivos básicos entre otros: la mejora de las condiciones de vida, el fomento
de la calidad de vida mediante la protección de la naturaleza y del medio
ambiente, el desarrollo de los equipamientos sociales y la realización de un
eficaz sistema de comunicaciones que potencie los intercambios humanos,
culturales y económicos.
Que el transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales
en la política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar
niveles de comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los
ciudadanos.
•
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que
cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES
PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso.
1.000.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
•
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/44110/47900- Subvención compensación
déficit tarifario COA.
•
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN
DE ACCIÓN: Se
prevé los siguientes:
a)
Subvención mediante Concurrencia Competitiva.
b)
Forma de concesión: Subvención.
c)
Compatibilidad: La subvención será compatible con otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier
Administración o Ente Público, siempre que no rebase el costo de la actividad
subvencionada (prestación del servicio)
d)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario.
de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
e)
Plazo y forma de justificación: La rendición de cuenta justificativa se
hará de acuerdo con lo establecido en el art. 30.2 de la Ley General de
Subvenciones. Su presentación se realizará como máximo, en el plazo de tres (3)
meses, una vez finalizado el presente ejercicio presupuestario 2023.
•
SEGUIMIENTO
Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Sostenibilidad.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.4-CONVENIO UGR ESTUDIOS
ESPECIES Y HÁBITATS
•
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
Convenio UGR Estudios especies y hábitats.
•
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS:
A.- La realización de estudios y planes para la valoración y seguimiento
del estado de conservación medioambiental de los espacios naturales y especies
de flora y fauna con estatus de protección oficial, en el litoral y zonas ZEC
del territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la
particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto
general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por
su clima mediterráneo de tendencias subáridas. No obstante, la Consejería de
Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para
acometer los estudios mencionados, de ahí la necesidad de contar con la
colaboración y apoyo de expertos universitarios en esta materia específica.
2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses
y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y
prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y
aspiraciones de su comunidad vecinal en materia de Protección del Medio
Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad,
conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las
Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de
diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución de
competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43,
de 19 de diciembre de 2019) y está interesada en el estudio de las especies más
reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats de
la zona Z.E.C. y del litoral melillense, requiriendo para ello de la
colaboración de instituciones universitarias ampliamente acreditadas en ese
campo.
B.- Gestión de los hábitats y especies protegidas.
•
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de
Sostenibilidad.
•
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR
AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada.
•
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La Universidadde Granada, en múltiples estudios previos, dispondrá de
un estudio completo con inventarios, censos, densidades y planos bionómicos de
las especies más reseñables así como de los estados de conservación y calidad
de los hábitats mencionados que, desde el ámbito académico, podrá ser utilizado
tanto para su difusión, investigación o base científica para la elaboración de
distintos Planes de Conservación, como para su utilización didácticaformativa y
de divulgación medioambiental.
Participación de la Universidad de Granada en la gestión de las especies
y hábitats protegidos, limitando su coste en comparación con el importe que
supondría la gestión directa de los mismos por la Ciudad Autónoma, garantizando
al mismo tiempo que estos estudios se realizan por personal investigador con
amplia experiencia.
Seguimiento y conservación de zonas de especial conservación (ZEC)
incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimo y terrestre de los
Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del rio Nano, tanto de los
hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en
el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida
cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro
del contexto general de España, por la situación geográfica norteafricana de la
ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias subáridas.
·
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre
que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES
PREVISIBLES EJERCICIO 2024: aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros
en el caso del presupuesto de 2024.
·
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17200/45300- Convenio UGR estudio
especies y hábitats.
·
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN
DE ACCIÓN:
Se prevé los siguientes:
a)
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b)
Forma de concesión: Convenio con la UGR.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario.
de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
•
SEGUIMIENTO
Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al
Medio Natural dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la
justificación del importe otorgado con los informes ambientales y planes de
gestión realizados en cada ejercicio.
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Sostenibilidad.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.5-AYUDAS DESTINADAS AL
ESTUDIO DE LA AVIFAUNA Y FLORA EN LA CIUDAD DE MELILLA
·
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
Ayudas destinadas al estudio de la Avifauna y flora en la Ciudad de Melilla.
·
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS:
Actuación con la Entidades especializadas en el estudio de Avifauna y
flora en la Ciudad Autónoma de Melilla con el fin de realizar:
A.- Fomento del estudio de la Avifauna de la Ciudad Autónoma de Melilla
para la implementación de medidas que fomenten la conservación de la
biodiversidad local.

1. - La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y
Biodiversidad y la Ley 33/2015 de 21 de septiembre que la modifica, cuyo
objetivo es garantizar la biodiversidad mediante la conservación del hábitat
natural y de la fauna y flora silvestres, establece la obligación de realizar,
en virtud de su artículo 17, una evaluación del estado de conservación de las
especies y los tipos de hábitat de interés comunitario. Al mismo tiempo, la
Directiva Aves (2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) obliga a
todos los Estados a tomar todas las medidas necesarias para mantener o adaptar
las poblaciones de todas las especies de aves al nivel que corresponda, en
particular, a las exigencias ecológicas científicas y culturales, habida cuenta
de las exigencias económicas y recreativas. La Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad pretende conocer el estado de la avifauna de la Ciudad mediante
la puesta en marcha del Estudio de Aves Invernantes en la CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA, que además sirva de base científica para de la confección del futuro
Atlas de la Avifauna de la Ciudad. Actualmente la Oficina Técnica de Protección
al Medio Natural no cuenta con los medios técnicos ni humanos para acometer el
desarrollo de un proyecto que implica contar con un equipo multidisciplinar, y
con experiencia en este tipo de trabajos.
2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses
y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y
prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y
aspiraciones de su sociedad en materia de Protección del Medio Natural, a
través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo
dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la
Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019,
relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre
las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre
de 2019).
B.- Conocer de manera pormenorizada la distribución espacial de las aves
que nidifican en la Ciudad Autónoma de Melilla. Incidencia en objetivos
estratégicos 1 y 2.
·
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de
Sostenibilidad.
·
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR
AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades Conservacionistas con experiencia en este tipo de estudios.
·
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayudas
destinadas al estudio de la Avifauna y flora en la Ciudad de Melilla.
·
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre
que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES
PREVISIBLES EJERCICIO 2024: aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros
en el caso del presupuesto de 2024.
·
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17203/22699- Sensibilización y
Concienciación Ambiental.
·
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN
DE ACCIÓN:
Se prevé los siguientes:
a)
Subvención mediante concurrencia competitiva.
b)
Forma de concesión: Convenio con la UGR.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario.
de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
·
SEGUIMIENTO
Y EVALUACIÓN:
-
Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al
Medio Natural dependiente de la
Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado
con los justificantes de gastos.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.6-CONCIENCIACIÓN E
INFORMACIÓN A LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
·
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
Concienciación e información a la protección de la naturaleza en la Ciudad
Autónoma de Melilla.
·
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS:
Con esta actuación se
pretende el fomento de la participación ciudadana en la mejora del entorno
natural y la ampliación de conocimientos de las temáticas y problemas de la
conservación del medio ambiente y la protección de la biodiversidad en la
Ciudad de Melilla.
·
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de
Sostenibilidad.
·
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR
AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades jurídicas públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que
tengan sede o delegación en la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER Entre sus objetivos se encuentran:

-
Acciones que fomenten la conciencia ambiental de la ciudadanía a través
de actividades de sensibilización, información y concienciación medio
ambiental.
-
Acciones que incrementen los niveles de conocimiento de la ciudadanía
para promover alternativas a los problemas ambientales urbanos.
-
Acciones para la capacitación de la población para adoptar estilos de
vida y tomar decisiones que sean respetuosas con el medio ambiente.
-
Acciones encaminadas a la prestación de apoyo y colaboración ciudadana
con los servicios municipales y entidades públicas para la mejora continua de
la calidad de los servicios públicos fomentando criterios ambientales en sus
actuaciones.
-
La lucha contra el cambio climático reducción de la contaminación.
-
La economía circular, la prevención y adecuada gestión de los residuos.
-
El ahorro y el uso racional, eficiente y compatible con la conservación
del medio ambiente del agua, la energía y los recursos naturales.
-
El conocimiento y el cuidado de la diversidad biológica de la Ciudad de
Melilla.
Con esta actuación se pretende el fomento de la participación ciudadana
en la mejora del entorno natural y la ampliación de conocimientos de las
temáticas y problemas de la conservación del medio ambiente y la protección de
la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.
·
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre
que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES
PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso.
30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
·
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17203/22699- Sensibilización y
Concienciación Ambiental.
·
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN
DE ACCIÓN:
Se prevé los siguientes:
a.
Subvención mediante concurrencia no competitiva.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario.
de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
·
SEGUIMIENTO
Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado
con los justificantes de gastos.
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Sostenibilidad.
-
Evaluación: Memoria debidamente firmada de la actuación realizada según
lo que se disponga en las Bases Reguladoras y en la Orden de la Convocatoria.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.7-SUBVENCIÓN ONG´S
PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
·
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
La realización de estudios y planes para la valoración y seguimiento del estado
de conservación medioambiental de los espacios naturales y especies de flora y
fauna con estatus de protección oficial, en el litoral y zonas ZEC del
territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS:
Con esta actuación se pretende el fomento de la participación ciudadana en la
mejora del entorno natural y la ampliación de conocimientos de las temáticas y
problemas de la conservación del medio ambiente y la protección de la
biodiversidad en la Ciudad de Melilla.
·
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de
Sostenibilidad.
·
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR
AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Ong’s dedicadas a la protección de la naturaleza e instituciones
universitarias acreditadas en el campo de protección a la naturaleza.
·
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
1º.- La CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la presencia en su
territorio de dos zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red
Natura 2000 Europea, la marítimo-terrestre de los Acantilados de Aguadú y la
terrestre del Barranco del Rio Nano; está obligada al seguimiento y
conservación de dichas zonas, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el
Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat
(Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y
fauna melillense, casi únicas dentro del contexto general de España, por la
situación geográfica norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de
tendencias subáridas. No obstante, la Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para acometer los estudios
mencionados, de ahí la necesidad de contar con la colaboración y apoyo de
expertos universitarios en esta materia específica.

de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del
Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la
modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías
de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) y está
interesada en el estudio de las especies más reseñables así como de los estados
de conservación y calidad de los hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral
melillense, requiriendo para ello de la colaboración de instituciones
universitarias ampliamente acreditadas en ese campo.
B.- Gestión de los hábitats y especies protegidas. Subvención ONG'S
Protección a la naturaleza.
·
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre
que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES
PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso.
50.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
·
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17200/48000- Subvención a ONG’S
Protección Naturaleza.
·
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN
DE ACCIÓN:
Se prevé los siguientes:
a)
Subvención mediante concurrencia no competitiva.
b)
Forma de concesión: Subvención.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario.
de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
·
SEGUIMIENTO
Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al
Medio Natural, dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad, de la
justificación del importe otorgado con los justificantes.
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Sostenibilidad.
-
Evaluación: Se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.8-SUBVENCIÓN FOMENTO
IMPLANTACIÓN EMAS
·
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
Subvención fomento implantación EMAS.
·
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS:
Esta convocatoria tiene como base al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por
el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las
ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas
de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de
energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables
en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia. Este real decreto tiene por objeto la aprobación de las bases
reguladoras de las subvenciones reguladas por el mismo, a las que habrán de
sujetarse las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla beneficiarias
respecto de las convocatorias de ayudas y/o inversiones directas que efectúen,
de acuerdo con lo establecido en este real decreto. Asimismo, este real decreto
tiene por objeto aprobar los programas de incentivos de autoconsumo,
almacenamiento y usos térmicos de energías renovables. La finalidad de este
real decreto es cumplir con los objetivos del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en cuanto al despliegue e integración de las
energías renovables, así como el almacenamiento con fuentes de energía
renovable, contribuyendo con ello a la «descarbonización» de distintos sectores
de la economía, así como a la consecución de los objetivos fijados por el PNIEC
20212030 y la Estrategia de Almacenamiento Energético. Este programa está
dotado inicialmente con un presupuesto máximo de 660 millones de Euros para
toda España, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.50.420B.748 «Al IDAE.
Para la promoción de energías renovables, eficiencia energética y movilidad
sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de la Ley 11/2020, de 30
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
·
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de
Sostenibilidad.
·
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR
AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas y particulares.
·
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Que las empresas y organizaciones con esta subvención puedan implantar
un sistema de gestión ambiental que les permita evaluar, gestionar y mejorar
los impactos ambientales, asegurando así un comportamiento excelente en este
ámbito.
Las organizaciones reconocidas con el EMAS -ya sean compañías
industriales, pequeñas y medianas empresas, organizaciones del sector
servicios, administraciones públicas, etc.- tienen una política ambiental
definida, hacen uso de un sistema de gestión medioambiental y dan cuenta
periódicamente del funcionamiento de dicho sistema a través de una declaración medioambiental verificada por
organismo independientes. Estas entidades son reconocidas con el logotipo EMAS,
que garantiza la fiabilidad de la información dada por dicha empresa.
Los efectos que se pretenden conseguir se encuentran los siguientes:
Todas las instalaciones acogidas a cualquier programa de incentivos aprobado
por estas bases, excepto la tipología de Biomasa aparatos de calefacción local
del programa 6, deberán contar con un sistema de monitorización de la energía
eléctrica o térmica producida por la instalación objeto de subvención. Las
funcionalidades de este sistema serán las siguientes:

-
Este sistema deberá mostrar como mínimo la producción energética
renovable en términos diario, mensual y anual, y el correspondiente consumo
energético para los mismos periodos.
-
Adicionalmente a lo anterior, el sistema podrá mostrar datos adicionales
como, por ejemplo: emisiones de CO2 evitadas y ahorro económico generado para
el propietario de la instalación.
-
Deberá existir una pantalla en un lugar visible que muestre estos datos
de forma actualizada. Esto será de aplicación a todos los programas excepto
para las actuaciones en el sector residencial incluidas en los programas de
incentivos 4, 5 y 6.
-
Adicionalmente a lo anterior, para cualquier actuación, esta misma
información deberá ser accesible a través de dispositivo móvil.
La biomasa cumplirá los criterios de sostenibilidad establecidos en los
artículos 29 a 31 de la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía
procedente de fuentes renovables, así como los correspondientes actos delegados
y de ejecución.
Estarán incluidos en estas ayudas los siguientes programas:
a)
Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo,
con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin
almacenamiento.
b)
Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo,
con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía,
con o sin almacenamiento.
c)
Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en
instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes
en el sector servicios y otros sectores productivos.
d)
Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo,
con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las
administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
e)
Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en
instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes
en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
f)
Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías
renovables térmicas en el sector residencial.
·
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre
que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES
PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso.
20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
·
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17201/48000- Subvención Fomento
Implantación EMAS.
·
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN
DE ACCIÓN:
Se prevé los siguientes:
a)
Subvención mediante concurrencia competitiva.
b)
Forma de concesión: Subvención.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario.
de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
·
SEGUIMIENTO
Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado
con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios
Urbanos.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.9-SUBVENCIÓN EFICIENCIA
ENERGÉTICA CEIP ENRIQUE SOLER
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención Eficiencia Energética CEIP ENRIQUE SOLER.
·
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS:
Esta Línea tiene como base al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que
se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética
en edificios existentes, para la Ciudad Autónoma de Melilla. Asimismo, las
ayudas reguladas por este programa tienen carácter singular, derivado de la
necesidad de implementar diversos instrumentos que incentiven la movilización
de las inversiones necesarias para la renovación exhaustiva y rentable de
edificios residenciales y comerciales, con el fin de mejorar el rendimiento
energético del parque inmobiliario y reducir su consumo de energía final,
contribuyendo activamente a la sostenibilidad ambiental, mediante la reducción
del nivel de emisiones de dióxido de carbono (CO2), la cohesión social y la
mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en los espacios urbanos.
·
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de
Sostenibilidad.
·
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR
AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: CEIP Enrique Soler.

·
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Su objetivo es la ayuda para la implantación e instalación de placas
solares, baterías solares o de sistemas de aerotermia, que tengan como fin el
autoconsumo o la eficiencia energética.
Las ayudas se destinarán a actuaciones en edificios completos existentes
en Melilla, concretamente edificios de cualquier otro uso (administrativo,
sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la
Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
Con estas ayudas se pretende conseguir y justificar una reducción del
consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono con respecto
a su situación de partida, y cumplir con las condiciones establecidas por estas
bases. El ahorro de energía final a nivel de usuario final se justificará
mediante uno de los métodos de cálculo del anexo V de la Directiva 2012/27/UE,
de 25 de octubre de 2012.
El ahorro de energía final conseguido por las actuaciones acogidas a
este programa será computado a efectos del cumplimiento de los objetivos de
ahorro de energía final del artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de
octubre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de
octubre.
·
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre
que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES
PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso.
40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
·
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17210/78002- Subvención eficiencia
energética CEIP Enrique Soler.
·
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN
DE ACCIÓN:
Se prevé los siguientes:
a)
Subvención Directa.
b)
Forma de concesión: Subvención.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario.
de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
·
SEGUIMIENTO
Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado
con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Sostenibilidad.
-
Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.10-SUBVENCIÓN EFICIENCIA
ENERGÉTICA
·
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
Subvención EFICIENCIA ENERGETICA.
·
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS:
La finalidad de esta subvención es cumplir con los objetivos del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en cuanto al despliegue e integración de las
energías renovables, así como el almacenamiento con fuentes de energía
renovable, contribuyendo con ello a la «descarbonización» de distintos sectores
de la economía, así como a la consecución de los objetivos fijados por el PNIEC
20212030 y la Estrategia de Almacenamiento Energético.
·
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de
Sostenibilidad.
·
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Sostenibilidad.
·
SECTOR
AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas previstas en estas
bases, conforme a lo previsto en las mismas, cualesquiera de los sujetos que se
enumeran a continuación, para cada tipología de actuación, siempre que tengan
residencia fiscal en España:
a)
Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que
sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
b)
Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de
propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme
a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de
Propiedad Horizontal.
c)
Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios,
que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no
hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal. BOME Número
5850 Melilla, Viernes 9 de abril de 2021 Página 827 BOLETÍN: BOME-B-2021-5850
ARTÍCULO: BOME-A-2021317 PÁGINA: BOME-P- 2021-827 CVE.
d)
Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios,
que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a largo plazo con la
propiedad, que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma
objeto de la actuación a incluir en el Programa.

a)
las tipologías de actuaciones recogidas en estas bases, debiendo
acreditar su actuación como empresa de servicios energéticos y la inversión
realizada.
b)
Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el sector público
institucional de cualesquiera administraciones públicas a que se refiere el
artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
c)
Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de
energía, según definición de la Directiva 2018/2001 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía
procedente de fuentes renovables, y de la Directiva 2019/944 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el
mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva
2012/27/UE, respectivamente, así como del artículo 4 del Real Decreto-ley
23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y
en otros ámbitos para la reactivación económica.
·
OBJETIVOS
Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Para las actuaciones subvencionables, se deberá prever que, en cómputo
anual, la suma de la energía eléctrica consumida por parte del consumidor o
consumidores asociados a la instalación objeto de ayuda sea igual o mayor al 80
% de la energía anual generada por la instalación.
Las actuaciones subvencionables dentro del programa de las tecnologías
solar térmica, biomasa, geotérmica, hidrotérmica o aerotérmica (exceptuando las
tecnologías aire-aire) para climatización y/o agua caliente sanitaria en
viviendas. Las instalaciones realizadas deberán cumplir, cuando corresponda,
con los requisitos establecidos en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de
los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, así
como cualquier otra normativa que les sea de aplicación. En el caso de las
bombas de calor accionadas eléctricamente deberán tener un SPF superior a 2,5.
F. En el caso de las instalaciones de biomasa para climatización o ACS
(incluidas dentro del programa de incentivos 6).
Las instalaciones de esta tipología deberán lograr una reducción de las
emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80 % a fin de que se
alcance un «Coeficiente para el cálculo de la ayuda a los objetivos climáticos»
del 100 %, de acuerdo con lo establecido el Anexo VI del el Reglamento (UE)
2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
La finalidad de esta subvención es:
a)
Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
b)
Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las
instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración,
ventilación y agua caliente sanitaria.
c)
Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
El ahorro de energía final conseguido por las actuaciones acogidas a
este programa será computado a efectos del cumplimiento de los objetivos de
ahorro de energía final del artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de
octubre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de
octubre.
·
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre
que cuente con previsión presupuestaria expresa.
·
COSTES
PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso.
20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
·
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17210/78009-
·
Subvención eficiencia energética.
·
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN
DE ACCIÓN:
Se prevé los siguientes:
a)
Concurrencia Competitiva
b)
Forma de concesión: Subvención.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario.
de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
·
SEGUIMIENTO
Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado
con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la
Dirección General de Sostenibilidad.
-Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.11-PROMOCIÓN DE
ACTIVIDADES DE CONCIENCIACIÓN, SENSIBILIZACIÓN E INFORMACIÓN AMBIENTAL
·
OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS:
Promoción de actividades de concienciación, sensibilización e información
ambiental.
·
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS:
Promoción de actividades de concienciación, sensibilización e información
ambiental.
·
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de
Sostenibilidad.
·
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Sostenibilidad.